id 2019 - Minsa

que establece el Decreto Supremo 019-94-PCM, debiendo ser lo correcto la bonificación especial establecida en el articulo 2 del Decreto de Urgencia 037-94;.
30KB Größe 12 Downloads 3 vistas
No 2 1 3 - 2014 iturt5i.4

MINISTERIO DE SALUD

\0_1GA DEL A)...4)

9-

Zma,

.41

ie -3L1

C?

id 20 19

Visto, el expediente 11-095137-002, que contiene el Recurso de Apelación interpuesto por el señor Hugo Ramírez Susanibar, contra la Resolución Directoral N° 11012011-OGGRH/SA, la cual le otorgó la suma de S/ 3,297.44 Nuevos Soles por concepto de subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 1101-2011-OGGRH/SA, de fecha 15 de noviembre de 2011, se otorgó a favor del señor Hugo Ramírez Susanibar la suma de S/ 3,297.44 Nuevos Soles por concepto de subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio; Que, el administrado con fecha 18 de noviembre de 2011, interpuso recurso de apelación contra la Resolución Directoral N° 1101-2011-OGGRH/SA, sustentando su apelación en el hecho que el cálculo del subsidio se ha realizado en base a la bonificación que establece el Decreto Supremo 019-94-PCM, debiendo ser lo correcto la bonificación especial establecida en el articulo 2 del Decreto de Urgencia 037-94; Que, a través del Informe N° 2147-2013-ERP-ByP de fecha 12 de noviembre de 2013, emitido por la Oficina General de Gestión de Recursos.Humanos, informa que se ha expedido la Resolución Directoral N° 1415-2013-OGGRH/SA de fecha 10 de setiembre de 2013, que reconoce y otorga a favor del administrado la suma de S/ 1,748.20 Nuevos Soles, por concepto de diferencia del monto pagado como subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio, con inclusión del Decreto de Urgencia 037-94 y en consecuencia técnicamente el monto de los subsidios han sido otorgados en su oportunidad; Que, así también a través del Memorándum N° 758-2014-OGGRH/MINSA de fecha 24 de abril de 2014, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, informa que mediante Memorando N° 094-2014-T-0E-OGA/MINSA la Oficina de Economía señala que en el mes de setiembre de 2013, se abonó a favor del señor Hug o Ramírez Susanibar, la suma de S/ 1,748.20 Nuevos Soles, adjuntando copia fedateada del comprobante de•pa go N° ORH-21040 de fecha 19 de setiembre de 2013; Que, al respecto, cabe recordar que la controversia planteada por el administrado, a través de la interposición de su recurso de apelación, se origina en la decisión de la Oficina

General de Gestión de Recursos Humanos de otorgarle el subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio sobre la base de la bonificación que establece el Decreto Supremo 01994-PCM, debiendo ser lo correcto la bonificación especial establecida en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 037-94, la cual ya fue cumplida en la Resolución Directoral N° 14152013-OGGRH/SA Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 186.2 del articulo 186 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, habiéndose producido la sustracción de la materia controvertida, toda vez que al momento de emitirse la presente Resolución Secretarial, la pretensión del administrado ya había sido otorgada mediante la Resolución Directoral N° 1415-2013-OGGRH/SA, carece de objeto pronunciarse sobre la pretensión planteada por el administrado, debiendo darse por concluido el procedimiento derivado del recurso de apelación interpuesto; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y De conformidad con el artículo 13 del Decreto Legislativo 1161, que aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido el procedimiento derivado del recurso de apelación interpuesto por el señor Hugo Ramírez Susanibar contra la Resolución Directoral N° 11012011-OGGRH/SA, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2°.- Notificar la presente Resolución Secr-

.al al administrado, conforme

a Ley.

DANIVESPEDES MEDRANO SE ETARIO GENERAL