DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Viernes, 21 de Septiembre del 2018
. Juez Supremo José Luis Lecaros Cornejo encabeza comitiva
INSTALAN COMISIÓN DE TRABAJO PARA VERIFICAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA CORTE DE CAJAMARCA
E
l día de hoy, el Juez Supremo José Luis Lecaros Cornejo, instaló en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, la Comisión de Visita de Trabajo como parte del “Protocolo de Gestión y Actuación para las Visitas de los señores Jueces Supremos a las Cortes Superiores de Justicia del país”, con la finalidad de obtener información sobre el funcionamiento del sistema de administración de justicia en dicho Distrito Judicial. En la instalación participó el Presidente de la Corte de Cajamarca, Doctor Gustavo Álvarez Trujillo, acompañado del Jefe de la ODECMA y el Gerente de Administración; posteriormente el Juez Supremo José Luis Lecaros, se reunió durante la mañana con el Jefe de la Defensoría del Pueblo, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal, la Directora Distrital de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia, así como con los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades de la Región. Por la tarde, el Supremo Lecaros Cornejo, visitó las salas y juzgados penales, así como se reunió con los jueces superiores en una Sala Plena Ampliada. Por su parte, los demás integrantes de la
comisión de trabajo verificaron documentación en la Gerencia de Administración Distrital, así como supervisaron el trabajo que cumple la Oficina de Defensa del Usuario Judicial y además recibieron las quejas de usuarios judiciales en el despacho del Órgano de ControlODECMA, que se ubica en el segundo piso de la sede judicial del Qhapac Ñan. La comitiva que trabaja hasta mañana viernes, está integrada por el Juez Contralor Benjamin Carhuas Cantaro (ODECMA Lima), la auditora Rocío Tineo Ramírez (OCI), Manuel Ángel Crespo Márquez (Secretario Técnico – Personal de la GG) y José Mora Martens (Personal de la Gerencia de Informática).
Oficina de Imagen Institucional Cajamarca, jueves 20 de setiembre de 2018.
AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
1. REMATES
REMATE BIENES INMUEBLES
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por SEGUNDO ALFREDO CABRERA CACHO con RAUL LLANOS SANCHEZ, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00735-2017-0-0601JR-CI-01, el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAJAMARCA, a cargo de ia Juez Dra. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA y especialista legal Dra. KÁTYA DEL SOCORRO LOPEZ LEON, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el Predio Rustico denominado “Hotel Polloc”, con U.C. N° 21362, ubicado en el distrito de La Encañada, provincia y región de Cajamarca, con un área total de 0.58 has, inscrito en la partida N° 02280565, del Registro de Propiedad, Zona Registral N° II -sede ChiclayoOficina Registral de Cajamarca; VALOR DE TASACION: S/. 150,000.00 (Ciento cincuenta mil 00/100 Soles). BASE DEL REMATE: S/. 100,00.00 (Cien mil y 00/100 Soles) (Dos tercios del valor de tasación). AFECTACIONES: Hipoteca hasta por la suma de S/. 80,000.00, a favor de SEGUNDO ALFREDO CABRERA CACHO, inscrito en el Asiento D00001; DIA Y HORA DEL REMATE: El 25 de setiembre del 2018, a las 12.00 m.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado, sito en el Jr. Cumbe Mayo N° 329- Barrio Pueblo Libre- Cajamarca.Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentaran su arancel judicial por cada inmueble (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del C.P.C y están afectos al IGV. Informes al 992724273. SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZMARTILLELO PÚBLICO Reg. N° 219 KATYA DEL S. LOPEZ LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ MARTILLERO PUBLICO REG. 119 P.6969258 F.P. 14-17-18-19-20-21 Septiembre S/.25.20 REMATE
PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA E x p e d i e n t e : 0 1 2 9 5 - 2 0 11 - 0 - 0 6 0 1 JP-CI-03; en los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DE CAJAMARCA SA. contra CELESTINO CHAVARRI CALUA y contra ELSA ALVITRES DE CHAVARRY sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; la señora Juez Miriam Rosmery Ortiz Cruzado y especialista legal Luisman Hamilton Arribasplata Ignacio a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca ha dispuesto el remate público en Primera Convocatoria sobre el inmueble de propiedad de los ejecutados de aproximadamente 1.6611 Ha.denominado Predio "El Pauco” ubicado en el Sector Lanchepampa, Distrito San Bernardino Provincia de San Pablo Región Cajamarca; inscrita en la Partida 11056138; valorizado en la suma de S/. 41,527.50 soles . VALOR BASE; Sale a remate en primera convocatoria en el precio base de S/. 27,685.00 soles, equivalente a las 2/3 partes del valor comercial. CARGAS
Viernes, 21 de Septiembre del 2018
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
Y GRAVAMENES.- AsientoD0001 Embargo en su forma de inscripción por la suma de 15, nuevos soles conforme a mandato judicial que consta en este asiento partida respectiva. CONDICIONES DEL REMATE.La subasta se encuentra a cargo de la Martillero Público María Helena Alvitez Rios con Registro SUNARP 228; y tendrá lugar el 03 de Octubre del 2018 a horas 9.30 de la mañana ante el local de este Juzgado ubicado en el cuarto piso de la nueva sede de la Corte Superior de Cajamarca ubicada en Avenida La Cantuta S/N. Capacñan; los postores participantes se habilitarán para el remate depositando el 10% del valor comercial del predio; asimismo deberán pagar el arancel por participación en remate de inmuebles ante el Banco de la Nación al Código 07153, consignando dni del postor, número de expediente y Juzgado. HONORARIOS DEL MARTILLERO; a cargo del ejecutante, ó el adjudicatario en ambos casos se adiciona el IGV. Cajamarca, 01 de Agosto del 2018 María Helena Alvitez Ríos ABOGADO Martillero Público REG. SUNARP 228 Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 19-20-21-24-25-26 Septiembre S/30.00 EDICTO
DE PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00301-2015-0-0601JR-CI-01, Demandante BANCO FINANCIERO DEL PERU Demandado MANUEL QUISPE TANTA, ALEJANDRO QUIROZ RODRIGUEZ Y AURORA JULCA DE QUISPE Sobre Ejecución de Garantías, por orden del Primer Juzgado Civil de Cajamarca a cargo de la Señora Jueza Dra. María Jesús Amaya Valderrama y Secretaria Judicial Dra. Katia López León, han facultado al martillero Publico Reg.:127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el Bien Inmueble con Ubicación Rural Valle Cajamarca San Marcos Sector Rosa Mayopata, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca, Código Predio 7-770921084271 CN9210660/CE773353, U.C. 84271, Área Ha 0.3144.VALORIZACION: US$ 110,040.00 D.A (Ciento Diez Mil, Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$73,360.00 D.A (Setenta y Tres Mil, Trescientos Sesenta con 00/100 Dólares Americanos), que son las 2/3 partes de la valorización. CARGAS Y GRAVAMENES: As. D00002 Hipoteca escritura pública N° 228 de fecha 06.02.2014, otorgada en la Ciudad de Cajamarca ante Notario Público Miguel Ledesma Inostroza, el propietario del inmueble ha constituido primera y preferencial hipoteca a favor del Banco Financiero del Perú, hasta por la suma de US$ 110,040.00 Dólares Americanos. DIA Y HORA: Jueves 27 de Setiembre del 2018 a Horas 12: 00 del mediodía. -LUGAR DE REMATE: Jirón El Cumbemayo N° 329, Cajamarca. POSTORES: Entregaran en efectivo o cheque de gerencia el 10% de la valorización comercial, arancel judicial tributo N° 07153, consignando el juzgado y número de expediente, Documento Nacional de Identidad, Cajamarca Junio del 2018 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Cel.:961654569, RPC 993766643.KATYA DEL S. LOPEZ LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO
B
CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P. 6982164 F.P. 20-21-24-25-26-27 Septiembre S/. 27.00 AVISO DE REMATE Expediente: N° 00055-2017-0-0610-JRCI-01 Instancia: JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHOTA Juez: WILSON CORTEZ BRIONES Especialista Legal: KARENT DANEYDA SANCHEZ ROMERO Demandante(s): CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. Demandado(s): SANDRO JAVIER MEJIA ALTAMIRANO Materia(s): EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Tercero(s): OCUPANTES DE INMUEBLES EN REMATE BIEN(ES) EN REMATE: Se ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, Reg. N° 210, realice la referida diligencia de REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA de tres (03) inmuebles de propiedad del ejecutado Sandro Javier Mejía Altamirano, en el orden siguiente: 1°) PRIMER INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292174 / CE: 764685, Ubicación Rural /Caserío Luzcapampa / Merme Pedregal Lúcuma / C.P. / Parcela 7_7609290_250739, U.C. 250739 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.2434 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053070, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota. VALORIZACIÓN: US$. 24,340.00 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 13,792.67 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 24,340.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. 2°) SEGUNDO INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292284 / CE: 764601, Ubicación Rural /Caserío Luzcapampa / Joshinga / C.P. / Parcela 7_7609290_250741, U.C. 250741 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.1573 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053072, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota. VALORIZACIÓN: US$. 31,460.00 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 17,827.33 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 31,460.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. 3°) TERCER INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292286 / CE: 764580, Ubicación Rural /Caserío Luzcapampa / Joshinga / C.P. / Parcela 7_7609290_250742, U.C. 250742 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.1798 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053073, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota VALORIZACIÓN: US$. 35,960.00
DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 20.377.33 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 35,960.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. FECHA, HORA Y LUGAR: En el orden indicado, el DÍA VIERNES 28 DE SETIEMBRE DE 2018 A LAS 09.00, 09.10 Y 09.20 HORAS respectivamente, en el LOCAL DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHOTA, sito en Jirón 27 de Noviembre N° 440, Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Por cada inmueble deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, menor a 30 días de antigüedad, una cantidad no menor del 10% de cada valorización, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, un arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma; y de ser el caso, de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Finalizado el remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V. conforme a la Ley N° 27728, Ley N°28371 y su Reglamento (D.S n° 008-2005-JUS). Chota, julio 26 de 2018. Guillermo E. Paredes Landauro MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210 MANUELA DEL CARMEN VERASTEGUI PASTOR SECRETARIA JUDICIAL MODULO LABORAL P. 6977725 F.P. 20-21-24 Septiembre S/.21.00
PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 00424-2018-0-0601-JR-FC-01.Primer Juzgado Especializado Civil, en la demanda interpuesta por Lucy Smith Llanos Fernández y otro contra el Banco de la Vivienda del Perú, actualmente Banco de Materiales SAC en liquidación y otra, sobre Prescripción Adquisitiva, se ha resuelto: Resolución Número DOS.Cajamarca, veintisiete de agosto del año dos mil dieciocho. ADMÍTASE a trámite la demanda postulada por MOISES VELASQUEZ CABRERA Y LUCY SMITH LLANOS FERNANDEZ, contra EL BANCO DE LA VIVIENDA DEL PERÚ (ACTUALEMENETE BANCO DE MATERIALES SAC EN LIQUIDACIÓN) a través de su representante legal o quien haga sus veces y JUANA ESTHER MENDOZA SALAZAR sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE, en la vía de proceso ABREVIADOPUBLÍQUESE vía edictos, en el diario la República, por tres veces con intervalo de 03 días. Cajamarca, 12 de Septiembre del 2018. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ PRIMER JUZGADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA KATYA DEL S. LOPEZ LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P.6971648 F.P. 17-21-27 Septiembre S/.10.00
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO JUDICIAL EXP. N° 56-2018-CE ante el Juzgado de Paz Letrado de Santa Cruz, en los seguidos por Ramiro Fernández Becerra, sobre Sucesión Intestada, se ha proveído lo siguiente: Resolución N° UNO (AUTO ADMISORIO), de fecha tres de septiembre del dos mil dieciocho: RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RAMIRO
Viernes, 21 de Septiembre del 2018
FERNANDEZ BECERRA sobre SUCESION INTESTADA, de los causantes, quienes en vida fueron su Padre GERARDO FERNANDEZ CERVERA fallecido el 12 de diciembre del 2017 en el Caserío el Choro, Distrito de La Esperanza, Provincia de Santa Cruz. Departamento de Cajamarca, y su Madre FRANCISCA BECERRA CELIS fallecida el 07 de enero del 2018 en el Caserío el Choro, Distrito de La Esperanza, Provincia de Santa Cruz, Departamento de Cajamarca, a fin de que se declare como herederos legales al accionante RAMIRO FERNANDEZ BECERRA y a sus hermanos JOEL HITLER Y GLADIS MARINA FERNANDEZ BECERRA; consecuentemente NOTIFIQUESE a la Beneficencia Pública de esta Ciudad, para los fines de Ley, ANOTESE la presente solicitud en el Registro de Personas Naturales, cursándose los partes judiciales correspondientes, a costo de la parte actora, OFICIANDOSE con tal propósito. PUBLIQUESE un extracto de la presente en el diario ”La República”, y en la Tablilla del Juzgado, a efectos de que dentro del plazo de TREINTA DIAS quienes se consideren herederos o interesados se apersonen al proceso y acrediten su vocación sucesoria; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que se precisan para su merituación oportuna, y AGREGUESE a los autos los anexos presentados. OTORGUESE las facultades generales de representación al letrado que firma la presente demanda. NOTIFIQUESE en el modo y forma de ley a quienes corresponda.- Juez: Dr. Pierre Antonio Pantoja Niño de Guzmán. - Secretaria Dra. Paola Esmeralda Chumán Castillo. Santa Cruz, 13 de Septiembre del 2018. PAOLA ESMERALDA CHUMAN CASTILLO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SANTA CRUZ P. 6974201 F.P. 19-20-21 Septiembre S/.11.00 EDICTO CIVIL EXPEDIENTE 00106-2018.- Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por el apoderado Rojas Marín Juan Cluber sobre Sucesión Intestada, se ha expedido: RESOLUCION UNO: Celendín, once de abril de 2018.- ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA incoada por ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA incoada el apoderado Rojas Marín Juan Cluber en favor de Meza Aliaga Ricardo, Meza Marín Jackeline Jenny, Meza Marín Ketty, Meza Marín Liz Mirayan, sobre Sucesión Intestada, de la Causante Justina Marín Chávez, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. NOTIFIQUESE, con la presente resolución a la Sociedad de Beneficencia Pública, y al representante del Ministerio Público de ésta ciudad para los efectos de ley; a cuenta y costo del solicitante, b. ANOTESE, la solicitud en la oficina Registral de ésta ciudad, debiéndose remitir los partes correspondientes. Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA P. 6984385 F.P. 21-24-25 Septiembre S/.7.50 EDICTO Exp. N° 13-2018-CI-JPLH, Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos, MANUEL URIAS VASQUEZ GONZALES, solicita Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION UNO: fecha quince de marzo del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO NO CONTECIOSO, la solicitud presentada Por don MANUEL URIAS VASQUEZ GONZALES. sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de quien en vida fueron sus padres don MANUEL URIAS VASQUEZ fallecido el día 24 de setiembre de 1990, y doña LUCINDA GONZALES GONZALES, el 19 de Julio del 2012 ; solicitando
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
se declare como únicos y universales herederos a don Manuel Urias, Susana, María Soledad, Martha Isabel, Nicolás Gonzalo, Alicia Rosa, Carmela Emperatriz, Eva, Elmer Manuel Vásquez Gonzales ; en calidad de hijos de los causantes; a efectos de que dentro de TREINTA DÍAS siguientes a las publicaciones indicadas, se apersonen al proceso quienes se crean también herederos del causante, ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Chota. Notifíquese con la presente resolución, demanda y anexos al Ministerio Público de ésta ciudad y a la Beneficencia Pública de la ciudad de Chota. Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por tres días consecutivos. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.-Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca YoplaHuambos, 16 de Marzo del 2018 PODER JUDICIAL Sede del Distrito Judicial de Cajamarca Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984422 F.P. 21-24 Septiembre S/. 8.00 EDICTO Exp. N° 77-2018-CI-JPLH,Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos, JOSE NESTOR CUBAS VASQUEZ, solicita Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION UNO. fecha diez de julio del dos mil dieciocho, SE RESUELVE ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO NO CONTECIOSO, la solicitud presentada por don JOSE NESTOR CUBAS VASQUEZ, sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de quien en vida fue su padre don JUAN CUBAS MONTEZA, fallecido el día 11 de junio del 2017, solicitando se declare como únicos y universales herederos a, JOSE NESTOR, AMELINA, GLADYS. YRMA Y MARÍA AMANDA CUBAS VASQUEZ; en calidad de hijos del causante; a efectos de que dentro de TREINTA DÍAS siguientes a las publicaciones indicadas, se apersonen al proceso quienes se crean también herederos del causante, ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Chota. Notifíquese con la presente resolución, demanda y anexos al Ministerio Público de ésta ciudad y a la Beneficencia Pública de la ciudad de Chota. Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por tres días consecutivos. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.-Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca Yopla. Huambos, 11 de Julio del 2018 PODER JUDICIAL Sede del Distrito Judicial de Cajamarca Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984426 F.P. 21-24-25 Septiembre S/. 10.50
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz Sec. Calua, en el Exp. N° 2017-0103-C seguido por ISABEL REINA CERCADO ACUÑA contra ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA, AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA, RIGOBERTO ABSALON RAMOS ROJAS, MELCHORA SALAZAR VASQUEZ Y RENE ANTONIO CUBAS TEJADA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, mediante resolución número Dos de fecha veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite en Vía de proceso de Conocimiento la demanda de ACUMULACIÓN OBJETIVA ORIGINARIA DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE, vale decir de la
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Escritura Publica N° 1273 del contrato de compraventa( Minuta N° 1168) de fecha 29 de enero del 2009 por las causales de falta de manifestación de voluntad, por obtener un fin jurídicamente imposible, fin ilicito y nulidad virtual y EN FORMA ACUMULATIVA ACCESORIA INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN LA SUMA DE S/ 50.000.00 SOLES más los intereses legales correspondiente interpuesta por ISABEL REINA CERCADO ACUÑA contra ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA, AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA, RIGOBERTO ABSALON RAMOS ROJAS, MELCHORA SALAZAR VASQUEZ Y RENE ANTONIO CUBAS TEJADA; TENER por ofrecidos los medios probatorios que se indican CORRER TRASLADO de la presente demanda a los citados demandados, por el PLAZO DE TREINTA DIAS, a fin de que la conteste, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y seguírseles el proceso en esa condición. ASIMISMO mediante resolución número Nueve de fecha veintisiete de agosto del dos mil dieciocho ha resuelto lo siguiente: EMPLAZAR VIA EDICTOS en el Diario “La República” con un extracto de la demanda y admisorio por TRES DÍAS CONSECUTIVOS a los demandados ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA Y AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA para que en el PLAZO DE NOVENTA DIAS contados desde realizada la última publicación, quien tenga derecho se apersone al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES y Sec. Calua Zambrano FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6983621 F.P. 20-21-24 Septiembre S/.13.50
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EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE BOLIVARDEPARTAMENTO LA LIBERTAD ESPECIALISTA JUDICIAL: MIGUEL EDUARDO BAZAN MESTANZA. Exp. 2018-040-JUP-BOL SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIERCOLES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de esta provincia– Primer Piso, ubicada en la Jr. Bolívar 507-511- de la Provincia de Bolívar- Departamento de La Libertad. Debiendo al acusado OSCAR JHIMI AGUILAR VILLENA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso En los seguidos en su contra por los delitos contra el patrimonio en la modalidad de estafa agravada, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal (tipo base) concordante con el artículo 196-A inciso 3° del Código Penal en agravio de la Caja de Ahorros y Crédito de Trujillo, presentada por su apoderada por su Gerente General Blanca Elizabeth Zegarra Ordoñez y por el delito de estafa agravada, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 196° (tipo base), concordante con el artículo 196° -A inciso 3° del Código Penal, en agravio José Almilcar Lozano
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE
Peche, José Gilmer Lozano Untol, Fredy Jhonathan Rengifo Siccha, Juan Salazar Mestanza, Jackelin Castillo Castillo, José Wilfredo Machuca Peche, Delsi Anabel Florindez Ullilen y Juan Pastor Guerrero. Suscribe el señor Juez: Luís A. Sánchez López, y el especialista judicial: Miguel E. Bazán Mestanza Dr. Luis Alberto Sanchez Lopez Juez Titular JUZGADO PENAL UNIPERSONAL BOLIVAR MIGUEL E. BAZAN MESTANZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO MIXTO - UNIPERSONAL BOLIVAR F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CELENDÍN, que despacha la Dra. Edith Cabanillas Palomino y la Especialista Judicial: Nancy Marilei Horna Díaz; CITA Y EMPLAZA a: JUAN DEMETRIO DIAZ CHAVEZ, para que concurra a este despacho y se defiendan del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 00196-201833-0603-JR-PE-01, por el presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su figura de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de MARILIN DIAZ DIAZ, a fin de que tome conocimiento de la siguiente acta: ACTA DE INICIO DE JUICIO ORAL: De fecha 05-09-2018, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de reprogramación de audiencia de juicio oral el día VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Celendín; a la cual es obligatoria su concurrencia, bajo apercibimiento de ser declaradas reo contumaces. Celendín, 14 de setiembre del 2018 M.Cs. EDITH CABANILLAS PALOMINO JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CELENDIN F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACABAMBA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA EXPEDIENTE N° 23-2018-32- 060604JPIP-T.-CSJCA-PJ RESOLUCION N° CINCO: NOTIFICAR al imputado EVER HERRERA BUSTAMANTE identificado con DNI N° 43811279, con la resolución NUMERO CINCO de fecha doce de setiembre del año dos mil dieciocho que CITA a la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a realizarse el día MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de este Distrito de Tacabamba, con la presencia obligatoria del Fiscal, la parte imputada y el Abogado Defensor Público, BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia del primero de los nombrados, de poner de conocimiento su conducta a su Coordinador respectivo, y en caso de la inasistencia del Abogado Defensor Público del imputado, de tenerse al mismo Coordinador por designado como tal, dejando a salvo el derecho de sustituirlo por Abogado Particular, en cualquier estado del proceso, con la oportuna comunicación al órgano jurisdiccional. Habiéndose ordenado de tal modo, dentro del Proceso Penal N° 23-2018-32-060604-JIP-TCSJCA-PJ, que se sigue contra Ever Herrera Bustamante, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Claudia Fernanda Gaitán García. Suscribe el señor Juez DELMER JONDEC MEJIA, y la Especialista Judicial MEDALYT SILVA DÍAZ. DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA JUEZ SUPERNUMERARIO
Viernes, 21 de Septiembre del 2018
Juzgado Investigación Preparatoria TACABAMBA - CHOTA F.P. 19-20-21 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2017-69-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar - Maltrato Físico y Psicológico en agravio de NAIDA EMELY MEGO BAZAN, se ha emitido la RESOLUCIÓN NUMERO: SEIS, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° CINCO (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NUMERO: CINCO (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego. b) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, c) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a NAIDA EMELY MEGO BAZAN y a la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, d) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra NAIDA EMELY MEGO BAZAN y la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego. e) HAGASE saber al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala "El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.'' REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Celendín para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 2. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Con lo que terminó la presente audiencia firmando la magistrada que suscribe y los presentes, doy fe. Notifíquese a los inasistentes. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-299-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra SANTOS CORTEZ LOZANO, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de ROSA
MARGARITA CHAVEZ PEREZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a las partes procesales vía edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° TRES (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.DICTAR a favor de la agraviada ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. b) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. c) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, insultarse, gritarse, humillarse, agredirse y amenazarse física y/o psicológicamente a ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. d) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, tomar represalias en forma directa o indirecta contra ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. e) HAGASE saber al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CORTEGANA para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. 4. REMITASE los actuados al Juzgado de Paz Letrado de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, respecto del maltrato físico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48° del D.S. N° 009-2016-MIMP, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este Juzgado; OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2018-293-0-JR-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra EDILBERTO PINEDO CHAVEZ, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de OTILA RAMIREZ MARIN, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciante y denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- CARENTE de objeto dictar nuevas medidas de protección a favor de la agraviada OTILA RAMIREZ MARIN; debiéndose ESTAR a las medidas de
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protección otorgadas en el Expediente N° 112-2016-0-0603-JM-FC-01; 2. REMITASE copia certificada de la presente acta a la Policía Nacional de CHUMUCH para que tome conocimiento de la misma, OFICIESE. 3. REMITASE copias certificadas a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias para que proceda conforme a sus atribuciones, respecto al incumplimiento de las medidas de protección otorgadas a favor de la agraviada en el precitado Expediente, OFICIANDOSE con tal fin. 4. ARCHIVESE definitivamente el presente proceso. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-389-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra HERNAN CABANILLAS SILVA, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de AMPARITO ROJAS MEDINA, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada AMPARITO ROJAS MEDINA, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de AMPARITO ROJAS MEDINA. b) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de AMPARITO ROJAS MEDINA. c) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a AMPARITO ROJAS MEDINA. d) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra AMPARITO ROJAS MEDINA. e) HAGASE saber al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre
DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
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de 2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Viernes, 21 de Septiembre LUnes, 1 del
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