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MINISTERIO DE SALUD
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VISTO, el Expediente N° 13-088616-004, conteniendo el Memorando N° 2814-2014-OGA/MINSA de la Oficina General de Administración; las Notas Informativas N° 3131-2014-OL-OGA/MINSA y N° 2676-2013-0L-OGA/MINSA de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, así como el Memorándum N° 13572014-0GAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 098-2012/MINSA, se aprobó la conformación de las Unidades y/o Áreas Funcionales de Programación, Adquisiciones, Almacén e Importaciones, Patrimonio y Servicios Auxiliares de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, las mismas que tienen carácter temporal en tanto se apruebe el Manual de Organización y Funciones de la citada Oficina General; Que, el Anexo 01 "Funciones de las Áreas Funcionales de la Oficina de Logística" de la citada Resolución Ministerial, contiene las funciones de las unidades y/o áreas funcionales conformadas; Que, con Circular N° 139-2013-0L-OGA/MINSA, el Director Ejecutivo de la Oficina de Logística comunica al Jefe del Equipo de Programación, sobre la existencia de un error en el literal a) de las funciones de la Unidad de Adquisiciones, contempladas en el Anexo 01 "Funciones de las Áreas Funcionales de la Oficina de Logística", precisando que dicha función le corresponde a la Unidad de Programación en razón a la naturaleza propia de las actividades que realiza; Que, mediante Notas Informativas N° 2676-2013-0L-OGA/MINSA y N° 3131-2014-0L-OGA/MINSA, el Director Ejecutivo de la Oficina de Logística solicita al Director General de la Oficina General de Administración gestionar la precisión del Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012/MINSA, en los términos mencionados en el considerando precedente; Que, a través del Memorando N° 2814-2014-0GA/MINSA, la Oficina General de Administración informa sobre la existencia de un error material en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012/MINSA, referido a la función consignada en el literal a) del Área Funcional: Adquisiciones; precisando que dicha función debe ser incorporada como una de las funciones de la Unidad de Programación, por corresponder a esta última atendiendo a la naturaleza de las actividades a su cargo;
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Que, en tal sentido, según lo indicado en los considerandos precedentes, se evidencia un error en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012-MINSA, al contemplar equívocamente en el literal a) de las funciones correspondientes al Área Funcional Adquisiciones, la de "efectuar el estudio de mercado de los proveedores de bienes y servicios, seleccionar y registrar a los proveedores más representativos del mercado", la cual le corresponde, por la naturaleza propia de sus actividades, al Área Funcional de Programación y que además ha venido ejerciendo por la razón antes señalada; Que, según lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan para el acto original; Que, mediante Memorándum N° 1357-2014-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la rectificación del error material contenido en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012/M INSA; Que, en tal sentido, resulta conveniente proceder a la corrección del error material contenido en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012/MINSA, en cuanto a la función consignada en el literal a) del Área Funcional Adquisiciones, debiendo corresponder la misma a la Unidad de Programación; Estando a lo informado por la Oficina General de Administración, con el visado del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectificar el error material contenido en el Anexo 01 de la Resolución Ministerial N° 098-2012/MINSA, suprimiendo la función consignada en el literal a) del Área Funcional Adquisiciones e incorporando la misma como una de las funciones de la Unidad de Programación, precisando que esta última ha venido ejerciendo desde su conformación dicha función en virtud a la naturaleza propia de sus actividades. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Electrónico electrónica: dirección la en Salud, de Ministerio del http://~.minsa.qob.pe/transparencia/index.asp?op=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud