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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
Avisos Judiciales EDICTO EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.ANTE EL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, QUE DESPACHA LA DRA. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, ESPECIALISTA LEGAL DR. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA, EXPEDIENTE NRO. 410-2017-0-2801-JP-CI-02, SOBRE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, DE JOSE MANUEL CONDORI GUTIERREZ, A EFECTOS QUE SE RECTIFIQUE EL NOMBRE DE Ml MADRE EN Ml PARTIDA DE NACIMIENTO DE GREGORIA ELENA GUTIÉRREZ VITULAS SIENDO EL CORRECTO GREGORIA GUTIERREZ VITULAS: ADMITIR A TRAMITE LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE PARTIDA A TRAMITE PROCESO NO CONTENCIOSO, EN CONSECUENCIA SEÑALESE PARA LA EL DÍA CATORCE DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00) PARA LLEVARSE A CABO EN LA SALA DEL DESPACHO, A FIN DE QUE TENGA LUGAR EN EL LOCAL DEL JUZGADO LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL; BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY EN CASO DE INASISTENCIA, DEBIENDO REALIZARSE LAS PUBLICACIONES DE LEY, EN EL TÉRMINO DE UN DÍA EN EL DIARIO OFICIAL LA REPUBLICA. MOQUEGUA, 11 DE DICIEMBRE DEL 2,017. J. MARCO QUIROZ MONCADA. ABOGADO. REG. C.A.LL N°3218. (12 DICIEMBRE) EDICTO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.ANTE EL 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, QUE DESPACHA LA DRA. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, ESPECIALISTA LEGAL DR. MELISA MANCHEGO RIVERA, EXPEDIENTE NRO. 412-2017-0-2801-JP-CI-02, SOBRE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, DE JOSE MANUEL CONDORI GUTIERREZ, A EFECTOS QUE SE RECTIFIQUE EL NOMBRE DE Ml MADRE EN Ml PARTIDA DE NACIMIENTO DE GREGORIA ELENA GUTIÉRREZ VITULAS SIENDO EL CORRECTO GREGORIA GUTIERREZ VITULAS: ADMITIR A TRAMITE LA PRESENTE SOLICITUD DE RECTIFICACION DE PARTIDA A TRAMITE PROCESO NO CONTENCIOSO, EN CONSECUENCIA SEÑALESE PARA LA EL DÍA VEINTE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, PARA LLEVARSE A CABO EN LA SALA DEL DESPACHO, A FIN DE QUE TENGA LUGAR EN EL LOCAL DEL JUZGADO LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL; BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY EN CASO DE INASISTENCIA, DEBIENDO REALIZARSE LAS PUBLICACIONES DE LEY, EN EL TERMINO DE UN DÍA EN EL DIARIO OFICIAL LA REPUBLICA DE MOQUEGUA, 11 DE DICIEMBRE DEL 2,017.. J. MARCO QUIROZ MONCADA. ABOGADO. REG. C.A.LL N°3218. (12 DICIEMBRE) EDICTO OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA ODECMA – MOQUEGUA. EXPEDIENTE: 00439-2017-INV. INVESTIGADO: RONALD HENRRY PAMO BARCES Y OTROS. MATERIA: INCURRIR EN ACTO U OMISION QUE SIN SER DELITO VULNERE LOS DEBERES DEL CARGO EL MAGISTRADO CONTRALOR YOHEL WUILVER CORNEJO CHAVEZ HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES: Resoluciónón N° 12 Moquegua, nueve de Octubre Del dos mil die-
cisiete .VISTOS (...) CONSIDERANDO: (...) SEGUNDO: ANALISIS DE LOS HECHOS 2.1. Se trata del Exp. N° 664-2014-0-2801 -JRPE-02 seguido en contra de Manuel Esteban Quispe Zevallos, por el delito de Cohecho Pasivo Propio, en agravio del Estado. (...) 2.3. DE LA NO FORMACION DEL INCIDENTE DE ANEXOS DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO: 2.3.1. AI dictarse el Auto de Citación a Juicio el 26 de Septiembre del 2016, el Juzgado Penal Colegiado dispuso, entre otros, la formación del expediente judicial (o, para el caso que nos ocupa, el incidente de anexos) con los actuados originales admitidos en la etapa intermedia y los indicados en el artículo 136° del CPP, otorgando a tal efecto del plazo de cinco días. Teniendo en cuenta la fecha de expedición del Auto de Citación a Juicio, el incidente en mención debió formarse, a más tardar, el 03 de Octubre del 2016, disposición que no fue cumplida. En el Código Procesal Penal ni en el entonces vigente Reglamento del Expediente Judicial bajo las Normas del Código Procesal Penal (aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ) no se ha señalado con precisión que servidor judicial era el responsable de la formación de dicho incidente, del informe realizado a folios 88 por el magistrado Erwin Alexi Rodriguez Barreda, Presidente del Juzgado Penal Colegiado, se advierte que tal función le fue encomendada al personal asistente del Juzgado, disposición que además concuerda con lo señalado por el artículo 25° del actual REGLAMENTO NCPP. 2.3.2. La Oficina de Administración del Módulo Penal de Moquegua ha informado a folios 159 que durante el periodo comprendido entre los meses de septiembre del 2016 y abril del 2017, los servidores (...) Ronald Henry Pamo Barces (del 27 de Septiembre al 31 de Octubre del 2016) y (...) desempeñaron, de manera sucesiva, la función de asistente judicial asignado al Juzgado Penal Colegiado y, adicionalmente, al Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. (...) De otro lado, en cuanto a los servidores Ronald Henry Pamo Barces (...) si asumieron funciones como asistentes judiciales con posterioridad a la expedición del Auto de Citación a Juicio, siendo que en tal calidad no habrían cumplido, sucesivamente, con formar el cuaderno de anexos dentro del plazo establecido, incumpliendo entonces con sus deberes de “Apoyar en la organización y mantención actualizada de cada carpeta o Expediente Judicial” establecido por el numeral 1.6. de la Hoja de Especificación de Funciones del Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales (en adelante, el MOF), en concordancia además con lo señalado por el articulo 25.4° del REGLAMENTO NCPP según el cual constituye deber de los asistentes judiciales “Formar los cuadernos y expedientes judiciales que correspondan en el proceso con la documentación pertinente (...)”, impidiendo con ello además se dé cumplimiento del trámite previsto por el articulo 137.1° del CPP, esto es, el derecho de las partes procesales a solicitar la incorporación o exclusión de piezas procesales así como su revisión o fotocopiado, siendo que inclusive del informe realizado a folios 66 por la servidora Roxana Escarcena, se tiene que el imputado Manuel Esteban Quispe Zeballos concurrió el 03 de Mayo del 2017 a revisar y fotocopiar el incidente de anexos, lo que finalmente no pudo hacer puesto que el incidente en mención no había sido formado. En tal sentido, corresponde disponer el inicio de procedimiento disciplinario en este extremo. TERCERO: CARGO ATRIBUIDO Y CALIFICACION
JURIDICA (...) 3.7. RONALD HENRY PAMO BARCES 3.7.1. Se atribuye al ex servidor Ronald Henry Pamo Barcés, en su actuación funcional como asistente judicial asignado al Juzgado Penal Colegiado de Moquegua, el presuntamente haber incumplido de manera injustificada con sus deberes de “Apoyar en la organización y mantención actualizada de cada carpeta o Expediente Judicial” establecido por el numeral 1.6. de la Hoja de Especificación de Funciones del MOF, en concordancia además con lo señalado por el articulo 25.4° del REGLAMENTO NCPP según el cual constituye deber de los asistentes judiciales “Formar los cuadernos y expedientes judiciales que correspondan en el proceso con la documentación pertinente (...)” puesto que no habría formado el cuaderno de anexos dentro del plazo establecido en el Auto de Citación a Juicio del 26 de Septiembre del 2016, impidiendo con ello se de cumplimiento del trámite previsto por el articulo 137.1° del CPP, esto es, el derecho de las partes procesales a solicitar la incorporación o exclusión de piezas procesales así como su revisión o fotocopiado. Hechos que serían constitutivos de presunta comisión de falta disciplinaria prevista por el articulo 8.1° del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales, esto es, “Injustificadamente cumplir con sus funciones fuera de los plazos, o incurrir en omisión, descuido o negligencia, cuando no constituyan faltas más graves”. En merito a los antecedentes, consideraciones de hecho y de derecho que preceden y dando cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 7° del Reglamento del Procedimiento. Disciplinario de la OCMA; SE RESUELVE: (...) SEPTIMO: Abrir procedimiento disciplinario en contra de los servidores RONALD HENRRY PAMO BARCES (...) en su actuación funcional como asistentes judiciales del Juzgado Penal Colegiado de Moquegua, por el cargo y calificación jurídica señalados en los numerales 3.7. (...) de esta resolución. OCTAVO: Se designa como magistrado instructor al señor Juez Yohel Wuilver Cornejo Chávez, a quien deberán remitirse los actuados para los fines de ley. Regístrese y hágase saber .Firmado: Cesar Augusto Salinas Linares - Magistrado Contralor Cecilia Adela Hurtado Cuellar - Asistente. Resolución N° 13 Moquegua, seis de noviembre Del dos mil diecisiete .(…)SE RESUELVE: PRIMERO: Avocarme al conocimiento del presente procedimiento disciplinario, en calidad de magistrado contralor instructor. SEGUNDO: CORRER TRASLADO a los investigados (...) RONALD HENRY PAMO BARCES (...) con la Resolución N° 12 del 09 de Octubre del 2017 que dispone abrir procedimiento disciplinario en su contra acompañando los anexos que correspondan, a fin de que efectúen su informe de descargo en forma detallada y, de ser el caso, documentado dentro del término de CINCO (05) DIAS hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación con esta resolución. (...) CUARTO: Requiérase a los investigados (...) RONALD HENRY PAMO BARCES, quienes ya no prestan servicios al Poder Judicial, a efecto de que, en el plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación con esta resolución, cumpla con señalar su ca-
silla electrónica, a la que se le notificaran las demás actuaciones recaídas en el procedimiento, con las excepciones previstas. Regístrese y hágase saber .Firmado: Yohel Wuilver Cornejo Chavez - Magistrado Contralor Cecilia Adela Hurtado Cuellar - Asistente. EDICTO Ante Juzgado Mixto de Ilo, que despacha el Sr. Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Dra. Judith Gallegos Ramos, en el Expediente Nro. 317-2017-0-2802-JM-CI-01, Cirilo Yunguri Duran está solicitando en la vía no contenciosa autorización para el cambio de su nombre de Cirilo por el de Ciro, debiendo figurar en adelante como Ciro Yunguri Duran, lo que se pone en conocimiento a los 23 de Octubre del 217,. Fdo Judith Gallegos Ramos. Abg. Judith Magali Gallegos Ramos – Secretaria Judicial. 1ra Secretaria – Juzgado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11 Diciembre) EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Ilo, Expediente 00431-2013-0-2802-JM-CI-01, seguido por Julia Constantina Castillo Ramírez contra Sucesión de Martín Ramos Flores sobre prescripción adquisitiva, solicita vía acción se le declare propietaria de las embarcaciones propulsadas a Remo “Martín” con Matricula IO-0097-SM y “Mario” con Matricula IO-0020-SR emitidas por la Capitanía del Puerto de Ilo. RESOLUCCION NRO. DOS.- SE RESUELVE Admitir la demanda a trámite interpuesta por Julia Constantina Castillo Ramírez en contra de la Sucesión Martín Ramos Flores sobre prescripción Adquisitiva, debiendo sustanciarse en la vía del Proceso Abreviado, en consecuencia, córrase traslado a la demandada por el plazo de ley, para que se apersone y contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y nombrarse curador procesal. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. Fdo. Adolfo Cornejo Polanco, Juez: Fdo. Marco Cáceres Ninaja, Especialista. (11-12-13 Diciembre) EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE OMATE: La señora Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIONPREPARATORIA DE OMATE DRA. SONIA PAREDES ROMAN, por intermedio del presente NOTIFICA a ADRIAN CCARITA CCARITA, ADELAIDA SAIRA COAGUILA ESCAPA, JESUS OLIN APAZA, MIJAIR WILLY RIVERA VARGAS, MARCELINA VENEGAS CORDOVA, CLAUDIO GABRIEL YUFRA CHECCA, VICTOR ORANGEL GARCIA FERNANDEZ, GREAYSSE RAMIREZ CARPIO, AGRIPINA ALE COAGUILA, ANNYE BRUMMERT MIRANDA. MAURO EMILIO POLAR COAGUILA, EDWIN CCARITA BENEGAS, EDILBERTO TOMAS RAMOS ALE, MARLENY ROCIO SUAREZ CALISAYA, ALFREDO VIDAL VALENCIA ALVAREZ, JULIO DEYVI FLORES YANCAPALLO, CARLOS ELBERT RIVERA FARFAN, FERNANDA LUCIA PALO GUTIERREZ, FRIDA GUTIERREZ DE PALO , MARTIN ORLANDO PALO GARCIA , con la resolución número uno de fecha diecisiete de mayo del dos mil diecisiete: Al Principal: Estando al requerimiento de Sobreseimiento presentado por la Fiscalía Provincial Mixta General Sánchez Cerro y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del articulo 345° del Código Procesal Penal, SE DISPONE: Correr traslado a todos los sujetos procesales por el plazo de DIEZ días, a fin de que se pronuncien acerca del Requerimiento de Sobreseimiento y/o en su caso formulen su oposición de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del articulo 345 del Código acotado. Debiendo remitirse las notificaciones correspondientes a efecto de notificar
a las partes en sus correspondientes domicilios reales y/o procesales. Al Otrosi: Téngase presente; y con un extracto del REQUERIMIENTO ACUSATORIO presentado por el representante de la Fiscalía Provincial Mixta General Sánchez cerro con fecha quince de mayo del dos mil diecisiete: De conformidad con lo previsto en el articulo 344.2 inciso b) del Código procesal Penal (hecho imputado no es típico) concordante con el articulo 348.1 de la citada norma procesal, formulo requerimiento de sobreseimiento total del proceso en la investigación penal seguida en contra de los cuidadnos Gergina Johann Actos Alvarez, Daniel Enrique Acosta Mora, Mayume Martina Ale Polar, , Agripina Ale Coaguila, Alberto Alejo Garcia, Zaida Julissa Alejo Gomez, Cynthia Alejo Gomez, Karen Melisa Ambor Guevara, Jacinto Eleodoro Apaza Ramos. Abdón Julio Arce Carpio, Lorena Armejo Arce, Wilber Guillermo Barrios Lopez, Annie Gabriela Begazo Beltran, Javier Edwin Bejar Quispe, Julio Fernando Berrios Ccarita, Leonel Adrian Berrios Ccarita, Annye Brummert Miranda, Carmela Calderon Melo, Domingo Rommel Callenueva Ale, Isidora Camino Iquiapaza, Leidy Pilar Cardenas Garcia, Yemss Anyelo Cardenas Huamachuco, Erika Cardena Puma, Eduardo Carpio Olin, Orializ Miritee Carpio Chavez, Maria Eloysa Carillo Anicama, Yavana Patricia Catacora Puma, Marco Antonio Catacora Puma, Danny Gim Catacora Rosado, Soledad Celeste Caypa Mamani, Edwin Carita Benegas, Adrian Ccarita Ccarita, Ana Rita Chavez Coaguila, Alfredo Simon Chavez Coaguila, Mellan Fernando Chayña Calatayud, Vito Alfredo Choquehuanca Catacora, Juana Nicomedes Coaguila Apaza, Adelaida Saira Coaguila Escapa, Medalyn Coaquira Canaza, Marny Colana Carpio, Jeferson Junior Coronel Gamboa, Elida Lilian Cruz Condori, Sheila Maritza Delgado Salas, Grecia Maribel Escapa Olin, Jamileth Fiorella Espinoza Huamachuco, Percy Cristian Esquia Chavez, Carlos Rodolfo Fernnadez Delgado, Julio Deyvi Flores Yancapallo, Karina Vanesa Fuentes Enriquez, Alex Brando Garate Fuentes, Noelia Yiyi Garate Fuentes, Mario Luis Garcia Tejada, Cecilia Garcia Miranda, Rosa Antonieta Garcia Tejada, Bilma Virginia Garcia Tejada, Lizbeth Jacqueline Garcia Fernandez, Luis Fernando Garcia Villalta, Victor Orangel Garcia Fernandez, Joel Gomez Bautista, Juan Fabricio Gomez Silva, Lilibeth Vanesa Gomez Silvia, Alexander Daniel Gomez Puma, Maria Antonieta Gonzales Sahuanay, Ana Maria Auxiliadora Gonzales Pola, Madwel Guevera Delgado, Jesús Evert Gutierrez Apaza , Frida Gutierrez de Palo, Alfredo Hanco Quispe, Cecilio Huamachuco Romero, Alejandrina Nelida Huamachuco Chire, Daniela Rubi Ito Carpio, Arquimides Lajo Lajo, Juana Iris Lima German, Alex raul LIpe Yauri, Wilfredo Melgarejo Ticona, Jaime Mendoza Chalco, Etelvina Mita Mita, Noly Alonso Montano Carpio, Angela Elsa Murillo Puma, Maria Belen Neira Chura , Arturo Armando Nieto Coaguila, Fernando Washinthon Nina Apaza, Ruth Celia Olin Oppe, Jesús Olin Apaza, Martin Orlando Palo Garcia, Fernando Lucia Palo Gutierrez, Welinton Pedro Palo Garcia, Gonzalo Walter Pari Cayllahua, Julio Luis Pañaloza Ope, Victoria Luisa Peñaloza Ope, Augusto Renato Perez Garcia, Madeleina Polar Ale, Mauro Emilio Polar Coaguila, Deysmir Luz Polar Ale, Sonia Puma Crisanto, Carmen Rosa Quicara Iquiapaza, Juana Giovanna Quicara Iquiapaza, Basilia Quispe Torres, Rosario Lupe Quispe de Flores, Justo Quispe Cutipa, Julia Trinidad Ramirez Gonzales, Greaysee Ramirez Carpio, Edilberto Tomas Ramos Ale, Beatriz Aurora Requejo Vargas, Carlos Elbert Rivera Farfan, Majair Willy Rivera Vargas, Jhonny Ruelas Huamachuco, Frecia Lesbith Ruelas Huamachuco, Angel Alfonso Ruelas Arce, Jose
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
Daniel Salas Durand, Caridad del Rosario Annie Salas Ramirez, Wendy Poolette Salas Ramírez, Luciano Edgar Salcedo Quispesivana, Reynaldo Jorge Solórzano Huayllani, Marlene Rocio Suarez Calisaya, Maria Luz Sunco, Mirian Rocio Supo Coaguila, Yris Edelmira Supo Coaguila, Nilda Deysi Supo Coaguila, Rolando Taipe Quispe, Daniel Marcelino Tanco Camino, Alonso Javier Tejada Hurtado, Wilson Alberto Tintaya Gomez, Yanina Milagros Tintaya Gomez, Jherson Irvin Tintaya Gomez, Rudy Hedí Torres Lopez, Jency Pilar Torres Cardenas, Alfredo Vidal Valencia Alvarez, Alejandro Javier Valencia Herrera, Trinidad Karina Valencia Guevaram Leonor Angelica Vasquez Pachao, Marcelina Venegas Cordova, Juana Hilda Viza Amanqui, Betty Bernardina Viza Amanqui, Hilario Ruben Viza Causa, Claudio Gabriel Yufra Checca, Miriam Arcelia Zambrano Apaza, Maximiliana Zuni Fernandez. Parte agraviada: El registro de Identificación y Estado Civil, representado por el Procurador Publico, doctor Alfonso Rios Nash, no se ha constituido en actor civil. Hechos Objeto de Imputación: Que, el fáctico consiste en que los imputados en fechas anteriores al treinta de junio del dos año dos mil catorce habrían procedido (en grado de probabilidad) a cambiar de manera fraudulenta las direcciones de sus domicilios habituales (ubicados en distintos lugares del país) a diversos lugares del distrito de la Capilla, ad portas del proceso electoral de las Elecciones Municipales y regionales del cinco de octubre del dos mil catorce, ante el registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de los lugares donde residen; con el objeto de ejercer ilícitamente el derecho de voto en un jurisdicción electoral distinta en el realmente residen hecho conocido como “votos golondrinos lo que fue verificado de manera extraordinaria por los Fiscalizadores del RENIEC en el periodo del doce al catorce de julio del dos mil catorce, en el distrito de la Capilla (en cuyos domicilios no residen o los domicilios declarados no existen) comportamiento que habrían realizado los imputados, con el propósito de distorsionar (alterar) el resultado del referido proceso electoral. Conductas que provocaron la emisión de la Resolución N° 000258-2014/GRE/SGPRE/RENIEC de fecha dieciséis de julio del dos mil catorce, por locuaz, en vía de medida cautelar y en forma provisoria, la RENIEC observo el Sistema Integrado Operativo (SIO) los datos de direcciones domiciliarias de los titulares (imputados) entre otros, del distrito de la Capilla; procediéndose a la generación de datos en el padrón electoral respecto del ubigeo y grupo de votación que les corresponde a cada uno. Especialista Legal Nohemi Parisaca Ticona.(07-11-12 Diciembre) NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE EL PROCESO DE ALIMENTOS. NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE EL PROCESO DE ALIMENTOS Expediente N° 00239-2001-0-2801-JP-FC-01. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado – Familia Civil de Mariscal Nieto – Moquegua, que despacha la Sra. Jueza Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Legal Dr. Cesar David Huanca Maquera, doña RENILDA GUILLERMINA LUIS VENTURA ha solicitado que el requerimiento de pago al demandado bajo apercibimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Público, solicitud que fue acogida mediante Resolución N° 34, que a su vez requiere el pago al demandado conforme a la liquidación de pensiones alimenticias practicadas. PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN N° 34. Moquegua, cuatro de diciembre del dos mil diecisiete. SE RESUELVE. 1. REQUIÉRASE a JESUS VICTOR CABRERA CANAS, a fin de que cumpla con pagar las pensiones devengadas, ordenado mediante resolución treinta y tres, la misma que asciende al monto de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
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CON 59/100 SOLES, correspondiente al periodo de MAYO 2004 a JUNIO 2017, dentro del plazo de tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscal Provincial Penal de Turno a fin de procedan a denunciarlo por el presunto delito de omisión a la asistencia familiar de conformidad con el artículo 566-A del Código Procesal Civil. 2. NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN AL DEMANDADO MEDIANTE NOTIFICACIÓN EDICTAL en el diario La Republica y en la tablilla del Juzgado, por el plazo de ley. Debiendo la parte realizar y gestionar los edictos para su publicación. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. Victor G. Valdez Cuadros – Abogados. CAM N°896. (13-14-15 Diciembre) AUTORIZACION DE RECTIFICACION DE PARTIDA AUTORIZACION DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante, 1JPL, Naoka Aruhuanca, Exp: 00512-2017-0-2802-JP-CI-01, proceso no contencioso, doña MERCEDES LUQUE DE ALE, solicita rectificación de su partida de Matrimonio, en cuanto a su cónyuge ZENON ALE, debiendo agregarse el apellido de ALE, debiendo quedar definitivamente como ZENON ALE ALE, lo que se publica paras los fines de Ley. Ilo, 07 de DICIEMBRE DEL 2017. Abg. Naoka Aruhuanca Ccopa – Secretaria Judicial 2da. Secretaria – Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (13 Diciembre) NOTIFICACION POR EDICTOS NOTIFICACION POR EDICTOS En el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, el Expediente N°00037-2016-0-2801JM-CI-02, que Despacha el JUEZ FERNANDEZ SANCHEZ FREDY y especialista GABY NINA ESCOBAR, se tramita el proceso de Rectificación de Área y Linderos. CURADOR: CHIRINOS VALDEZ JUAN CARLOS, CURADOR DE ALFONSO ALBERTO PORTILLA MONTES, SUCESOR PROCESAL: QUISPE ALVARADO, FIDELINA ROSA BLANCA, ALVARADO VALDEZ Y OTROS DEMANDANTES: PORTILLA LINARES, ZOILO ELOY PORTILLA LINARES, MARY FIDELINA PORTILLA LINARES, SANTIAGO WALTER. Se emitió la Resolución Nro. 12. Moquegua, veintiuno de julio del dos mil diecisiete, SE RESUELVE: 1. SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de TREINTA DÍAS, para que comparezcan al proceso los sucesores de quien en vida fue FORTUNATO MAMANI NINA, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. 2. Agréguese a los autos la Ficha RENIEC de Fortunato Mamani Nina extraída del Sistema Integrado Judicial. 3. Se dispone notificar con la presente resolución a la SUCESIÓN DE FORTUNATO MAMANI NINA, por edictos, debiendo la parte demandante cumplir con adjuntar las publicaciones, bajo responsabilidad de demora en el trámite del proceso. Moquegua, diciembre de 2017. Jorge Carlos RIVERA CARHUANCHO – Abogado. CALN N°1848; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-11-12 Diciembre) NOTIFICACION POR EDICTO Por ante el Juzgado Mixto (ex 2do) de la Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua, en el Exp. N° 00699-2017-0-2801-JM-CI-02, con intervención del Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, y la especialista Dra. Gaby Nina Escobar, mediante Resolución N°01 de fecha 28 de Noviembre del 2017, RESUELVE: 1.- Admitir la demanda sobre PETICION DE HERENCIA Y DECLARATORIA DE HEREDERO, interpuesta por BRAULLIO VALENTINO MONTENEGRO VALDIVIA, en contra de MARIA DEL CARMEN NANCY NONTENE-
GRO VALDIVIA y de la SUCESIÓN DE CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO, corresponde tramitarse en la vía procedimental del PROCESO DE CONOCIMIENTO 2.- Traslado de la presente demanda a la demandada MARIA DEL CARMEN NANCY MONTENEGRO VALDIVIA y la SUCESIÓN DE CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO por el plazo de treinta días hábiles para que contesten la demanda, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía para el caso de la primera demandada. 3.- Se dispone notificar a la demandada SUCESION DEL CARMEN VALDIVIA DE MONTENEGRO mediante edictos, debiendo efectuare las publicaciones por el plazo de tres días en el diario encargado de avisos judiciales de esta ciudad, bajo apercibimiento de designarse curador procesal en caso de que no se apersonen al proceso, debiendo presentar el demandante las publicaciones respectivas. 4.- TENIENDOSE por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y AGREGUESE a los autos los anexos que se adjuntan. Moquegua, 05 de Diciembre del 2017. Guido Maquera Cuayla – Abogado. Mat. C.A.M N° 0603. Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial – Juzgado mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-11-12 Diciembre) REMATE JUDICIAL CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL EXPEDIENTE N° 00119-2013-0-2802-JM-01, EN AUTOS SEGUIDOS POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA, EN CONTRA DE JORGE ANTONIO DILL’ERVA ZEGARRA Y DILL’ERVA COMERCIO Y SERVICIOS EIRL. SOBRE EJECUCION DE GARANTIAS; QUE SE TRAMITA ANTE EL JUZGADO MIXTO DE ILO (EX 1°), A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. MARCO CACERES NINAJA HAN ENCARGADO AL MARTILLERO PUBLICO ANGEL ARIAS GALLEGOS CON REGISTRO N° 265 - Y DISPUESTO: SACAR A REMATE PUBLICO EN PRIMERO CONVOCATORIA EL INMUEBLE SIGUIENTE: INMUEBLE: UBICADO EN LA CALLE MODESTO BASADRE N° 813 DISTRIO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, INSCRITO EN LA FICHA N° 13460 Y PARTIDA N° 05004669 DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII SEDE TACNA – OFICINA REGISTRAL TACNA. VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: EL VALOR DE LA TASACION, ASCIENDE A LA SUMA DE: S/.247,523.66 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTITRES CON 66/100 MIL QUINCE CON 77/100 SOLES). PRECIO BASE DEL REMATE DEL INMUEBLE: EL PRECIO BASE ES LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACION SUMA QUE ASCIENDE A: S/165,015.77 (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL QUINCE CON 77/100 SOLES). GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO D00003 HIPOTECA: EL PROPIETARIO DEL PREDIO INSCRITO EN ESTA PARTIDA REGISTRAL, JORGE ANTONIO DILL’ERVA ZEGARRA, DE ESTADO CIVIL SOLTERO E IDENTIFICADO CON DNI 43663887 SE CONSTITUYE COMO FIJADOR, E HIPOTECA AL PREDIO DE SU PROPIEDAD A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. CON RUC N° 20100209641 REPRESENTADA POR YARLAND EDIN DELGADO MEZA, IDENTIFICADO CON DNI N° 29275685 Y ROBERTO CARLOS MONTES VILLANUEVA, IDENTIFICADO CON DNI N° 04651101 HASTA POR LA SUMA DE US$ 32,100.00 DOLARES AMERICANOS A FIN DE GARANTIZAR UN CREDITO DE S/.60.000.00 NUEVOS SOLES, OTORGADO A LA PRESTATARIA LA EMPRESA DILL’ERVA COMERCIO Y SERVICIOS EIRL. CON RUC N° 20519833787 REPRESENTADO POR JORGE ANTONIO DILL’ERVA ZEGARRA, ESTADO CIVIL SOLTERO E IDENTIFICADO CON DNI N° 4366387 POR UN PLAZO DE 36 MESES. Y DEMAS, QUE OBRAN EN LA PRESENTE PARTIDA, OTORGADA POR ESCRITURA PUBLICA EL 11/06/2012, ANTE NOTARIO MÓNICA ARAGON BURGOS, EN LA CIUDAD DE ILO. DIA Y HORA DEL REMATE: 26
DE DICIEMBRE DEL 2017 A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: FRONTIS DEL JUZGADO MIXTO DE ILO, SITO EN LA CALLE MATARÁ N° 325 ILO. POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACION EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA DEL BANCO DE LA NACION A NOMBRE DEL POSTOR, SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE Y PRESENTARAN LA TASA ARANCELARIA POR DERECHO A PARTICIPAR EN EL REMATE, CON INDICACIÓN DE SU DOCUMENTO DE IDENTIDAD (CON SUS CORRESPONDIENTES FOTOCOPIAS) N° DE EXPEDIENTE Y JUZGADO CORRESPONDIENTE,; LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO MAS EL IGV CORRESPONDIENTE, ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO, AL MOMENTO DE FIRMAR EL ACTA CONCLUIDO, DE ACUERDO A LEY 27728 – DS. N° 008-2005-JUS – ILO, NOVIEMBRE DEL 2017. (12, 13, 14, 15, 18, 19 DICIEMBRE). REMATE PÚBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA EN EL PROCESO SEGUIDO POR ROSARIO MARTINA PINTO VELASQUEZ DE ALVAREZ CONTRA YENNIFER MARILY AQUINO VILCA, SOBRE DIVISION Y PARTICION DE BIENES, EXPEDIENTE N° 000325-2014-0-2802-JM-CI-01, EL JUZGADO MIXTO DE ILO, A CARGO DEL JUEZ DR. ADOLFO CORNEJO POLANCO, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL, ABOGADO MARCOS CACERES NINAJA, HA DISPUESTO SACAR A REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA EL INMUEBLE UBICADO EN ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION DE INTERES SOCIAL MIRAMAR, MANZANA Y - LOTE 1, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO Y DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, CUYO DOMINIO, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS OBRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA N° P08021959 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII SEDE ILO. EL BIEN HA SIDO VALORIZADO EN US$ 79,910.08 (SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 08/100 DOLARES AMERICANOS), SIENDO EL PRECIO BASE EN SEGUNDA CONVOCATORIA LA SUMA DE US$. 45,282.38 (CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 38/100 DÓLARES AMERICANOS) QUE EQUIVALE A LA BASE DE LA POSTURA ANTERIOR DEDUCIDA EL 15% DE LEY. AFECTACIONES HIPOTECA A FAVOR DE EUSEBIO MAMANI CHOQUEPATA HASTA POR S/.15,000.00 SOLES, SOBRE LAS ACCIONES Y DERECHOS QUE LE CORRESPONDEN A YENNIFER MARILY AQUINO VILCA; INSCRITA EN EL ASIENTO 00017 DE LA PARTIDA P08021959 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRO N° XIII SEDE ILO. EL REMATE SE REALIZARÁ EL DÍA DOCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOCE Y QUINCE DE LA TARDE, EN EL LOCAL DEL JUZGADO UBICADO EN LA CALLE MATARÁ N° 325, SEGUNDO PISO, DE ESTA CIUDAD. ESTA DILIGENCIA ESTARA A CARGO DEL MARTILLERO PÚBLICO ABRAHÁN MARIÑAS SÁNCHEZ, CON REGISTRO N° 224. LOS POSTORES DEBERÁN OBLAR UNA CANTIDAD NO MENOR A US$.7,99.01 (SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 01/100 DÓLARES AMERICANOS) QUE EQUIVALE AL 10% DEL VALOR DE LA TASACION O CHEQUE DE GERENCIA Y PRESENTARÁN EL ORIGINAL DEL ARANCEL JUDICIAL (COD. 07153) EN EL QUE DEBE ESTAR CONSIGNADO EL NÚMERO DEL EXPEDIENTE, JUZGADO Y EL NÚMERO DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DEL POSTOR (ARANCEL DEBIDAMENTE SUSCRITO Y COPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD). COMISION DEL MARTILLERO: SERA DE CARGO DEL ADJUDICATARIO, SEGÚN LO DISPUESTO EN LA TABLA DE HONORARIOS ESTABLECIDA EN EL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS-IGV Y DEBERÁ SER CANCELADA AL FINALIZAR EL REMATE. ILO, 11 DE DICIEMBRE DE 2017. (13, 14, 15 DICIEMBRE). EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 00189-2012-0-2801- JP- CI-02 WILLY ALFREDO CHAMBILLA GARATE contra
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OLGA PAOLA FIÑO INCHUÑA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Orden 2do Juzgado de Paz Letrado de Moquegua Jueza Dra. Lidia Josefina Vega Valencia y Secretaria Judicial Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, facultando al Martillero Publico Reg. 127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, se CONVOCA A PRIMER REMATE JUDICIAL de un Bien Inmueble Ubicado en La Cuesta del Panteon, Distrito de Samegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, sus medidas y linderos perimétricos corren inscritas en Partida Electrónica N° 05045782, Zona Registral N° XII Sede Tacna Oficina Registral Moquegua.- TASACION DEL PREDIO: US$ 104,401.61 D.A (Ciento Cuatro Mil, Cuatrocientos Uno con 61/100 Dólares Americanos), que corresponde el 58.745% derechos y acciones. BASE DE REMATE: US$ 69,601.07 D.A (Sesenta y Nueve Mil, Seiscientos Uno con 07/100 Dólares Americanos) que son las 2/3 partes de la tasación. AFECTACION CARGA Y GRAVAMEN: 1.-Embargo en Forma de Inscripción dentro del proceso sobre los derechos y acciones que le corresponden a la demandada el cual consta del 58.745% de derechos y acciones respecto del predio inscrito en esta partida hasta por el monto de S/6,500.00 nuevos soles a favor de Willy Alfredo Chambilla Garate, según consta de la Resolución Judicial N°08 del 12.11.2014 y Resolución Aclaratoria N° 09 del 28.11.2014, Asiento D00003; 2.- Embargo en Forma de Inscripción han resuelto dictar en sustitución de la primigenia medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones del 58.745% que le corresponden a la demandada, hasta por la suma de S/ 7,500.00 nuevos soles, embargo que recaerá sobre el inmueble ubicado en la cuesta del panteon- samegua inscrito en la partida 05045782 del registro de predios de la oficina registral de Moquegua Abog. Simon Yony Ticona Flores Secretario Primer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto Moquegua de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, As. D00004. LUGAR DEL REMATE: Av. Malecón Ribereño s/n, Moquegua. DIA Y HORA DE REMATE: VIERNES 26 DE ENERO DEL 2018, A HORAS 11:00 A.M. LOS POSTORES: Entregaran la garantía del 10% del valor de Tasación del Predio DNI y Arancel Judicial Tributo N° 07153, consignándose número expediente, Juzgado e identificación del postor y copias Moquegua Diciembre del 2017 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Publico Reg.: 127 Cel.: 961654569/ RPM: *01579787 RPC: 993766643 Email:
[email protected] (11-12-13-14-15-18 Diciembre) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00572-2017-35-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notificar a CRISTIAN NATALIO QUISPE GUTIERREZ, con la RESOLUCION N° 03. 3.- RESOLUTIVA: Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR LA AUSENCIA del acusado CRISTIAN NATALIO QUISPE GUTIERREZ, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 46197458, natural del Distrito de Coalaque, Provincia General Sánchez Cerro y Departamento de Moquegua, nacido el 07 de mayo de 1989, hijo de Petronila y Policarpio, con grado de instrucción Secundaria Completa (Ficha RENIEC), con domicilio real en Urbanización Luis E. Valcárcel, Manzana 23, Lote 03, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (Acusación) y con domicilio real en Nuevo Ilo, Manzana 27, Lote 27, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (FICHA RENIEC). 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sea puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometido a juicio el acusado, nombrándose al señor Fredy Hernán Mamani Calla-
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La República
lla como abogado del acusado. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio real que obra en autos (acusación), en el domicilio real de ficha RENIEC y mediante Edictos con la presente resolución, para los fines pertinentes; asimismo se tiene notificado en este acto de audiencia las partes que asistieron con esta resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (13, 14, 15 Diciembre). EDICTO PENAL EXP: 00019-201-63-2802-JR-PE-01. Se emplaza y notifica a WILLIAM CARHUAPOMA CONDORI, con la RESOLUCION N° 03 de fecha 07 de diciembre de 2017, que RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CONTUMAZ al acusado WILLIAM CARHUAPOMA CONDORI; identificado con Documento Nacional de Identidad número 46720463, nacido el 04 de mayo de 1990, de 27 años de edad, de sexo masculino, estado civil soltero, natural de Huancavelica, con domicilio en el Pueblo Joven Esperanza Barrio Santa Bárbara, distrito, provincia y departamento de Huancavelica, hijo de Vidal y Margarita. SEGUNDO: DISPONER la CONDUCCIÓN COMPULSIVA del acusado WILLIAM CARHUAPOMA CONDORI, por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, y una vez realizado, deberá poner a disposición del Juzgado; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad; para lo cual cúrsense los oficios respectivos. TERCERO: DISPONER la notificación del acusado contumaz, en el domicilio señalado y ya determinado en esta audiencia, así como también a través de EDICTOS, para que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. CUARTO: DISPONER el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso hasta que el acusado declarado contumaz sea puesto a disposición del Juzgado por parte de la autoridad policial.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- (13, 14, 15 Diciembre). EDICTO PENAL EXP: 000280-2016-69.2802-JR-PE-02. Se emplaza, notifica y cita a LUIS ALBERTO DELGADO HAITO, con la RESOLUCION N° 05 de fecha 07 de diciembre de 2017, que RESUELVE: 1) DECLARAR AUSENTE al ACUSADO LUIS ABERTO DELGADO HAITO, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 44850999, de estado civil soltero, de estatura 1.70, con grado de instrucción técnica primer año, natural de Arequipa, nacido el 10 de febrero de 1981, de 36 años de edad, hijo de Julio y Janet. 2) DISPONER LA CONDUCCION COMPULSIVA del acusado Luís Alberto Delgado Haito, por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá de proceder a su ubicación y captura a nivel nacional y una vez realizado, deberá de ponerlo a disposición del juzgado, sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad, para lo cual cúrsese los oficios respectivos. 3) DISPONER LA NOTIFICACION del acusado ausente, además del domicilio señalado en la acusación en la consignada en su ficha Reniec y mediante edictos, a fin de que se ponga a disposición a la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. 4) DISPONER EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso hasta que el acusado declarado ausente sea puesto a disposición del juzgado por parte de la autoridad policial.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- (13, 14, 15 Diciembre). EDICTO PENAL Expediente N° : 00090-2015-0-2801-JR-PE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado JUAN FISHER PARI
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
CRUZ, y a los agraviados SUCESION DE JORGE ALEJANDRO RAMIRO MACHICAO TAMAYO, JUAN CHOQUE PAZ, LIDIA SANTUSA CRUZ, ISRAEL CRUZ QUIÑONEZ, NICANOR QUISPE UMIÑA, MARGARITA TICONA CRUZ con la Resolución N° 15: DE OFICIO: Habiendo vencido el término de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SE DISPONE: 1) SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO, para el día VENTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEICISIETE A LAS NUEVE HORAS DEL DIA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 04 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Malecón Ribereño, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; 2) SE DISPONE: La concurrencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público; del abogado defensor privado, bajo apercibimiento de imponer multa de dos unidades de referencia procesal (2 URP) y ser excluidos de la defensa; 3) Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, regula el procedimiento en caso de inasistencia de los sujetos procesales a las audiencias: ”1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y ésta es de carácter inaplazable, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia. (…) Son audiencias inaplazables las previstas en los artículos 271, 345, 351, 367, 447 y 448”, en tal sentido SE DISPONE: CURSAR oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o que asuma la defensa del imputado en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada; 4) REQUERIR, a los sujetos procesales concurran a la audiencia de control de Acusación con sus respectivos medios probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno y del abogado defensor tenerse por no ofrecido su medio de prueba. Notifíquese. Tom Ricardo Palao Villasante - Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Irma Lipa Figueroa - Especialista Legal Módulo Penal. Moquegua, 07 de Diciembre de 2017. (12-13-14 Diciembre EDICTO PENAL Expediente Nº 00934-2017-23-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don JONATAN ANTONET VIZCARRA MAQUERA, identificado con DNI Nº 72858873, de fecha de nacimiento 16 de noviembre de 1993, de sexo masculino, estado civil soltero, hijo de Herli Hugo y Carmen, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 29 de noviembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edic-
tos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 05 de diciembre de 2017. (12-13-14 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00806-2017-96-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don MELITON MAQUERA CACSI, identificado con DNI N° 04652016, de fecha de nacimiento 01 de julio de 1972, natural de Pilcuyo, El Collao, Puno, estado civil soltero, hijo de Rufina y Francisco, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 01 de diciembre de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro del horario de jornada laboral a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.Moquegua, 05 de diciembre de 2017. (11-1213 Diciembre) EDICTO PENAL Sala Mixta Descentralizada de Ilo, en el Expediente N° 00019 - 2010 – 0 - 2802-SP-PE-01, se ha dispuesto la búsqueda, ubicación y captura del acusado requisitoriado MILTON JESUS BALDARRAGO PALACO, 37 años, Sexo: Masculino, Fecha y Lugar de Nacimiento: Ilo, 11 de mayo de 1980, DNI 40540802, Domicilio en: Pueblo Nuevo Block M.6 Dpto. 10- Ilo, Nombre de los Padres: Jesús y María, Grado Instrucción: Superior, Profesión u Ocupación: Estudiante. Estado Civil: Soltero, Nacionalidad: Peruana; Características Físicas, Talla: 1. 70 cm, contextura regular. Delito: Violación Sexual de Menor, Agraviada: Menor de iniciales K.L.G.L. . Tipo y Estado del Proceso: Ordinario - Juicio Oral. Magistrados: Ruiz Navarro, Alegre Valdivia y Rodriguez Barreda. Secretaria: María Luz Mercedes Pino Quispe. Ilo, 29 de Noviembre del 2017. (11, 12, 13 DICIEMNBRE). EDICTO PENAL Sala Mixta Descentralizada de Ilo, en el Expediente N° 00715 - 2009 – 0 - 2802-SP-PE-01, se ha dispuesto la búsqueda, ubicación y captura del acusado requisitoriado ROY WILBER HUAMAN ALCA, 44 años, Sexo: Masculino, Fecha y Lugar de Nacimiento: Ilo, 24 de Diciembre de 1972, DNI29416478, Domicilio en : Pueblo Joven Nylon San Pedro D-22 Ilo y La Colina D-10 Majes, Caylloma - Arequipa, Nombre de los Padres: Hipólito y Guillermina, Grado Instrucción: Secundaria Completa, Profesión u Ocupación: Desconocida Estado Civil: Soltero, Nacionalidad: Peruana; Características Físicas, Talla: 1. 70 cm, contextura regular. Delito: Contra la
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
Libertad, Secuestro con subsecuente Muerte, Agraviado: Joffer Andres Castro Delgado. Tipo y Estado del Proceso: Ordinario - Juicio Oral. Magistrados: Ruiz Navarro, Alegre Valdivia y Rodriguez Barreda Secretaria: Maria Luz Mercedes Pino Quispe. Ilo, 29 de Noviembre del 2017. (11, 12, 13 DICIEMBRE). EDICTO PENAL Sala Mixta Descentralizada de Ilo, en el Expediente N° 00714 - 2009 – 0 - 2802-SP-PE-01, se ha dispuesto la búsqueda, ubicación y captura de la acusada requisitoriada ROSA ELENA VELASQUEZ BARRETO, 47 años, Sexo: femenino, Fecha y Lugar de Nacimiento: Lima, 09 de agosto de 1970, DNI 09738511, Domicilio en Mz N 3 Lote 2 Collique, 4ta zona Jirón Lima 220 - Comas - Lima, Alto Ilo Arenal M- 44 2do Piso, Enersur Mz 48, Lote 8; Nombre de los Padres: Juan y Valentina, Grado Instrucción: Superior, Profesión u Ocupación: Desconocida Estado Civil: Casada, Nacionalidad: Peruana; Características Físicas, Talla: 1. 68 cm, contextura gruesa. Delito: Contra el patrimonio, Agraviado: Jorge Cornejo Centeno. Tipo y Estado del Proceso: Ordinario - Juicio Oral. Magistrados: Ruiz Navarro, Alegre Valdivia y Rodríguez Barreda.- Secretaria: Maria Luz Mercedes Pino Quispe. Ilo, 29 de Noviembre del 2017. (11, 12, 13 DICIEMBRE). EDICTO PENAL Sala Mixta Descentralizada de Ilo, en el Expediente N° 00717 - 2009 – 0 - 2802-SP-PE-01, se ha dispuesto la búsqueda, ubicación y captura del acusado requisitoriado BAUTISTO MAMANI CUTIPA, 50 años, Sexo: masculino, Fecha y Lugar de Nacimiento: San Antonio de Chuca, Caylloma, Arequipa, 02-02-1967, DNI 29421432, Domicilio en Calle Abtao 656- Ilo, Calle 28 de Julio N° 438 – Arequipa, Héroes del Cenepa Mz 3 Lote 22, Gregorio Albarracín – Tacna y Asociación. Villa San Francisco Mz 11 Lote 19 – Gregorio Albarracín - Tacna, Nombre de los Padres: Aquilino y Lucía, Grado Instrucción: Secundaria Completa, Profesión u Ocupación: Albañil Estado Civil: Conviviente, Nacionalidad: Peruana; Características Físicas, Talla: 1. 64 cm, contextura delgada. Delito: Contra la Libertad Sexual, Agraviado: Menor de iniciales G.R.M.L., Tipo y Estado del Proceso: Ordinario - Juicio Oral. Magistrados: Ruiz Navarro, Alegre Valdivia y Rodríguez Barreda. Secretaria: Maria Luz Mercedes Pino Quispe. Ilo, 30 de Noviembre del 2017. (11, 12, 13 DICIEMBRE). EDICTO PENAL Sala Mixta Descentralizada de Ilo, en el Expediente N° 00706 - 2009 – 0 - 2802-SP-PE-01, se ha dispuesto la búsqueda, ubicación y captura de la acusada requisitoriada PAOLA CRITINA PAZ TANTALEAN DE VALERIO, 39 años, Sexo: femenino, Fecha y Lugar de Nacimiento: Lima, 20/04/1978, DNI 80384841, Domicilio en : Winchazao Sector 2 MZ- 39 Lote – 06 La Esperanza. – Trujillo, AAHH Ciudad Enersur MZ. 48 Lote 8 Ilo-Moquegua. Jr. Amazonas 3641 – San Martin de Porres – Lima, Nombre de los Padres: Félix y Olga Isabel, Grado Instrucción: Secundaria Completa, Profesión u Ocupación: Desconocida Estado Civil: Casada, Nacionalidad: Peruana; Características Físicas, Talla: 1. 68 cm, contextura regular. Delito: Peculado, Agraviado: Estado. Tipo y Estado del Proceso: Ordinario - Juicio Oral. Magistrados: Ruiz Navarro, Alegre Valdivia y Rodríguez Barreda. Secretaria: Maria Luz Mercedes Pino Quispe. Ilo, 30 de Noviembre del 2017. (11, 12, 13 DICIEMBRE). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00158-2017-63-2802-JR-PE-02. Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de llo - Corte Superior de Moquegua. Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre Especialista Legal: Abog. Mayra Patricia Pacheco Pachao. El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de llo, notifica al acusado YAN CARLOS QUILCA CCORI O YANCARLOS QUILCA CCORI
O YANCARLO QUILCA CCORI O PEAN CARLOS QUILCA CCORI O JEAN CARLOS QUILCA CCORI, mediante edicto el contenido de la Resolución N° 06 de fecha 29 de noviembre de 2017 que dispone: (...) REANUDAR la audiencia de control de acusación el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la sala de audiencias ubicada en la calle Junín 301- 110, con la asistencia obligatoria de la Fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público y del abogado defensor del sentenciado, bajo apercibimiento de imponer multa de una unidad de referencia procesal (1 URP) y de comunicar a su Superior; ambos en caso de inasistencia injustificada, llo, 01 de diciembre de 2017. (11, 12, 13 Diciembre). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00122-2017-64. JUEZ: Sandra Suni Huaracha. Especialista de Juzgado: Jhon Jefersson Ylaquita Lopez. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE HUANCANE. Expediente N° 00122-2017-64.- Seguido en contra de Dionisio Juan Gutierrez Chambilla, con DNI N° 04430065, sexo masculino, nacido el 08 de diciembre de 1969, distrito de chucuito, província de Puno, departamento de Puno, estado civil Soltero, grado de instruccion secundaria completa, hijo de Jorge y Maria, con domicilio real en Jiron 1ro de Mayo Mz. 8; Lt 20 San Francisco Moquegua Mariscal Nieto Moquegua, como Autor del delito Contra la Familia en la Modalidad de Omision de Asistencia Familiar, en su forma de Omision de Asistencia Alimentaria, en agravio de Joselyn Lalesca Gutierrez Yanacachajlla, se NOTIFICA a AL acusado DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA, con la resoluciòn Nro 01-2017, que PROGRAMA AUDIÊNCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DIA VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, En la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en el segundo piso de la Provincia de Huancané Jr. Santa Barbara S/N, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, lo que se hace de su conocimiento. Huancanè, 05 de diciembre de 2017. (07-11-12 Diciembre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 868-2017-0-2801-JP-PE-03; NOTIFICA a ORLANDO FLORES VICENTE, la Resolución N° 01 de fecha 02.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en contra de Orlando Flores Vicente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 01 de diciembre del 2017. Jenrry Corrales Aranibar. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-11-12 Diciembre) EDICTO PENAL Expediente N° 1005-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado JOSE LUIS SALAS LOPEZ, la Resolución N° 08 de fecha 11.10.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado JOSÉ LUIS SALAS LÓPEZ, 2. DISPONER la CONDUCCIÓN COMPULSIVA del imputado JOSÉ LUIS SALAS LÓPEZ por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y detención nivel nacional, y una vez realizado, deberán poner a disposición del Juzgado a de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Magistrado Jenrry Corrales Aranibar y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-11-12 Diciembre)
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DEQUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA
EDICTO Moquegua, 23 de octubre de 2017
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad lo establecido mediante Resolución Administrativa N° 028-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de diciembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:
Órgano Jurisdiccional
Día
Hora de Inicio
Primer Juzgado de Paz Letrado de No
Miércoles 06
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el Autor del documento Fecha:23/10/2017 11:36:13 -0500
MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Moquegua, 22 de Noviembre de 2017
Jefatura de la Oficina Desconcentrad de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, por Resolución Administrativa Nº 009-2015-JODECMA-CSJMO/PJ, de fecha 06 de octubre del 2015, ha dispuesto realizar itinerancias en la ciudad de Ilo, a fin de dirigir la función de control, razón por la cual los días 05, 06 y 07 de diciembre del 2017 se realizará en la ciudad de Ilo la itinerancia respectiva, lo que se pone a conocimiento de los justiciables.
DR. RODOLFO SÓCRATES NAJAR PINEDA JEFE DE LA ODECMA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DEQUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA
EDICTO Moquegua, 23 de octubre de 2017
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad lo establecido mediante Resolución Administrativa N° 028-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de diciembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:
Órgano Jurisdiccional
Día
Hora de Inicio
Juzgado Mixto de Ilo
Jueves 07
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.
Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el Autor del documento Fecha: 23/10/2017 11:31:13 -0500
MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA
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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 13 de diciembre del 2017
C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DE M OQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO
______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU
AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01
Ilo, cuatro de Diciembre Del dos mil diecisiete.-
VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.
RESOLVIERON: 1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente Cuarto Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;
2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias;
3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-
S.S. RUIZ NAVARRO. ALEGRE VALDIVIA. RODRIGUEZ BARREDA.