JUD AQP - 19 AGO.indd

18 ago. 2016 - por Emilia Aurora Sauri Márquez, en contra de la. Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLA-. RARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA ...
1MB Größe 54 Downloads 229 vistas
Viernes, 19 de agosto del 2016

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Corte Superior de Arequipa

1

La República Viernes, 19 de agosto del 2016

EDICTOS EDICTO NOTARIAL Ante este despacho notarial se ha presentado FELICITAS OVIEDO HUAMANI, con DNI 31428369, solicitando la Sucesión Intestada de HUGO CCAHUANA OVIEDO y señala como su presunto heredero a FELICITAS OVIEDO HUAMANI en su condición de ascendiente del causante. Interesados acercarse Manzana 3E, lote 19, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA (19 agosto) B/E 031-5141. EDICTO RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO Exp. N2 0007322-2016-0-0401-JP-CI-01.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado -Sede Cayma que despacha el señor Juez ROBERTO VARGAS GONZALES y Especialista CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA, en la vía del proceso no contencioso se ha emitido la RESOLUCION NUMERO UNO, que RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por WILBER ALEJO TORRES GIBAJA, quien aparece en su partida de nacimiento como “ALEJO W. TORRES GIBAJA” debiendo ser “WILBER ALEJO TORRES GIBAJA” por ser este el nombre con el que se viene realizando en su vida personal y pública. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. Arequipa, 17 de agosto de 2016. - Jimmy Geraldo Chalco Bustinza- Abogado - Registro C.A.A 7278. JIMMY CHALCO BUSTINZA ABOGADO C.A.A 7278. (19 agosto) B/E 031- 5139. EDICTO Ante el 1o JPL de Arequipa, Exp-01085-2016 Juez: TALAVERA UGARTE JAVIER ALONSO, Especialista: Fernández Monroy Joel Pieter, JAEN QUISPE MELON solicita ineficacia de título del cheque N° 00041837 a cargo de BBVA BANCO CONTINENTAL, en la sentencia N° 447-2016 se declara fundada la demanda declarándose ineficaz el título valor emitido por Estilos S.R.L., debiéndose expedir un duplicado del referido cheque. Arequipa, 16 de agosto del 2016. JOSE ARTURO LUQUE FORTUN ABOGADO MAT. 2980 C.A.A – JOEL PIETER FERNANDEZ MONROY SECRETARIO JUDICIAL (19 agosto) B/E 031-5118. EDICTO En el expediente 00591-2016-JM-CI, el Juzgado Civil del MBJ Hunter, con intervención del especialista legal César DENOS ARAGON, mediante resolución 01, ha resuelto: ADMITIR a trámite la presente solicitud presentada por JESÚS APAZA RODRIGUEZ, por derecho propio y en representación del menor JEANLU DAVID APAZA CONDORI, sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, a efectos de sustituir “APAZA RODRIGUEZ” por “RODRIGUEZ APAZA”, quedando en lo sucesivo como “JESÚS RODRIGUEZ APAZA”, accesoriamente sustituir el apellido “APAZA” por “RODRIGUEZ”, quedando en lo sucesivo como “JEANLU DAVID RODRIGUEZ CONDORI”, lo que se pone de conocimiento de los interesados. Arequipa, 2016, agosto 11. ABOG. WILBERT GUSTAVO CHAMBILLA REG CAP Nº 1756. (19 agosto) B/E 031-5117. EDICTO En el expediente 00590-2016-JM-CI, el Juzgado Civil del MBJ Hunter, con intervención del especialista legal Aldo RODRIGUEZ HUANQUI, mediante resolución 02, ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por MARYORIT CRISTEL MUÑUICO CONDORI sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, a efectos de sustituir “MUÑUICO” por “RODRIGUEZ”, quedando en lo sucesivo como “MARYORIT CRISTEL RODRIGUEZ CONDORI”, lo que se pone de conocimiento de los interesados. Arequipa, 2016, agosto 11. ABOG. WILBERT GUSTAVO CHAMBILLA REG CAP Nº 1756. (19 agosto) B/E 031-5117.

EDICTO En el expediente N° 2993-2016-CI tramitado por el Segundo Juzgado Civil de Paucarpata - Arequipa, Especialista Legal Rubén Yanahuaya Rosales, el señor Juez Luis Rodríguez Pantigoso mediante sentencia Nº107-2016 ha declarado fundada la solicitud de cambio de nombre presentada por Madeley Dayana Zúñiga Chaucayanqui, autorizando su cambio de nombre a Madeley Dayana Zúñiga Montalvo; lo que se publica para los fines pertinentes. Arequipa, 2016 agosto 8. Rosio García Delgado, abogado, mat. CAA 3083.ROSIO GARCIA DELGADO ABOGADO MAT. 3083 CAA. (19 agosto) B/E031-5115 EDICTO RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Juez Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, especialista legal Dr. Joel Pieter Fernandez Monroy, expediente Nro. 04510-2015-0401-JR-CI-05, sobre rectificación de partida de nacimiento interpuesta por Jeanpierre Gleni Huaccajcachi Sánchez que resuelve: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO para que se rectifique su nombre debiendo ser JEANPIERRE GLENI HUACCAYCACHI SANCHEZ en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.Lo que se comunica para fines de Ley, Conforme lo dispuesto en el artículo 167,168 delCódigo Procesal Civil. Arequipa 17 de agosto del 2016.- Dr. Joel Pieter Fernandez Monroy ESPECIALISTA LEGAL. (19 agosto) B/E 031-5126. EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de Arequipa que despacha el Juez Alcides Chávez Mamani con intervención del especialista legal Karina Ylla Velásquez, en el expediente Nro. 3383-2016-0-0401-JRCI-03 se ha ordenado se notifique por edictos judiciales lo siguiente: Admitir a trámite en la vía del proceso no contencioso la solicitud presentada por MARIA ASUNTA VALDIVIA ROBLES, sobre cambio de nombre, téngase por ofrecidos los medios probatorios, agregúese a los autos los anexos acompañados. DE OFICIO: Se requiere a la solicitante adjunte certificado de INFOCORP y el certificado negativo de RENIEC de la existencia como María Asunta Valdivia Dolmos; de acuerdo a la agenda de audiencias se fija como fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para el veintinueve de agosto del presente año, a las catorce horas con treinta minutos de la tarde, en la sala de audiencias del Tercer Juzgado Civil, debiendo la solicitante adjuntar los edictos judiciales antes de la audiencia TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Arequipa 16 de agosto del 2016. ZOILA N. ABRIGO LUQUE ABOGADA C.A.A 5441. (18-19-22 agosto) B/E 031-5108. EDICTO Por ante el Juez del CUARTO JUZGADO DE FAMILIA, Dr. RONALD VALENCIA DE ROMAÑA, con intervención de la Secretaria Judicial Hilda Mercedes Chávez Cervantes, EXPEDIENTE NRO. 2408-2015; se notifica a DIANA LOURDES RAMOS COAGUILA, con la resolución 03, que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso único la demanda de reconocimiento de tenencia de los menores Rosario Erika Carlos Daniel Eduardo y Valeria Daniela Luz Ramos Ramos y en forma acumulada alimentos, interpuesta por DANIEL RAMOS CHECALLA en contra de DIANA LOURDES RAMOS COAGUILA, en consecuencia traslado de la demanda a la demandada por el plazo de cinco días. Por ofrecidos los medios probatorios que Indica, agregúese a sus antecedentes los anexos presentados, con conocimiento del Ministerio Público. Y a efecto de notificar a la demandada cumpla el recurrente con señalar el domicilio de la demandada en Puerto Maldonado. a fin de notificarla con arreglo a ley, a la brevedad posible y bajo su cuenta en la dilación innecesaria del proceso. Asimismo se requiere al demandante adjuntar un juego completo de copias de todo lo actuado para su notificación. Tómese razón y hágase saber. Al otrosí: A sus antecedentes la constancia de habilitación del abogado Adolfo Nina Coila. Y con la resolución 12, que dispone: Puesto a Despacho en la fecha debido a la excesiva carga procesal que soporta esta secretaría; Al escrito

43434-2016; Estando a lo solicitado y conforme a lo establecido en el artículo 165 del código Procesal Civil, SE DISPONE: que a gestión y costo del recurrente se notifique por edictos a la demandada, a efecto de que dentro del plazo de veinticinco días de notificada conteste la demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Suscribe la presente la Secretaria Judicial que rubrica al amparo del último párrafo del artículo 122 del Código Procesal Civil y por disposición Superior. Arequipa, 05 de agosto del 2016.- HILDA MERCEDES CHÁVEZ CERVANTES SECRETARIA JUDICIAL. (18-19-22 agosto) B/E 031-5080. NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS Se notifica a MAVILA HERMANOS S.A. que ante esta Notaría se presentaron Vilma Alejandrina Byrne de Eguiluz y Jorge Rene Eguiluz Rodríguez, solicitando prescripción adquisitiva del lote 11, manzana D, Asociación de Vivienda de Granjeros Forestales “El Paraíso” distrito Yura, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 2 000,00 m2, (DOS MIL METROS CUADRADOS) con los linderos, medidas perimétricas: frente, avenida Principal, 25,00 metros; derecha, calle 2, 80,00 metros; izquierda, lote 10,00, 80,00 metros; fondo, avenida 2, 25,00 metros. El bien se encuentra inscrito en la partida 01149037del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 16 de agosto del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO. (19-22-23 agosto) B/E 031-5136 NOTIFICACION NOTARIAL ANTE ESTE DESPACHO SE HA PRESENTADO PAULINA CLEMENTE HUISA IDENTIFICADA CON DNI 30672614 SOLICITANDO SE LE DECLARE COMO PROPIETARIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE 16, MANZANA H CENTRO POBLADO EL ALTO DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, EL MISMO QUE TIENE COMO NÚMERO DE PARTIDA N° P06146759 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA, SIENDO LOS EMPLAZADOS AUTODEMA COMO TITULAR REGSITRAL Y EDILBERTO QUISPE ARIZANCA Y ANGELA VILCA CALLATA, DE QUIEN LA SOLICITANTE HA SEÑALADO QUE DESCONOCE SU DOMICILIO, LOS INTERESADOS ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL, UBICADO EN MANZANA 3E, LOTE 29, MAJES. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (19-25 agosto-01 setiembre) B/E031-5128. REMATES AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO El Señor Juez del JUZGADO DE FAMILIA - Sede Jacobo Hunter, Dr. ROBERTO SONCCO VALENCIA, convoca a PRIMER REMATE JUDICIAL, en el Proceso 00828-2010-0-0411-JR-FC-01, seguido por CHIUCHE CAYLLAHUA, JAKELINE MARGARITA, contra HUAMANI CRUZ, FERNANDO ANTONIO, sobre DIVORCIO POR CAUSAL, bajo la Actuación de la Especialista Legal Dr. ROMAN VARGAS MORAN, ha dispuesto, el PRIMER REMATE JUDICIAL, del bien que se detalla a continuación: DATOS DEL BIEN MATERIA DE REMATE: Derechos y Acciones de Copropiedad del Ejecutado FERNANDO ANTONIO HUAMANI CRUZ, cincuenta por ciento (50%) del Bien inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN AMPLIACION PAMPA DEL CUSCO SECTOR I MZ Q LOTE 5 ZONA A, Distrito de JACOBO HUNTER Provincia y Departamento de Arequipa, Debidamente inscrito en la Partida Registral N°P06134651, de los Registros Públicos de la Ciudad de Arequipa. CARACTERÍSTCAS DEL BIEN INMUEBLE: El bien materia del Remate Público tiene un área de 184.65 m2, dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: POR EL FRENTE: CALLE CORI CANCHA, con 8.89 ml, POR EL COSTADO DERECHO: Lote N° 4, con 20.48 ml, POR EL COSTADO IZQUIERDO: Lote N° 6, 7 y 8, con POR EL FONDO: LOTE 9 (Salud), con 10.07 ml. Demás características en la Partida Registral N°P06134651, de los Registros Públicos de la Ciudad de Arequipa. AFECTACIÓNES DEL BIEN: AS. 00003.- HIPOTECA.El bien se encuentra hipotecado a favor de CAJA SUR, con RUC N° 20197495929, hasta por la suma

de $ 6 782 00 (SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 DOLARES ). AS. 00004.- EMBARGO.- El bien se encuentra embargado a favor de CHIUCHE CAYLLAHUA, JAKELINE MARGARITA, hasta por la suma de S/ 15 000.00 Soles (QUINCE MIL CON 00/100 SOLES). VALOR DE LA TASACIÓN: El bien embargado está valorizado en la suma de S/ 76 432.90 Soles (SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREITA Y DOS CON NUEVE CENTIMOS DE SOL). LUGAR, DÍA Y HORA DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo el DÍA VINTISEIS DE AGOSTO DEL AÑO 2016 A LAS DOCE HORAS, en el local de remates judiciales ubicado en la oficina de administración del Módulo Básico de Justicia de Hunter, sito en la calle Berlín s/n, Hunter., diligencia que será efectuada por el Martillero Público Christian Rubén Vizcarra Adriano, con registro 264. BASE DE LA POSTURA: El precio base del remate asciende a la suma de S/ 50 955.3 Soles (CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON TRES CENTIMOS DE SOL) PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Para ser postor debe depositar en efectivo o en cheque de gerencia no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, así como pagar en el Banco de la Nación la Tasa Judicial por derecho a participar en el remate de bienes inmuebles. Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Reg. 264 CEL: 979726457(12-16-17-18-19-22 agosto) B/E 031 5012 PRIMER REMATE EN EL PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº06741-2014-0-0401-JR-CI-04, SEGUIDO POR GUILLERMO LUIS RIPAS ROJO, EN CONTRA DE CARLOS ALBERTO YUCRA POCOHUANCA; EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, DR. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA, ESPECIALISTA LEGAL REGINA VICTORIA MENDOZA MARIN, A NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE JUDICIAL, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 13 DE SETIEMBRE DEL 2016 A LAS 10:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, DISTRITO DE AREQUIPA, AREQUIPA (SOTANO); SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBICADO EN LA URB. CIUDAD JARDIN CALLE 1, MZ, C, LOTE 8, ILO, MOQUEGUA. ÁREA 213.75M2; CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.05001560 DE LA ZONA REGISTRAL Nº XIII SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. ESTA INCLUIDO TODAS LAS CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN EL BIEN HA REMATAR TAL COMO DISPUSO EL JUZGADO. TASACION TOTAL: US$85,000.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.56,666.67 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.8,500.00 DOLARES AMERICANOS), MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR EN REMATE JUDICIAL. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA A FAVOR DE GUILLERMO LUIS RIPAS ROJO Y JUANA EMILIA TARDILLO MARTINEZ DE RIPAS HASTA POR LA SUMA DE US$.70,800.00 DOLARES AMERICANOS, SEGÚN ASIENTO D00004 DE LA PARTIDA REGISTRAL Nº05001560, LA QUE ES MATERIA DEL PRESENTE. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447. AREQUIPA, 2016-08-11. W. Armando Salas Pacheco – MARTILLERO PÚBLICO Reg. Nº 190. Corte Superior de Justicia-Regina Victoria Mendoza Marin. Secretaria Judicial-Cuarto Juzgado Especializado Civil. (16-17-18-19-22-23 agosto) B/E 031-5052. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp.Nro.1440-2015-, sobre EJECUCION DE GARANTIAS sigue la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, en

contra de PARICAHUA QUISPE YEISON HUGO, PARICAHUA CALLATA HUGO, el Señor Juez del Primer Juzgado Civil-sede -Paucarpata, Dr. ZUÑIGA PORTOCARRERO LINO, con intervención de la Especialista Legal Dra. BOLIVAR CALLATA FIORELLA, ha dispuesto sacar a remate publico lo siguiente.EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en la manzana O, sub-lote 8-B -Asociación de Vivienda Semi-Rural de Productos Pecuarios Umapalca- Socabaya, Distrito de Socabaya, Provincia y Departamento de Arequipa, y cuyos linderos y medidas perimétricas del inmueble se hallan inscritos en la Partida Electrónica N° 11217910 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en US$ 121,422.00 (CIENTO VEINTE UN MIL CUATROCIENTOS VEINTI DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS)PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es US$ 80,948.00 (OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y GRAVAMENES.-HIPOTECA, Se constituye hipoteca , sobre esta partida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de a de US$ 121,422.00 Dólares Americanos, así mas ampliamente consta en la escritura pública de fecha 24/04/2013, otorgada ante Notario Publico Elsa Holgado de Carpió, la cual es material el presente proceso FECHA Y HORA DE REMATE: EL 01 de Septiembre del 2016 a las 2.00pm (de la tarde). La misma que se realizará en la sala de Lectura del Modulo de Justicia de Paucarpata, sito en la Esquina calle Laveau con calle Alcántara s/n.Paucarpata -Arequipa. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, y es US$ 12,142.20 (Dólares Americanos); además deberán presentar el D.N.I. y el Arancel Judicial indicando el numero del D.N.I. del postor, Juzgado y numero de Expediente, los honorarios del Martiliero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martiliero Publico Registro Nro. 267. Arequipa, 05 de agosto del 2016. RENNE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO MAT. 267- FIORELLA BOLIVAR CALLATA ESPECIALISTA LEGAL (17-18-19-22-23-24 agosto) B/E 031-5093 PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO REMATE PÚBLICO En Ejecución de Garantía Mobiliaria – Ley N° 28677, a través de Remate Extrajudicial, conforme a la Escritura Pública de Contrato de Crédito y Constitución de Garantía Mobiliaria Nº 4489, otorgada el dieciocho de octubre del año dos mil doce, por ante la Notaría Pública de la doctora Elsa Holgado de Carpio, en Garantía de Acreencia a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUIPA, siendo la deudora JAZMINY FARIDI ESPINOZA URVIOLA; el Martillero Público Sr. José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo, con registro N° 65, ha señalado el día 29 de agosto 2016, para efectuar los remates públicos del bien siguiente: Camioneta rural marca Hyundai, modelo H-1, carrocería microbús, chasís KMJWA37HACU504239, motor Nº D4BHCO27421, color negro y de año de fabricación 2012, placa de rodaje V6C-968.Siendo la secuencia de los remates la siguiente: Primer Remate a horas 10.00AM: precio base US$ 26,670.00 Segundo Remate a horas 10.15AM: precio base US$ 22,669.50 Tercer Remate a horas 10.30AM: precio base US$ 19,269.07 Cuarto Remate a horas 10.45AM: precio base US$ 17,780.00 El bien se encuentra en exhibición en el local donde se efectuarán los remates el mismo que está ubicado en la calle Palacio Viejo N° 401-A, Cercado de Arequipa y podrá ser visto por los interesados en el horario de 09.00AM a 12.00M y de 14.00PM a 17.00PM, de lunes a viernes. Los postores para poder participar en el remate deberán depositar en efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su propio nombre el 10% del valor del bien, esto es US$ 2,667.00; y, al obtener la adjudicación, debe-

2

La República

rán cancelar el valor del todo en el mismo acto y de acuerdo con Normas Legales vigentes. La comisión de martillo deberá ser cancelada por el adjudicatario a la finalización de la diligencia (Art. 18° del Reglamento de la Ley N° 27728). Efectuados los pagos mencionados le será entregado el bien en forma inmediata. José Carlos E. Chirinos Escobedo, Martillero Público, registro N° 65. (Telfs. (054 -206616, 959600795). Arequipa 04 de agosto 2016. JOSE C. CHIRINOS E. MARTILLEROPUBLICO (19-22-23 agosto) B/E031 5156. TERCER REMATE En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A., en contra de YENNY YAMANTY RANILLA YBARCENA; JULIO LAURA Y POMPEYA MARIA QUINTA YANCAPALLO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente 00206-2010-0-0402-JP-CI-01; el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado – sede Camana, Dr. Joel Jim Janampa Sang, con intervención del Especialista Legal Dr. Omar Valentín Villena Carpio, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: CENTRO POBLADO PUEBLO VIEJO MZ. C, LOTE 2, DISTRITO DE OCOÑA, PROVINCIA DE CAMANA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6239647, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/.23,228.94 (veintitrés mil dos cientos veintiocho con 94/100 nuevos soles); PRECIO BASE: S/.11,188.61 (Once mil ciento ochenta y ocho con 61/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segundo remate y menos el 15% por tratarse de tercer remate); AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito señor de Luren S.A., hasta por la suma de S/.30,000.00, así consta inscrito en el asiento 00003, afectación que se halla inscrita en la partida Nº PO6239647, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la suma S/26,000.00, así consta inscrito en el asiento 00004, afectación que se halla inscrita en la partida Nº PO6239647, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DEL 2016 A HORAS 9:00 (NUEVE) AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara: EN LA SALA DE ESPERA (LUGAR DE ESPERA) DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE CAMANA, UBICADO EN VILLA ZALASAR S/N (SEDE CASA DE LA JUSTICIA DE CAMANA); LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/.2,322.894) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público. Arequipa 2016, junio 28 OMARV. VILLENA CARPIO SECRETARIO JUDICIAL. (18 -19-22 agosto) B/E031-5123. RECTIFICACIONES RECTIFICACION DE PARTIDA EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, EXPEDIENTE N° 04139-2016-0-0412-JP-CI-03, TRAMITADO ANTE EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MBJ PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, ESPECIALISTA JESSICA ALFINA MALCA SAAVEDRA; DON RUBEN LLACHI CCASA, SOLICITA LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO EN LA QUE ERRONEAMENTE SE HAN CONSIGNADO COMO NOMBRES DE SU MADRE “FLORENTINA CCASA VALCARCEL”, SIENDO LO CORRECTO COMO “TEODORA CCASA VALCARCEL”, DEBIENDO QUEDAR ASENTADO COMO NOMBRE DE LA MADRE DEL DEMANDANTE EN DICHA PARTIDA DE NACIMIENTO COMO “TEODORA CCASA VALCARCEL”. AREQUIPA, 17 DE AGOSTO DEL 2016. FRANCESCA FARFAN SILVA. ABOGADO. MAT. CAA. N° 1642. (19 agosto) B/E 031-5124. RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el Primer Juzgado Civil-Paucarpata, expediente N° 3546-2016 Especialista Christian TORREBLANCA, MARISOL JANETH FUENTES FUENTES y ANGELO ITALO VALDIVIA S A LAZAR solicitan se rectifique la partida de nacimiento de su hija ÁNGELA MARISOL VALDIVIA FUENTES ya que figura

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

como hija de MARISOL JANETH HUILLCAHANCCO FUENTES, debiendo ser lo correcto hija de MARISOL JANETH FUENTES FUENTES. EDWIN SALDAÑA HUGO ABOGADO C.A.A MAT Nº 3422. (19 agosto) B/E 031-5119. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA. OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330. CERCADO. SE PRESENTÓ: MARUJA CARRILLO DE VILCHEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 074, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCHA, DONDE DICE EN LOS DATOS DE LA MADRE “MARIA CONCEPCION HUAMANHORQQUE”, Y DEBE DECIR “MARIA CONCEPCION HUAMANHORQUE VERA”. AREQUIPA. 17 DE AGOSTO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA MAT 036. (19 agosto) B/E031-5113. RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el Tercer Juzgado Civil, Expediente 235420153154-2016, Juez Doctor Zoilo Alcides Chávez Mamani, Especialista Legal Doctora Karina Cecilia Ylla Velásquez; en los seguidos sobre Cambio de Nombre en la vía de proceso no contencioso que tramita Wilber Tacuri Vargas, se ha expedido Resolución Nro. 5-2016 que contiene el admisorio de la demanda en la cual se RESUELVE: Admitir a trámite en la Vía de Proceso No Contencioso la solicitud presentada por Wilber Tacuri Vargas sobre cambio de Nombre. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley. Arequipa, 08 de agosto del 2016. MARLENY FERNÁNDEZ PALACO ABOGADA C.A.A MAT. 0940. (19 agosto) B/E031-5129. RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO En el Expediente Judicial Nro. 04066-2016-0-0412-JP-CI-02 que se tramita por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la sede del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata - Arequipa, Especialista Legal Dra. Maricela Noemi Arredondo Turpo; LEONOR ANTONIETA CAMPOS TEJADA y RENZO PAUL CORNEJO CAMPOS solicitan que mediante Proceso No Contencioso se disponga Jurisdiccionalmente la RECTIFICACIÓN de la Partida de Nacimiento de cada uno de ellos en el siguiente sentido: 1.1- LEONOR ANTONIETA CAMPOS TEJADA, solicita se ordene se rectifique su Partida de Nacimiento inscrita con el Nro. 86 del año 1951 por ante la Municipalidad Distrital de Cocachacra, de la provincia de Islay, departamento de Arequipa, esto específicamente en cuanto respecta a su segundo prenombre que aparece consignado como “ANTONIA” cuando lo correcto es ANTONIETA, de tal manera que solicita se ordene se rectifique su referido segundo prenombre consignado en dicho documento y con ello quede inscrito su correcto nombre como LEONOR ANTONIETA CAMPOS TEJADA. 1.2.- RENZO PAUL CORNEJO CAMPOS, solicita se rectifique su Acta de Nacimiento Nro. 114 del año 1972 inscrita por ante la Municipalidad Distrital de llabaya, provincia de Jorge Basadre, del departamento de Tacna, esto en cuanto respecta al nombre de su madre que aparece consignado en dicha Acta de Nacimiento, solicitando se le agregue o adicione el segundo prenombre ANTONIETA, de tal manera que en dicho documento su referida madre deberá figurar con el nombre correcto de LEONOR ANTONIETA CAMPOS TEJADA. Arequipa 17 de agosto del 2016, Abogado Jorge Luis Carbajal Bustos con Mat. CAA Nro. 3434.(19 agosto) B/E 031-5132. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Rose Mary Bonifacio Calcina quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Elias Gomez Barcena en el Archivo de la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Quiñota, Chumbivilcas -Cusco el dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y dos; hijo de don Francisco Gomez Huillca y de doña Francisca Bacerna Yanque, y que fue bautizado en la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) -Arequipa el veintiuno de agosto de mil novecientos ochenta y tres. Fueron sus padrinos don Maximo Palomino Vilcatoma y doña Gaby Graciela Lazo Velasquez. Arequipa ,16 de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO (19-22-23 agosto) B/E 031-5133. Santa Marta 211,2do. Patio, Cercado - Teléf.: 054284783 - Email: vicjudicial@ar2obispá€oarequipa. org.pe ^ ADICION DE NOMBRE Por ante el Segundo Juzgado Mixto de Caylloma, especialista legal Riveros Bejarano Galois Antonio Exp. 531-2016, doña GENARA OSORIO HUAMANI, solicita autorización judicial de adición de nombre en su partida de nacimiento en el segundo prenombre de ELVA, debiendo quedar en el futuro como GENARA ELVA OSORIO HUAMANI. AREQUIPA, 17 DE AGOSTO DEL 2016. ARMANDO HINOJO-

SA PRADO ABOGADO (19 agosto) B/E 031-5134. RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO Ante el tercer juzgado de paz letrado del módulo básico de justicia de paucarpata, juez Dra. Silvana Pacheco Tejada, especialista Lizbeth Huaccotto Goizueta, expediente nro-04o7o-2o16-o-o412-jpci-o3, Sandra Aquino Flores, solicita la rectificacion judicial de las partidas de nacimiento de sus menores hijos ; Angel Fernando y Angel Fabricio Aranzamendy Aquino, expedidas per la municipalidad distrital de paucarpata y municipalidad provincial de arequipa, en cuanto a su apellido paterno que aparece con error ortográfico “ Aranzamendy”, es decir se corrija la letra “y” por la letra * i”, a efecto de que quede como “Aranzamendi” , debiendo quedar en lo posterior los nombres completos de Angel Fernando Aranzamendi Aquino y Angel Fabricio Aranzamendi Aquino lo que se pone en conocimiento para los fines de ley • arequipa 17 de agosto del 2016 . Jorge Jimenez Pacheco, abogado , Mat. nro- 1472 . (19 agosto) B/E 031-5135. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Alex Omar Burgos Coaquira quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Pablo Apóstol (Buenos Aires - Cayma) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Yanahuara - Arequipa el primero de abril de mil novecientos ochenta y dos; hijo de don Manuel Burgos Pérez y de doña Celestina Coaquira Miranda, y que fue bautizado en la Parroquia San Pablo Apóstol (Buenos Aires - Cayma) -Arequipa el primero de abril de mil novecientos ochenta y cinco. Fue su madrina doña Julia Platero Gómez. Arequipa, 16 de agosto del 2016. Dr. Walter TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO VICARIA (17-18-19 agosto) B/E031-5090 RECTIFICACION DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Lily Pilar Salas de Paredes, en representación de la titular, quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Olga Justa Espinosa Vera, registrada en el Libro 53, foja 283, N° 406 del Archivo de la Parroquia Santa Marta -Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘once de Enero del presente año’; su padre como ‘Ciriaco Espinosa’. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació en ‘Arequipa el 11 de enero de 1931’. Su padre es ‘Ciriaco Espinoza’. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como OLGA JUSTA ESPINOZA VERA”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.Arequipa, 16 de agosto del 2016.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaria Judicial –Arzobispado de Arequipa. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO- ACTUARIO (18-19-22 agosto) B/E 031-5113. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Dionicio Laura Yucra quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Olivia Erika Laura Sucapuca en el Archivo de la Parroquia San José Obrero (Apacheta) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Socabaya - Arequipa el diecinueve de abril de mil novecientos setenta y nueve; hija de don Dionicio Laura Yucra y de doña Eva Sucapuca Pachauri, y que fue bautizada en la Parroquia San José Obrero (Apacheta) - Arequipa el veinticinco de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. Fueron sus padrinos don Placido Ito Apaza y doña Tula Saturnina Apaza de Ito. Arequipa, 17 de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO.-ACTUARIO. (18-19-22 agosto) B/E 031-5114 AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Maria Elena Lazo Medina quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Brady Eduardo Condori Lazo en el Archivo de la Parroquia Virgen de Fátima (Hunter) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Alto de la Alianza - Tacna el veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta y ocho; hijo de don Jesús Eduardo Condori Machaca y de doña Maria Elena Lazo Medina, y que fue bautizado en la Parroquia Virgen de Fátima (Hunter) - Arequipa el veintinueve de enero del dos mil. Fueron sus padrinos don Rufo Condori Machaca y doña Florinda Obregon Carrasco. Arequipa, 18 de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO. (19-22-23 agosto) B/ E031-5164 AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Tatiana Leslie Calderón Surco quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Alto San Martín - Mariano Melgar) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Mariano

Viernes, 19 de agosto del 2016

melgar - Arequipa el veinticinco de mayo de mil novecientos ochenta y cinco; hija de don Miguel Angel Calderón Fernández y de doña Nancy Surco Arias, y que fue bautizada en el Colegio Corazón de Jesús - CIRCA (Urb. Santa Rosa - Mariano Melgar) - Arequipa el trece de agosto de mil novecientos noventa y tres. Fueron sus padrinos don Pedro Quilmes Melo y doña Ninfa Calderón Tapia. AREQUIPA 17 DE AGOSTO DEL 2016. DR WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO. (18 -19-22 agosto) B/E031-5120. SUCESIONES SUCESION INTESTADA En la notaría Pantigoso, Jirón 28 de julio 219, Provincia de Camaná, José Eusebio Rivas Palomino, solicita se declare la Sucesión Intestada de Maybelline Gissey Macuado Wuaypuma, fallecida intestada en Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, el 29 de Julio del año 2016, siendo su último domicilio en la Ciudad de Camaná, lo que se hace de conocimiento público, conforme al Art. 41 de la Ley Nro. 26662, para que se presenten quienes acrediten derechos para ser declarados sus herederos. Camaná, 11 de agosto del 2016. MANUEL PANTIGOSO Q. ABOGADO NOTARIO MATR. CNA 008. (19 agosto) B/E 031-5143 SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado MARIA DEL CARMEN SILVANA ALTAMIRANO MIRANDA, solicitando la Sucesión Intestada de su esposo, el señor JULIO ERNESTO LAZO TOVAR fallecido el 23 de Julio del 2016, teniendo como último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 17 de agosto del 2016 Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa. (19 agosto) B/E 031-5142. SUCESION INTESTADA Ante esta notaria, se ha presentado VERONICA VALDIVIA BUSTINZA, solicitando la Sucesión Intestada de su esposo, el señor RICHARD OSWALDO SALAZAR CASTILLO fallecido el 05 de Agosto del 2016, teniendo como último domicilio ésta ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con el artículo 41° de la Ley 26662,a efectos de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 17 de agosto del 2016. Doctor Javier Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa (19 agosto) B/E 031-5142. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: ELVA LISET VENTURA VALDIVIA. SOLTERA, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: PEDRO JOSE GAMERO LAURA, FALLECIDO EL 13 DE AGOSTO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERA A SU HIJA: DANIELA SUZETTE GAMERO VENTURA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto) B/E 031-5140. SUCESION INTESTADA Ante esta Notaría se ha presentado doña Hayde Angélica Carpió Rodríguez solicitando la sucesión intestada de don Juan Jose Carpio Carrasco, fallecido en la ciudad Arequipa, el día 14 de diciembre del 2012, siendo su último domicilio esta ciudad de Arequipa. 17 de agosto del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO (19 agosto) B/E 031-5138. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ: PEDRO ARAGÓN SALDÍVAR, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU ESPOSA: KATTIA DANITZA FARFÁN BARRIGA; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. Arequipa. 17 de agosto del 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO (19 agosto) B/E 031-5131. SUCESION INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA OLGA ROXANA DELGADO DE CABRERA, SOLICITANDO LA DE ZAIRA FRANCISCA CARDENAS DE DELGADO, FALLECIDA EL PRIMERO DE MAYO DEL AÑO 2013, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2016.

GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (19 agosto) B/E 031-5130. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARRERA ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: VICTORIA ARANGO SOTO, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: ALBERTO ESPINOZA ESPILLICO, FALLECIDO EL 21 DE JUNIO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: ANGEL VALERIO ESPINOZA PARI Y BRIGHIT SALOME ESPINOZA PARI. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 21.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto) B/E 031-5122. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JUAN LORENZO LERMA MENDO, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: FAUSTINA QUISPE DE LERMA, FALLECIDA EL 27 DE OCTUBRE DEL 2010, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERO A SU CONYUGE SUPERSTITE: JUAN LORENZO LERMA MENDO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 19.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto) B/E 031-5122. SUCESION INTESTADA. CONFORME LEY 26662. ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA. CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA. SE PRESENTO: AYLIN CANDELARIA CARI QUISPE, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE SUS PADRES: BARTOLOME CARI CERVANTES Y CANDELARIA FORTUNATA QUISPE CANLLAHUA DE CARI, FALLECIDOS EL 14 DE AGOSTO DEL 2002 Y 21 DE JULIO DEL 2016, RESPECTIVAMENTE, QUIENES TUVIERON COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERA A SU HIJA: AYLIN CANDELARIA CARI QUISPE.PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO.AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto) B/E 031-5121. SUCESION INTESTADA. DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ 313-A CERCADO SE PRESENTÓ: MERCEDES ALANOCA ALANOCA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU PADRE: COSME ALANOCA TICONA; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN.AREQUIPA, 16 DE AGOSTO DEL 2016. DRA ELSA HOLGADO DE CARPIO. NOTARIA ABOGADA CNA Nº24 (19 agosto) B/E 031-5116. SUCESION INTESTADA ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO EUSEBIA CRISTINA AGUIRRE GALLEGOS, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE SU MADRE JACINTA RUFINA GALLEGOS AGUIRRE FALLECIDA EL 13 DE FEBRERO DEL 2015 EN LA CIUDAD DE CHALA, LUGAR DE SU ULTIMO DOMICILIO. LO QUE COMUNICO A FIN DE QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS HEREDITARIOS. CARAVELI, 21 DE JULIO DEL 2016. NIEVES VIOLETA URQUIZO VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E 031-5110. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JOSE MANUEL GARCIA SALAS, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU PADRE: MARCO ANTONIO LIONEL GARCIA AGUIRRE, FALLECIDO EL 11 DE DICIEMBRE DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS: JOSE MANUEL GARCIA SALAS Y TESSA ANGELA GARCIA SALAS. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto) B/E 031-5127. SUCESION INTESTADA ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO LIONELA AURORA CHOQUE NEYRA, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE JAIME RICHAR QUISPE CANALES PADRE DE SU MENOR HIJA CAROL AURORA QUISPE CHOQUE FALLECIDO EL 26 DE JUNIO DEL 2016 EN LA CIUDAD DE CARAVELI, LUGAR DE SU ULTIMO DOMICILIO.LO QUE COMUNICO A FIN DE QUE SE

Viernes, 19 de agosto del 2016

PRESENTEN LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS HEREDITARIOS. CARAVELI 21 DE JULIO DEL 2016. NIEVES VIOLETA URQUIZO VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E 031-5110. PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO E. ESCARZA BENITEZ, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE MARIO RAFAEL CACERES YAURI, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE LOS SIGUIENTES PREDIOS: PREDIO SIGNADO COMO LOTE 7, MANZANA D, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE 170.52 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE No. 2, CON DOS LINEAS DE 8.50 ML Y 1.10 ML, POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 6, CON UNA LINEA DE 15.17 ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 8, CON UNA LINEA DE 14.40 ML. POR EL FONDO: CON ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LA ARBOLERA DE CHALLAPAMPA, CON DOS LINEAS DE 11.50 Y 2.50 ML. PREDIO SIGNADO COMO LOTE 8, MANZANA D, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE 222.43 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE No. 2, CON UNA LINEA DE 15.10 ML., POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 7, CON UNA LÍNEA DE 14.40 ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON PASAJE CATALINA , CON UNA LINEA DE 15.51 ML, POR EL FONDO: CON ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LA ARBOLERA DE CHALLAPAMPA, CON DOS LINEAS DE 9.14 Y 6.03 ML. AMBOS PREDIOS SE ENCUENTRAN INSCRITOS DENTRO LA PARTIDA REGISTRAL 04006388 A NOMBRE DE SERAFINAHrMPE4?ATRIZ CORRALES NUÑEZ, JULIO PEDRO CARBAJAL NUÑEZ, YSAURO YSMAEL CARBAJAL NUÑEZ, MERCEDES FLOR MUNIVE GARCÍA Y VANESSA LEE CARBAJAL MUNIVE. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA 17 DE AGOSTO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (19-25 agosto) B/E 031-5109. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO Ante mi despacho se presentaron Lino Florentino Alvarado Cayo y Francisca Quispe CHoque, solicitando la prescripcion adquisitiva del vehiculo con las siguientes caracteristicas: placa de rodaje: PGY507, marca: toyota, clase: cmta. pick up, modelo: DYNA, carroceria: Baranda, año: 1984, color: rojo, N° de serie: BU700000485, n° de motor: B0185664, que se encuentra registrado a nombre de Jacinto Garriazo Licla y que fuera adquirido por los solicitantes hace mas de cuatro (4) años.Lo que comunico para los fines consiguientes.CARAVELI,03 DE JUNIO DEL 2016. NIEVES VIOLETA URQUIZO VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E 031-5110 FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS Ante mi Oficio Notarial, ubicado en Av. Panamericana N° 115, se ha admitido la solicitud de VICTOR RAUL DIAZ ESTREMADOYRO, sobre FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS, del inmueble ubicado en el Sector Huacapuy, distrito de José María Quimper, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, con un área de 144,500.58 M2, linderos y medidas perimétricas: POR EL FRENTE (Sur), con 12.50, 76.67 y 325.22 mi, terrenos del CP. El Puente - Huacapuy y carretera Panamericana por medio. POR EL COSTADO DERECHO (Este), con 185.83,100.14, 39.37 y 118.23 mi, terrenos irrigación Pampas El Huevo. POR EL COSTADO IZQUIERDO (Oeste), con 197.34, 90.00 y 117.25 mi, terrenos del CP. El Puente - Huacapuy y terrenos de El Estado. POR EL FONDO (Norte), con 314.00 y 220.60 mi, terrenos Irrigación Pampas El Huevo. Lo que se pone de conocimiento público para los fines de ley. CAMANÁ, 2016 Agosto 08. ANGEL MARTINEZ PALOMINO ABOGADO NOTARIO (19-25 agosto) B/E 031-4981. DECLARACION DE UNION DE HECHO ANTE MÍ, MARIA EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA, NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICIO EN LA AV. SOCABAYA 311, SOCABAYA, SE PRESENTAN EFRAIN MAURO FLORES AGUILAR Y KATHERIN REBECA COAGUILA FLORES, SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS.-LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 12 DE AGOSTO DEL 2016 MA. EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (19 agosto) B/E 031-5125

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

EDICTOS PENALES EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-956-35 (Imputado) GUILLERMO ROSENDO ZÚÑIGA ROBLEDO. HUGO LAURA MAMANI. Se notifica a los agraviados, CARLOS TOMÁS CATORIENSE RAMOS Y URBANO CCASA YUCRA. , delito CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE ELABORACIÓN DE DOCUMENTO FALSIFICADO, TIPIFICADO EN EL ART. 427° PRIMER PÁRRAFO DEL CÓDIGO PENAL , agraviado CARLOS TOMÁS CATORIENSE RAMOS Y URBANO CCASA YUCRA. , NOTIFICACION, RESOLUCIÓN N° 03-2016 DE FECHA 2605- 2016. TRASLADO POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 DÍAS EL REQUERIMIENTO MIXTO, PARA EFECTOS DEL ART. 350° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL, PRESENTADO POR LA TERCERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE AREQUIPA. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4737-0 (Imputado) MARCOS HERMINIO MAMANI ATAMARI. Se notifica a MARCOS HERMINIO MAMANI ATAMARI., delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto en el primer párrafo del Art. 274° del Código Penal. , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, Resolución N° 01-2015 de fecha 04-09- 2015. Al requerimiento de acusación directa presentada por el Ministerio Público, se le notifica por el plazo de diez días hábiles, para efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4746-0 (Imputado) WILBERTO JAIME PACO JACHUCO. Se notifica a WILBERTO JAIME PACO JACHUCO. , delito CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. PREVISTO POR EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 274° DEL CÓDIGO PENAL , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, RESOLUCIÓN 01-2015 FECHA 04-09-2015. LA ACUSACIÓN DIRECTA PRESENTADA POR LA PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE AREQUIPA, SE LE NOTIFICA POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES PARA EFECTOS DEL ART. 350° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3272-2016-0 (Imputado) VICTORIA QUISPE BENITEZ, delito QUERELLA, agraviado LINETH SUJEY VARGAS GOMEZ, DILIGENCIA 15:11:2016, 10:30, Sala 6, EN CASO DE INCONCURRENCIA DECLARARSE CONTUMAZ ; Secretario: Sucapuca (17-18-19 agosto) Exp. 2015-2745-49 (Imputado) WILLIAM TOMMY ATAHUALPA RIVERA , delito HURTO AGRAVADO, agraviado HOSTAL EL FARAON, DILIGENCIA 24-102016, 2:00 P.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte (17-18-19 agosto) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-49-12 (Agraviada) CILA LLAMOSAS CARAPI (imputado) DINA MAMANI HANCCO , delito Falsificación, agraviado CILA LLAMOSAS CARAPI y otros, NOTIFICACION, Al escrito número 73130-2016: Visto el requerimiento de acusación, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal . ; Secretario: Delgado (17-18-19 agosto) Exp. 2015-3965-3 (Imputado) JOHN ÁNGEL CHÁVEZ CORNEJO. Se notifica a JOHN ÁNGEL CHÁVEZ CORNEJO. , delito Conducción en estado de ebriedad, previsto en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal. , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, resolución N° 01-2016, su fecha 07-01- 2016. A la acusación presentado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, se notifica por el plazo de 10 días hábiles para efectos del Artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4433-95 (Agraviada) CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A., delito Falsedad Ideológica, agraviado EL ESTADO Y OTROS, NOTIFICACION, 07-2016: DECLARAR FUNDADO EL PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO POSTULADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO. ASIMISMO NO SE EMITE NINGÚN TIPO DE PRONUNCIAMIENTO con respecto a una pretensión civil a favor de las partes

agraviadas ya que no son actor civil. ; Secretario: Delgado (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4433-95 (Agraviada) CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A. , delito Falsedad Ideológica, agraviado EL ESTADO Y OTROS, NOTIFICACION, 09:SE RESUELVE CONCEDER APELACIÓN interpuesto por Teresa María Ticona Camac, en contra de la resolución número 07-2016 ; Secretario: Delgado (17-18-19 agosto) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-895-21 (Imputado) LEONCIO LIMACHE CONDORI, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LIMACHE ROQUE JOSUE Y XIOMARA LIMACHE ROQUE REPRESENTADOS POR ROQUE COAQUIRA ZAIDA, DILIGENCIA 04-10-2016, 08:00, Sala 7, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MARQUEZ (17-18-19 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4146-41 (Imputado) MARIA INES CANDIA HERRERA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Y OTROS, NOTIFICACION, Res.01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero (17-18-19 agosto) Exp. 2015-3124-0 HANS ROBERT ESPINOZA ZAPANA Y JUAN BAUTISTA RAMOS BELTRAN , delito HURTO DE GANADO , agraviado TODULO NICOLAS RAA RETAMOZO, DILIGENCIA 13-09-2016, 14:00 HORAS, Sala 4, ; Secretario: Huerta (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4044-30 ULISES VIDALON PORTOCARRERO , delito EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN , agraviado COLEGIO MEDICO DEL PERU , DILIGENCIA 29-08-2016, 14:00 HORAS, Sala 4, ; Secretario: Huerta (17-18-19 agosto) Exp. 2015-4317-76 (Imputado) JOSE ARTURO RAYME GUTIERREZ, delito TENENCIA ILEGAL DE ARMAS Y OTRO, agraviado ESTADO, NOTIFICACION, , , Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento y Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero (17-18-19 agosto) Exp. 2015-7255-79 LUIS JUSTO QUISPE HUANACHIRI, delito , agraviado OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL - ONP, DILIGENCIA 30-09-2016, 11:30 HORAS, Sala 4, ; Secretario: Huerta (17-18-19 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1767-48 (agraviado) Dennis Flores Medrano, delito ROBO AGRAVADO, agraviado Dennis Flores Medrano, NOTIFICACION, Resol. 01 Traslado de la acusación fiscal presentado por el fiscal por el plazo de diez días para los efectos del art. 350 del Código Procesal Penal ; Secretario: Arones (1718-19 agosto) Exp. 2015-3488-34 (Imputado): CARLOS OMAR HERRERA MERMA, se le notifica: Estando a la constancia de la inasistencia del ACUSADO CARLOS OMAR HERRERA MERMA así como de su defensor el abogado Marco Luque Chaiña; por lo que siendo ambas injustificadas de conformidad con lo que establece el artículo 85° numeral 2 del código procesal penal, se designa como defensor público del citado acusado al DOCTOR JUAN CARLOS RAMOS PERALTA, quien deberá asistir a la próxima audiencia a realizarse. Se reprograma la presente audiencia para el día 23 de agosto de 2016 a las 14:40 de la tarde en la sala N° 03del penal de varones de Socabaya.- , delito HURTO AGRAVADO, agraviado LIZDAY DANICA PACCOHUANCA HUAMANGUILLA, DILIGENCIA 23-08-2016, 14:40 P.M., Sala 3 del Penal, ; Secretario: TORRES (17-18-19 agosto) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que

se les sigue mediante: Exp. 2014-389-36 JULIA EULALIA BORDA LUQUE, delito FALSEDAD MATERIAL IMPROPIA, agraviado EL ESTADO PROCURADOR PUBLICO DE REGISTROS PUBLICOS, DILIGENCIA 20-08-2016, 12:10, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: DIAZ (17-18-19 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 20155890-99 Paulo Cesar Palomino , delito FRAUDE INFORMÁTICO, agraviado BANCO DE CREDITO del Perú, DILIGENCIA 04-10-2016, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, se le corre traslado del requerimiento de sobreseimiento y se fija fecha de audiencias ; Secretario: Ojeda (17-18-19 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-726-0 RELLY HUAYLLANI CHAVEZ, delito VIOLACION DE DOMICILIO, agraviado FLORENCIO HUAMANI CHALLA, NOTIFICACION, REPROGRAMACION DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIA 5 DE SETIEMBRE A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA AV. ALFONSO UGARTE N° 119 3ER PISO CERRO COLORADO ; Secretario: ROJAS (17-18-19 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-278-88 OSCAR ENRIQUE CHINEN YOYAMA, delito ESTAFA GENERICA, agraviado SANTOS TAPIA CHICLLA, DILIGENCIA 27-09-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA (17-18-19 agosto) Exp. 2016-4569-57 MERY BENNY DELGADO CUBA, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA A LA AUTORIDAD, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 21-09-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA (17-18-19 agosto) Exp. 2015-5942-33 YATME ERLINDA CARDENAS NIETO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA ISABEL VERA CARDENAS, DILIGENCIA 13-09-2016, 10:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO (17-18-19 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1105-0 (Imputado) FLORENTINO CHURQUIPA TICONA, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 06-092016, 10.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto) EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-33428 (Imputado) ROLANDO INOFUENTE HUAMAN, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 12-09-2016, 14:00, Sala 3, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN SU CONTRA ; Secretario: Monge (17-18-19 agosto) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-419-86 El Primer Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO LUIS ALBERTO REVILLA PONCE, para la Audien-

3

cia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso - Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de LUIS ALBERTO REVILLA PONCE., delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menores de iniciales V.I.P.R y R.P.P.R., DILIGENCIA 23 de noviembre 2016, 03:00 p.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (17-18-19 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-252-23 El Juzgado Colegiado de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO BARTOLOME SIVINCHA CHOQUE, para la Audiencia de Juicio Oral en la Sala de audiencias del penal de Pucchun Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de BARTOLOME SIVINCHA CHOQUE y otros. , delito ROBO AGRAVADO, agraviado ALEX SAQUEO FERNÁNDEZ TORIBIO, DILIGENCIA 26 de agosto 2016, 10:30 a.m., Sala del Penal Pucchun, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (17-18-19 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-11-67 (Imputado) ELMER LUQUE RAFAEL, delito PECULADO DOLOSO, agraviado Municipalidad Distrital de Majes, NOTIFICACION, Res. 15, por el cual DECLARAR FUNDADA la EXCEPCION DE IMPROCEDENCIA DE ACCION deducida por la defensa técnica de ELMER LUQUE RAFAEL, DECLARAR EL ARCHIVO DEFINITIVO de la investigación seguida en contra de ELMER LUQUE RAFAEL. ; Secretario: Hernández (17-18-19 agosto) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1841-70 (Agraviada)Alejandra Gonzales Villacorta , delito Usurpación , agraviado Alejandra Gonzales Villacorta , DILIGENCIA 18-10-2016, 10:30, Sala 6, ; Secretario: Monge (17-18-19 agosto) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 4551-2015-23 VICTOR RAUL VALDIVIA CARDENAS, delito USURPACION AGRAVADA, agraviado ARGELIA GINA COACALLA VARGAS y OTROS, DILIGENCIA 05-12-2016, 09:00 AM., Sala 2, QUE EN TERMINO DE 24 HORAS DESIGNE DEFENSA PRIVADA O RATIFIQUE A SU DEFENSA CASO CONTRARIO SE DESIGNARA DEFENSOR PUBLICO ; Secretario: SONCCO (17-18-19 agosto) Exp. 365-2014-68 DAMASO URRUTIA COAQUIRA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARCOS URRUTIA QUISPE y OTRO, DILIGENCIA 21-10-2016, 08:00 AM., Sala 2, EN TERMINO DE 24 HORAS DESIGNE DEFENSA PRIVADA O RATIFIQUE A SU DEFENSA CASO CONTRARIO SE DESIGNARA DEFENSOR PUBLICO; Secretario: SONCCO (17-18-19 agosto) EDICTO EXPEDIENTE : 6187-2016-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5º JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A – SEDE COMISARIAS. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada ANTOINE GABRIEL GUILLAUME NICOLAS. Con la siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE; ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso iniciado por denuncia de ANTOINE GABRIEL GUILLAUME NICOLAS, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. Debiendo notificarse mediante edicto la presente resolución. Registrese y notifíquese. MARITZA ALEJANDRA SALOMON NUÑEZ JUEZA SUPERMUMERARIA 5 TO JUZGADO DE PAZ LETRADO.(17-18-19 agosto) EDICTO CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- VALENCIA DE ROMAÑA AURELIO RONALD.-

4

La República

JUEZ.- NESTOR PUMA SALAZAR.- ESPECIALISTA LEGAL.- En el EXP. N° 06371-2016-0-0401-JR-FC-04; sobre VIOLENCIA FAMILIAR a demanda de la Cuarta Fiscalía de Familia de Arequipa, en agravio de FERNANDEZ SUMIRE, FLORENCIA y en contra de FERNANDEZ SUMIRE, JULIO, se notifica al último nombrado, a efecto de comparezca al proceso y/o conteste la demanda en el termino concedido por ley y bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuar el proceso en el estado en que se encuentra firma PACHECO JUEZ PUMA ESPECIALISTA. AREQUIPA, 2016 JULIO 25. NESTOR PUMA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL ( 17-18-19 agosto) EDICTO Expediente : 00089-2015-89-1514-JR-PE-01 y 00089-2015-43-1514-JR-PE-0T Especialista: Abog. Nicasio Fermín Cóndor Chávez El Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín; Dr. RUBEN TOMAS CALIZAYA HUALPA, a través del presente edicto: Cita y Emplaza al imputado ausente JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, a fin de que TOME CONOCIMIENTO de la resolución N° 01 de fecha 21/12/2015 (sobre requerimiento de confirmatoria de incautaciuon) y de la resolución N° 01 de fecha 12/07/2016 (sobre requerimiento de declaración de ausencia), emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín, cuyo extracto de las resoluciones es el siguiente: Resolución N° 01 De fecha 21/12/2015 SE RESUELVE: 1. Declarar Fundado el Requerimiento efectuado por el Representante del Ministerio Público, con la finalidad de garantiza la medida de ejecución penal; en consecuencia CONFIRMAR la medida de Incautación del bien detallado en el tercer considerando de la presente resolución. 2. DISPONER: Que la fijación del término de duración de la medida de incautación del bien referido, es hasta que se expida el auto de sobreseimiento, sentencia condenatoria o absolutoria proveniente de resolución firme, que ordene su decomiso o disponga su devolución al propietario; salvo que los afectados con la medida real de incautación hagan uso de su derecho que les corresponde, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 318 y 319 del Código Procesal Penal, respecto a la variabilidad que puede producirse en el curso de la investigación. 3. DISPONER: Que en cuanto se refiere al lugar de custodia de los bienes, el fiscal observe el Reglamento de la Cadena de Custodia de Elementos Materiales, Evidencias y Administración de Bienes Incautados. Tómese razón y hágase saber. Con relación a los anexos téngase por cumplido los documentos que se adjuntan al presente.- Resolución N° 01 SE RESUELVE: De fecha 12/07/2016 1).- DECLARAR REO AUSENTE al imputado JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con DNI 40424662; Edad: 46 años; sexo: masculino, Estado Civil: se desconoce; nacido el 02 de septiembre de 1970, natural del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, con domicilio en la ARB. 1RO. DE JULIO MZ. C CT. 12 ZONA A ALTO CAYMA del Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa; Nombre de los padres: Demetrio y Luisa; Talla : un metro con setenta; Contextura: Regular: Cicatrices, tatuajes y otras señas particulares: se desconoce; Grado de Instrucción: Secundaria Completa, Profesión u ocupación: - Se desconoce profesión u ocupación; Nacionalidad: Peruano; en consecuencia SE DISPONE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA, a fin de que sea puesto a disposición del Ministerio Público de la Provincia de Junín y se puedan realizar las diligencias que requieran su intervención, una vez efectuada, el representante del Ministerio Público deberá comunicarlo a éste Despacho a efecto de disponer la cesación de tal condición y dejarse sin efecto el mandato de conducción compulsiva así como todas las comunicaciones que se hubieran cursado con tal objeto. 2) SE DISPONE se notifique al Defensor de Oficio del Ministerio de Justicia de Junín y nombrar como abogado defensor para el imputado declarado ausente, pudiendo intervenir en todas las diligencias y podrá hacer uso de todos los medios de defensa que la Ley reconoce. 3) Se dispone que la presente resolución sea notificado por edictos al imputado, la que publicará por tres días hábiles consecutivos en el Diario Oficial de la Región de Arequipa sin perjuicio de su publicación en la Página Web de la institución, conforme al artículo 128° del CPP y artículo 18 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. RUBEN TOMAS CALIZAYA HUALPA JUEZABOG NICASIO FERMIN CONDOR CHAVEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO (17-18-19 agosto) EDICTO En el expediente Nro. 0093-2016-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra al persona seguido por Francisco Enrique Jara Benito y Rafael Auquilla Gamarra, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Básico de Justicia de Castilla-Aplao Deyvi Cueva Cucho expidió la resolución uno cuyo tenor es el siguiente: Aplao, trece de junio del dos mil dieciséis, RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por FRANCISCO ENRIQUE JARA BENITO y RAFAEL AUQUILLA GAMARRA por Faltas contra la Persona, a quienes se les deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Especialista. Legal Wilbert César Yucra Hallasi.-Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de estima personal. ATENTAMENTE DEYVI CUEVA CUCHO JUEZ DE PAZ LETRADO MBJ CASTILLA APLAO. (17-18-19 agosto). EDICTO PÈNAL EXPEDIENTE: N° 4684-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos al imputado WILLIAM CARREON PEQUEÑA CON LA RESOLUCION NUMERO CINCO DOS DE FECHA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: VISTOS: el escrito que antecede y el auto de citación a juicio oral resolución número tres de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Código Procesal Penal en su artículo 124 incisos 1) y 2), establece los casos en que procede la corrección por error material o numérico, o la aclaración de los términos oscuros, ambiguos o contradictorios en que estén redactadas las resoluciones, asi como la adición a su contenido si se hubiera omitido resolver algún punto controvertido, siempre que tales actos no impliquen una modificación de lo resuelto; SEGUNDO: En el presente caso, se advierte que en el auto de citación a juicio oral resolución número tres de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis en la parte resolutiva punto 1 párrafo final) PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO, representado por el Procurador Público Especializado en asuntos de orden Público, sin embargo se habría cometido un error material al omitir el termino “El Estado” antecediendo a la designación del Procurador, TERCERO: Siendo así, corresponde corregir el error material que se ha producido, debiéndose precisarse que en agravio del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO y El Estado representado por el Procurador Público especializado en Asuntos de Orden Público, CUARTO: Estando a la devolución de la cédula de notificación del Procurador Especializado en Asuntos de Orden Público efectuada por la central de notificaciones con registro de ingreso en el sistema de fecha tres de agosto del presente año, haciendo referencia que dicha Procuraduría es competente para conocer delitos de orden Público y no faltas y siendo que el agraviado es efectivo de la Policía Nacional del Perú y los hechos se han cometido en ejercicio de sus funciones resulta competente y debe notificarse a la Procuraduría Pública a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior teniéndose presente lo dispuesto en la presente resolución y la resolución cuatro dos mil dieciséis. Fundamentos por los que, SE RESUELVE: 1.- Corregir el error material que se ha producido en el auto de citación a juicio oral de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis, que dice: “en agravio del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO ; y el estado representado por el Procurador Público Especializado en asuntos de Orden Público en agravio del Policía Nacional, del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO y El Estado representado por el Procurador Público Especializado en Asuntos de Orden Público” quedando subsistente en todo lo demás que contiene la resolución. 2.- Conforme a lo expuesto en el considerando cuarto NOTIFIQUESE a la PROCURADURÍA PÚBLICA A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR con la presente resolución y la resolución de citación a juicio número tres dos mil dieciséis y la resolución número cuatro dos mil dieciséis teniéndose presente que es citado bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia única sin su presencia. Tómese razón y hágase saber. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 17,18 Y 19 de agosto del 2016. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 4280-2016-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos al agraviado LEZJER BEDOYA ADCO CON LA RESOLUCION NUMERO DOS DE FECHA SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RUTH MARISOL LIPA MAMANI; por

la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del articulo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de LEJZER FERNANDO BEDOYA ADCO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RUTH MARISOL LIPA MAMANI. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 10 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS 08:30 HORAS en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaria de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RUTH MARISOL LIPA MAMANI, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular LEJZER FERNANDO BEDOYA ADCO, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; Y LA RESOLUCION NUMERO SEIS DE EFCHA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: Al escrito N° 5125-2016: Estando a la devolución de la cédula de notificación de Lezjer Bedoya Adco efectuada por la central de notificaciones y al no haber sido notificado debidamente el agraviado y con la finalidad de no causar indefensión es que se dispone reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 04 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIES A LAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: RUTH MARISOL LIPA MAMANI, con su respectivo abogado, balo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agraviada: LEZJER BEDOYA ADCO, con su respectivo abogado, baio apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas . Ademas las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevara en un sola sesión_( de ser posible) por ello los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulacio probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad pudiendo asistir acompñados de los medios probatorios que pretenden hacer valer. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ (1718-19 agosto. MARITZA ALEJANDRA SALOMON NUÑEZ JUEZA SUPEMUMEMARIA – RAUL RAMOS PEREZ SECRETARIO JUDICIAL ( 17-18-19 agosto) EDICTO PENAL JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ . RUBEN TOMAS CALISAYA HUALPA. ESPECIALISTA : HARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín: NOTIFICA al imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con el contenido de la resolución Numero UNO que resuelve RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de Formalización Y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Junín, contra el Imputado MANUEL HUGO ARIAS YALI como autor por el presunto delito Contra Patrimonio en la modalidad de Desvió Ilegal del Curso de Aguas, en agravio de del Estado debidamente-representado por la Municipalidad Provincial de Junín y la Autoridad nacional del Agua ANA Administración Local del Agua Mantaro por el plazo de ciento veinte días a efectos de asumir competencia. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentran obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sean necesarias su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. 4. COMUNICAR a las partes agraviadas que tiene la facultad de solicitar su constitución de actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 5. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 6. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticio-

Viernes, 19 de agosto del 2016

nante.7. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido. 8.PRECISAR asimismo que para efectos del computo de plazo y en atención al considerando sexta de esta resolución, dicho plazo se computa el ingreso de la Disposición Fiscal a este Juzgado, es decir desde el VEINTIDOS DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, EL MISMO QUE VENCERA EL VEINTIDOS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS. 8. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 9. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. Dictada en Junín, veintiocho de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa. NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto). EDICTO PENAL JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ . GRACIELA MORALES MONTES. ESPECIALISTA: CHARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señora Juez encargada del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín: NOTIFICA a los imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con el contenido de la resolución Numero CUATRO y PARTE EXPOSITIVA.-Por recibido, en la fecha con el oficio N° 521-2016-MP/DFJ/FPPC-JUNIN que antecede la Disposición N° 04 de fecha veintidós de julio del presente año proveniente de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Junín, mediante el cual solicita la prorroga por sesenta días el plazo de Investigación Preparatoria y estando al requerimiento indicado. PARTE CONSIDERATIVA.El artículo 342° numeral 1 del C.P.P prescribe: “El plazo de la investigación preparatoria es de ciento veinte días naturales. Solo por causas justificadas, dictando la disposición correspondiente, el Fiscal podrá prorrogarla por única vez hasta por un máximo de sesenta días naturales.” El artículo 323° numeral 2 del C.P.P menciona: “El Juez de La Investigación Preparatoria está facultado: ...E) Controlar el cumplimiento del Plazo en las condiciones fijadas en este Código”, así lo entiende el Juzgado de Investigación Preparatoria cuando se presenta la prórroga de la investigación preparatoria por parte del representante del Ministerio Público ésta debe ser presentada hasta antes que finalice la Formalización de la Investigación Preparatoria. El Fiscal, pone a conocimiento su disposición de prórroga de la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria, por el plazo de sesenta días, advirtiéndose que el plazo de formalización de la investigación preparatoria culmino el 22 de Julio del 2016. PARTE RESOLUTIVA.-TÉNGASE por comunicada la prórroga por SESENTA DIAS de la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria, expedido por el Fiscal Provincial Penal (P) de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Junín, contra os investigado JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI Y MARISA LIPA MANCCO BARRA, por la supuesta comisión del delito de Apropiación Ilícita en agravio del VICTOR ENRIQUE LEYVA. INGARUCA; delito previsto y sancionado en el artículo 190° del Código Penal. Debiendo culminar el 22 de Setiembre del 2016. Dictada en Junín, Cuatro de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa. NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto). EDICTO PENAL JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ . GRACIELA MORALES MONTES. ESPECIALISTA: CHARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señora Juez encargada del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín: NOTIFICA a los imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con el contenido de la resolución Numero TRES y SE RESUELVE: PRIMERO. DECLARAR AUSENTE: Al imputado JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con Documento de Identidad Nacional N° 40424662; Edad: 46 años; Sexo: Masculino, Estado Civil: Soltero; Nacido: El 02 de setiembre de 1970, Natural del distrito: De Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa, Con domicilio real: En la Urb.. 1RO. DE JULIO MZ. C CT. 12 ZONA A ALTO CAYMA del Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa; Nombre de los padres: Demetrio y Lui-

sa; Talla: 1:70 m; Contextura: Regular: Cicatrices, tatuajes y otras señas particulares: se desconoce; Grado de Instrucción: Secundaria Completa, Profesión u ocupación: - Se desconoce; Nacionalidad: Peruano. SEGUNDO: UBICACIÓN CAPTURA y CONDUCCIÓN COMPULSIVA, de JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI a fin de que sea puesto a disposición del Ministerio Público de la Provincia de Junín y se puedan realizar las diligencias que requieran su intervención, una vez efectuada, el representante del Ministerio Público deberá comunicarlo a éste Despacho a efecto de disponer la cesación de tal condición y dejarse sin efecto el mandato de conducción compulsiva así como todas las comunicaciones que se hubieran cursado con tal objeto; para cuyo efecto deberá oficiarse a la autoridad policial correspondiente, TERCERO: SE DISPONE: Se notifique al Defensor de Oficio del Ministerio de Justicia de Junín y nombrar como abogado defensor para el imputado declarado ausente, pudiendo intervenir en todas las diligencias y podrá hacer uso de todos los medios de defensa que la Ley reconoce. CUARTO. SE ORDENA: Que la presente resolución sea notificado por edictos al imputado, la que publicará por tres días hábiles consecutivos en el Diario Oficial de la Región de Arequipa sin perjuicio de su publicación en la Página Web de la institución, conforme al artículo 128° del CPP y artículo 18 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal. AVOCANDOSE: En el conocimiento del presente proceso la Señora Juez Graciela Morales Montes, Juez del Juzgado de Mixto de Junín de la Corte Superior de justicia de Junín, en mérito de la resolución Administrativa N°552-2016-P-CSJJU/PJ, que RESUELVE: ENCARGAR en adición a sus funciones, el despacho del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín, por encontrarse el Juez Titular Dr. Rubén T. Calizaya Hualpa de Vacaciones .TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. Dictada en Junín, Cuatro de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa. NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto). EDICTO PENAL EXPEDIENTE 2011-2015-61 -2111 -JR-PE-02 El señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de San Román Juliaca, a cargo del Doctor Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente NOTIFICA A; WILVER ORTIZ VARGAS, identificado con D. NI 42527776; en el expediente de la referencia 2011-2015-61-2111-JR-PE-02, como presunto autor del delito Contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Lindabra Chambi Mamani; CITA y NOTIFICA al acusado con el contenido de la resolución N° 01 de fecha veinticuatro de diciembre del dos mil quince, mediante el cual SE PROGRAMA día y hora para la realización de la Audiencia de Juicio Oral el mismo que se llevara a cabo el DÍA SEIS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ en caso de INASISTENCIA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales de Juliaca. Juliaca, 25 de Julio del 2016. (18-1922 agosto). JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ORCOPAMPA, Jueza LIDA BARRIOS SANCHEZ; especialista legal: RAFAEL MAYKO FERNÁNDEZ RÍOS; en el Exp. 2014-66-98 se ha dispuesto notificar a CARLOS ENRIQUE BUSQUEZ ROJAS, en el proceso seguido por el Ministerio Público en su contra y de otros, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYARANI, representado por la Procuraduría Publica de la Contraloría General de la República; con la Resolución Nro. 01 La que dispone “notificar la acusación a las partes procesales por el delito contra la administración pública, en la modalidad de colusión, previsto en el artículo 384 del Código Penal en agravio de la Municipalidad Distrital de Cayarani, representado por el Contralor Público de la Contraloría General de la República, en contra de CARLOS ENRIQUE BUSQUEZ ROJAS y otros, quienes tendrán el plazo de diez días a efecto de proceder deiforme a ley.”. Orcopampa, 15 de Julio del 2016. Ida Pastora Barrios Sánchez-Jueza(S)Juzgado de Paz Letrado-Investigación Preparatoria de Orcopampa-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. – Rafael Mayko Fernández RiosSecretario Judicial De Juzgado de Paz Letrado de Orcopampa. (18-19-22 agosto). EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4286-60 (imputadas) KARLA JACKELINE MAYORGA DENEGRI Y LUCIA TEJADA ALVAREZ, delito APROPIACION ILICITA IRREGULAR, agraviado Rosa BELARMINA MALAGA

Viernes, 19 de agosto del 2016

VALDIVIA, DILIGENCIA 31-08-2016, 09:00 am, Sala 1, ; Secretario: Quispe (19-22-23 agosto) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5810-0 (Imputado) ELMER VARGAS GORVEÑA, delito LESIONAS DOLOSAS , agraviado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA , NOTIFICACION, SEÑALA VISTA DE LA CAUSA PARA EL DIA 24 DE AGOSTO A LAS 11 DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIA NRO. 12 ; Secretario: CALDERON (19-22-23 agosto) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1286-13 GIOVANKA DELGADO DELGADO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado DEIVIS ELISBAN OCHOA PAREDES, DILIGENCIA 24.08.2016, 12:00, Sala 11, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes (19-22-23 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5774-0 JAIME ORTIZ CONDORI, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Y DROGACICCION, agraviado LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, DILIGENCIA 25-08-2016, 1445 hrs, Sala 2, ; Secretario: Champi (19-22-23 agosto) Exp. 2015-2365-88 AGRAVIADA: VERONICA NUÑEZ APAZA, delito HURTO SIMPLE , agraviado VERONICA NUÑEZ APAZA , DILIGENCIA 08-09-2016, 09:15 a.m., Sala 2, ; Secretario: Huerta (19-22-23 agosto) Exp. 2015-4288-76 FREDY EDWARD GRANDA ZUÑÑIGA, delito ABUSO DE AUTORIDAD, agraviado , NOTIFICACION, RESOLUCION N° 01-2016 DE FECHA26 DE JULIO DE 2016: CORRE TRASLADO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCALPOR ELPLAZO DE DIEZ DIAS ; Secretario: Champi(19-22-23 agosto) Exp. 4542-2015-46 (Imputado) PATRICIA MELVA CALLATA BEJAR. Se notifica a Empresa Capacitación y Publicaciones Pacifico S.A.C. representado por Richard Zúñiga Lazo , delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE apropiación ilícita, primer párrafo del Art. 190° del Código Penal , agraviado Empresa Capacitación y Publicaciones Pacifico S.A.C. representado por Richard Zúñiga Lazo, NOTIFICACION, 01-2016 fecha 01-08-2016. Se notifica el requerimiento de sobreseimiento presentada por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por el plazo perentorio de diez días hábiles para efectos del Art. 350° Nuevo Código Procesal Penal ; Secretario: Díaz (1922-23 agosto) Exp. 2016-2383-0 SE NOTIFICA CON LA RESOLUCION N° 15. A LOS JUECES SUPREMOS GONZALES CAMPOS, ALCAZAR ZELADA, VEGA VEGA, BARRIENTOS PEÑA Y PRINCIPE TRUJILLO, delito Habeas Corpus, agraviado Jueces Superiores de Juliaca Puno, NOTIFICACION, RESOL 15. ; Secretario: Montes (19-22-23 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2012-1088-92 (Imputado) DOMINGA CAUNA GOMEZ , delito FALSIFICACION DOCUMENTOS , agraviado EL ESTADO SUNAT Y OTROS , DILIGENCIA 10-10-2016, 2:00 P.M., Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO AUSENTE EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte (19-22-23 agosto) Exp. 2016-018-83 JOSE LUIS PAREDES CIPRIAN, delito , agraviado Menor de Iniciales H.A.Z.A, NOTIFICACION, 1. Declarar reo contumaz a JOSE LUIS PAREDES CIPRIAN, 2. Ratificando la defensora pública María del Pilar Puma Chirinos, SE DISPONE el archivo provisional. ; Secretario: Chuctaya (19-2223 agosto) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3666-62 (Agraviada) FIORELLA DEL CARMEN YUCRA HEREDIA, delito LESIONES LEVES, agraviado FIORELLA DEL

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

CARMEN YUCRA HEREDIA, NOTIFICACION, Res. 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Acusación, el cual podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero (19-22-23 agosto) Exp. 2016-4583-0 (Imputado) PAUL ANGEL AGUILAR ZEGARRA , delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO SIMPLE, agraviado CARMEN MARQUEZ FERNANDEZ , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles ; Secretario: Quispe (1922-23 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5986-2 (Imputados) SANTIAGO FELIPE HANAMPA MALLMA Y ABEL SONCCO SALAS (Agraviadas) DIPNA LUTGARDA CONCEPCION ZUÑIGA VALDIVIA DEL CARPIO Y RITA TEA ZUÑIGA VALDIVIA VDA DE LOPEZ , delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado DIPNA LUTGARDA CONCEPCION ZUÑIGA VALDIVIA DEL CARPIO Y RITA TEA ZUÑIGA VALDIVIA VDA DE LOPEZ Y ESTADO , DILIGENCIA 23-08-2016, 15:00, Sala 4, ; Secretario: Quispe (19-22-23 agosto) EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2581-0 AGRAVIADO: OLIVER REYDER BOJORQUEZ VALENCIA, delito FALTA CONTRA LA PERSONA, agraviado OLIVER REYDER BOJORQUEZ VALENCIA, NOTIFICACION, RES.01: RESUELVO: DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO del proceso por Faltas seguido en agravio de OLIVER REYDER BOJORQUEZ VALENCIA; en consecuencia, DISPONGO: El archivo definitivo, DEJÁNDOSE a salvo el derecho de la parte agraviada para que lo haga valer ; Secretario: Macedo (19-22-23 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-5426-0 (Imputado) LORENZO SANTA CRUZ AGUILAR , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JEAN CARLOS SANTA CRUZ PINO Y OTROS, DILIGENCIA 07-092016, 12:30 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado, DE REALIZAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN CON DEFENSOR PÚBLICO; Secretario: Cjuno (19-22-23 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-3000-52 (Imputados) Herederos de DANIEL LOPEZ NINA. Se les NOTIFICA CON PARTE DE LA RESOLUCIÓN 29-2016, que contiene: Asume competencia el Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Tributarios, Aduaneros, de Mercado y Ambientales en mérito a la Resolución administrativa 152-2016-CE-PJ y asume funciones la Especialista Legal de causas quien suscribe por disposición del superior. DE OFICIO: Estando a la fecha señalada y la conformación del nuevo Juzgado, SE SEÑALA nueva fecha para el día lunes veintinueve DE AGOSTO DEL 2016, a las 9:00 HORAS para que se lleve a cabo la AUDIENCIA DE PRETENSION CIVIL la misma se llevará a cabo en el nuevo local del Juzgado ubicado en Calle Túpac Amaru 464, Distrito de Cerro Colorado – Arequipa., deberá de notificarse a las partes, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia para el Ministerio Publico de remitirse copias al Órgano de Control, en caso de inconcurrencia de la defensa publica se remitirán copias a la coordinación de la Defensoría Publica de Arequipa, en caso de Inconcurrencia de la defensa privada de imponérsele una multa de una unidad de referencia procesal, se va a notificar con respecto de los herederos vía edictos. , delito CONTRABANDO, agraviado PROCURADOR DE LA SUNAT, DILIGENCIA 29-08-2016, 9:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Luque (19-2223 agosto) exp. 2016-4548-0 agraviados ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI Y MARYLUZ VELASQUEZ QUISPE, delito lesiones leves y lesiones leves por violencia familiar, agraviado imputados EVER OVIEDO COLQUE y otros, DILIGENCIA 20-09-2016, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, se les corre traslado del requerimiento acusatorio por diez días y se fija fecha de audiencia; Secretario: Ojeda (19-22-23 agosto)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4232-42 (Imputado) CHRISTIAN ZAPANA CHACON, delito SALUD PUBLICA MICROCOMERCIALIZACION, agraviado El estado , DILIGENCIA 22-08-2016, 09:30, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: ALTAMIRANO (19-22-23 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-220-16 El Segundo Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO RONALD ELIAS ROJAS CONDORCHOA, para la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de RONALD ELIAS ROJAS CONDORCHOA. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales F.G.R.C, DILIGENCIA 19 de setiembre 2016, 8:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya Exp. 2016-227-46 El Segundo Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO MICHEL REYNALDO QUISPE LAZARO, para la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso - Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de MICHEL RAYNALDO QUISPE LAZARO. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales A.A.Q.L., DILIGENCIA 19 de setiembre 2016, 12:00 p.m, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (19-22-23 agosto) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-1988-26 MARCO ANTONIO SANCHEZ VARGAS, delito Hurto Agravado, agraviado MERCEDES USCAMAYTA GUTIERREZ, DILIGENCIA 08/11/2016, 8:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Talavera (19-22-23 agosto) SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4753-65 (Imputado) OCHOA TITO OMAR ERNESTO, delito LESIONES GRAVES, agraviado BERNARDINO SAMUEL SOLIS MESTES, DILIGENCIA 26-10-2016, 8:30 A.M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) Exp. 2015-5285-3 Agraviado: BEDREGAL GALLEGOS NILA NEYRA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado NILA NEYRA BEDREGAL GALLEGOS, DILIGENCIA 12-10-2016, 8:30 A-M-, Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) Exp. 2015-4797-0 (Imputado): GREGORIO MAGNO SUAÑA CHUQUINEYRA, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 05-10-2016, 9:30 A.M. , Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) Exp. 2014-5103-84 (Imputado) : LEONARDO FAVIO CASTAÑEDA LUCANA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado JORGE QUISPE MENDOZA, DILIGENCIA 02-112016, 12:00 M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) Exp. 2014-4523-98 (Imputado) : CASTILLO QUISPE ELISBAN, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD, agraviado JESUS CONCHA MONTES Y OTRO, DILIGENCIA 22-09-2016, 12:00 M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto)

Exp. 2015-5449-39 (Imputado) : MARCIAL ESTEBAN VALDIVIA VALERO, delito PATRIA POTESTAD SUSTRACCION DE MENOR, agraviado LMVQ, DILIGENCIA 14-09-2016, 8:15 A.M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) Exp. 2015-3885-7 (Imputados): ADA ROXANA APAZA PARI, Y FELIPE HIDALGO TACO, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD, agraviado MINISTERIO DEL INTERIOR Y CARAZAS GARCIA ALEXANDER, DILIGENCIA 12-10-2016, 10:30 A.M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto) JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA DE DELITOS DE FLAGRANCIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5247-0 Se cita y emplaza a Don MARIO PATIÑO CHUMBISLLA para audiencia de incoación de proceso inmediato a llevarse a cabo el dos de septiembre del 2016 a las 08:30 a.m. en el juzgado de flagrancia de cerro colorado, cito en calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Mz. X, lote 18, Urb. La Libertad distrito de Cerro Colorado, proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la asistencia familiar. , delito Omisión a la asistencia familiar, agraviado MAURICIO DORIAN PATIÑO HANCCO, DILIGENCIA 02-09-2016, 08:30 am., Sala de Audiencia, de ser representado por la defensa de oficio y llevarse a cabo la audiencia.; Secretario: HANCCO (19-22-23 agosto) QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-3000-52 Herederos del imputado DANIEL LOPEZ NINA , delito RECEPTACION ADUANERA Y OTROS, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE LA SUNAT, DILIGENCIA 29-08-2016, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Huilca (19-22-23 agosto) EDICTO PENAL EXP: 00258-2015-65-2802-JR-PE-02 Se emplaza, notifica y cita a HENRY LUIS AVALOS MAMANI y GUILLERMO CURO APAZA, con la RESOLUCION N° 01 que RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 1. A. ACUSADOS: GUILLERMO CURO APAZA, identificado con número de DNI 80504171, HENRY LUIS ÁVALOS MAMANI, identificado con número de DNI 48131231; Debiendo ser notificados en sus domicilios reales que aparecen en autos, bajo apercibimiento de ser declarados contumaces, en caso de inasistencia injustificada. 1. B. MINISTERIO PÚBLICO: Fiscal del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo, a cargo de la Investigación Preparatoria, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal, procesal y/o Casilla Electrónica señalada en autos. 1. C. AGRAVIADO: PERCY NAYRA TICA Debiendo ser notificado a través de su representante legal en su domicilio real, procesal y /o Casilla electrónica señalada en autos. Siendo la notificación del Actor Civil bajo apercibimiento de tenerse por abandonada su constitución en parte en caso de inasistencia injustificada, conforme a lo establecido en el artículo 359.7 del Código procesal Penal. 1. D. TESTIGOS: PERCY NAYRA TICA, DAVID COAQUERA PEREZ, JHON TALLEDO APAZA, Que deberán ser citados en el domicilio que aparece en el auto de enjuiciamiento. La concurrencia a Juicio de los Testigos citados es, conforme al artículo 164.3 y 379.1 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía Nacional del Perú al Juicio oral, en caso de inasistencia. 1. E. ABOGADA DEFENSORA: Dra. Miriam Mendoza Pacori, Defensora Pública- abogada del acusado; debiendo ser notificado en su domicilio procesal y/o Casilla Electrónica señalado en autos, bajo apercibimiento de comunicarse a su órgano de control institucional en caso de inasistencia injustificada. 2.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El juicio oral se realizará en el Modulo Penal de Ilo, sito en la calle Junín 301- Ilo. 3.- FECHA DE JUZGAMIENTO: El inicio del Juicio se llevará a cabo el día VEINTISEIS DE AGOSTO del dos mil DIECISEIS, a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS. 4.- DISPONER que el Ministerio y los demás sujetos procesales COADYUVEN EFICAZMENTE a la localización y comparecencia de los testigos o peritos que hayan propuesto, bajo apercibimiento en comunicarse a su superior y procederse conforme a lo previsto en el artículo 379 del Código Procesal Penal.(19-22-23 agosto) EDICTO En el expediente No 0080-2016-0-0404-JP-PE so-

5

bre Faltas contra la persona seguido en agravio de Sonia Melina Vizcarra Vilca, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Castilla-Aplao Deyvi Cueva Cucho expidió la resolución uno cuyo tenor es el siguiente: Aplao, trece de junio del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas en agravio de SONIA MELINA VIZCARRA VILCA, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Especialista Legal Wilbert César Yucra Hallasi.-(19-22-23 agosto) EDICTO En el expediente No 0064-2016-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra la persona seguido en agravio de Maria Elba Illanes Huarcaya, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Castilla-Aplao Edson Carlos Cuentas Celis expidió la resolución uno cuyo tenor es el siguiente: Aplao, ocho de junio del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas en agravio de MARIA ELBA ILLANES HUARCAYA, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Especialista Legal Wilbert César Yucra Hallasi.- (19-22-23 agosto) EDICTO EXPEDIENTE 1888-2015-5JPLCC-EGCH SECRETARIA LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON.Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. EL Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Coloradoubicado en Haciéndoles presente que se ha variado el domicilio real del QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO , A LA CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION LA LIBERTAD CERRO COLORADO A LA ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO. DE OFICIO Estando a la devolución de cedulas de notificación cúmplase con notificarlo al imputado por edicto, con la resolución que antecede a la presente. Haciendoles presente que se ha variado el domicilio real del QUINTO JUZGADO de paz LETRADO de CERRO COLORADO-COMISARIAS TURNO B, a la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION LA LIBERTAD CERRO COLORADO a la ALTURA del MERCADO DE CERRO COLORADO. Conforme al estado del proceso, se reprograma como nueva fecha, para la realización de LA AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 28 de setiembre del 2016 a las once horas en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado en 5a Calle Alfonso Ugarte 119 ‘Manzana X Lote 18 Cuarto Piso, Urbanización ¡a Libertad Cerro Colorado, f A la Altura del Mercado de Cerro Colorado). Y cúrsese oficio al JEFE DE LA POLICÍA JUDICIAL- DEPARTAMENTO DE REQUISITORIAS de Arequipa, al Defensor Público, para que se asigne un abogado de oficio a la imputada y notifíquese a la imputada también por Edicto, con la presente resolución. (19-22-23 agosto) EDICTO JUDICIAL 1° Juzgado de Familia EXPEDIENTE: 01413-2015-0-0401-JR-FC-01 MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO ESPECIALISTA: VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA, KARINA DEMANDADO: JIHUALLANCCA MERMA, BASILIA AGRAVIADO: CCANA CAHUANA, PASCUAL DEMANDANTE: MINISTERIO PUBLICO La señora Juez del Primer Juzgado de Familia, emplaza a Pascual Ccama Cahuana con el contenido de la RESOLUCIÓN NRO. 02: en la que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la representante del Ministerio Público NELLY JESSICA MONTENEGRO BELTRÁN Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia, por VIOLENCIA FAMILIAR maltrato psicológico) en contra de BASILIA JIHUALLANCA MERMA en agravio de PASCUAL CCAMA CAHUANA, en la VÍA DE PROCESO ÚNICO, en consecuencia TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado, RESOLUCIÓN N° 03-2015.- RESUELVO: confirmar las medidas de protección inmediatas consistentes en: a) El impedimento de todo tipo de acoso y agresión por parte de Basilia Jihuallanca Merma a favor de Pascual Ccama Cahuana a nivel de su hogar, centro laboral, vía pública o cualquier lugar donde se encuentren, b) El inicio de la terapia y tratamiento psicológico que seguirán las partes a cargo del programa MAMIS del Hospital Goyeneche, bajo los apercibimientos contenidos en la resolución número 779-2015-2FPF-MP-AR. Tómese razón y hágase saber.- AREQUIPA 2016 AGOSTO 17 KARINA VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA SECRETARIA JUDICIAL (19-22-23 agosto)

6

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 19 de agosto del 2016

CRONICAS JUDICIALES Viernes, 19 de agosto del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DEL 2016 COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: DR. MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS (PRESIDENTE) DR. ALEJANDRO RANILLA COLLADO DR. MARCO ANTONIO HERRERA GUZMÁN LUNES 02 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. AT. 240-2016 HG En el expediente 20154-0-LA. En el proceso de Acción Contenciosa Administrativa, seguido por Loria Osbina Rosa Berlanga Vda. de Valdivia, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS EN FORMA REITERATIVA a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS

JUEVES 05 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 96-2016 IS En el expediente 201555-0-FC. En el proceso de Reconocimientos de unión de hecho, seguido por Fredy Joel Motta Urday, en contra de Leydi Nicols Motta Medina y Otro, DECLARARON: Por las consideraciones que anteceden, APROBARON la Sentencia N° 37-2015, de fecha diecinueve de octubre del dos mil quince, de fojas ciento sesenta y nueve a ciento setenta y dos, corregida de fojas ciento noventa y tres a ciento noventa y cuatro, que declaró fundada la demanda de fojas veintitrés subsanada a fojas treinta y declaró la existencia de unión de hecho habida entre Fredy Joel Motta Urday, y quien en

vida fue Sofía Ediht Medina Bravo, verificada desde el año dos mil hasta el día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce. Sin costas ni costos. Regístrese y notifíquese. SV. 99-2016 HG En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros, DECLARARON: CONFIRMAMOS EN PARTE: la Sentencia 181-2014, de fecha diez de octubre del dos mil catorce, de fojas novecientos ochenta y nueve y siguientes, en el extremo que declara fundada la demanda de desalojo por precario en contra de Calixto Bejarano de la Cruz y Dominga Simona de la Cruz Retamozo de Bejarano, quien está debidamente representada por su curadora procesal Silvia Liliana Apaza Taco. Asimismo, en el extremo que declara infundada la pretensión de desalojo por precario en cuanto a la codemandada Gisela Soledad Chara Rojas y en el extremo que declara infundada la pretensión de indemnización de daños y perjuicios; REVOCAMOS en el extremo que declara fundada la demanda de desalojo por precario en contra de las co demandadas litisconsortes facultativas Verónica Greis Carazas Castro, Rosa Giovanna Quispe Mamani y Silvio Marcos Bejarano Soto; REFORMÁNDOLA EN ESE EXTREMO, DECLARAMOS: INFUNDADA, la demanda en cuanto ha sido dirigida a las litisconsortes facultativas Verónica Greis Carazas Castro y Rosa Giovanna Quispe Mamani; SIN PRONUNCIAMIENTO SOBRE: Silvio Marcos Bejarano Soto, siendo que éste fue excluido del proceso, Tómese razón, hágase y devuélvase al Juzgado de origen. AV. 128-2016 IS En el expediente 20151783-0-CI. En el proceso de Impugnación de paternidad, seguido por Juan Lucio Huamaní Villavicencio, en contra de Rocsana Arapa Huarancca, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden DECLARAMOS: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesta por América Miranda Beltrán, abogada de Juan Lucio Huamaní Villavicencio; 2. DECLARAMOS: Nula la resolución número uno de fojas quince, de fecha treinta de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda interpuesta por Juan Lucio Huamaní Villavicencio en contra de Rocsana Arapa Huarancca, sobre impugnación de paternidad extramatrimonial; 3. DISPONEMOS: Que el A quo emita nueva resolución admisoria teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. AV. 129-2016 IS En el expediente 201548-42-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Marco Aurelio Revilla Fernández, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1. Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el demandante; 2. REVOCAMOS la recurrida que declara fundada la Oposición formulada por la Municipalidad Provincial de Condesuyos en contra de la Medida Cautelar Especial de Reposición Provisional concedida a favor del demandante y deja sin efecto la medida cautelar de reposición provisional concedida mediante resolución número uno; REFORMANDOLA Declaramos INFUNDADA la Oposición a reposición formulada por la demandada, quedando firme la resolución número uno de fojas ciento seis a ciento nueve, que dispone la reposición del actor a su centro de trabajo; con lo demás que contiene. Regístrese y notifíquese. AV. 130-2016 HG En el expediente 200563-4-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Lucio Ortega Zegarra y otros, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de Apelación en contra de la resolución N° 137-2012 de fecha siete de setiembre del dos mil doce, interpuesto por la Municipalidad Provincial de Camaná; CONFIRMAMOS: la resolución N° 137-

2012 de fecha siete de setiembre del dos mil doce; DISPONEMOS: devolver el cuaderno de apelación a su Juzgado de origen. En los seguidos por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y otros, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, sobre Acción de Cumplimiento. Tómese Razón, Hágase Saber. AV. 131-2016 RC En el expediente 201561-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Felipe Alberto Álvarez Rivera, en contra de la Municipalidad Distrital de Ocoña, DECLARARON: NULA, la Resolución 02-2015, de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, de fojas cuarenta y uno, que rechaza la demanda contenciosa administrativa y dispone el archivo definitivo del proceso. En los seguidos por Felipe Alberto Álvarez Rivera, con la Municipalidad Distrital de Ocoña, sobre nulidad de acto administrativo en proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Transitorio Civil de Camaná. AV. 132-2016 HG En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de Apelación en contra de la resolución N° 33 de fecha ocho de julio del dos mil once, interpuesto por los codemandados Marcos Silvio Bejarano Soto y Dominga Simona de la Cruz Retamozo de Bejarano; CONFIRMAMOS: la resolución N° 33 de fecha ocho de julio del dos mil once, en lo demás que contiene; DISPONEMOS: adjuntar el presente auto de vista al expediente principal, y devolverse al Juzgado de origen. En los seguidos por Eufemia Fleresyinda Bejarano de la Cruz, en contra de Calixto Sergio Bejarano de la Cruz, Dominga Simona de la Cruz Retamozo de Bejarano y otros, sobre Desalojo por Precario. Tómese Razón, Hágase Saber. AV. 133-2016 HG En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros, DECLARARON: FUNDADO: el recurso de apelación interpuesto por el demandado Calixto Sergio Bejarano de la Cruz. DISPONEMOS: dejar sin efecto la resolución N° 63 de fecha veintiocho de mayo del dos mil trece en el extremo que le impone multa de diez unidades de referencia procesal al demandado Calixto Sergio Bejarano de la Cruz. En los seguidos por Eufemia Fleresyinda Bejarano de la Cruz, en contra de Calixto Sergio Bejarano de la Cruz, Dominga Simona de la Cruz Retamozo de Bejarano y otros, sobre Desalojo por Precario. Tómese Razón, Hágase Saber. AV. 139-2016 HG En el expediente 200565-46-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y Otros, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de Apelación en contra de la resolución N° 66-2013 de fecha veintidós de febrero del dos mil trece, interpuesto por la Municipalidad Provincial de Camaná; CONFIRMAMOS: la resolución N° 66-2013 de fecha veintidós de febrero del dos mil trece; DISPONEMOS: devolver el cuaderno de apelación a su Juzgado de origen. En los seguidos por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y otros, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, sobre Acción de Cumplimiento. Tómese Razón y Hágase Saber. AT. 223-2016 RC En el expediente 201434-0-CI. En el proceso No Contencioso, seguido por Cristina Valenzuela Guillén y Otro, en contra de Percy Flores Huarachi y Otro, DECLARARON: IMPROCEDENTE el pedido de nulidad presentado por Juan Lazo Angulo abogado de don Percy Flores Huarachi, formulado en contra del Auto de Vista N° 53-2016. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT.

224-2016 HG En el expediente 201434-0-CI. En el proceso No Contencioso, seguido por Cristina Valenzuela Guillén y Otro, en contra de Percy Flores Huarachi y Otro, DECLARARON: CORREGIR el Auto de Vista N° 53-2016, de fecha diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, en la parte resolutiva en donde se consigno como nombre de la codemandada Sofía Malina Quiroz Coaguila de Flores corresponde entonces CORREGIR dicho extremo y parecer en su lugar como nombre de la codemandada Sofía Melina Quiroz Coaguila de Flores, con lo demás que contiene. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 225-2016 IS En el expediente 201619-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Víctor Vicente Delgado Gómez, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 226-2016 RC En el expediente 201539-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Emilia Aurora Sauri Márquez, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 227-2016 HG En el expediente 201538-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Víctor Alfonso Manchego Mejía, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expe-

dición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 228-2016 IS En el expediente 2015205-94-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Alina Mada Granda Alpaca de Monti y Otro, en contra de Manuel Eufemio Martínez Chávez, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS EN FORMA REITERATIVA a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS VIERNES 06 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 97-2016 RC En el expediente 2014246-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución o Acto Administrativo, seguido por Arnulfo Ciro Jara Begazo, en contra de la Municipalidad Provincial de Caylloma, DECLARARON: NULA, la Sentencia Número 150-2015, de fecha catorce de agosto del dos mil quince, que corre a fojas ciento cincuenta y seis, que declara infundada la demanda de nulidad de acto administrativo contenido en memorando, reincorporación así como restablecimiento de derechos laborales; DISPONEMOS: Se emita nuevo pronunciamiento, previa recepción de la información precisada en el considerando de esta resolución. En los seguidos por Ranulfo Ciro Jara Begazo, con la Municipalidad Provincial de Caylloma, sobre nulidad de resolución administrativa. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma. SV. 98-2016 RC En el expediente 2014187-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Económicos, seguido por Santiago Sergio Álvarez Zúñiga, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 286-2015-JCT, de fecha veinte de julio del dos mil quince, de fojas cincuenta y siete, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Santiago Sergio Álvarez Zúñiga, con El Gobierno Regional de Arequipa, proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y

Viernes, 19 de agosto del 2016

devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. SV. 106-2016 IS En el expediente 2013295-0-CI. En el proceso de Interdicto, seguido por Anyeli Carpio Montes, en contra de Ceferino Godofredo Carpio Montes, DECLARARON: Por las considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1. DECLARAR DECLARAR infundado el recurso de apelación interpuesto por Anyeli Carpio Montes, en contra de la Sentencia N° 164-2015 del treinta de setiembre del dos mil quince; 2. CONFIRMAR la sentencia N° 164-2015 del treinta de setiembre del dos mil quince, que corre de fojas doscientos sesenta y nueve a doscientos setenta y nueve, que resolvió declarar Fundada la demanda de fojas diez y siguientes, sobre Interdicto de Retener, interpuesta por Miguel Angel Casas Reymer en contra de Ceferino Godofredo Carpio Montes; y dispone que el demandado cese todo acto perturbatorio y se abstenga de perturbar nuevamente la posesión que el referido demandante ejerce sobre el inmueble denominado lote 191-1-A ubicado en el sector denominado Granja Forestal, sección A, primera Etapa del Proyecto Majes, Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desobediencia o resistencia a la autoridad. Con costas y costos; y declara Improcedente la demanda de fojas ciento setenta y uno y siguientes, sobre Interdicto de Recobrar, interpuesta por Anyeli Carpio Montes en contra de Miguel Ángel Casas Reymer, con costas y costos; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. AV. 134-2016 HG En el expediente 201557-42-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Víctor Darío Vargas Díaz, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: REVOCAMOS: la Resolución 05, de fecha quince de setiembre del dos mil quince, de fojas noventa y siete, que declara fundada la oposición a la medida cautelar de reposición provisional y deja sin efecto la medida ordenada; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS, INFUNDADA, la oposición a la medida cautelar de reposición laboral, interpuesta por la demandada Municipalidad Provincial de Condesuyos, en el cuaderno de medida cautelar derivado del proceso de desnaturalización de contratos de obra a plazo fijo, seguido por Víctor Darío Vargas Díaz. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen. AT. 229-2016 RC En el expediente 201519-0-LA. En el proceso de Nulidad de Despido, seguido por Uber Fernández Huarcaya, en contra de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 230-2016 HG En el expediente 201566-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Carlos Justo Alarcón Revilla, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 243-2016 HG En el expediente 201625-0-FC. En el proceso de Apelación, seguido por David Tomás Borda Loayza, en contra de Fidelia Vela Toledo, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS EN FORMA REITERATIVA a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 244-2016 IS En el expediente 201634-0-CI. En el proceso de Obligación de hacer, seguido por Roger Aranzamendi Vera, en contra de Raúl Ezequiel Concha Fuentes, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 613-2013 presentado por Julián Rolando Ezequiel Hilacondo Feria abogado de Raúl Ezequiel Concha Fuentes: AL PRINCIPAL: Téngasele por apersonado ante esa instancia y por señalado sus domicilios tanto procesal como electrónico, lugares donde se les hará llegar la s futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL PRIMER OTROSI: Conforme a lo solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado que autoriza en la vista de la causa programada, debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco minutos. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS

LUNES 09 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 100-2016 RC En el expediente 2008443-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Transportes Cromotes S.A.C., en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 328-2015-JCT, de fecha primero de septiembre del dos mil quince, de fojas doscientos veintinueve, que declara fundada la demanda contenciosa administrativa, declarando nulo el contenido del numeral veinticuatro y no veintidós de la Sesión Ordinaria veinticinco-dos mil ocho del Consejo de la Municipalidad Provincial de Camaná, que acuerda dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de Alcaldía 121-99-MPCA y adicionalmente declara, Nulo el Acuerdo de Consejo 91-2008-MPC-C. Con lo demás que contiene. En los seguidos por Transportes Cromotex S.A.C. con la Municipalidad Provincial de Camaná

sobre nulidad de resolución administrativa. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Transitorio Civil de Camaná. SV. 101-2016 RC En el expediente 201613-0-FC. En el proceso de Rectificación de Partida, seguido por Carlos Junior Tapia Pachao, DECLARARON: CONFIRMAMOS: La Sentencia Número 482015, de fecha treinta de diciembre del dos mil quince, de fojas treinta y tres, que declara infundada la demanda. En los seguidos por Carlos Junior Tapia Pachao, sobre autorización para llevar apellido. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos – Chuquibamba. SV. 102-2016 HG En el expediente 201550-0-FP. En el proceso de Infracción contra la Libertad Sexual, seguido por el Ministerio Público, en contra de Estarles Daniel Huayhua Castillo y Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia 20-2016, de fecha quince de marzo del dos mil dieciséis, que declara Absuelto del dictamen fiscal al menor Oliver Francisco Guzmán Quispe y declara Autor a Estarles Daniel Huayhua Castillo de la infracción de violación de la libertad sexual previsto por el Artículo 173 primer párrafo inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iníciales M.D.S.T. (trece) y le impone la medida socioeducativa de internamiento, por el lapso de dos años, fija quinientos nuevos soles como reparación civil a favor de la agraviada; DISPONEMOS, se emita sentencia motivada con arreglo a Derecho; SE ORDENA, la inmediata externación del menor Estarles Daniel Huayhua Castillo disponiéndose la entrega a sus progenitores. Tómese Razón, Hágase Saber y devuélvase al Juzgado de origen. SV. 107-2016 HG En el expediente 2014185-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por José Rolando Manuel Álvarez Cueva, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 287-2015-JCT, de fecha veintiuno de julio del dos mil quince, de fojas setenta y tres y siguientes, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por José Rolando Manuel Álvarez Cueva, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. SV. 114-2016 RC En el expediente 2012369-0-CI. En el proceso de Resolución de contrato, seguido por Juan Carlos Mendoza Quispe y Otra, en contra de Clemente Erasmo Becerra Palomino, DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia Número 096-2014, de fojas ochenta y siete, de fecha veintiséis de junio del dos mil catorce, que declara infundada la demanda de resolución de contrato de traspaso, con lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: IMPROCEDENTE, la demanda interpuesta. En los seguidos por Juan Carlos Mendoza Quispe y otra, con Clemente Erasmo Becerra Palomino y otra, sobre resolución de contrato. Con exoneración de costas y costos. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma. AV. 135-2016 RC En el expediente 201628-68-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por Isabel Huamaní Chancahuaña, en contra de Martín Leonardo Pérez Huamaní, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 08, de fecha cuatro de noviembre del dos mil quince, que declara improcedente la solicitud del Ministerio Público de fecha veintidós de octubre de dos mil quince. En los seguidos por el Ministerio Público, con Martín Leonardo Pérez Huamaní, violencia familiar. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de La Unión. AT. 234-2016 IS En el expediente 199438-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por el Consejo Distrital de Cayarani, en contra de Dámaso Sabino Condo Arredondo, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR el inicio del Juicio Oral para que se lleve a cabo el día VEINTISIETE DE MAYO del año DOS MIL DIECISEIS a las nueve horas, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Camaná, ante los Jueces Superiores habilitados de la Sala Mixta Miguel Irrazábal Salas, Marco Herrera Guzmán y complementada con la magistrado llamada por ley de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Arequipa Jenny Magallanes Rodríguez, debiendo de efectuarse además los edictos de ley en el diario oficial “El Peruano” y en el diario de avisos judiciales de la localidad; debiendo cursarse las comunicaciones pertinentes a fin que el personal del INPE del Establecimiento Penal de Camaná lo ponga a disposición media hora antes de la señalada. 2. DISPONER se notifique al acusado con la presente resolución, de igual forma será notificado para la audiencia al Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Arequipa conforme al Decreto Legislativo N° 1068, bajo responsabilidad del personal de Se-

cretaría. 3. NOMBRAR como abogado del acusado al defensor público del Ministerio de Justicia Edgard Richard Guzmán Quispe, a quién se le notificará con el encargo. 4. DISPONER se curse oficio al Director de la Oficina Regional de la Ofician Regional Oriente Pucallpa como al Director del Establecimiento Penal de Pucallpa para efectuar el traslado del interno hacia el Establecimiento Penal de Camaná, debiendo indicarse expresamente en el oficio que el proceso se sigue bajo las reglas del Código de Procedimientos Penales. 5.- ORDENAR que Secretaría de Sala realice los diligenciamientos necesarios para asegurar una efectiva notificación de las partes y la obtención de los medios probatorios ordenados en el auto de enjuiciamiento que corre de fojas ochocientos cuarenta a ochocientos cuarenta y dos, así como las demás diligencias de ley. 6.-DISPONER EL DILIGENCIAMIENTO, por Secretaría de Sala, bajo responsabilidad de la documentación siguiente: La hoja actualizada de consolidado de datos de la RENIEC de los inculpados; las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos, de ser el caso; certificados actualizados de antecedentes penales y judiciales de los encausados; informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar; informe de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos del encausado al Establecimiento Penal de Socabaya, Pucchún y de Pucallpa, el Juzgado o Sala Penal que lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo. Suscriben la presente los señores Jueces Superiores habilitados Irrazabal Salas y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia de Corte y ante el impedimento del señor Ranilla Collado en aplicación del artículo 141° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 235-2016 HG En el expediente 200453-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por la Municipalidad Distrital de Chachas, en contra de Mario Magdalena Alcasihuincha Layme, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR el inicio del Juicio Oral para que se lleve a cabo el día veintisiete de mayo del año dos mil dieciséis a las diez horas, en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se notifique al acusado en el domicilio real que aparece en su ficha de inscripción de la RENIEC y el que fuera brindado por el mismo en el anterior juicio oral; así como en su domicilio procesal, de haberlo señalado en autos, para que concurra a la audiencia media hora antes de la señalada, BAJO APERCIBIMIENTO de variar su condición jurídica de comparecencia con restricciones por la de detención, previa declaración de REO CONTUMAZ, con suspensión de los plazos de prescripción, de ser el caso; ordenando su búsqueda y captura a nivel nacional, debiendo Secretaría efectuar además las publicaciones vía edictos de Ley en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial “La República”, edictos que deberán ser recabados por el personal de Secretaría de Sala, a fin de resolver oportunamente la situación jurídica del inculpado; de igual manera, deberá ser notificado la parte civil y el Procurador Público respectivo conforme al Decreto Legislativo N° 1068, bajo responsabilidad de Secretaría. 3. NOMBRAR como defensa del acusado al defensor público de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia con su sede en Camaná, Edgard Richard Guzmán Quispe, a quién se le notificará conforme a ley. 4. DISPONER que Secretaría de Sala realice los diligenciamientos necesarios para asegurar una efectiva notificación de las partes y la obtención de los medios probatorios ordenados en el auto de enjuiciamiento, teniendo presente el medio probatorio ofrecido por el Ministerio Público en el Segundo Otrosí del Dictamen 119-2012 de fojas mil novecientos noventa y cuatro, así como las demás diligencias de ley. 5.- DISPONER EL DILIGENCIAMIENTO, por Secretaría de Sala, bajo responsabilidad de la documentación siguiente: La hoja actualizada de consolidado de datos de la RENIEC del inculpado; las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos de ser el caso; certificados actualizados de antecedentes penales y judiciales del encausado; informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar; informe de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos del encausado al Establecimiento Penal de Socabaya y Pucchún, el Juzgado o Sala Penal que lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo.- Suscriben la presente resolución los señores Jueces Superiores habilitados Irrazábal Salas y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia y por el impedimento del señor Ranilla Collado, en aplicación del artículo 141° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 236-2016 IS En el expediente 199617-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por El Estado, en contra de Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca, DECLARARON: 1) ACEPTAR la inhibición del señor Juez Superior Alejandro Ranilla

7

Collado, debiendo completarse el Colegiado con el magistrado llamado por ley conforme a lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. 2) SEÑALAR llevar adelante la realización del nuevo Juicio Oral contra el procesado Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca para el día VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la cual se llevará a cabo ante los Jueces Superiores habilitados que integren la Sala Mixta en dicha oportunidad y el magistrado llamado por ley de la Sala de Apelaciones de turno, que en este caso corresponde a la magistrado Jenny Magallanes Rodríguez como integrante de la Cuarta Sala de Apelaciones de Arequipa. 3) DISPONER se notifique al acusado Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca para que se presente a la audiencia señalada; BAJO APERCIBIMIENTO de variarles el mandato de Comparecencia con restricciones por la de Detención Preventiva y ser declarados Reo Contumaz, ordenando su búsqueda y captura a nivel nacional, además de disponerse la suspensión de los plazos de prescripción de la acción penal; de ser el caso, sin perjuicio de efectuarse además los edictos de Ley en el Diario Judicial de la localidad y en el Diario “El Peruano” para su citación a juicio. De igual manera, se debe tener presente que en autos la agraviada Municipalidad Distrital de Choco se ha constituido en parte civil, quién deberá ser notificado por esta única vez en el domicilio procesal indicado, así también al Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Arequipa conforme a ley, requiriéndoles a ambos que señale domicilio procesal en el radio urbano de la provincia de conformidad a la Resolución Administrativa N° 034-2010-CEJD/CSJA. 4) NOMBRAR como defensa del acusado al abogado de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia de la provincia Edgard Richard Guzmán Quispe, a quién se le notificará con el encargo. 5) TENER por ofrecidos los medios de prueba indicados en el Dictamen N° 07-2016-FSMDI-C por parte del Ministerio Público, los que serán dado cuenta en audiencia para su respectiva admisión o rechazo. 6) MANDAR que Secretaría solicite: - Las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos de ser el caso. - Los certificados actualizados de antecedentes penales y judiciales de los encausados. - El informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar.- Informe de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos de los inculpados al Establecimiento Penal de Socabaya y Pucchún, el Juzgado o Sala Penal que lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo; así como realice las demás diligencias de ley; bajo responsabilidad. 7) DISPONEMOS que para dar cumplimiento a la medida de restricción de impedimento de salida del país se curse oficio a la Dirección de Movimiento Migratorio del Ministerio del Interior y a la Policía Judicial de la División de Requisitorias de Lima, bajo responsabilidad de Secretaría de Sala.- Suscriben la presente resolución los señores Jueces Superiores habilitados de la Sala Mixta de Camaná Irrazábal Salas y Herrera Guzmán, de conformidad al artículo 141° de la Ley Orgánica del Poder Judicial ante el impedimento del señor Ranilla Collado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 237-2016 HG En el expediente 2000289-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por la Sociedad de Beneficencia Pública de Camaná, en contra de Percy Acosta Monroy y Otros, DECLARARON: 1) DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de declaración de nulidad de todo lo actuado presentado por la Fiscal Superior Adjunta al Superior; 2) DEVOLVER el expediente a la Fiscalía Superior Mixta de Camaná a efecto de que en breve plazo proceda conforme a sus atribuciones. Actúan los magistrados Irrazábal Salas, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia de Corte. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 241-2016 IS En el expediente 2013120-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios sociales y/o indemnización u otros beneficios económicos, seguido por Vitaliano Augusto León Quispe, en contra de la Empresa CENTURY MINING S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Traba-

8

La República

jo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 242-2016 RC En el expediente 201214-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios económicos, seguido por el Sindicato de Trabajadores Mineros y Metalúrgicos de la Unidad Minera de San Juan de Chorunga, en contra de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. S. 06-2016 RC En el expediente 2015118-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Rubén Darío Vizcarra Ramírez, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: INFUNDADA, la demanda contenciosa administrativa de revisión judicial de procedimiento de ejecución coactiva. En los seguidos por Rubén Darío Vizcarra Ramírez, con la Municipalidad Distrital de Majes y el Ejecutor Coactivo de dicha Municipalidad. Tómese razón y hágase saber. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS MARTES 10 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. S. 05-2016 HG En el expediente 201342-0-CI. En el proceso de Revisión de Procedimiento de Ejecución /Cobranza Coactiva, seguido por Guzmán Chambilla Illachura, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: Por estos fundamentos administrando Justicia a nombre del Pueblo, de quien emana el Poder, RESOLVEMOS: Declarar la conclusión del proceso sin pronunciamiento sobre el fondo de la demanda de Revisión Judicial de procedimiento de Ejecución Coactiva interpuesta por Guzmán Chambilla Illachura en contra del Departamento de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Majes. Sin costas ni costos. Regístrese y notifíquese. SV. 104-2016 HG En el expediente 201531-0-FC. En el proceso de Separación de cuerpos por causal, seguido por José Luis Anco Colque, en contra de Susana Marlene Gil Apaza, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 21-2015, de fecha veintisiete de enero del dos mil quince, de fojas ciento cuarenta y uno y siguientes, en el extremo que declara infundada la demanda de divorcio por la causal de abandono del hogar conyugal, interpuesto por José Luis Anco Colque en contra de Susana Marlene Gil Apaza; DISPONEMOS: La devolución del expediente al Juzgado de origen. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen. SV. 105-2016 HG En el expediente 2014109-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Leyla Basilia Pacheco de Gonzáles, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2852015-JCT, de fecha veinte de julio del dos mil quince, de fojas sesenta y tres y siguientes, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Leyla Luz Basilia Pacheco de Gonzáles, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. SV. 108-2016 HG En el expediente 2014127-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Víctor Abdón Chávez Alvarado, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2892015-JCT, de fecha veintiuno de julio del dos mil quince, de fojas sesenta y dos y siguientes,

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Víctor Abdón Chávez Alvarado, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. SV. 109-2016 HG En el expediente 2014186-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Josefa Abigail Ochoa Bravo, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2902015-JCT, de fecha veintidós de julio del dos mil quince, de fojas sesenta y dos y siguientes, que declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Josefa Abigail Ochoa Bravo, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná. AV. 142-2016 IS En el expediente 2008146-34-PE. En el proceso de Disturbios y Otros, seguido por Víctor Hildebrando Arieta Delgado y Otros, en contra de Henry Felipe del Carpio Rubio, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1. Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto por el agraviado Víctor Hildebrando Arrieta Delgado; 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 58, de fojas cincuenta y siete, de fecha dieciocho de junio del dos mil trece, que declara Improcedente la solicitud de nulidad de la resolución número cincuenta y seis, presentada por Víctor Hildebrando Arrieta Delgado, en los seguidos en contra de Luis Gonzáles Noe y otros por los delitos de Disturbios y Otros, en agravio de Víctor Arrieta Delgado y otros; y los devolvieron al juzgado de origen en la forma de estilo. Regístrese y notifíquese. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS MIÉRCOLES 11 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 110-2016 IS En el expediente 2014690-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Manuel Jesús Darío Granda Neyra, en contra de Zenón Luque Céspedes, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden DECLARAMOS: 1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Manuel Jesús Darío Granda Neyra; 2. CONFIRMAMOS la Sentencia N° 071-2015-JCT, que declara IMPROCEDENTE la demanda de fojas cuarenta y cinco a cincuenta y nueve, interpuesta por Jesús Darío Granda Neyra en contra de Zenón Luque Céspedes en su actuación como Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Camaná, sobre Acción de Amparo; con lo demás que contiene; y los devolvieron al juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. SV. 111-2016 IS En el expediente 201473-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Pedro Jesús Carnero Espinoza, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1. Declarar Fundado el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante; 2. DECLARAMOS nula la Sentencia N° 295-2015-JCT, de fojas sesenta y seis a setenta y tres, de fecha treinta de julio del dos mil quince, que declara improcedente la demanda incoada por Pedro Jesús Carnero Espinoza sobre demanda contenciosa Administrativa contra el Gobierno Regional de Arequipa y Unidad de Gestión Educativa Local de Camaná y otros; DISPONEMOS que el A quo emita nueva resolución teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese. SV. 112-2016 IS En el expediente 201615-0-LA. En el proceso de Indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato, seguido por Sabino Chunga Gutiérrez, en contra de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: Por los fundamentos que anteceden DECLARAMOS NULA Y SIN EFECTO la sentencia número 1 – 2016, de fecha seis de enero del dos mil dieciséis, corriente de fojas ochenta y tres a ochenta y ocho, que declara Fundada en parte la demanda sobre Indemnización por daños y perjuicios interpuesta por Sabino Chunga Gutiérrez en contra de Century Ming (debe entenderse Mining) Perú S.A.C., en consecuencia ordena que la empresa demandada cumpla con abonar al demandante la suma de tres mil quinientos soles, por concepto de lucro cesante más los intereses legales a partir de la fecha en la que se produjo el daño; con lo demás que contiene; y DISPONEMOS: Que el A quo expida nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los considerandos que anteceden; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese.

NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS JUEVES 12 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 103-2016 RC En el expediente 201630-0-FP. En el proceso de Violación Sexual de menor de catorce años de edad, seguido por el Ministerio Público, en contra de Pedro Luis Zabala Carpio, DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia Número 065-2015-FP, que declara al menor Pedro Luis Zabala Carpio, autor de la infracción penal de violación sexual de menor de edad, previsto en el Artículo 173, primer párrafo, numeral dos, del Código Penal, en agravio de S.M.V.C., le impone medida socioeducativa de internación por un año en el Centro Juvenil Alfonso Ugarte de Arequipa, con lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: la prescripción de la acción de la infracción penal, imputada al adolescente Pedro Luis Zabala Carpio, como autor de la infracción de violación sexual de menor de edad, previsto en el Artículo 173, primer párrafo, numeral dos, del Código Penal, en agravio de S.M.V.C.; DISPONEMOS: el archivo definitivo de la causa y anulación de los antecedentes. Se oficiará a la ODECMA, con copia del expediente para que se pronuncie conforme a sus atribuciones por las razones del segundo considerando. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Castilla Aplao. AT. 271-2016 RC En el expediente 2014247-0-CI. En el proceso de Mejor derecho a la posesión, seguido por Jesús Gustavo Chirinos Zegarra, en contra de la Comunidad Campesina de CHOJANITAYOC Gerencia Departamental de COFOPRI y otro, DECLARARON: 1.- DECLARAR NULA y SIN EFECTO la resolución N° 22 dictada en esta instancia de grado en el extremo que declara “Nulo el concesorio de apelación contenido en la resolución número seis y dispone la devolución del expediente a su juzgado de origen para que vuelva a calificar el recurso con arreglo a ley”, dejando subsistente el proveído del escrito número 254-2016 presentado por el demandante; en consecuencia, y siguiendo con el trámite del proceso. 2.- SEÑALAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día siete de junio del dos mil dieciséis a la nueve horas en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha.3.- DISPONER se efectúen las notificaciones de ley, requiriendo a las partes señalen casilla electrónica y domicilio procesal en el radio urbano de la provincia conforme a ley y a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo Distrital, caso contrario de dejará la constancia respectiva; los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, solicitud que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho dentro del plazo de ley, exhortando a los señores abogados portar su constancia de habilitación, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3) CUMPLA Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Suscriben los señores Jueces Superiores Irrazábal Salas, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de Presidencia. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS VIERNES 13 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. AV. 136-2016 RC En el expediente 2012241-94-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Rosa Benicia Jove Peralta, DECLARARON: NULA, la Resolución 01-2015, de fecha veintinueve de octubre del dos mil quince, que declara improcedente la medida cautelar de no innovar. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Rosa Benicia Jove Peralta, medida cautelar derivada de proceso de nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Majes, Caylloma. AV. 137-2016 RC En el expediente 20151375-16-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Gregorio Puma Cotohuanca, DECLARARON: NULA, la Resolución 01-2015, de fecha tres de noviembre del dos mil quince, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Gregorio Puma

Viernes, 19 de agosto del 2016

Cotohuanca, medida cautelar derivada de proceso de nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Majes, Caylloma. AT. 238-2016 IS En el expediente 200895-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por la Municipalidad Distrital de Lomas, en contra de Teodomiro Belarmino Sedano Quintanilla, DECLARARON: IMPROCEDENTE el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por Lilian Ivette Ibáñez Quiroz, como abogada de la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada del distrito judicial de Arequipa contra el extremo Cuarto Otrosí del decreto número sesenta y siete de fecha veintiuno de abril del dos mil dieciséis, teniendo presente su casilla electrónica para las respectivas notificaciones. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS

LUNES 16 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 117-2016 HG En el expediente 20161-0-FC. En el proceso de Divorcio por causal, seguido por Nélida Gladis Ludeña Marca, en contra de Jony Filman Dvalos Carhuas, DECLARARON: APROBAMOS: la Sentencia S/N, de fecha ocho de enero del dos mil quince, de fojas ciento cincuenta y seis y siguientes, que declara fundada la demanda de divorcio por separación de hecho, disuelto el vínculo del matrimonio, sin pronunciamiento la tenencia del hijo, pérdida del derecho hereditario entre los cónyuges, fenecida la sociedad de gananciales, con lo demás que contiene. En los seguidos por Nélida Gladys Ludeña Marca en contra de Joni Wilman Dávalos Carhuas, sobre divorcio por separación de hecho. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen. SV. 118-2016 HG En el expediente 2014156-0-FC. En el proceso de Contravenciones, seguido por el Ministerio Público de Camaná, en contra de Rosa Deri Libia Medina Argote, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 296-2015, de fojas ciento veintisiete y siguientes, que declara infundada la demanda de contravenciones, interpuesta por el Representante del Ministerio Público en contra Rosa Deri Libia Medina Argote; DISPONEMOS: la devolución al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber. AV. 138-2016 HG En el expediente 199853-54-PE. En el proceso de Peculado, seguido por la Municipalidad de Huaynacotas, en contra de Heradio Supa Marroquín, DECLARARON: CONFIRMAMOS la Resolución a Resolución N° 18 de fecha tres de diciembre del dos mil quince, que resuelve declarar inadmisible el escrito de apersonamiento presentado por el abogado Javier Gonzalo Cornejo Portocarrero abogado de la Procuraduria Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Arequipa, en lo demás que contiene. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen. AV. 140-2016 RC En el expediente 2015276-75-CI. En el proceso de Obligación de dar suma de dinero, seguido por Servicio de agua potable y alcantarillado de Arequipa, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 12, de fecha quince de diciembre del dos mil catorce, de fojas ochenta y cuatro, que resuelve llevar adelante la ejecución hasta que la ejecutada pague la suma de ocho mil doscientos treinta y cuatro soles (S/. 8,234.00), más intereses, entiéndase legales a favor del ejecutante. En los seguidos por SEDAPAR, con la Municipalidad Provincial de Castilla, proceso de obligación de dar suma de dinero en proceso ejecutivo. Tómese razón y hágase saber. AV. 141-2016 RC En el expediente 200164-0-CI. En el proceso de Nulidad de derecho de posesión, seguido por Leonor Huamaní Flores y Otros, en contra de Pedro Yimer Zamudio Chacón, DECLARARON: FUNDADO, el recurso de apelación interpuesto; NULA LA RESOLUCIÓN 21-2015, de fecha tres de marzo del dos mil quince, de fojas mil ciento noventa y uno, que declara el abandono y archivo del proceso; DISPONEMOS: se continúe el trámite de la causa; previniendo al Señor Juez del Juzgado Especializado Civil de Camaná, sea vigilante en el cumplimiento de sus funciones. En los seguidos por Josefina Georgina Castillo Huamaní y otros, con Pedro Pablo Zamudio Cáceres y otra, sobre nulidad de derecho de posesión. Tómese razón y hágase saber. AV. 148-2016 HG En el expediente 20167-98-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Luis Antonio Vásquez Lupinta, en contra de

CENTURY MINIG PERÚ S.A.C., DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 01, de fecha catorce de setiembre del dos mil quince, de fojas cincuenta y seis y siguientes, en el extremo que declara improcedente la pretensión de reposición. En los seguidos por Luis Antonio Vásquez Lupinta, en contra de CENTURY MINING PERÚ S.A.C.. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos-Chuquibamba. AF. 06-2016 IS En el expediente 201680-18-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Jessica Antonieta Zúñiga Ames, en contra de Eduardo Raúl Martínez Zúñiga, DECLARARON: 1.DECLARAR NULO EL CONCESORIO de apelación contenido en la Resolución Nro. 29, de fecha veintinueve de abril del año dos mil dieciséis, de folios doscientos setenta y seis, por la cual se resuelve: “CONCEDER APELACIÓN SIN EFECTO SUSPENSIVO Y SIN LA CALIDAD DE DIFERIDA a favor de EUDALDO RAUL MARTINEZ ZUÑIGA”. 2.- DISPONEMOS la devolución del expediente a su Juzgado de origen, a efecto que vuelvan a calificar el recurso con arreglo a ley; y conceda apelación con el efecto correspondiente. 3.- EXHORTAR al Juez como a la Secretaria Judicial a cargo de la causa, eviten conceder apelación con el efecto que no corresponde, observando los dispositivos procesales aplicables. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 245-2016 RC En el expediente 201222-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Ricardo Paúl Machaca Portugal, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 247-2016 IS En el expediente 2014107-0-CI. En el proceso de Indemnización, seguido por Noe Ronal Pulcra Medina, en contra de la Municipalidad Distrital de Quechualla y Otro, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 248-2016 RC En el expediente 2012244-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Gabino Eleuterio Mendoza Flores, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consis-

Viernes, 19 de agosto del 2016

tentes en la Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista N° 135-2015 de fecha diez de agosto del dos mil quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 794-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como electrónico, lugares donde se les harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 249-2016 HG En el expediente 2013151-0-FC. En el proceso de Divorcio por causal, seguido por Sergio Genaro Huamán Condori, en contra de María Alejandrina Carpio Salazar, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 250-2016 IS En el expediente 2013865-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Walter Gregorio Jove Peralta, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista N° 135-2015 de fecha diez de agosto del dos mil quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 799-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como electrónico, lugares donde se les harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 251-2016 RC En el expediente 20111014-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto ju-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

rídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Paolita Paz Pastor y Otro, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista N° 135-2015 de fecha diez de agosto del dos mil quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 645-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como electrónico, lugares donde se les harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 256-2016 IS En el expediente 200392-0-CI. En el proceso de Otorgamiento de escritura pública, seguido por Arturo Perdomo Santa Cruz y Otra, en contra de José Luis Angulo Zaconet, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 257-2016 RC En el expediente 2015148-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Gilmer Rigoberto Flores Rodríguez y Otra, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 258-2016 IS En el expediente 2015237-65-CI. En el proceso de Pago de Frutos, seguido por Ronald Calderón Cadillo, en contra de Elena Patricia Gutiérrez Gonzáles, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes proce-

sales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 260-2016 RC En el expediente 201622-0-LA. En el proceso de Incumplimiento de Disposiciones y normas laborales, seguido por Jorge Kenny Zúñiga Zúñiga, en contra del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 261-2016 HG En el expediente 2014120-0-CI. En el proceso de Tercería, seguido por Sharon Vanesa Gonzáles Gutiérrez, en contra del Banco de Crédito del Perú y Otro, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 266-2016 RC En el expediente 2013371-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Rafael Adán Dolmos Navarrete, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmen-

te solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS MARTES 17 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. AT. 254-2016 HG En el expediente 201586-0-LA. En el proceso de Indemnización por Despido arbitrario, seguido por Fermín Mamani Condori, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la VISTA DE LA CAUSA señalada mediante Resolucion N° 7 (AT: 189), para que se lleve a cabo el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, misma que se llevará a cabo ante los Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS MIÉRCOLES 18 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 113-2016 RC En el expediente 200658-0-PE. En el proceso de Violación sexual de menor, seguido por el Ministerio Público, en contra de Valeriano Rufino Cáceres Quispe, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia Número 03-2015, que absolvió a Valeriano Rufino Cáceres Quispe, del delito de violación sexual, previsto en el Artículo 170, primer y segundo párrafo, numeral 4, del Código Penal, en agravio de la menor de catorce años y dos meses L.E.LL.C., con lo demás que contiene. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos. SV. 115-2016 RC En el expediente 2009208-0-CI. En el proceso de Retracto, seguido por Luis Edgardo Dongo Campos, en contra de Candelaria Ofelia Begazo Almonte, DECLARARON: NULA, la Sentencia Número 059-2015, de fecha veintiocho de abril del dos mil quince, de fojas doscientos treinta y nueve, que declara improcedente la demanda de retracto, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: Se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho. En los seguidos por Gabino Luis Edgardo Dongo Campos, con Manuela Ofelia Prosperina Almonte Vilchez, Candelaria Ofelia Begazo Almonte y Mariela del Carmen Begazo Alvarado, retracto. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Especializado Civil de Camaná. AV. 144-2016 HG En el expediente 20169-6-FC. En el proceso de Reconocimiento de Unión de Hecho, seguido por Margarita Peralta Quispe, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 01, de fecha treinta de diciembre del dos mil quince, de fojas once a doce, que declara rechazar la solicitud de auxilio judicial; DISPONEMOS: Devolver, el cuaderno de Auxilio Judicial interpuesta por Margarita Peralta Quispe. Tómese razón, hágase saber. AV. 145-2016 HG En el expediente 2012245-13-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Verónica Betty Taipe Vega, DECLARARON: NULA, la Resolución 01, de fecha treinta de noviembre del dos mil quince, de fojas doce, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar; DISPONEMOS, se emita nuevo pronunciamiento calificando la de-

9

manda cautelar, teniendo en cuenta la causal de inadmisibilidad señalada. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Verónica Betty Taipe Vega, proceso de medida cautelar, derivada de un proceso de nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes. AV. 146-2016 HG En el expediente 2015969-18-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Pablo Rafael Batallanos Batallanos, DECLARARON: NULA, la Resolución 01, de fecha tres de noviembre del dos mil quince, de fojas doce, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar; DISPONEMOS, se emita nuevo pronunciamiento calificando la demanda cautelar, teniendo en cuenta la causal de inadmisibilidad señalada. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Pablo Rafael Batallanos Batallanos, proceso de medida cautelar, derivada de un proceso de nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes. AV. 147-2016 IS En el expediente 2015282-86-CI. En el proceso de División y Partición de bienes, seguido por Lucio Ernesto Ortega Zegarra, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: Por los fundamentos que anteceden CONFIRMAMOS la resolución número 19, de fecha cuatro de junio del dos mil quince, que declara Infundado el pedido de nulidad de actuados de fojas ciento setenta y siete solicitado por la codemandada Justina Germanicia Ruelas Sumaria; en los seguidos sobre división y partición que sigue don Zacarías Juan Bautista Ruelas Sumaria y Otros, en contra de Justina Germanicia Ruelas Sumaria y Otros; y los devolvieron en la forma de estilo. Regístrese y notifíquese. AT. 252-2016 HG En el expediente 201630-0-CI. En el proceso de Revisión de procedimiento de ejecución/Cobranza coactiva, seguido por Práxedes Apancho Orccoapaza, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: PRESCINDIR de la realización de la audiencia de pruebas en la presente causa; y conforme está dispuesto, y conforme al estado del proceso se dispone la remisión de los autos al Ministerio Público. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 255-2016 RC En el expediente 201631-0-CI. En el proceso de Revisión de procedimiento de ejecución/Cobranza coactiva, seguido por Práxedes Apancho Orccoapaza, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: PRESCINDIR de la realización de la audiencia de pruebas en la presente causa; y conforme está dispuesto, y conforme al estado del proceso se dispone la remisión de los autos al Ministerio Público. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 259-2016 IS En el expediente 201626-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Diego Huacani Apaza, en contra de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de que realicen sus informes orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 263-2016 RC En el expediente 2014704-0-CI. En el proceso de Otorgamiento de Escritura Pública, seguido por René Manuel Mayca Gómez, en contra de Juana Ubaldina Flores Arias, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, de-

10

La República

biendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 265-2016 IS En el expediente 20141608-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Judith Norma Mamani Juárez, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 267-2016 IS En el expediente 2015232-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná, en contra de Rubén Fidel Farfán Valencia, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 268-2016 RC En el expediente 20142625-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná, en contra de Mario Gamahell Barrera Begazo, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 269-2016 HG En el expediente 2011-

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

7-0-FP. En el proceso de Infracción contra la vida, el cuerpo y la salud, seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná, en contra de Rey Oswaldo Suca Chuctaya, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 270-2016 IS En el expediente 2013896-8-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Kireyna Figueroa Mercado, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 272-2016 HG En el expediente 2009205-0-CI. En el proceso de Responsabilidad civil extracontractual, seguido por Luis Rafael Pacheco Carazas, en contra de Anzardo Fabricio Pacheco Carazas, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 273-2016 IS En el expediente 201380-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios sociales y/o indemnización u otros beneficios económicos, seguido por Aurelio Jesús Faijo Zamudio, en contra de la Pesquera CENTINELA S.A.C., DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.

AT. 274-2016 RC En el expediente 2012727-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Adolfo Alemán Salas, en contra de Antonieta Salas Vda. de Alemán, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 275-2016 HG En el expediente 2014185-0-CI. En el proceso de Obligación de dar suma de dinero, seguido por Banco Agropecuario Agrobanco, en contra de Emeteria Celedonia Coloma Pérez, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 276-2016 IS En el expediente 2015134-0-CI. En el proceso de Ejecución de Garantías, seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., en contra de Víctor Matañez Huamaní, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 277-2016 RC En el expediente 2015133-0-CI. En el proceso de Ejecución de Garantías, seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., en contra de Maribel Cuenta Mamani y Otro, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco

Viernes, 19 de agosto del 2016

Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 278-2016 HG En el expediente 2008262-0-CI. En el proceso de Mejor derecho a la propiedad, seguido por Pedro José Gutiérrez Arce y Otro, en contra de José Antonio Martínez Gutiérrez, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 279-2016 IS En el expediente 201618-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Silvio Pablo Rosas Cáceres, en contra de Azalia Esperanza Feria Huayhuas y Otro, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 280-2016 RC En el expediente 2009179-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Gumercinda Quispe Hualpa, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 281-2016 HG En el expediente 2014152-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Petronila Elvira Gaona de Macedo, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores

Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 282-2016 IS En el expediente 2013102-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios sociales y/o indemnización u otros beneficios económicos, seguido por Lucio Gutiérrez Laime, en contra de la Municipalidad Distrital de Mariano Nicolás Valcárcel, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los demás extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AT. 283-2016 RC En el expediente 2015192-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Rafael Noa Ríos, en contra de Victoria Cuadros Valer, DECLARARON: 1.- LEVANTAR LA SUSPENSION DEL PROCESO ordenado mediante resolución N° 32 (AT: 518) que obra a fojas trescientos treinta y tres a trescientos treinta y cuatro. 2.- DECLARAR LA SUCESIÓN PROCESAL del causante José Miguel Portocarrero Rosa Pérez a favor de sus hijos Anna Mariela Portocarrero Alarco, José Luis Portocarrero Alarco y Cecilia Raquel Portocarrero Alarco. 3.- TENER POR APERSONADA A LA SUCESIÓN José Miguel Portocarrero Rosa Pérez debidamente representada por Rafael Noa Ríos. AL SEGUNDO OTROSI del escrito 834-2016: Téngase por señalado su domicilio procesal y electrónico, lugares donde se le harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponde de acuerdo a ley. AL TERCER OTROSI del escrito 834-2016: Conforme a lo solicitado se proseguirá con el séquito del proceso. AL CUARTO OTROSI del escrito 834-2016: Téngase por nombrado a su abogado defensor y por conferidas las facultades generales señaladas en el artículo 80 del Código Procesal Civil. AT. 284-2016 HG En el expediente 2015192-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Rafael Noa Ríos, en contra de Victoria Cuadros Valer, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS JUEVES 19 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. AT. 262-2016 IS En el expediente 2011939-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Berzabeth Magali Coa Gamarra, DECLARARON: 1) DEJAR sin efecto el apercibimiento contenido en la resolución N° 19

Viernes, 19 de agosto del 2016

del veintiocho de abril del dos mil dieciséis que versa sobre la imposición de multa progresiva. 2) PONER DE MANIFIESTO las copias alcanzadas por las partes procesales, el juzgado de origen y Secretaría de Sala por el plazo de tres días, vencido el cual con el pedido de las partes para la adición de piezas o sin ello, se procederá a la declaración de recomposición del expediente. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS LUNES 23 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán. SV. 116-2016 CL En el expediente 2015209-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Sonia Hortensia Núñez Fuentes, en contra de Rufino Sacarías Zúñiga Portugal y Otros, DECLARARON: 1.- DECLARAMOS infundado el recurso de apelación interpuesto por Sonia Hortencia Núñez Fuentes; 2.- CONFIRMAMOS la Sentencia N° 42-2015-CI de fecha siete de abril del dos mil quince (fojas mil ciento veintisiete a mil ciento treinta y siete), que resolvió declarar INFUNDADA la demanda interpuesta por Sonia Hortencia Núñez Fuentes sobre Nulidad de Acto Jurídico y del documento que lo contiene, y en forma acumulativa, objetiva originaria la declaración de propiedad, demanda que es interpuesta

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

en contra de José Teodocio Tomás Núñez Rosas, Rufino Sacarías Zúñiga Portugal y su esposa Elena Lucía Dávila Arana de Zúñiga y lo demás que contiene. SV. 119-2016 RC En el expediente 2014195-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Augusto Bernardino Martínez Dueñas, en contra de Nilo Vicente Martínez Heredia y Otros, DECLARARON: NULA, la Sentencia 152015, de fecha doce de mayo del dos mil quince, de fojas mil ochocientos cincuenta y ocho, que declara improcedentes las tachas deducidas por el actor a los Anexos 1-C, 1-D, 1-E, 1-F, 1-G, 1-H, 1-J, 1-K, 1-LL. Improcedentes las pretensiones de nulidad de título de propiedad y documento que contiene la escritura imperfecta ante el Juez de Paz de Caspi, del predio rústico Cárcel Gepa, Anexo de Huachuy, Distrito de Toro, La Unión, Arequipa, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho y las consideraciones expuestas. En los seguidos por Augusto Bernardino Martínez Dueñas, con Delfin Anastacio Aranzamendi Valer y otros, nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de La Unión. AV. 149-2016 RC En el expediente 201145-43-FC. En el proceso de Declaración de Unión de Hecho, seguido por Julia Adriana Gonzáles Ccoanqui, en contra de Juan Gualberto Supo Cruz, DECLARARON: REVOCAMOS: la Resolución Número 24, de fecha dieciséis de abril del dos

mil quince, de fojas trescientos tres, que declara infundada la nulidad procesal; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: FUNDADA, la nulidad procesal deducida, en consecuencia, nulo e insubsistente lo actuado hasta lo actuado a fojas cincuenta y uno, esto es, hasta el preaviso y cédula de notificación con la demanda a la demandada Paulina Supo Ccoanqui, reponiéndose la causa al estado de emplazarse a la demandada Paulina Supo Ccoanqui, en su domicilio real, con la demanda, sus anexos y resolución que la admite, quedando subsistente los actuados no implicantes o independientes. En los seguidos por Julia Adriana Gonzáles Ccoanqui y Valeriana Supo Ccoanqui, con Juan Gualberto Supo Cruz, Rufo Alberto, Paulina, Reyna Isabel y Natividad Supo Ccoanqui, sobre declaración de unión de hecho. Tómese razón y hágase saber. AT. 286-2016 RC En el expediente 2009205-2-CI. En el proceso de Responsabilidad Civil Extracontractual, seguido por Luis Rafael Pacheco Carazas, en contra de Anzardo Fabricio Pacheco Carazas, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de

su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 287-2016 HG En el expediente 2013887-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Alodia Lourdes Llerena Aragón, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista N° 1352015 de fecha diez de agosto del dos mil quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las

11

NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 797-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como electrónico, lugares donde se les harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS

MARTES 24 DE MAYO DEL 2016 Con el Colegiado conformado por los Señores

12

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 19 de agosto del 2016

Viernes, 19 de agosto del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

La República

13

14

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 19 de agosto del 2016

Viernes, 19 de agosto del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

La República

15

16

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA

Viernes, 19 de agosto del 2016