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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 9 de abril del 2018

AVISOS JUDICIALES EDICTO JUDICIAL AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO EN LOS SEGUIDOS POR CARLOS JAVIER BUSTAMANTE SMITH (SUCESOR PROCESAL DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU), EN CONTRA DEL LABORATORIO MECATRONICO CUSCO S.A.C. (DEUDOR PRINCIPAL), JOHNNY TAMAYO ARAGON Y ANA CECILIA BUSTAMANTE SMITH (GARANTES Y FIADORES SOLIDARIOS), SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA, EL PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, A CARGO DE LA SEÑORA JUEZA DRA. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS, DENTRO DEL EXP N° 03121-2009, HA DISPUESTO SACAR EN REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES DEL INMUEBLE SIGNADO COMO CASA VIVIENDA NRO. 01 DE LA URBANIZACION CERVECEROS DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CUYO DOMINIO CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO VALOR DE TASACIÓN: US$ 203,863.00 (DOSCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: USS 135,908.66 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO Y 66/100 DOLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A LAS DOS TERCERASPARTES DE LA VALORIZACIÓN. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) HIPOTECA INSCRITA EN EL ASIENTO 15 RESPECTO DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES DEL BIEN INMUEBLE, RECTIFICADA EN EL ASIENTO 22 DE LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO: 2) EMBARGO Y VARIACION DE EMBARGO REGISTRADA EN LOS ASIENTOS 19 Y 20 DE LA PARTIDA N° 02073327 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X SEDE CUSCO DÍA Y HORA DEL REMATE: DOCE DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE. LUGAR DEL REMATE: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDULO CIVIL, UBICADO EN EL SEGUNDO PISO DEL PALACIO DE JUSTICIA DEL CUSCO SITO EN LA AV. EL SOL S/N CERCADO DEL CUSCO. LOS POSTORES: 1) OBLARÁN MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTARÁN EN ORIGINAL EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD; 3) PRESENTARÁN ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL. CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD O EN SU CASO RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL Y D.N.I.); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁN ACREDITARLO CON EL CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER CORRESPONDIENTE. EL ADJUDICATARIO: LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO SERÁN CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO CONFORME A LOS RANGOS Y TRAMOS DISPUESTOS EN EL D.S. 008-2005-JUS Y ESTÁN AFECTOS AL IGV. MARTILLERO A CARGO DEL REMATE: ABOG. ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁZAR, CELULAR 991345501. CUSCO, 14 DE MARZO DEL AÑO 2018 ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁZAR MARTILLERO PÚBLICO ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6609476 F. (02, 03, 04, 05, 06, 09 ABR)

En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar Rojas se tramita el proceso 18842017-FC-03 sobre declaración de unión de hecho en el que se ha dispuesto la notificación por edictos de NICOLAS ANTONIO POMA VILCAHUAMAN con Resolución dos de fecha 3-052017 que Resuelve: ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso ABREVIADO, la demanda de DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, interpuesta por GABRIELA MODESTA LOPEZ TARQUI contra LA SUCESION de quien en vida fue RODOLFO DONATO POMA VILCAHUAMAN constituida por NICOLAS ANTONIO POMA VILCAHUMAN y al no existir sucesión intestada contra LOS DEMAS HEREDEROS ( notifíquese por edictos) en consecuencia córrase traslado de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de continuar el proceso en su rebeldía. Tramita secretaria judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma. Cusco, 28 de marzo del 2018 LIDU MAGNOLIA YUPANQUI PUMA SECRETARIA JUDICIAL P. 6611144 F. (03, 09, 13 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Bethsy Mercado Zegarra, se viene tramitando el Proceso N° 134-2017-0-1005-JM-CT-01, en el que se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución Nro. 02, de fecha 04 de enero del 2018; en forma sumillada lo siguiente: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a TRÁMITE en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por MARÍA ANTONIETA SERRANO HUAMBO, contra LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PISAC, Representado por su Alcalde Gabino Tunqui Yucra y con citación de su PROCURADOR PROCESAL Y LA SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES, con citación de su PROCURADOR PÚBLICO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO -de los predios rústicos denominados: Ñustapata (antes Alabaduyoc) del Sector Chacachimpa Lote 1 y Ñus/apata (antes Alabaduyoc) del Sector Chacachimpa Lote 2. Ubicados en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento del Cusco-: con citación de los colindantes: Anastasio Quillo Rojas. Benigno Becerra Zevallos, Leonardo Pérez Viuda de Machicado y el Director de la Dirección Regional de Cultura Cusco. 2) Confiérase TRASLADO de la demanda a los demandados, por el plazo de DIEZ DÍAS para que la contesten, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 3) NOTIFÍQUESE a los colindantes citados: Anastasio Quillo Rojas. Benigno Becerra Zevallos, Leonardo Pérez Viuda de Machicado y el Director de la Dirección Regional de Cultura Cusco. 4) PUBLÍQUESE el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código procesal Civil, en los diarios “El Peruano’* y “Diario del Cusco”; acreditándose su realización, con los ejemplares de dichas publicaciones, cuyo costo será asumida por el actor. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios, reservándose su admisión y actuación, a la etapa procesal correspondiente. AL OTROSÍ DIGO: Notifíquese a las partes procesales en sus domicilios señalados en el escrito de demanda, mediante la Central de Notificaciones de esta Sede Judicial. AL MAS DIGO: LOS ANEXOS.- Agregúese a sus antecedentes los anexos que acompaña. (...) Lo que se publica para los fines de Ley. Calca, 21 de marzo del 2018 BETHSY MERCADO ZEGARRA SECRETARIA JUDICIAL P. 6625756 F. (03, 09, 13 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02571-2017-0-1001-JR-CI-03, seguido por Wüber Alegría Niño de Guzmán sobre Prescripción adquisitiva, contra la sucesión de Froilán Alegría Rodríguez; en el que se ha emitido el Auto Admisorio de la demanda , de fecha ocho de marzo del dos mil dieciocho mediante el cual, SE RESUELVE:ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por WILBERT ALEGRIA NIÑO DE GUZMAN, , sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE BIEN MUEBLE VEHÍCULO AUTOMOTOR; de Placa AZ-2629, Marca Buick, de año de fabricación 1951, Numero de motor 64571175, de color guinda, con Numero de serie G21744, Modelo Super, contra LA SUCESION DE FROILAN ALEGRIA RODRIGUEZ, conformada por: su cónyuge FELICITAS MORENO DE ALEGRIA, y sus hijos AUGUSTO RAUL ALEGRIA MORENO, GLORIA ALEGRIA MORENO, EVA ALEGRIA MORENO, FROILAN ALEGRIA MORENO, MARIA ALEGRIA MORENO Y WALTER ORLANDO ALEGRIA MORENO; debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda al demandado por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. AL OTROSI DIGO: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. AL DIGO: Agréguese a sus antecedentes los anexos que compaña. AL PRIMER DIGO: Téngase en cuenta. Estando a lo dispuesto por el artículo 506 del CPC, efectúese la publicación de un extracto del presente en el diario judicial de esta ciudad y el diario oficial “El Peruano”, por el término de tres días con intervalo de tres días, debiendo apersonarse el recurrente a la Administración del Módulo Civil a recabar dicho extracto.- H. S. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretario Judicial Elorrieta Salazar. Cusco, 28 de marzo del 2018. RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6625803 F. (03, 09, 13 ABR)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales, Líderes y Empresarios inscrita en la partida N°11110043 contra demandado ROLANDO GARCIA CASTELO sobre la materia de Ejecución de Garantías, en el 4o JUZGADO CIVIL - Sede Central Cusco, bajo el expediente N° 01888-2014-0-1001-JR-CI-04 a cargo de la Señora Jueza Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS y Especialista Judicial FRESH LENNIN GARCIA LUNA se ha ordenado sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente inmueble, denominado como Predio Rústico Marcahuasi, pista asfaltada Cusco - del Distrito de Mollepata, Provincia de Anta del Departamento de Cusco, con una Área de terreno de 75,500.00 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica N° 02028586 del Registro de Predios de la Zona Registral X Sede Cusco de los Registros de Propiedad Inmueble del Departamento de Cusco. VALOR DE TASACION: US$ 620,604.46 (SEISCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS CUATRO 46/100 DOLARES AMERICANOS) BASE DE REMATE: US$ 413,736.30 (CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA SEIS Y 30/100 DOLARES AMERICANOS) que son equivalentes a las 2/3 partes de la Tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVAMENES.-Rolando García Castelo con DNI 23990174 constituye hipoteca a favor de La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Intelectuales, Líderes y Empresarios inscrita en la partida N°11110043, hasta por la

suma de SI 200,000.00. Así consta de la Escritura Pública del 26 de diciembre del 2013 otorgada ante el Notario Mercedes Salazar Puente de la Vega. Título presentado bajo el N° 201400003304. FECHA Y HORA DE REMATE: VIERNES 13 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 12.00 DEL MEDIODIA. LUGAR DE REMATE: Instalaciones del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en el Segundo Piso de la Av. El Sol S/N -Cusco. POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia del Banco de la Nación, sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del expediente, el número de documento de identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martiliero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. 15 de marzo del 2018. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE - Abogado Martillero Reg. 310. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE ABOGADO MARTILLERO FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P. 6625860 F. (03, 04, 05, 06, 09,10 ABR)

EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 626-2017, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 02 de fecha 27 de Setiembre del año 2017: “ADMITIR PROCESO ABREVÍADO, la demanda interpuesta por MADELAYNE CABRERA QUIÑONES contra ALFREDO GREGORIO ALARCON PARISACA con citación de los colindantes IGNACIO DUEÑAS ZUÑIGA, CONSUELO PAREDES, MARGOT INFANTAS ROJAS y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE y como PRETENSION ACCESORIA LA INSCRIPCION REGISTRAL DE DERECHO DE PROPIEDAD, en consecuencia se corre traslado de la demanda a los emplazados a fin de que conteste la demanda dentro del plazo de diez días...”.- Lo que se publica para los fines de ley.- firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Baniga Morón.- Secretaria Judicial Betsabe Prudencio Sotelo. BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL P. 6625987 F. (03, 09, 13 ABR)

AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 18-2018 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León DOMINGA CELIA GONZALES CHACON solicita la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO por haberse considerado el nombre de su progenitor como y R Basilides Gonzales García debiendo ser en forma correcta RAFAEL BASILIDES GONZALES GARCIA lo que se publica para los fines de Ley. 03 de 04 -2018. ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 6628185 F. (05, 06, 09 ABR)

Lunes, 9 de abril del 2018

EDICTO PENAL AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección del señorita magistrada Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 0017-2018-0-1023-JPCI-01 seguida por OSCAR ERASMO GONZALES CHACON sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE SU NACIMIENTO respecto a la adición en su partida de nacimiento del primer pronombre y el apellido materno de su progenitor que responde al nombre de don Rafael Basilides Gonzales García se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar derecho alguno en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa del señor Juez. San Sebastián, 03 de abril del 2018

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ALEXANDER POCCO SOLIS, en el Proceso Nro. 426-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, Sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la reprogramación de audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en la quinta sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). J. S (05, 06, 09 ABR)

JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6628188 F. (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL

MARIO PEREIRA ALDAZABAL ESPECIALISTA LEGAL

CUADERNO DE DEBATES N° 01701 -2018-62-1001 -JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ELISBAN GUTIÉRREZ CUSIHUALLPA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 10 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:30 A.M (hora exacta): acto que se llevará a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justiciasegundo piso, vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencias del modulo penal de la sede de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01701-2018-62-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de edad, en agravio de la menor de iniciales G.B.G.V, representada por Vilma Valencia Huamán.Cusco 03 de Abril del 2018.

P. 6628221 F. (09 ABR)

J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Despacho del señor Juez Tito Núñez Valencia, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso No. 02248-2017-0-1018-JP-CI -01, seguido por Zenón Cirilo Zapata Andia, sobre SUCESION INTESTADA, del que en vida fue Delia Gutiérrez Callapiña, fallecida el 03 de agosto de 2,002, en el Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, para que se le declarare como heredero único y universal al recurrente Zenón Cirilo Zapata Andia. Lo que se pone en conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Santiago, 02 de abril de 2,018.

EDICTO JUDICIAL

EDICTO PENAL.

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 64-2018-CI seguido por JUAN MANUEL BERMUDEZ DURAND sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitor, siendo lo correcto JUAN BAUTISTA BERMUDEZ FLORES, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 62-2018-CI seguido por SONIA LEANDRA GAMARRA FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su padre, siendo lo correcto JULIO GAMARRA OLIVERA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

CUADERNO DE DEBATES N° 05468-2017-60-1001 -JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados LOURDES SATURNINA FLORES ABARCA. MARÍA ASUNTA FLORES ABARCA, VALERIANA FLORES CAVAÑES, JOSÉ EFRAIN QUISPE BUSTAMANTE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES TREINTA Y UNO DE JULIO DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se verificará en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco - B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Chumbivilcas, Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 05468-2017-60-1001-JR-PE-01, seguidos por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo homicidio simple en grado de tentativa, en agravio de Herlinda Batallanos Arias.Cusco 03 de Abril del 2018.

San Jerónimo, 27-03-2018

J. S (05, 06, 09 ABR)

San Jerónimo, 27-03-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6628311 F. (06, 09, 10 ABR) EDICTO JUDICIAL

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6628313 F. (06, 09, 10 ABR)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 03118-2017-13-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados CLAUDIO QQUENTA JIMÉNEZ, AURELIO FLORES MAMANI, PABLO KGAHUANA PAUCCAR, PABLO FLORES MAMANI Y EMILIANO CONDORI TTITO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 02 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 10:00 A.M (hora exacta); ACTO QUE SE VERIFICARA EN LA CUARTA SALA DE AUDIENCIA DEL MODULO PENAL SEDE CENTRAL - SITO EN AV. SOL TERCER PISO. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03118-2017-13-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos imputados, como presunto autores de la comisión del delito como coautores del delito contra la libertad, sub tipo violación de la libertad personal, en la modalidad de secuestro cometido por dos o más personas, en agravio de Victoria Chunca Jiménez.Cusco 03 de Abril del 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03409-2016-0-100l-JR-LA-03 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : UGEL QUISPICANCHIS , DREC , DEMANDANTE : CACERES ICHILLUMPA, JULIO CESAR Resolución Nro. 12 Cusco, 19 de marzo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 25 de julio de 2017 (folio 79 a 89) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto al que se ha adherido el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De la Cruz; el articulo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del articulo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Titulo Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURTLLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03694-2017-0-100l-JR-LA-03 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCÍO DEMANDADO : DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA DEL CUSCO , DEMANDANTE : FRISANCHO CALDERÓN, LIVIA SOLEDAD Resolución Nro. 6 Cusco, 27 de marzo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto del auto de improcedencia de la demanda contenido en la resolución N° 1 del 12 de octubre de 2017 (folio 55 a 57) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se declare nulo Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia para que se confirme el auto antes mencionado; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el articulo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Titulo Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 4 de abril de 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: MELQUÍADES VARGAS FLORES. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 304-2016-0-1001 -JP-PE-02 seguido por Melquíades Vargas Flores sobre faltas contra el patrimonio, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.05 de fecha 09 de marzo del 2018.AUTO DE NO HA LUGAR. I VISTOS: el expediente 0304-20160-1001 -JP-PE-01; el señor Juez Titular que suscribe se avoca del conocimiento del presente proceso, en mérito a la Rs. Ad. N° 188- 2018-P-CSJCU-PJ, y en atención a los siguientes y, II. FUNDAMENTOS: 1. A solicitud del agraviado Melquíades Vargas Flórez se realiza una constatación policial el día 21 de Junio de 2016, en cuyo acta se describe lo siguiente: “(...) se constituyó en la vivienda ubicada en la prolongación calle Bolívar N° 10 San Sebastián se aprecia una vivienda de 4 niveles de color blanco humo, dos puertas de madera de color caoba, en ¡a primera planta se aprecia una solo habitación y su baño, en el segundo nivel del departamento completo, en el tercer nivel otro departamento , en el cuarto nivel 04 habitaciones su baño y su

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patio. Al ingresar a cada habitación se puede apreciar, pequeñas fisura y rajaduras aledañas, a la vivienda de su vecina Josefina Olivares Bravo, así mismo en cada habitación se puede apreciar fisuras en la pared y cielo raso del cuarto nivel, al parecer las puertas se encuentran descuadradas, según refiere el recurrente su vecina Josefina Olivares Bravo, dueña de la vivienda que está en plena construcción de 04 niveles, de cuyo sótano, habría sacado agua y se puede apreciar en ¡a calle prolongación José Olaya en San Sebastián que esta escurriendo agua en toda la calle, también en el exterior del frontis de la vivienda del Sr. Melquíades Vargas Flores se aprecia una fisura al medio de la vivienda primer, segundo nivel a consecuencia de los trabajos que están realizando en la vivienda aledaña a la de Josefina Olivares Bravo”. 2. El artículo 483.3 del Código Procesal Penal establece que “(...), el Juez dictará el auto de citación ajuicio siempre que los hechos constituyan falta, la acción penal no ha prescrito y existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión. En caso contrario dictará auto archivando las actuaciones. Contra esta resolución procede recurso de apelación ante el Juez Penal.” 3. Por otro lado, el artículo 444 del Código Penal establece “El que realiza cualquiera de las conductas previstas en los artículos 185 y 205, cuando la acción recae sobre un bien cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital, será reprimido con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ciento veinte jornadas o con sesenta a ciento ochenta días multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado... “; el artículo 205 del mismo cuerpo legal establece que “El que daña, destruye o inutiliza un bien, mueble o inmueble, total o parcialmente ajeno, será reprimido ... “. 4. Para la configuración de la falta contra el patrimonio en su modalidad de daños, es necesario que medie una conducta dolosa entendida como aquella que se despliega con la conciencia y voluntad de dañar, destruir o inutilizar un bien mueble o inmueble sabiendo que le pertenece a otra persona, el agente quiere o debe querer el resultado. El Código Penal en su artículo 12 establece que solo hay delito — y por consiguiente solo hay falta- por culpa en los casos expresamente establecidos por ley que vigente, siendo que no se tiene previsto un tipo para los daños que se generan por culpa, imprudencia o negligencia. 5. El artículo 483 del Código Procesal Penal establece que el Juez dictará el auto de citación a juicio siempre que i) los hechos constituyan falta, ii) la acción penal no haya prescrito y iii) existan fundamentos razonables de su perpetración y de la vinculación del imputado en su comisión. 6. En el presente caso, no se advierte la concurrencia de dolo porque del acta de constatación se advierte que los daños que se registran en la propiedad del denunciantes, no son consecuencia de una conducta dolosa o premeditada de la denunciada, sino que son producto de filtraciones de agua que afectaron la propiedad del denunciante materia de la constatación policial causándole humedad en diversos ambientes, lo que el denunciante atribuye a que Josefina saco haga de su sótano. 7. Asimismo, los hechos no constituyen falta al no haberse identificado una conducta dolosa -tipo subjetivo-, de modo que de haberse generado responsabilidad, esta no es de carácter penal, en todo caso nos encontramos ante un supuesto de responsabilidad civil extra contractual que no corresponde someter al trámite del proceso penal por faltas. Por estas consideraciones SE RESUELVE: 1) Declarar que NO HA LUGAR citar a juicio por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de DAÑOS contra JOSEFINA OLIVARES BRAVO en agravio de MELQUÍADES VARGAS FLORES. 2) Disponer el ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO del presente proceso. Una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución. H.S.La misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 02 de abril del 2018. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 004749-2017-0-100 l-JR-FP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Béjar Rojas se ha dispuesto la notificación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPANQUI para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Sánchez. Se fijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día diecinueve de abril del dos mil dieciocho a horas nueve de la mañana. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma. Cusco, 02 de abril del 2018 J. S (05, 06, 09 ABR)

Lunes, 9 de abril del 2018

de la menor MAYLEE MARÍN JARA (16) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Natalv C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 397-2016-FT. Se notifica a MARÍA ROJAS SULLCA y HERMENEGILDO SINGONA QUISPE; progenitores de la menor KARINA SINGONA ROJAS (14) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 347-2016-FP. Se notifica al menor de iniciales M.P.Y. Representado por su progenitura DEMECIA YÜPANQUI HUAMANI a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 18 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 14:00 a brindar su declaración en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de Juana Chiclla Sinchi. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 353-2016-FP. Se notifica al menor de iniciales L.R.C.Z Representado por su abuela Santusa Cencia Mirano y/o el señor Juez de Paz LUIS ARISTIDES GALLEGOS HUAMÁN a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 16:00 a brindar su declaración en la audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales A.P.A. representada por su progenitora Amelia Amachi Cornejo. Bajo apremio de ley.-Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 257-2016-FT. Se notifica a MÁXIMO CÁRDENAS CANLLA; progenitor de los menores CARLOS CÁRDENAS CONDORI (11), WILLIAM WILFREDO CÁRDENAS CONDORI (09), DANIEL JOSÉ CÁRDENAS CONDORI (07) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar sus declaraciones respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 341-2016-FT. Se notifica al menor de iniciales A.CH.P. representado por sus progenitores MARCO MARCELINO CHULLA ANCA y GERTRUDES PFUÑO PFUÑO a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 14:00 a brindar su declaración en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales R.N.P.V. Bajo apremio de ley.- Firma.-Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocio Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

(Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 319-2017-FT. Se notifica a ALICIA JARA QUISPE y BALBINO MARÍN QUISPE; progenitores

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 497-2016-FT. Se notifica a MARÍA ROJAS SULLCA y HERMENEGILDO SINGONA QUISPE; progenitores de la menor KARINA SINGONA ROJAS (14) a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar su declaración respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.-Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Penal EXP. N° 349-2016-FT. Se notifica al menor de iniciales F.C.AC. Representado por su progenitora ISMENIA CABRERA AUCCAPUMA a fin de que comparezcan al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate, el día 16 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 15:00 a brindar su declaración respecto en la Audiencia de Esclarecimiento de los Hechos, seguido en su contra, en agravio de la menor de iniciales Y.A.Y.C. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Roció CallaymajaaAyguipa. J. S (05, 06, 09 ABR)

NOTIFICACIÓN SOBRE ABANDONO DE MENOR (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar Proceso N° 235-2016-FT. Se notifica a FERNANDO MENACHO ALLCA Y NILA TORRES y/o Familiares. Con el extracto de la Rs. N° 10 de fecha 25 de marzo del 2018. Resolución N° FALLA: DECLARANDO EL ABANDONO MORAL Y MATERIAL de la menor YULISA MENACHO TORRES, nacido en el distrito de Santa Ana, provincia de la Convención, departamento del Cusco, el 17 de diciembre del 2003, de 14 años de edad a la fecha. 2° ORDENO que la menor YULISA MENACHO TORRES, permanezca siendo albergada en el hogar, donde actualmente se encuentra - Aldea Infantil: Señor de Quillabamba-, en tanto, se presenten circunstancias que importen un mayor y mejor bienestar para el desarrollo psíquico y físico de la menor tutelada. 3° ORDENO: Que la menor YULISA MENACHO TORRES, reciba apoyo psicológico, por el Centro de Salud de La Convención. Para tal efecto, gírese el oficio respectivo, y consentida y/o ejecutoriada quede esta sentencia, pase el proceso a ejecución, conforme a ley. NOTIFÍQUESE, con el tenor de la presente, al Representante del Ministerio Público, a los posibles familiares que puedan reclamar la custodia de la menor, esto último, por radiodifusión y edictos judiciales; y, finalmente, póngase en conocimiento de la Directora de la Aldea Infantil Señor de Quillabamba, para los fines correspondientes. T. R. y H. S.- .Bajo la actuación de la señorita secretaria Abog. Rocío Callaymara A. J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO

JORDÁN KINGATENI SANTOS y SARA PIÑARREAL PIÑARREAL; progenitores del menor PERCY KINGATENI PIÑARREAL a fin de que comparezca al Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate HASTA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL 2018 a brindar sus declaraciones respecto a la Investigación tutelar por abandono Moral y Material. Bajo apremio de ley.- Firma.- Juez. Abog. Nataly C. Cáceres Velarde. Sec. Rocío Callaymara Ayquipa.

EDICTO (Juzgado Mixto de Echarate) Edicto Familia Tutelar EXP. N° 453-2016-FT. Se notifica a

EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00136-2014-69-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATOTIA - Sede de Echarati ESPECIALISTA JUDICIAL: PAMELA ROCIÓ DÍAZ CASTRO. Se emplaza a los señores agraviados WILDER QUENTA MANCILLA y ELVA CARMEN PUMA OCHOA, con la resolución N° 02 de fecha, seis de enero del 2017.DADO CUENTA al escrito que antecede: Téngase por cumplido lo dispuesto en la resolución que antecede, y por presentado el requerimiento fiscal mixto del Fiscal Provincial Mixto de Echarati, y estando a lo dispuesto por los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 349° del Código Procesal Penal se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código acotado; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observarlo formalmente, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. Encárguese del trámite del proceso la especialista legal que suscribe por disposición superior.- y la RESOLUCIÓN N° 13. Echarati, dieciséis de marzo del año dos mil dieciocho. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia del abogado defensor Luís Alberto Carpio Bravo, y asimismo por defectos de la notificación a los agraviados WILDER QUENTA MANCILLA y ELVA CARMEN PUMA OCHOA. SEGUNDO: Siendo desconocido el domicilio de los agraviados antes mencionados se DISPONE la notificación mediante Edictos en el Diario Judicial el Peruano y del Cusco para las partes pertinentes. TERCERO: REPROGRÁMESE la presente diligencia para ser tramitada EL DÍA MIÉRCOLES NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, con la presencia del señor fiscal y el

Lunes, 9 de abril del 2018

abogado defensor de oficio. CUARTO: DISPONGO se remita copias certificadas a la Coordinación de Oficio para efectos de que garantice la presencia de un abogado. HÁGASE SABER.J. S (05, 06, 09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 1020-2017-0-1015-JM-FT-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la señora Juez Siomara Candelaria Morales Mar y bajo la actuación de la Especialista Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 03 se ha dispuesto la publicación por edictos del acta de audiencia oral de evaluación y medidas de protección, a fin de notificar a FRANCISCA MESCCO JORGE: “ ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE EVALUACIÓN Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN En la ciudad de Urubamba, a los OCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017, siendo las nueve de la mañana, {...la misma Que bajo la actuación de la secretaria que al final suscribe, se llevó a cabo con el siguiente resultado: I.- DE LOS PRESENTES: Se encuentran presentes: El denunciado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY. identificado con DNI N° 08975900, asistido por el abogado Edison Flores Cancha, con registro CAC N°4071. Se deja constancia de la inasistencia de la denunciante FRANCISCA MESCCO JORGE. II.- INICIO DE LA AUDIENCIA.- (...]. La Jueza luego de evaluada la denuncia se encuentra expedita para emitir la resolución siguiente: AUTO QUE OTORGA MEDIDAS DE PROTECCIÓN Resolución N° 02. VISTA.- La denuncia de violencia familiar, los medios probatorios actuados, Y CONSIDERANDO: l, (...). 5.- Con relación a los actos de violencia físico en agravio de FRANCISCA MESCCO JORGE y CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY, se debe tomar en cuento tos términos de la denuncia y las declaraciones de las partes por las que refieren haber sido agredidos uno respecto del otro, por lo que tratándose de personas con vinculo familiar y personas mayores de edad, en aplicación del principio de intervención inmediata y oportuna y el principio de razonabilidad y proporcionalidad, así como considerando un enfoque de derechos humanos se deben disponer medidas de protección acorde con tos hechos denunciados y la naturaleza del daño causado los cuales no perjudiquen el normal desarrollo de la víctima, como es el cese de todo acto de violencia en su contra, no obstanfe que el certificado médico practicado a Cayetano Quispemaylla no concluye lesiones corporales y la denunciante Francisca Mescco no se ha sometido a dicha evaluación no resulta necesario remitir los actuados al Ministerio Publico. {...) Por tanto, SE RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección a favor de los agraviados FRANCISCA MESCCO JORGE y CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY las siguientes: 1. ORDENAR al denunciado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY el cese v abstención de toda agresión física, psicológica v verbal, como insultos, amenazas. Intimidación o daños de cualquier forma, entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica de la agraviada FRANCISCA MESCCO JORGE. 2. ORDENAR a FRANCISCA MESCCO JORGE, el cese v abstención de toda agresión física, psicológica v verbal. como insultos, amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica del agraviado CAYETANO QUISPEMAYLLA NINANTAY. 3.- (...) H.S. Quedan notificados los presentes, debiéndose notificar a los ausentes.- Con lo que concluyo firmando la Señora Juez por ante mí de que doy fe.-” Urubamba, 12 de marzo de 2018.J. S (05, 06, 09 ABR)

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO JUDICIAL Proceso Nro. 936-2017-0-1015-JM-FT-01 Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la señora Juez Siomara Candelaria Morales Mar y bajo !a actuación de la Especialista Judicial Evelyn Mercado Portugal, por resolución N° 04 se ha dispuesto la publicación por edictos de la resolución N° 01 y del acta de audiencia oral de evaluación y medidas de protección, a fin de notificar a EPIFANÍA RAURAU HUAMAN: “AUTO DE INICIO DE PROCESO POR VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR Resolución N° 01. Urubamba, 31 de agosto del 2017 VISTO: (...).y CONSIDERANDO: PRIMERO.- (...). SEGUNDO.- La señora JESIKA MAROCHO TAPARA en nombre propio y de su menor hija AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO ha denunciado ante la PNP que en fecha 26 de julio del 2017, fueron víctima de hechos por acción o conducta de violencia física v psicológica presuntamente asumida por NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN; (...). TERCERO.- (...). Por los fundamentos expuestos, SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL la denuncia por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR contra: - NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN por MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA. - NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN por MALTRATO PSICOLÓGICO en agravio de la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO representada por Jesika Morocho Tapara. 2. SEÑÁLESE FECHA para la AUDIENCIA ORAL a efecto de emitir MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la parle agraviada, para el día MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DEL 2017, A HORAS 8:30 DE LA MAÑANA, (...). 3. (...).- H.S.ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE EVALUACIÓN Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN En la ciudad de Urubamba a los ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2017. siendo las ocho con treinta minutos de la mañana, (...), se llevó a cobo con el siguiente resultado: l.- DE LOS PRESENTES: Se encuentra presente: La Representante del Ministerio Publico. Dra. Armída Segovia Ruiz. Se deja constancia de la inasistencia de las denunciadas NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, de la denunciante JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. II.- INICIO DE LA AUDIENCIA.- La señora Juez en calidad de director del proceso dispuso la apertura de la audiencia pública en la que se evaluará el caso denunciado (...). La Jueza luego de evaluada la denuncia se encuentra expedito para emitir las medidas de protección dictando la resolución siguiente: AUTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Resolución N° 02. VISTA.- La denuncia de violencia familiar, los medios probatorios actuados, Y CONSIDERANDO: 1 (…) 5.- Con relación a los actos de violencia psicológica en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA Chile MAROCHO representada por su progenitora Concepción Luna de Surco, es de valorar:- El Certificado Médico Legal N° 001522-VFL practicado a la agraviada en fecha 27 de Julio de 20)7, cuyo resultado establece como conclusiones que la misma presenta lesión traumática reciente por agente contundente, por lo que se le ha prescrito una incapacidad médico legal de hasta seis días. - El Protocolo ce Pericia Psicológico N° 1523-2017-PSC de fecha 27 de julio de 2017 que acredita la afectación emocional en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA, pues concluye que la evaluada presenta: “Reacción ansiosa situacional compatible a hechos relatados, evento único de agresión”, constituyendo tales pericias prueba suficiente para dictar las medidas de pro-

tección en e! caso de autos a favor de la denunciante. - Así mismo, el Protocolo de Pericia Psicológica N° 1524-2017PSC de fecha 27 de julio de 2017 que acredita la afectación emocional en agravio de AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. pues concluye que la evaluada presenta: “Reacción ansiosa situacional compatible a hechos relatados”, constituyendo tal pericia prueba suficiente para dictar las medidas de protección en el caso de autos también a favor de la menor agraviada. 6 (...). 7.- Apreciada, la denuncia interpuesta por la agraviada y valorados el certificado médico y los protocolos de pericia psicológica se llega a la convicción que existen indicios suficientes de actos de violencia contra la mujer e intégrantes del grupo familiar en agravio de JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO representada por Jesika Marocho Tapara por parte de NORA QUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, lo que las Done en una situación de riesgo que merece se dispongan medidas de protección a su favor; (...). 8.-(,..). Por tanto. SE RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección c favor de la agraviada JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAÜOCHO representada por Jesika Morocho Tapara, los siguientes: 1. ORDENAR a lsas denunciadas NORA CUISPE RAURAU y EPIFANÍA RAURAU HUAMAN, el cese v abstención de toda agresión física, psicológica y verbal, como insultos, amenazas. intimidación o daños de cualquier forma entre otros derivados de conflictos familiares u otros: debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad física v psicológica de la agraviada JESIKA MAROCHO TAPARA y la menor AILEEN DARIANA CHILE MAROCHO. 2.- DISPONER que la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria v protección necesaria a la parte agraviada a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución, (...). SEGUNDO.- DISPONER se remita los actuados a la Fiscalía Penal de Tumo a fin de que imprima el procedimiento que le corresponde en atención al último párrafo del artículo 16o de la Ley 30364. H.S Urubamba, 12 de marzo de 2018.J. S (05, 06, 09 ABR)

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39-2018-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. AUTO ADMISORIO - RESOLUCIÓN Nro. 01: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por YURI POCOHUANCA SUMIRE sobre ADICION DE NOMBRE DE PILA, debiendo quedar como YURI GUSTAVO POCOHUANCA SUMIRE. En la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. Y estando a lo dispuesto por el Artículo ochocientos veintiocho del Código Procesal Civil, DEBIÉNDOSE PUBLICAR LOS EDICTOS en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. RESERVESE la fijación de fecha de audiencia de actuación y declaración judicial hasta que se tenga a la vista las publicaciones ordenadas.- HÁGASE SABER. Sicuani, 03/04/2018. INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL P. 6630391 F. (06, 09, 10 ABR)

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 826-2017-0-1010-JP-CI-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en los seguidos por CARLOS ROZAS PIMENTEL, sobre SUCESIÓN INTESTADA: POR LO QUE RESUELVO: SE RESUELVE: 1. Admitir a trámite la demanda sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue ERNESTO ROZAS TECSI, que ha promovido CARLOS ROZAS PIMENTEL, en la vía procedimental del proceso no contencioso. 2 Fijar fecha y hora para la audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el DIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS DE LA TARDE, bajo apercibimiento de darse por concluido el proceso de conformidad con el artículo 203 del Código Procesal Civil, en el caso de no asistencia de la parte interesada.. T.R y H.S. Santa Ana, 04 de abril de 2018. CARMEN MELLADO PASTOR SECRETARIA JUDICIAL

EDICTO En el Proceso Civil Nro. 00026-2018-0-1001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, doña CIRILA CORNEJO OJEDA VDA DE PINTO interpone demanda en contra de PERCY CORNEJO QUISPE con citación de los colindantes Por el Norte con la propiedad de Patricia Huarhua Callañaupa, por el Este con un canal de riego de propiedad de la Comunidad Campesina de Sacsahuaman representado por su presidente Tania M. Guillen Estrada, por el Oeste colinda con la propiedad de Dominga Yari Huarhua, por el Sur colinda con un canal de riego que separa de la propiedad de Jesús Huarhua,, La Municipalidad Provincial del Cusco, Procurador Público de la Municipalidad Provincial del Cusco, sobre Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble denominado Huaytancca ubicado en el Sector de Llaullipata parte Alta del distrito , provincia y región Cusco, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 03 de fecha 05 de marzo del 2018.-Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506° del Código Procesal Civil.-SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 04 de Abril del 201-8.SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL P. 6630187 F. (09, 13, 19 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Civil de Sicuani - Canchis, en el Exped. N°

P. 6630374 F. (09, 10 ABR)

EDICTO JUDICIAL NOTIFIQUESE A FILOMENO MAMANI MAMANI Que en el Proceso Civil Nro. 00643-2017-0-100l-JR-CI-01, seguido por MARCELINA QUISPE CEA, VICTORIANA BEJAR CALANCHA, PAULINA VELASQUE TABOADA Y DAVID ESTRADA VALER contra ASUNCIÓN MAMANI QUECAÑO, FILOMENO MAMANI MAMANI, NOEMI MENDOZA BEDOYA, DARWIN MORALES LUCANA, WILLIAM CARILLO NUGENT Y PIO RAUL QUIROGA MENDIZABAL sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; bajo la actuación del Especialista Legal Vilma Vargas Trujiiio; y la dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, se ha dispuesto la notificación por Edicto del siguiente extracto Judicial de la Resolución Nro. 02 de fecha 03 de Abril del 2017: “(...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARCELINA QUISPE CEA, VICTORIANA BEJAR CALANCHA, PAULINA VELASQUE TABOADA Y DAVID ESTRADA VALER contra ASUNCIÓN MAMANI QUECAÑO, FILOMENO MAMANI MAMANI, NOEMI MENDOZA BEDOYA, DARWIN MORALES LUCANA, WILLIAM CARILLO NUGENT Y PIO RAUL QUIROGA MENDIZABAL sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. AL PRIMER OTROSI DIGO: Asimismo cítese con la demanda a los colindantes Sixto Mendoza Huamán, Wilbert Salas Obregón, Frida Salas Obregón, Lucrecia Fernández Salas y la Municipalidad Distrital de San Sebastián. AL SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase en

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La República

cuenta. (...)”. H. S. VILMA VARGAS TRUJILLO ESPECIALISTA LEGAL P. 6630490 F. (09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Io Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, Expediente N° 03742018-0-1001 -JP-CI-01, Materia SUCESION INTESTADA, bajo la dirección de la Sra. Juez Maridaren Ascue Lovón, la actuación del Secretario Judicial Ciro Chuquimago Mamani, el recurrente GARY CRISTIAN CACERES OROS, viene solicitando la Sucesión Intestada, de la que en vida fue su señora madre Vilma Oros Flores, fallecida en fecha 27 de junio de 1993 en esta ciudad. Publicación que se realiza para que se apersonen las personas que tenga vocación hereditaria. Wanchaq, 02 de abril del 2018. CIRO CHUQUIMAGO MAMANI SECRETARIO JUDICIAL P. 6630498 F. (09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 6003-2017 sobre divorcio instado por Helber Rafael Chacón Huamán, dentro del cual se ha ordenado notificar a JESSICA AMY HOULT, siendo como sigue: Resolución Nro.04 Cusco, nueve de Marzo Del dos mil dieciocho. “SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso de CONOCIMIENTO la demanda instada por HELBER RAFAEL CHACON HUAMAN contra JESSICA AMY HOULT Y EL MINISTERIO PUBLICO sobre DIVORCIO con la causal de SEPARACIÓN DE HECHO, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- Por ofrecidos los medios probatorios que se indican reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente. A sus antecedentes los anexos adjuntos Y estando al mérito de la ficha personal remitida por Migraciones en la que se ha precisado como último movimiento migratorio en fecha veintiséis de Octubre del 2011- salida del país- de la demandada, e ignorando el actor su domicilio real actual según señala en su escrito de demanda SE DISPONE: NOTIFICAR a JESSICA AMY HOUT mediante EDICTOS JUDICIALES conforme prevé el Artículos 165 y 176 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal .H.S. Resolución Nro.05 Cusco, veintisiete de Marzo Del dos mil dieciocho. “....SE RESUELVE: CORREGIR la resolución número cuatro de fecha nueve de Marzo del año en curso , debiendo entenderse que el nombre correcto de la demandada es JESSICA AMY HOULT , quedando en lo demás inalterable la referida resolución. H.S. Cusco, 05 de Abril del 2018. CARMEN PALOMINO ALATRISTA SECRETARIA JUDICIAL P. 6630504 F. (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL SEÑOR LEONCIO HUAMAN MARISCAL El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 447-2018-85-1001-JR-PE-04, seguido contra el mencionado, por el delito de Feminicidio en agravio de benedicta Hurtado Percca, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Gina Frisancho Parada, se ha dispuesto notificarle con la Formalización de Investigación, el requerimiento de prisión preventiva, la Resolución Nº 01 del cuaderno cero y del incidente ochenta y

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

cinco, cuyo contenido es el siguiente: DISPOSICION DE FORMALIZACION.- (Parte Pertinente) VISTO: Las diligencias preliminares realizadas contra Leoncio Huaman Mariscal por la presunta - comisión del delito Contra la vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Feminicidio en grado de Tentativa, en agravio de Benedicta Hurtado Percca. en uso de las atribuciones que establece la Ley Orgánica del Ministerio Público y lo dispuesto en los artículos 336 y 337 del Código Procesal Penal, este Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago: FORMALIZACION de LA PREPARATORIA contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL por el delito Contra la Vida el Cuerpo y La Salud Homicidio en grado de Tentativa, que se encuentra tipificado primer párrafo numeral 1 del Art. 108-B de Código Penal vigente, concordado con el Art. 16° del mismo Código Penal, en agravio de Benedicta Hurtado Percca, con Documento de identidad N° 43101947; en la VÍA DEL PROCESO COMÚN, sin perjuicio de emplearse cualquiera de los procesos especiales de ser el caso; RESOLUCIÓN N° 01, Cusco, veintinueve de enero del dos mil dieciocho.- PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal corporativa de Santiago contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL , por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de FEMENICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA., tipificado y sancionada en el primer párrafo numeral 1 del art, 108-B del código penal (violencia familiar), concordante con el articulo 16 del código penal. , en agravio de HURTADO PERCCA BENEDICTA., a efectos de que el juez de investigación preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. ORDENAR que el requerimiento de Prisión Preventiva solicitada contra el imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , se tramite en cuaderno aparte. 3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. 4. PRECISAR que estando la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada del caso. 5. DISPONER conforme al nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A 0142017, los fiscales, defensores públicos, abogados particulares, procuradores tienen la obligación de tener CASILLA ELECTRÓNICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y señalen sus casillas electrónicas. 6. PRECISAR atendiendo al nuevo reglamento específicamente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales –pluralidad de domicilios –la fiscalía debe precisar solamente uno de ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proceso. Asimismo según el mencionado artículo del reglamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, correo electrónico personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. 7. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. 8. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 9. AUTORÍCESE a los Especialistas Judiciales de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por Juez. HÁGASE SABER. REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA. Marisol D. Ccarhiaarupay Mendoza, Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Segunda, Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Santiago, señalando domicilio procesal en Urb. Las Malvinas Alameda Pachacutec A-4 del distrito de Santiago, ante Ud. me presento y expongo: A tenor de lo establecido en el artículo 268 del Código §al Penal, esta Fiscalía solicita MANDATO DE PRISION PREVENTIVA HUAMAN MARISCAL a quien se le imputa el ser AUTOR de la consumación del Delito contra la vida, el cuerpo y la salud en

Lunes, 9 de abril del 2018

la modalidad de Feminicidio en grado de tentativa en agravio de Benedicta Hurtado Percca. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho. SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a audiencia de prisión preventiva, para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (hora exacta), en la SETIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado; precisando que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su defensa técnica. 2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución, y declararse inadmisible el requerimiento, disponiéndose su archivo en la dependencia correspondiente. 3. NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento de prisión preventiva. 4. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales, y al imputado en su domicilio real señalado en autos. Regístrese y comuníquese.(…) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi Gina Frisancho Parada, de que doy fe.

driel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Bethsy Mercado Zegarra, se viene tramitando el Proceso N° 140-2017-0-1005-JM-CI-01, en el que se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la Resolución Nro. 02, de fecha 04 de enero del 2018; en forma sumillada lo siguiente: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a TRÁMITE en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por CIRILO LICONA CASTILLO, contra LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON CARLOS LICONA QUISPITUPA Y MERCEDES APAZA FTUPA DE LICONA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO -del predio denominado Huancapampa, del distrito de San Salvador, provincia de Calca y departamento del Cusco. 2) CUMPLASE con emplazar con la demanda a LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON CARLOS LICONA QUISPITUPA Y MERCEDES APAZA FTUPA DE LICONA, con el extracto de la presente resolución, mediante EDICTOS JUDICIALES, conforme a Ley y a costa de la parte actora. 3) NOTIFÍQUESE a los colindantes citados: Autoridad Nacional del Agua - ANA, Administración Local del Agua Cusco, Livia Quispetupa Pillco, Virgilio Castillo Licona y Lucio Rupa Licona; en sus domicilios señalados en autos. 4) PUBLÍQUESE el extracto de la demanda por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código procesal Civil, en los diarios “El Peruano” y “Diario del Cusco”; acreditándose su realización, con los ejemplares de dichas publicaciones, cuyo costo será asumida por el actor. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios sin perjuicio de su admisión y actuación oportuna. A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes los anexos que acompaña. AL OTROSÍ DIGO: Téngase en cuenta... (...) Lo que se publica para los fines de Ley.

Cusco, 04 de abril del 2018.

P. 6631215 F. (09, 13, 19 ABR)

J. S (06, 09, 10 ABR)

Calca, 03 de abril del 2018 BETHSY MERCADO ZEGARRA SECRETARIA JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL EDICTO PENAL

EXP: Nro. 3308-2017-90-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: LUCIO ZALASAR ANCHIA Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 16/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCION N° 03 de fecha 16/03/2018 RESULEVE: DECLARAR FRUSTRADO la audiencia de juicio oral por no haber sido notificado mediante edictos el acusado. Se reprograma la presente audiencia para llevarse a cabo el DÍA DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA en la TERCERA SALA de audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco, subsisten los apercibimientos decretados por la resolución que cita a Juicio Oral, declarándose esta audiencia de carácter INAPLAZABLE NOTIFÍQUESE la presente al imputado a su domicilio real consignado en autos así como también mediante EDICTOS conforme a ley, bajo responsabilidad del especialista de causa. H.S. Cusco. 05 de Abril del 2018. Firmado: Fernando Christian Aparicio Chávez, Especialista Judicial de Juzgado. J. S (06, 09, 10 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gu-

Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00128-2018-0-1001-JR-CI-02 en los seguidos por María Ysabel Meza Villaca, con emplazamiento del Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial en lo Civil y de Familia del Cusco en calidad de Dictaminador, sobre Cambio de Nombre, ha dispuesto la publicación del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, dos de Abril de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la VÍA DEL PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios indicados, incluidos los señalados en el escrito de subsanación, los que serán merituados en su oportunidad procesal.- Disponiéndose la publicación de la presente resolución por el término de UN DIA mediante el Diario Judicial del Cusco.- H.S.- Media firma y sello del señor ¡Juez.- Media firma y sello del Especialista Legal. Cusco, 02 de Abril de 2018 DAVID AMÉRICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL P. 6631222 F. (09 ABR)

EDICTO JUDICIAL JUZGADO : PRIMER JUZGADO DE TRABAJO DEL CUSCO JUEZ : RODOLFO COLQUE ROJAS EXPEDIENTE : 1638-2016-0-1001-JR-LA-Ol MATERIA : PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES ESPECIALISTA : YAJHAIDA ALEJANDRA PEÑA MEJIA DEMANDANTE : GERMAN AIMA TINTAYA DEMANDADO : P&J CONTRATISTAS S.A.C PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACIÓN.EXPEDIENTE N°: 1638-2016. Ante el Primer Juzgado Laboral

Lunes, 9 de abril del 2018

de Cusco, bajo la dirección del Señor Juez Rodolfo Colque Rojas y la actuación de la Secretaria Judicial Yajhaida Alejandra Peña Mejía, se ha expedido la Resolución N° 17 de fecha 27 de marzo de 2018, por la cual se dispone: Señalar fecha para la diligencia de audiencia de juzgamiento para el día TREINTA DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, en la PRIMERA SALA DE AUDICIENCIAS del Módulo Laboral, sito en el octavo piso de la sede judicial de la Urbanización La Florida C-14, Pasaje Kantus distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco.- Lo que se publica para los fines de ley.-Cusco, 26 de Marzo de 2018.- Yajhaida Alejandra Peña Mejía Secretaria Judicial.YAJHAIDA ALEJANDRA PEÑA MEJÍA SECRETARIA JUDICIAL P. 6631237 F. (09, 11, 13 ABR)

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de la Provincia de Canas - Yanaoca, despachado por el doctor Ulises Villena Ramírez, con intervención del Especialista Eric Núñez Villa, Expediente N° 16-2018-FC, se tramita el proceso seguido por ALBERTO LAROTA MARTINEZ, y ELSA VALERIANA GOMEZ CAHUAYA, sobre adopción de la menor ANITA HUILLCA ALVAREZ, en la vía del Proceso Único, contra Alejandro Huillca Apaza y Josefina Álvarez Ibarra, con citación del Fiscal Provincial de Familia de Canas, debiendo publicarse edictos en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial El Peruano. - Lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Yanaoca, 05 de abril 2018 ERIC ALEXANDER NÚÑEZ VILLA SECRETARIO JUDICIAL P. 6631244 F. (09 ABR)

PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BIF contra COMPUTER SHOP SAC, y ALEX DANTE CHOQUE HUAMÁN, ARMANDO HUAMÁN NAULA y JHON HUAMÁN NAULA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 0624-2016-0-1001 -JR-CI-05, el Quinto Juzgado Civil de Cusco - Sede Centra!, a cargo de la Señora Juez Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, con intervención del Especialista Legal Dr. Rafael Castillo Canal, ha dispuesto que el suscrito Martiliero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, los bienes inmuebles, siguientes: I.- TERRENO AGRICOLA UBICADO EN VALLE VILCANOTA, SECTOR COA CHABAMBA URCOS AYLLU, C.PJPARC. 9_2108485_34117, U.C. 34117, DISTRITO DE ANDAHUAYULLAS, PROVINCIA QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (1,213.00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11078892 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° XSEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US$ 69,141.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 46,094.00 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento D00006, hasta por la suma de US$ 114,660.00, inscrita a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BIF, HIPOTECA: en el Asiento D00008, hasta por la suma de US$ 114,660.00, Inscrita a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BIF. ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento D00009, a favor de Mario Luis Vallenas Mancco por el capital anticrético de US$ 5,000.00, por el plazo de dos años. AMPLIACION DE ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento D00010, por el plazo de Diez meses. Todas en la Partida Electrónica N° 11078892 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA y HORA DEL REMATE: miércoles, 23 mayo de 2018, a ho-

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

ras 08h15 am. II.- TERRENO AGRICOLA UBICADO EN VALLE VILCANOTA, SECTOR CCACHABAMBA URCOS AYLLU, C.PJPARC 9_2108485_34119, U.C 34119, DISTRITO DE ANDAHUAYULLAS, PROVINCIA QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (2,063.00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11078893 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° XSEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US$ 117,591.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 78,394.00 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento D00006, hasta por la suma de US$ 114,660.00, Inscrita a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BIF. ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento D00007, a favor de Mario Luis Vallenas Mancco por el capital anticrético de US$ 5,000.00, por el plazo de dos años. AMPLIACION DE ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento D00008, por el plazo de Diez meses. Todas en la Partida Electrónica N° 11078893 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA y HORA DEL REMATE: miércoles, 23 mayo de 2018, a horas 08h30 am. III.- PARCELA 21-E, PREDIO LA RINCONADA ERIAZO, DISTRITO DE ANDAHUAYULLAS, PROVINCIA QUISPICANCHI, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (2,670,00 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 11126040 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGISTRAL N° X -SEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN (Comercial): US$ 152,190.00 Dólares Americanos. BASE DE REMATE: US$ 101,460.00 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento D00006, hasta por la suma de US$ 133,500.00, Inscrita a favor de BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BIF. En la Partida Electrónica N° 11126040 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco. DIA y HORA DEL REMATE: miércoles, 23 mayo de 2018, a horas 08h45 am. LUGAR DE LOS REMATES: Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efectuado por el Martiliero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación de cada inmueble, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre y negociable. La Tasa Judicial por derecho a participar en remate, consignando número de expediente, juzgado y número de DNI. Conforme lo establece el Art. 736 del Código Procesal Civil cuando el remate comprenda más de un bien, se preferirá a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales. El adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV., de común acuerdo y de conformidad con la Ley 27728 “Ley del Martiliero Público” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Cusco, 29 de enero de 2018 DR. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO RAFAEL CASTILLO CANAL ESPECIALISTA LEGAL P. 6631260 F. (09, 10, 11, 12, 13, 16 ABR)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra Yudit Tacuri Chavez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma, se viene tramitando el proceso N° 00634 - 2018-0-1001 -JP.CI-03 seguido por LUIS GERARDO DELGADO ARAOZ sobre Rectificación de Partida de nacimiento, DE SU HERMANO del que en vida fue: ALBERTO DELGADO ARAOZ, que sus apellido maternos de sus progenitores no han sido consignados en su partida de nacimiento, debiendo ser lo correcto: REGINA ARAOZ DELGADO y LUIS DELGADO LOVON. Lo que se tramita en el proceso: No contencioso y se notifica, para los fines de ley. Cusco, 05 de Abril del 2018. MATILDE HALANOCA PUMA ESPECIALISTA LEGAL P. 6631284 F. (09 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el proceso N° 00117-2016-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por José Antonio Fernández Castro sobre Indemnización contra Ramón Lunato Gamarra Gihuaña, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO TRES, de fecha tres de Julio del año dos mil diecisiete; en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta por JOSE ANTONIO FERNANDEZ CASTRO sobre INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS por inejecución de obligación en la suma de SI. 20.000.00 soles contra RAMON LUNATO GAMARRA GIHUAÑA En consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo de CINCO DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de declarársele rebelde. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal. REQUIERASE; a todos los sujetos procesales a fin de que señalen casilla electrónica. NOTIFÍQUESE: mediante edictos a RAMON LUNATO GAMARRA GIHUAÑA a fin de que cumpla con apersonarse al proceso y haga valer su derecho conforme a ley, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. A LOS ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos que acompaña. Calca, 13 de marzo del 2018. SOFIA RIOS QUIROZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6631287 F. (09, 10, 11 ABR)

NOTIFICACION EDICTAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro.: 01202-2018-0-1001-JR-FC-01 sobre declaración de unión de hecho, instado por Lucha Benavente Saccaco , habiéndose ordenado notificar el extracto del auto admisorio de demanda, a los HEREDEROS LEGALES DEL QUE EN VIDA FUERA NILTHON YANCCAY CASERES siendo como sigue: Resolución Nro. 01.-Cusco, Veinte de Marzo del año dos mil dieciocho.”.... SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso ABREVIADO la solicitud presentada por LUCHA BENAVENTE SACCACO sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNION DE HECHO, contra los HEREDEROS LEGALES del que en vida fue NILTHON YANCCAY CASERES por su mérito: CORRASE traslado a la parte contraria por el termino de ley, con citación de la representante del Ministerio Público.-Por ofrecidos los medios probatorios para su oportunidad. A sus antecedentes los anexos adjuntos para su oportunidad.-NOTIFIQUESE mediante EDICTOS JUDICIALES a la sucesión demandada conforme prevé el Artículo 165 y 167 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. H.S. Cusco, 04 de abril del 2018.

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CARMEN PALOMINO ALATRISTA SECRETARIA JUDICIAL P. 6631297 F. (09, 11, 13 ABR)

EDICTO PENAL SEÑOR LEONCIO HUAMAN MARISCAL El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 447-2018-85-1001-JR-PE-04, seguido contra el mencionado, por el delito de Feminicidio en agravio de benedicta Hurtado Percca, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Gina Frisancho Parada, se ha dispuesto notificarle con la Formalización de Investigación, el requerimiento de prisión preventiva, la Resolución Nº 01 del cuaderno cero y del incidente ochenta y cinco, cuyo contenido es el siguiente: DISPOSICION DE FORMALIZACION.- (Parte Pertinente) VISTO: Las diligencias preliminares realizadas contra Leoncio Huaman Mariscal por la presunta - comisión del delito Contra la vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Feminicidio en grado de Tentativa, en agravio de Benedicta Hurtado Percca. en uso de las atribuciones que establece la Ley Orgánica del Ministerio Público y lo dispuesto en los artículos 336 y 337 del Código Procesal Penal, este Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago: FORMALIZACION de LA PREPARATORIA contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL por el delito Contra la Vida el Cuerpo y La Salud Homicidio en grado de Tentativa, que se encuentra tipificado primer párrafo numeral 1 del Art. 108-B de Código Penal vigente, concordado con el Art. 16° del mismo Código Penal, en agravio de Benedicta Hurtado Percca, con Documento de identidad N° 43101947; en la VÍA DEL PROCESO COMÚN, sin perjuicio de emplearse cualquiera de los procesos especiales de ser el caso; RESOLUCIÓN N° 01, Cusco, veintinueve de enero del dos mil dieciocho.- PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal corporativa de Santiago contra LEONCIO HUAMAN MARISCAL , por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de FEMENICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA., tipificado y sancionada en el primer párrafo numeral 1 del art, 108-B del código penal (violencia familiar), concordante con el articulo 16 del código penal. , en agravio de HURTADO PERCCA BENEDICTA., a efectos de que el juez de investigación preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. ORDENAR que el requerimiento de Prisión Preventiva solicitada contra el imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , se tramite en cuaderno aparte. 3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado LEONCIO HUAMAN MARISCAL , al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. 4. PRECISAR que estando la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada del caso. 5. DISPONER conforme al nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A 014-2017, los fiscales, defensores públicos, abogados particulares, procuradores tienen la obligación de tener CASILLA ELECTRÓNICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y señalen sus casillas electrónicas. 6. PRECISAR atendiendo al nuevo reglamento específicamente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales –pluralidad de domicilios – la fiscalía debe precisar solamente uno de ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proceso. Asimismo según el mencionado artículo del reglamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, correo electrónico personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. 7. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los

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La República

plazos. 8. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 9. AUTORÍCESE a los Especialistas Judiciales de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por Juez. HÁGASE SABER. REQUERIMIENTO DE PRISION PREVENTIVA. Marisol D. Ccarhiaarupay Mendoza, Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Segunda, Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Santiago, señalando domicilio procesal en Urb. Las Malvinas Alameda Pachacutec A-4 del distrito de Santiago, ante Ud. me presento y expongo: A tenor de lo establecido en el artículo 268 del Código §al Penal, esta Fiscalía solicita MANDATO DE PRISION PREVENTIVA HUAMAN MARISCAL a quien se le imputa el ser AUTOR de la consumación del Delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Feminicidio en grado de tentativa en agravio de Benedicta Hurtado Percca. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho. SE RESUELVE: 1. CONVOCAR a audiencia de prisión preventiva, para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (hora exacta), en la SETIMA Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado; precisando que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su defensa técnica. 2. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa técnica del acusado de disponerse el reemplazo inmediato por abogado de la defensa pública, así como la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la comunicación respectiva al Colegio de Abogados; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución, y declararse inadmisible el requerimiento, disponiéndose su archivo en la dependencia correspondiente. 3. NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defensa Pública del MINJUS Cusco, a fin de que designen el número necesario de abogados defensores a efectos de asumir el derecho de defensa del acusado(s), en caso de inconcurrencia o renuncia de su abogado defensor de libre elección, debiendo adjuntarse al mismo copia del requerimiento de prisión preventiva. 4. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales, y al imputado en su domicilio real señalado en autos. Regístrese y comuníquese.(…) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, ante mi Gina Frisancho Parada, de que doy fe. Cusco, 04 de abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL EXP: Nro. 3308-2017-90-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: LUCIO ZALASAR ANCHIA Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 16/03/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCION N° 03 de fecha 16/03/2018 RESULEVE: DECLARAR FRUSTRADO la audiencia de juicio oral por no haber sido notificado mediante edictos el acusado. Se reprograma la presente audiencia para llevarse a cabo el DÍA DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA en la TERCERA SALA de audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco, subsisten los apercibimientos decretados por la resolución que cita a Juicio Oral, declarándose esta audiencia de carácter INAPLAZABLE NOTIFÍQUESE la presente al imputado a su domicilio real con-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

signado en autos así como también mediante EDICTOS conforme a ley, bajo responsabilidad del especialista de causa. H.S. Cusco. 05 de Abril del 2018. Firmado: Fernando Christian Aparicio Chávez, Especialista Judicial de Juzgado. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO JUDICIAL SEÑOR: JOEL CHECCASACA CHURA. Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo - Cusco, en el Exped. N° 244-2015-FC, se ha dispuesto ia publicación del edicto judicial en los siguientes términos. RESOLUCIÓN NRO. 26 DEL 28-03-2018. SE RESUELVE: APROBAR LA LIQUIDACION DE ALIMENTOS DEVENGADOS de fecha 08 de enero del año 2018, en la suma de S/. 1,502.67 (UN MIL QUINIENTOS DOS CON 67/100 SOLES) por el periodo comprendido de setiembre 2017 a enero 2018 incluida la liquidación de fecha 24 de julio del 2017. Conforme a lo solicitado por la actora, REQUIÉRASE al obligado JOEL CHECCASACA CHURA a efecto de que cumpla con hacer efectivo el pago de los alimentos devengados dentro del término de CINCO DÍAS DE NOTIFICADO con la presente resolución, bajo expreso apercibimiento de remitirse copias de los actuados al Ministerio Publico y formalice la denuncia penal por el delito contra la Familia en su modalidad de omisión a las Asistencia familiar - incumplimiento de la prestación de alimentos, resolución ésta que deberá notificarse al demandado en su domicilio procesal y mediante EDICTOS. Lo que se publica para los fines de Ley. San Jerónimo, 28-03-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6631329 F. (09, 10, 11 ABR)

EDICTO SEÑORES: SUCESORES DE LA QUE EN VIDA FUE MARIA DEL CARMEN RIVERA ESCOBAR En el proceso signado con el N° 01458-2014-1001-JR-CI-02, seguido por Juan Roberto Rivera Escobar en contra de sobre Nulidades de Actos Jurídicos y de los documentos que lo contiene, contra la sucesión de quien en vida fue Maria del Carmen Rivera Escobar y otros, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Cusco que Despacha el señor Juez Titular Dr. Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la via del proceso de CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JUAN ROBERTO RIVERA ESCOBAR sobre NULIDADES DE ACTOS JURÍDICOS Y DE LOS DOCUMENTOS QUE LOS CONTIENEN en contra de los demandados I.A.- NULIDAD DEL CONTRATO DE ANTICIPO DE LEGITIMA Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE 1. LIDA LUCRECIA ESCOBAR TAPIA y 2. LA SUCESIÓN PROCESAL DE QUIEN EN VIDA FUE MARIA DEL CARMEN RIVERA ESCOBAR. I.B.- NULIDAD DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA ENTRE MARÍA DEL CARMEN RIVERA ESCOBAR y MARTHA ZUÑIGA NIETO y DEL DOCUMENTO QUE LA CONTIENE 1. SUCESIÓN PROCESAL DE QUIEN EN VIDA FUE MARIA DEL CARMEN RIVERA ESCOBAR y 2. MARTHA ZUÑIGA NIETO, PETITORIO: acumulación objetiva originaria accesoria - NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO, SE DECLARE LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PÚBLICA DE ANTICIPO DE LEGITIMA Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE de fecha 22 de diciembre del año 1988 extendida ante el Notario Público Carlos Salinas Navia, que se hace extensiva a la Minuta que dio origen a dicha escritura pública y

Lunes, 9 de abril del 2018

que corre como inserto en el referido documento público (como pretensión principal) y - NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO, QUE SE DECLARE LA NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN LA ESCRITURA PUBLICA COMPRA VENTA de fecha 21 de mayo del año 2013 extendida por ante el Notario Público Néstor Avendaño García que se hace extensiva a la minuta que dio origen a dicha escritura pública y que corre inserto en el referido documento público (como pretensión accesoria). Por su mérito córrase traslado de la demanda a los demandados con la finalidad de que dentro del plazo de ley, cumpla con absolver la misma, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde. Asimismo estando a lo expresado por el recurrente notifíquese por EDICTOS a la Sucesión Procesal de quien en vida fue MARÍA DEL CARMEN RIVERA ESCOBAR a fin de que los representantes legales se apersonen en el proceso, bajo apercibimiento de designarse curador procesal conforme a lo previsto por el artículo 435 del Código Procesal Civil.... Hágase Saber”.- FIRMA: Zamalloa Cornejo Juez. Saida Chiun Manco, Especialista Legal.

ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 2. EDGAR LAUREANO NINAN MONGE. En el Proceso Nro. 342-2018-0-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de ESTADO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I QUINCE DE LA MAÑANA (08.15 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

Cusco, 10 de Noviembre del 2017

EDICTO PENAL

SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL P. 6631338 F. (09, 10, 11 ABR)

EDICTO En el proceso N° 1156-2017, seguido por TEOFILA MARTHA CAHUA QUINTO, contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO y otros, sobre RECTIFICACION DE AREA y LINDEROS, se ha dispuesto la notificación por edictos de “Resolución 01- Cusco, catorce Junio dos mil diecisiete.— VISTO; (...) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por TEOFILA MARTHA CAHUA QUINTO, contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO REPRESENTADA POR SU ALCALDE CARLOS MOSCOSO PEREA; asimismo contra RICHAR QUISPE RAMOS, TAÑIA HUAMAN SALLA, VICTOR CASTILLO GONZALES, PRIMITIVA FACUNDA ALVARADO CARAZAS; y, CARMEN ROSA LAZO GUZMAN, sobre RECTIFICACION DE AREA DE BIEN INMUEBLE URBANO; (...)en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES.-(...) Y estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” “Resolución 07.- Cusco, veintinueve Enero dos mil dieciocho. — AL PRINCIPAL: Estando a las razones expuestas; y, a la declaración jurada que contiene el escrito precedente; conforme a lo previsto por el Artículo 165 primera parte del Código Procesal Civil: Notifíquese mediante edictos al demandado VICTOR CASTILLO GONZALES, con el auto admisorio dictado en autos, por el plazo de Ley; y, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- (...).-Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.Esp. Legal Boris Santos de la Gala.-” Cusco 27 de Marzo 2018. BORIS SANTOS DE LA GALA ESPECIALISTA LEGAL

3. GIANCARLO CABALLERO CCOYA, en el Proceso Nro. 1062-2017-0-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD , en agravio de ESTADO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I TREINTA DE LA MAÑANA (08.30 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 4. MARIO FLOREZ ROZAS, en el Proceso Nro. 1051-2017-0-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión del delito OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR , en agravio de MENOR STEYSY Y MARGORI FLOREZ TARACAYA . para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTAICINCO DE LA MAÑANA (08.45 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 5. HEBER GUSTAVO SORIA GUTIERREZ, en el Proceso Nro. 305-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 AM). J. S (09, 10, 11 ABR)

P. 6631365 F. (09, 13, 19 ABR)

EDICTO PENAL EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a: 1. FRANK RAYNALDO QUISPE VALENCIA, en el Proceso Nro. 1013-2017-0-1010-.IR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito LESIONES LEVES . en agravio de ELENA CHALLCO QUISPE, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE

6. RODRIGO GARCÍA URBINA, en el Proceso Nro. 211-20180-1010-.IR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I QUINCE DE LA MAÑANA (09.15 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

Lunes, 9 de abril del 2018

EDICTO PENAL 7. JOHON RICHER SORIA GUTIÉRREZ. en el Proceso Nro. 212-2018-0-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD , para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09.30 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 8. ISAU UCSA PANIUARA. en el Proceso Nro. 213-2018-0-1010-JR-PE-O1, que se le sigue por la presunta comisión del CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (09.45 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 9. HONORIO CCORIMANYA TTITO, en el Proceso Nro. 1038-2017-0-1010-JR-PE-O1. que se le sigue por la presunta comisión del delito LESIONES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de SHANE PERALTA IMATA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A M).

Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (10.45 A M).

13. TOMAS TUNQUIPA ÑAHUIS, en el Proceso Nro. 1037-2017-0-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR . en agravio de MENOR ANHGELO JESÚS Y MASSIEL REPRESENTADO POR DORIS ZERON RAYO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A M).

10. ROBERT FRITZ BELLIDO SALAZAR, en el Proceso Nro. 351-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (10.15 A M).

EDICTO PENAL 14. CESAR ARTURO CABRERA LÓPEZ, en el Proceso Nro. 1052-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR NAMOMY DANNA CABRERA GALLEGOS, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I QUINCE DE LA MAÑANA (11.15 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

15. VVILBER CHINO MUAMAN, en el Proceso Nro. 335-20180-1010-.IR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I MEDIA DE LA (11.30 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 11. ISAÍAS NUÑEZ SILVA, en el Proceso Nro. 352-2018-0-1010-JR-PE-O1, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I MEDIA DE LA MAÑANA (10.30 A M).

16. FRNEKELL BRYAMS BEJARANO FLORES, en el Proceso Nro. 347-2018-0-1010-.IR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (11.45 A M). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 12. WILFRED0 TAPIA VIVANCO, en el Proceso Nro. 317-2018-0-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de

J. S (09, 10, 11 ABR)

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL

EDICTO

19. PERCY MOSQUEIRA ESCALANTE, en el Proceso Nro. 1044-2017-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito LESIONES LEVES, en agravio de ERIKA ROSA LUZ CACERES CASQUINO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I MEDIA DEL DÍA (12.30 AM).

Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor JULIO JUSTO TAPIA GAMARRA, en el Proceso Nro. 303-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA (08:15 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

18. ROYER OSORIO OCIIOA. en el Proceso Nro. 314-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio DE LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I QUINCE DEL MEDIO DÍA (12.15 A M).

Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor EDDY HUAMAN OCHOA, en el Proceso Nro. 302-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

17. ABEL GARCES BAÑARES, en el Proceso Nro. l036-20170-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de NICOLE HADE GARCES, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DE MEDIO DÍA (12.00 A M).

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EDICTO

J. S (09, 10, 11 ABR)

J. S (09, 10, 11 ABR)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL 20. ANTONIO CATALÁN RIVAS, en el Proceso Nro. 428-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE I CUARENTA I CINCO DEL MEDIO DÍA (12.45 A M). En la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 04 de abril del 2018 J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL Firmado: Carlos Reinaldo Huañac Contreras, Juez Supernumerario. Quillabamba, 26 de marzo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi RESOLUCIÓN N° 02: Quillabamba, nueve de marzo del año dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 143-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de YASHMANI AMANCA ROJO, por la comisión del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Común, subtipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, por inconcurrencia del acusado. SEGUNDO: REPROGRAMAR la presente audiencia PARA EL DÍA DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) TERCERO.- SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio real y/o por el medio más pronto posible esto mediante llamada telefónica, dejando la constancia correspondiente en el día y bajo responsabilidad. J. S (09, 10, 11 ABR)

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EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor MARCELINO CHAVEZ TUNQUI, en el Proceso Nro. 304-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ELBER CASTAÑEDA QUISPE, en el Proceso Nro. 301-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (08:45 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

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La República

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor LUCIO FRIZANCHO TUNQUI, en el Proceso Nro. 387-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ROÑAL CAMPAR QUISPE, en el Proceso Nro. 321 -2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y QUINCE DE LA MAÑANA (09:15 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor WITMAN DARÍO LEÓN DAZA, en el Proceso Nro. 320-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor MARITZA HUARCA HUAMAN, en el Proceso Nro. 323-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (09:45 A.M), en la

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EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ROÑAL LEMA HANCCO, en el Proceso Nro. 277-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor ROY HEINER SILVA CONDORI, en el Proceso Nro. 284-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y QUINCE DE LA MAÑANA (10:15 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor YIMY YEPEZ VILLEGAS, en el Proceso Nro. 280-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor DIÑO CHARLY ALIRE RODRÍGUEZ, en el Proceso Nro. 250-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su

Lunes, 9 de abril del 2018

contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ CON CUARENTA Y CINCOMINUTOS DE LA MAÑANA (10:45 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor FRANCISCO QUISPE CONDORI, en el Proceso Nro. 251-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor WILMERT SOTO MARTÍNEZ, en el Proceso Nro. 249-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA (11:15 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor LISETH MEGAN HUAMAN ALTAMIRANO, en el Proceso Nro. 238-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor JOSMAN JESÚS CHACÓN AÑO, en el Proceso Nro. 240-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue

por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (11:45 A.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor JOSÉ LÍDER GUTIÉRREZ TAPIA, en el Proceso Nro. 366-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor JUAN CCACHA CUENTA, en el Proceso Nro. 332-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON QUINCE DEL MEDIODÍA (12:15 P.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor PEDRO WILLIAM CAPACUTI CONDORI, en el Proceso Nro. 389-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON TREINTA DEL MEDIODÍA (12:30 P.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO Quillabamba, 03 de abril del 2018

Lunes, 9 de abril del 2018

Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Se cita y emplaza al señor EDWIN APAZA MARMANILLO, en el Proceso Nro. 439-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO y se defienda de los cargos formulado en su contra, audiencia que se llevara a cabo el día DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL MEDIODÍA (12:45 P.M), en la Quinta sala de audiencia de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO JUDICIAL PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ. 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 02236-2013-0-1001-JR-CI-02 MATERIA: OBLIGACION DE HACER Resolución Nro. 38 Cusco, 27 de marzo de 2018. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, opina por: “Se REVOCA la Sentencia contenida en la Resolución N° 33 de fecha 6 de octubre de 2017 (folio 314 a 318) que declara: “(…) INFUNDADA la demanda interpuesta por MODESTA LUCANA MEZA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA contra JUANA HUILLCA LAURA”. REFORMÁNDOLA se declara FUNDADA la pretensión. En consecuencia, SE ORDENA: Que, la parte demandada cumpla con otorgar escritura pública de transferencia del inmueble G-1 ubicado en la avenida Humberto Vidal Unda del Barrio de Santa Ana del distrito de Cusco a favor de Modesta Lucana Meza, dentro del término de tercer día de consentida y ejecutoriada sea esta resolución. Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es porque: “CONFIRMAR la Sentencia contenida en la Resolución N° 33 de fecha 6 de octubre de 2017 la misma que declarar: “ INFUNDADA la demanda interpuesta por Modesta Lucana Meza sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA..”Y los devolvieron”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 26 DE ABRIL DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-. S.S.-Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 6 de abril de 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE: 00719-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO: GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

REPRESENTADO POR SU GERENTE, PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUSNTOS DEL PODER JUDICIAL, PODER JUDICIAL REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE , DEMANDANTE: QUINTANILLA BERRIOS, AQUILES Resolución Nro. 18 Cusco, 28 de marzo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 15 de setiembre de 2017 (folio 220 a 238) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se declare nula la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y el Juez Superior señor Rolando Ttito Quispe, emite voto en discordia, para que se declare nulo el auto contenido en la Resolución N° 15, de fecha 11 de octubre de 2017 (folios 258) en el extremo que el Juez de la causa concede apelación con efecto suspensivo al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, y volviendo a calificar dicho recurso se declare improcedente la apelación; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 5 de Abril de 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO – TUTELAR Exp. 108-2017-FT sobre Abandono Moral y Material, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Dr. E. Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora; se notifica a Epifanio Camani Mamani, lo siguiente: Resolución Nro. 15; Paucartambo, 05 de Setiembre del 2017: (...)RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA la demanda tutelar de abandono moral y material promovida en favor de los menores FRANKLIN JAHISON CAMANI CUELLO y FRANCO CAMANI RONDÓN, de 11 y 05 años de edad, promovida por la Fiscalía provincial Mixta de Paucartambo, mediante escrito del 19 de abril del 2017, que corre a fojas 38 a 40. ORDENO que los menores FRANKLIN JAHISON CAMANI CUELLO y FRANCO CAMANI RONDÓN, continúen en el CAR María Salomé Ferro de la ciudad de Cusco, mientras se proceda con determinar la aptitud de EPIFANIO CAMANI MAMANI y BEATRIZ RONDÓN CUELLO, padres de los menores para la entrega mientras el equipo multidisciplinario del Hogar María Salomé Ferro de Cusco, continúe realizando los trabajos en los aspectos que los menores lo requieren y el menor Franklin Jahison Camani Cuello, continúe recibiendo el tratamiento médico en cuanto al mal que se le ha detectado. ORDENO que EPIFANIO CAMANI MAMANI y BEATRIZ RONDÓN CUELLO, padres de los menores formen parte de una terapia psicológica de dinámica familiar junto

con los menores FRANKLIN JAHISON CAMANI CUELLO y FRANCO CAMANI RONDÓN, la que estará a cargo del Equipo Multidisciplinario del Hogar de Menores María Salomé Ferro de Cusco. ORDENO a EPIFANIO CAMANI MAMANI y BEATRIZ RONDÓN CUELLO, padres de los menores FRANKLIN JAHISON CAMANI CUELLO y FRANCO CAMANI RONDÓN, cumplan con realizar las terapias psicológicas de terapia de dinámica familiar como parte de los deberes y derechos que generan la patria potestad previsto en el artículo 423 del Código Civil y artículo 74 del Código de Los Niños y Adolescentes, para fines de procederse con el acogimiento familiar de los menores dentro del propio hogar del padre o madre, bajo expreso apercibimiento de ser denunciados por el delito de exposición a peligro de persona dependiente, previsto y sancionado por el artículo 128 del Código Penal.(…) T.R. y H.S. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 51-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Hermelinda Simona Ttito Claros contra Susano Mamani Quispe o Elmer Collantes Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 22 de Marzo del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de SUSANO MAMANI QUISPE en agravio de HERMELINDA SIMONA TTITO CLAROS..En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado SUSANO MAMANI QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de HERMELINDA SIMONA TTITO CLAROS._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 17 de Abril del año 2018 a horas 14:30 de la tarde (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (…) H.S. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 56-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Susana Condori Gonzales contra Juan Bautista Huillca Yábar; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 28 de Marzo del 2018- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN BAUTISTA HUILLCA YABAR en agravio de SUSANA CONDORI GONZALES. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR al denunciado JUAN BAUTISTA HUILLCA YABAR, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SUSANA CONDORI GONZALES. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 18 de abril del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (…).H.S. J. S (09, 10, 11 ABR)

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 43-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Jerónimo Phacse Paucar contra Catherine Yacsayauri Mauricio; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 19 de Marzo del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de KATHERINE YACSAYAURI MAURICIO en agravio de los menores Jeremy Calep Phacse Yacsayauri (04) y Seyla Alexhandra Phacse Yacsayauri (08) representados por su progenitor Jerónimo Phacse Paucar. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a la denunciada KATHERINE YACSAYAURI MAURICIO, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda forma de violencia psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de los menores Jeremy Calep Phacse Yacsayauri (04) y Seyla Alexhandra Phacse Yacsayauri (08) representados por su progenitor Jerónimo Phacse Paucar. Exhórtese a KATHERINE YACSAYAURI MAURICIO como a JERÓNIMO PHACSE PAUCAR, cumplir con sus obligaciones y deberes para con sus menores hijos Jeremy Calep Phacse Yacsayauri (04) y Seyla Alexhandra Phacse Yacsayauri (08)._PARÁ fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 25 de Abril del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (…) H.S. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 46-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Marisol Ccasa Huallpa contra Claudio Surco Amao; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 21 de Marzo del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de CLAUDIO SURCO AMAO en agravio de MARISOL CCASA HUALLPA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR a los denunciados CLAUDIO SURCO AMAO, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARISOL CCASA HUALLPA._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 12 de Abril del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. (…)H.S. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 246-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granula Cora, seguido por Macario Chino Paucar contra Lisbet Cabrera Sierra; mediante Resolución N° 04 de fecha 15 de Marzo del 2018 se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 23 de Octubre del 2017.- SE RESUELVE:

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DISPONER como medidas de protección a favor de MACARIO CHINO PAUCAR, los siguientes: DEJAR sin efecto las medidas de protección inmediatas dispuestas mediante Resolución N° 01, del 03 de octubre del 2017, de fojas 19 a 21, en favor de Lisbet Cabrera Sierra, que debiera cumplir Macario Chino Paucar. RATIFICAR las medidas de protección provisionales dictadas en favor de MCARIO CHINO PAUCAR, mediante Resolución N° 01, del 03 de octubre del 2017. de fojas 19 a 21. DISPONGO que la denunciada LISBET CABRERA SIERRA SE ABSTENGAN de agredir en forma física y psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MCARIO CHINO PAUCAR, sea en forma directa o por medios de terceros. (…) H.S.

defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 17 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Abril del 2018.

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EXPEDIENTE N° 00907-2017-52-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ERNESTO SULLA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 17 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Abril del 2018.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo que Despacha el señor Juez Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la secretaria Judicial Yakelin Granula Cora, se ha dispuesto mediante resolución cuatro del dos de abril del dos mil dieciocho, la notificación vía edicto en el expediente N° 00073-2017-78-1013-JR-PE seguido contra Paulino Paucar Huamán por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de los menores Sonia, Hugo y Johan Clinton Paucar Lima, representados por su progenitura Martha Lima Quispe, con la resolución cero cuatro del dos de abril del dos mil dieciocho, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 04 del 02 de abril del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1) DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral inmediato en los seguidos contra el acusado Paulino Paucar Huamán. 2) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Paucartambo, sito en la calle colon S/N de ésta ciudad, disponiéndose la notificación de acusado Paulino Paucar Huamán MEDIANTE EDICTOS en el diario judicial del distrito judicial de Cusco, labor que estará a cargo de la Especialista de Audio, bajo responsabilidad. Asimismo se dispone la notificación del Ministerio Público y de la Defensa técnica del Acusado, para fines de concurrir a la sesión reprogramada. H.S. Firmado: Mery Luz Farfan Parisaca, Especialista Judicial de Audiencias. J. S (09, 10, 11 ABR)

PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00196-2017-32-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FRANKLIN JOEL SOTA SACSAHUILLCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 17 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabambar-03 de Abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

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PENAL - LA CONVENCIÓN

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PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00144-2018-26-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: SIXTO MARCO CHANI ORUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 17 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 03 de Abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00469-2017-44-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JHONATHAN MONTAÑEZ CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 12 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba,03 de Abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00220-2017-40-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROLANDO HUAMAN QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00595-2016-52-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ

Lunes, 9 de abril del 2018

Se cita y emplaza a: RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 10 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iníciales F.N.G.P., representada por su progenitora Isaura Lourdes Pfuturi Tunqui, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba.02 de Abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01077-2017-86-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOHAN KENDOR CABRERA CAÑAHUIRE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 10 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor de iníciales J.R.C.S., representado por su progenitora Graciela Llanos Inquilla, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 02 de Abril del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00433-2015-71-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: BRAULIO CCALLUCO HUALLPA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 10 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de los menores de iníciales S.M y K.A.CC.G., representados por su progenitura Magnolia Gamarra Choque, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00094-2018-37-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YEFER YERAL ALVAREZ OTAZU, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 05 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iníciales E.E.A.M., representada por su progenitora Wendy Mamani Pocco, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018.

J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00164-2018-31 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JHONATHAN MACEDO HUAMAN, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 05 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. 26-de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00446-2017-34-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: KENYI ABARCA BUSTAMANTE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 05 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26jde Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00508-2017-64-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GOYO ALIPIO LÓPEZ GALLEGOS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 05 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00913-2017-21-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GUILLERMO VARGAS VALENZUELA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 03 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la

Lunes, 9 de abril del 2018

Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00552-2016-11 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROGER SEQUEIROS AQUEHUA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 03 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01004-2017-65-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PEDRO TOTORA CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 03 DE JULIO DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00542-2017-38-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CHABELY LOREN HUALLPA VARGAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 28 DE JUNIO DEL AÑO 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00424-2016-46-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Se cita y emplaza a: ÓSCAR QUISPE HUILLCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en Proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 28 DE JUNIO DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 26 de Marzo del 2018. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Fiorella Miranda Yanquirimachi, en el Proceso Penal N°00775-2017-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra PERCY HERRERA TROCONES, por la comisión del delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en estado de Ebriedad o Drogadicción, previsto en el primer párrafo del artículo 274a del Código Penal, en agravio del Estado, se ha dispuesto notificar al imputado PERCY HERRERA TROCONES: con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, veintiocho de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR la audiencia de PROCESO INMEDIATO para el día VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado PERCY HERRERA TROCONES mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...)• HÁGASE SABER. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Fiorella Miranda Yanquirimachi, en el Proceso Penal N°00608-20160-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra ALEXANDER PALOMINO SICUS, por la comisión del delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en estado de Ebriedad o Drogadicción, previsto en el primer párrafo del artículo 274a del Código Penal, en agravio del Estado, se ha dispuesto notificar al imputado ALEXANDER PALOMINO SICUS con la resolución N° 05 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 05. Quillabamba, veintiocho de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR la audiencia de PROCESO INMEDIATO para el día DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado ALEXANDER PALOMINO SICUS mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Fiorella Miranda Yanquirimachi, en el Proceso Penal Na N° 00408-2016-23-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra el sentenciado ANACLETO RODRÍGUEZ CACERES, por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto por el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de los menores de iníciales JOSELL RODRÍGUEZ CACERES (14) representados por su progenitura YSABEL REAÑO HOLGUIN, se ha dispuesto notificar al imputado ANACLETO RODRÍGUEZ CACERES con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, tres de abril del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE REVOCATORIA DE PENA (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR la audiencia de REVOCATORIA DE PENA para el día VEINTITRÉS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado ANACLETO RODRÍGUEZ CACERES mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (09, 10, 11 ABR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Proceso Penal N°01081-2017-0-1010JR-PE-01, en los seguidos contra JULIÁN GUZMAN OLIVERA, por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de sus menores hijos ABEL GUZMAN CONDORI (12) y ESMERALDA GUZMAN CONDORI (05), representado por su progenitora MARIBEL CONDORI CANO, se ha dispuesto notificar al imputado JULIÁN GUZMAN OLIVERA con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, cinco de abril del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE REVOCATORIA DE PENA (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR la audiencia de PROCESO INMEDIATO para el día VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE (12:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado JULIÁN GUZMAN OLIVERA mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (09, 10, 11 ABR)

SEGUNDO REMATE PÚBLICO JUDICIAL En el Expediente N° 00919-2014-0-1001-JR-CI-01, seguido por BBVA BANCO CONTINENTAL contra EMPRESA DE TRANSPORTES MÁGICO S.R.L., JUAN DE DIOS CARPIO ZAPANA y FELIZA CONTRERAS PACARI, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el Primer Juzgado Especializado Civil del Cusco, Jueza Dra. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, Secretaria Judicial ISABEL HUAMÁN SEQUEIROS, ha facultado al Martiliero Público Aldo Martín Zamora Millones, con Reg. N° 211, REMATAR EN SEGUNDA CONVOCATORIA PÚBLICA el bien inmueble constituido por LOTE DE TERRENO N° 14 DE LA MANZANA “C” DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA SAN JUDAS CHICO N° 3 DE LOS TRABAJADORES DE LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DEL CUSCO, ubicado

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en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco, inscrito en la Partida 11015873 de la Oficina Registral de Cusco (Predio Urbano de 5 pisos en zona residencial, Área de terreno 108.75 M2, Medidas: Frente 7.50 m - Derecha 14.50 m - Izquierda 14.50 m - Fondo 7.50 m). AFECTACIONES: 1.-HIPOTECA, a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 25,000.0^ dólares americanos, según consta en Escritura Pública del 09.06.2004 otorgada ante NOTARIO OCAMPO DELAHAZA LUCILA ANTONIETA, en As. 06; 2.- AMPLIACIÓN Y RATIFICACIÓN DE HIPOTECA, se amplía la hipoteca inscrita en el asiento 6 de esta partida registral, a favor del BANCO CONTINENTAL hasta la suma de U$ 70,000.00 dólares americanos). Asimismo las partes acuerdan en RATIFICAR la hipoteca inscrita en el asiento 6 de la presente partida. Así consta de la Escritura Pública del 13/02/2007 otorgada ante NOTARIO OCAMPO DELAHAZA LUCILA ANTONIETA, Asiento N° 07; 3.RATIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE HIPOTECA, se RATIFICA y AMPLIA LA HIPOTECA inscrita en el asiento 06 y 07 de la presente partida, a favor del BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de U$ 194,000.00 dólares americanos, según As. 08. VALOR DE TASACIÓN: USS 262,850.00 (Doscientos sesenta y dos mil ochocientos cincuenta con 00/100 dólares americanos), PRECIO BASE: USS 148,948.33 (Ciento cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho con 33/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de su valorización. LUGAR: Oficina de Administración de Juzgados Civiles, en el Segundo Piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol s/n - Cusco. DÍA Y HORA: 19 de abril del 2018 09:40 a.m. POSTORES: Presentar 1.- Documento de identidad y/o RUC (personas jurídicas con vigencia de poder); 2.- Arancel judicial (código 07153) correspondiente, consignando expediente, juzgado, documento de identidad; y, 3.- Depositar en efectivo o cheque de gerencia (ENDOSABLE) girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación (US$ 26,285.00 dólares americanos). Adjudicatario pagará honorarios del Martiliero Público. INFORMES: 978171100, 989049111. ALDO MARTÍN ZAMORA MILLONES MARTILIERO PÚBLICO ISABEL HUAMÁN SEQUEIROS SECRETARIA JUDICIAL P. 6631482 F. (09, 10, 11 ABR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, dirección Juez Luis Joel Peña Mendoza la Secretaria Isabel Rojas Pino, se tramita el Proceso Nro. 27-2018 ADMITIR A TRÁMITE en la vía SUMARISIMA la DEMANDA de PRORRATEO DE ALIMENTOS instada por RODOLFO MACHACCA CONDORI en su condición de progenitor de sus hijos contra TERESA HUANCA CHICMA, en su condición de cónyuge y representante de sus hijos N.M.M.H. y J.C.M.H y contra GLADYS HUANCA CASTILLO, en su condición de madre del menor de iniciales EJ.M.H, por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de cinco días, a fin de que absuelvan la demanda, bajo el expreso apercibimiento de ser declarados rebeldes y continuarse el proceso sin su participación, concediendo cinco días para absolución, apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- Fdo Luis Joel Peña Mendoza.- secretaria Isabel Rojas. ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 6631585 F. (09, 10, 11 ABR)

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Solicito: Inscripción de Lista de Candidatos Elecciones CAFAE PJ 2018 

COMUNICADO ELECCIONES CAFAE 2018 El Comité Electoral Nacional CAFAE PJ, en cumplimiento del artículo 10° del Reglamento General para el Proceso de Elección de los Representantes de los Trabajadores ante CAFAE PJ y Sub CAFAE, invoca la participación de autoridades y trabajadores del Poder Judicial, como candidatos, miembros de mesa, personeros o electores. Conforme al Decreto Supremo N° 006-75-PM-INAP, los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo se integran por un Representante del Titular de Pliego quien lo preside, el Director de Personal o quien haga sus veces, el Contador General o quien haga sus veces y tres Representantes de los Trabajadores elegidos mediante voto universal y directo. REQUISITOS PARA SER CANDIDATO a.- Ser trabajador del Poder Judicial con vínculo laboral vigente, sujeto a los Decretos Legislativos N° 276 ó N° 728 con excepción de los Magistrados, con una antigüedad no menor a un año en la institución a la fecha establecida para las elecciones b.- No encontrarse bajo Contrato de Suplencia o Emergencia, ni CAS c.- Ser incluido en una sola lista, si el nombre del candidato aparece en más de una lista, solo se tendrá en cuenta la inscripción en la primera lista, anulándose las posteriores inscripciones d.- Para las elecciones ante el CAFAE-PJ Central, cada lista deberá contar con la adhesión de no menos de seiscientas firmas (600) de trabajadores sujetos a los Decretos Legislativos 276 y/o 728 con excepción de los Magistrados Los adherentes deben estar debidamente identificados, con el número del documento de identidad y el número de Escalafón, señalando la dependencia donde labora Para las elecciones ante los Sub-Comités CAFAE-PJ, cada lista debe contar con el respaldo de no menos del 15% de trabajadores del Distrito Judicial al que postula, sujetos a los Decretos Legislativos N° 276 y/o 728, con excepción de Magistrados y deben estar debidamente identificados conforme se indica en el párrafo anterior. e. No podrán ser Magistrados f. No deben ser Miembros del Consejo Ejecutivo Nacional o del Comité Directivo Nacional, o quien haga sus veces en las Federaciones y en los Sindicatos constituidos en el Poder Judicial g. No contar con sentencias condenatorias firmes por delitos o faltas. h. No deben tener la condición de deudor moroso de préstamo directo que el CAFAE-PJ otorga u otra obligación que tenga pendiente con la Institución. i. No deben estar comprendidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM FECHA DE INSCRIPCION: Del 2 al 16 de Abril del 2018 LUGAR DE INSCRIPCION: CAFAE PJ NACIONAL: Avenida Nicolás de Piérola N° 745 – Piso 6 – Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación – Gerencia General Central telefónica 410-0000 anexos 10186 y 10187 SUB CAFAE CUSCO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO: AV. EL SOL N° 239, PRIMER PISO, JEFATURA UNIDAD DE SERVICIOS JUDICIALES FRENTE A LA CENTRAL DE NOTIFICACIONES. TELÉFONO: 084581360-ANEXO 43058 – CEL: 987309208 – CORREO: [email protected]. DOCUMENTOS A PRESENTAR: 1) Solicitud 2) Declaración Jurada del Candidato 3 Listado de Adherentes (padrón en físico y adicionalmente ser presentado en Excel a nuestro correo electrónico [email protected]) COMITÉ ELECTORAL NACIONAL

Señores COMITÉ ELECTORAL DISTRITAL De mi consideración Yo domicilio en Justicia de

identificado con DNI con servidor de la Corte Superior de me presento ante ustedes y expongo lo siguiente:

Que habiendo tomado conocimiento de la convocatoria a elecciones del CAFAE PJ 2018, para la elección de los Representantes de los Trabajadores del Poder Judicial ante el Sub CAFAE PJ, periodo 2018-2019, solicito la inscripción de la lista conformada por: NOMBRE DE LA AGRUPACION: TITULARES 1) ____________________________________ 2) ____________________________________ SUPLENTES 1) _____________________________________ 2) _____________________________________ PERSONERO GENERAL 1) ____________________________________ Asimismo adjunto el padrón de listado de adherentes en original, declaración jurada y copia de los DNI de los candidatos. Por lo tanto, solicito a ustedes la atención de la inscripción solicitada por sujetarse a ley. Atentamente,

Nota: El Cronograma de Elecciones 2018, el Reglamento de Elecciones 2018 y documentos anexos: Declaración Jurada Candidato Cafae, Declaración Jurada Sub Cafae, Listado de Adherentes Cafae PJ 2018, Listado de Adherentes Sub Cafae PJ 2018, Solicitud de Inscripción Cafae 2018 y Solicitud de Inscripción Sub Cafae 2018, pueden ser descargadas en el intranet de la Corte Superior de Justicia de Cusco.

Cusco, 27 de marzo de 2018 El Comité



------------------------------------------------------FIRMA Domicilio para notificación:……………………………………………… Correo para notificación:…………………………………………………

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Lunes, 9 de abril del 2018

LISTADO DE TRABAJADORES ADHERENTES - CAFAE PJ N°

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

ESCALAFON

DEPENDENCIA

FIRMA

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Nota: Listado de adherentes adicionalmente deberá ser presentada en excel considerando DNI 08 dígitos, escalafón 05 dígitos en formato texto

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA CIVIL DE CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 09 al viernes 13 de abril de 2018)

LUNES 9 DE ABRIL DE 2018 HORA

1 08:20

NÚMERO EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

00042-2018-0-1001-SP-CI-01

STENICA S.A.

Municipalidad Distrital de Ollantaytambo

2 08:25

01241-2015-0-1001-JR-FC-02

Irene Labra Chara

3 08:30

00505-2015-0-1001-JM-CI-02

Marco Antonio Mendoza Coycosi

4 08:35

01208-2015-0-1001-JR-CI-02

5 08:40

01546-2012-0-1001-JR-CI-04

6 08:45

00048-2018-0-1001-JR-CI-03

Edwar Peña Flores Robert Anatalio Raurau Quisiyupanqui Empresa de Transportes Inca Tours valle sagrado S.R.L.

7 08:50

00183-2013-0-1018-JM-CI-02

Zenovia Mejia Goizueta

8 08:55

00710-2017-0-1001-JM-CI-02

Brosly Aviles Flores y otra

9 09:00

00161-2016-0-1001-JM-CI-02

10 09:05

00171-2012-0-1001-SP-CI-01

11 09:10

00012-2018-0-1001-JR-CI-04

12 15:00

00542-2016-0-1018-JM-CI-01

MATERIA

Reconocimiento de unión de hecho Obligación de dar suma de dinero Juez Eliot Alcibiades Zamalloa Interdicto de recobrar Nulidad de acto Grizel jesus Valencia Tapia jurídico Municipalidad Provincial de Proceso de amparo Cusco

PROCEDE

David Inca Roca Labra y otra

sentencia

Gobierno Regional de Cusco

sentencia 2JMx Wanchaq

Gerente de la Municipalidad Distrital de Santiago

Contencioso administrativo Cambio de nombre

Gonzalo A. Sanchez Villasante y otros

Claudia Humpire Velasquez

RESOL. IMPUG.

Proceso de habeas data sentencia JMx Urubamba

Interdicto de retener Mejor derecho de propiedad

Sucesores de Marcelina Benites viuda Mario Contreras Benites y otros de Contreras y otra Municipalidad Provincial de SIGHTSEEING CUSCO CITY S.A.C. Cusco Concepción Ccañihua Quispe Hospital Antonio Lorena

Proceso de amparo Proceso de amparo

2JFC

COLEGIADO

Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

3JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

4JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

auto improce

3JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 2JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

JMx Machupicchu auto 4JCC improce sentencia 1JMx Wanchaq

sentencia

Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado Dirimencia Gutiérrez Merino

MARTES 10 DE ABRIL DE 2018 HORA

NÚMERO EXPEDIENTE

DEMANDANTE

1 08:20

00415-2017-0-1001-JR-CI-02

Edson Guzman Ascarza

DEMANDADO

MATERIA

2 08:25

01183-2013-0-1001-JR-CI-01

Gabina Valenzuela de Luque

3 08:30

00013-2018-0-1001-SP-CI-01

Comunidad Campesina de Chillcani

4 08:35

00006-2015-0-1001-JM-CI-01

Maximo Roger Barrios Sarmiento

5 08:40

00108-2016-0-1001-JM-FC-01

6 08:45

01279-2017-0-1001-JR-CI-04

Ronal Calvo Saloma

7 08:50

00014-2018-0-1001-SP-FT-01

Ministerio Público

8 08:55

00608-2017-0-1001-JM-FT-02

Ministerio Público agraviada

9 09:00

00054-2018-0-1001-SP-CI-01

David Ninantay Yañez

10 09:05

00055-2018-0-1001-SP-CI-01

Luis Juan Huambo Ocon

Andrea Aurora Caparo Huambo

Indemnización

11 15:00

01869-2017-0-1001-JR-CI-04

Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Cusco

Municipalidad Provincial de Cusco

Proceso de amparo

NÚMERO EXPEDIENTE

DEMANDANTE

Grupo Inmobiliario Los Faros Resolución de contrato S.A.C. Nestor Samuel Velasquez Indemnización Reynaga Cooperativa Agraria de Trabajadores Predio rústico Prescripción adquisitiva Tiquiña Gobierno Regional de Cusco Indemnización

Graciela Francisca Chevarria Paredes Alfonso Maximo Medina Castillo

Divorcio por causal

Otorgamiento de escritura pública Contravención al Eulalia Rimachi Pumayali Código de los Niños y Adolescentes Contravención al Elizabeth Celinda Ybarra Aquino Código de los Niños y Adolescentes Americo Toribio Ninantay Yañez Interdicto de recobrar y otros Nilda Gallegos valdez y otro

RESOL. IMPUG.

PROCEDE

COLEGIADO

sentencia

2JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

1JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

JMx Acomayo

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 1JMx wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 1JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

4JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia

JMx Calca

Velásquez-Delgado-Holgado

sentencia 2JMx Wanchaq

Velásquez-Delgado-Holgado

JMx Quispicanchis

Velásquez-Delgado-Holgado

JMx Calca

Velásquez-Delgado-Holgado

4JCC

Dirimencia Gutiérrez Merino

sentencia auto rechazo auto improce

MIERCOLES 11 DE ABRIL DE 2018 HORA

1 08:20

04676-2017-0-1001-JR-FC-01

Farre Olivier

2 08:25

00812-2017-0-1001-JR-CI-02

SCOTIABANK PERU S.A.A.

3 08:30

00378-2017-0-1018-JM-CI-02

Teresa Yanque Conchacalla de Quispe

4 15:00

01253-2017-0-1001-JR-CI-02

Moises Alvarez Caceres

DEMANDADO

MATERIA

RESOL. IMPUG.

PROCEDE

COLEGIADO

Nataly Garcia Benavides

Ejecución de acta de conciliación

auto final

3JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

Ejecución de garantías auto final

2JCC

Celestina Condori Choque y otros Asociación Pro Vivienda Bancopata Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho

Otorgamiento de escritura pública

Velásquez-Delgado-Holgado

auto final 2JMX Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

Proceso de amparo

sentencia

2JCC

Dirimencia Gutiérrez Merino

MATERIA

RESOL. IMPUG.

PROCEDE

COLEGIADO

3JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

5JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

JMx Quispicanchis

Velásquez-Delgado-Holgado

JUEVES 12 DE ABRIL DE 2018 HORA

1 08:20

NÚMERO EXPEDIENTE

01912-2017-0-1001-JR-CI-03

DEMANDANTE

DEMANDADO

Municipalidad Distrital de San auto Prescripción adquisitiva Sebastán improce auto Juez Gudriel Diaz Usca Proceso de amparo improce

Antonia Lovaton Santos

2 08:25

01402-2017-0-1001-JR-CI-05

Wenceslada Taco Gayoso

3 08:30

00148-2016-0-1001-SP-CI-01

Ricardo Tito Ninantay Caceres

Julian Ttito Ttito y otra

Reivindicación

sentencia

4 08:35

00097-2014-0-1018-JM-CI-02

Crisologo Pacco Colque

Magdalena Pacco Collque y otro

Nulidad de acto jurídico

sentencia 2JMx Santiago

5 08:40

00058-2018-0-1001-SP-CI-01

Arzobispado del Cusco

Feliciano Flores Fernandez

Desalojo

sentencia

6 08:45

01661-2017-0-1001-JR-FC-02

Victoria Aguilar Andrade

sentencia

00708-2015-0-1001-JR-CI-04

Jaime Rondon Ccana

Oscar Aucca Mendoza Ruben Ttito Mariño Loaiza y otros

Divorcio por causal

7 08:50 8 08:55

00004-2018-0-1001-SP-FC-01

Joselo Huallpa Santa Cruz

9 12:30

01554-2017-0-1001-JR-CI-01

Martin Pedro Flores Bahamontes

10 15:00

02032-2015-0-1001-JR-CI-05

Maria Mendigure Sarmiento

NÚMERO EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

Guido Loayza Baca

Asunción Martinez de Espinoza y otros

Prescripción adquisitiva sentencia

Marisol estrada Huarancca y otro Juez Superior Begonia del Rocio Velasquez Cuentas y otras Elizabeth Velasquez Humpiri y otra

JMx Quispicanchis 2JFC

Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado

4JCC

Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado

Divorcio por causal

sentencia

JMx Anta

Proceso de amparo

sentencia

1JCC

Pinares-Pereira-Gutierrez

Nulidad de acto jurídico

sentencia

5JCC

Dirimencia Gutiérrez Merino

MATERIA

RESOL. IMPUG.

PROCEDE

COLEGIADO

Otorgamiento de escritura pública

sentencia consulta

2JCC

Velásquez-Delgado-Holgado

1JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

3JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

1JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

1JFC

Velásquez-Delgado-Holgado

1JMx Santiago

Velásquez-Delgado-Holgado

4JFC

Dirimencia Gutiérrez Merino

VIERNES 13 DE ABRIL DE 2018 HORA

1 08:20

00822-2017-0-1001-JR-CI-02

2 08:25

00926-2017-0-1001-JR-FC-01

3 08:30

05015-2016-0-1001-JR-FC-03

Yrma Auccacusi Huaman

Mariano Oxa Mamani

Divorcio por causal

4 08:35

01157-2015-0-1001-JR-FC-01

Susano Yupanqui Farfán

Segunda Alvaro Cruz

Divorcio por causal

5 08:40

04949-2016-0-1001-JR-FC-01

Yesica Aragon Candia y otro

Cesar Paul Aragon Bellido

Adopción

6 08:45

00894-2016-0-1018-JM-FC-01

Ermitaño Gilberto Gil Caviedes

Lilian Cardenas Carbajal

Divorcio por causal

Martha Gutierrez Tapia

Contravención al Código de los Niños y Adolescentes

7 15:00

00446-2017-0-1001-JR-FT-04

Joan Manuel Infantas Choquehuanca Carlos Rogelio Infantas Caballero

Ministerio Público

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Presidenta de Sala

Interdicción

sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia

Roxana Bohorquez Abarca Secretaria de Sala

30

La República

Lunes, 9 de abril del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

J U E V E S 12 D E A B R I L D E 2 0 1 8 &257(683(5,25'(-867,&,$'(/&86&2 6$/$0,;7$3(1$//,48,'$'25$