Directiva Administrativa para el Trabajo con el ... - Ministerio de Salud

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MINISTERIO DE SALUD

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Visto el Expediente N° 10-083311-001, que contiene el Informe N° 038-2010­ JGGIDPCS/DGPS/MINSA, de la Direcci(.,i Gaí,ó,o: Promoción de la Salud;

CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece

que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y

~I'-\OD~ promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el

.f?~ esarrollo de la persona humap::l' a tr;:¡v~s rle la promoción, ,.düAccíón, recuperación y

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Z. Solís V.

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Que, el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, ois:pone que la Dirección

General de Promoción de la Salud es el órgano tecnico normc"vo, re!'~":'nsab!e de la'

conducción del proceso de Promoción de la Salud, así como de contribuir al desarrollo

integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la población;

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Que, mediante documento del visto, la Dirección General de Promoción de la Salud, propone para su aprobación el proyecto de Directiva Administrativa para el Trabajo con el Agente Comunitario de Salud, cuya finalidad es contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana, en el primer nivel de atención, articula'do al ,eClac "Iud ca' la ge'tió, del gobiemo local, in'tilucione, ,ociale"

comunidad y otros actores SOCiales, que se encuentran relacionados territorial mente,

para el desarrollo de acciones de promoción de la salud y de prevención de las

enfermedades, en el marco de las pOlíticas nacionales de salud:

W. Olivera A, Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceminis\ra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal !) de! aríticL!lo 8° de la Ley N° 27657. LeY del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE

Artícuio 1°._ Aproba~ !;:: Directiva Admínistr2~;'!a Ni )t L./ -MINS.AJDG~8-V.G 1 ired!va Administrativa para el Trabajo con el' ,';gent~ Comunitario de Salud", la "isma que forma parte integrante de 1& prebente Resolución Ministerial.

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l. Solís .' ~~ ..".. --~ ~/.\

Artículo 2°._ Encargar a la Dirección General Promoción de la Salud la difusión y supervisión de lo dispuesto en ia citada Directivá Administrativa.

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!" .¡~. 9f. "',\

Artículo 3°._ Establecer que las disposiciones contenidas en la presente

. '-;l) Directiva Administrativa Serán de aplicación y cumplimiento obligatorio a nivei nacional ",~:;~D en todos los estableCimientos de Salud.

I

Artículo 4°._ Encargar a la Oficina General de Comu;-¡icaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Inte~néi del Ministerio deR;:¡lud, . en ¡2 dire.ccion: http://www.minsa.,g9bpe/tr~'1soarenCiaírlaé normas. aso. Regístrese, comuníquese y pUblíqlese

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DIRECTIVA ADI\IINISTRATlVA N° I~f 4 • MINSA/DGPS - V.01 DIRr::CTIVA ,ADMlrllSTRATIVA PARA EL TRABAJO CON EL AGENTE COMUNITARIO DE SALUD

l.

FINALIDAD Contri>'uir al fOltalec.imim·to de la participaciór ciudadana, en el primer nivel de atenckín, para el desarlOlb de acciones de promoción de la salud y de prevención de las eniurmedades. en el marco de las políticas nacionales de salud.

OBJETIVOS

11.

Objetivo General Establece" dispo:;icíones técnicas y adminil;tralivas orientadas al personal de salud del primel' nivel de atención, para el trabajo con los Agentes Comunitarios de Salud.

Objetivos ESllecífie',s Fortalecer las capacidades del personal d,~ salud del primer nivel de atención hacia !Ia promoción de prácticas y entornos saludables para la prevención de daños o 'enfenmeclades, Articular con Ic's Gobiernos Regionales y Locales, asi como con otras instituciones sociales y/o com'Jr,ales la gestión sanitari,¡ d\ll p,iJller nivel de atención. Amplinr y reforzm la labor de servicios b 3sico~, que se ofrecen y brindan en los establ ~cimientos de salud, optimizando la prticipación activa de la ciudadanía, a través de la promoción de la salud y la pmvención de enfermedades.

ÁMBITO DE APU:;ACIÓN

111.

La~ disposiciones contenidas en la pres