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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 17 de julio del 2018

AVISOS JUDICIALES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 01840-2016-0-1001-JR-CI-04) En los autos seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra MARLON LUIS LOYOLA MEZA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01840-2016-0-1001-JR-CI-04, el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, de la Corte Superior de Justicia del Cusco, a cargo del Señor Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Secretario Judicial Dr. Fresh Lennin Garcia Luna, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA efectuado por el Martiliero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del siguiente Inmueble, ubicado en: Departamento 401, Cuarto Nivel, Fracción B, Lote 11, Manzana H1, Asociación Pro Vivienda Ingenieros Larapa Grande, Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento Cusco, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en su partida electrónica N° 11130535, siendo su antecedente registral No. 11102692, del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco. VALOR DE TASACION: US$ 77,689.96 (SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE y 96/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 51,793.31 (CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES y 31/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES VIGENTES: 1) HIPOTECA, Asiento 04-D, a favor del BANCO SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US$ 120,040.00. 2) RECTIFICACION DE OFICIO, Asiento 05-D, rectificar el asiento 04-D de la presente partida por haberse consignado erróneo e involuntariamente el monto de la Hipoteca US$ 120,040.00, siendo lo correcto US$ 120,480.00. 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, Asiento D07, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., hasta por la suma de S/ 60,000.00 (SESENTA MIL CON 00/100 SOLES). DIA Y HORA DEL REMATE: 09 de Agosto 2018 a las 11:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: En el local del Cuarto Juzgado Civil del Cusco, sito en Av. El Sol N° 239, Distrito, Provincia y Departamento Cusco. LOS POSTORES: Oblarán, no menos del 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignará el N° de Expediente. Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. Los honorarios del Martiliero Público más el 1GV, serán cancelados por el adjudicatario. Martiliero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio. Cel. 988643628.ORLANDO ROCA CUZCANO MARTILLERO PÚBLICO FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P. 6835389 F. (11, 12, 13, 16, 17, 18 JUL)

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 02814 – 2012-0-1001-JP-CI-02 en los autos seguidos por MARLENY MERCADO SALAZAR en contra de AUGUSTA AGUILAR GUZMAN sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO ; el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado, Sede Wanchaq - Cusco , Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova, con la Especialista Legal Dra. Maria Eddie Villarroel Ccaso, han encargado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro N° 265 y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble : Tienda Nº 186 En el Primer Nivel de la Fracción Nº 02 del Predio signado con el Nº 105-141 de la Calle Los Sauces en la Urbanización de TTIO ( Mercado Popular de TTIO Primera Eta-

pa) , Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11073453 que viene de la Ficha Nº 0 – Antecedentes : Asiento 01, 02, y 03 de la Partida Nº 11073258 del Registro de Predios – Zona Registral Nº X – Sede Cusco VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE: US$. 44,968.43 (Cuarenta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Ocho, con 43/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DEL REMATE: US$. 29,978.95 (Veintinueve Mil Novecientos Setenta y Ocho con 95/100 Dólares Americanos). Equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento D00005 – EMBARGO.- La Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, Dra. Patricia Yolanda Olazabal Guerra con la actuación de la Especialista Legal, ME. Zulema Villarroel Ccaso, dentro del proceso Nº 02814-2012-96-1001-JPCI-02, seguido por Marleny Mercado Salazar, contra Augusta Aguilar Guzmán, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, mediante Resolución Nº 04 de fecha 06/05/2013 ha ordenado trabar Embargo en forma de inscripción, sobre el predio materia de esta partida registral, hasta por la suma de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos Soles) Así y más ampliamente consta de los partes judiciales remitidos mediante Oficio Nº 0427-2013-2JPLW-MEZVC de fecha 06/05/2013. Asiento D00007 – EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.La Jueza titular del Cuarto Juzgado Civil, Módulo Corporativo Civil Fanny Lupe Pérez Carlos, bajo la actuación del Secretario Judicial Fresh Lennin García Luna, en el expediente Nº 00172-2017-98-1001-JP-CI-04 seguido por CREDINKA S.A., CONTRA Augusta Aguilar Guzmán y Otro, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, mediante Resolución Nº 01 de fecha 18/01/2017 ha dispuesto trabar embargo en forma de Inscripción, sobre el inmueble materia de la partida, hasta por la suma de S/ 66,106.06 (Sesenta y Seis Mil Ciento Seis con 06/100 Soles) Así y más consta de los parte judiciales, remitidos mediante oficio Nº 0085-2017/00172-2017-98/4ºJCC-FLGL de fecha 06/02/2017. DIA Y HORA DE REMATE: 24 de AGOSTO del 2018, a las 9,00 Horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado Sede Wanchaq - Cusco. POSTORES: Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia, si el Oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.

PODER JUDICIAL P. 6837694 F. (13, 16, 17 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 399-2016-CI seguido por LUCIA VILLACORTA RAMOS sobre SUCESION INTESTADA de su cónyuge HIPÓLITO LUNA CALVO fallecido el 23-072013, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 11-07-2018. ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS ESPECIALISTA JUDICIAL

J. S (13, 16, 17 JUL)

P. 6837944 F. (13, 16, 17 JUL)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE DAHIANA MAYDA LLICAN GAMA La Señora Juez del 2° Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro. 03741-2018-0 seguido contra DAHIANA MAYDA LLICAN GAMA quien vienen siendo investigados por la presunta comisión del Delito Especifico de Violencia Familiar en agravio de José Luis Challco Gutiérrez, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de DAHIANA MAYDA LLICAN GAMA con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, nueve de Julio del año dos mil Dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe. SE RESUELVE: DECLARAR frustrada la presente audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. 1. Reprogramar la presente audiencia para el día veintitrés de Julio del año dos mil dieciocho a las dieciséis horas a verificarse en la Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal. 2. Se dispone que el personal encargado de las notificaciones correspondientes notifique en el día y bajo responsabilidad a la imputada y agraviada DAHIANA MAYDA LLICAN GAMA al celular N°921047664, sin perjuicio de notificársele vía edictos judiciales, conforme a ley.

PUBLICACION DE EDICTOS Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, se viene tramitando el expediente Nro. 281-2018-0-1018-JM-CI-02, se ha dispuesto la publicación edictal, mediante Res. 03, a los herederos legales del QVF Alejandro Cuvarrubias Yañez con el auto admisorio de la demanda: Resolución Nro. Uno, su fecha 04-07-2018: SE RESUELVE : ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SEBASTIAN ALATA LUQUE, en contra de: ROLANDO DONATO COVARRUBIAS QUISPE Y CONTRA LA SUCESIÓN INTESTADA de QVF ALEJANDRO CUVARRUBIAS YAÑEZ, que contiene la pretensión jurídico procesal de; NULIDAD DE ACTO JURIDICO DEL CONTENIDO Y SUSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO PRIVADO DENOMINADO CONSTANCIA de fecha dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y tres; por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 478 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incurrir en los supuestos regulados en la Ley.- Al amparo de lo dispuesto por el artículo 51 del Código Procesal Civil, i de conformidad a lo establecido por el artículo 475 del Código Adjetivo tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO.- MAS DIGO; MEDIOS PROBATORIOS .- Téngase por ofrecidas como pruebas de ésta parte las señaladas las que se admitirán, actuarán merituarán en la oportunidad procesal respectiva. ANEXOS.- A sus antecedentes los anexos que se acompañan.- H. S.ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO SECRETARIO JUDICIAL P. 6842250 F. (13, 16, 17 JUL)

Cusco, Julio de 2018. P. 6836612 F. (11, 12, 13, 16, 17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 182-2018-CI seguido por MANUEL TAPIA KCALANOCCA sobre SUCESION INTESTADA de su madre EUSEBIA KCALANOCCA HUAMAN fallecido el 17-05-2017, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 15-06-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS

notificado el acusado Wendell Soncco Luna. 2. Se reprograma la presente audiencia para el 11 DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO. subsisten los apercibimientos establecidos por ley. 3. Se dispone notificar la presente resolución a todos los sujetos procesales ausentes a esta audiencia sin perjuicio de que el acusado sea notificado mediante edictos por el plazo de ley, asimismo sin perjuicio de que la parte agraviada proporcione el croquis del domicilio del imputado mediante escrito y facilite la notificación del imputado, sin perjuicio de que también el acusado sea notificado a su teléfono celular 986228600. 4. Notifíquese a la representante del Ministerio Publico.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE WENDELL SONCCO LUNA El Señor Juez del 3o Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, en el proceso Nro. 05175-2017-65 seguido contra WENDELL SONCCO LUNA quien vienen siendo investigados por la presunta comisión del Delito Especifico de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Liz Brenda Bellido Huaman, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de WENDELL SONCCO LUNA con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NRO. 3 Cusco, cinco de julio dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. RESUELVE: 1. Declarar frustrada la presente audiencia por no haber sido

J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 149-2014-FT, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA. Res. No. 9. Urcos, 14 de Julio del año 2016. Donde SE RESUELVE: FALLO; Declarando el ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la niña BIANCA FERNANDA PARIGUANA HUANCCOLLUCHO, por parte de su progenitora SOLEDAD HUANCCOLLUCHO GARCÍA, como medida de protección se dispone continúe bajo el cuidado y protección de su abuela materna DIONICIA GARCÍA QUISPE, hasta que sea promovida en adopción; consecuencia, declárese EXTINGUIDA LA PATRIA POTESTAD de su madre biológica SOLEDAD HUANCCOLLUCHO GARCÍA, quien deberá ser notificada mediante edicto y en su domicilio real PUBLIQUESE mediante edictos la presente notificación de sentencia, a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 28 de Junio del 2018. J. S (13, 16, 17 JUL)

Martes, 17 de julio del 2018

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 371-2018FT-, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACIÓN TUTELAR. Res. No. 1. Urcos, 12 de Junio del año 2018. Donde SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor de la menor CARMEN SOFÍA COTACALLAPA CHAMPÍ, contra su progenitura MARILYN GEANNIRA COTACALLAPA CHAMPÍ. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 26 de Junio del 2018. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 169-2014-FT, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA. Res. No. 08. Urcos, 14 de Julio del año 2016. Se ha dictado SENTENCIA FALLO; SE RESUELVE: DECLARAR EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la menor ROSITA CHA VEZ QUISPE, por parte de sus progenitores CANCIO CHAVEZ CONDORI Y FELICITAS QUISPE CONDORI, como medida de protección se dispone continúe bajo el cuidado y protección de BENITA AMP ARITO CARDOSO JARA, hasta que sea promovida en adopción, en consecuencia, declárese EXTINGUIDA LA PATRIA POTESTAD de los progenitores CANCIO CHAVEZ CONDORI Y FELICITAS QUISPE CONDORI. GÍRESE las comunicaciones a la Oficina de Adopciones, REMITIENDO copia certificada de sentencia y la que declara consentida la misma, así como publíquese mediante Edicto Judicial en el Diario Judicial del Cusco. Urcos, 28 de Junio del 2018. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00146-2018-39-1014-JR-PE-01; seguido contra JESÚS JAVIER FLORES CCASA por la comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MELIDA GUTIÉRREZ CRUZ; Se ha dispuesto mediante resolución N° 02, dictada en audiencia pública de fecha cinco de julio de 2018, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a JESÚS JAVIER FLORES CCASA, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO a HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos; Del que doy fe: Urcos, 05 de julio de 2018. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00077-2018-96-1014-JR-PE-01; seguido contra JUSTINO VASQUEZ ANCCALLA por la comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUZ VILMA QUISPE CHOQQUE; Se ha dispuesto mediante resolución N° 02, dictada en audiencia pública, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a JUSTINO VASQUEZ ANCCALLA, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO a HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos; Del que doy fe: Urcos, 05 de julio de 2018.

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

J. S (13, 16, 17 JUL)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA PE JUVENAL QUISPE FLORES Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocío Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Judicial signado con el Nro.25-2018-NCPP, seguido contra JUVENAL QUISPE PÉREZ, sobre prestación de alimentos, seguido por Ricardina Huaman Huaman, en agravio del menor alimentista de iniciales E.R.Q.H, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado JUVENAL QUISPE PÉREZ, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA ÚNICA PROGRAMADA PARA EL DÍA OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE DEL MEIDO DÍA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura. Maranura, 10 de Julio del 2018. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03535-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATORA : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO, DEMANDANTE : DEL ALAMO SOTA, CIRA MIRIAN Resolución Nro.7 Cusco, 5 de julio de 2018. Estando a la discordia respecto a la sentencia contenida en la Resolución N° 3, del 24 de enero de 2018 (folio 44 a 54) materia de grado, por la que se llamó como Juez Dirimente a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco señora Karinna Justina Holgado Noa y considerando que en la fecha en esta Sala Superior existe un Juez Superior hábil para dirimir el presente proceso conforme a lo prescrito por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: DISPUSIERON dejar sin efecto el llamado como Juez Superior Dirimente a la señora Karinna Justina Holgado Noa y llamaron como Juez Dirimente expedito al Juez Superior Supernumerario integrante de esta Sala Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03959-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : BUSTAMANTE VILLAVICENCIO, NARCISO Resolución Nro. 6 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de enero de 2018 (folio 49 a 62) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado

DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04071-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CALCA , DEMANDANTE : ARANDO TORRES, SANTOSA Resolución Nro. 6 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 12 de marzo de 2018 (folio 69 a 83) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y

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celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04070-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , DEMANDANTE : DE LA CRUZ ENRIQUEZ, EUTROPIA Resolución Nro. 6 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 24 de enero de 2018 (folio 46 a 61) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S.S.S.MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02250-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCTIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : ESCOBAR PALMA, ANA

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La República

Resolución Nro. 9 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 29 de enero de 2018 (folio 85 a 94) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia; y el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S.S.S.MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04328-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : ECHARRI PAREJA, DELIA Resolución Nro. 8 Cusco, 6 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 28 de marzo de 2018 (folio 40 a 56) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia, para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00075-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UGEL CUSCOI , DEMANDANTE : APAZA CALLAÑAUPA, TEOFILA MARIA Resolución Nro. 10 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 28 de marzo de 2018 (folio 118 a 134) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S.S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

Martes, 17 de julio del 2018

de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (13, 16, 17 JUL)

J. S (13, 16, 17 JUL) EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03541-2014-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : ESPINOZA HINOJOSA, LEONOR Resolución Nro. 23 Cusco, 4 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 17 del 27 de noviembre de 2017 (folio 145 a 157) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S.S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor JHON PIMENTEL FIGUEROA, en el Proceso Nro. 534-2015-16-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Administración de justicia, en la modalidad de delitos contra la función jurisdiccional, Sub Tipo Fuga del lugar de accidente de tránsito, previsto y sancionado en el artículo 408° del Código Penal, en agravio de EDU SEQUEIROS PUMACCAJIA, HECTOR CABRERA AUCCA Y EL ESTADO PERUANO. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, para la REPROGRAMACIÓN de audiencia para el día VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CAIN CARRASCO SOTO, en el Proceso Nro. 588-2016-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor ALAN ERIX ALFARO YUPANQUI, en el Proceso Nro. 286-2015-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 04, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha DIECINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (10:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor DAVID SALAS JORDAN, en el Proceso Nro. 700-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor FRANKLIN JOEL SOTA SACSAHUI-

Martes, 17 de julio del 2018

LLCA, en el Proceso Nro. 951-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor LUIS FERNANDO ROZAS CARAZAS, en el Proceso Nro. 967-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor JHON MARCOS HUILLCA ALVAREZ, en el Proceso Nro. 964-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha DIECISETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (11:15 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor JIMMY PINO PILLCO, en el Proceso Nro. 971-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 05, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro.

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CAIN CARRASCO SOTO, en el Proceso Nro. 965-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO de fecha DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (11:45 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor PEGGI QUIÑONES GONZALES, en el Proceso Nro. 330-2017-97-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio, modalidad de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 186°, numeral 1 y 9, concordado con el art. 185º del código penal en agravio de JUAN DE DIOS CARRASCO GUIZADO. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, para la audiencia de SOBRESEIMIENTO de fecha VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor FRANKLIN LUNA TIPO, en el Proceso Nro. 901-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Vida El Cuerpo y La Salud, modalidad de Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, previsto y sancionado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de LUZ MARINA TERAN RODRIGUEZ. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha SIES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor LUCIO MENDOZA HUAMANHORCO, en el Proceso Nro. 961-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio,

modalidad de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 186°, numeral 1, concordado con el art. 185º del código penal en agravio de LIDA MANDORA HUAMAN. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor FELIX MENDOZA MIRANDA, en el Proceso Nro. 963-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra La Administración Pública, modalidad de Delitos cometidos por Particulares, Sub tipo DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 368°, del código penal en agravio de EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL INISTERIO DEL INTERIOR. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (13, 16, 17 JUL)

EDICTO Quillabamba, 11 de julio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor WILFREDO CESPEDES GUZMAN, en el Proceso Nro. 962-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra La Administración Pública, modalidad de Delitos cometidos por Particulares, Sub tipo DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 368°, del código penal en agravio de EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 01, para la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN de fecha SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

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P. 6843570 F. (16, 17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de -Espinar, que despacha la señorita Juez Marilyn Mujica Peralta, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 104-2018-CI, habiéndose resuelto: ADMITIR a trámite la demanda sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN, interpuesta por EDITHKA YOCIDA INCA SUPHO; TRAMÍTESE la presente en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; de conformidad a lo previsto por el Artículo 828° del Código Procesal Civil, PUBLÍQUESE el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco, (por el plazo de Ley) (..) H.S.- Juez Dra. M. Mujica P. Secretaria Judicial K. E. Apaza H.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 09 de Julio del 2018. KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO SECRETARIA JUDICIAL P. 6843644 F. (16, 17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Wanchaq, a cargo del señor Juez Titular doctor Rafael Enrique Sierra Casanova, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se viene tramitando el proceso Nro. 00580-2018-0-1001-JP-FC-02 instado por Yanet Rosa Zapata Fernández, sobre Aumento de Alimentos y Variación en la Forma de Prestación de Alimentos contra Sandro Mescco Ninantay, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución 02 Auto Admisorio de fecha 04 de Junio del 2018, y Auto Ampliatorio contenida en la resolución Nro. 04 del 22 de Junio del 2018 con el tenor siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda a tramite en la VIA DEL PROCESO UNICO la demanda interpuesta por YANET ROSA ZAPATA FERNANDEZ, en representación de su menor hija María Fernanda Mescco Zapata sobre AUMENTO DE ALIMENTOS y VARIACION EN LA FORMA DE PRESTAR ALIMENTOS (monto fijo por el porcentual) contra, SANDRO MESCCO NINANTAY, en consecuencia córrase traslado al demandado por el termino de CINCO DIAS a fin que absuelva la demanda, debiendo cumplir con lo dispuesto por el artículo 565 del C.P.C. bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, y se siga el trámite del proceso conforme a ley.- Por ofrecido los medios de prueba para su oportunidad.Firma del señor Juez y Secretario Judicial que autoriza.Lo que se publica los edictos, a fin de que se apersone y ejerza su derecho a defensa el demandado. Wanchaq, 11 de Julio del 2018

J. S (13, 16, 17 JUL) DANIEL BARRIENTOS CÁRDENAS SECRETARIO JUDICIAL EDICTO IUDICIAL Ante Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Canas-Yanaoca, cargo señora Juez Dra. Evelyn Becerra Viza, bajo actuación Secretario Judicial Abogado: Santiago Calla Quispe; en el Expediente Civil N°. 00036-2017-0-1006-JP-CI-01; se ha dispuesto se publique mediante edictos.- PARTE RESOLUTIVA: Por estas Consideraciones: SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso UNICO la demanda interpuesta por JHON PATRICIO AIQUE SALAS, contra LIZ SOLEN LEIVA ZAMATA, en representación de su menor hijo GONZALO FERNANDO AIQUE LEIVA, sobre PRORRATEO DE ALIMENTOS; en tal virtud CORRASE traslado a parte demandada por el plazo de CINCO DIAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declararla rebelde. Por ofrecidas los medios probatorios, cuya admisión y actuación se reserva para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntados. HAGASE SABER. Se efectúa la presente publicación parados fines consiguientes de ley. Yanaoca, 09 DE JULIO DEL 2018. SANTIAGO CALLA QUISPE SECRETARIO JUDICIAL

P. 6843734 F. (16, 17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL PAUCARTAMBO Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Liz Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 02 del 04 de julio del dos mil dieciocho, la notificación vía edicto en el expediente N° 000127-2018-74-1013-JR-PE seguido contra Paulino Cerceda Palma, por el delito de Violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales A.C.C.Z. representada por su progenitura Martha Zamora Carpió, con la resolución 02 del 04 de julio del dos mil dieciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al imputado PAULINO CERCEDA PALMA, y a la agraviada de iniciales A.C.C.Z. representada por su progenitora MARTHA ZAMORA CARPIÓ que mediante RESOLUCIÓN 02 del 04 de Julio del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación del imputado y de la agraviada. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DOS DE OCTUBRE DEL DOS

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MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia que se llevará a cabo en esta misma sala de audiencias del juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo. 3. SE DISPONE la notificación en el domicilio real tanto del imputado como de la agraviada, sin perjuicio de ello se les notifique mediante edictos de ley en el diario judicial del cusco, por el término establecido por la norma correspondiente. 4. SE DISPONE la notificación del ministerio de Justicia de Paucartambo, a fin de que concurra a la audiencia reprogramada bajo responsabilidad. H.S.J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL Señor: BLAS QUISPE AYMACHOQUE: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala. en el Incidente Penal N° 00184-2012-63-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra BLAS QUISPE AYMACHOQUE, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales Y.W.Q.C. representada por su progenitura Toribia Cuentas Mendoza se ha dispuesto notificar al imputado BLAS QUISPE AYMACHOQUE: con la RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, seis de julio del año dos mil dieciocho. Dado cuenta en la fecha por la recargada labor del Juzgado y estando a la constancia que antecede, reprográmese la audiencia de control de acusación para el día DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE. Se dispone la notificación de las partes conforme a lo dispuesto en el acta de audiencia de fecha 10 de mayo del 2018. NOTIFIQUESE. RESOLUCIÓN Na 01. Quillabamba, seis de diciembre del año dos mil diecisiete. VISTOS: (...); CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el articulo 350° del Código Procesal Penal. corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, y, (...) (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) ROLANDO TREJO MONTEAGUDO. (...). formula requerimiento de acusación fiscal, contra BLAS QUISPE AYMACHOQUE, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en su modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de menor de edad, previsto y sancionado por el numeral 1a del primer párrafo del articulo 173a del Código penal, en agravio de la menor de iniciales Y.W.Q.C. de 05 años de edad, representada por su progenitura Toribia Cuentas Mendoza, (...) (...) solicita para el acusado BLAS QUISPE AYMACHOQUE: LA PENA DE CADENA PERPETUA y la REPARACIÓN CIVIL de SI. 5.000.00 (CINCO MIL con 00/100 soles) que deberá pagar el acusado a favor de la agraviada. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL Señores: VIRGILIO HUAMAN TAIPE Y YETMANI HUAMAN DÍAZ: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00407-2015-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra VIRGILIO HUAMAN TAIPE, por el delito contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar su tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria previsto en el articulo 149° del código Penal, en agravio de YETMANI HUAMAN DÍAZ: se ha dispuesto notificar al imputado VIRGILIO HUAMAN TAIPE y al agraviado YETMANI HUAMAN DÍAZ: con la RESOLUCIÓN N° 07. Quillabamba, cuatro de junio del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DOS DE AGOSTO

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AM). (...), se dispone notificar al imputado VIRGILIO HUAMAN TAIPE y al agraviado YETMANI HUAMAN DÍAZ mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN Na 01. Quillabamba, veintiocho de setiembre del año dos mil quince. VISTOS: (...); CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el articulo 350° del Código Procesal Penal. corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación. y, (...) (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) JAKELINE VARGAS PINARES, Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Convención, (...) formulo requerimiento de acusación fiscal, contra VIRGILIO HUAMAN TAIPE, por el delito contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar su tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria previsto en el artículo 149° del código Penal, en agravio de YETMANI HUAMAN DÍAZ (...) (...) solicita para el acusado VIRGILIO HUAMAN TAIPE: LA PENA DE DOS AÑOS Y TRES MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA y la REPARACIÓN CIVIL de S/. 3, 796.00 (TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS con 00/100 soles) que deberá pagar el acusado a favor de la parte agraviada. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01072-2017-9-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HOBERT QUISPE SUTA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 12 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL) EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00142-2018-5-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FUSIOCO YTUSACA ROJAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba J2 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

Martes, 17 de julio del 2018

EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Julio del 2018.

DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de Julio del 2018.

3.V.

J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00403-2018-821010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALED ADRIÁN SÁNCHEZ VILLAFUERTE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00734-2017-43-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN CARLOS PACO CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor de iniciales R.G.P.G., representada por su progenitura Yofemia Gonzales Dueñas, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de Julio del 2018.

J. S (16, 17, 18 JUL) J. S (16, 17, 18 JUL) EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00444-2018-8-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: WALTER QUISPE CHACÓN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba 12 de julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00210-2018-41 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PERCY CALSIN CCACYAMARCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00292-2018-15-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN RICHARD HUAMANI CARPIÓ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 12 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01067-2017-66-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: STALIN CARI FLOREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00332-2018-76-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN CCACHA CUENTA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00727-2017-58-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FRANCO BUENO MASSI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00211-2018-57-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RODRIGO GARCÍA URBINA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE

Martes, 17 de julio del 2018

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 11 de Julio del 2018.

DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

J. S (16, 17, 18 JUL)

J. S (16, 17, 18 JUL)

08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor de iniciales E.E.A.M., representada por su progenitora Wendy Mamani Pocco, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Julio del 2018.

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mediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 02 de Julio del 2018.

J. S (16, 17, 18 JUL) J. S (16, 17, 18 JUL) EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00314-2018-29-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROYER OSORIO OCHOA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01126-2017-72-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PEDRO FUENTES CHURA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

J. S (16, 17, 18 JUL)

J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00328-2018-49-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GUIOSBEL HERNÁN CARLOS QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00373-2018-24-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: NOE ESPINOZA CUSÍ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00446-2017-34-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: KENYI ABARCA BUSTAMANTE, a fin de que concurra a ia audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01004-2017-65-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PEDRO TOTORA CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 02 de Julio del 2018.

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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00508-2017-64-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GOYO ALIPIO LÓPEZ GALLEGOS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00281-2018-5-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GILMAR GIL ALVAREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 27 de Junio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01069-2017-99-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YIMMY RONALD APAICO CHACÓN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00164-2018-31 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JHONATAN MACEDO HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Julio del 2018.

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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01070-2017-94-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUIS ACHAHUI CHICLLASTO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 11:30

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00094-2018-37-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YEFER YERAL ALVAREZ OTAZU, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS

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EDICTO - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00261 -2015-54-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YRENE GUILLEN VALENZUELA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 04 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión de DELITO ELECTORAL, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Julio del 2018.

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00542-2017-38-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CHABELY LOREN HUALLPA VARGAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Junio del 2018.

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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00552-2016-11-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROGER SEQUEIROS AQUEHUA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso In-

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00424-2016-46-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ÓSCAR QUISPE HUILLCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato

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La República

y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Junio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00856-2017-41-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EDWAR GARY GONZALES LETONA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA LA MUJER, en agravio de Luz Marina Layme Taipicuri, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Junio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00839-2017-11-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CARMELA CORRALES HUMPIRI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de AGRESIONES CONTRA MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales A.C:F.C, representada por su progenitor Julián Ferrel Almirón, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Junio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRA PROVINCIAL DE CUSCO- SEDE CENTRAL. Expediente: 2926-2016-53-1001-JR-PE-04. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA, al acusado ABRAM CONDORI CHOQUEMALLCO, para que se ponga a derecho y comparezca a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programado para el día 13 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL DÍA en la CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL-TERCER PISO PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, y responda los cargos formulados en su contra, por el delito Aduanero, en su modalidad de Contrabando, subtipo Contrabando Agravado (se utiliza un medio de transporte acondicionado o modificado en su estructura con la finalidad de transportar mercancías de procedencia Ilegal, en agravio de la Super Intendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, por el término legal, subsistiendo los apercibimientos en caso de inconcurrencia -3v. Cusco, Julio 12 de 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Expediente: 1836-2018-70-1001-JR-PE-01 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a NILDA CESIBEL CALDERÓN VARGAS; para que se ponga a derecho el dia SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delitoContra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub Tipo: AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DE FAMILIAR AGRAVADO POR SER LA VICTIMA MENOR DE EDAD, en agravio de Cielo Aldehir Calderón Vargas. Cusco, 10 de julio de 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO PENAL SEÑORES: ALEX JONATHAN SOVIA HANCCO LUZMER TANIA PARÍ FERNANDEZ. La señora Jueza del sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Farfán Sánchez en el proceso Nro 4216-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra Alex Jonathan Sovia Hancco, por el delito de Lesiones, en agravio de Luzmer Tania Pari Fernández, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 02/07/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO FISCAL.- El 3er Despacho de la Ira FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra ALEX JONATHAN SOVIA HANCCO, por el delito de agresiones en contra de la mujer o integrantes del grupo familiar, en agravio de Luzmer Tania Parí Fernández, respecto de los hechos ocurridos en fecha 18/09/17 se solicita contra el acusado 01 AÑO y 08 MESES de P.P.L. EFECTIVA, INHABILITACIÓN y el pago de S/. 1,500.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 02/07/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS {...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a la partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Farfán Sánchez, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 02 de julio del 2018 J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS 4°.JUZGAD0 PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE TAMBOPATA ESPECIALIZADO EN DELITOS AMBIENTALES Y TRATA DE PERSONAS CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 377-2013-39-2701-JR-PE-01 JUEZ: FERNANDO QUISPE CHAUCA ESPECIALISTA JUDICIAL: SILVIA ESTHER GUERRA MALDONADO

Martes, 17 de julio del 2018

NUMERO DE RESOLUCIÓN: Res. 60 de fecha 03 de julio del 2018. Se NOTIFICA a los imputados JULIO MAURICIO HURANCA GARCÍA y BEDDER CANDÍA ALVAREZ, extracto de la Resolución Nro. 60, a fin que ASISTAN a la AUDENCIA DE JUICIO ORAL programado para el 07 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Tambopata ubicado en el Jr. Cajamarca Nro. 895 de la ciudad de Puerto Maldonado. Ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal Nro. 377-2013-39-2701-JR-PE-01 que se sigue contra los ciudadanos BEDDER CANDÍA ALVAREZ, JULIO MAURICIO HUARANCCA GARCÍA y FÉLIX ALEJANDRO HERRERA DOMÍNGUEZ por la presunta comisión del delito de depredación de bosques y otros, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Publica del Ministerio del Ambiente. Puerto Maldonado, 10 de julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO EXPEDIENTE PENAL N° 01158-2016-0-1010-JP-PE-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado que Despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en lo seguido por Vidmar Yuri Rimachi Corahua y Uriel Peceros Serna, sobre Faltas contra la persona en contra de David Gaciut Triplo, ha resuelto en la resolución nueve lo siguiente: RESUELVE . Notificar, a la brevedad, al agraviado DAVID GACIUT TRUJILLO, mediante edicto con lo dispuesto en la presente resolución (Resolución N° 09) por el plazo de tres días hábiles en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado. Resolución Nro.09. DE OFICIO: VISTOS Y CONSIDERANDO.- PRIMERO.- Que, estando a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 483 del Código Procesal Penal “La persona ofendida por una falta puede denunciar su comisión ante la policía o dirigirse directamente al Juez comunicando el hecho, constituyéndose en querellante particular”. Segundo: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 110 del Código Procesal Penal “El querellante particular podrá desistirse expresamente de la querella en cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considera tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a la audiencia correspondiente, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia. En los casos de incomparecencia, la justa causa deberá acreditarse, de ser posible antes del inicio de la diligencia o, en caso contrario dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha fijada para aquella”. Tercero: Del mismo modo el artículo 487 del mismo cuerpo legal establece que “En cualquier estado de la causa, el agraviado o querellante puede desistirse o transigir, con lo que se dará por fenecido el proceso”. Cuarto: En ese entender por resolución, se ha convocado a las partes a juicio oral, bajo apercibimiento de declararse el desistimiento de la parte agraviada, en su calidad de querellante particular, en caso de inasistencia. Quinto: 5.1 Que como se advierte en la constancia de asistencia de autos, el día en que se convocó a las partes a la realización de la audiencia de ley, no asistieron las partes; dejándose consignada la inasistencia de las partes. 5.2 Que dado que la agraviada, a pesar de haber sido notificado con la resolución, que convocaba a audiencia de juicio oral, conforme a la cédula de notificación de autos, no ha concurrido a la diligencia programada, conforme se tiene de la constancia del expediente, ni ha cumplido con justificar su inasistencia dentro del plazo legal, se puede concluir que su desistimiento es tácito conforme a lo dispuesto por el artículo 110° del Código Procesal Penal. Por estos fundament os, SE RESUELVE: DECLARAR: 1) EL DESISTIMIENTO TÁCITO de la agraviada David Gaciut Trujillo, en su condición de querellante particular, por faltas contra la persona, en contra de Vidmar Yuri Rimachi Corahua y Uriel Peceros Serna. 2) En consecuencia, una vez quede consentida esta resolución archívese definitivamente los actuados. Dando cuenta la secretaria de la causa al culminar sus vacaciones de Ley./Tómese razón y hágase saber. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO TUDICIAL. EXPEDIENTE FAMILIA CIVIL N° 00075-2018-0-1010-JP-

FC-02, tramitado ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado que Despacha la Dra. Karina Valia Ochoa Montufar, en lo seguido por Maribel Yabar Farfán, sobre Prestación de Alimentos en contra de Américo Caituiro Guzmán, ha resuelto en la resolución cuatro de fecha veintiocho de mayo del año en curso, lo siguiente: RESUELVE . DE OFICIO Notificar, a la brevedad, al demandado AMERICO CAITUIRO GUZMAN, mediante edicto con lo dispuesto en la presente resolución y la resolución uno, con su respectivo escrito) por el plazo de tres días hábiles en el diario Oficial “El Peruano” y en el diario el Cusco y en la Tablilla del Juzgado, bajo apercibimiento de nombrársele un curador procesal: Resolución Nro.01. SOLICITADO.- Resolución Nro. 01.AUTO ADMISORIO.- FAMILIA CIVIL.- Santa Ana, 23 de marzo de 2018. VISTOS: La demanda sobre Prestación de alimentos, con los anexos adjuntos; y CONSIDERANDO: Primero.- Que toda persona con interés y calidad, le asiste la prerrogativa de tutela jurisdiccional efectiva; en tal virtud puede recurrir ante el órgano jurisdiccional competente y en la vía procesal correspondiente, con el objeto de solucionar un conflicto de intereses, conforme lo preceptúa el artículo 2 inciso 20 de la Constitución Política del Estado y el artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil. Segundo.- Que la calificación de la demanda importa el proceso de verificación que efectúa el juzgador respecto de la concurrencia o ausencia de los presupuestos procesales y materiales; lo que determina la futura posibilidad de establecer la validez jurídica de la relación procesal del fondo de la litis. Tercero.- Que la demanda, cumple con los requisitos y anexos exigidos por los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, así como por los artículos 96, 164 y 165 del Código de los Niños y Adolescentes; no encontrándose incursa en los supuestos de inadmisibilidad e improcedencia, establecidos en los artículos 426 y 427 del Código Procesal acotado; por estas consideraciones, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso ÚNICO, la demanda interpuesta por MARIBEL YABAR FARFAN en representación de su menor hijo Lionel Caituiro Yabar en contra de AMERICO CAITUIRO GUZMAN, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS; en tal virtud, córrase traslado al demandado por el plazo de CINCO DÍAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declararlo rebelde, quien deberá absolver conforme a lo previsto por el artículo 565 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de no admitirse su contestación.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Por ofrecidos los medios probatorios cuya admisión y actuación se reserva para su oportunidad procesal.- A LOS ANEXOS.- A sus antecedentes. AL OTROSÍ DIGO: Conforme lo solicitado, otórguese poder por acta. Hágase Saber. J. S (16, 17, 18 JUL)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Expediente N° 3246-2017-88-2111-JR-PE-01 (Cuaderno de Debates).- El Juzgado Penal Supraprovincial de la Provincia de San Román Juliaca a cargo del Señor Juez Richard Condori Chambi por medio de la presente NOTIFICA a CELIA MAMANI CELOS con la resolución número dieciocho de fecha once de julio del año dos mil dieciocho que cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO Juliaca, once de julio Del dos mil dieciocho VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: (detalles registrados en audio). SE RESUELVE: PRIMERO: Declaramos válidamente instalado el presente juicio en torno únicamente al acusado Alejandro Mamani Camacho. SEGUNDO: Reservamos la instalación del presente juicio con relación a la acusada Celia Mamani Celos. TERCERO: Teniendo en consideración que aún no ha sido válidamente notificada la acusada Celia Mamani Celos, se DISPONE se notifique mediante edictos, la misma que debe ser publicada en el distrito judicial o en el departamento de Cusco, lugar donde tiene fijado su domicilio real aquella acusada, para tal efecto DISPONEMOS se hagan las gestiones necesarias directamente a la oficina de servicios judiciales de la Corte superior de Justicia de Cusco y sin perjuicio que también el señor Fiscal pueda hacer las gestiones necesarias para que la notificación edictal también se desarrolle en el departamento de cusco, sin perjuicio de que se haga la notificación a través de radio difusión, es decir en una emisora de alcance regiones o departamental, nos referimos al departamento de Cusco. Hágase Saber.Juliaca, 13 de julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

Martes, 17 de julio del 2018

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03179-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UGEL CALCA , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : VARGAS PINEDA, GAVINO ROMULO Resolución Nro. 13 Cusco, 6 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 29 de enero de 2018 (folio 122 a 130) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-PCSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01- 2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00056-2018-0-1001-SP-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , DIRACCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDANTE : MORA CHAVEZ, MELQUIADES Resolución Nro. 10 Cusco, 9 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 10 de enero de 2018 (folio 135 a 155) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018- P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01- 2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00009-2018-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : GUTIERREZ PELAYO, JANNET RUTTI Resolución Nro. 6 Cusco, 6 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 20 de abril de 2018 (folio 47 a 60) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con

la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01- 2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01770-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO , DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDCUACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : SALAZAR GARCES, MANUEL GUIDO Resolución Nro. 12 Cusco, 6 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 29 de diciembre de 2018 (folio 93 a 105) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación por zona diferenciada”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Ángel Cáceres Cáceres, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 631-2018- P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Integran el Colegiado los Jueces Superiores señores Luis Fernando Murillo Flores y Xiomar Alfaro Herrera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ.H.S.S.S.MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 13 de julio de 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

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EDICTO PENAL SEÑOR: AGRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE La Señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfán, en el proceso N° 4581-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra ACRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE , por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de MARISOL PAUCAR MAMANI bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar con el requerimiento de acusación fiscal y la resolución uno que corre traslado de fecha 12/07/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- La Fiscal del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra AGRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, delito tipificado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de MARISOL PAUCAR MAMANI, asimismo, solicita una pena de 01 año de pena privativa de libertad efectiva, que persista las medidas de protección emitidas por el Segundo Juzgado De Familia por el mismo plazo de la condena, Inhabilitación: que consiste en la prohibición de acercarse a la víctima con fines de agresión física o psicológica por el mismo plazo de condena, y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 500.00 soles. RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación directa - presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de AGRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, delito tipificado en el artículo 122-B0 del Código Penal, en agravio de MARISOL PAUCAR MAMANI. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350” del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de acusación directa a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal. CITAR a las partes el día 22 de agosto del año 2018, a las 14:30pm en la sexta sala de audiencia del modulo penal. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales Cusco, 13 de julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

EDICTO 4o JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AMBIENTALES DE TAMBOPATA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS CUARTO JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AMBIENTALES DE MADRE DE DIOS EXPEDIENTE 685-2016-3-2701-JR-PE-02 JUEZ: EDWARD IVAN BARRIOS FLORES ESPECIALISTA JUDICIAL: NIMER ALEXANDER COYLA MAMANI NUMERO DE RESOLUCIÓN: 01 de fecha 05 de Julio del 2018. SE CITA a JAVIER PUMA QUISPE, ESTEBAN KALA GONZALES y SANTIAGO ADRADE ALTAMIRANO, por la presunta comisión de Delitos Ambientales - Delitos Contra los Recursos Naturales en la modalidad de Delitos contra los bosques o Formaciones Rocosas Sub Destrucción y Tala de Bosques Naturales en agravio de Estado Peruano, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 05 de julio del 2018, mediante el cual se CITA a la diligencia de AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE CONTUMACIA para el dia LUNES 06 de AGOSTO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Ambientales de Madre de Dios, sito en el Jirón Cajamarca N° 895 de Puerto Maldonado. Puerto Maldonado; 06 de Julio del 2018.

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO suplica para los fines consiguientes.-

J. S (16, 17, 18 JUL) Sicuani, 15 de junio del año 2018 EDICTO TERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 01197-2017-88-2701-JRPE-03 JUEZ: Edgard León Quispe. ESPECIALISTA JUDICIAL: Elizabeth Beatriz Anco Gallegos NUMERO DE RESOLUCIÓN: 01 de fecha 10 de julio de 2018. SE CITA a CESAR AUGUSTO VALDIVIA NAVARRO, por la comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio de menor de edad representado por Dionisia Diaz Hermoza, con el extracto de la resolución número 01 de fecha 10 de julio del año 2018, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2018 A HORAS 08:30 MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 3o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Avenida Ernesto Rivero N° 722 Asimismo el sentenciado en mención será patrocinado por un defensor público de la defensa pública. Puerto Maldonado, 11 de Julio del 2018. J. S (16, 17, 18 JUL)

PUBLICACION DE EDICTOS Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, se viene tramitando el expediente Nro. 263-2018-0-1018-JM-CI-02, solicitado por Andrés Quispe Huallpa, sobre cambio de nombre, donde se tiene consignado el nombre del recurrente como Andrés Quispe Huallpa, debiendo ser lo correcto como WILKA AMARU QESPI HUALLPA, lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Santiago, 13 de julio del 2018 ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO SECRETARIO JUDICIAL P. 6843899 F. (17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Despacho del señor Juez Tito Núñez Valencia, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso No. 00776-2018-0-1001-JP-CI -01, seguido por Elisa Lizarraga Alfaro, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento erróneamente consignado sin apellidos materno de sus padres como Justo C. Lizarraga y Vicentina Alfaro, cuando lo correcto debe añadirse los apellidos maternos debiendo ser lo correcto como JUSTO LIZÁRRAGA ESTRADA Y VICENTINA ALFARO CARBAJAL, inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - Reniec. Lo que se cumple con la publicación para los fines de ley.

CAROLINA CISNEROS VALDEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6845959 F. (17, 18, 19 JUL)

Cusco, 13 de julio del 2018.

Por ante el Juzgado Mixto de la provincia de Canchis, que despacha el Juez Raúl Gutiérrez Ochoa, se viene tramitando el proceso Judicial N° 00093-2017-0-1007-JM-CI-02, habiéndose RESUELTO:ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de Juan Agapito Ccallo León de SUPRESION de su segundo nombre de pila de Agapito, por ofrecidos los medios probatorios que precisa los que serán valorados al momento de emitir la resolución final, A sus antecedentes los anexos de su referencia y cumpla el actor con publicar por tres veces el extracto de la demanda en el diario oficial de ésta sede Judicial, por no ser posible realizarlo en el Portal web oficial del Poder Judicial, como en la tablilla del Juzgado, obviando la realización de audiencia por no haber medios probatorios orales que actuar, que es la razón de la audiencia de Actuación y Declaración judicial, y con la facultad conferida por el artículo 194° del Código Procesal Civil, se incorpora de Oficio, el mérito del Informe psicológico respecto de la afectación que afirma el actor causarle el nombre de Agapito, para lo cual el actor deberá concurrir al psicólogo de su preferencia, bajo el apercibimiento de valorarse su conducta procesal conforme lo prescribe el artículo 282° del Código Procesal Civil y una vez se tenga a la vista la constancia de publicaciones y se tenga a la vista el informe psicológico dispuesto, pasen los autos a Despacho para fines de emitir la resolución final.

JUDITH CASTILLO PRADO SECRETARIA JUDICIAL

P.6845955 F. (17, 18, 19 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante Juzgado de Paz Letrado de la Provincia Canas-Yanaoca, cargo señora Juez Dra. Evelyn Becerra Viza, en el Expediente Civil N°. 00046-2018-0-1006-JP-CI-01; bajo actuación Secretario Judicial Abogado: Santiago Calla Quispe; se presenta DOÑA: LUZ MARINA SONCCO HUALLPA, solicitando la SUCESION INTESTADA, de la quien en vida fue su progenitora RITA HUALLPA VIUDA DE SONCCO, fallecida en fecha 05 de ENERO del 2018, en ESSALUD-Provincia y Departamento Cusco. Lo que comunico al público para los fines consiguientes de ley. Yanaoca, 12 DE JULIO DEL 2018. SANTIAGO CALLA QUISPE SECRETARIO JUDICIAL P. 6846117 F. (17 JUL)

Santiago, 22 de mayo de 2,018. EDICTO MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL P. 6843945 F. (17, 18 JUL)

EDICTO JUDICIAL SUPRESIÓN DE NOMBRE Ante el Juzgado mixto de Canchis - Sicuani, Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Carolina Cisneros Valdez, por periodo vacacional de la titular, se tramita el expediente N° 83-2017CI, seguido por YULIANA QUISPE FUENTES sobre supresión del primer nombre de pila “ALDO” de su menor hijo Aldo Aneiro Cano Quispe, debiendo quedar como “Aneiro Cano Quispe”. Se

del Juzgado después de notificado con la presente resolución a efectos de recabar los edictos para dicha publicación y cumplido la publicación. VERIFIQUESE la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día SIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA. Por ofrecidos los medios probatorios que indica para admitirse y actuarse en su oportunidad procesal. Agréguese a sus antecedentes los anexos indicados. Lo que se publica para los fines de Ley.

EDICTO JUDICIAL

LISET ROSARIO ESPINOZA PARI SECRETARIA JUDICIAL

Ante el Tercer juzgado de Paz letrado del Cusco, a cargo del Dr. David Barazorda Velásquez y bajo la actuación de la Especialista legal Dra. Judith Castillo Prado se viene tramitando el expediente N° 01298-2018-0-1001-JP-CI-03, seguido Vicentina Huamantalla de Flores y mediante Resolución N°02 Auto Admisorio de la Demanda se ha Resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por VICENTINA HUAMANTALLA DE FLORES, sobre RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO del apellido paterno de su esposo Antonio Flores Recse. DEBIENDO sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.- En tal virtud, publíquese el extracto de la solicitud en el Diario Judicial de Cusco por una sola vez, conforme dispone el artículo 828° del Código Procesal Civil, concordante con el Decreto Supremo número 020-2000-PCM, para cuyo efecto el solicitante deberá concurrir a la Secretaria

Martes, 17 de julio del 2018

P. 6846243 F. (17 JUL)

EDICTO JUDICIAL En la Sala Civil de Cusco, en el EXPEDIENTE: 00623-2013-0-1001-JM-CI-01, seguido por Florentina Meza Cruz y otro, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio contra Julia Rodríguez de Zúñiga y otros, SE NOTIFICA: A LOS SUCESORES PROCESALES DEL QVF EMILIANO MEZA FLORES, con la resolución siguiente: Resolución Nro. 78.- Cusco, 13 de julio de 2018. I.- ANTECEDENTES: 1. Mediante escrito que antecede Florentina Meza Cruz pone en conocimiento de este Tribunal el fallecimiento de su codemandante Emiliano Meza Flores. (...) Por estos fundamentos DISPUSIERON: A. NOTIFIQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de Emiliano Meza Flores, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial de esta sede judicial, con el fin de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de proseguirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo Secretaría de la Sala efectuar las publicaciones antes dispuestas. B. Notifíquese con la presente resolución a Emiliano Meza Flores en su último domicilio real declarado ante la RENIEC- H.S. S.S.-MEDIA FIRMA DE LAS SEÑORAS JUECES SUPERIORES: VELÁSQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA -Firma la Secretaria de Sala, Abogada Roxana Bohórquez Abarca”. Cusco, 13 de julio de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO Nro. 0018 -2018-SPAAFPL-SRJ EXPEDIENTE: Nro. 218-2006 -0- 2111-PS-PE-01 SECRETARIA: Elena Condori Ojeda Se notifica y emplaza a la acusada: BEATRIZ LAURA PUMA Con la resolución Nro. 80, su fecha cinco de julio del año en curso, DISPUSIERON, notificar mediante edictos a la acusada BEATRIZ LAURA PUMA, para que concurran obligatoriamente al acto de la audiencia pública de juicio oral, programado para el VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES DE LA TARDE, que se llevará en el salón de audiencias de la Sala Penal de Apelaciones de la provincia de San Román - Juliaca; dicha acusada deberá ser asistido por el Abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de iniciarse el juicio oral con presencia del Defensor Público adscrito a esta Superior Sala Penal. Asimismo, bajo apercibimiento de ser declarados contumaces e interrumpirse el plazo prescriptorio de la acción penal, sin perjuicio de revocárseles el mandato de comparecencia restringida por el mandato de detención y disponer su internamiento en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de la Localidad de Lampa, en caso de inconcurrencia injustificada. Todo ello, dispuesto en el proceso penal del número de la referencia, seguido en contra de la acusada, por el delito de homicidio calificado en grado de tentativa, en agravio de Edwin Germán Hito Amanqui. Para que se ponga a derecho y de defienda de los cargos que se le imputa. Juliaca, 25 de junio de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL SEÑOR: JOHN QUISPE VILLA El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso Nro. 5485-2017-44-1001-JR-PE-03, seguido contra JOHN QUISPE VILLA Y OTROS como autor por la presunta comisión del delito de Falsificación de Documento Público en agravio del Estado y otros, bajo la actuación del especialista de causa Abg. Gilmar Cahuata Sequeiros ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 02 del 28/06/2018, cuyo contenido es el siguiente: Resolución N° 02 Cusco, veintiocho de Junio del año dos mil dieciocho.-SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, por tanto; TENGASE por constituido en actor civil a la universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, representada por Rido Durand Blanco, con las facultades establecidas en los artículos 104 y 105 del Código Procesal Penal; por tanto cesa la legitimación del Representante del Ministerio Publico en torno al objeto civil del proceso. 2. PRECISAR que el quantum indemnizatorio solicitado es la suma de TRES MIL SOLES, la misma que es de carácter provisional debiendo sustentarse en forma definitiva en la oportunidad procesal (etapa intermedia del proceso). H.S. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 513-2015-FT, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA. Res. No. 13. Urcos, 22 de Noviembre del año 2016. Donde SE RESUELVE: FALLO: Declarando el ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor AARON DIEGO YHERSON JANCCO QUISPE, por parte de sus progenitores SOLEDAD QUISPE QUISOE Y FLAVIO JANCCO APAZA, como medida de protección se dispone continúe bajo el cuidado y protección desús abuelos paternos TADEO JANCCO CASILLA Y MARÍA APAZA HUAYLLANI, hasta que sea promovida en adopción; consecuencia, declárese EXTINGUIDA LA PATRIA POTESTAD por parte de sus progenitores Soledad Quispe Quispe y Flavio Jancco Apaza, quienes deberán ser notificados mediante edicto y en su domicilio real . PUBLIQUESE mediante edictos la presente notificación de sentencia, a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 28 de Junio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 741-2016FT, se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA. Res. No. 11. Urcos, 20 de Julio del año 2017. Se ha dictado SENTENCIA Donde SE RESUELVE: DECLARAR EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la menor LUCRECIA QUISPE CONDORI. Así como se declara EXTINGUIDA LA PATRIA POTESTAD de los progenitores Margarita Condori Rocca y Pascual Quispe Quispe. GÍRESE las comunicaciones a la Oficina de Adopciones, REMITIENDO copia certificada de sentencia y la que declara consentida la misma, así como publíquese mediante Edicto Judicial en el Diario Judicial del Cusco. Urcos, 22 de Junio del 2018. 3.V.

EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Manuel Sánchez Kcana,

Martes, 17 de julio del 2018

con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 3292-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra los imputados ELOY TARIFA TORRES EN AGRAVIO DE MARISOL AIQUIPA ALARCÓN, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día VEINTE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y CUARENTA DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 05 de julio del 2018. 3.V.

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. MARLON JESÚS GARCÍA NEYRA. Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Carlos A. Román Gil y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 5207-2017-86, seguido contra MARLON JESÚS GARCÍA NEYRA y otro como presuntos coautores por la comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo LESIONES LEVES en grado CONSUMADO por la circunstancia que le da gravedad al hecho, en agravio de RODRIGO BERRIOS SÁNCHEZ; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 1.- Cusco, seis de abril del dos mil dieciocho.- (...) 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra JOSÉ LUIS PURISACA RUIZ y MARLON JESÚS GARCÍA NEYRA como presuntos coautores por la comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo LESIONES LEVES en grado CONSUMADO por la circunstancia que le da gravedad al hecho, previsto y tipificado en el primer párrafo del artículo 122 del Código Penal, concordante con el primer párrafo del artículo 441 del mismo cuerpo legal, en agravio de RODRIGO BERRIOS SÁNCHEZ; cuyo acto procesal se realizará el día VEINTE DE MARZO del dos mil DIECINUEVE, a horas NUEVE de la mañana (hora exacta) en la tercera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerán los imputados JOSÉ LUIS PURISACA RUIZ y MARLON JESÚS GARCÍA NEYRA, asistidos por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se les designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarárseles REOS CONTUMACES y disponerse sus conducciones compulsivas por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en sus domicilios reales y procesales (consignados en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento) (...). RESOLUCIÓN NRO. 4.- Cusco, trece de julio del dos mil dieciocho.-Teniendo en cuenta que el imputado Marión Jesús García Neyra, hasta la fecha con el auto de citación a juicio oral (Res. N° 1), no ha sido notificado en los domicilios reales alcanzadas por el representante del Ministerio Público, esto es el Jirón Manco Capac Mz. N, lote 2 de Collique IV del distrito de Comas-Lima, que al parecer esta dirección resulta siendo incierto y el referido imputado ya no domicilia; consiguientemente al ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que el acusado MARLON JESÚS GARCÍA NEYRA sea notificado con la presente resolución y la Resolución número 01 (citación ajuicio oral) mediante EDICTOS en el diario Judicial.Cusco, 13 de julio de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Expediente N° 123-2017-01. Juzgado de Investigación Preparatoria de Mazuko. Juez: Rolando Chalco Condori. Exp. Judicial: Américo William Flores Sahua. Se NOTIFICA a los agraviados MELITON HUALLPA TTITO. PERCY HUAMÁN TTITO, JAVIER BENITO CUYO, FERNANDO GRAJEDA PILLCO y JUAN CARLOS PAULLO DÍAZ, con el extracto de la resolución número DIECINUEVE de fecha 12 de julio del año dos mil dieciocho, que DISPONE: REPROGRA-

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

MAR a la AUDIENCIA DE CONROL DE SOBRESEIMIENTO para el día MIÉRCOLES, 25 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 14:30 HORAS (hora exacta), la misma que se realizará en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Mazuko, sito en la Av. Inambari s/n, 3 piso del edificio ubicado frente a Mega la Red – Mazuko. Mazuko, 13 de julio de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

Superior de Justicia de Madre de Dios, para lo que deberá de remitirse los oficios correspondientes en breve plazo. RESOLUCIÓN N° 119 (04-06-2018) Que dispone: Tener por cumplido lo dispuesto en la resolución número 118 de fecha 25 de Mayo del año 2018, en consecuencia se debe tener presente que quien actualmente ostenta la patria potestad de la menor Rusba Zoloaga Laura es su madre de nombre Benita Laura Lima. Villa Salvación, 11 de Julio del año 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSEDE CENTRAL. Expediente: 3046-2017-18-1001-JR-PE-04. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. El Señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dr. Edwin del Pozo Condori, en el proceso Nro. 3046-2017 seguido en contra de JAIME HERRERA SEGOVIA por el delito Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, subtipo Lesiones por Violencia Familiar, en agravio de Karina Herrera Huillca, EMPLAZA a la persona de Jaime Herrera Segovia con el tenor de la resolución N° 7 que RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Juicio Oral por inasistencia injustificada del acusado Jaime Herrera Segovia. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado JAIME HERRERA SEGOVIA, quien como generales conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes datos de identidad DNI Nro.23859658, fecha de nacimiento 10 de febrero 1969 en el distrito de Challhuanca, provincia de Aymares departamento de Apurimac, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Víctor y Timotea, acusado por Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, y demás datos que deben ser obtenidos y contrastados con su ficha RENIEC. 3. NOMBRAR como abogado defensor del acusado ausente a la abogada defensora pública LOURDES IRENE ASCUE CASTILLA, quien debe hacer valer todos los derechos que correspondan al procesado, debiendo comunicar dicho nombramiento la abogado Irma Condori Teran quien esta representado en este momento bajo responsabilidad. 4. ORDENAR SE GIREN los oficios para la captura y posterior conducción del procesado ausente mediante la fuerza pública es decir, mediante la Policía Nacional del Perú. 5. DISPONER se notifique al acusado ausente mediante EDICTOS que deben ser publicados mediante tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial del Cusco, pagina WED del Poder Judicial y casilla del juzgado a fin de que tomen conocimiento los cargos que se le imputan en su contra se presente al juzgado y se integre al juicio oral en el estado que se encuentre. 6. DISPONER la instalación de la audiencia de juicio oral en relación al acusado presente al acusado LUIS ANTONIO NUÑEZ SUPO. Cusco, julio 16 de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO FAMILIA TUTELAR EXPEDIENTE: 2008-16-F JUZGADO MIXTO DE SALVACIÓN - MANU DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS JUEZ. Cuadrado Lazo. SECRETARIO J.: Abog. TAIRO Se notifica mediante la presente, a la demandada Benita Laura Lima, para que tome conocimiento en el proceso que se les sigue por abandono de menor. Con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN N° 123 (09-07-2018) Que resuelve: 1.- Conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 123 del Código Procesal Civil se declara consentida la resolución número 117 de fecha 22 de mayo del año 2018, que resuelve: De conformidad con lo prescrito por el artículo 249 del Código de los Niños y Adolescentes se resuelve: Declarar fundada la demanda de abandono de menor seguida en contra de Benita Laura Lima y Juan Ceferino Zoloaga Rayo en agravio de la menor Rusba Zoloaga Laura. 2.- Se notifique con la parte resolutiva de la presente resolución y la parte resolutiva de la resolución número 119 del presente expediente a la demandada Benita Laura Lima mediante edictos judiciales en los diarios oficiales de la Corte superior de Justicia de Cusco y de la Corte

EDICTO PENAL Expediente N° 00693-2013-4-2701-JR-PE-01 Juzgado Penal Colegiado de Tambopata Especialista Judicial: Mery Huarachi Fluker Se NOTIFIQUE A LAS AGRAVIADAS MENORES DE INICIALES M.J.M.M., L.A.F. Y LINA OBANDO HUAMANI, con la parte resolutiva de la sentencia condenatoria contenida en la resolución número cuarenta de fecha treinta y uno de mayo del año dos mil dieciocho, expedida en el PROCESO PENAL N° 00693-2013-4-2701-JR-PE-01, que señala lo siguiente: PARTE RESOLUTIVA: Por tales consideraciones juzgando los hechos con la sana crítica que La ley faculta, el Juzgado Penal Colegiado de Madre de Dios Administrando Justicia a nombre de la Nación: FALLAMOS: 1. CONDENANDO AL ACUSADO MAGNO LEÓN POZO COMO AUTOR DE LA COMISIÓN DEL DELITO CONTRA LA LIBERTAD EN SU MODALIDAD DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL; sub tipo TRATA DE PERSONAS AGRAVADA; explotación laboral y sexual, previsto y sancionado en el articulo 153 del Código Penal como tipo base, con las agravantes contenidas en el primer párrafo, numeral 03-04-06 del art. 153-a) del mismo cuerpo sustantivo; en agravio de la menor de iniciales M.J.M.M., L.A.F. y Lina Obando Huamani (18). 2. SE LE IMPONE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE DOCE (12) AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD CON EL CARÁCTER DE EFECTIVA.- Firman los Magistrados Dr. Fredy Aduviri Jaliri, el Dr. Eduardo Florentino Tito Calla y el Dr. Pablo Raúl Medina Ruiz, Puerto Maldonado, 20 de Junio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señora Carlos Sinchi Sinche. en el Proceso Nro.942-2018-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en su modalidad de peligro común, sub tipo conducción en estado de ebriedad, en agravio del estado, representado por la procuraduría del ministerio de transporte, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09:30AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Henrri Ojeda Farfán, en el Proceso Nro.898-2018-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en su modalidad de peligro común, sub tipo conducción en estado de ebriedad, en agravio del estado, representado por la procuraduría del ministerio de transporte y comunicaciones, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS IL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I CUARENTA I CINCO DE LA

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MAÑANA (09:45AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor ADRIEL BOZA OJEDA. en el Proceso Nro.912-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública. en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN, SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCTON, en agravio del ESTADO representado por el PROCURADOR DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNBICACTONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:0OAM)la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señor Fredy Yaurisque Huaraca, en el Proceso Nro.914-2018-0-1010-.IR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN. SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEIÍRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (10M5AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Willian Henry Luna Vallejos, en el Proceso Nro.952-2018-0-I0I0-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública. en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN. SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I TREINTA DE LA MAÑANA (10:30AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Cristhiam Manolo Jaliri Valencia, en el Proceso Nro.950-2018-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le

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sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN, SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (10:45AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Andrés Fortunato Vila Chillquitoma en el Proceso Nro.953-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de PELIGRO COMÚN. SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICClON, en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor ÁNGEL MIRANDA FLORES, en el Proceso Nro.947-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del de delito contra la seguridad pública, en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN. SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I QUINCE DE LA MAÑANA (11:15AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor ROÑAL QUISPE CARDENAS en el Proceso Nro.979-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de PELIGRÓ COMÚN. SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. en agravio del ESTADO representado por el procurador del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I TREINTA DE LA MAÑANA(11:30AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: JenniferTupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor ESTEWAR AYME SUYLLO en el Proceso Nro.909-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la familia sub tipo omisión de ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de Brians Stewars Ayme Miranda, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I TREINTA (12:30PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Percy Escalante Velasquez, en el Proceso Nro.915-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la familia sub tipo omisión de ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de los menores que se encuentran representados por su progenitora Flores Sunita Miranda, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel :del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de junio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Jhoel Alfredo Quispe Mayta, en el Proceso Nro.924-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de HURTO, SUB TIPO HURTO, SUB TIPO HURTO AGRAVADO, en el grado de tentativa, en agravio de Alexander Singuña Huillca para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I TREINTA DEL MEDIO DÍA (12:30P) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Nilder Segovia Tocre, en el Proceso Nro.759-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de violencia y resistencia a la autoridad sub tipo RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio del estado debidamente representado por el procurador público del ministerio del interior, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I TREINTA DEL MEDIO DÍA (12:30PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr.

Martes, 17 de julio del 2018

Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Rosa Vilma Ascue Villegas, en el Proceso Nro.963-2018-0-1010-JR-PE-01. que se le sigue por la presunta comisión del contra la fe pública en la modalidad de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS EN GENERAL. SUB TIPO FALSEDAD GENÉRICA, en agravio de Martha Roxana Vargas Candía, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra. audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE SEPTIEBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Fredy Benigno Condori Quispe, en el Proceso Nro.272 -2014-39-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo penal actos contra el pudor en menores de 14 años, en agravio de las menores de iniciales R.C.R y L.M.A.C, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jenniter Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Juan David Al vade Jordán, en el Proceso Nro.243-2018 -32-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN TES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Maria Teresa Adriazola Elorrieta, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (08:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Juan Carlos Ríos Huamán, en el Proceso Nro. 565-2018 -0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de receptación, sub tipo receptación agravada, en agravio de Luis Miguel Arzubialde Navarrete, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de

los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DÉLA MAÑANA (09:30AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor WILLIAM BARRA HUIÑAPI, en el Proceso Nro.877-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Mariana Del Rosario Espinoza Pagan, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (1I:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio de 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Juan Cancio Naveros Ferro, en el Proceso Nro.883-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES. SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRAN TES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de OFELIA DURAND SEQUEIROS. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (11:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Julio Quispe Ñahuincamasca, en el Proceso Nro.880-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES, SUB TIPO AGRESIÓN EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Julia Calatayud Bomas, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHOA HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel: del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba) Quillabamba, 16 de julio del 2018. J. S (17, 18, 19 JUL)

Martes, 17 de julio del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA Lunes, 16 de julio de 2018 Nº

Hora 1 2 3 4 5 6

08:20 08:45 09:30 10:00 10:45 11:45

Exp. 2732-2017 939-2017 3591-2016 1112-2017 3047-2017 4032-2017

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Auto

Demandante Huayllahumán Quispe, Manuela E. Salas Cuaquira, Felipe Ramos Humpire, Valentina Marmanillo Manga, Rosa Elvira Villafuerte Yunguri, Martha Distribuciones Dfrio SAC

Demandado Municipalidad de San Sebastián Municipalidad de San Jerónimo Municipalidad de Cusco Universidad Alas Peruanas Cusco SUTRAN Cusco Cama Paredes, Walter Maykol y otros

Materia

Proc.

Dec.de Contrato a Plazo Indeterm.

1.J.T.C.

Dec.Vinculo Laboral Plazo Indetem.

1.J.T.C.

Reconoc. de Régimen Laboral

1.J.T.C.

Reincorp. a su Centro de Trabajo

1.J.T.C.

Dec.de Contrato a Plazo Indeterm.

4.J.T.C.

Nulidad Cosa Juzgada fraudulenta

4.J.T.C.

Martes, 17 de julio de 2018 Nº

Hora 1 2 3 4 5 6

08:20 08:45 09:30 10:45 11:30 12:00

Exp. 1753-2017 3669-2017 248-2017 3511:2017 2371-2017 486-2018

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

Demandante Yana Curi, Roger Chara Cáceres, Juana Paulina Kquille Ancco, Basilia Masias Huamán, Graciela Román Gutiérrez, Vilma Marlene Paco Rayme, Gloria

Demandado Municipalidad de Cusco Municipalidad de Wanchaq Municipalidad de Cusco Municipalidad de Santiago Municipalidad de San Sebastián Municipalidad de Santiago

Materia

Proc.

Dec.Vinculo Laboral Plazo Indetem.

1.J.T.C.

Reconoc.de Contrato de Trabajo

4.J.T.C.

Indem.por Daños y Perjuicios

1.J.T.C.

Reposición

4.J.T.C.

Dec.Vinculo Laboral Plazo Indetem.

1.J.T.C.

Reposición

4.J.T.C.

Miércoles, 18 de julio de 2018 Nº 1 2 3 4 5

Hora 08:20 08:45 09:30 10:00 10:45

Exp. 452-2018 2016-2017 3972-2017 196-2018 1108-2016

Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia

Demandante Mercado Quispe, Timoteo Tantalla Puma, Amelio Colque Ccasani, Mery Rodríguez Gonzáles, Víctor Raúl Velasco Gibaja, Janeth María

Demandado Municipalidad de San Sebastián Municipalidad de Cusco Municipalidad de San Sebastián PER Plan COPESCO SUNAT

Materia

Proc.

Reposición

4.J.T.C.

Pago de Remuneraciones

4.J.T.C.

Dec.Vinculo Laboral Plazo Indetem.

4.J.T.C.

Reposición

4.J.T.C.

Reposición

4.J.T.C.

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Martes, 17 de julio del 2018

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