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23 may. 2016 - DO al sentenciado Silverio Heredia Almora de su recurso impugnatorio formulado en su escrito de fojas noventa y ocho y siguientes.
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Jueves 19 de mayo del 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

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La República Jueves, 19 de mayo del 2016

EDICTOS EDICTO NOTARIAL ANTE ESTA NOTARIA SE HA PRESENTADO ANTE MÍ LA SEÑORA SONIA GLADYS APOLINARIO, IDENTIFICADA CON DNI 29564004, SOLICITANDO SER DECLARADA PROPIETARIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN HABILITACION URBANA CENTRO POBLADO DE SERVICIOS BASICOS EL PEDREGAL MZ. A8 LOTE 8, DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P06113843 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII SEDE AREQUIPA, SIENDO SU TITULAR REGISTRAL AUTODEMA, QUIEN HA INFORMADO QUE DICHO PREDIO HA SIDO ADJUDICADO A GREGORIA BERNANDINA QUISPE MOLLENEDO. LOS INTERESADOS ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL UBICADO MANZANA 3E, LOTE 19, DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. RUBÉN RAÚL BOLÍVAR CALLATA. NOTARIO DE AREQUIPA. (13-19-25 mayo) B/E 031-3253. EDICTO NOTARIAL ANTE ESTA NOTARIA SE HA PRESENTADO ANTE Mi HEBERT BUSTAMANTE MARROQUIN, IDENTIFICADO CON D.N.I. N° 80386533, ESTADO CIVIL SOLTERO, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL VEHÍCULO DE PLACA DE RODAJE XU3629, CARROCERÍA BARANDA, MARCA TOYOTA, MODELO DYNA, SERIE N° BU870001617, MOTOR N° 14B1039968, AÑO DE FABRICACIÓN 1989, COLOR VERDE, AMARILLO Y ROJO, POR ESTAR EN POSESION POR MAS DE CUATRO AÑOS , NOTIFICANDOSE AL TITULAR REGISTRAL CCALLI TORRES MOÑUICO LIMACHI, FORTUNATO NICOLASA, POR LO QUE LOS INTERESADOS EN DICHA PETICION PUEDEN ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL. RUBÉN RAÚL BOLÍVAR CALLATA NOTARIO ABOGADO. MANZANA 3E, LOTE 19, DISTRITO DE MAJES. (19 mayo) B/E 031-3367. EDICTO Ante el 4º Juzgado Civil de Arequipa, Juez. Justo Andrés Quispe Apaza, con Esp. Montañez Ludeña Carlos AlbertoExpediente 06936-2014-0-0401-JR-CI-04; sobre Nulidad de Acto Jurídico; con Resolución N° 01, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por RUBÉN ESTANISLAO ÁLVAREZ VÁSQUEZ en contra de la sociedad conyugal conformada por VÍCTOR ÁLVAREZ ANCCA Y SILVERIA VÁSQUEZ VALER, REYNA ISABEL ÁLVAREZ DE CALLE y LUIS ALEJANDRO ÁLVAREZ VÁSQUEZ; sobre NULIDAD DE ACTOS JURÍDICOS; y, acumulativamente, en forma accesoria la CANCELACIÓN DE ASIENTOS REGISTRALES; en consecuencia, se confiere TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA días para su contestación, puedan hacer valer su derecho de defensa bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes; por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados. El presente edicto tiene por objeto que se proceda a notificar al demandado Luis Alejandro Álvarez Vásquez, para que se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; debido que el demandante ha agotado todas las posibilidades para conocer el domicilio del demandando. Arequipa 05, de mayo de 2016- Ervin Miguel Lierena Zavalaga, C.A.A 5118. CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S). (19-20-23 mayo) B/E 031-3357.

REMATES PRIMER REMATE El día 02 de junio del 2016, a las 10.15 horas, en la sala de lectura del juzgado, sito en la Urbanización Guardia Civil III Etapa, calle Alberto Labeau S/N, Paucarpata; ORDENADO POR EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO CIVIL, MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA – Dr. LINO ZUÑIGA PORTOCARRERO - Expediente Nº 0039-2013 - Especialista Legal Dra. FIORELLA BOLIVAR CALLATA; En el proceso de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue ALVARO ENRIQUE RODRIGUEZ DELGADO contra EVA LUISA LAYME ALFARO. SE REMATARA: los derechos que le corresponden a la demandada en el inmueble ubicado en Barrio Marginal Manuel Prado, Mz. L, Lote N° 17, Zona B, Distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA en la Partida Nº P06049202; TASACIÓN TOTAL DEL INMUEBLE= U.S.$.128,381.40, TASACIÓN DEL 25% QUE CORRESPONDE A LA DEMANDADA= U.S.$.32,095.35 - BASE DEL REMATE = U.S.$.21,396.90. AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA, hasta

por U.S.$.3,500.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°04). 2).- MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, hasta por U.S.$.5,600.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°05). 3).MODIFICACIÓN DE HIPOTECA, hasta por U.S.$.3,500.00, a/f de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR S.A. (Asiento N°06). 4).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.2,800.00, sobre los derechos de EVA LUISA LAYME ALFARO; Exp. 003-1999, Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°07). 5).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.2,900.00, sobre los derechos de EVA DORA ALFARO LIZANO VDA. DE LAYME; Exp. 004-2000, Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°08). 6).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.4,000.00, sobre los derechos de EVA LUISA LAYME ALFARO; Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°09). 7).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CARMEN CURASI CRUZ, hasta por S/.5,000.00, sobre los derechos de EVA DORA ALFARO LIZANO VDA. DE LAYME; Juzgado de Paz de Manuel Prado, Paucarpata. (Asiento N°10). 8).- DESMEMBRACIÓN, se ha subdividido en dos lotes, Lote 17 con un área de 133.69 m2. y Lote 17-A con un área de 50.61 m2. Quedando inscrito en esta partida (P06049202) el Lote 17. (Asiento N°11). 9).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de ELVIS CARLOS NEIRA MESTAS, hasta por S/.3,450.00, Exp. 476-2008 en el 2do. J.P.L. del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata. (Asiento N°12). 10).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, hasta por S/.13,000.00, Exp. 265-2013 en el 1er. J.P.L. del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata. (Asiento N°13). 11).- EMBARGO, en forma de inscripción a/f de ALVARO ENRIQUE RODRIGUEZ DELGADO, hasta por S/.120,000.00, que origina el presente proceso. (Asiento N°14). LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a U.S.$.3,209.54, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PÚBLICO – REGISTRO N° 175 - Teléfonos 054-285020 – RPC-959692243 – RPM-966907733. Arequipa 18 de mayo de 2016. Fiorella Bolivar Callata Especialista Legal Primer Juzgado Civil Modulo Basico de Justicia de Paucarpata. (16-17-18-19-20-23 mayo) B/E 031-3311. PRIMER REMATE En los seguidos por ILDAURA ALEGRIA ANCO en contra de MARTIN ALBERTO GAMERO CHURA; sobre cobro de Alimentos en el expediente Nº 00624-2009-0-0402-JP-FC-01, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de Camaná, con intervención del Especialista Jorge Arenas Sandoval, habiendo designado al Dr. William Farfán Rodríguez, Martillero Publico con registro N° 188, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Villa Don Jorge, Manzana G. Lote 3, Distrito de Samuel Pastor, Provincia Camaná y Departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritos en la Partida Registral Nº 12005001 del Registro de Propiedad Inmueble, de los Registros Públicos de la Zona Registral XII Sede Arequipa. TASACIÓN S/. 30,000.00 (treinta mil con 00/100 Nuevos Soles). BASE DEL PRIMER REMATE: (2/3 partes de la tasación) S/. 20,000.00 (veinte mil con 00/100 Nuevos Soles). Porcentaje para participar del remate (10% de la tasación). Además del arancel judicial correspondiente. Afectaciones: 1) Embargo en forma de Inscripción, la que es materia del presente proceso; no conociéndose otros gravámenes DIA Y HORA DEL PRIMER REMATE: 02 DE JUNIO DEL 2016, A HORAS 08:30 M.D. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de espera del Juzgado de Paz Letrado de Camaná, esto es en Sede Casa de la Justicia de Camaná-Villa Zalasar s/n. MARTILIERO PUBLICO: DR. WILLIAN FARFAN RODRÍGUEZ Registro de Martillero Nº 188, teléfono: 958341589-204666. Arequipa, 12 de mayo del 2016.- Jorge Sandoval Arenas Secretario Judicial Juzgado de Paz Letrado de Camaná .- (18-19-20-23-24-25 mayo) B/E 031-3363.PRIMER REMATE JUDICIAL En el Expediente Nro. 3910-2013-0-0401-JP-CI-01 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por Elvis Carlos Neira Mestas endosatario en procuración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL SUR - PRESTASUR en contra de CARMEN LEONESA HUARACHI RIOS, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, por mandato del Juez Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, con la

intervención del especialista legal Edwin Apaza Campos; el Martillero Público Daniel Rodríguez Corrales ha señalado el día 31 de mayo del año 2016 a las 11.00 horas como fecha para el PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en Pueblo Joven Asociación Urbanizadora de Interés Social Juan XXIII, manzana U, lote 5, zona A, distrito de Miraflores, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, cuyas medidas perimétricas, área y linderos aparecen inscritos en la Partida Registral Nro. P06019480 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa; Remate que se llevará a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el sótano de la Sede de Corte, sito en Plaza España s/n, con Siglo XX, del distrito, provincia y departamento de Arequipa. TASACIÓN COMERCIAL: S/. 496,010.20 (cuatrocientos noventa y seis mil diez con 20/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 330,673.47 (trescientos treinta mil seiscientos setenta y tres con 47/100 nuevos soles). AFECTACIONES INSCRITAS: 1) Embargo a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa hasta por S/. 8,000.00. 2) Embargo a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sur materia de ejecución en el presente proceso judicial hasta por S/. 30,000.00. DEPÓSITO PARA SER POSTOR: 10% del valor de tasación: S/. 49,601.02. En efectivo o cheque de gerencia a su nombre y negociable, adjuntando el arancel judicial para participar en remate de bienes inmuebles que corresponda. Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario luego del acto de remate, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, Reglamento de la Ley del Martillero Público. Arequipa, 2016 mayo 10.- DANIEL RODRIGUEZ CORRALES MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 285 . EDWIN APAZA CAMPOS SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CERCADO-AREQUIPA. (18-19-20-23-24-25 mayo) B/E 031-3366.PRIMER REMATE En el expediente Nro. 00029-2015-0-0405-JM-C1-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, en los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa contra Vargas de Fernández, Victoria Manuela, Fernández Mogrovejo, Artemio Luis, Carbajal Dávila Martin Jesús y Fernández Vargas Aurora Eloisa, el señor Juez del Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Sede Majes, Dr. Oscar Quilluya Puma, Especialista legal Dr. Riveros Bejarano Galois Antonio, ha facultado al martillero publico Ing. Migue! Jiménez Mostajo, quien ha señalado para el día 03 de Junio del 2016 a horas 12:00 en la sala de espera de! Segundo Juzgado Mixto de Caylloma - Sede Majes, ubicado en la AV. Sabandia S/N Mz. 3 EB, Lote F-3 Pedregal, la Realización de! Primer Remate del bien inmueble ubicado en la Habitación Urbana Centro Poblado de Servicios Básicos e! Pedregal, MZ. A-17, Lote 14, departamento de Arequipa, provincia de Caylloma, distrito de Majes, inscrito en la partida Nro. P06114146 de Registro de Predios de la Zona Registral XII SUNARP, Sede Arequipa. TASACION: US$ 91.624.00 Dólares Americanos, BASE US$ 61.082.66 Dólares Americanos para ser postor depositar no menos de 10% del valor de la tasación US$ 9,162.40 Dólares Americanos además del arancel judicial correspondiente el cual debe de constar el DNI del postor, el número de expediente y el juzgado. GRAVAMENES: No se conoce gravamen alguno. La comisión del Martillo Publico y el pago del IGV será cancelado por el adjudicatario inmediatamente terminado del acto del remate de acuerdo a la escala de comisiones determinado por el Art. 18 del D.S. N° 008-2005 JUS y están afectos al IGV. Especialista Legal Dr. Riveros Bejarano Galois Antonio. Ing. Miguel Jiménez Mostajo, Martillero Publico Reg. 080. Teléfono 959018606. Abog. Galois Riveros Bejarano SECRETARIO JUICIAL. (19-2023-24-25-26 mayo) B/Nº 031-3405. SEGUNDO REMATE El día 01 de junio del 2016 a las 12.15 horas, en el local del juzgado, sito en la calle Bolognesi s/n; ORDENADO POR LA JUEZA DEL JUZGADO DE PAZ DEL DISTRITO DE LA JOYA – Dra. VERONICA AMANDA BUTRON VELA – Expediente N° 0035-2014 – Especialista Legal Dr. YHONNY TUMI ALMONTE; En el proceso EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION que sigue FABIO ZEGARRA LEOCALLA contra MARTHA CASILLA MAMANI. SE REMATARA: el inmueble ubicado en Manzana A, Lote 3B, de la Urbanización CESAR GARRIDO LECCA SOTO del distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL XII – SEDE AREQUIPA en la Partida N° 11162466; TASACION = S/.45,730.44, BASE DEL REMATE = S/.25,913.92 AFECTACIONES: 1).- Prohibición de Transferencia de propiedad de vivienda financiada por el Fondo Mi Vivienda, según Escritura Pública de Compra Venta de fecha 14-042011, ante Notario BEGAZO DELGADO FERNANDO. 2).- HI-

POTECA, hasta por S/.43,200.00 a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR, SEGÚN Escritura de fecha 14-04-2011, Ante Notario BEGAZO DELGADO FERNANDO. 3.- CLAUSULA RESOLUTORIA celebrado mediante Escritura Pública de fecha 14-04-2011, ante Notario BEGAZO DELGADO FERNANDO. 4).- HIPOTECA, constituida por su propietaria a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL SUR hasta por S/.41,997.52 según Escrituras de fechas 27 -03-2013 y 06-05-2013 ante Notario MOROTE VALENZA AUGUSTO. 5).- EMBARGO a favor de FABIO ZEGARRA LEOCALLA hasta por S/. 16,000.00 Exp.28-2013 JPL La Joya. 6).- EMBARGO a favor de FABIO ZEGARRA LEOCALLA hasta por S/.13,000.00 Exp.35-2014 JPL La Joya, que origina el presente proceso. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositaran en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/.4,574.00, adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Publico más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata concluido el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371)(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18)ARMANDO PEREZ ANGULO – MARTILLERO PUBLICO – REGISTRO N° 175 – Tf. 285020 – 959692243 - #966907733. Arequipa 09 de mayo de 2016. YHONNY C. TUMI ALMONTE SECRETARIO. (19-20-23 mayo) B/Nº 031-3409. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA contra CREACIONES EDU EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN SU CALIDAD DE DEUDORA PRINCIPAL Y BETTY SILVIA TICONA MAMANI y EDUARDO FELIX TICONA HUANCAHUIRE AMBOS EN SU CALIDAD DE FIADORES SOLIDARIOS, CON NOTIFICACION A LOS TERCEROS SCOTIABANK SAA; BANCO CONTINENTAL, CREDISCOTIA FINANCIERA; BANCO FINANCIERO DEL PERU y BANCO DEL CREDITO DEL PERU Y ESTANDO APERSONADA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA COMO TERCERO ACREEDOR NO EJECUTANTE POR CREDITOS DISTINTOS AL MATERIA DE REMATE; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 2593-2013-0-0401-JR-CI-03, el Tercer Juzgado Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Chávez Mamani Zoilo Alcides, Especialista legal Dra. María del Pilar Paz Zevallos, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en el Pueblo Joven Apurímac Mz. H Lote 9, (Hoy denominado Calle Chachapoyas N° 310) Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida electrónica Nº P06001206 del Registro de Propiedad Inmueble – Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN JUDICIAL:S/. 271,058.09 (doscientos setenta y un mil cincuenta y ocho con 09/100 Soles). BASE DE REMATE:S/. 180,705.39 (ciento ochenta mil setecientos cinco con 39/100 Soles), equivalente a las 2/3 partes de la tasación.AFECTACIONES:As. 00005 CONSTITUCION DE HIPOTECA que constituye el propietario hasta por la suma de US$10,000.00, para garantizar sus obligaciones directas, indirectas, existentes y futuras, y las de Betty Silva Ticona Mamani, derivadas de crédito; a favor de la CAJA MINICIPAL Y CREDITO AREQUIPA. As. 00007 MODIFICACION DE HIPOTECA Ratificación y aclaración de la hipoteca inscrita, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa hasta por la suma de US$10,000.00, otorgado por su propietario para garantizar un crédito a su favor y de su cónyuge Betty Silvia Ticona Mamani hasta por la suma de S/.28,000.00 nuevos soles, mediante Escritura Pública de fecha 05/09/2002 ante Notaria Elsa Holgado De Carpio. As. 00008 MODIFICACION DE HIPOTECA Se amplía la hipoteca que corre inscrita en el asiento 09 de esta partida hasta por la suma de US$13,507.00 dólares americanos. Todas las deudas y obligaciones propias, existentes o futuras que haya obtenido u obtenga el propietario, sin necesidad de ratificación o modificación alguna. As. 00009 MODIFICACION DE HIPOTECA Se modifica la hipoteca inscrita en el asiento 0008, en el sentido que se amplía el monto del gravamen hasta por el monto señalado; asimismo, dicho gravamen garantizara, además de las ya garantizadas, todas las obligaciones derivadas de una línea de crédito otorgada hasta por la suma de US$12,000.00 dólares americanos a favor de Eduardo Félix Ticona Huancahuire y Betty Silvia Ticona Mamani. As. 00011 MODIFICACION DE HIPOTECA Ampliación, modificación y ratificación de garantía hipotecaria, que otorga sus propietarios, quienes ratifican y amplían la hipoteca contenida en el asiento 005 y sus referentes contenidos en los asientos 007, 008 y 009 de esta partida registral hasta por el monto de US$38,343.00 dólares americanos. Asimismo la presente hipoteca se modifica en garantía del cumplimiento de las obligaciones que se derivan del contrato de préstamo

concedido a la parte prestataria (CREACIONES EDU EIRL), hasta por la suma de S/. 85,000.00 nuevos soles y demás obligaciones contenidas en la cláusula sexta, de la escritura pública de fecha 23/06/2010 de la Notaria Elsa Holgado De Carpio, y que es materia del presente remate. As. 00012INSCRIPCION DE EMBARGO Por Resolución Nº 02 de fecha 24/05/2013 recaída sobre el expediente 2024-2013 sobre Obligación de dar suma de dinero, el Juez del Séptimo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, ha resuelto DICTAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION el cual recae sobre los derechos de propiedad que le corresponden a los demandados Eduardo Felix Ticona Huancahuire y Betty Silvia Ticona Mamani, respecto del predio inscrito en la presente partida hasta por la suma de US$9,000.00 a favor del demandante SCOTIABANK PERU S.A.A. As. 00013 INSCRIPCION DE EMBARGO por Resolución Nº01-2013 de fecha 17/06/2013 recaída sobre expediente 2840-2013-91-0401-JR-CI-06 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Sexto juzgado especializado en lo Civil de Arequipa han resuelto: DICTAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION el cual deberá recaer sobre los derechos espectaticios que le corresponden al demandado Eduardo Felix Ticona Huancahuire respecto del predio inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/.90,000.00 a favor de Banco Continental. As. 00014 INSCRIPCION DE EMBARGO Por Resolución judicial Nº 01-2013 sobre el expediente Nº 1273-2013, el Sexto Juzgado de Paz Letrado ha resuelto dictar medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA sobre el inmueble inscrito en esta partida propiedad de Betty Silvia Ticona Mamani y Eduardo Félix Ticona Huancahuire hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles. As. 00015 INSCRIPCION DE EMBARGO Por Resolución judicial Nº 02 del 03/09/2013, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa ordena trabar Embargo en forma de Inscripción Fuera del Proceso, sobre el expediente Nº 4338-2013, seguido por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. en contra del demandado Eduardo Félix Ticona Huancahuire hasta por la suma de S/.16,000.00 nuevos soles, sobre los derechos expectaticios que el demandado tiene en el inmueble de esta partida. As. 00016 INSCRIPCION DE EMBARGO Por Resolución judicial Nº 01 del 18/06/2014, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Expediente 2876-2014, concede medida cautelar fuera del proceso a favor del BANCO FINANCIERO DEL PERU, bajo la modalidad de EMBARGO en forma de inscripción sobre los derechos espectaticios que tiene el demandado Eduardo Félix Ticona Huancahuire hasta por la suma de S/. 34,000.00 nuevos soles. As. 00017 INSCRIPCION DE EMBARGO Por Resolución judicial Nº 01 del 07/10/2014, el Juez del Segundo Juzgado especializado en lo civil de Arequipa, ordenan trabar Embargo en forma de Inscripción, sobre el expediente Nº 7281-2014, seguido por el BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra del demandado Eduardo Félix Ticona Huancahuire hasta por la suma de S/. 50,000.00 nuevos soles, sobre los derechos expectaticios que el demandado tiene en el inmueble de esta partida. DIA Y HORA DE REMATE: El 27de junio de 2016 a las 11:00 horas. LUGAR DEL REMATE:En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES:deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario deacuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público – Reg. N° 305. Maria del Pilar Paz Zevallos Secretaria Judicial. (19-20-23-24-25-26 mayo) B /E 031-3380. SEGUNDO REMATE En los seguidos por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU INTERBANK , representado por Guillermo Eduardo Canevaro Neira, en contra de MARITZA MILAGROS CRUZ CHAMBI Y JOSE ANTONIO VILCA OCHOCHOQUE, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; 00346-2015-0-0410-JM-CI-02; la señorita Juez Juez del Segundo Juzgado Mixto – Sede MBJ Mariano Melgar, Dra. Mabel Leticia Pacheco Cuelllar, con intervención del Especialista Legal Dr. Obed Vargas Gamarra, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en la calle SAN MARTIN N° 209 (MANZANA X-1, LOTE 14B) DISTRITO DE MIRAFLORES, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° PO6234749, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS

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REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/. 594,351.86 (quinientos noventa y cuatro mil tres cientos cincuenta y uno 86/100 soles); PRECIO BASE: S/. 336,799.38 (tres cientos treinta y seis mil setecientos noventa y nueve 38/100 soles) , equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente menos el 15% por tratarse de segundo remate; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA hasta por la suma de US$164,733.71 dólares americanos a favor de Banco Internacional del Perú S.A.A., así consta inscrito en el asiento 000011, afectación que se halla inscrita en la partida Nº PO6234749, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Jueves 26 de mayo del 2016, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara dentro del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar y en el frontis del Segundo Juzgado Mixto (ubicado en la esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junín S/N – Mariano Melgar - Arequipa); LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/. 59,435.19) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2016, mayo 16.- MARLENE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. OBED VARGAS GAMARRA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO MODULO B. DE JUSTICIA MNO. MELGAR. (18-19-20 mayo) B/E 031-3370.

RECTIFICACIONES AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Regina Nilda Challa Tancayllo quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores (Cerro Colorado) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Cerro Colorado -Arequipa el siete de setiembre de mil novecientos setenta; hija de don Pedro Pablo Challa Sivincha y de doña Marina Tancayllo Velasco de Challa, y que fue bautizada en la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores (Cerro Colorado) - Arequipa el siete de diciembre de mil novecientos setenta. Fueron sus padrinos don Emilio Samillan Canasa y doña Martina Mamani de Samillan. Arequipa, 16 de mayo del 2016.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (17-18-19 mayo) B/E 031-3333.RECTIFICACION DE PARTIDA Ante la Vicaría Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado la señora Hilda Antonieta Medina Revilla,solicitando la rectificación de la Partida de Bautismo de Juan Pablo Medina Tobar, registrada en el Libro 24, foja 241 del Archivo Parroquial de Santa Ana (Chuquibamba), en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘13 de octubre de 1900’; sus nombres aparecen como ´Juan Pablo’; su apellido materno aparece como ´Tobar’; su madre aparece como ´Carolina Tobar’.Pide que sea corregida de la siguiente manera: Nació el “14 de octubre de 1900”. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Juan’. Su apellido materno es ‘Tovar’. Su madre es ´Carolina Tovar’. Debiendo el titular figurar como JUAN MEDINA TOVAR. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 16 de mayo del 2016.- Pbro. Lic. Fermín Quispe Espinal. Vicario Judicial de la Prelatura de Chuquibamba. (18-19-20 mayo) B/Nº 031-3354. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Gladys Gómez Obando Vda. de Zavaleta, quien solicita por única vez la Rectificación de su Partida de Bautismo, registrada en el Libro 20, foja 132, N° 06 del Archivo de la Parroquia San Juan Bautista (Yanahuara) - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘cinco de diciembre’; sus nombres aparecen como ‘Gladis Barbarita’. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el ‘04 de diciembre de 1933’. Se le suprima el segundo nombre ‘Barbarita’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Gladys’. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como GLADYS GOMEZ OBANDO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 16 de mayo del 2016.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial • Arzobispado de Arequipa. (18-19-20 mayo) B/Nº 031-3354. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Inés Vilma Silloca Quico quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción (Chivay) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Lari - Caylloma el quince de enero de mil novecientos ochenta y dos; hija de don Félix Hipólito Silloca Mamani y de doña Juana Agripina Quico Panta, y que fue bautizada en la Iglesia Purísima Concepción (Caylloma) - Arequipa el seis de abril de mil novecientos ochenta y seis. Fueron sus padrinos don Luis Collantes Quico y doña Antonia Quico Panta. Arequipa, 17 de mayo del 2016.- DR. WALTER TOMS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

(18-19-20

mayo) B/E 031-3365.

AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado José Alberto Ordóñez Rodríguez quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Yarabamba - Arequipa el once de abril de mil novecientos setenta y cinco; hijo de don Jorge Alberto Ordóñez Cárdenas y de doña Clorinda Elizabeth Rodríguez Gutiérrez de Ordóñez, y que fue bautizado en la Basílica Catedral de Arequipa el veintiocho de setiembre de mil novecientos setenta y cinco. Fueron sus padrinos don Manuel Ordóñez Rondón y doña Abigail Lazo de Ordóñez. Arequipa, 17 de mayo del 2016.- DR. WALTER TOMS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO. (18-19-20 mayo) B/E 031-3362. AVISO-RECTIFICACION En el Expediente N° 453-2016 seguido ante el Sexto Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Juez Marien Heidy Quispe Flores, Especialista Legal Italo Enrique Cusirimay Fuse, en proceso no contencioso se admitió a trámite la solicitud de Rectificación de Estado Civil presentada por Ernesto Enrique Ríos Nieto solicitando la RECTIFICACION de su ESTADO CIVIL en su DNI, para que por sentencia se disponga que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil rectifique su estado civil de casado a soltero, y en lo sucesivo dicho dato figure en su DNI como SOLTERO pues el recurrente tiene tal condición, pues tal dato fue consignado por una declaración indebida del recurrente, tómese razón y hágase saber. JOEL A. ALARCON MANRIQUE ABOGADO C.A.A. 4986. (19 mayo) B/E 031-3360. CAMBIO DE NOMBRE ANTE EL TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPEIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, EXPEDIENTE 741-2016 PROCESO NO CONTENCIOSO JUEZ: Dr. CHAVEZ MAMANI, ZOILO ALCIDES, ESPECIALISTA : PAZ ZEVALLOS MARIA DEL PILAR, EXPIDIÓ LA RESOLUCION 02-2016 ADMITIENDOSE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE, EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 18120 ANTE EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TUTI DE LA PROVINCIA DE CAYLLOMA REGION AREQUIPA, POR: JOSEPH GABRIEL CHURO CHOQUE, A FIN DE QUE EN LO FUTURO QUEDE COMO: JHOSELIN LUCIANA, CHURO CHOQUE, SOLICITANDO LA ANOTACION MARGINAL EN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, AREQUIPA 17 DE MAYO DE 2016, JUAN PINEDO MENDOZA C.A.A. 7785. JUAN PINEDO MENDOZA ABOGADO C.A.A. 7785. (19 mayo) B/E 031-3364. EDICTO Ante el Treceavo Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Dr. Chavez Mamani Zoilo Alcides , Expediente 1905-0206-0-0401-JRCI-03, Especialista Legal Herrera Miranda Jenny Del Carmen, en la vía del proceso no contencioso se solicita el CAMBIO DE NOMBRE del Señor JEAN CARLO HUANACO MUÑOZ a JEAN CARLO PAREDES MUÑOZ por ser este el nombre con el que quisiera permanecer ya que podría ser capaz de desenvolverse de manera personal y socialmente, accesoriamente se disponga el cambio de su apellido en su PARTIDA DE NACIMIENTO, vía rectificación, en la que ostenta el apellido de HUANACO debiendo ser PAREDES. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa, 17 de mayo de 2016 - Sandra Ayme Riveros Vilca - Abogada - Registro 8129.- (19 mayo) B/E 031-3376. CAMBIO DE NOMBRE. SUPRESION DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE EXPEDIENTE; 01873-2016-0-040l-JR-CI-07.- ESPECIALISTA LEGAL: DRA. KENIA MALENA RISCO BERROCAL. ANTE EL 07° JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICAL DE AREQUIPA (SEDE CENTRAL), QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ, DR. RAFAEL AUCAHUAQUI PURUHUAYA, LA SEÑORITA MONICA ROJAS ATAHUALPA SOLICITA EN LA VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO EL CAMBIO DE MI NOMBRE QUE DEBERÁ REALIZARSE SOBRE MI PARTIDA DE NACIMIENTO A EFECTOS DE QUE QUEDE DE LA SIGUIENTE MANERA: EL PRENOMBRE DE “MONICA” DEBERÁ DE SER CAMBIADO POR LOS PRENOMBRES DE “VERONICA CRHIS”; Y SU SEGUNDO APELLIDO “ATAHUALPA” DEBERÁ SER CAMBIADO POR EL DE “JIMENEZ”; DEBIENDO QUEDAR EN ADELANTE COMO: “VERONICA CRHIS ROJAS JIMENEZ”. AREQUIPA 17 MAYO DEL 2016. DR. CRUZ JIMENEZ JUAN CARLOS MAT. C.A.A. 00716 ABOGADO. (19 mayo) B/E 0313374. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ MARIA KARINA RODRÍGUEZ CÁRDENAS DE FUENTES SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “MOISES RODRIGUEZ MANSILLA”, DEBE DECIR: “MOISÉS VÍCTOR RODRÍGUEZ MANSILLA” ASÍ COMO EL NOMBRE DE SU MADRE QUE DICE: TROSPERINA CÁRDENAS DEL CARPIO DE RODRÍGUEZ”, DEBE DECIR: “NARSISA PROSPERINA PRUDENCIA CARDENAS DEL CARPIO DE RODRIGUEZ”. AREQUIPA, 17 DE MAYO DE 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (19 mayo) B/E 031-3371. CAMBIO DE NOMBRE Ante el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar a cargo del Juez doctor Luis

Eduardo Madariaga Condori y del Especialista Legal doctor Erwin Rommel Márquez Galarza, en el Proceso no Contencioso de Cambio de Nombre que se tramita en el Expediente N° 02354-2015-0-0410-JM-CI-01, don MARIO JESUS ESTREMADOYRO GARCIA y doña LORENA GONZALES TAYA solicitan el CAMBIO DE NOMBRE de su menor hija MARIA FERNANDA ESTREMADOYRO GONZALES para que en lo sucesivo aparezca con el nombre de “MARIA GRAZIA FERNANDA ESTREMADOYRO GONZALES”, sin que altere su condición civil ni constituya prueba de filiación y al efecto se disponga la inscripción correspondiente en el ACTA DE NACIMIENTO N° 68251021 de la Oficina del Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Lo que se comunica para los fines de ley. AREQUIPA, 16 MAYO 2016. ANGEL GUSTAVO CHIRINOS ARIAS ABOGADO C.A.A. REG. Nº 1113. (19 mayo) B/E 031-3356. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: TIMOTEO ESTANISLAO SALAS CORRALES, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA LA OMISION DEL SEGUNDO NOMBRE Y DEL APELLIDO MATERNO DE SU PADRE, YA QUE APARECE COMO: VICTOR SALAS, DEBIENDO SER: VICTOR MIGUEL SALAS CORNEJO. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2016 MAYO 13. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3353. RECTIFICACION DE PARTIDA A MI, OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN 124 OF. 1 y 2 AREQUIPA, SE PRESENTÓ: FRANCISCO SALAS CORRALES, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA LA OMISION DEL SEGUNDO NOMBRE Y DEL APELLIDO MATERNO DE SU PADRE, YA QUE APARECE COMO: VICTOR SALAS, DEBIENDO SER: VICTOR MIGUEL SALAS CORNEJO. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2016 MAYO 13. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3353. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO, SE HIZO PRESENTE: JULIA YULISSA GAMERO SALAZAR, EN REPRESENTACIÓN DE NOLBERTO ANTONIO CARDENAS ROSAS SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL ÚLTIMO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “NOLBERTO CARDENAS VARGAS”, DEBE DECIR: “ESTANISLAO NOLBERTO CARDENAS VARGAS”. AREQUIPA, 16 DE MAYO DE 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA ABOGADA C.N.A. Nº 24. (19 mayo) B/E 031-3352. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO, SE HIZO PRESENTE: FELIPA AURORA CARDENAS ROSAS, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “NOLBERTO CARDENAS VARGAS”, DEBE DECIR: “ESTANISLAO NOLBERTO CARDENAS VARGAS”.AREQUIPA, 16 MAYO DE 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA ABOGADA C.N.A Nº 24. (19 mayo) B/E 031-3352. RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante El Séptimo Juzgado Civil, del cercado de Arequipa . Exp. 01466-2015 , Especialista Dr. SANDRA CALLO CUEVAS , Proceso de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTOCAMBIO DE NOMBRE, en cumplimiento a las Resoluciones Nº. 02 y 03 LUIS ALBERTO PUMA MENDIGURI y MARISOL MERCEDES BENAVENTE , solicita de una parte el cambio de nombre de la Partida No. 3517, de la municipalidad Provincial de Arequipa , debiendo cambiar el apellido PUMA , por el de ALVAREZ , quedando cambiado el nombre como LUIS ALBERTO ALVAREZ MENDIGURI, asi mismo los recurrentes en forma conjunta proceden a solicitar dicha rectificación a efectuarse de igual forma , en la partida de nacimiento de su menor hijo RODRIGO ADRIAN PUMA BENAVENTE de No. 60942330, por ante la Municipalidad Provincial de Arequipa , para que en lo posterior aparezca como RODRIGO ADRIAN ALVAREZ BENAVENTE . Arequipa , 17 de Mayo del 2016. Dr. JAIME AGAPITO DEL CARPIO VILCA , Abogado C.A.A. 1259. (19 mayo) B/E 031-3351. AVISO RECTIFICACION DE PARTIDA De conformidad con los artículos 13 y 18 de la ley N°26662 - Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, se comunica que la señora RUTH ELIZABETH TORRES RIVERA ha presentado ante el Notario Público de Arequipa Dra. Glenny Alemán Padrón, con domicilio en la Urbanización La Esperanza (ADEPA) A - 10A, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA: 1. Partida de Nacimiento N°58 del año 1958 perteneciente a Ruth Elizabet Torres Rivera expedida por el Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, en la que: Se ha omitido consignar el primer prenombre del padre de la titular como “BONIFACIO”, el mismo que deberá adicionarse, siendo sus nombres completos “BONIFACIO JULIO TORRES NUÑEZ”, debiendo figurar en adelante como “BONIFACIO JULIO TORRES NUÑEZ”. Arequipa, 2016 mayo 13. GLENNY ALEMAN PADRON ABOGADO NOTARIO. (19 MAYO) B/E

Jueves, 19 de mayo del 2016

031-3375. RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Primer Juzgado Civil - Sede Paucarpata, expediente Nº 01801-2016, se presentan Jorge Ronald Arisaca Curasi y Felicia Sullca Huaman, solicitando la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO CUI Nº 62475441, de fecha 09/10/2010, inscrita en la Municipalidad Distrital de Paucarpata-Arequipa,. Correspondiente a Caleb Yerimy Arisaca Sullca; a efecto de corregir el pre nombre YERIMY por JEREMY , debiendo quedar en lo posterior como: CALEB JEREMY ARISACA SULLCA . Arequipa, 21 de abril del 2016. ALBERTO J. HUARCA PILLUCA ABOGADO MAT. C.A.A. 3310. (19 mayo) B/E 031-3387. SENTENCIA 2° JUZGADO MIXTO - Sede MBJ Mariano Melgar, EXPEDIENTE: 00181-2016-0-0410-JM-CI-02, MATERIA: SUPRESIÓN DE NOMBRE Y APELLIDO, JUEZ : PACHECO CUELLAR MABEL LETICIA, ESPECIALISTA: VARGAS GAMARRA OBED, DEMANDANTE: CAMA TOVAR, OLGA. Resolución Nro.04 SENTENCIA Nro. 90-2016 Mariano Melgar, veintiséis de abril Del dos mil dieciséis.- VISTOS: La solicitud y anexos que anteceden; y, CONSIDERANDO: Que; PRIMERO: Del petitorio La solicitante Olga Miriam Cama Tovar pretende suprimir su primer apellido “Cama” y la razón que invoca para ello es que por llevar dicho apellido ha sido víctima de constante burla, discriminación y humillación que afectan su dignidad y su. desarrollo psicológico, por lo que no puede desarrollarse normalmente, siendo que únicamente se viene identificando con el apellido Tovar. SEGUNDO: Definición del nombre y apellido Según Fernández Sessarego, el nombre es “la “expresión visible y social” medíante el cual se identifica e individualiza a la persona en sociedad, por lo que adquiere singular importancia dentro de los derechos de las personas.” (1). 2.1. El nombre tiene dos elementos: el Prenombre y los Apellidos. El Prenombre es el elemento individual, característico del sujeto, libre de toda vinculación preestablecida y es elegido por quienes tienen la facultad de imponerlo al recién nacido, que generalmente son sus progenitores. También se le le conoce como “nombre de pila” o “de bautismo”. 2.2. El Apellido es la designación común de una estirpe y permite distinguir la filiación y el parentesco de las personas. A diferencia de lo que sucede con el nombre, los apellidos no podrán ser asignados libre y arbitrariamente, con la excepción contemplada en el, artículo 23° del Código Civil, según el cual: “El recién nacido cuyos progenitores son desconocidos.- FERNANDEZ SESSAREGO, Carlos. “Derecho de las Personas”. Cultural Cuzco S..A. Editores. “. 5/e 1992. Pág. 80. debe ser inscritos con el nombre adecuado que le asigne el Registrador del Estado Civil.”TERCERO: Análisis 3.1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 29° del Código civil nadie puede hacer cambios ni modificaciones en su nombre salvo motivo justificado y mediante autorización judicial debidamente publicada e inscrita. Asimismo, el cambio de nombre (apellido) alcanza a los hijos menores de edad. 3.2. En el caso materia de la solicitud, la declarante señala que llevar el apellido “Cama” le genera problemas emocionales por cuanto sufre humillaciones y burlas constantes por parte de su entorno social, lo que ha sido probado con la declaración testimonial actuada en autos, por lo que debe accederse a lo solicitado. .3. Asimismo, de la prueba aportada se advierte que la solicitante no pretende evadir la acción de justicia, ni acción policial o crédito alguno, por cuanto de los certificados presentado al proceso se advierte que no cuenta con antecedente auno. CUARTO: Sobre la publicación De conformidad con el artículo 31° del Código civil, a fin de garantizar que cualquier persona que pueda verse perjudicada con la autorización de cambio efectuada pueda impugnar judicialmente la decisión en la vía del proceso abreviado; es necesario que se efectúe la publicidad respectiva, cumpliendo además lo dispuesto por el artículo 29° del acotado código civil. Por lo que, administrando justicia en nombre de la Nación, RESUELVO: Declarar FUNDADA la solicitud; en consecuencia, AUTORIZO como cambio de nombre lo siguiente: Que; En la partida de nacimiento N° 31 de fecha 17 de febrero de 1992, inscrita en el Registro de Identificación del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Puno, el nombre de la titular figure como OLGA MIRIAM TOVAR, suprimiéndose el primer apellido “Cama”. Para lo cual, se cursará el oficio con el parte judicial respectivos a la municipalidad indicada a fin que efectúe la anotación correspondiente, previa publicación de la presente resolución por un día en el diario Oficial El Peruano y en el diario la República y el pago del arancel correspondiente por cada parte judicial. Así lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese.- Corte superior de Justicia de Arequipa _ Obed Vargas Gamarra Especialista Legal Segundo Juzgado Mixto Modulo Basico de Justicia de Mariano Melgar.- (19 mayo) B/E 031-3355.

SUCESIONES SUCESIÓN INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI, ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ MARIA TARCILA BRAVO LAZARTE SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU PADRE ALEJANDRINO BRAVO ROSAS; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 09 DE MAYO DE 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A. Nº 24. (19 mayo) B/E 031-3373.

SUCESION INTESTADA EXP. N° 0233- 2016.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA ABDON WENCESLAO MALAGA VALDIVIA, SOLICITANDO LA DE HERMES MOISES MALAGA VALDIVIA, FALLECIDO EL 27 DE SETIEMBRE DE 2015, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA 16 DE MAYO DEL AÑO 2016. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (19 mayo) B/E 031-3372. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: FAVIA NERY MORON DE LOPEZ, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU CONYUGE CESAR LEONIDAS LOPEZ SALAS, FALLECIDO EL 28.02.2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPÉRSTITE: FAVIA NERY MORON DE LOPEZ Y A SU HIJO JUAN CARLOS LOPEZ MORON. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 16.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3369. SUCESIÓN INTESTADA Ante mi despacho se ha presentado Percy Máximo Taipe Taquima, solicitando la Sucesión Intestada de Santusa Taquima Merma, fallecida el 15-08-2015, en Arequipa y se declare como su heredero a: Percy Maximo Taipe Taquima, en condición de hijo de la causante, Lo que se comunica conforme a la Ley 26662. Arequipa, 16-05-2016. Jaime Lima Hercilla. Notario Público. Asoc. Villa Aviación G-9, Ciudad Municipal, Yura, Arequipa. (19 mayo) B/E 031-3350. SUCESION INTESTADA EXP. N° 0234.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA JAVIER HELBERT URDAY DAVILA, SOLICITANDO LA DE TULA JOSEFA URDAY DAVILA, FALLECIDA EL NUEVE DE MAYO DEL AÑO 2016, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA 16 DE MAYO DEL AÑO 2016. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (19 mayo) B/E 031-3359. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: SATURNINA PRIETO BACA VIUDA DE SALAS Y ALDO PERCY SALAS PRIETO, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: HONORIO PASCUAL SALAS ZEGARRA, FALLECIDO EL 13 DE AGOSTO DEL 2001, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: SATURNINA PRIETO BACA VIUDA DE SALAS E HIJO ALDO PERCY SALAS PRIETO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 04.05.2016.- CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3349. SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado ROSA ANGELICA CABELLO DE VELARDE, solicitando la Sucesión Intestada de su cónyuge, MARCELINO MARIO VELARDE BEDREGAL, fallecido el 27 de abril de 2016, teniendo como último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 13 de mayo del 2016. Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa Urbanización Señorial A-3, Cayma. (19 mayo) B/E 031-3383. SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado RUTH ESTELA CHACON DE ALVARADO, solicitando la Sucesión Intestada de su cónyuge, GERMAN ALVARADO ABARCA, fallecido el 15 de febrero de 2016, teniendo como último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 13 de mayo del 2016. Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa Urbanización Señorial A-3, Cayma. (19 mayo) B/E 031-3383.

PRESCRIIPCIONES RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333, INCISO 13.1, APARTADO B. ANTE MI CESAR AUGUSTO FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DELA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE MELGAR 214, SE PRESENTARON: DINO CESAR MANSILLA TORRES, INYCON DEL SUR S.A.C. DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR CARLOS JOSE ARENAS GOMEZ-PANDO Y LORENA EDIS PAMO NAMOC, SOLICITANDO SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA EJERCITO 1055 (AVENIDA EJERCITO SEGÚN CONSTA EN LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL), COMPRENSIÓN DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y

Jueves 19 de mayo del 2016

DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 04009466, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL NRO. XII- SEDE AREQUIPA, DE LA REVISIÓN DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL SE TIENE LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN: ÁREA: 1,268.17 METROS CUADRADOS, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS. POR EL NORTE: CHACRA DE LOS HEREDEROS DE DON DANIEL CHÁVEZ, AVENIDA EJERCITO POR MEDIO. POR EL SUR: CON LA CANOA. POR EL ESTE:CON TERRENOS DE DON ENRIQUE VIZCARDO, HOY CHALET PROPIEDAD DEL MISMO SEÑOR VIZCARDO. POR EL OESTE: CON LA CHACRA DEL DOCTOR MOISÉS MARISCAL QUEZADA Y TORRENTERA CHULLO POR MEDIO. SIN EMBARGO DICHOS DATOS NO CORRESPONDEN A LA REALIDAD FÍSICA DEL INMUEBLE, POR LO QUE HABIENDO REALIZADO UN LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO, LOS DATOS REALES DEL PREDIO SON: ÁREA: 1,660.00 METROS CUADRADOS POR EL FRENTE:CON AVENIDA EJERCITO, CON 20.41 MI. POR EL LADO DERECHO:CON PROPIEDAD DE DOROTEO DÍAZ REVILLA Y TORRENTERA, CON 12.66,7.50, 11.06,2.50,5.03,41.88, 29.22 Y 14.83 MI. POR EL LADO IZQUIERDO: CON PROPIEDAD DE ENRIQUE VIZCARDO VIZCARDO Y PROPIEDAD INSCRITA EN LA PARTIDA N° 11238187, PROPIEDAD DE MARCELINA ANTONIETA VIZCARDO CORRALES VIUDA DE LÓPEZ, CON 33.23, 24.84, 17.14, 1.44, 5.10, 4.35,4.64,2.61 Y 5.82 MI. POR EL FONDO:CON PASAJE LA CANOA, CON 3.34 MI. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 16.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (19-25-31 mayo) B/E 031-3361.PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI JAIME LIMA HERCILLA NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA , CON OFICIO NOTARIAL EN ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, DISTRITO DE YURA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO REIMER VALERY RAMOS PAREDES, PARA QUE LE DECLARE LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL SIGUIENTE VEHICULO: PLACA: CH1952; CLASE: AUTOMOVIL; MARCA: LADA; MODELO: 21074; CARROCERÍA: SEDAN; N° DE SERIE: XTA210740N0653485; N° DE MOTOR: 21062019757; AÑO: 1991; COLOR: BLANCO, SOLICITUD DIRIGIDA EN CONTRA DE VALENCIA MIRANDA URSULA HILARIA, EN CALIDAD DE TITULAR REGISTRAL. LO QUE HAGO SABER PARA FINES DE LEY, AREQUIPA, 16 DE MAYO DEL 2016. JAIME LIMA HERCILLA ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3350. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTARON: JUAN DONATO RODRÍGUEZ MONTUFAR Y ROSA MONTUFAR, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO: PUEBLO TRADICIONAL CAYMA MZ. A LOTE 1C, (CALLE ARRÓSPIDE NRO. 403) DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P6143063 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA, CON UN AREA DE: 314.69 M2. Y UN PERIMETRO DE: 90.22 ML.; ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: LIMITA CON LA CALLE ARROSPIDE, CON 3.60 Y 11.26 ML. DERECHA ENTRANDO: CON EL SUB LOTE 1 -D CON 2.60, 10.55,1.75, 4.50, 2.13, 8.20 ML. IZQUIERDA ENTRANDO: CON EL SUB LOTE 1-B CON 13.20, 1.00, 1.06, 8.33, 12.02 ML. FONDO: PROPIEDAD DE DIETER KLATETSKY HELMING CON 8.07 ML. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 16.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (19 mayo) B/E 031-3348. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi, FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO, Abogado - Notario de Arequipa, con oficio en Jerusalén N° 124 Of. 1 - Arequipa, se presentó: EVARISTA FLORA GUILLEN DE RUIZ DE CASTILLA, solicitando al amparo de la Ley 27157, su Reglamento y la Ley 27333, la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble signado como lote 32 de la Manzana K, de la Urbanización Tahuaycani, distrito de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa, predio que se encuentra inscrito en forma independiente, en la partida 01140314 del Registro de Predios de la linderos y medidas perimétricas. El titular registral es la: Municipalidad Provincial de Arequipa. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para que ejerciten su derecho, conforme a Ley. Arequipa, 11 de mayo del 2016.- FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (13-19-25 mayo) B/E 031-3262. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: ROCILA ZAPANA VARGAS, SOLICITANDO PRECRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL BIEN URBANO UBICADO EN ASOCIACIÓN PARQUE INDUSTRIAL PORVENIR AREQUIPA APIPA, MANZANA-D, LOTE-18, SECTOR-VI, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ESTE INMUEBLE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA P01148801 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA; ESTE INMUEBLE CUENTA CON UN ÁREA DE TERRENO 945.00 M2. ENCERRADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y PERIMÉTRICOS: -POR EL FRENTE : MANZANA E, AVENIDA 2 CON 20.00 ML -COSTADO DERECHO : LOTE N° 17 CON LÍNEA RECTA DE 47.25 ML. -COSTADO IZQUIERDO : CON EL LOTE NRO 19 CON LÍNEA RECTA DE 47.25.00 ML. -FONDO : CON EL LOTE N° 05 CON

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

LÍNEA RECTA DE 20.00 ML. -SU PERÍMETRO TOTAL ES DE 134.50 M. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 10.06.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B ABOGADO NOTARIO. (13-19-25 mayo) B/E 031-3256. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por CESAR AURELIO MACEDO MACEDO y TERESA BESSIE ARANZAES DE MACEDO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del ubicado en calle Ayacucho y Jerusalén 101, distrito, provincia, departamento Arequipa: SECCIÓN DOS. LOCAL COMECIAL 2: primer piso, AREA: 27.91 METROS CUADRADOS. LINDEROS- MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: calle Ayacucho, 3.43 metros. Derecha: Sección N° 1 con 6.71 metros. Izquierda: Sección 3 y 8 con 3.75, 1.25, 1.14, 0.61, 1.81 metros. Fondo: Sección 10, 9 con 5.30 metros. SECCIÓN DIEZ. LOCAL COMECIAL 10: Primer piso, AREA: 12.54 METROS CUADRADOS. LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: área común, con 3.15 metros. Derecha: Sección N° 9, con 3.31 metros. Izquierda: Sección 01 y 12, con 0.14, 0.65, 3.17 metros. Fondo: Sección 1, y 2, con 3.80 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2016 mayo 05. GORKY OVIEDO ALARCON ABOGADO NOTARIO. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por DELIA NOLBERTA OVIEDO GUEVARA DE RIOS y ROQUE FELIX RIOS BARRENO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio urbano ubicado en Centro Poblado Semi Rural Pachacutec Grupo Zonal N° 2, Manzana 7, Lote 2-A Zona “A” distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA: 207.98 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: avenida Los Incas, con 10.40 metros. Derecha: Lote 1, con 20.26 metros. Izquierda: Lote 2-A, con 19.90 metros. Fondo: lote 2-B y 2-C, con 10.30 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA 2016 ABRIL 26. DR. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por FRANCISCO SALOMON ADALBERTO CUADROS VELARDE, solicitando la PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en avenida Salaverry N° 706 Lara Tradicional, del distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA DE TERRENO: 521.95 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: avenida Salaverry, 14.40 metros. Derecha: con propiedad de Juana Vento Baldosea, con 7.10, 13.50, 0.81 y 3.96 metros. Izquierda: propiedad de Familia Postigo-Cuadros, con 4.05, 6.44, 4.70, 0.60, 8.20, 7.67 y 4.90 metros. Fondo: propiedad de familia Manrique-Del Carpio, con 2.24,5.72,13.39 y 9.95 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2016 abril 26. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por AUGUSTO PIO ALVAREZ PACHECO y LUPE EMPERATRIZ RODRIGUEZ DE ALVAREZ, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de un área de terreno ubicado frente a avenida aviación Km. 7.5 Pueblo Tradicional Zamacola, distrito Cerro Colorado, provincia, departamento Arequipa. AREA: 167.17 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: avenida Aviación, con 9.36 metros. Derecha: Propiedad de sucesión Cristina Álvarez Fuentes, con 17.86 metros. Izquierda: Propiedad de Abigail Álvarez Fuentes, con 17.86 metros. Fondo: Propiedad de Ester Álvarez Pacheco, con 9.36 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2016 abril 26. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por OSCAR WILBERT DIAZ PAREDES y ANABEL YOVANA TORRES TEJADA, solicitando PRESCRIPCION ADQUISITIVA de un área de terreno que forma parte del Predio denominado Alto Perú Centro Poblado Tiabaya, distrito Tiabaya, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 229.04 METROS CUADRADOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: propiedad de Oscar Wilbert Díaz Paredes, acequia por medio, con 17.07 metros. Derecha: U.C. 04893 propiedad de Guillermo Galdos Chacón, con 0.97, 1.07, 9.98 metros. Izquierda: propiedad de Eliana Beatriz Galván Lazo de Loli, con 14.91 metros. Fondo: U.C. 04893 propiedad de Guillermo Galdos Chacón, con 17.56 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2016 abril 29. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP. 365-2016-GOA.- A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por VICTOR ALFREDO VELA CORRALES y ROSARIO FRANCISCA MANTILLA CORZO, solicitando PRESCRIPCION ADQUISITIVA del predio ubicado en Centro Poblado Tiabaya, avenida Panamericana o Alto

Perú N° 218, distrito Tiabaya, provincia, departamento Arequipa. ÁREA TERRENO: 168.79 METROS CUADRADOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: Propiedad de Víctor Alfredo Vela Corrales, acequia por medio, con 9.91 metros. Derecha: Propiedad de Eliana Beatriz Galván Lazo de Loli, con 15.89 metros. Izquierda: Propiedad de sucesión Chávez-Salas, con 0.31, 0.61, 5.70 metros. Fondo: U.C. 048993 Propiedad de Guillermo Galdos Chacón, con 11.03 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 2016 abril 29. GORKY OVIEDO ALARCON NOTRAIO ABOGADO . (09-13-19 mayo) B/ N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP.351-2106-GOA.- A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ELIANA BEATRIZ GALVAN LAZO y CRIPTON ERIC LOLI GOMEZ, solicitando PRESCRIPCION ADQUISITVA de una área de terreno ubicado en centro Poblado Tiabaya, predio ubicado en Alto Perú, distrito Tiabaya, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 164.45 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: propiedad de Eliana Beatriz Galván Lazo de Loli, acequia por medio, con 11.24 metros. Derecha: propiedad Oscar Wílbert Díaz Paredes, con 14.91 metros. Izquierda: propiedad de Víctor Alfredo Vela Corrales, con 15.98 metros. Fondo: U.C. 04893 propiedad de Guillermo Galdos Chacón, con 4.34 y 6.04 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA 2016 ABRIL 29. GORKY OVIEDO ALARCON NOTRAIO ABOGADO . (09-1319 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ADA GABRIELA CANO CORDOVA, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio urbano ubicado en calle nueva 210, interior, distrito, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 17.92 METROS CUADRADOS: Frente: patio de acceso (Partida 01130557) 4.91 metros. Derecha: resto de la propiedad Partida 01130557 con 3.61 metros. Izquierda: propiedad de Ada Gabriela Cano Cordova Partida 2934, 3.72 metros Fondo: propiedad de asociación Polvos Blancos, 4.90 metros. Lo que se pone en conocimiento de los titulares regístrales público para los fines de ley. AREQUIPA 2016 MAYO 02. GORKY OVIEDO ALARCON NOTRAIO ABOGADO . (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP. 303-2014-GOA.- A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ZENOVIA NOGUERA CCALA y FRANCISCO PASTOR CALLO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del inmueble denominado calle Corbacho N° 114-A, que forma parte del predio ubicado en calle Corbacho 114 a 118, distrito, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 35.68 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: calle Corbacho 3.75 metros. Derecha: Resto de la propiedad (Tienda 1, Corbacho 114), con 6.50, 0.325, y 4.20 metros Izquierdo: Resto de la propiedad (Tienda 3, Corbacho 11-B) con 6.50, 1.00, y 4.20 metros Fondo: propiedad de Amilcar Viviano Huanca Medina (Departamento 1 PARTIDA N°01121342) con 2.925 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa 02 de mayo de 2016. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO . (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS Ante esta Notaría se ha presentado doña Lidia Chávez de Banda y don Antonio Banda, solicitando la rectificación de área, linderos y medidas perimétricas del terreno ubicado en el lote 23 manzana B. zona A. de la urbanización La Isla del distrito, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida 01178754 del Registro de Predios de Arequipa, en la que figura en forma errónea con el área de 271.47 m2 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE MIL DECIMETROS) con los siguientes linderos medidas perimétricas: Por el frente, Tercera torrentera, calle numero 3 por medio, con 12.00 metros: por el costado derecho, entrando, lote número 22. con 23.96 metros: por el costado izquierdo, entrando, con terrenos de cultivo de propiedad del señor Baca Castro, con 1 8.40 metros: por el fondo, con terrenos de cultivo de propiedad del señor Baca Castro, con 15.35 metros. EL ÁREA CORRECTA es de 314.52 M2 (TRESCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el frente, con la avenida Los Incas, parque por medio, con 3.01 metros. 2.05 metros: 3.66 metros y 5.26 metros, por el costado derecho, entrando con Juan Rodríguez Uribia. con 10,94 metros, 10.04 metros y 4.67 metros; por el costado izquierdo, entrando, con urbanización 9 de Octubre B-3 de Cecilia Castillo Cuba y Eddy Luz Sevincha Taucoyo, urbanización 9 de Octubre B-2 de Toribio Sevincha Abrigo y con la urbanización 9 de Octubre B-1 de Franco Mamani Cañazaca. con 1,85 metros y 18.26 metros: Por el fondo con urbanización 9 de Octubre B-1 de Franco Mamani Cañazaca. Residencial Panorama C-26 de Teresa Santillán Chávez Valdivia Y Rene Velásquez Salazar Residencial Panorama C-25, de José Rafael Farfán Jiménez, y con Residencial Panorama C-24. de Francisco Layme Medina, con 15.41 metros. Arequipa. 7 de marzo del 2016.- José Luis Concha Revilla NOTARIO-ABOGADO Av. Pumacahua N° 510 Cerro Colorado.- (09-13-19 mayo) B/N° 031-3164. RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIME-

TRICAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333. INCISO 13.1. APARTADO B, ANTE MI CESAR AUGUSTO FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE MELGAR 214, SE PRESENTARON: CARLOS CHAVEZ YLATAIPE, CARLOS JESUS CHAVEZ SALAZAR. HELBERT ARTURO CHAVEZ SALAZAR, Y JULIO ALVARO CHAVEZ SALAZAR, SOLICITANDO RECTIFICACION DE AREA. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA DOLORES NR0.141-B. JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01 153663, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA. SIENDO EL ÁREA, LINDEROS Y SUS MEDIDAS PERIMÉTRICAS ACTUALES: AREA: 1688.17 M2. POR EL FRENTE: CON LA AVENIDA DOLORES, EN LÍNEA RECTA DE 4.35 ML.- POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON PROPIEDAD DE ALEJANDRO GOMEZ ZEGARRA DIFESUR. ALEJANDRO GOMEZ ZEGARRA Y CALLE 01, EN LÍNEA QUEBRADA DE TRES TRAMOS DE 2.33, 50.87 Y 39.70 ML.- POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON PROPIEDAD DE CARLOS CHAVEZ YLATAIPE Y PROPIEDAD DE PERCY OLAZABAL SALAZAR SUR MOTORS, EN LÍNEA QUEBRADA DE CUATRO TRAMOS DE 31.83, 10.27, 8.19 Y 62.81 ML.- POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS, EN LÍNEA RECTA DE 24.33 ML.- PERÍMETRO 234.68 ML.PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 05.05.2016 CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09-13-19 mayo) B/N° 031-3159. RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333, INCISO 13.1, APARTADO B, ANTE MI CESAR AUGUSTO FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA. CON OFICINA EN CALLE MELGAR 214, SE PRESENTARON: CARLOS CHAVEZ YLATAIPE, CARLOS JESUS CHAVEZ SALAZAR. HELBERT ARTURO CHAVEZ SALAZAR, Y JULIO ALVARO CHAVEZ SALAZAR, SOLICITANDO RECITIFICACION DE AREA. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA DOLORES NR0.141-A, JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01093668. DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA. SIENDO SU ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS ACTUALES: AREA: 327.68 M2. POR EL FRENTE: CON LA AVENIDA DOLORES, EN LÍNEA RECTA DE 10.29 ML.- POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON PROPIEDAD DE CARLOS CHAVEZ YLATAIPE, EN LÍNEA RECTA DE 31.83 ML.POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON PROPIEDAD DE PERCY OLAZABAL SALAZAR SUR MOTORS, EN LÍNEA RECTA DE 31.94 ML.- POR EL FONDO: CON PROPIEDAD DE CARLOS CHAVEZ YLATAIPE, EN LINEA RECTA DE 10.27 ML.- PERÍMETRO 84.33 ML.- PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 05.05.2016.CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (0913-19 mayo) B/N° 031-3159. SANEAMIENTO DE AREA” A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa se ha admitido a trámite la solicitud presentada por AYDE NANCY CACERES MOLINA, VICTORIANO ABEL ARANA SOSA y TEOFILA ALMANZA PEREZ, JENNY SUSANA BRAVO CASTAÑEDA, MARIA DOLORES TORRES CHOQUE VIUDA DE ROSAS solicitando la RECTIFICACIÓN DE ÁREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS del inmueble ubicado en Avenida Los Incas Manzana “K” Lote 15, Urbanización Pablo VI, Segunda Etapa, distrito, provincia, departamento Arequipa. LINDEROS-MEDIDAS PERIMETRICAS: Frente: Avenida Los Incas 8.22 metros. Derecha: Lote N° 14, con 18.84 metros. Izquierda: Lote 16, con 18.84 metros. Fondo: Lote 18, con 8.22 metros. AREA: 154.86 METROS CUADRADOS. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa, 2016 abril 12.- GORKY OVIEDO ALARCON ABOGADO NOTARIO . (09-13-19 mayo) B/N° 031-3173. DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO Ante mi despacho se han presentado ISRAEL MANUEL ZEBALLOS PALAO Y JENIFER JANET NINA MANSILLA, solicitando se reconozca su Unión de Hecho por estar conviviendo de manera continua por más de dos años encontrándose libres de impedimento matrimonial, Lo que comunico de acuerdo a ley. Arequipa 16-05-2016. Jaime Lima Hercilla. Notario Público. Asoc Villa Aviación G-9, Ciudad Municipal, Yura, Arequipa. (19 mayo) B/E 031-3350. RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO. En mi Notaría: Diego Augusto Huanca Larico y Adeyla de Fátima Huarsaya Nieto piden el reconocimiento de la unión de hecho, por encontrarse libres de impedimento matrimonial para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, unión de hecho que se inició el 13 de setiembre del 2013 y que se mantiene hasta la actualidad.-Arequipa 13 de mayo del 2016. JOSE F. JIMENEZ MOSTAJO NOTARIO-ABOGADO Santa Marta Nº 104of. 1-Arequipa.- (19 mayo) B/E 031-3358.

EDICTOS PENALES EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016-2602-0 (Imputado) EDUARDO JAIME MIRAMIRA CUEVA, delito PELIGRO COMUN, agra-

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viado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 19-05-2016, 14:40, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Arones. .(13-16-17 mayo) Exp. 2016-2532-0 (Imputado) MAURICIO ADOLFO GALLEJOS LAJO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MAURICIO ABEL GALLEGOS QUISPE Y OTRA, DILIGENCIA 19-05-2016, 14:50 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones. .(13-16-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2010-4153-69 (sentenciado) JULIO CHACHAQUI CALISAYA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado la Sociedad, DILIGENCIA 21-06-2016, 08:30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA SIN SU PRESENCIA REPRESENTADO POR ABOGADO Y REVOCARSE PENA SUSPENDIDA; Secretario: Cjuno . .(13-16-17 mayo) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-179-0 JAVIER HONORIO MEZA CHÁVEZ, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-169-0 ROJAS LA ROSA GUILLERMO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES R.D.C.L., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2007-5004-0 QUISPE LLAMOCA ELEAZAR JOSE, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES E.R.Q.R., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-200-0 SARKCA ALVAREZ MAURO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES J.M.H., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-112-0 RAMOS CORDOVA FAUSTINO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado HUGO CCANSAYA TORRES., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2008-44-0 HUAMAN SAUME OSCAR, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2007-208-0 AGUIRRE LEVANO VICTOR FELIPE, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES Z.R.CH.I., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) Exp. 2004-53-0 MARIO MAGDALENO ALCASIHUINCHA LAYME, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES.39(AT.235)LA MISMA QUE DISPONE REPROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS 10:00 EN EL LOCAL DE LA SALA MIXTA DE CAMANÁ, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIAR SU CONDICIÓN JURÍDICA DE COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES POR LA DETENCIÓN; Secretario: Chuctaya . .(13-16-17 mayo) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-192-10 DARIO PEÑA URACCAHUA, delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado Menor de iníciales M.L.P.C., DILIGENCIA 09-08-2016, 16.30 hrs., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. .(13-16-17 mayo) EL TERER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1253-22 (Imputado) MATEO CESAR MIRANDA CONDORI, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado LUIS ANTONIO MIRANDA ALVIS , DILIGENCIA 1306-2016, 15:30, Sala 6, DECLARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN CASO DE INSISTENCIA ; Secretario: Monge. .(13-16-17 mayo) 4° Juzgado Civil EXPEDIENTE: : 03640-2006-0-040 l-JRCI-04, MATERIA: : IMPUGNACION DE RESOLUCION, JUEZ: : QUISPE APAZA JUSTO ANDRES, , ESPECIALISTA : : MONTAÑEZ LUDEÑA CARLOS ALBERTO, DEMANDADO: OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, DEMANDANTE : LLERENA MEDINA, LUCIANO PAULINO. Resolución Nro. 25 Arequipa, dos mil dieciséis Abril, once.- Proveyéndose en la fecha los escritos que anteceden, debido a la excesiva carga procesal que soporta este juzgado y al haber culminado el periodo vacacional; A LOS ESCRITOS N° 781-2016 Y N° 8297-2016: Por recibido los Oficios remitidos por la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa y por el Registro Nacional de Identificación y estado Civil, a conocimiento de la parte demandada. Y conforme al estado del proceso se procede a emitir la presente resolución; VISTOS; Y, CONSIDERANDO:

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La República

PRIMERO: El artículo 320° del Código Procesal Civil, Artículo 108.- Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando: 1. Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario (...) En los casos de los incisos 1. y 2., la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continúe el proceso con un curador procesal. Será nula la actividad procesal que se realice después que una de las partes perdió la capacidad o titularidad del derecho discutido, siempre que dicho acto le pueda haber generado indefensión. Si transcurridos treinta días no comparece el sucesor al proceso, el Juez debe designar a un curador procesal, de oficio o a pedido de parte.”. SEGUNDO: En el caso de autos, el demandante Luciano Paulino Llerena Medina, ha fallecido el día veinticinco de enero del dos mil catorce, tal como se corrobora con el acta de defunción que se ha adjuntado al oficio remitido por RENIEC, y no habiendo inscrito sucesión intestado ni testamento, corresponde notificarse mediante edictos a los posibles sucesores para que el plazo máximo de treinta días se apersonen al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal conforme a lo dispuesto en la norma antes señalada, debiendo de efectuarse la publicación de los edictos de la presente resolución, en mérito a lo dispuesto por el artículo 165° del mismo cuerpo legal, precisándose que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa debe de gestionar y realizar dicha publicación en atención a la naturaleza del presente proceso y que la parte demandada es la Oficina de Normalización Previsional. Fundamentos por los cuales SE RESUELVE: 1) ordenar que se notifique mediante edictos a los posibles sucesores de Luciano Paulino Llerena Medina para que en el plazo de treinta días, se apersone al proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso. 2) DISPONER que la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, efectué la publicación de los edictos en la forma y plazo establecidos en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, para lo cual cúrsese el oficio correspondiente. Tómese Razón y Hágase Saber. (13-16-17 mayo) 9 Juzgado Civil EXPEDIENTE: 05427-2015-0-0401 -JR-CI-02 , MATERIA: QUIEBRA, JUEZ: PINEDA GAMARRA EDGARD, ESPECIALISTA: GOMEZ CAMPOS EWART JOHANN, DEMANDADO COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL DE INDECOPI AREQUIPA DEMANDANTE: PROYECTOS Y NEGOCIOS SAC.- RESOLUCION NÚMERO 2 Arequipa, dos mil dieciséis. Abril, cuatro. Proveyéndose en la fecha debido a la excesiva carga procesal que soporta el Juzgado y al término de las vacaciones judiciales: AL ESCRITO 6807-2016: VISTOS: La demanda y la subsanación realizada y CONSIDERANDO: Primero - El artículo Primero del Título Preliminar del Código Procesal Civil consagra el derecho de toda persona para acceder a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, derecho que es de configuración legal, esto es que su ejercicio se encuentra regulado Ley. Segundo.- En cumplimiento de ello, se tiene que la solicitud presentada reúne los requisitos previstos por el artículo 424°, se han adjuntado los documentos pertinentes señalados en el 425°del Cód ¡go Procesal Civil, y no se encuentra incursa dentro de las causales generales de inadmisibilidad e improcedencia contenidos en los artículos 426°y 427°del mismo Código, advirtiéndose que en ella concurren los presupuestos procesales y las condiciones de la acción. Tercero.- De la solicitud presentada al amparo de glos artículos 889 y siguientes de la Ley 27809 Ley General del Sistema Concursal, se verifica que la solicitante PROYECTOS Y NEGOCIOS S.A.C, entidad liquidadora de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza, pretende que se declare la quiebra de esta sociedad conyugal. Cuarto.De la documentación adjuntada se advierte que se han cumplido los requisitos correspondientes teniendo en cuenta el balance final acompañado, por lo que estando a lo señalado por el artículo 99.2°de la Ley General Concursal, debe declarase la quiebra solicitada, la extinción de su patrimonio y la ¡ncobrabilidad de sus deudas. Por lo que, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de declaración de quiebra de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza, presentada por su entidad Liquidadora PROYECTOS Y NEGOCIOS S.A.C, en consecuencia se DECLARA la QUIEBRA de la Sociedad Conyugal conformada por Teófilo Espinoza Pérez y Leonor Turpo de Espinoza; La EXTINCIÓN de su patrimonio y la ¡ncobrabilidad de sus deudas; DISPONGO que se PUBLIQUE la presente Resolución por el término de dos días consecutivos en el diario oficial El Peruano; OFICIESE a la Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a fin de poner la presente Resolución en conocimiento de los Jueces. ORDENO que una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución, se inscriba la extinción del patrimonio del deudor y se expidan los certificados de ¡ncobrabilidad. Tómese razón y hágase saber. (13-16-17 MAYO) Proceso número 2015-7042-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: «AREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado PAUL HUERTAS HUERTAS, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en Plaza Grau 240 - Moliendo, el día SEIS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2015-7042-JPU, que por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra,

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en agravio de Camila Eyleen Huertas Aguirre . (13-16-17 MAYO) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 05599-2014-73-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO: JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a EDGAR CHOQUE JARA y BENITO HILARION CONDORIMAY HUAYHUA para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 19 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano, en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 05599-2014-73 seguido en contra de EDGAR CHOQUE JARA por delito de Usurpación Agravada en agravio de BENITO HILARION CONDORIMAY HUAYHUA.- SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (16-17-18 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 02584-2015-68-0401 -JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a SEBASTIAN GILBERT GOMEZ AGUILAR para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 18 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 02584-2015-68 seguido en contra de SEBASTIAN GILBERT GOMEZ AGUILAR por delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Impropia de Documento Público en agravio del Estado representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (16-17-18 mayo) 1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DENUNCIANTE DEMANDADO AGRAVIADO 06035-2016-0-0401 -JR-FC-01. VIOLENCIA FAMILIAR, ANYWSKA SOFIA GOMEZ FERNANDEZ, VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA CUARTA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , CHURA HUISA, ROGELIO, YANQUI YUCRA, LELIA La Señora Juez del Primer Juzgado Especializado de Familia, notifica a ROGELIO CHURA HUISA, LA RESOLUCIÓN NRO. 01-2016: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por el representante del Ministerio Público RENAN EDUARDO VALVERDE ORTIZ Fiscal Provincial de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, por VIOLENCIA FAMILIAR en contra de ROGELIO CHURA HUISA y en agravio de LELIA YANQUI YUCRA, en la VÍA DE PROCESO ÚNICO, en consecuencia TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. CONFIRMA la resolución trescientos catorce -dos mil dieciséis, expedida por la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia, por lo tanto, VIGENTES: las medidas de protección inmediatas en favor de la agraviada, consistentes en: Impedimento de acoso, prohibición de incurrir en nuevos hechos de violencia física y / psicológico a favor de la agraviada, medida que deberá cumplir estrictamente el demandado tanto en el domicilio de la víctima como en la vía pública. Al segundo otrosí: Conforme a lo dispuesto por el artículo 17 del reglamento de la Ley 26260, el artículo 297 TUO de la Ley orgánica del Poder Judicial, se concede a la agraviada el beneficio de gratuidad del proceso y se concede al demandado el plazo de tres días desde notificado con la presente para que concurra al local del Juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y anexos y obtener copias simples de dichos documentos, identificándose con su documento de identidad con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Notifíquese al demandado mediante edictos. (16-17-18 mayo) El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 1192-2009-0-0401-JP-FC-01, seguido por ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO, en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado LINO RENAN URQUIETA CASTRO, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha dos de noviembre del dos mil nueve: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de COBRO DE ALIMENTOS que ha promovido ERIKA DEL ROSARIO CARPIO DEL CARPIO en representación de los menores alimentistas Luciana Francesca Urquieta Carpió y Ana Flavia Amelia Urquieta Carpió en contra de LINO RENAN URQUIETA CASTRO, debiéndose tramitarse en la vía procedimental del PROCESO UNICO, por ofrecidos los medios probatorios propuestos, a sus antecedentes los anexos adjuntos. 2) CORRASE TRASLADO de la demanda y sus anexos al demandado, para que conteste dentro el plazo de cinco días siguientes de notificado, bajo apercibnimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. RESOLUCIÓN NRO. 13: De fecha 25 de abril del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado Lino Renán Urquieta Castro, con el contenido de la resolución número dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos,

conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 25 de abril del 2016. (16-17-18 mayo) QUE EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CAYLLOMA: JUEZ FLAVIO DIAZ MACHACA, ESPECIALISTA JUDICIAL CESAR MAMANI RIOS, SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL EXPEDIENTE NRO. 00014-2013-1 -0405-JR-PE-01 SEGUIDO POR EL DELITO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR EN AGRAVIO DE LA MENOR DE INICIALES VSQC AL IMPUTADO JAVIER FRANK IBARRA COAQUIRA POR EL TERMINO DE 10 DIAS PUEDA APERSONARSE AL PROCESO Y SE PONGA A DERECHO DE LA ACUSACION QUE TIENE EN SU CONTRA.. CHIVAY, 18 DE ABRL DEL 2016. (16-17-18 mayo) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Hunter, que despacha la señorita Jueza Shelah North Galagarza Pérez, en el expediente número 00638-2016-0-041 l-JP-PE-01, especialista Luisa Hortensia Gutiérrez Rodríguez, seguido en agravio de Emilson David Valencia Caicedo, sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, se ha dispuesto notificar a las personas de EMILSON DAVID VALENCIA CAICEDO, BRAYAN ALEJANDRO QUINTERO ANDRADE y PEDRO JABIER ROCHA GIRALDO con la Resolución uno, cuyo contenido es el siguiente: “SE CITA A JUICIO a las partes inculpada y agraviada para el día SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS DOCE HORAS en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Hunter; en los seguidos en contra de BRAYAN ALEJANDRO QUINTERO ANDRADE y PEDRO JABIER ROCHA GIRALDO y en agravio de EMILSON DAVID VALENCIA CAICEDO, sobre faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, previstas y sancionadas en el artículo 441 del Código Penal; bajo apercibimiento de declararse el desistimiento tácito en caso de inasistencia del agraviado.” (16-17-18 mayo) EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY, A CARGO DE JUEZ DOCTOR FLAVIO DIAZ MACHACA Y ESPECIALISTA LEGA CESAR MAMANI RIOS, EN EL EXPEDIENTE PENAL NRO. 00013-2014-98-0405-JR-PE-01, SEGUIDO POR EL DELITO DE HOMICIDIO POR EMOCION VIOLENTA POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE PAOLA LEONARDA CHUCTAYA CHACCA Y OTROS EN AGRAVIO DEL ESTADO SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO PENAL A FIN DE QUE SE EMPLACE CON EL REQUERIMIENTO MIXTO A LOS IMPUTADOS NICACIO SUPO HUARACHA, SANTIAGO SUPO HUARACHA Y CELEDONIO SUPO HUARACHA, A FIN DE QUE SE APERSONEN Y SE PONGA A DERECHO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS. CHIVAY, 19 DE ABRIL DEL 2016. (16-17-18 mayo) El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02852-2013-0-0401-JP-FC-07, seguido por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en contra de JULIO HUACHAUI HUACHAUI, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado JAVIER AMADOR CHIRINOS SARDI, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 01: De fecha 17 de octubre del 2013: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO, la presente demanda de COBRO DE ALIMENTOS, presentada por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en representación de la menor Jasmín Jenifer Achahui Soto, en contra de JULIO HUACHAUI HUACHAUI, y SE DISPONE: CONFERIR TRASLADO con la demanda a la parte demandada, por el plazo de CINCO DÍAS para su absolución, quien deberá acompañar a su contestación el anexo especial a que refiere el artículo 656 del Código Adjetivo glosado, sin cuyo requisito no se le admitirá; por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. RESOLUCIÓN NRO. 04: De fecha 23 de marzo del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado JULIO HUACHAUI HUACHAUI, con el contenido de la resolución número uno que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 01 de abril del 2016. (16-17-18 mayo) El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora Lourdes Cabrera Molina, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02492-2013-0-0401-JP-FA-07, seguido por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, sobre FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ACUMULATIVAMENTE COBRO DE ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha 21 de noviembre del 2013: SE RESUELVE: 1) DICTA MANDATO JUDICIAL DE DECLARACION DE PATERNIDADEXTRAMTRIMONIAL, interpuesta por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI conforme al artiuclo dos de la Ley 28459, bajo apercibimiento de expedirse declaración judicial de paternidad , haciéndose efectivo lo dispuesto en el articulo

Jueves, 19 de mayo del 2016

2 de la ley antes citada. 2) COMO PRETENSION ACCESORIA: EL PEDIDO DE ALIMENTOS a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, DEBIENDO cumplir el demandado con absolver en el plazo de diez días hábiles la PRETENSION DE ALIMENTOS formulada por la demandante. Se tiene por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agregándose a sus antecedentes los anexos presentados. RESOLUCIÓN NRO. 04: De fecha 08 de abril del 2016: ... SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, con el contenido de la resolución número cero dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 08 de abril del 2016. (16-17-18 mayo) EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY, A CARGO DE JUEZ DOCTOR FLAVIO DIAZ MACHACA Y ESPECIALISTA LEGA CESAR MAMANI RIOS, EN EL EXPEDIENTE PENAL NRO. 04590-2015-0-0405-JR-PE-01, SEGUIDO POR EL DELITO DE HURTO AGRAVADO SEGUIDA POR EL MINISTERIO PUBLICO EN CECILIA CCOYO SICCOS Y OTRA EN AGRAVIO DE JOSE YBAÑEZ MENESES SE HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO PENAL A FIN DE QUE SE EMPLACE CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION LOS IMPUTADOS CECILIA CCOYO SICCOS Y ANDRES YLLA HUACCANQUI, A FIN DE QUE SE APERSONEN Y SE PONGA A DERECHO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS. CHIVAY, 19 DE ABRIL DEL 2016. (16-17-18 mayo) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00062-2014 se ha dispuesto notificar por edictos estando a lo ordenado mediante Sentencia No. 27-2016 Acari, 26 de Febrero del 2016. FUNDADA la pretensión contenida en la demanda de fojas 11 y sgtes, sobre COBRO DE PENSION DE ALIMENTOS, interpuesta por doña RUFINA MACHACA COLCA, quien procede en representación de sus menores hijas Leydi Diana, Maña Lusbelia y Deysi Araceli Yanqui Machaca en contra de LEONARDO YANQUI YANQUI. Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 25 de Abril, de 2016. (16-17-18 mayo) Proceso número 2013-155-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, a los acusados ARNALDO HECTOR ORTIZ RODRIGUEZ, LUZ ELIANA ORTIZ RODRIEGUEZ Y EDGAR ADALBERTO VILLAMAR TORRES, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en Plaza Grau 240 - Moliendo, el día CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2013-155-JPU, que por el presunto delito Falsedad Genérica en agravio de Amelia Rodríguez Najar y otro. (16-17-18 mayo) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: exp. 2006-1142-0 (Imputado) MARCO ANTONIO VARGAS PORTILLA y EDWIN MOISES HUARCAYA AQUINO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado , NOTIFICACION, SE PONGAN A DERECHO ; Secretario: Ugarte. (16-17-18 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-3727-0 (Imputado) JOSE LUIS MEZA CHALCO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROSA JHENIFER MEZA SAMAYANI Y LUIS FERNANDO MEZA SAMAYANI REPRESENTADOS POR ROSA MARY SAMAYANI MENDOZA , DILIGENCIA 21-07-2016, 08:30 am , Sala 2, ; Secretario: Quispe . (16-17-18 mayo) Exp. 2014-3780-66 (Imputado) Walter Hugo Romero Padilla. Se notifica al agraviado Nicolás Nicomedes Cama Huanqui, delito Falsedad Genérica, agraviado El Estado representado por el Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a cargo de Policía Nacional del Perú y de Nicolás Nicomedes Cama Huanqui, NOTIFICACION, Resolución 01-2015 fecha 31-122015. Se notifica Nicolás Nicomedes Cama Huanqui por el plazo de 10 días hábiles con el requerimiento de acusación presentado por el Ministerio Público, ello para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal; Secretario: Díaz. (16-17-18 mayo) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4541-56 MAURO BENIGNO QUISPE QUISPE, HUGO DARIO ESCARZA MURGA, WENDY JANETH CALIZAYA CASTRO, ELOY NATALIO CHOQUE FLORES, RICARDO BENITO TOLA ARHUIRE, SATURNINO VELERIANO QUESOTA CCALACHUA, AMADO MAMANI JARA, FLORENTINO QUISPE CHACOLLA, ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE VICUÑAS Y GUANACOS DE LA REGION AREQUIPA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado ASOCIACIÓN DE CRIADORES DE VICUÑAS Y GUANACOS DE LA REGION AREQUIPA Y OTROS,

NOTIFICACION, Córrase traslado del requerimiento de Sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para los efectos de que pudieran hacer valer sus derechos de defensa conforme a ley ; Secretario: RETAMOSO . (16-17-18 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3105-2 (Imputado)JOSE ERNESTO CHAMBI MUÑOZ , delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado ASOCIACION CASA HUERTA DIVINO NIÑO JESUS REPRESENTADA POR VICTOR LUIS BARRIOS CARPIO, DILIGENCIA 26-05-2016, 10:00 am , Sala 4, ; Secretario: Quispe. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3453-0 (Agraviada) JENNIFER PATRICIA MAMANI COSSIO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JENNIFER PATRICIA MAMANI COSSIO, DILIGENCIA 16-05-2016, 8.30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Díaz. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3387-17 (Imputado) JONATHAN EDUARDO HUARAHUARA MERMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado IGNACIA PACUALA GALDOS BENAVENTE, NOTIFICACION, RES. 01 SE CORRE TRASLADO DE LA RES. 01 CON EL REQUERIMIENITO ACUSATORIO DE LA 1FPPC DE MARIANO MLGAR POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DIAZ, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 NCPP; Secretario: Cossío . (1617-18 mayo) Exp. 3387-2015-17 (Imputado) JONATHAN EDUARDO HUARAHUARA MERMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado IGNACIA PASCUALA GALDOS BENAVENTE, DILIGENCIA 15-06-2016, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Cossío. (16-17-18 mayo) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 38-1994-0 DÁMASO SABINO CONDO ARREDONDO, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION , RES.33(AT.234) LA MISMA QUE DISPONE REPROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS NUEVE HORAS, EN SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PUCCHÚN - CAMANÁ; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo) Exp. 1996-17-0 EDMUNDO RICARDO MENDOZA LUPACA., delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES. 28 (AT. 236) LA MISMA QUE DISPONE PROGRAMAR LA REALIZACIÓN DEL NUEVO JUICIO ORAL, PARA EL DÍA 27-05-16 A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS EN EL SALON DE AUDIENCIAS DE LA SALA MIXTA DE CAMANÁ. ; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo) Exp. 2006-110-0 VALDEZ QUISPE FABIAN , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES Y.M.P.M., NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . (16-17-18 mayo) Exp. 1995-44-0 JIMENEZ DIAZ VENTURO Y QUISPE DIAZ JUAN MATEO , delito ROBO AGRAVADO, agraviado EMILIO HUAMANÍ CAJA, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya . (1617-18 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-208-11 (agraviado) EMPRESA MINERA PARAISO SAC y LIDIA CHAMBI MAMANI. nota publíquese por 10 días, delito ROBO AGRAVADO, agraviado LIDIA CHAMBI MAMANI, NOTIFICACION, r mixto se acusa por robo agravado a HEBERT TITO CHACON y BERNARDO PAREDES VARGAS por los hechos del 22/05/2015 a las 01.20 horas pena de ocho y 12 años y reparación s/. 500.00 para los agraviados y extinción de JAHIR CHIPANA CHOQUE por muerte. ; Secretario: Suarez . (16-17-18 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-41-6 JULIO CESAR MEDINA CRUCES, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado PAMELA ALEXANDRA MEDINA HUACCHA., DILIGENCIA 07-07-2016, 08:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño . (16-17-18 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp.

Jueves 19 de mayo del 2016

2015-1260-35 (Imputado) PRIETO MARTINEZ EDUARDO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado HILDHER AMIAR PRIETO CUNO, DILIGENCIA 16-05-2016, 08:30, Sala 6, DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN CASO DE INASISTENCIA ; Secretario: Monge. (16-17-18 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-2210-0 (Imputado) MAURICIO GILBERTO PONCE NÚÑEZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menores de edad representados por JANET MÓNICA MANRIQUE FLORES DE PONCE, NOTIFICACIO, Acta Audiencia de fecha 05-05-2016. Se reprograma audiencia de proceso inmediato solicitado por el Ministerio Público para el 14-06-2016 a las 08:00 horas. Se designa como su defensa técnica a la defensora pública Yssa Idalia Morán Vásquez; Secretario: Díaz. (17-18-19 mayo) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2036-0 (Imputado) MARCELINO WASHINTON MOLER APARICIO, delito USO DE DOCUMENTO FALSO, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 01-07-2016, 8:00 A.M. , Sala 12, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY; Secretario: CALDERON. (17-18-19 mayo) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1997-146-0 (Imputado) EFRAIN PUMA MAMANI y GREGORIO COLQUEHUANCA POMARI, delito ROBO AGRAVADO, agraviado, DILIGENCIA 15-06-2016, 09:30, Sala de Audiencia, ----; Secretario: Ugarte. (17-18-19 mayo) Exp. 2007-3810-0 (Imputado) WILBER PABLO TINTA AGUILAR, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado M.J.F., DILIGENCIA 15-06-2016, 08:30, Sala de Audiencia, SE PONGA A DERECHO -------; Secretario: Ugarte. (17-18-19 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7030-0 (Imputado) IRMA DAMIANA RAMOS CHOQUEHUANCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO APROPIACIÓN ILÍCITA, agraviado ASOC. DE PEQUEÑOS AGRICULTORES CASA GRANJA NUEVO AMANECER, DILIGENCIA 09-06-2016, 10:30, Sala 4, AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION; Secretario: Huerta. (17-18-19 mayo) Exp. 2016-478-0 (Imputado) ALFREDO ANIBAL CATUNTA QUISPE (Agraviado) KATHERINE MILAGROS FLORES MAMANI y GERARDO ENRIQUE GUILLERNO USCA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado por el fiscal de la segunda Fiscalía NOTIFIQUESE: a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del articulo 350° del NCPP; Secretario: Ramírez. (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-107-37 (Imputado) ANGEL RICARDO SUAQUITA SOTO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ARNOLD SUAQUITA QUILLA, DILIGENCIA 30-05-2016, 11:30, Sala 1, REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA IMPUESTA; Secretario: Gallegos. (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-340-35 (Imputado) ALDA MARIA MALCA RAMOS Y EDUARDO HIPÓLITO QUISPE RODIGUEZ, delito ESTA GENÉRICA, agraviado JESUS RODRIGUEZ CURI, DILIGENCIA 19-05-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Cjuno. (17-18-19 mayo) Exp. 2014-340-35 (Imputado) ALDA MARIA MALCA RAMOS Y EDUARDO HIPÓLITO QUISPE RODIGUEZ, delito ESTA GENÉRICA, agraviado JESUS RODRIGUEZ CURI, DILIGENCIA 19-05-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Cjuno. (17-18-19 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3883-0 RAFAEL ÁNGEL CARRANZA ROJAS, delito omisión a la asistencia familiar, agraviado menor de iniciales MACP representado por LUZMARINA ANGELICA PINTO NINA, DILIGENCIA 12-07-2016, 08:00, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado por el plazo de 10 días hábiles y se fija fecha de audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (17-18-19 mayo)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-890-0 BASILIO CLARES CHURA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado NANCY RODRIGUEZ LIMACHE, DILIGENCIA 13-06-2016, 9:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, RESOLUCION N°03 BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) Exp. 2016-2762-0 SIMON AFRAÑO GUTIERREZ SUTTA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HORIEL PEDRO GUTIERREZ CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 0906-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) Exp. 2016-929-0 JAVIER ALEGRE MENDOZA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARA ALEGRE CUNO, DILIGENCIA 09-06-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) Exp. 2016-1710-0 JHON LUIS PORRAS GARCIA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YUNSU SASSA PORRAS CATUNTA, DILIGENCIA 13-06-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ ; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) Exp. 2016-2753-0 LEONIDAS CASTILLO SONCCO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado PATRICIA MANGO SUCASAIRE, DILIGENCIA 13-06-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ O AUSENTE Y GIRAR LAS ORDENES DE CAPTURA; Secretario: LAURA. (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4810-94 (Imputado) MARIO RAUL TORREBLANCA ALVAREZ, delito POSESION INDEBIDA DE CELULAR, agraviado INPE, DILIGENCIA 09-06-2016, 9:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce. (17-18-19 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201422-98 MARCO ANTONIO ANTAYHUA VARGAS, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MINERA JINZHAO MINING PERU S.A. , DILIGENCIA 14-07-2016, 09.30 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (17-18-19 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-30-0 demandado: ZEA RAMOS FELIX, delito violencia familiar, agraviado HUAYTA HUAYTA ELSA, NOTIFICACION: Nombrar como CURADOR PROCESAL del demandado al abogado German Quijano Huaman, quien procederá a ejercer el derecho de defensa del demandado, a quien se le notificar para que se apersone y acepte en el cargo. Debiendo además notificarse dicha designación por edictos; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo) Exp. 2015-124-0 DEMANDADO: CLEOVALDO EUSTAQUIO BARRIENTOS ANAMPA, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado CRISTINA CIOLETA CARPIO FLORES, NOTIFICACION, RES 1ADMITIR a trámite la demanda de violencia familiar interpuesta por el representante del Ministerio Público en agravio de CRISTINA VIOLETA, CARPIO FLORES, en contra de CLEOVALDO, EUTAQUIO BARRIENTOS, TRASLADO POR 15 DIAS BAJO APERC CURADOR PROCES ; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo) Exp. 2015-102-0 DEMANDADO: JUAN JOSE PINEDA ROJAS, delito VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado SILVIA TORIBIO TINUCO, NOTIFICACION, ADMITIR la demanda de violencia familiar Maltrato interpuesta por Ministerio Público en agravio de SILVIA, TORIBIO TINUCO, en contra de JUAN JOSE, PINEDA ROJAS, en VÍA DE PROCESO UNICO TRASLADO POR 15 DIAS BAJO APERC CURADOR PROCESAL ; Secretario: Salunas. (17-18-19 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 20145498-70 FRANKLIN JOEL SALDAÑA ZAMORA , delito Posesión Indebida de Teléfonos Celulares en Establecimiento

Penitenciario, agraviado INPE, DILIGENCIA 08/06/2016, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Talavera. (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 01053-2014-3-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ANTONIO JUSTINO CENZANO ZAPATERO para que se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN que se llevará a cabo el día 26 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 01053-2014-3 seguido en contra de ANTONIO JUSTINO CENZANO ZAPATERO por delito de Usurpación Agravada en agravio de Gloria Libertad Lucano Aranibar de Aylas. SECRETARIO JUAN D. LUÓUE RECHARTE.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 02051-2015-12-0401 -JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama al Representante de la Empresa CENCOSUD RETAIL PERU S.A. Hipermercado Metro S.A. para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 26 de mayo del 2016, a horas 12:00 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 02051-2015-12 seguido en contra de OLIVARES GAMERO MIGUEL ALEJANDRO por delito de Hurto Agravado en Grado de Tentativa en agravio de CENCOSUD RETAIL PERU S.A. Hipermercado Metro S.A. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 01680-2015-69-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a MIDWARD ROMEL VALENCIA CACERES para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 09:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 01680-2015-69 seguido en contra de ALONSO OSCAR PEREZ CHA VEZ por delito de Hurto de Ganado y Recepción en agravio de Midward Romel Valencia Cáceres. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado ArequipaEXPEDIENTE: 06326-2015-0-0401-JR-PE-01 JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE Se cita, emplaza y llama a ISIDRO ARONI CCAMA para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 10:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06326-2015-0 seguido en contra de ISIDRO ARONI CCAMA por delito de Lesiones Leves en agravio de Carlos Alberto Monroy Zavaleta. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-(17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado - Arequipa.- EXPEDIENTE : 04350-2015-73-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE. Se cita, emplaza y llama a LUZ MARINA WILCA MEDRANO para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 09:00 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 04350-2015-73 seguido en contra de LUZ MARINA WILCA MEDRANO por delito de Hurto Agravado en agravio de María Natividad Guzmán Medina y José Luis Fernández Puma. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE. (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 05730-2015-85-040l-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ANTHONY JONATHAN CHACCA FLORES y JAN JONANKAR GUTIERREZ TTAMINA para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 11:00 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 05730-2015-85 seguido en contra de ANTHONY JONATHAN CHACCA FLORES por delito de Robo Agravado en agravio de JAN JONANKAR GUTIERREZ TTAMIÑA. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo

del 2016.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 06004-2014-93-0401 -JR-PE01JUEZ : EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a BENITES MORENO JUAN CARLOS DIDIER para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06004-2014-93 seguido en contra de SEMINARIO CAMACHO SANTIN ESAU y TESEN TERRONES CINTHIA DENNISSE por delito de Trata de Personas en agravio de Benites Moreno Juan Carlos Didier. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE: 06222-2015-0-0401-JR-PE-01 JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA. SECRETARIO : JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a ZEBALLOS ZEBALLOS LAZARO para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 26 de mayo del 2016, a horas 12:30 meridiano en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Proceso N° 06222-2015-0 seguido en contra de ZEBALLOS ZEBALLOS LAZARO por delito de Lesiones Leves en agravio de Herbert Camilo Rubina Alarcón. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.-Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (1718-19 mayo) 1o JUZ. INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Cerro Colorado – Arequipa EXPEDIENTE : 01966-2015-68-0401 -JR-PE01JUEZ: EDDY LEVA CASCAMAYTA, SECRETARIO: JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Se cita, emplaza y llama a MONTESINOS LAZARINOS BERNARDO OSCAR para que absuelva el traslado de la acusación y se presente a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día 25 de mayo del 2016, a horas 08:30 de la mañana en el Local del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, Calle Tupac Amaru 464 - Cerro Colorado, bajo apercibimiento de continuarse con el proceso con Defensor Público en caso de inconcurrencia. Ello en el proceso N° 01966-2015-68 seguido en contra de MONTESINOS LAZARINOS BERNARDO OSCAR por delito de Tenencia Ilegal de Material Peligroso en agravio de la Sociedad. SECRETARIO JUAN D. LUQUE RECHARTE.- Arequipa, 06 de mayo del 2016.- (17-18-19 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4812-7 (Imputado) WILLIAM ALFEREZ ARGANDOÑA, delito VIOLENCIA Y RESISTENCIA CONTRA AUTORIDAD AGRAVADA , agraviado ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR RELATIVO A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU , DILIGENCIA 14-06-2016, 08:15 am, Sala 1, ; Secretario: Quispe- (18-1920 mayo) Exp. 2016-1070-24 (Imputado) ROGER COHE CHANCOLLA FLORE, JESSICA ESTHER GARCIA HUACCHARAQUI y HIBETH TERESA RIVERA AGUILAR, delito ROBO AGRAVADO, agraviado , DILIGENCIA 25 DE MAYO DEL 2016, 14:00 horas, Sala 1, ; Secretario: Ramírez . (18-19-20 mayo) Exp. 2015-4918-81 (tercero civil responsable) JUAN CARLOS MONTOYA PATRICIO , delito lesiones graves, agraviado YESENIA RODRIGUEZ CANAZAS , DILIGENCIA 14-06-2016, 09:30, Sala 1, ; Secretario: Delgado. (18-19-20 mayo) Exp. 2015-2603-59 (Agraviado) JUAN ELIAS CHOQUE SONCCO, delito LESIONES GRAVES, agraviado JUAN ELIAS CHOQUE SONCCO, NOTIFICACION, RES. 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Secretario: Valero. (18-19-20 mayo) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3288-30 MARLY IMPORT S.A.C. , delito RECEPTACION, agraviado MARLY IMPORT S.A.C., DILIGENCIA 10/06/2016, 10:00, Sala 3, TENERSE POR NOTIFICADO Y CONTINUAR CON EL TRAMITE DEL PROCESO; Secretario: RETAMOSO. (18-19-20 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1866-58 (agraviados) “MARCA CORPORACION INDUSTRIAL LUCERO E I R L REPRESENTADA POR SANTAMARIA SANDOVAL TEODORO” Y “MARCA LEAF NATIVAS REPRESENTADA POR LIMA GALLEGOS EULOGIO”, delito Uso no autorizado de producto, agraviado BOSTON ,DISNEY, CATERPILLAR, 54TH STREET, RED BULL, NBA ,NEW ERA ,CORPORACION INDUSTRIAL LUCERO,ICONIX ,PUMA ,NIKE ,GSM ,FOX HEAD,ADIDAS, LEAF NATIVAS , NOTIFICACION, DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO en la causa 1866-2014, y DECLARAR la existencia de una relación jurídica procesal

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penal válida en este proceso ; Secretario: Quispe . (18-1920 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2798-18 SENTENCIADO NESTOR VIZA ZAPANA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado HILDA CHURA TICO, DILIGENCIA 13-06-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Figueroa . (18-19-20 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4348-0 tercero civilmente responsable FÉLIX CCASA HUANCA, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado MARCOS ALANOCA HINOJOSA, DILIGENCIA 23-06-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (18-19-20 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-4169-11 (Imputado)RENE BAUTISTA QUISPE, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado MARCELINA MONTESINOS CARMONA BEATRIZ MONTESINOS CARMONA JAVIER MONTESINOS CARMONA, DILIGENCIA 23-06-2016, 09:00, Sala 4, AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO; Secretario: Gallegos. (18-19-20 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-03-97 PEDRO HUILAHUAÑA HUALLPA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LIDIA LOLA HUILAHUAÑA MAQUERA, DILIGENCIA 08-07-2016, 08:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (18-19-20 mayo) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-251-0 (Imputado) FELIPE CALCINA TTITO. Se programa la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN. (publicar por tres días consecutivos), delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 14-06-2016, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Hernández. (18-1920 mayo) EL TERER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1087-2015-28 (Imputado) Carlos Luis Lucero Mostajo, delito Omisión a la Asistencia Familiar , agraviado STEPHANIE CLARETH LUCERO TITO representado Asunta Gloria Tito Saravia , DILIGENCIA 24-05-2016, 11:00, Sala 6, En caso de Inasistencia declararse contumaz y girarse orden de captura; Secretario: Monge . (18-19-20 mayo) Exp. 2015-6246-19 (Imputado) VICTOR MANUEL ROSALES MORENO, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 02-06-2016, 11:40, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Arce . (18-19-20 mayo) EXPEDIENTE Nro. 246 -2014-JUC. ESPECIALISTA JUDICIAL: DR. FERNANDO HERNANDEZ HUAMAN Por disposición del señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Modulo Penal de Caravelí, CITA, LLAMA EMPLAZA A: GUILLEN MACETAS CRISTIAN, a fin de que se presente a la Audiencia de Juicio oral, para el dia 20 de Junio 2016, a horas 9.0 a.m., audiencia a realizarse en Caraveli, debiendo de presentarse en forma obligatoria, bajo apercibimiento de ser declarados Reo Contumaces y de ordenarse sus capturas, y de declararse el archivo provisional del proceso, mandato ordenado en el proceso de Homicidio Culposo, seguido contra el imputado CAMPOS DURAND FELIX DOOGLAS y GUILLEN MACETAS CRISTIAN, en agravio de quien en vida fue don MOISES DAVID RIVAS MELGAREJO. Caravelí, 3 de mayo 2016. (18-19-20 mayo) EXPEDIENTE: 4910-2016-0-0401-JP-PE-01.- ESPECIALISTA: RAUL RAMOS PEREZ.- 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada VILMA CONDO CONCHORO. Con la siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de JULIA CALDERON GONZALES; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en

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La República

agravio de VILMA CONDO CONCHORO. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (18-19-20 mayo) EXPEDIENTE: N° 4363-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA PAMELA ZAMBRANO ACUÑA dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada FABIOLA ALFARO NUÑEZ CON LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA 31-03-2016 QUE RESUELVE: IV. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, se resuelve: CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado JOSE LUIS HUAMANI HUACARPUMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de FABIOLA ARACELY ALFARO NUÑEZ. CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado FABIOLA ARACELY ALFARO NUÑEZ; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de JOSE LUIS HUAMANI HUACARPUMA. SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de los imputados FABIOLA ARACELY ALFARO NUÑEZ y JOSE LUIS HUAMANI HUACARPUMA. SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 14 DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS: en el local del Quinto Juzgado de Paz LetradoTurno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir los imputados FABIOLA ARACELY ALFARO NUÑEZ y JOSE LUIS HUAMANI HUACARPUMA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: si no cuentan con abogado de su elección se les designará un defensor de oficio; asimismo, FABIOLA ARACELY ALFARO NUÑEZ y JOSE LUIS HUAMANI HUACARPUMA en su calidad de querellante particular, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de aplicarse el desistimiento tácito, al que autoriza el Artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Asimismo, las partes procesales, deben tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible; por lo que, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia y sobreabundancia (Artículo 155° del NCPP. 5) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido la carga procesal del turno “S”; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ. (18-19-20 mayo) EXPEDIENTE: N° 4547-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA PAMELA ZAMBRANO ACUÑA dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada ROSSMERY RAMOS ALMIRON CON LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA 21-03-2016 QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de FRANCISCO SALVADOR QUISPE TOROCAHUA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ROSSMERY SUSANA RAMOS ALMIRON. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada FRANCISCO SALVADOR QUISPE TOROCAHUA. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 10 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIES A LAS 14:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada FRANCISCO SALVADOR QUISPE TOROCAHUA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular ROSSMERY SUSANA RAMOS ALMIRON, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Suscribe el especialista legal al retorno de su licencia por enfermedad. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ. (18-19-20 mayo)

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EXPEDIENTE: N° 00458-2014-0-0402-JP-PE-01- JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ. EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JOEL JIM JANAMPA SANG dispone que se notifique mediante edictos A ANTONIA MONIGA MAMANI MAMANI. con la parte resolutiva de la resolución 03 de fecha 05 de Enero del 2016, y con la parte resolutiva de la Resolución Nro. 04 de fecha 04 de Abril del 2016, que SE RESUELVE: RESOLUCION 03 SE DISPONE: Reprogramarja fecha de la audiencia de juicio oral para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA, en_el local del Juzgado de Paz Letrado de Camaná; a la cual deberá concurrir_el imputado GENARO ARROSPIDE ZUÑIGA, debiendo contar con defensa_técnica (abogado) bajo apercibimiento de nombrarse defensor de oficio, y_en caso de inconcurrencia bajo apercibimiento de disponerse su_conduccíón por la fuerza pública y de ser necesario, de ordenarse laprisíón preventiva en su contra hasta que se realice y culmine la audiencia, y; la agraviado ANTONIA MONICA MAMANI MAMANI, bajo apercibimiento de aplicarse el desistimiento tácito en caso dejnconcurrencia.- RESOLUCIÓN NRO. 04. Asume funciones la especialista Legal que suscribe la presente desde el once de Marzo del dos mil dieciséis, y debido a la sobrecarga de “escritos sin resolver” acumulados, pendientes de resolución, obrantes en la secretaria que se asume. Dejándose constancia de la sobrecarga procesal que soporta este Juzgado. . AL ESCRITO NRO. 208-2016-222-2016 Y 293-2016.- Estando a la devolución de notificaciones de la agraviada ANTONIA MONICA MAMANI MAMANI. Se debe de tener en cuenta que se le ha notificado tanto en su domicilio que indico en su denuncia policial y declaración policial que obra a folios ocho y trece y catorce, así como también en la que proporciono en la RENIEC; habiéndose devueltos las cédulas de notificación. NOTIFÍQUESE VÍA EDICTOS a la agraviada ANTONIA MONICA MAMANI MAMANI en el diario La República, con la presente Resolución y la Resolución número tres de fecha quince de Enero del dos mil dieciséis. ‘TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. SECRETARIO LESLIE EDUARDO COLLANQUI, AREQUIPA , 18,19 y 20 de Mayo del 2016. Expediente: 5643- 2014- Secretario: PERCY BALLON RAMOS. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado Turno “B” de Comisarias de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac ñmaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al Inculpado WILSON AHUATE DURAN con la resolución No.09. Parte resolutiva. III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso de faltas, a la persona de WILSON AHUATE DURAN ; por la comisión de FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO , EN LA MODALIDAD DE DAÑOS conforme a lo previsto en el primer párrafo articulo cuatrocientos cuarenta y cuatro , del Código Penal, en agravio de CARLOS ARAPA MENDOZA .-2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra del imputado WILSON AHUATE DURAN 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA ONCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS DOS DE LA TARDE CON QUINCE MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada WILSON AHUATE DURAN, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular CARLOS ARAPA MENDOZA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta a la audiencia se llevará acabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaria del Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes .Asumiendo Competencia la Juez titular que autoriza.- Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso numero 5643- 2014 que sobre Faltas Contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, se sigue en agravio de CARLOS ARAPA MENDOZA contra de la imputada WILSON AHUATE DURAN. Arequipa 31 de Marzo del 2016. (18-19-20 mayo) EXPEDIENTE: 03501-2015-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías, El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al imputado Francoise Araoz Maquen, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1. Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución número dos y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) Francoise Araoz Maquen con DNI 42191032 con domicilio en Avenida Jesús 101, Alto de la Luna, distrito de Paucarpata de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 18 DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, el agraviado Vicente Gutiérrez Cruz, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo

apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos, asimismo mediante edictos conforme aparece de los antecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse asumido la carga del Juzgado de Paz Letrado Comisaría Turno “B” por motivo de traslado del mismo a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuniqúese. (18-19-20 mayo) La señorita Magistrada Sustanciadora de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Johanna Suley Tellez Fernandez, en el Proceso Disciplinario Nro. 2014-313-Q, ha dispuesto la notificación por edictos de doña Rosa M. Paucar Baldeón, a efecto de notificarle las resoluciones N° 11, 13, 14, 15,16, 17, 18 de fechas: 20 de marzo, 08 de mayo, 19 y 25 de junio, 07 de agosto, 18 de setiembre, 28 de setiembre del dos mil quince y de fecha 31 de marzo del 2016, por las que: Res. 11: SE DISPONE: Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto mediante resolución 08 y prescindir de la declaración de doña Rosa M. Paucar Baldeon, debiendo continuarse con el tramite del proceso. Res. 13: SE DISPONE: Notificar a la Coordinadora de ODAJUP a fin de que se sirva informar a este despacho en el plazo de tres días si doña Rosa Paucar Baldeón se encuentra a la fecha como Jueza del Juzgado de Paz de Jaqui-Caraveli, de no ser así precise el nombre del Juez que se encuentra actualmente en dicho Juzgado, el periodo, la dirección y el horario de atención; asimismo informe hasta que fecha habría estado a cargo del Juzgado de Paz de Jaqui doña Rosa Paucar Baldeón. Res. 14: Al informe emitido por la Coordinadora de ODAJUP: Téngase presente y agregúese a sus antecedentes. Autoriza la Asistente que suscribe en mérito a lo dispuesto en el Manual de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Res. 15: SE DISPONE: Cursar oficio a la Jueza del Juzgado de Paz de Jaqui a efecto se sirva remitir a este despacho con el carácter de MUY URGENTE y en el plazo de tres días copias del expediente número 42-2011 Sobre Obligación de Dar Suma de Dinero y todo lo actuado del cuaderno de medida cautelaren forma de retención. Res. 16: SE DISPONE: 1) Cursar oficio EN FORMA REITERATIVA a la Jueza del Juzgado de Paz de Jaqui a efecto se sirva remitir a este despacho con el carácter de MUY URGENTE y en el plazo de tres días copias de todo lo actuado del expediente número 42-2011 Sobre Obligación de Dar Suma de Dinero y todo lo actuado del cuaderno de medida cautelar en forma de retención. Res. 17: A la devolución de la constancia de notificación sin diligenciar a doña Rosa Paucar Baldeon con la resolución número 16: SE DISPONE: 1) REHACER nuevamente el acto de notificación con las resoluciones 13, 14, 15 y 16 a la investigada en su domicilio que aparece en su ficha RENIEC por intermedio de la señora Jueza del Juzgado de Paz de Jaqui. Res. 18: SE DISPONE: 1) Cursar oficio al señor Administrador de la empresa de Mensajería Olva Courier, a fin de que se sirva remitir a este despacho en el plazo de tres días y con el carácter de URGENTE copia del cargo de recepción de la guía 21446851 recepcionado por dicha empresa con fecha 04 de setiembre del 2015, con consignado Jueza de Juzgado de Paz de Jaqui. 2) Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto precedente Cúrsese oficio EN FORMA REITERATIVA a la Jueza del Juzgado de Paz de Jaqui a efecto se sirva remitir a este despacho con el carácter de MUY URGENTE y en el plazo de tres días copias de todo lo actuado del expediente número 42-2011 Sobre Obligación de Dar Suma de Dinero y todo lo actuado del cuaderno de medida cautelaren forma de retención. Res. 23: SE DISPONE: 1) Notificar a la investigada por medio de edictos con las resoluciones 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y la presente resolución el diario de La República, debiendo tenerse en cuenta que según al Oficio Circular N° 02-2015-GSJR-GG/PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, los edictos judiciales se están publicando a partir del 22 de junio del año 2015 únicamente en el diario “La República”. 2) Conforme al estado del proceso; póngase a despacho para emitir el informe final respectivo. Arequipa, cuatro de Mayo del dos mil dieciséis.-(19-20-23 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3796-0 (Imputado) JULIO LUIS PACARA QUIMPER, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA FERNANDA PACARA RODRIGUEZ, DILIGENCIA 07-06-2016, 08:15 am, Sala 1, ; Secretario: Quispe. (19-20-23 mayo) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2008-2795-0 (sentenciado) ALBERTO MACNO RAMOS MESTAS, delito LESIONES CULPOSAS, agraviado EULALIA BLANCA CHAVEZ SALINAS, NOTIFICACION, Resol. N° 70. SE RESUELVE: AMONESTAR al sentenciado ALBERTO MACNO RAMOS MESTAS, de conformidad con el inciso uno del artículo cincuenta y nueve del Código Penal. ; Secretario:

Jueves, 19 de mayo del 2016

Herrera. (19-20-23 mayo) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2007-129-0 (Imputado)ELEODORO TICONA SUMARI , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado T.C.E.P., DILIGENCIA 15-06-2016, 11.30 A.M. , Sala de Audiencia, SE PONGA A DERECHO; Secretario: Ugarte. (1920-23 mayo) Exp. 2008-5596-0 (Imputado) VICTOR ORESTES ROSAS GUZMAN, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado M.C.P., DILIGENCIA 15-06-2016, 10:30 A.M., Sala 12, SE PONGA A DERECHO; Secretario: Ugarte. (19-20-23 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1038-0 IMPUTADO: JUNIOR JESUS CORDERO MEGO , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 14-06-2016, 12:30, Sala 2, AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO; Secretario: Huerta. (19-20-23 mayo) TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-4168-61 (Imputado) WILSON SERGIO CLAUDIAS MAMANI , delito APROPIACION ILICITA, agraviado CHUCK ERICK ARANIBAR ALVAREZ, DILIGENCIA 26-05-2016, 16:00 pm , Sala 3, ; Secretario: Quispe. (19-20-23 mayo) Exp. 2014-3958-20 CARLOS JAVIER VALDIVIA HUAMANI, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN Y COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU, NOTIFICACION , , , VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FORMULADO POR EL SEÑOR FISCAL, NOTIFIQUESE AL IMPUTADO CARLOS JAVIER VALDIVIA HUMANI POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 HABILES, PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Huerta . (19-20-23 mayo) Exp. 2013-4743-54 (Imputado) MARIO GERMAN FLORES COAGUILA, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado SUNARP representada por el Procurador Publico y otro, DILIGENCIA 15-06-2016, 12:00 pm , Sala 3, ; Secretario: Quispe . (19-20-23 mayo) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4911-40 IMPUTADA: PETRONILA RAMOS TAPARA VIUDA DE MARQUEZ, delito CONTRA LA ADMINISTRACION - PUBLICA VIOLENCIA CON LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN MIXTA, NOTIQUESE A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALE SPOR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 Y 345 DEL CODIGO PROCESAL PENA, SE DESIGNO ABOGADO PUBLICO A LA IMPUTADA PETRONILA RAMOS TAPARA VIU ; Secretario: Huerta . (19-20-23 mayo) Exp. 2014-3098-27 (Imputado) LEONARDO VILLA CORDOVA, delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, agraviado ESTADO PTID, DILIGENCIA 05-07-2016, 11:00, Sala 4, BAJO APERCIBIMIENTO LLEVARSE A CABO AUDIENCIA ; Secretario: Fernandez . (19-20-23 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-6429-0 (Imputado) JAIME RODRIGO PEREZ VEGA, delito CONDUCCIÓN DE VEHICULO EN ESYADO DE EBRIDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 03-062016, 14:30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, REALIZARSE LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA REPRESENTADO POR DEFENSOR PÚBLICO; Secretario: Cjuno . (19-20-23 mayo) Exp. 2015-5426-0 (Imputado) LORENZO SANTA CRUZ AGUILAR, SE NOTIFICA RESOL. 01-2015: SE RESUELVE CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN POR EL PLAZO DE 10 DÍAS A EFECTO DE EJERCER SU DEFENSA, SE NOMBRA DEFENSOR PÚBLICO DR. DANTE CONDORI CARRILLO , delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GUSTAVO SANTA CRUZ PINO JORGE SANTA CRUZ PINO JEAN Y ALBERTO SANTA CRUZ REPRESENTADOS POR MARINA PINO CCAÑIHUA , DILIGENCIA 09-06-2016, 15.00 hrs., Sala de Audiencia del Juzgado, TENERSE POR NOTIFICADO A LA PÚBLICACIÓN DEL EDICTO; Secretario: Cjuno . (19-20-23 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-3433-0 se cita y emplaza a Don JUAN AMBROSIO HUALLPA CHUMA, para la audiencia de

proceso inmediato a llevarse a cabo el 30 de mayo del 2016 a las 08:30am. en el Juzgado de Flagrancia de Cerro Colorado, cito en calle Túpac Amaru Nro. 464, por la presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar. , delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado YANIRA Y JOSUE HUALPA LLALLACACHI, DILIGENCIA 30 de mayo del 2016, 08:30 AM, Sala de Audiencia, DE ser representado por la defensa de oficio y llevarse a cabo la audiencia de proceso inmediato; Secretario: TORRES. (19-20-23 mayo) Exp. 2016-3217-0 se cita y emplaza a Don ELVIS VILCA NEIRA, para la audiencia de proceso inmediato a llevarse a cabo el día tres de junio del 2016 a las 08:30 am. en el Juzgado de Flagrancia de Cerro Colorado, sito en la calle Túpac Amaru Nro. 464, Cerro Colorado, por la presunta comisión del delito de peligro común en agravio de la sociedad. , delito Peligro Común, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 03-06-2016, 08:30 AM, Sala de Audiencia, de ser representando por la defensa de oficio y de llevarse a cabo la audiencia de proceso inmediato; Secretario: TORRES . (19-20-23 mayo) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3285-2015-36 SIXTO EMILIO MAMANI SUMARI, LUIS FRANCIS MAMANI CRUZ, CONCEPCION COILA, ELEUTERIO GERMAN CHOQUEHUANCA QUICO y LAZARO VIVIANO VILCA HUAYTA, delito USURPACION AGRAVADA, VIOLACIÓN DE DOMICILIO, agraviado CENTRAL AZUCARERA CHUCARAPI PAMPABLANCA S.A., DILIGENCIA 27-06-2016, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (19-20-23 mayo) Exp. 2013-177-96 LUIS ANTONIO ARCE ROBLES, EDGAR ENRIQUE LLANOS PAREDES y WALTER ALBERTO MARTINEZ FLORES, delito CONTRABANDO, FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado EL ESTADO SUNAT, DILIGENCIA 0507-2016, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (19-20-23 mayo) Exp. 208-2013-6 BERTHA EGUILUZ DE NAJAR, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado EL ESTADO PROCURADURIA DEL PODER JUDICIAL, DILIGENCIA 2106-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (19-20-23 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-254-0 (Imputado) JUAN EUDES ACEVEDO MIRANDA , se solicita el archivo de los hechos sucedidos el día 16/03/2012sobre el paro nacional indefinido donde los dirigentes incitaron a sus agremiados a tomar el puente de Ocoña a la altura de km 782 carretera panamericana sur , delito entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 15-06-2016, 11.00am, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez. (19-20-23 mayo) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 201544-27 (Agraviado) FLORES HUALLPA GREGORIA GRADIZ , delito Omisión a la asistencia Familiar , agraviado FLORES HUALLPA GREGORIA GRADIZ , DILIGENCIA 20-06-2016, 09:00, Sala 6, ; Secretario: Monge. (19-20-23 mayo) Exp. 4973-2014-0 (Imputado) JULIAN BACILO CHIRE YANQUI, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 20-06-2016, 12:00, Sala 6, DE DECLARARSE CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURENCIA Y GIRARSE ORDEN DE CAPTUARA ; Secretario: Monge. (19-20-23 mayo)

NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente N° 2013-00036-0-0-040601-JR-PE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez Oswaldo Humberto Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Jesús Concha Castro, en los seguidos contra ALEJANDRINA DORIS MERCADO BARRIOS, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de USURPACION AGRAVADA en agravio de ADRIAN QUISPE LLACMA; se pone en conocimiento que mediante resolución ocho de fecha diez de mayo del año dos mil dieciséis se ha resuelto declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento presentado por la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, disponiéndose el sobreseimiento en favor de Alejandrina Doris Mercado Barrios, ordenándose levantar las medidas coercitivas personales y reales dictadas en su contra, disponiéndose el archivo de la causa. (19-20-23 mayo)

Jueves 19 de mayo del 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

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CRONICAS JUDICIALES Jueves, 19 de mayo del 2016

CRONICA JUDICIAL CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 02 DE MARZO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 03 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

fecha veintitrés de febrero de dos mil dieciséis (folio setenta y siete y siguientes), que confirma la resolución número 02-2016, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciséis, que declara improcedente liminarmente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Luigi Calzolaio. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención.

de reparación civil a favor de la sucesión del agraviado Rene Quicara Riquelme bajo apercibimiento de revocársele la suspensión de la ejecución de la pena.

MR 02385-2013-37:1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el sentenciado Walter Víctor Mamani Alejo, contra la sentencia de vista de fecha veinte enero de dos mil dieciséis; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copia certificada de la sentencia de vista, del escrito de casación y de la presente resolución para que sean anexados al cuaderno de ejecución.

DESPACHO

04 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 13-2016 MR 0888-2016-0: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación interpuesta por Jorge Burgos Coaquira a favor de Leocadio Rubén Cutipa Chicaña. 2. En consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 01, de fecha cuatro de febrero de dos mil dieciséis, corriente a fojas 21 y siguientes, que declaró improcedente la demanda de Habeas Corpus, incoada por Leocadio Rubén Cutipa Chicaña en contra del doctor Edwin Agapo Cupi Condori, Juez del Juzgado Mixto de Chivay, contra del doctor Flavio Díaz Machaca, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Chivay, y asimismo, en contra del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial. 3. ORDENAMOS que consentida sea la presente, se devuelva al juzgado de procedencia DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

MB 02746-2012-30:DECLARAR FUNDADA la inhibición de la señora Jueza Superior Carmen Encarnación Lajo Lazo; en CONSECUENCIA conformar el Colegiado con el Juez Superior expedito de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de turno en la fecha, señor Juez Superior Orlando Abril Paredes. MB 05603-2015-0: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el Procurador Público de Asuntos Penitenciarios del INPE, contra la sentencia de vista de fecha veinte de enero de dos mil dieciséis (folio ciento setenta y seis y siguientes). 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. AUTOS DE VISTA A.V 15-2016 MR 06026-2015-88: 1.- NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 12, dictada en audiencia de fecha dieciséis de dos mil dieciséis, y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, 2.- IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por la representante del Ministerio Público, en contra de la resolución Nro. 11, dictada en audiencia de fecha dieciséis de febrero de dos mil dieciséis.

07 DE MARZO DE 2016 DECRETOS: Se expidieron un total de 1. DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRAMITE MR 0343-2015-61: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. LL 0709-2016-0:1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por el demandante Luigi Calzolaio, contra la resolución de vista de

08 DE MARZO DE 2016

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 09 DE MARZO DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 10 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL 01249-2013-13: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LL 1052-2013-46: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MR 0234-2014-41: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MB 03071-2013-66: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. MB 2102-2015-14: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. LL 0400-2013-2: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución.

AUTOS DE VISTA A.V 16-2016 LL 01007-2016-38: 1. DECLARARON NULA la resolución número diez-dos mil dieciséis de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis -de fojas doscientos setenta y tres- y su respectiva notificación, en el extremo que convoca y cita a la audiencia de prisión preventiva al imputado Ivan Andre Chilet Bartolo; y la resolución número once dictada en audiencia contenida en el Acta de registro de audiencia de prisión preventiva, de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis –de fojas doscientos noventa y dos-.2. DECLARARON NULA la resolución número trece – dos mil dieciséis, de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis, expedida por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Arequipa, en el extremo que resolvió: 1. AMPARAR LA MEDIDA COERCITIVA SOLICITADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LO QUE CONCIERNE AL INVESTIGADO IVAN ANDRE CHILET BARTOLO, dictando dicha medida por el plazo de NUEVE MESES que computados desde la fecha de su intervención el día 04 de febrero del año 2016 vencerá el tres de noviembre del año 2016, debiendo cursarse el oficio correspondiente al Establecimiento Penal de Varones. Dejándose SUBSISTENTE en lo demás que contiene respecto de los procesados Walter Mariano Rodríguez Acosta y Erwin Alberto Urbina Franco.3. DISPUSIERON que se devuelvan los autos al Juzgado de origen para los fines consiguientes. DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

14 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 11 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 15 DE MARZO DE 2016

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 5-2016 MB 01462-2014-1: 1.- DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por la representante del Ministerio Público. 2.- CONFIRMAMOS la sentencia de fecha catorce de octubre del año dos mil quince, que declaro a HERLIN ISMAEL BERNAL VELÁSQUEZ, absuelto del delito Contra la Seguridad Pública, en la modalidad de conducción de vehículo en estado de ebriedad, ilícito previsto y sancionado en el artículo 274°, primer párrafo, del Código Penal, en agravio de la Sociedad, representada por el Ministerio Público. Con lo demás que contiene. SIN COSTAS en esta instancia. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 16 DE MARZO DE 2016

AUTOS DE TRÁMITE DESPACHO MB 03889-2014-84: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. Debiendo el señor abogado señalar casilla electrónica. MB 02301-2013-11: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. AUDIENCIA

AUTOS DE VISTA A.V 14-2016 MR 024-2012-5: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el abogado defensor del sentenciado Pedro Mamani Apaza en contra de la resolución N° 18-2015 de fecha 19 de octubre del mismo año; en consecuencia, 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 18-2015 que concede el plazo de 10 días hábiles al sentenciado Pedro Mamani Apaza para que cumpla con abonar al suma de S/2.200,00 nuevos soles restantes por concepto

Patrimonio en la modalidad de Hurto Agravado, previsto en el artículo 185°, concordado con las circunstancias agravantes del artículo 186°, incisos 2°, 3°, y 6° del Código Penal, en agravio del Estado a través del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) representado por la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, imponiéndole la pena de tres años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de dos años, bajo cumplimiento de reglas de conducta; en consecuencia; 2. DECLARAMOS FIRME la presente sentencia.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 17-2016 MB 0412-2013-15: 1. TENER POR DESISTIDO de la apelación interpuesta por el señor David Sanchez Quispe a través de su defensa en contra de la sentencia que lo declaró autor del delito Contra el

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE

MB 04228-2015-94:1.- DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Catalina Suaña Machaca contra el auto de vista número veintinueve- dos mil dieciséis de fecha diecinueve de febrero de dos mil dieciséis. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

AUTOS DE VISTA A.V 18-2016 MR 01556-2016-9: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica a fojas 120 y siguientes. 2. CONFIRMAMOS la resolución N° 02-2016 dictada en la audiencia de fecha veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, corriente de fojas 103 y siguientes, en el extremo que declaró fundada la medida coercitiva de prisión preventiva en contra de Manuel Kurt Cremer Escajadillo, por el plazo de siete meses. 3. DISPONEMOS la devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

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La República 17 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 19-2016 MR 04954-2013-81: 1. Declarar NULAS (i) la Audiencia de Apelación llevada a cabo el pasado 14 de marzo, (ii) el Acta que la contiene y (iii) el señalamiento de Audiencia de Lectura de Sentencia que hiciera la Sala en la referida Audiencia; 2. Declarar INADMISIBLE el recurso impugnatorio propuesto por la representación procesal de Lelia Tarcila Ale de Carrasco, que obra a folios 72 y siguientes; 3. Declarar FIRME el extremo civil de la resolución objeto de alzada; y, 4. Disponer la devolución de los actuados al juzgado de origen, para fines de ejecución.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

05956-2014-21: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la Procuraduría de la Municipalidad Provincial de Arequipa,, en consecuencia CONFIRMAMOS la resolución No. 05-2015 de fecha treinta de diciembre del año dos mil dieciséis, que declaró FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra Zunilda Quispesivana Mamani, por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, previsto en el primer párrafo del artículo 368° del Código Penal. Con lo demás que contiene. 2. ORDENAMOS la devolución del cuaderno correspondiente al Juzgado para los fines pertinentes. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 23 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

AUTOS DE TRÁMITE DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 18 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE

MB 5690-2014-41: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. MB 0930-2014-25: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. 21 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE

LL 0133-2011-3: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. Debiendo los señores abogados señalar domicilio procesal en esta sede, así como casilla electrónica. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 22 DE MARZO DE 2016

LL 0343-2015-61: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LL 01249-2013-13: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MR 1052-2013-46: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 28 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

AUTOS DE VISTA

AUTOS DE TRÁMITE

A.V 20-2016 MR

LL 0400-2013-2: PRIMERO: CONVOCAR a las partes

MB 0234-2014-41: 1) ADMITIMOS como medios de prueba excepcional el cuaderno original de control de trabajadores del centro de labor del imputado (marca justus- color anaranjado) y las declaraciones testimoniales de Cipriano León Hancco, Joel Colque Salcedo y Haydee Ccasa Álvarez, debiendo citarse para tal efecto a los testigos a la audiencia de ley.2) DECLARAMOS INADMISIBLE los medios probatorios ofrecidos por la defensa del procesado consistente en declaraciones testimoniales que se señalan en el punto 3.2, 3.3. y 3.4 de la presente resolución. 3) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 4) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 6955-2015-0: a) LLAMAMOS para dirimir la causa al señor Juez Superior Fernán Fernández Ceballos, por ser el Juez Superior hábil de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de turno el presente mes. b) SEÑALAMOS para la vista de la causa el día CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón). c) MANDAMOS archivar los votos suscritos, debiendo notificarse con copia de los mismos a las partes procesales.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 6-2016 MR 02746-2012-30: 1.DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado Richard Arnaldo Arenazas Varga; en consecuencia, 2. REVOCAMOS la sentencia de fecha quince de octubre del año dos mil quince, sólo en el extremo que declaró a Richard Arnaldo Arenazas Vargas, autor del delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Uso de Documento Privado Falso, previsto en el segundo párrafo del artículo 427°del Código Penal, en agravio de Porfirio Eloy Coronado Mengoa, el Notario Público Gorky Oviedo Alarcón y del Ministerio Público, representado por su Procurador Público, y como a tal le impuso dos años y ocho meses de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el mismo plazo, bajo el cum-

Jueves, 19 de mayo del 2016

plimiento de reglas de conducta; y lo condenó al pago de doscientos cuarenta y un días multa y REFORMÁNDOLA lo ABSOLVEMOS de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, por lo que disponemos el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente, con la cancelación de los antecedentes que se hubieren generado con ocasión de este procesamiento. 3. ORDENAMOS la devolución delos antecedentes al juzgado de procedencia.

LL 04603-2013-82: A) CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fundamentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

AUTOS DE VISTA

29 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE MR 03071-2013-1) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio ofrecido por el actor civil – Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse acabo el VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

A.V 22-2016 MB 01671-2011-76: 1) DECLARAMOS fundada la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público. 2) REVOCAMOS a resolución numero diecinueve, de fecha seis de noviembre del dos mil quince, que declara fundado el pedido de nulidad solicitado por la defensa del sentenciado Caviedes Reynaga Miguel Angel; con lo demás que contiene y es materia de apelación, REFORMÁNDOLA declaramos infundada la solicitud de nulidad planteada por el procesado.3) DISPONEMOS que el Juzgado cumpla con proseguir el trámite de la causa conforme a su estado, debiendo girar las correspondientes órdenes de búsqueda y captura en contra del sentenciado Miguel Angel Caviedes Reynaga.

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 21-2016 MB 06026-2015-41: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la representante del Ministerio Publico; en consecuencia, 2. CONFIRMAR la resolución número 4 de fecha 23-03-2016 que resuelve declarar infundado el requerimiento de prolongación de Prisión Preventiva y disponer se remita copias certificadas al órgano de Control del Poder Judicial ODECMA de Arequipa, a fin de que investigue la conducta del Juez de Investigación Preparatoria de Mariano Melgar y del Juez de Juzgamiento del Módulo de Paucarpata. 3. DISPONIÉNDOSE la devolución del presente cuaderno en el más breve plazo al juzgado que ha remitido el mismo.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 30 DE MARZO DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 01 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO

AUTOS DE TRÁMITE MR 0612-2014-72: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA N° 14-2015, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil quince; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen. MB 0607-2014-62: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA N° 15-2015, de fecha veintiocho de diciembre de dos mil quince; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen. LL 1981-2013-47: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA DE VISTA número 01-2016, de fecha quince de enero de dos mil dieciséis; en consecuencia, encontrándose con resolución de vista firme; DISPONEMOS que se remitan los actuados al juzgado de origen.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V. 10-2016 MR 1099-2005-0: CONFIRMAMOS la resolución número ciento cuarenta y cinco su fecha dieciocho de junio del dos mil quince, que obra de fojas cuatro mil ciento once a cuatro ciento dieciséis, en el extremo que resolvió: DECLARANDO INFUNDADA la solicitud de cancelación del asiento registral número d00002 del rubro Gravámenes y Cargas de la Partida Registral número 11020294 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número XII Sede Arequipa, formulado por Fredy Monegundo Cornejo Flores, Elva Chávez viuda de Cornejo, Uberth Javier Cornejo Chávez y Zarella Cornejo Chávez. DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

04 DE ABRIL DE 2016

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

31 DE MARZO DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

SENTENCIAS

Jueves 19 de mayo del 2016

S. 07-2016 MB 0230-2014: DECLARANDO a ENRIQUE DEZA ANDÍA, como cómplice primario, del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión Ilegal, previsto en el artículo 384° del Código Penal, modificado por la Ley número 26713, en agravio del Estado –Municipalidad de la Joya, debidamente representado por el Procurador Público Encargado de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República. S. 08-2016 LL 1764-2006: POR UNANIMIDAD DECLARAMOS: a JAIME FRANCISCO SALAMANCA LAURA, cuyas calidades personales obran en la parte expositiva de la presente, coautor del delito de ROBO AGRAVADO previsto y penado en el artículo 188, concordante con el artículo 189 primer párrafo, incisos 2, 4 y 5 del Código Penal, modificado por la Ley 27472, en agravio de Cesar Antonio Oscar Muñiz Delgado. DECRETOS: Se expidieron un total de 8.

05 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

06 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V. 11-2016 LL 1. 0320-2007-26: CONFIRMARON la resolución número once, de fecha tres de diciembre del dos mil quince, de fojas ciento setenta y nueve que RESUELVE DECLARAR INFUNDADA la solicitud de LIBERACION CONDICIONAL, formulada por la interna Maria Magdalena Mamani Peralta, quien fuera sentenciada en el Expediente N° 00320-2007-74-0-0401-SP-PE-01, por el delito de Parricidio en agravio de Imanol Josuhe Ajahuana Mamani.

a mil quinientos ochenta y siete, en el extremo que declaró a Ana María Salinas Valverde autora del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Uso de Documento Público Falso, previsto y sancionado por el segundo párrafo del artículo 427°del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. PRECISAMOS, la calificación jurídica de los hechos imputados por la Fiscalía, de los delitos: Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal y Uso de Documento Público Falso, previsto en el segundo párrafo del artículo 427° del Código Penal; sólo en el delito Financiero, en la modalidad de Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal –al haberse evidenciado un concurso aparente de leyes y por aplicación del principio de especialidad. REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS FUNDADA, de oficio, la Excepción de Cosa Juzgada y, como consecuencia, DECLARAMOS fenecido el proceso seguido contra Ana María Salinas Valverde, por el delito Financiero, en la modalidad de Obtención Fraudulenta de Crédito, previsto en el primer párrafo del artículo 247° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR; y disponemos el archivo definitivo del presente con lo demás que contiene. REVOCAMOS la Sentencia N° 212-2015, de fecha quince de julio de dos mil quince, obrante de fojas mil quinientos setenta y tres a mil quinientos ochenta y siete, en el extremo que declaró a Ana María Salinas Valverde cómplice primario en la comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Propia de Documento Público (letra de cambio), previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. Y, REFORMÁNDOLA, ABSOLVEMOS a ANA MARÍA SALINAS VALVERDE de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en calidad de cómplice primario, en la comisión del delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Propia de Documento Público (letra de cambio), previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 427° del Código Penal, en agravio de Amilcar Vargas Guillén, el Estado representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Superintendencia de Banca y Seguros y de la Empresa EDPYME EDYFICAR. DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

08 DE ABRIL DE 2016

AUTOS DE TRÁMITE A. T. 032-2016 MB 5041-2007: CONCEDEMOS: El Recurso de Nulidad interpuesto por la Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada de Arequipa en contra de la Sentencia numero 004-2016 de fecha once de marzo del dos mil dieciséis. A.T. 033-2016 MB 0083-1999: DISPONEMOS REMITIR los autos al Ministerio Público, a fin de que el señor Fiscal Superior Penal, en el plazo de cinco días hábiles, se pronuncie respecto a las observaciones realizadas en la presente resolución, Fundamentos: 2.4, 2.5, 2.6 y 2.7; y, las observaciones formuladas en la resolución de fecha primero de julio del dos mil quince, fundamentos 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5, debiendo devolver el proceso, en el plazo indicado, toda vez que se encuentra pendiente, la emisión del auto de enjuiciamiento correspondiente. DECRETOS: Se expidieron un total de 5. 07 DE ABRIL DE 2016

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V 10-2016 MB 0526-2017: REVOCAMOS la Sentencia N° 2122015, de fecha quince de julio de dos mil quince, obrante de fojas mil quinientos setenta y tres

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. DECRETOS: Se expidieron un total de 2. 11 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS DE VISTA S.V. 11-2016 MB 3278-2003: CONFIRMAMOS la sentencia N° 252201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que declaró a ABAB VALVIZ CAHUAPAZA QUISPE, NÉSTOR EDWIN HUANCHI CONDORI, HERNÁN APAZA ROJAS, PAULINO GARCÉS YAPUCHURA, RUBÉN HUANCHI QUISPE, ORESTES LARICO TINTAYA, BERTHA YAPUCHURA FERNÁNDEZ Y RENÉ QUISPE MAMANI, ABSUELTOS de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos uno, y siete apartado d) de la Ley de delitos aduaneros número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos); en agravio del Estado, representado por la SUNAT. CONFIRMAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que declaró a RONALD VICENTE MEDINA BONET,

ABSUELTO de los cargos formulados en su contra, por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo siete apartado d) de la Ley de delitos aduaneros número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos); en agravio del Estado, representado por la SUNAT. CONFIRMAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo cuestionado que dispuso el comiso de la mercadería incautada contenida en el acta de incautación N° 154-2003-0201-000123, consistente en 78 rollos de tela, cuyo valor asciende a siete mil dólares americanos por parte de Aduanas, la cual deberá disponer de dichos bienes de acuerdo a lo establecido en ley, el resto de mercadería se deberá proceder conforme a las normas administrativas y el procedimiento que señala la ley. DECLARAMOS FUNDADA la pretensión impugnatoria postulada por la defensa técnica del procesado Ronald Vicente Medina Bonet. REVOCAMOS la sentencia N° 252-201556-2015, de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, expedida por el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Sede Corte; en el extremo que declaró a RONALD VICENTE MEDINA BONET, AUTOR del delito por el delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado por el artículo tres de la ley de delitos aduaneros, número veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos), en agravio del Estado, y le impuso cuatro años de pena privativa de Libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeto a reglas de conducta, le impone como pena accesoria el pago de trescientos sesenta y cinco días-multa, que calculada conforme a ley, equivale a la suma de mil ochocientos veinticinco nuevos soles, suma que deberá abonar el sentenciado a favor del Estado dentro del décimo día de quedar consentida la presente; y fija por concepto de reparación civil la suma de mil nuevos soles, que deberá abonar el sentenciado a favor del Estado representado por la SUNAT; y, en consecuencia; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS DE OFICIO FUNDADA la excepción de PRESCRIPCIÓN; por tanto, extinguida por prescripción, la acción penal seguida contra RONALD VICENTE MEDINA BONET, por el delito de CONTRABANDO previsto y sancionado por el artículo tres de la ley de delitos aduaneros numero veintiséis mil cuatrocientos sesenta y uno (vigente al momento de los hechos), en agravio del Estado.

AUTOS DE VISTA A.V. 12-2016 LL 0557-2006-75: CONFIRMARON la resolución número doce-dos mil quince, de fecha quince de octubre del dos mil quince, que RESUELVE DECLARAR INFUNDADA la solicitud de Liberación Condicional de Avelino Andrés Mamani Monzón, en el Expediente 557-2006 que fue sentenciado por Sentencia Nro. 54 expedida por la Tercera Sala Penal de Arequipa a una pena de trece años de pena privativa de la libertad por el delito de Robo Agravado, previsto en el articulo 188° concordante con el articulo 189°, primer párrafo inciso dos, cuatro y cinco, concurriendo además las agravantes contenida en el inciso tres del primer párrafo del citado articulo del Código Penal, en agravio de Jesús Acuña Cornejo; y por el delito de Secuestro previsto en el primer párrafo del articulo ciento cincuenta y dos del Código Penal modificado por la ley 27472 en agravio de Paula Obando Gil, debiendo de continuar el interno recluido en el Establecimiento Penitenciario con su tratamiento de rehabilitación y resocialización. A.V. 13-2016 MR 3203-2008-87: DECLARAR NULO todo lo actuado; y en consecuencia, DECLARAMOS IMPROCEDENTE la solicitud de beneficio penitenciario de semilibertad solicitado por Maribel Margot Taco Quispe. A.V. 14-2016 LL 1830-2007: DECLARAMOS: IMPROCEDENTE el pedido de nulidad de la Sentencia número 12-2013-2SPLP-CSJAR en el extremo que revocó el beneficio penitenciario de semi libertad otorgado al sentenciado Luis Alberto Aguirre Fernández en el Expediente número 503-1999, solicitado Mediante escrito de fojas mil noventa y seis a mil noventa y ocho. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las DOCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. AUTOS DE TRÁMITE A.T. 34-2016

LL 2122-1998-0: VARIAMOS el mandato de comparecencia simple dictado en contra de Percy Elvis Cueva Huamani a COMPARECENCIA RESTRINGIDA con la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las DOCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso. A.T. 35-2016 MR 0633-2002-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas cuarenta y uno, su fecha diecinueve de diciembre de dos mil dos, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado. A.T. 36-2016 MB 0014-2008-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas ochenta y cuatro, su fecha catorce de enero de dos mil ocho, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS QUINCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado. DECRETOS: Se expidieron un total de 9.

9

con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso. A.T. 39-2016 LL 0376-2007-0: DECLARAMOS: FUNDADO el pedido de corrección de sentencia solicitado por el sentenciado Alipio Carmona Rafael, en consecuencia. DISPONEMOS: CORREGIR la Sentencia Número 10-2015, de fecha veintisiete de abril del dos mil quince, de fojas novecientos sesenta y dos a novecientos setenta y siete, en su parte resolutiva, UNICAMENTE en el extremo que señala que la pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva equivalente a doscientos ocho días de prestación de servicios a la comunidad, siendo lo correcto: que dicha equivalencia es de doscientos seis días de prestación de servicios, conservando validez en lo demás que contiene dicha sentencia. NOTIFÍQUESE la presente resolución con arreglo a ley y CUMPLA SECRETARIA DE SALA con remitir copia certificada de la presente resolución al INPE para los fines pertinentes y los devolvemos. A.T. 40-2016 MB 0409-1996-0: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedido de aclaración y ampliación, presentado por el abogado de César Dario Uyén Gordillo. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 13 DE ABRIL DE 2016

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.

DECRETOS: Se expidieron un total de 5.

14 DE ABRIL DE 2016

AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. SENTENCIAS S. 8-A-2016 MR 2122-1998-0: DECLARAMOS A PERCY ELVIS CUEVA HUAMANÍ, CO AUTOR del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 188°, concordante con el artículo 189° inciso 2° y 4° del Código Penal, en agravio de Claudio León Ttica.

12 DE ABRIL DE 2016 DECRETOS: Se expidieron un total de 6. DESPACHO 15 DE ABRIL DE 2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE A.T 37-2016 MR 1099-2005-0: SE DECLARA: IMPROCEDENTE el Recurso de Nulidad presentado por abogado defensor de la parte agraviada Tula Manrique de Zegarra en contra del Auto de Vista Nro. 10-2016de fecha primero de abril del presente año. CUMPLA Secretaria de Sala con notificar la presente resolución conforme a ley y con lo ORDENADO mediante Auto de Vista N° 10-2016. A.T. 38-2016 LL 0164-2008-0: VARIAMOS el mandato de comparecencia simple dictado en contra de Abdon Pacsi Maque a COMPARECENCIA RESTRINGIDA con la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V. 15-2016 MB 1657-2014-55: CONFIRMAMOS la resolución N° 06-2015, de fecha once de noviembre del dos mil quince, que declaró infundada la solicitud de Liberación Condicional presentada por el interno José Luís Centeno Ortega, derivado del expediente 146-2002-0-0401-SP-PE-02.TÓMESE RAZÓN, HÁGASE SABER Y DEVUÉLVASE. AUTOS DE TRÁMITE A.T. 41-2016 LL 1142-2006: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedido de nuevo cómputo de pena, presentado por el sentenciado Willian Castillo Ramos al existir pronunciamiento en el folio dos mil ciento veintiuno y siguientes. A.T. 42-2016 MR 2712-2008: DISPONEMOS el nuevo cómputo de vencimiento de pena impuesta a Pablo César Ma-

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La República

mani Cayo, mediante sentencia de fecha uno de febrero de dos mil once, de DIECIOCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, quien se encuentra detenido desde el seis de mayo de dos mil ocho al treinta y uno de enero de dos mil once en el presente proceso (haciendo un total de dos años ocho meses y veinticinco días) que descontados hasta el día de la sentencia (uno de febrero de dos mil once) vencerá el CINCO DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEÍS.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 21 DE ABRIL DE 2016

DECRETOS: Se expidieron un total de 1. DESPACHO

a ello se convoca como nueva fecha para instalación de esta audiencia para el día 16 de mayo del 2016 a las 8:30 horas. Teniéndose ya por notificados en este acto para la indicada fecha la defensa técnica del investigado Artidoro Ojeda así como el Ministerio Público; así mismo con la precisión de la señorita Fiscal haber señalado no poder estar presente para el día 13 de mayo por tener una consulta médica siendo la única fiscal que conoce el caso. Quedando notificado el señor Defensor Pedro Urday Urday con la designación en caso no concurra la defensa, audiencia a la que deberá concurrir debidamente preparado.

18 DE ABRIL DE 2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA A.V 16-2016 MR 0632-2007-12: CONFIRMAR la resolución número ocho, su fecha cuatro de noviembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento sesenta y uno a ciento sesenta y ocho, que declaró Infundada la solicitud de liberación condicional de JESÚS GUILLERMO PRADO MINAYA, en el expediente número 00632-2007-0-0401-JR-PE-05, por el delito de homicidio simple en grado de tentativa en agraviode Gonzalo Núñez Borja Chirinos y por la comisión del delito de homicidio calificado –gran crueldad- en agravio de José Alberto Calle García.

26 DE ABRIL DE 2016

A.T 45-2016 MR 5001-2004-77: DECLARAMOS Tener por DESISTIDO al sentenciado Silverio Heredia Almora de su recurso impugnatorio formulado en su escrito de fojas noventa y ocho y siguientes.

DESPACHO

DECRETOS: Se expidieron un total de 7

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

27 DE ABRIL DE 2016 22 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

A.V. 17-2016 MR 0590-2008-28: CONFIRMAMOS la resolución número cinco guión dos mil quince, su fecha diecinueve de Noviembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento tres a ciento once, que declaró Infundada la solicitud de liberación condicional de JUAN CARLOS AROQUIPA APAZA, por no haber demostrado fehacientemente la actividad que desarrollaría en el medio libre.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

AUTOS DE TRÁMITE

SENTENCIAS

A.T. 44-2016 MR 1584-2008-0: AGREGAMOS al mandato de COMPARECENCIA RESTRINGIDA de fojas setenta y cinco, su fecha cuatro de abril de dos mil ocho, la regla de conducta de CUSTODIA POLICIAL a cargo de la oficina de Diligencias Judiciales- Policía Nacional del Perú, quien tiene la obligación de ponerlo a disposición de la Sala media hora antes de los debates orales y demás días que sean necesarios, para tal efecto la Secretaria de Sala, bajo responsabilidad deberá comunicar al Jefe de la Oficina de Diligencias Judiciales lo pertinente como corresponde. SEÑALAMOS la instalación del Juicio Oral el día de hoy a las A LAS CATORCE HORAS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaria de Sala con levantar las órdenes de búsqueda y captura con motivo del presente proceso, bajo responsabilidad y se obtenga los antecedentes penales y judiciales actualizados del procesado

S. 009-2016 LL 1584-2008: DECLARAMOS: a GODOFREDO SALVADOR CUEVAS ESCOBEDO, cuyas calidades personales obran en la parte expositiva de la presente, autor del delito de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL previsto en el artículo 170 inciso 2 del segundo párrafo del Código Penal modificado por Ley número 28251, en agravio de M. D. G. R.; y, como a tal, LE IMPONEMOS: cuatro años y siete meses de pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva, la misma que, con el descuento de la privación de su libertad sufrida desde el diecisiete de Abril del dos mil dieciséis, vencerá el dieciséis de Noviembre del dos mil veinte. MANDAMOS: Su inmediato internamiento en el centro penitenciario que designe el INPE, para lo cual se cursará el oficio correspondiente.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

19 DE ABRIL DE 2016

28 DE ABRIL DE 2016 25 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

A.T. 46-2016 MCH 0409-1996: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de nulidad formulado por la defensa del Señor César Darío Uyén Gordillo, debiendo Secretaria de Sala devolver los autos al Juzgado Penal para los fines pertinentes

DESPACHO

AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. A.T. 47-2016

AUTOS DE TRÁMITE A.T. 43-2016 MCH 0786-2008: DISPONEMOS el nuevo cómputo de vencimiento de pena impuesta a Wilbert Huallpayunca Lezama, mediante sentencia de fecha cinco de enero de dos mil doce, de DIEZ AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, con el carácter de efectiva, la misma que con el descuento de privación de libertad (un año, ocho meses y doce días) que descontados hasta el día de la sentencia (cinco de enero de dos mil doce) vencerá el día veintitrés de abril de dos mil veinte

DECRETOS: Se expidieron un total de 9.

20 DE ABRIL DE 2016

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

AUTOS DE TRÁMITE

MCH 11194-2008: Que previamente estos sean notificados en sus domicilios reales y en caso que no se presenten una defensa a elección de las partes imputadas, el despacho recién podría hacer efectivo el apercibimiento, que recaería en el señor Defensor Público Doctor Pedro Urday Urday, quien deberá hacer estudio del expediente y venir preparado a la siguiente sesión. Y además deberá a las partes procesales en su domicilio real a efecto tomen conocimiento del presente proceso y de notificarse también por edictos, lo que agotaría las notificaciones por parte del órgano judicial a efecto que estos están debidamente emplazados, sin perjuicio de ser notificados en sus domicilios procesales con el apercibimiento anterior y además de la imposición de la medida disciplinaria de dos unidades de referencia procesal. En mérito

AT 35 BZ Reg. N° 06618-2013-0.Lucio Zeny Ruelas Escobedo.- Donato Ruelas Escobedo.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.AT 31 CL Reg. N° 01229-2013-0.- Oswaldo Angel Galindo Valencia.- Karen Rodríguez Quispe.- Desalojo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.-

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

AUTOS DE TRMITE

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

Jueves, 19 de mayo del 2016

29 DE ABRIL DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

YENY MAGALLANES RODRIGUEZ JUEZ SUPERIOR CRISLEY HERRERA CLAURE COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL MES DE ENERO DE 2016 MARTES 05 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AT 35 BZ Reg. N° 01703-2012-0.Zaida Nancy Campos Rodríguez.- Gregoria Vargas Morales de Ala y otros.- Declararon: 1) Inadmisibles los medios probatorios referidos a la copia literal de la partida registral Nro. 11034948 y al auto Nro. cuarenta y dos, expedido en el proceso 194-2010. y 2) Partida registral Nro. 11034948 y el auto Nro. 42, expedido en el proceso 194-2010, y 2) Admitieron como medio probatorio la copia literal de la partida registral Nro. 1159453; ofrecido en el escrito de apelación de fojas seiscientos noventa y tres. Traslado a la parte demandada de los referidos medios probatorios por el plazo de diez días. Prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva y conforme al estado del proceso. Señalaron fecha para la vista de causa el día quince de marzo del dos mil dieciséis a las nueve horas en la Sala de audiencias de la segunda sala civil. Tómese razón y hágase saber.AT 32 BZ Reg. N° 01229-2013-0.- Oswaldo Angel Galindo Valencia.- Karen Rodríguez Quispe.- Desalojo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.-

Con los SS. Bustamante Zegarra Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. AT OCHO BZ Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT NUEVE BZ Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT DIEZ MM Reg. N° 00233-2015-0.Raúl Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valderrama.- Acción de Amparo.- Resolvieron Tener por propuestas las excepciones de falta de agotamiento de la vía previa.- y falta de legitimidad para obrar del demandado . Dispusieron conferir traslado al demandante para su conocimiento.- 2) Por absuelto el traslado de la demanda, en los términos que contiene el escrito de contestación. Téngase por ofrecidos los medios probatorios. A los anexos Agréguese a sis antecedentes. Admitir a trámite el escrito de contestación, presentado por el Doctor Francisco Néstor Carreón Romero, en consecuencia dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito. Téngase por ofrecidos los medios probatorios- A los anexos Agréguese a sus antecedentes. Tómese razón y hágase saber.AT 09 MM Reg. N° 00125-2015-0.Percy Rene Ortega Cárdenas.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Popular.- Declararon consentida la sentencia Nro. diecinueve de las páginas noventa a ciento diez, en consecuencia ha adquirido la autoriad de cosa juzgada. Dispusieron la publicación de la sentencia en el Diario Oficial El Peruano. Tómese razón y hágase saber.-

MIERCOLES 06 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. SV 24 MM Reg. N° 04185-2011-0.Katiuska Payalich Zúñiga.- Martha Acrota Huacrapuma y otro. Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 504-2015, de fojas ciento cuarenta y siete y siguientes, que declara infundad la demanda de fojas cuarenta y nueve y siguientes, interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre Cese de Violencia Familiar y maltrato físico, en contra de Martha Acrota Huacarpuma y otra. en agravio de Katiuka Nathaly Payalich Zúñiga y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. SV 02 BZ Reg. N° 02672-20110.- Municipalidad Distrital de Cayma.- Karim Alvarado Assad y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.Confirmaron la sentencia Nro. 040-2015, de fecha veintisiete de abril del dos mil quince, que declara fundada la demanda, en su tenor modificado, cuyo texto obra agregado en la página seiscientos catorce y siguientes, interpuesta, en consecuencia declara nulo el acto jurídico de cesión de derechos, celebrado por los demandados el diciesete de setiembre del dos mil diez, asimismo Nulo el documento que lo contiene, estos es la escritura pública Nro. 0941, la transferencia de derechos

de posesión de fecha diecisiete de setiembre del dos mil diez, otorgada por los demandados, por ante la motaría del Dr. Miguel Villavicencio Cárdenas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 10 JC.- Salas.SV 03 | Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01673-2014-0.- Danitza Collado Zegarra.Juan Castillo Cuadros.- Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 404-2015, del dieciséis de julio del dos mil quince, que declara infundada en todos sus extremos la demanda, interpuesta por el representante del Ministerio Público, en agravio de Luciana Alena Castillo Collado y Juan Alonso Castillo Cuadros. Sin costas ni costos. Y los devolvieron.. Tómese razón y hágase saber.- 4JF.Pacheco SV 04 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 01486-2016-0.- Guido Ríos Lasteros.Agustín Córdova Cuayla y otros.- Reivindicación.- Confirmaron la sentencia Nro 31-2015, del veintidós de abril del dos mil quince, de fojas cuatrocientos cincuenta y siete y siguientes, que declara fundada la demanda interpuesta, y dispone que los demandados procedan a desocupar y hacer entrega del bien materia de reivindicación en favor del demandante, en el término de diez días de consentida y/o ejecutoriada la presente, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.-

AV 03 BZ Reg. N° 03660-2003-66.- Rolando Linares Alemán.- Carlos Eduardo de Rivero Bustamante.- Nulidad de Acto Jurídico.- Revocaron la resolución apelada Nro. 111, del cuatro de marzo del dos mil quince, que declara improcedente el pedido de intervención litisconsorcial necesario activo formulado, reformándola declararon fundado dicho pedido, en consecuencia: Dispusieron incorporar al proceso como litis consorte a Gladis Chacón de Alemán, debiendo el juez de la causa em´lazar a la misma conforme a ley y remitírsele copia certificada de la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.- 9JC.- Meza.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AV 01 BZ Reg. N° 00989-201490.- Agro Buen Sembrador SAC.- Agrícola Hermanos Zambrano S.A. – Obligación de Dar Suma de Dinero: Confirmaron la resolución apelada Nro. 08 de fecha veintiuno de abril del dos mil quince.- Declara infundada la oposición respecto a la concesión de la Medida Cautelar, presentada por la demandante- Dispusieron: Otorgar a la misma el plazo de seis días hábiles, para que cumplan con con constituir contracautela de naturaleza real por el monto de cincuenta mil nuevos soles, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la Medida Cautelar. Dispusieron llamar la atención al juez de la causa Lino Zúñiga Portocarrero, por las irregularidades anotadas, exhortándolo a desempeñar sus funciones con mayor responsabilidad; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.1JM Paucarpata.- Zúñiga AV 04 BZ| Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01245-2012-0.- Sabina Muñoz Huachani.ONP.- Acción de Amparo.- Declararon Nula la resolución Nro. 39 de fecha nueve de junio del dos mil quince que resuelve: 1.-) Declarar fundada la observación a la resolución Nro. 118664-2014ONP hecha por la demandante, en consecuencia se declara nula dicha resolución, tan sólo en la parte que determina el monto de pensiones devengadas e intereses. 2) Se dispone que la ONP emita nueva resolución de liquidación de pensiones devengadas e intereses, teniendo como fecha de inicio del derecho, la fecha del fallecimiento del causante Germán Laja Esquigola. 3) Declarar nula la liquidación de fojas doscientos ochenta y ocho , presentada por el perito judicial Aldo Enríquez Gutiérrez. 4) Innecesario pronunciarse sobre las observaciones hechas por la ONP: y ordenaron se vuelva a expedir nueva resolución de acuierdo a los parámetros fijados en la presente y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMPaucarpata.- Rodríguez.Pacheco AV 05 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 03106-2009-86.- Javier Francisco Bustamante Alvarez.- Poder Judicial.- Acción de Ampa-

Jueves 19 de mayo del 2016

ro.- Declararon no emitir pronunciamiento sobre la apelación presentada en contra de la resolución Nro. 71 de fojas cuatrocientos doce, que resuelve requerir al Dr. José Francisco Carreón Romero, como responsable de ejecutar el proceso como titular del pliego del Consejo Ejecutivo Distrital del Poder Judicial para que en el plazo de tres días, cumpla con reponer al demandante en su cargo de técnico judicial, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 conforme a la sentencia emitida en autos, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de imponérsele multa de una URP y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JC.- Herrera.-

AV 06 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 06444-2006-31.- Eloy Díaz Valladares.ONP.- A.C.A.- Revocaron la resolución Nro. 49, del veintinueve de mayo de dos mil quince, que resuelve aprobar el informe pericial que obra a fojas setecientos cuarenta y tres a setecientos cincuenta, cuyas conclusiones son las siguientes: 1) Que por la liquidación de pensiones devengadas a partir de enero de dos mil catorce, que le corresponde al señor Eloy Díaz Valladares, asciende a la suma de sesenta y dos mil doscientos cincuenta nuevos soles. Que los intereses legales determinados sobre la base de los devengados asciende a nueve mil ochenta y cinco con noventa y siete céntimos. Reformándola: Desaprobaron el citado informe pericial. Ordenaron que el perit5o nombrado en autos presente nuevo dictamen pericial, luego de dar cumplimiento a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 02 Sa V Reg. N° 04277-201383.- María Antonieta Fabian Rodríguez Murillo de Braganini.- Pedro Anahua Huahuasonco.- Revindicación.- Confirmaron la resolución Nro. 07, de fecha seis de marzo del dos mil catorce, en el extremo que resuelve declarar improcedente la reconvención interpuesta por el demandado Pedro Anahua Huahuasonco en calidad de presidente de la Asociación Centro Industrial Las canteras, sector Vivienda y Martha anahua Puma, Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe.En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.-. AV 18 BZ Reg. N° 06102-2008-5.Eduardo Retamozo Chávez.- Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A..- Impugnación de Resolución.- Confirmaron la resolución Nro. 60 obrante a fojas doscientos veintidós y siguiente, por la que se resuelve; 1) Requerir al gerente de EGASA S.A. a fin de que en el plazo de diez días cumpla con ordenar a quien corresponda se efectúe la actualización de los derechos y beneficios laborales que correspondan al actor, debiendo efectuar la nivelación de la remuneración correpondiente al actor. 2) Designar un perito judicial a fin de determinar el monto de lo adeudado al actor por parte de la demandada, por concepto de remuneraciones devengadas, recayendo el cargo en la contadora Patricia Lorena Pinto Salas, a quien se le concede el plazo de tres días para la aceptación del cargo, bajo apercibimiento de subrogación en el cargo en caso de incumplimiento, se fija como honorarios profesionales enana URP, la misma que será abonada por la parte demandante, dentro del plazo de cinco días, mediante depósito judiciales el Banco de la Nación ; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia.AV 14 BZ Reg. N° 02674-2011-0.Casana y Quiroz Asociados S.C.R.L. Municipalidad Provincial de Arequipa.- Ejecución de Laudos Arbitrales.-Confirmaron la resolución Nro. 42 de fecha veintiuno de agosto del dos mil catorce que resuelve A) Declarar infundada la cuestión probatoria de tacha. B) Declarar improcedente la contradicción al mandato ejecutivo, con lo demás que contiene; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC.- Maraza.AV 159 CL Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López.-. Reg. N° 06752-2009-0.- Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del Sur.- Impugnación de Acuerdos.- Revocaron la recurrida y en consecuencia arreglado a ley, dejaron sin efecto

la sanción interpuesta con lo demás que contiene Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 08 MM Reg. N° 06752-2009-0.Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del Sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la Resolución Nro. 40 de fojas cuatrocientos cincuenta y nueve, que resuelve rechazar la denuncia civil realizada en el escrito de folios cuatrocientos treinta y tres y siguientes. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 20 MM Reg. N° 06752-2009-0.Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Ejecución de Laudos Arbitrales.-Confirmaron la resolución Nro. 41 de fojas cuatrocientos sesenta en el extremo que fija los puntos controvertidos.. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. AV 10 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 51 de fojas quinientos cuarenta y cinco, que declara improcedente el ofrecimiento de la declaración jurada del demandante Jonhny Enríquez Quiroz, realizada por el abogado de la demandada. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 11 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 57 de fojas quinientos ochenta y cinco. Que declara improcedente la recusación formulada por el apoderado de la demandada José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia. AV 12 MM Reg. N° 06752-2009-0.Asociación de Comerciantes Mayoristas de Esad Provincial de Arequipa.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 143, que resuelve nombrar como apoderado común de los terceros coadyuvantes al abogado José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.6JC.- Valdivia.AV 13 MM Reg. N° 06752-20090.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la resolución Nro. 144, en el extremo que declara improcedente el recurso de apelación presentado por el abogado José Salomón Linares Cornejo. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. SV 165 MM Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Valencia Dongo y Bustamante Zegarra.-. Reg. N° 06752-2009-0.- Silvana Isabel Quispe Vilca y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de Especies Hidrobiológicas del sur.- Impugnación de Acuerdos.- Confirmaron la sentencia apelada Nro. 64-2014 del cuatro de julio del dos mil catorce, que declara fundada la demanda interpuesta y declara la nulidad del acta de Asamblea General Extraordinaria y el acta de reapertura y aclaración del veintitrés de setiembre del dos mil nueve. Fundada la pretensión accesoria de cancelación del asiento B00005, rubro nombramientos de la partida 11006560 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Arequipa. Con costas y costos, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 17 BZ Reg. N° 07332-2014-0.Teófilo Nemecio Ccaña Uska.- Rímac Seguros.Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plaszo de ley,. Tómese razón y hágase saber.AT DOS CL Reg. N° 0269-2015-0.ERIMAR SAC.- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.- Revisión de Procedimientos de Ejecución.- Admitieron a trámite en la vía de proceso especial la demanda interpuesta. Confirieron traslado de la demanda a los demandados. Por ofrecidos los medios probatorios. Los anexos a sus antecedentes. Mandaron que la autoridad administrativa demandada renita en el plazo de diez días el expediente colectivo relacionado con la actuación impugnada. Teófilo Nemecio Ccaña Uska.- Rímac Seguros.- Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Tómese razón y hágase saber.AT 10

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

MM Reg. N° 01874-2015-0.- Karin Johana Rosas Cabrera y otras.- Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.- Acción de Amparo.Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber. AT 15 CL Reg. N° 0783-2015-0.Luz Zunilda Villa Feria.- Fábrica de Chocolates La Ibérica.- Acción de Amparo.- Concedieron el recurso de agravio constitucional interpuesto. Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 07 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vuzcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 25 Sa V Reg. N° 06434-200733.- Aurelio Pilco Valencia.-O.N.P.- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la resolución Nro. 42 de fecha nueve de octubre del dos mil catorce, obrante a folios doscientos seis y siguientes, en el extremo que resuelve: 1) Declarar infundadas las observaciones referidas por la parte demandante precisadas en el escrito de la página cuatrocientos cincuenta y tres y Dispone que la perito contadora, cumpla con emitir nuevo informe pericial, teniendo en cuenta lo establecido en el considerando noveno de la presente y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 10JC.Salas.En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. AV 20 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.SRL.- Resolución de Contrato.- Confirmaron la resolución Nro 26, de fecha diecisiete de agosto del dos mil once, por la que se resuelve: Declarar improcedente la solicitud de sucesión procesal

que obra a fojas trescientos de autos . B) Se otorga el plazo de treinta días para que se apersonen en autos, la sucesión del que en vida fue: Manuel Jesús Ponce Díaz, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 2) Revocaron la resolución Nro 28de fecha veinticinco de octubre del dos mil once, por la que se resuelve: Declarar la sucesión procesal a la sucesora procesal Santa Delia Pérez Condori, y Reformándola declararon improcedente la solicitud presentada. Dispusieron que el juez de la causa cumpla con pronunciarse respecto de la solicitud presentada, así mismo deberá declarar la nulidad de actuados que se hayan suscitado sin la declaración de la sucesión de don Manuel Ponce y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 21 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro 51-2013 de fecha veinticuatro de enero del dos mil trece, que obra a fojas cuatrocientos ochenta y tres y siguientes, por las que se resuelve: 1) Incorporar al proceso en calidad de litis consortes necesarios pasivos respecto de restitución de posesión del inmueble y 2) Disponer la notificación con los citados actuados en el inmueble que origina la demanda; 3) Dejar sin efecto el señalamiento de fecha de la audiencia de pruebas del día de la fecha; y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 22 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro 64 de fecha veinte de agosto del dos mil trece, que obra a fojas 627 y siguiente, por la cual se resuelve: Declarar improcedente la nulidad presentada por el litis consorte necesario pasivo Juan Agripino Benegas Coaguila y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.Valdivia.AV 23 Sa V Reg. N° 06823-2009-0.- Santa Delia Pérez Condori.- Empresa Constructora Pacífico Asociados Contratistas Generales.- SRL.- Resolución de Contrato.- Declararon Nula e insubsistente la resolu-

ción Nro 93-2015, de fecha catorce de agosto de dos mil quince, que obra a fojas mil trescientos setenta y siete y siguientes, por la que se resuelve: Declarar improcedente la demada, ejecución de cláusula penal, restitución de posesión, se declara la nulidad de todo lo actuado y la conclusión del proceso, se dispone la devolución de los anexos por las partes, y dispusieron, sin lugar a emitir pronunciamiento, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.AV 27 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 04955-2010-0.- Angel Enrique Rubina Carbajal.- AUTODEMA.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 34, del veinticinco de mayo de dos mil quince, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución Nro. 31, en consecuencia: Impone multa de una URP. A Isaac Martínez Gonzales en su calidad de Gerente General de Autoridad Autónoma de Majes-AUTODEMA y se requiere nuevamente a la demandada representada por su gerente, para que cumpla con reincorporar al demandante en el cargo que venía desempeñando y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC.- Maraza.AV 29 CL Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 01186-2009-8.- María Isabel Díaz Monteagudo.- Otto Merzenich Gonzales.- Violencia Familiar.- Se resuelve: Revocar la resolución Nro. 12-2015 de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, que ordena la detención hasta por veinticuatro horas del agresor Otto Merzenich Gonzales, con lo demás que contiene. Reformándola 1) Se ordena que el demandado cumpla con asistir a terapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del Módulo Básico de Justicia, en el plazo máximo de tres días de notificado.2) Se ordena que la madre del menor agraviado cumpla con asistirá a terapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del Módulo Básico de Justicia, debiendo gestionar la cita en tres días, en caso contrario debe ordenarse su detención hasta el lapso de veinticuatro horas. 2 ) Se ordena que la madre del menor agraviado, cumpla con asistir a trapias de orientación familiar en grupo e individuales dirigidas por la sicóloga del módulo básico de justicia debiendo asistir en el plazo de cinco días de notificada con la presente. 3) Disponiéndose la notificación de la presente en los domicilios reales de las partes señaladas en el escrito copiada a folios doscientos catorce sin perjuicio de girar las cédulas de notificación correspondientes a los domicilios procesales fijados en autos., y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMM.- Pinto.AV 29 CL Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. Reg. N° 02657-2012-0.- Natividad Vela Emmanuel y otro.- Alfredo Ballón Pérez y otro.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve: Declarar Nula la sentencia Nro. 087-2015, de fecha diez de julio del dos mil quince, obrante a folios doscientos setenta, que declara improcedente la demanda interpuesta. Se dispone que el aquo expida nueva resolución y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.VIERNES 08 DE ENERO DE 2016 SV 07 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 00186-2007-0.- Percy Christian Carpio Pérez.- Oscar Villanueva Huaco y otros.- Reivindicación.- Declararon Nula la sentencia Nro. 023-2015-CI del diecinueve de enero del dos mil quince, que declara improcedente la demanda. Ordenaron que la jueza, A-quo, expida nueva sentencia sobre el fondo de la cuestión extrovertida . Exhortaron a la señora jueza Silvia Sandoval Corimayta y el especialista Víctor José Tapia Málaga, mayor celo en el ejercicio de sus funciones.y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC.Hunter.SV 15 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona. Reg. N° 00044-2015-0.- Dionisio Tiílla Choque.Rímac Seguros.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 78-2015 del veintiuno de mayo de dos mil quince, que declara improcedente la demanda interpuesta y lo devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JJC.Herrera.AT

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UNO MM Reg. N° 0902-2014-0.Helen Reyes Flores.- Marleni Franco Cuadros.- Indemnización.- Resolvieron: Tener por interpuesto el recurso de queja, presentado por Geir Andersen, que rechaza y declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia, en consecuencia: Dispusieron elevar el cuaderno de recurso de queja, anexos y la prsente resolución a la Sala Civil de la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT 54 CL Reg. N° 03683-20120.- Asociación de pequeños Comerciantes El Carmen.- Feliciano Calle Madani.- y otros.- Prescripción Adquisitiva.- “En caso de que el recurso sea presentado ante la Corte Superior, esta deberá remitirlo a la Corte Suprema sin más trámites dentro del plazo de tres días”. Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT 60 MM Reg. N° 03012-2011-0.Avelina Antonieta Alvarez vda. de Meza.- Rolando Eduardo Calisaya Cahuina y Lola Reyna Burgos Aquize.- Rectificación de Area y linderos.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar la omisión advertida. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta Sala para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber. AT 140 MM Reg. N° 08591-20070.- Natalia Colque Mancilla.- Empresa MINSER SRLTDA. Y Fundación del Colegio Nuestra Señora del Rosario.- Mejor Derecho a la Propiedad.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor Juez Superior doctor Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, ha conocido el presente proceso, en primera instancia, fundamentos pór los cuales: Dispusieron, que el colegiado se integre con el juez llamado por ley. Tómese razón y hágase saber. SV 11 MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas. Reg. N° 01765-2015-0.- Alejandro Marcel Galindo Vizcarra.- Club Internacional de Arequipa.- Acción de Amparo.- Declararon Improcedente la abstención efectuada por el señor juez doctor Rene Cervantes López.. Tómese razón y hágase saber.1JJC.- Herrera.-

AT 28 CL Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra.- Cervantes López. Reg. N° 00338-2014-0.- María Josefa Cristina Flores de Tamayo.- Sociedad de Beneficiencia Atrquipa.- Nulidad de resolución o Acto Administrativo.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República cpn la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.- 1JJC.Herrera.LUNES 11 DE ENERO DE 2016 AT UNO MM Con los SS.Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 02217-2015-63.- Angel Flavio Mendoza del Carpio.- Banco ede la Nación de Arequipa.Acción de Amparo.- Dispusieron remitir el recurso de queja presentado en contra de la resolución Nro. nueve (Siete-2SC) 563-T del dieciséis de diciembre de dos mil quince, que declara inadmisible el recurso de agravio constitucional, contra el auto de vista Nro. 719-2015-2SC (SEIS); al Tribunal Constitucional, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AV 15 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 02-2015, de fecha dieciséis de octubre del dos mil quince, obrante a fojas dieciocho, en el extremo que resuelve declarar improcedente el ofrecimiento del medio probatorio presentado por el representante del menor infractor, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.AV 16 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 04, de fecha veintiséis de octubre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos once, en el extremo que resuelve declarar improcedente el ofrecimiento de medios probatorio extemporáneos, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón

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La República

y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.AV 17 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 16, de fecha dos de noviembre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos treinta y tres, en el extremo que resuelve declarar infundado el pedido de cese del internamiento preventivo, con lo demás que contiene.- y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JM Paucarpata.- Zúñiga.SV 17 CL Reg. N° 02546-2015-0.- O. CH. P.- C.M.A.E.- Contra la libertad sexual.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 117-2015, de fecha diez de diciembre del dos mil quince, obrante a fojas doscientos ochenta y cuatro, que declara al menor O.R.C.P. coautor del acto infractor de violación a la libertad sexual, realizada por dos o más sujetos, previsto y contemplado en el artículo 170°, del Código Penal en agravio de C.M.A.E. de veintitrés años de edaed y como tal le impone la medida socioeducativa de internación por el plazo de cuatro años, con severa recriminación al menor, internación que se cumplirá el en el Centro Juvenil Alfonso Ugarte, fijando como reparación civil la suma de cinco mil nuevos soles, que pagarán los padres del infractor a favor de la parte agraviada, con lo demás que contiene y los devolvieron al juzgado de origen.. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPaucarpata.- Zúñiga.MARTES 12 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Cervantes López. AT 04 MM Reg. N° 00219-201520.- Yura S.A. – Nulidad de Resolución Administrativa.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor Ramiro Bustamante Zegarra debiendo conformar sala con el señor juez superior llamado por ley.Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO CL Reg. N° 01627-2014-0.Federación de Empleados Bancarios del Perú.Cristina Susana Llerena de Rodríguez y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Dispusieron la remisión del presente cuaderno de apelación a la Tercera Sala Civil, a efecto que la misma se avoque a su conocimiento. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y CárdenasTicona. AT DOS BZ Reg. N° 00716-201480.- Mariela Salhua Callo.- Alejandro Huamaní Mamani.- Desalojo.- Declararon Improcedente el pedido de fijar día y hora para la realización de la audiencia de informe oral y la solicitud de informar oralmente, presentado por el abogado de la parte demandante, debiendo reingresar los autos para absolver el grado, en el turno que le correspondan. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AT 54 CL Reg. N° 04746-2011-0.Gonzalo Espinoza Cácere y otros.- Edgar Corado de la Torre y otra.- Reivindicación.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.-.Tómese razón y hágase saber.AT UNO CL on los SS. Marroquín Mogrovejo y Cervantes López Reg. N° 03491-2000-32.- Alode Portilla Guillén.Ana María Portilla Gonzales.- División y Partición de Bienes.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor juez superior Ramiro Bustamante Zegarra; y dispusieron que el colegiadop se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 38 MM Reg. N° 00835-2013-0.Constanza Irene Zapana Aguilar.- Juan Julio Pérez Quispe.- Desalojo.- Dispusieron la inmediata devolución del presente xpediente al juzgado de origen, a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar las omisiones advertidas. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta sala, para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber. AT 25 MM Reg. N° 00989-20140.- Agro Buen sembrador SAC.- Agrícola hnos. Zambrano SAC.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Se resuelve Hacer efectivo el apercibimien-

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to prevenido en la resolución número veintitrés (SEIS-2SC) y en consecuencia tener por no ofrecidos los medios probatorios, señalados en el escrito de apelación de fojas ciento setenta y tres a ciento ochenta y seis .Tómese razón y hágase saber.AT NUEVE MM Con los SS. Valencia Dongo, Bustamante Zegarra y Polanco Gutiérrez Reg. N° 01969-2010-74.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon Improcedente el pedido de aclaración del Auto de Vista 764-2015-2SC, formulado por Carlos Miguel Cruz Quispe.Tómese razón y hágase saber.AT DIEZ CL Con los SS. Valencia Dongo, Bustamante Zegarra y Polanco Gutiérrez Reg. N° 01969-2010-74.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe en contra del señor juez superior Marroquín Mogrovejo.Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Valencia Dongo Cárdenas,. Bustamante Zegarra y Polanco Gitiérrez AT ONCE BZ Reg. N° 01969-201074.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe en contra del señor juez superior Cervantes López. Tómese razón y hágase saber. AT DOCE5 BZ Reg. N° 01969-201074.- Carlos Cruz Quispe.- Carmen Rosa Cruz Alvarez.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Recusación.- Declararon No ha lugar el pedido de recusación formulado por Carlos Cruz Quispe. Tómese razón y hágase saber.MIERCOLES 13 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS.Cervantes López, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona.-. SV 09 Sa V Reg. N° 00078-20120.- Federico Cárdenas Benavenrte y otro.- Héctor Delgado Pino y otro.- Interdicto de Recobrar.Confirmaron la sentencia Nro. 027-2015, de fojas cuatrocientos noventa y ocho a quinientos cuatro, que declara fundada en parte la demanda sobre Interdicto de Recobrar y cobro de Daños y Perjuicios interpuesta, con lo demás que contiene y los devolvemos. Tómese razón y hágase saber.7JC.- Polanco.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 10 BZ Reg. N° 00460-2014-0.Luis Enrique Valdivia Velarde.- Lila Cornejo Salinas Divorcio por Causal.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 2278-2015. de fecha veinticuatro de junio del dos mil quince, que declara fundada la demanda de Divorcio por Causal de separación de hecho, seguida por Luis Enrique Valdivia Velarde en contra de Lila Sofía Cornejo Salinas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JF.- Montesinos.Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y CárdenasTicona. AV 22 CaT Reg. N° 02666-2014-0.Alberto Wilber Sucho Alcocer.- Mamerto Sucho Luza.- Violencia Familiar- Confirmar la resolución Nro. 08, dictada en audiencia única de fecha ocho de enero del dos mil quince, a folios noventa y cuatro, en el extremo apelado que resuelve rechazar como medios probatorios, los informes solicitados, por no tener relación con los puntos controvertidos, con lo demás que contiene. y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AV 23 CaT Reg. N° 02666-2014-0.Alberto Wilber Sucho Alcocer.- Mamerto Sucho Luza.- Violencia Familiar- Se resuelve Confirmar la Sentencia Nro. 550-2015, de fecha tres de agosto, obrante a fojas ciento treinta y nueve, que declara que ha existido violencia familiar recíproca. Establece un período de protección judicial a favor de la agraviada por el lapso de doce meses, período en el cual se deberán realizar las siguientes medidas de protección: 1) La prohibición para los demandados-agraviados asistan a un tratamiento psicológico y de orientación familiar a cargo del programa NAMIS del departamento de salud mental del Hospital Goyeneche.Sin costas ni costos del proceso. 2) Revocándola en el sentido que no sólo se consideran las mrdidas de protección temporales señaladas. Reformándola. Se dispone, que además los demandados cumplan con:

Jueves, 19 de mayo del 2016

a) Abstenerse de maltratarse entre ellos. b) En caso de reiterarse, debidamente comprobado, se dispondrá la detención hasta por el plazo de veinticuatro horas del agresor y de reincidir se hará merecedor de multas compulsivas y progresivas a favor del poder judicial, ello sin perjuicio de las denuncias penales a las que diera lugar y/ o por resistencia a la autoridad.Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.AV 13 CL Reg. N° 01832-201460.- Gregorio Callo Machaca.- Ruperto Apaza Madani y otros.- Indemnización.- Se resuelve: confirmar la resolución Nro. 02-2014, de fecha veintisiete de noviembre del dos mil quince, que resauelve declarar improcedente la demanda interpuesta. Corregir el extremo de la recurrida en la parte que dice en contra de “Francisco Ruelas Mamani, debe decir en contra de la Sucesión Ruelas Mamani” y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 3JFM Paucarpata.- Talavera.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra AT 51 BZ Reg. N° 04682-2009-0.Mario Loreto Alcocer Paz y otros.- Doris Fortunata Muñoz Rojas.- Desalojo.-Declararon fundada la abstención formulada por el señor juez superior René Cervantes López y Dispusieron que el colegiado se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López . AT NUEVE BZ Reg. N° 00127-20150.- Walter Edgar Gutiérrez Cueva.- Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa y Empresa de Transportes Sur Perú EIRL.- Anulación de Laudo Arbitral.- Declararon consentida la sentencia Nro. veinte- dos mil quince, que obra a folios quinientos cinco, mediante la cual se falla declarando infundada la demanda interpuesta, en consecuencia ha adquirido la autoridad de cosa juzgada. Conforme a su estado Dispusieron el archivo definitivo del proceso y remítase el expediente al arhivo central en la oportunidad debida, debiendo devolverse los anexos a su presentante, previa constancia en autos.- Tómese razón y hágase saber.AT 26 MM Reg. N° 00989-20140.- Agro buen sembrador SAC.- Agrícola hermanos Zambrano SAC.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Admitieron como medio probatorio, las copias certificadas del Auto de Vista Nro. 5802015-3SC; ofrecido en el escrito de absolución al recurso de apelación, que obra a fojas doscientos diecinueve y el escrito de subsanación que antecede, presentado por la demandante. Traslado ala demandada por el plazo de diez días.-. Prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva y conforme al estado del proceso Señalaron fecha para la vista de causa el día veintiséis de marzo de dos mil dieciséis.- a lsa nueve horas en la sala de audiencias de la segunda sala civil .Tómese razón y hágase saber. AT 36 BZ Reg. N° 01703-2012-0.Zaida Nanny Campos Rodríguez.- Gregoria Vargas Morales de Ala, Celso Epifanio Vargas Morales y Josefina Vargas Morales.- Admitieron el medio probatorio extemporáneo ofrecido. Traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días.- Tómese razón y hágase saber.-

primer juzgado de paz letrado y la sentencia de vista Nro. 13-2005, emitida por el tercer juzgado civil de Arequipa, expedidas en el expediente Nro. 353-1995 sobre Desalojo y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe SV 14 MM Reg. N° 00392-2014-0.- Basílica Gonzales de Aquise.- Félix César Aquise Gonzales.Interdicción.-Aprobaron la sentencia Nro. 5422015, del cuatro de setiembre de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, en consecuencia declara interdicto a don Leonardo Clemente Aquise Dueñas, por incapacidad absoluta prevista en el artículo 43, inciso dos del Código Civil y se nombra como curadora especial del interdicto a su señora esposa: doña Basílica fijando los límites de la curatela, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Paucarpata.- Corrales.

JUEVES 14 DE ENERO DE 2016

Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 37 CL Reg. N° 00064-20120.- Percy Félix Cáceres Guillén.- Primera Fiscalía Superior Civil y familia, Silvia Grimanesa Galindo Paredes.- Divorcio por Causal.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.-

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 06 MM Reg. N° 00831-2015-0.Francisco René Chalco.- Irma Ada Cahuana Hurtado.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia Nro. 488-2015, del quince de setiembre del dos mil quince, de fojas noventa y dos y siguientes, que declara infundada la demanda interpuesta, en agravio de Francisco René Madani Chalco y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.2JMMM.- Pinto.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 13 CL Reg. N° 06408-20070.- Guillermo Ydme Chambi y otro.- Esther Murillo Málaga de Arpasi y otro.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 19-2015, de fecha veintisiete de marzo de dos mil quince. Que declara fundada la demanda interpuesta y en consecuencia declara nulas la sentencia Nro. 222-2005 emitida por el

AT DOS

MM Reg. N° 0268-2015-0.- Jesús WilfridoApazaClavijo.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Admitieron a trámite el escrito de contestación presentado, en consecuencia Dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito de contestación que antecede. A los anexos.- Agréguese a sus antecedentes. Requiérase a la demandante a que cumpla con efectuar la publicación ordenada en el auto admisorio de la demanda. Cumpla la demandada con señalar casilla electrónica dentro del plazo de tres días, bajo responsabilidad. Tómese razón y hágase saber. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 38 CL Reg. N° 04813-2014-0.Paul Alexander Linarez Sánchez.- Michael Jesús Flores Núñez.- Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud.- Ordenaron Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber. AT DOS BZ Reg. N° 04126-2015-0.Tecn. Fluidos SAC.- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual Paul (INDECOPI) Revisión de Procedimiento de Ejecución / Cobranza Coactiva.Resolvieron declarar la incompetencia de esta sala superior, por razón de territorio, y Dispusieron la remisión de los actuados a mesa de partes de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su ingreso aleatorio a la Sala Superior de Turno de la corte Superior de Justicia de Lima. Tómese razón y hágase saber. VIERNES 15 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO MM Reg. N° 00007-20160.- Justina Lorenza García Ambur,. Exequatur.Resolvieron: Declarar Inadmisible la solicitud interpuesta.- Concedieron plazo de tres días a la actora para que subsanen los fundamentos expuestos en la parte considerativa, en consecuencia: Concedieron plazo de tres días a la actora, para que subsanen los defectos formales advertidos, bajo apercibimiento de de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 18 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Valencia Dongo.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona. SV 19 CaT Reg. N° 00211-20140.- Otilia Zegarra Tejada.- ETUPSSA.- Impugnación de Acuerdo.- Confirmaron la sentencia Nro. 176-2015 del once de junio de dos mil quince, que declara infundada la pretensión de acuerdo societario de exclusión de accionistas, llevada a cabo el catorce de noviembre del dos mil trece, contenido en la demanda interpuesta, y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPauc.- Zúñiga.-

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 19 CL Reg. N° 00347-20150.- Brisseth Hellen Gallegos Russell.- Elízabeth Russell García y otro.- Violencia Familiar.- Se resuelved aprobar la sentencia Nro. 538-2015-FC, obrante a fojas ciento nueve y siguientes, que declara infundada la demanda en la modalidad de maltrato sicológico, con lo demás que contiene.y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 20 CaT Reg. N° 04681-20140.- Gonzalo Erasmo Concha Mejía y otro.- Blanca Paulina Calero Obregón.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la sentencia Nro. 41-2015, que declara infundada la demanda en todos sus extremos, interpuesta, y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 21 CL Reg. N° 01732-20140.- Luz María Facón Quispe.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Se resuelve: Aprobar la sentencia Nro. 313-2015, de fecha nueve de julio de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, que declara la existencia de unión de hecho habida entre doña Luz María Falcón Quispe y quien en vida fuera Efraín Condori Gómez en el período mencionado edesde el diez de febreo del dos mil seis hasta el veintidós de abril del dos mil catorce, fecha en la cual falleció su concubino, en consecuencia se le reconoce a la demandante como conviviente de quien en vida fuera Efraín Condori Gómez, en el período mencionado para los fines de ley, reconociéndole todos los derechos que este le otorga, sin costas ni costos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.Aquize . SV 17 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 06937-2013-0.- JustinoSacsi Portilla.ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve revocar la sentencia Nro. 093-2015, de fecha veintitrés de junio del dos mil quince, obrante a folios doscientos diez, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta, con lo demás que contiene, Reformándola se declara Improcedente la disponiéndose la conclusión y archivo del proceso, así como la devolción de los anexos, a gestión de la parte interesada y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. SV 18 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 03023-2013-0.- Remo Hernán Apaza Cutipa.- ENACE.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve: Revocar la sentencia Nro. 084-2015, de fecha doce de junio del dos mil quince, obrante a folios doscientos sesenta y cinco y siguientes, que resuelve declarar infundada la demanda interpuesta; Reformándola: Se declara Improcedente la misma, por la causal prevista en el artículo 427 del Código Procesal Civil, por las razones expuestas; Exonerar en forma expresa a la parte demandante del pago de costas y costos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 33 BZ Reg. N°| 00644-2014-7.Municipalidad Distrital de Sachaca- Oscar Alzadora Zea y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Confirmaron la resolución Nro. 19 de fecha diez de julio del dos mil quince, obrante a fojas doscientos cuarenta y seis y doscientos cuarenta y siete, por la que se declara improcedente el abandono del proceso, solicitado por Jorge Luis Díaz Salas, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JC Hunter. SV 17 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 01911-1996-96.- María Sofía Cárdenas Canty y otro.- Julio Delfor Cárdenas Cuadros.- Divorcio por Causal.- Confirmaron la resolución Nro. 17-2015, de fecha veintidós de mayo del dos mil quince, copiada de fojas doscientos veinte y si-

Jueves 19 de mayo del 2016

guiente, en el extremo que resuelve declarar improcedente, el ofrecimiento de pago por la suma de cincuenta nuevos soles mensuales, realizada por Mauricio Filmar Cárdenas Yapo y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 34 BZ Reg. N°| 03489-20120.- Ramón Nonato Mamani Mamani.- ONP.-Acción de Amparo.- Admitieron los medios probatorios referidos a: a) Certificado de trabajo de fecha diez de agosto de 1999, las planilla de salarios del mes de enero de 1999. b) Planillas de jornales de la Empresa Raúl Salas Velarde y los certificados de pago. C) Las planillas de jornales de la Empresa Juan Bustamante Romero.d) Certificado de Trabajo de fecha diez de diciembre del dos mil quince. e) Copia legalizada del Testimonio de Declaratoria de Fábrica ante la Notaría Fernández Dávila . Traslado a las partes del proceso por el plazo de tres días . 2) Suspendieron por ahora el llamado de autos para resolver. 2) Suspendieron por ahora el llamado de autos para resolver. Tómese razón y hágase saber.AT 17 MM Reg. N° 00684-2014-0.Julia Valencia Mendoza.- Teresa Evangelina Laguna Pari Prescripción Adquisitiva.- Declararon inadmisibles los medios probatorios referidos a informe y constancia de búsqueda del expediente Nro. 2007- 5974 y el acta de conciliación Nro. 1563-2010 y Admitieron como medios probatorios, la constancia de búsqueda del expediente Nro. 2007-5974 y el reporte del expediente Nro. 2007-5974. Cúrsese oficio al Jefe del Archivo Central a fin de que remita el expediente Nro,. 20075974, sobre Desalojo, a la parte demandada por el plazo de diez días . Y conforme al estado del proceso, señalaron fecha para la vista de la causa el día veintitrés de marzo de dos mi dieciséis. Tómese razón y hágase saber.AT TRES MM Reg. N°| 00269-20150.- ERIMAR SAC.- Omar Isaías Rodríguez Barriga, ejecutor coactivo del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de Procedimientos de Ejecución/ Cobranza Coactiva.- Admitieron a trámite el escrito de contestación presentado por la abogada Luz Amparo Begazo de Dávila.- Dieron por absuelta la demanda.- A los medios probatorios. Téngase presente.- Por ofrecidos los anexos.Cumpla la demanda con presentar el expediente administrativo cuestionado.Tómese razón y hágase saber.. AT 14 BZ Reg. N° 03928-2014-0.Cuarta Fiscalía Provincial de Familia.- Susana Hala Hancco.- y Pedro Ala Ccahua.- Violencia Familiar.Señalaron fecha para la vista de causa para el día diez de febrero de dos mil dieciséis a las nueve horas. Se requiere a las partes cumplan con señalar casilla judicial y casilla electrónica en el plazo de tres días. Bajo responsabilidad de la demora innecesaria en este proceso.Tómese razón y hágase saber.- JC Hunter. MARTES 19 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona. SV 22 BZ Reg. N° 01917-2011-0.Gonzalo Pinto Fernández en representación de MSPZ.- Lizbeth Zegarra Santillana.- Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 353-2015FC, de fecha seis de julio del dos mil quince, en el extremo que resuelve declarar infundada la tacha interpuesta por la demandada Lizbeth Candy Zegarra Santillana, formulada en contra del medio probatorio referido al informe médico de fojas diez, declarar Fundada la demanda interpuesta, en consecuencia se declara la existencia de violencia familiar ejercida en agravio del menor Marcelo Sebastián Pinto Zegarra; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 31 CL Reg. N° 01958-199845.- Walter Conde Marín.- Martha Mayta de Conde.- Alimentos.- Se resuelve Confirmar la resolución Nro. 50, de fecha diecinueve de enero del dos mil quince, copiada a folios cuarenta y nueve, que declara improcedente el pedido de nulidad de actuados, presentado por don Walter Conde Marín, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize . SV 32 CL Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona..

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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Reg. N° 01958-1998-41.- Walter Conde Marín.Martha Mayta de Conde.- Alimentos.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro 55, de fecha cinco de junio del dos mil quince, obrante copiada a folios sesenta y cuatro, que aprueba la liquidación de pensiones alimenticias devengadas, por el período comprendido entre el uno de febrero de mil novecientos noventa y nueve al treinta y uno de enero del dos mil catorce, por el monto de veintiun mil novecientos noventa y ocho con 99/100 soles, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JF.- Aquize. Con los SS. Cervantes López.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona AV 35 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 36 del diecinueve de junio de dos mil ocho, que admite la demanda en la vía de proceso abreviado y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 36 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 40 del once de julio de dos mil ocho, en el extremo que declara improcedente la reconvención planteada por doña Gina Mara Rodríguez Alcázar lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. AV 37 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 47 del diecinueve de setiembre de dos mil ocho, que declara improcedente la nulidad de las notificaciones efectuadas por edictos y de la resolución Nro. 42, por las que las admite, deducida por la demandada y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 38 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 54 del veintiséis de enero del dos mil nueve, que declara infundadas las excepciones de incapacidad de demandante, oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda, falta de legitimidad para obrar del demandante y litisdependencia interpuesta por la demandada y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 39 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 61 del quince de junio de dos mil nueve, que resuelve incorporar al proceso a doña Catalina Valdez Yuca a don Nicolás Coari Belisario, como litis consortes necesarios pasivos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio. AV 40 CaT Reg. N° 05942-20060.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 67 del nueve de diciembre de dos mil nueve, en el extremo que declara improcedente la reconvención planteada por Catalina Valdez Yuca y Nicol+as Coari Belisario y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.

SV 23 SaV Con los SS. Valencia Dongo.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona. Reg. N° 06889-2013-0.- SEDAPAR.- Municipalidad Distrital de Yanahuara .- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la sentencia Nro. 392015 del dieciocho de mayo de dos mil quince, que declara infundada la demanda interpuesta y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber.3JC.- Chávez. SV 25 CaT Con los SS. Cervantes López.- Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona Reg. N° 05942-2006-0.- Asociación de Vivienda Quinta Martinetty.- Eduardo Alvarado Fernández y otros.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 64-2015 del veintisiete de mayo del dos mil quince, que declara infundada la demanda, subsanada a fojas seiscientos treinta y siete, interpuesta. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. MIERCOLES 20 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cárdenas Ticona.

SV 22 BZ Reg. N° 02899-2014-0.Benedicto Bellido Quico de Chura.- ONP.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 972015 del veintidós de junio de dos mil quince, de fojas 76, que declara Fundada la pretensión constitucional de amparo, contenida en la demanda a fojas veintitrés a veinticinco interpuesta por Benedicto Bellido Quico vda. de Chura en contra de la ONP, en consecuencia declara la nulidad de la resolución Nro. 000003837-2013ONP/DPR/ DL19990 del nueve de agosto de dos mil trece, ordena que la demandada cumpla con expedir la resolución administrativa, otorgando pensión de viudez a favor de la accionante; asimismo, ordena que la demandada ONP, procede a determinar el pago de las pensiones devengadas y los reintegros, con los intereses, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 26 CL Reg. N° 00322-2015-0.Ignacia Hacco Madani.- Margarita Pacco Hancco.Violencia Familiar.- Se resuelve: Aprobar la Sentencia Nro. 561-2015-JR-FC-02, de fecha nueve de octubre del dos mil quince, obrante a folios treinta y nueve y siguientes, que declara infundada la demandada interpuesta, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JF.- Valdivia. . SV 29 BZ Con los SS. Cervantes López, Villena Ramírez y Cárdenas Ticona.. Reg. N° 0189-2014-0.- Vilma Sánchez Alvarez.Braulio Vivanco Paz.- Divorcio por Causal.- Aprobaron la sentencia consultada de fecha nueve de abril del dos mil trece, que declara fundada la demanda, con lo demás que contiene y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JM Islay.- Cary. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 31 BZ Reg. N° 01416-20120.- Alfonso Coronel Salcedo.- Juana Chirinos Rodríguez y otros.- Acción de Amparo.- Confirmaron la sentencia Nro. 098-2015, corriente a fojas doscientos trece y siguientes en los extremos que resuelve Improcedente la demanda, en los extremos que señala que la pensión le corresponda dentro del régimen del Decreto Ley 20530, así como en cuanto se pretende, se deje sin efecto una resolución administrativa y otorgamiento de bonificación especial por preparación de clases . Infundada en cuanto a las personas de doña Juana Antonieta Chirinos Rodríguez, el azor jurídico don Gonzalo R. Febres Trigozo, jefe de personal doña Luz Marina Egoavil Quispe y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 7JC.- Polanco. . SV 36 CaT Reg. N° 01849-2015-0.Jorge Antonio Saiko Cacya.- Erick Paul Saico Alvarez.- Violencia Familiar.- Aprobamos la sentencia Nro. 399-2015-3JEF de fecha treinta y uno de agosto de dos mil quince, en el extremo que declara infundada en parte la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre Cese de Violencia Familiar en contra de Erick Paul Saico Alvarez, con lo demás que contiene y es materia de consulta y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JF.- Montesinos. . SV 38 CaT Reg. N° 02097-20150.- Amalia Hilacondo Arrisueño y otro.- Ninfa Hilacondo Vilcape.- Violencia Familiar.- Aprobamos la sentencia Nro. 524.2015 de fecha nueve de setiembre de dos mil quince, en el extremo que declara infundada en parte la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Púbñico que solicita la existencia de violencia familiar en agravio de Anselmo Silvio Hilacondo Arrisueño con todo lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JF.- Pacheco. .

JUEVES 21 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 30 BZ Reg. N° 01387-2014-0.Dolores Cusi Quispesivana.- Francisco Rimache Lluccallasi.- Violencia Familiar.- Corrigieron la sentencia apelada Nro. 542-2015 de fecha diecisiete de julio de dos mil quince, en la parte resolutiva que indica que el período de protección judicial a favor de la agraviada es por el lapso de seis meses , cuando en realidad debe ser por doce meses. Confirmaron la misma en los extremos que establece un período de protección judicial a favor de la agraviada por el lapso de doce meses

y señala como apercibimiento multa y detención hasta por veinticuatro horas del demandado¸y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.Torreblanca.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas y Bustamante Zegarra. SV 32 BZ Reg. N° 04586-2012-0.Lizeth Villena Gómez.- Jimmy David Minaya.- Divorcio por Causal.- Se resuelve: Aprobar la Sentencia consultada Nro. 299-2015, de fecha treinta de abril d dos mil quince.- que declara fundada la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblnca. . SV 29 CL Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López, Reg. N° 04578-0-2014-0.- Agustina Quispe Olvea.- Lucio Flores Apaza.- Divorcio por Causal.- Se resuelve aprobar la sentencia Nro. 358-2015 de fecha catorce de agosto del dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, por un período ininterrumpido de mas de dos años, en consecuencia: Disuelto el vínculo matrimonial celebrado por los dos primeros con fecha siete de mayo de mil novecientos ochenta y siete, ante el registro civil de la Municipalidad Provincial de Moho, departamento de Puno. Con lo demás que contiene. hágase saber.- JF Hunter.- Soncco. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 35 BZ Reg. N° 02091-2015-0.Ministerio Público.- Margot Magaly Madani Colque.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 537-2015 de fexcha veinticinco de setiembre del dos mil quince, que declara infundada la demanda interpuesta, en agravio de Margot Magali Madani Colque y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JF.- Valdivia.Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Valencia Dongo Cárdenas y Bustamante Zegarra. SV 32 CL Reg. N° 0350-20120.- Ruth María Espinoza Alarcón.- Jesús Ernesto Quispe Quilluya y otro.- Interdicto.- Se resuelve: 1) Revocar la sentencia Nro. 149-2015, de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince, en el extremo apelado que declara fundada la tacha del documento Recibo 1057, obrante a fojas sesenta y dos y ochenta y cuatro, Reformándola: Se declara infundada la tacha interpuesta por la parte demandante. 2) Confirmar la sentencia Nro. 1492015 de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince, en el extremo apelado que declara fundada la demanda interpuesta y en consecuencia dispone la restitución por los demandados, del bien inmueble, materia de litis, lote dieciséis, manzana S, Asociación APVIS “Los Olivos del Puerto”, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JCIslay.- Marín. . SV 37 BZ Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López, Reg. N° 02241-0-2014-0.- Ilda Huisa Jordán.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Aprobaron la sentencia consultada Nro. 0451-2015, de fecha veinticuatro de agosto de dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. Hágase saber.- 2JF.- Valdivia. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 3 4 BZ Reg. N° 02346-20130.- Elsa Santusa Chinche Cayllahua.- Jacqueline Margarita Chinche Cayllahua.- Violencia Familiar.- Declararon Nula la sentencia apelada Nro. 446-2015 con fecha veinticinco de junio del dos mil quince de fojas doscientos setenta y seis que resuelve declarar infundada la demanda de fojas treinta y ocho y siguientes interpuesta. Dispusieron se expida nueva sentencia a base de los considerandos expuestos a la brevedad posible. con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JCIslay.- Marín. . AV 44 MM Reg. N° 00022-201627.- B.A.C.P. P.F.D.- Confirmaron la resolución Nro. 02 del treinta y uno de diciembre del dos mil quince. Que declara fundado el requerimiento de internamiento, en consecuencia dispone el internamiento preventivo de los menores Herberth Danuel Puma Flores y Brayam Angel Cahuana Paye, por el término de dos meses en el centro de menores Alfonso Ugarte.. y los devolvieron. Tó-

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mese razón y hágase saber.- JMMM.- Madariaga. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 45 CL Reg. N° 02148-20130.- Luis Manuel Jordán Bejarano.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Contencioso Administrativa.- Se resuelve: Declarar nula l resolución Nro. 05, obrante a folios cuarenta y dos, que resuelve rechazar la demanda presentada.- Se dispone.- Que el juez de la causa emita pronunciamientto de los pedidos realizados por la parte demandante en los escritos presentados, mientras el expediente se encontró en el Archivo Central de la Corte, obrantes a folios noventa y cinco a ciento nueve, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC Pineda. . AV 46 CL Reg. N° 00105-2015-0.Diek Joseph Mayta Mayta.- Corporación Lindley S.A. Acción de Amparo.- Se resuelve: onfirmar la resolución Nro. 01, de fecha quince de setiembre del dos mil quince, que resuelve declarar improcedente la demanda interpuesta.- y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JDC.- Valencia.. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 47 CL Reg. N° 00748-201324.- Víctor Raúl Pinto Alemán.- Nulidad de Acto Jurídico.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 17, de fecha doce de mayo del dos mil quince, en el extremo apelado que resuelve rechazar como medio probatorio, la prueba de ADN, que deberá practicarse la demandada, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JC Pineda. . AV 49 CL Reg. N° 02702-2007-0.Eymerio Manuel Quenta Paniega.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 103, de fecha cuatro de julio del dos mil trece, obrante copiada a folios ochocientos setenta y tres, que resuelve declarar fundada la observación efectuada por el representante de la ONP, el dictamen pericial, requiriendo al perito, presente nuevo dictamen, con lo demás que contiene, y los devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 1JC.- Dueñas. AV 53 BZ Reg. N° 00468-2015-0.Félix Paredes Salas.- Feliciano Bejarano Guevara y otro.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Confirmaron la resolución apelada Nro. 09 de fecha tres de agosto del dos mil quince, de fojas ciento doce a ciento catorce en el extremo que resuelve declarar Fundada la excepción de prescripción extintiva respecto al período comprendido entre marzo de mil novecientos noventa a abril de dos mil cinco, revocaron la misma en el extremo que declara nulo todo lo actuado y la conclusión del proceso. Reformándola. Declararon infundada la excepción de prescripción extintiva a partir del mes de Mayo del dos mil cinco, hasta el pago total de la obligación, nulo lo actuado y por concluido el proceso. Dispusieron que el juez de la causaa continúe con la tramitación de esta causa, por los períodos no prescritos; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JDC.- Valencia.. . Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 54 BZ Reg. N° 02184-201392.- Ministerio Público.- Mauricio Peredo Salas.- Violencia Familiar.- Revocaron la reolución apelada Nro. 01-2015 de fojas diez, que declara infundada la solicitud de Auxilio Judicial; Reformándola: la declararon improcedente; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JM.Pinto. . SV 403 MM Reg. N° 04979-2010-0.Hernán Rafael Banda Flores.-Banco Continental y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Declararon Nula la sentencia apelada Nro. 23 del dos de marzo del dos mil quince, de fojas novecientos cuarenta y nueve y siguientes, que declara improcedente en todos sus extremos, la demanda interpuesta, sin costas ni costos. Ordenaron que el juez de primera instancia, emita nueva sentencia, conforme a lo señalado en la parte considerativa de esta sentencia de vista y lo devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 2JC.- Pineda. AV 59 CL Reg. N° 03648-20030.- Julian Augusto Infantes Tito.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 62, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, obrante copiada a folios ciento cuatro, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dis-

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puesto en la resolución Nro. 61, en consecuencia, se impone una multa de una URP, a la demandada ONP.- representada por Marín Tovar Gutiérrez, con lo demás que contiene. y lo devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.5JC.- Maraza. Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 41 BZ Reg. N° 010291-20040.- Víctor Raúl Linares.- Gerencia Regional de Agricultura de Arequipa.- Indemnización.- Confirmaron la resolución Nro. 134 de fecha tres de setiembre del dos mil quince, que declara improcedente la nulidad deducida por la parte demandada, debidamente representada por el procurador del Gobierno Regional de Arequipa. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.8JC.- Del Carpio. AV 42 BZ Reg. N° 01363-2015-0.Fernanado Joselito Ramírez Soncco.- Asociación de Bienestar Policial 7 de agosto.- Impugnación de Acuerdos. Declararon Nula la resolución apelada Nro. 01 de fecha veintiuno de julio de dos mil quince, que declara improcedente la demanda interpuesta. Ordenaron: Que el juez A-quo proceda a calificar nuevamente la demanda, conforme a derecho y a los antecedentes del caso concreto y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JM Pauc.- Talavera . AV 43 BZ Reg. N° 00093-20130.- Nancy Huayhua Casani.- Felimón Chumbes Chahuayo.- Violencia Familiar.- Dispusieron que el juez de la causa continúe con la tramitación de la causa en el estado que corresponde, exhortando al juez Dr. Lino Zúñiga Portocarrero a ejercer sus funciones con mayor responsabilidad con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JMPauc. Zúñiga. AV 48 CaT Reg. N° 06932-200825.- Zoila Leonor Linares de Valencia.- ESSALUD.A.C.A.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 75, de fecha 15 de diciembre de dos mil catorce, que resuelve declarar la nulidad de la resolución Nro. 54 interpuesta, en el extremo que requiere a la entidad demandada la devolución del monto equivalente a S/. 2, 161.25 con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AV 50 BZ Reg. N° 03509-201278.- Madeleyne Herrera Peralta.- ESSALUD.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 09 de fecha veinte de agosto de dos mil quince, por la que se declara improcedente la solicitud de extinción de la medida cautelar innovativa de reposición dictada a favor de la demandante, solicitada por la parte demandada, por medio de su apoderado Raúl Max Tamayo Bernedo, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 9JC.- Meza.AV 51 BZ Reg. N° 00044-2015-0.Jorge Luis Rodríguez Rodríguez.- Ministerio del Interior.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 01 de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, por la que se declara improcedente la demanda y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC. Valencia. AV 52 BZ Reg. N° 03479-20150.- Dante Carlos Rimache.- Corporación Aceros Arequipa S.A.- Aceros Arequipa.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 01 de fecha siete de setiembre del dos mil quince, obrante a fojas cincuenta y tres, por la que se resuelve: Declarar improcedente la demanda interpuesta, en consecuencia una vez consentida o firme la resolución, se dispone la inmediata devolución del expediente al juzgado de trabajo de turno, para que se avoque a su conocimiento.- demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JC.- Valencia de Romaña. AV 53 CaT Reg. N° 00303-2010-4.Antonio Pacho Cárdenas.- Gloria Alvarez Flores.Tenencia.- Se resuelve: Confirmar Resolución Nro. 53 de fecha quince de abril de dos mil quince, por la que se declara infundada la observación a la liquidación de alimentos . Tómese razón y hágase saber.- 2JF Hunter.- SonccoAV 56 BZ Reg. N° 00021-2013-9.Ministerio Público.- Héctor Larico Cosi.- Violencia Familiar.- Confirmaron la resolución Nro.11, de fecha tres de setiembre del dos mil quince, en el extremo que resuelve dar inicio a la ejecución forzada de la sentencia 132-2014-FC-1JMP y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 1JM. Paucarpata.- Zúñiga.

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

AV 58 BZ Reg. N° 06932-200817.- Zoila Leonor Linares de Valencia.- ESSALUD.A.C.A. Confirmaron la resolución Nro. 67 de fecha treinta y uno de enero de dos mil catorce, en los extremos que resuelven: 1) Imponer multa de de una URP a Virginia Raffigo de Pinillos, en su condición de presidente ejecutivo de ESSALUD; 2) Imponer multa de una URP a Armando Mendoza Nava, gerente central de finanza de ESSALUD ylos devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JF Hunter.- SonccoAV 21 BZ Reg. N° 00989-20120.- Fernando Manrique Valdivia.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve. 1) Admitir: como prueba de oficio en segunda instancia, los informes que deberá recabarse de las entidades ex empleadoras del actor, a cuto efecto deberá cursarse los respectivos oficios. 2) Suspender por ahora el llamado de autos para resolver, en los seguidos por Fernando Manrique Valdivia y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JC.- Chávez. AT 20 CL Reg. N° 02546-2015-0.Fiscalía Civil y de Familia del MBJP.- Chillihuani Pillco, Orlando.- CMAE.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber AT DOS BZ Reg. N° 00264-2015-0.Darwin Ernesto Alpaca Saldaña.- Denise Aluure CEFIR.- Exequatur.- Declararon improcedente la demanda interpuesta. Consentida que sea la presente, devuélvase los anexos a su presentante, dejando la constancia respectiva Tómese razón y hágase saber VIERNES 22 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 27 MM Reg. N° 06617-2013-0.Hilda Natty Cárdenas Medina.- Omar Josué Huaquipaco Cuadros y Miguel Angel Medina Mariño.Prescripción Adquisitiva.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida notade atención. Tómese razón y hágase saber.AT 128 CL Reg. N° 00228-2004-0.Claudio Esquivel Quispe.- Johonmy Jack Esquivel Beltrán y otros.-Reconocimiento de Unión de Hecho.- Suspendieron el proceso por el plazo de treinta días hábiles, a efecto de que los sucesores procesales del que en vida fue Claudio Esquivel Quispe, se apersonen al proceso conforme a ley a efecto de continuar con el trámite del mismo. Mandaron que la presente resolución sea notificada además en la dirección domiciliaria declarada ante el RENIEC, por el que en vida fue don Claudio Esquivel Quispe. Tómese razón y hágase saber.AT 109 MM Reg. N° 00444-2008-0.Merly Cárdenas Paredes.- Hermenegilda Melchora Paredes de Flores y otras.- Partición de Herencia.Suspendieron por el plazo de treinta días hábiles a efecto de que los sucesores procesales de Julia Paredes Lázaro, se apersonen conforme a ley, a efecto de continuar con el trámite del mismo. Tómese razón y hágase saber.LUNES 25 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO MM Reg. N° 00012-20160.- Grover Francisco Miranda Borja.- SUNAT.- Revisión de procedimientos de ejecución/Cobranza coactiva.- Resolvieron: Declarar inadmisible la demanda interpuesta. Concédase plazo de tres días a la actora, para que subsanen los defectos formales advertidos, bajo apercibimiento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Tómese razón y hágase saber.MARTES 26 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 30 CL Reg. N° 02858-2014-0.A.I.L.Q.- J.J.CH.H.-Contra la vida, el cuerpo y la salud.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro. 18, de fecha catorce de octubre del dos mil quince.que concede la remisión al adolescente J.J.C.H. en

el proceso que se sigue en su contra por el acto infractor de lesiones leves previsto en el artículo 122° del Código Penal en agravio de A.I.L.Q. e impone al citado adolescente infractor la medida socioeducativa de amonestación y condena al pago de una reparación civil a favor del agraviado, monto que deberá pagarse por el adolescente procesado en forma solidaria con sus progenitores. Revocar la misma en el extremo que fija el monto de la reparación civil en la suma de mil sesenta soles por daño wemergente y daño de la persona, conforme se señala en la parte considerativa de la presente, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT Paucarpata.- Corrales.

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Coactivo de la Municipalidad Provincial de Arequipa.- Nulidad de Resolución Administrativa.Dispusieron el archivamiento del expediente, desglose y devolución de anexos, una vez consentida la presente resolución.- Tómese razón y hágase saber.AT 18 CL Con los SS. Bustamante Zegarra, Bustamante Zegarra y Cervantes López. Reg. N° 04047-2014-0.- Alode Portilla vda. de Guillén .- Nímer Marroquín Mogrovejo y Max Rivera Dueñas.- Aceptaron la aceptación efectuada por el señor juez superior Nimer Marroquín Mogrovejo.- Tómese razón y hágase saber.-

En Despacho: Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y Polanco Gutiérrez. SV 30 BZ Reg. N° 03344-2012-0.Rodolfo Gonzales Espinoza.- Sabina Concha Mejía.- Divorcio por causal.- Declararon nula la resolución aprlada Nro. 18, de fecha veintinueve de mayo de dos mil quince, que resuelve declarar el abandono del presente proceso y su archivo definitivo. Dispusieron que la jueza de la causa, continúe con el trámite del proceso, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JF .- Montesinos. En Despacho: Con los SS. Bustamante Zegarra, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 63 MM Reg. N° 01428-200681.- Juan Armando Condori Chambi.- Rebeca Amelia Pérez Rosales y otros.- Resolución de Contrato.- Confirmaron la resolución Nro. 41 del catorce de abril de dos mil quince, que resuelve: Tener por cumplida la sentencia por parte del demandante Juan Armando Condori Chambi en cuanto a la consignación de S/. 4,400.00 2) Declara improcedente el pedido del demandado Ciprian Phoco Maccapa mediante escrito del once de marzo de dos mil quince, en cuanto se solicita: a) El pago de $/.183.00 (dólares americanos) b) Pago de intereses c) Hacer uso del derecho de retención . 3. Se requiere al demandado Ciprian Phoco Macapá y Marcela Quispe Aquise, cumplan con restituir la posesión del inmueblede 66 m2, ubicado en la Av. Ferrocarril Nro. 311 del Balneario de Tingo, Provincia y departamento de Arequipa, cuyos linderos, medidas perimétricas y demás especificaciones que aparecen en dicho instrumento, en el término de diez días, bajo apercibimiento de lanzamiento, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AV 65 MM Reg. N° 03174-201349.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana.- Julia Olga Huanta Chocano.- Obligación de dar suma de dinero.- Confirmaron la resolución Nro. 12, del dieciséis de enero del dos mil quince, que declara improcedente la nulidad de todo lo actuado hasta la resolución Nro. 1 que admite a trámite la demanda, interpuesta por la demandada. Tómese razón y hágase saber.- 10JC.- Salas. Con los SS. Bustamante Zegarra, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT 29 MM Reg. N° 021-2009-0.Mercedes Flores Anconeyra.- Sucesión de Huallanca Hilachoque, Wilber Bernardo.- Declaración de Unión de Hecho.- Resuelven: 1) Corregir la sentencia de vista, en la parte expositiva, debiendo decir: “Fundada en el extremo que demanda reconocimiento judicial de convivencia o unión de hecho, desde el veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, hasta el ocho de febrero de dos mil siete. 2) Cumpla Secretaría con descargar correctamente la sentencia de vista expedida en autos. Subsistiendo la misma en lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AT 174 MM Reg. N° 09223-2006-0.Sara Valencia Salazar, sucesora procesal de Fortunata Erlinda Salazar Manrique.- Interdicto.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor Juez Superior René Cervantes López; y Dispusieron que el colegiado se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.AT 137 BZ Reg. N° 07172-2009-0.José Antonio Giraldo Ibáñez representado por Laura Ibáñez Díaz.- Administración judicial de bienes.- Declararon improcedente la solicitud de aclaración de los autos de vista 821-2015-2SC de fecha quince de diciembre de dos mil quince, solicitado por Gonzalo Giraldo Romero, al otrosi Expídase las copias certificadas solicitadas, Tómese razón y hágase saber.. AT 174 CL Reg. N° 00281-20150.- Angélica Carmen Puma Madani.- Ejecutor

MIERCOLES 27 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 39 CL Reg. N° 00382-2015-0.Juan Crisóstomo Ccama Hucarpuma.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar la resolución Nro 06, de fecha veintisiete de agosto de dos mil quince, que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar pasiva deducida; con lo demás que contiene, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JC Chávez. En Despacho: Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y Polanco Gutiérrez. SV 40 BZ Reg. N° 03202-2015-0.Ada Cordero Eguía.- Víctor Hugo junior Madani Palma.- Violencia Familiar.- Revocaron la sentencia apelada Nro. 621-2015, de fecha seis de octubre del dos mil quince de fojas ciento diecinueve, que declara fundada la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público. Reformándola declararon infundada la demanda interpuesta en agravio de Ada Guisssely Cordero Eguía y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.4JF .- Pacheco. En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernández Dávila y Bustamante Zegarra AV 62 MM Reg. N° 04211-200482.- Isidro Avelino Flores Peralta.- ONP.- Acción de Cumplimiento.- Declararon nulas las resoluciones de vistaNro. 812-2015-2SC y 814-20152SC.- 2) Revocaron la resolución Nro. 57 de fojas doscientos diez, reformándola declararon improcedente la solicitud de hacer efectivo el apercibimiento de multa, formulado por el demandante. 3) Confirmaron la resolución Nro 66 que declaró improcedente el pedido de inejecutabilidad de la resolución de vista Nro. 746-2014-2SC. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 5JC.Maraza. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 63 MM Reg. N° 01731-20150.- Lizardo Vásquez Aréstegui.- Segundo Juzgado Civil de San Román de Juliaca.- División y Partición.- (Contienda de Competencia).- Confirmaron la resolución apelada Nro. 01, de fecha catorce de setiembre de dos mil quince, en el extremo que rechaza la contienda de competencia interpuesta. Revocaron la misma en el extremo, impone una multa equivalente a 15 Unidades de Referencia Procesal. Reformándola declararon sin lugar, la imposición de multa alguna y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AV 65 MM Reg. N° 03174-201349.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana.- Julia Olga Huanta Chocano.- Obligación de dar suma de dinero.- Confirmaron la resolución Nro. 12, del dieciséis de enero del dos mil quince, que declara improcedente la nulidad de todo lo actuado hasta la resolución Nro. 1 que admite a trámite la demanda, interpuesta por la demandada. Tómese razón y hágase saber.- 2JM.- Paucarpata.- Rodríguez. AV 66 CL Reg. N° 04073-201159.- Tadeo Llamota Salhua.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve; Confirmar la resolución Nro. 32, de fecha cuatro de noviembre del dos mil catorce.- en el extremo apelado que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dictado, imponiendo multa de dos URP a los funcionarios responsables de la demandada, señores Martín Edgar Tovar Gutiérrez y Alejandro Arrieta Elguera , y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 4JC.- Quispe. AV 67 CL Reg. N° 03298-2010-

10.- Francisco Vilca Espinoza.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Confirmar Resolución Nro. 26 de fecha veintitrés de marzo de dos mil quince, que resuelve poner una multa de una URP a la ONP, a fin de que en el plazo de diez días, cumpla con lo ordenado en la sentencia, bajo apercibimiento de imponer multa ascendiente a dos URP, en caso de incumplimiento, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.- 2JC.Maraza. AV 68 CL Reg. N° 02202-2015-0.Silvana Sabelia Núñez Murillo de Bottazi y otro.Municipalidad Distrital de Yanahuara.- Acción Contencioso Administrativa.- Se resuelve: 1) Confirmar la resolución Nro, 01-2015, obrante a folios sesenta y siete, que resuelve declarar improcedente la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. 2) Se dispone se agreguen a los antecedentes copia impresa de la resolución Nro. 13, del expediente judicial Nro. 00852-2012-0-0401-JRCI-10, extraida del sistema informático, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 3JC.Chávez. AV 70 BZ Reg. N° 00442-2016-0.MI BANCO.- Rita Incacutipa Maquera.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Confirmaron la resolución apelada Nro. 18, de fecha siete de setiembre de dos mil quince, que declara improcedente la contradicción y dispone que se lleve adelante la ejecución, hasta que los ejecutados cumplan con pagar a la ejecutante MI BANCO, Banco de la Microempresa S.A. la suma de S/. 55,487.36 (nuevos soles), mas los intereses pactados con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.3JM.- Paucarpata. AT CUATRO CL Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López Reg. N° 00269-2015-0.- ERIMAR SAC.- Omar Isaías Rodríguez Barriga, ejecutor coactivo del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de Procedimiento de Ejecución / Cobranza coactiva.-Resolvieron: 1) Declarar saneado el proceso. 2) Fijar como puntos controvertidos. 3) Admitir los medios probatorios. 4) Prescindir de la realización de la audiencia de pruebas. 5) Ordenaron la remisión de los actuados al Fiscal Superior civil de turno, para la emisión del dictamen correspondiente, dentro del plazo de quince días, quien deberá devolver el expediente al órgano jurisdiccional, para la emsión de la sentencia, con emisión del dictamen o sin él. Tómese razón y hágase saber.. AT 15 BZ Reg. N° 06182-2014-0.José Rafael Galindo Chipana.- José María Chipana Pacuri.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados.- Tómese razón y hágase saber.AT 68 BZ Reg. N° 05758-20070.- Vilma Filomena Pablo Dorival vda, de Santisteban.- Gerencia Regional de Educación.- UGEL SUR de Arequipa.- Cumplimiento de Obligación de Pago.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al Juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar las omisiones advertidas. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta sala para absolver el grado. - Tómese razón y hágase saber.Con los SS. Cervantes López y Polanco Gutiérrez. AT 14 CL Reg. N° 00003-2015-0.Felina Elizabeth Paz Carvajal.- William Javier Vera Bedregal y otros.- Acción de Amparo.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor juez superior Nímer Marroquín Mogrovejo, Tómese razón y hágase saber.AT 13 CL Reg. N° 00003-2015-0.Felina Elizabeth Paz Carvajal.- William Javier Vera Bedregal y otros.- Acción de Amparo.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor juez superior Ramiro Bustamante Zegarra.-, Tómese razón y hágase saber.JUEVES 28 DE ENERO DE 2016 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 42 BZ Reg. N° 04541-2015-0.J.L.LL.D.- A.M.G.H.- Contra el patrimonio.- Confirmaron la sentencia apelada Nro. 497-2015, de fecha diez de diciembre de dos mil quince, que resuelve declarar al menor Alex Michael Gamarra Huamaní, coautor de la infracción a la ley penal, tipificado como Robo Agravado, en agravio de de

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