Gaceta Judicial - Tacna

La República. 2. Martes, 1 de marzo del 2016. SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA. Avisos Judiciales. PRIMER REMATE JUDICIAL. En el proceso que sobre ..... DE ELECCIONES (Art. 43°). I.E. Luís Alberto. Sánchez y otros. 24,28,29,30 y 31 de diciembre 2015. Publicación del Padrón Electoral. Art. 48° (5 días hábiles).
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Martes, 1 de marzo del 2016

Avisos Judiciales PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso que sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 01923-2013-0-2301 -JP-CI-02 seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna SA en contra de Gustavo Mucho Alania y Carmen Álvarez Boycochea, la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Kati Antonio Damián con intervención de la Especialista Legal Jennifer Hidalgo Benavides, ha dispuesto sacar a Remate Judicial en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre Mz. 44 Lote 24, del Distrito de Gregorio Albarracin Lanchípa Provincia y Departamento de Tacna, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida N° P20019688 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: US $44,208.20 (Cuarenta y cuatro mil doscientos ocho con 20/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $29,472.13 (Veintinueve mil cuatrocientos setenta y dos con 13/100 Dólares Americanos), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00004.- Inscripción de hipoteca a favor del Banco de materiales SAC hasta por la suma de s/. 18,876.00 inscrita con fecha 06/02/2006. 2) Asiento 00005.- Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 02 del 26.11.2013 expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01923-2013-9-2301 -JP-CI-02 inscrita con fecha 22/01/2014. 3) Asiento 00006.Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 01 del 10/09/2014, expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado, Juez. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01576-2014-72-2301-JP-CI-02. Inscrita con fecha 11/11/2014. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el cuarto piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N de esta ciudad, el día 11 de Marzo del 2016 a horas 12:00 p.m. (medio día). POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US $4,420.82), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martiliero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martiliero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020 y correo: [email protected] 26 de enero del 2016. VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. N°321 SUNARP JENNIFER HIDALGO BENAVIDES Secretaria Judicial (s) 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/29 AL 07 MARZ) EDICTO JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE En el proceso civil, signado con el Exp. N°00175-2015-02304-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Juez Dr. Rafael Copaja Mamani, Esp. Hugo Chura Mamani, se ha emitido la Resolución N°01 de fecha cinco de enero del Dos mil dieciséis; RESUELVE: ADMITIR la solicitud de Cambio de Nombre (...); asimismo preséntese la publicación con el resumen de la demanda en los diarios judiciales. El Peruano y de la República (...)”; demanda instada por JUANA ZARATE QUISPE, sobre cambio de su nombre (JUANA por el de JACKELINE), debiendo considerársele como JACKELINE ZARATE QUISPE, e inscribirse como tal en su partida de nacimiento; debiendo quedar inalterable los demás datos de su partida e inscribirse como tal en el Registro correspondiente; publíquese el edicto conforme a Ley. H.S. ABOG. HUGO CHURA MAMANI. Especialista Legal del Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Tacna 19 de febrero del 2016 (1V/01 MAR)

PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso que sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 01923-2013-0-2301 -JP-CI-02 seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna SA en contra de Gustavo Mucho Alania y Carmen Álvarez Boycochea, la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Kati Antonio Damián con intervención de la Especialista Legal Jennifer Hidalgo Benavides, ha dispuesto sacar a Remate Judicial en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre Mz. 44 Lote 24, del Distrito de Gregorio Albarracin Lanchípa Provincia y Departamento de Tacna, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida N° P20019688 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: US $44,208.20 (Cuarenta y cuatro mil doscientos ocho con 20/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $29,472.13 (Veintinueve mil cuatrocientos setenta y dos con 13/100 Dólares Americanos), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00004.- Inscripción de hipoteca a favor del Banco de materiales SAC hasta por la suma de s/. 18,876.00 inscrita con fecha 06/02/2006. 2) Asiento 00005.- Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 02 del 26.11.2013 expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01923-2013-9-2301 -JP-CI-02 inscrita con fecha 22/01/2014. 3) Asiento 00006.Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 01 del 10/09/2014, expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado, Juez. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01576-2014-72-2301-JP-CI-02. Inscrita con fecha 11/11/2014. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el cuarto piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N de esta ciudad, el día 11 de Marzo del 2016 a horas 12:00 p.m. (medio día). POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US $4,420.82), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martiliero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martiliero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020 y correo: [email protected] 26 de enero del 2016. VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. N°321 SUNARP JENNIFER HIDALGO BENAVIDES Secretaria Judicial (s) 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/29 AL 07 MARZ) EDICTO JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE En el proceso civil, signado con el Exp. N°00175-2015-02304-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Juez Dr. Rafael Copaja Mamani, Esp. Hugo Chura Mamani, se ha emitido la Resolución N°01 de fecha cinco de enero del Dos mil dieciséis; RESUELVE: ADMITIR la solicitud de Cambio de Nombre (...); asimismo preséntese la publicación con el resumen de la demanda en los diarios judiciales. El Peruano y de la República (...)”; demanda instada por JUANA ZARATE QUISPE, sobre cambio de su nombre (JUANA por el de JACKELINE), debiendo considerársele como JACKELINE ZARATE QUISPE, e inscribirse como tal en su partida de nacimiento; debiendo quedar inalterable los demás datos de su partida e inscribirse como tal en el Registro correspondiente; publíquese el edicto conforme a Ley. H.S. ABOG. HUGO CHURA MAMANI. Especialista Legal del Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Tacna 19 de febrero del 2016 (1V/01 MAR)

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el proceso que sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 01923-2013-0-2301 -JP-CI-02 seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna SA en contra de Gustavo Mucho Alania y Carmen Álvarez Boycochea, la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Kati Antonio Damián con intervención de la Especialista Legal Jennifer Hidalgo Benavides, ha dispuesto sacar a Remate Judicial en Primera convocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre Mz. 44 Lote 24, del Distrito de Gregorio Albarracin Lanchípa Provincia y Departamento de Tacna, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida N° P20019688 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: US $44,208.20 (Cuarenta y cuatro mil doscientos ocho con 20/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $29,472.13 (Veintinueve mil cuatrocientos setenta y dos con 13/100 Dólares Americanos), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00004.- Inscripción de hipoteca a favor del Banco de materiales SAC hasta por la suma de s/. 18,876.00 inscrita con fecha 06/02/2006. 2) Asiento 00005.- Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 02 del 26.11.2013 expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01923-2013-9-2301 -JP-CI-02 inscrita con fecha 22/01/2014. 3) Asiento 00006.Inscripción de Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/.20,000.00, según Resolución N° 01 del 10/09/2014, expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado, Juez. Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, Secretaria Delia María Onque Quispe Exp. 01576-2014-72-2301-JP-CI-02. Inscrita con fecha 11/11/2014. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el cuarto piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N de esta ciudad, el día 11 de Marzo del 2016 a horas 12:00 p.m. (medio día). POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (US $4,420.82), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial, consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martiliero al término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martiliero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020 y correo: [email protected] 26 de enero del 2016. VICTOR O.APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. N°321 SUNARP JENNIFER HIDALGO BENAVIDES Secretaria Judicial (s) 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/29 AL 07 MARZ) EDICTO JUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE En el proceso civil, signado con el Exp. N°00175-2015-02304-JM-CI-01, ante el Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Juez Dr. Rafael Copaja Mamani, Esp. Hugo Chura Mamani, se ha emitido la Resolución N°01 de fecha cinco de enero del Dos mil dieciséis; RESUELVE: ADMITIR la solicitud de Cambio de Nombre (...); asimismo preséntese la publicación con el resumen de la demanda en los diarios judiciales. El Peruano y de la República (...)”; demanda instada por JUANA ZARATE QUISPE, sobre cambio de su nombre (JUANA por el de JACKELINE), debiendo considerársele como JACKELINE ZARATE QUISPE, e inscribirse como tal en su partida de nacimiento; debiendo quedar inalterable los demás datos de su partida e inscribirse como tal en el Registro correspondiente; publíquese el edicto conforme a Ley. H.S. ABOG. HUGO CHURA MAMANI. Especialista Legal del Juzgado Mixto de Tarata de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Tacna 19 de febrero del 2016 (1V/01 MAR)

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Martes, 1 de marzo del 2016

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La República

CUADRO DE VALORES DE LOS ARANCELES JUDICIALES

PODER JUDICIAL

(Ejercicio Gravable 2016) Resolución Administrativa Nº 001-2016-CE-PJ (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2016)

UNIDADDE DEREFERENCIA REFERENCIA PROCESAL PROCESAL (URP) 380.00 UNIDAD (URP)= =S/.S/. 395.00

CÓDIG O

07900

PROCESOS CONTENCIOSOS Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, nuevos medios probatorios, excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

07439 Por solicitud de nulidad de actos procesales.

HASTA S/.39,500

MÁS S/. 39,500 A S/.98,750

MÁS S/. 98,750 A S/.197,500

MÁS S/.197,500 A S/.296,250

MÁS S/.296,250 A S/.493,750

MÁS S/.493,750 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS DE S/.1'185,000

HASTA 100 URP O CUANTÍA INDETERMINABLE

MÁS 100 URP HASTA 250 URP

MÁS 250 URP HASTA 500 URP

MÁS 500 URP HASTA 750 URP

MÁS 750 URP HASTA 1250 URP

MÁS 1250 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP

S/.

39.50

S/.

59.25

47.40

98.75

S/.

55.30

S/.

118.50

S/.

S/.

177.75

71.10

S/.

S/.

355.50

79.00

S/.

S/.

533.25

S/.

63.20

S/.

39.50

S/.

59.25

S/.

79.00

S/.

98.75

S/.

118.50

S/.

177.75

S/.

355.50

S/.

533.25

158.00

S/.

237.00

S/.

316.00

S/.

395.00

S/.

474.00

S/.

711.00

S/.

1,422.00

S/.

2,133.00

07951 Por recurso de nulidad y casación.

S/.

632.00

S/.

711.00

S/.

790.00

S/.

987.50

S/.

1,185.00

S/.

1,777.50

S/.

3,456.25

S/.

5,135.00

07943 Por recurso de queja.

S/.

98.75

S/.

148.10

S/.

197.50

S/.

246.85

S/.

296.25

S/.

444.35

S/.

888.75

S/.

1,333.10

08222 Medidas Cautelares en todas sus modalidades, anotaciones de demandas en todos los procesos, embargos en ejecución forzada, solicitud de ejecución de laudo arbitral firme, recurso de anulación de laudo arbitral, oposición contra el mandato de ejecución de laudo arbitral, solicitud de suspensión de laudo arbitral, solicitud de colaboración y asistencia judicial para la actuación de medios probatorios o solicitud de medidas cautelares dentro del proceso arbitral y solicitud de requerimiento judicial de incautación (Ley de Garantía Mobiliaria).

S/.

S/.

S/.

POR SOLICITUD DE:

43.45

79.00

07927 Por recurso de apelación de autos.

CÓDIG O

S/.

S/.

07935 Por recurso de apelación de sentencias.

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. 08168 Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). 07374 Por otorgamiento de poder por acta.

39.50

S/.

86.90

S/.

197.50

S/.

296.25

S/.

395.00

S/.

493.75

S/.

592.50

S/.

888.75

S/.

1,777.50

S/.

1,975.00

S/.

110.60

S/.

154.05

S/.

197.50

S/.

276.50

S/.

355.50

S/.

711.00

S/.

1,066.50

S/.

1,619.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

39.50

S/.

79.00

S/.

79.00

S/.

86.90

S/.

86.90

HASTA S/.39,500

MÁS S/.39,500 A S/.79,000

MÁS S/.79,000 A S/.118,500

MÁS S/.118,500 A S/.237,000

MÁS S/.237,000 A S/.395,000

MÁS S/.395,000 A S/.790,000

MÁS S/.790,000 A S/.1'185,000

MÁS S/.1'185,000 A S/.1'382,500

MÁS DE S/.1'382,500

HASTA 100 URP O DE CUANTÍA INDETERMINADA

MÁS 100 URP HASTA 200 URP

MÁS 200 URP HASTA 300 URP

MÁS 300 URP HASTA 600 URP

MÁS 600 URP HASTA 1000 URP

MÁS 1000 URP HASTA 2000 URP

MÁS 2000 URP HASTA 3000 URP

MÁS 3000 URP HASTA 3500 URP

MÁS DE 3500 URP

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

S/.

395.00

S/.

790.00

S/.

1,185.00

S/.

1,580.00

S/.

1,975.00

S/.

2,370.00

S/.

3,160.00

S/.

4,937.50

S/.

6,517.50

Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a las 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial.

08079 Solicitud de remate judicial.

CÓDIG O

PROCESOS NO CONTENCIOSOS

ACTOS DE PROCEDIMIENTOS

S/.

07900 Por ofrecimiento de pruebas.

RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA O LAUDO EXTRANJERO

79.00

S/.

158.00

07927 Por recurso de apelación de autos.

S/.

158.00

S/.

316.00

07943 Por recurso de queja.

S/.

197.50

S/.

197.50

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local judicial.

S/.

395.00

S/.

395.00

08168 Por formas especiales de conclusión del proceso.

S/.

197.50

S/.

395.00

07374 Por otorgamiento de poder por acta.

S/.

39.50

S/.

39.50

CÓDIG O

SOLICITUDES DE ACTOS JUDICIALES

encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales: los procesos previsionales, procesos de garantías constitucionales, procesos penales (salvo las Querellas); asi como las empresas del sistema financiero en proceso de disolución o liquidación.

¾No se encuentran exonerados del pago de aranceles judiciales, las empresas del Estado, con accionariado integramente público o mayoritariamente público que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; así como las empresas regionales o municipales cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades; con excepción de ESSALUD. ¾La improcedencia de la demanda, no da lugar a la devolución del arancel por ofrecimiento de medios probatorios, por ser requisito de fondo para la presentación de la demanda. ¾Los

% de URP

IMPORTE S/.

Jueces, al calificar las demandas, deberán advertir obligatoriamente que en éstas se haya cuantificado el petitorio.

¾Los

usuarios son responsables por la presentación de aranceles judiciales falsificados, cuyo procedimiento se sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes.

(1)

07005 Reintegro. 08036 Por prueba anticipada:

¾En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas. ¾En el caso de interponerse recurso de oposición contra una medida cautelar, se abonará el arancel judicial por recurso de apelación de autos de acuerdo al monto de la medida cautelar que se pretende desafectar.

Por actuación de prueba anticipada de cuantía indeterminable y determinable, se sujetarán a los valores consignados en los procesos contenciosos. 07153 Por derecho a participar en remate judicial de: Bienes Muebles * Hasta 10 URP * Más de 10 URP hasta 30 URP * Más de 30 URP

15.0% 30.0% 50.0%

S/. S/. S/.

59.25 118.50 197.50

Bienes Inmuebles * Hasta 100 URP * Más de 100 URP hasta 500 URP * Más de 500 URP hasta 1000 URP

50.0% 100.0% 150.0%

S/. S/. S/.

197.50 395.00 592.50

* Más de 1000 URP 07455 Por saneamiento y expedición de partes judiciales para inscripción en el registro de propiedad inmueble y mueble del bien rematado (1% del valor de adjudicación del inmueble y 1% de la URP bien mueble).

200.0%

S/.

08990 Por expedición de partes judiciales para inscripción preventiva y definitiva de solicitudes en procesos contenciosos y no contenciosos (municipalidades, registros públicos, RENIEC, minería y otros). 08991 Por expedición de copias simples en todos los tipos de procesos y en violencia familiar según rango (pago que efectúa el demandado en atención al D.S. N° 002-98-JUS). Por cada copia adicional es S/. 0.39.

10.0%

S/.

39.50

(01 a 05 folios)

S/.

1.95

07447 Por expedición de copias certificadas en todos los tipos de procesos (por cada folio).

IMPORTANTE ¾Se

¾En los procesos laborales, al admitirse como medios probatorios la actuación, verificación, exhibición, recopilación de información y otros que requieran que el Especialista Legal, Revisor de Planillas o Perito adscrito al despacho, realicen tal labor fuera del local del juzgado, el oferente del medio probatorio deberá pagar el arancel judicial por diligencia a realizarse fuera del local del juzgado. En caso que el oferente sea el demandante se tendrá presente lo dispuesto en el literal i) del articulo tercero (3). ¾La autorización judicial de viaje de menor es un proceso no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel judicial que corresponda se sujetará a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable. TABLA DE URP

790.00

(2)

1.0%

S/.

3.95

10.0%

S/.

39.50

20.0%

S/.

50.0%

S/.

08214 Por trámite de exhorto: * Dentro del distrito judicial * Otro distrito judicial * Al extranjero

79.00

(1): (2):

10

URP =

S/.

3,950.00

100

URP =

S/.

39,500.00

300

URP =

S/.

118,500.00

500

URP =

S/.

197,500.00

600

URP =

S/.

237,000.00

1000

URP =

S/.

395,000.00

2000

URP =

S/.

790,000.00

3000

URP =

S/.

1,185,000.00

3500

URP =

S/.

1,382,500.00

NOTA El plazo de vigencia del arancel judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectúa el pago correspondiente en el Banco de la Nación o entidad financiera designada.

Importe que indique el usuario. Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un

197.50 bien inmueble.

(3):

07412 Los actos procesales por querellas Se sujetarán al pago de aranceles judiciales de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable según la cuantía de la indemnización solicitada. 07366 Procesos laborales.

(3)

07390 Procesos de alimentos.

(3)

En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las

20 URP se sujetarán a los pagos dispuestos en la presente resolución, reducidos en un 50% (literal g del artículo tercero). En los procesos laborales, los trabajadores, ex-trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial como exonerados (hasts 70 URP), se sujetarán a los pagos contenidos en la presente resolución reducidos en un 50% (literal i del artículo tercero).

GERENCIA GENERAL GERENCIA DE SERVICIOS JUDICIALES Y RECAUDACIÓN SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN JUDICIAL

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Martes, 1 de marzo del 2016

Gaceta Judicial

FECHA: 01 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.-

DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 02 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.-

DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 03 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

Martes, 1 de marzo del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

La República

NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.-

DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 01 ------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 04 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.-

DESPACHO

------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 05 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 01 DECRETOS: 01

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Martes, 1 de marzo del 2016

------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 08 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.-

DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 02 ------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 09 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA/PROCES

RES

01223-2015-CI

PORFIRIO CHURA AROCUTIPA

DRET

P. CUMPLIMIENTO

Sentencia

DESPACHO

CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

-------------------------------------------

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Martes, 1 de marzo del 2016

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LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 10 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ TABLA DE LA VISTA DE CAUSA NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA.DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 00 DECRETOS: 00

FECHA: 11 DE FEBRERO DEL 2016 SALA CIVIL CONFORMADA POR LOS SEÑORES VICENTE AGUILAR, FRANCO APAZA Y ALVARADO GONZALVEZ TABLA DE LA VISTA DE CAUSA EXPEDIENTE

DEMANDANTE

DEMANDADO

MATERIA/PROCES

RES

2258-2015-FP

MINISTERIO PUBLICO

ELIAS CHAMBILLA CHINO

INFRACTOR

Sentencia

DESPACHO CANTIDAD DE RESOLUCIONES RESOLUCIONES DE VISTA: 00 AUTOS: 01 DECRETOS: 06 ------------------------------------------LUIS BUSTINZA SAIRA RELATOR (E) DE LA SALA CIVIL

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Martes, 1 de marzo del 2016

CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE JUEZ DE PAZ DE 24 DE JUNIO Distrito de Gregorio Albarracin Nº

FECHA 23 de diciembre 2015 24,28,29,30 y diciembre 2015

31

de

04,05 y 06 de enero 2016 07,08 y 11 de enero 2016 12 de enero 2016

13,14 y 15 de enero 2016 18 y 19 de enero 2016 20,21,22 de enero 2016 25,26 y 27 de enero 2016

28 y 29 de enero 2016 01 y 02 de febrero 2016 03, 04 y 05 de febrero 2016 08,09 y 10 de febrero 2016 11 de febrero 2016 12,15 y 16 de febrero 201617 de febrero 2016 17 de febrero 2016

Del 18 al 29 de febrero 2016 06 de Marzo 2016 06 de marzo 2016

07,08 y 09 de marzo 2016 14 de marzo de 2016

ACTIVIDAD PUBLICACION DEL CRONOGRAMA DE ELECCIONES (Art. 43°) Publicación del Padrón Electoral Art. 48° (5 días hábiles)

LUGAR/OTROS I.E. Luís Alberto Sánchez y otros Local de la Comisión Electoral, Lugares públicos

Inclusión de electores al Padrón electoral ( Art. 49°) 03 días Impugnación al padrón electoral ( Art. 50°) 03 Días PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL REMISION AL JUEZ DECANO (ART. 51°) Inscripción de Candidatos y Evaluación de Expedientes Art. 54° Subsanación de Carpetas ( Art. 57°) 02 días Publicación de candidatos inscritos Art. 60° Formulación de Tachas contra Candidatos (Art. 61°) 03 días hábiles posteriores a la publicación Traslado de tachas (Art. 62°) 02 días Absolución de Tachas (Art. 62°) 02 días Resolución de Tachas ( Art. 63°) 03 días Apelación de Resolución que resuelve las Tachas ( Art. 64°) 03 días Elevación al Juez Decano ( art.64°) en el día Resolución de Apelaciones ( Art. 64°) 03 días Sorteo de números para postulantes (art. 65°) y publicación de candidatos aptos Publicidad de candidaturas (art. 66,67° y 68°) Elecciones Impugnación de resultados de la elección ( ante la Comisión Electoral el mismo día) Juez Decano resuelve impugnaciones (art. 82°) 03 días Proclamación de resultados (art. 83°)

LA COMISION ELECTORAL Local: J:V La Concordia Mz J L 21( ex A.V. Jaime Yoshiyama) Horario de atención: de lunes a viernes de 06:00 a 10:00 Teléfonos: 952678836,945382260 y 952685037

I.E. Luís Alberto Sánchez

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d públ ica el Perú Re

Corte Superior de Justicia de Tacna RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 843 -2015-P-CSJT-PJ Tacna, Cuatro de Noviembre Del año dos mil quince.VISTO: El Informe N° 040-2015-ODAJUP-CSJT-PJ a través del cual la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de esta Corte Superior, hace llegar a este Despacho la relación de Juzgados de Paz que tienen competencias restringidas en el Distrito Judicial de Tacna; y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- La Justicia de Paz es una institución regulada por la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz y su Reglamento el Decreto Supremo N° 007-2013-JUS, que tiene por objetivo facilitar el acceso a la justicia para aquellas poblaciones o comunidades campesinas o nativas que, por su ubicación geográfica, no pueden acceder al servicio formal de justicia brindado por el Poder Judicial a través de sus diferentes Cortes Superiores, respetando en todos los casos la igualdad de oportunidades y derechos de las personas, así como la inclusión de grupos vulnerables, debiéndole otorgar especial atención a la realidad pluricultural y multilingual de cada región, así como las costumbres y tradiciones de las comunidades campesinas y nativas que la componen; SEGUNDO.- Mediante Resolución Administrativa N° 012-2015-ONAJUP-CE-PJ, la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena aprueba los “Lineamientos para la Determinación de Competencias de los Juzgados de Paz en Materia de Funciones Notariales, Faltas y Violencia Familiar” con la finalidad de implementar las disposiciones contenidas en la Ley de Justicia de Paz en cuanto a la determinación de las competencias materiales de los Jueces de Paz; sobre este aspecto refiere el Art. 3° de los citados Lineamientos que aquellos Juzgados de Paz que estén ubicados en centros poblados donde existe Juzgado de Paz Letrado carecen de competencia en materia de faltas y violencia familiar, de conformidad con lo señalado en el Art. 16° de la Ley de Justicia de Paz; TERCERO.- Dentro de este marco normativo, mediante Of. N° 380-2015-ONAJUP/CE-PJ del 21 de Septiembre del presente año, la ONAJUP remite una propuesta inicial del listado de Juzgados con Competencia Completa y Competencia Restringida para el Distrito Judicial de Tacna, lo que ha sido consensuado con la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz, habiendo evacuado el informe del Visto en uso de las facultades otorgadas por las disposiciones normativas acotadas en los Considerandos precedentes, definiendo la relación de Juzgados de Paz que, por su cercana ubicación al servicio de justicia ordinaria, no reúnen las condiciones y criterios normativos para que puedan conservar la competencia en materia de Faltas y Violencia Familiar a que se contrae el

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Art. 16° de la acotada ley, indicando que aquellos Juzgados que no están comprendidos en dicho listado mantienen sus competencias completas, en tal sentido, con la observancia del espíritu de la Ley de Justicia de Paz y, en aras de brindar una adecuada protección a la seguridad jurídica y al derecho de los particulares, de la colectividad y del Estado, deviene procedente emitir el acto que formalice la relación alcanzada a este Despacho mediante el citado informe; Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- DEFINIR la relación de Juzgados de Paz que tienen competencia restringida en materia de Faltas y Violencia Familiar en el Distrito Judicial de Tacna: - Juzgado de Paz de La Esperanza - Juzgado de Paz de Ciudad Nueva - Juzgado de Paz de Alto de la Alianza - Juzgado de Paz de Augusto B. Leguía - Juzgado de Paz de 28 de Agosto - Juzgado de Paz de Gregorio Albarracín - Juzgado de Paz de Eloy G. Ureta - Juzgado de Paz de Leoncio Prado - Juzgado de Paz de La Natividad - Juzgado de Paz de Asociación 24 de Junio - Juzgado de Paz de Francisco de Paula Gonzalez Vigil - Juzgado de Paz de Francisco Bolognesi - Juzgado de Paz de Pocollay - Juzgado de Paz de Para Chico - Juzgado de Paz de Locumba - Juzgado de Paz de Tarata - Juzgado de Paz de Candarave ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Judicial y en el Diario Oficial “El Peruano” para el conocimiento de toda la colectividad y estricta observancia de los juzgados involucrados. ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR copia de la presente Resolución Administrativa a la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a la Oficina Nacional de Justicia de Paz, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y a los Juzgados involucrados. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Jorge Antonio Armaza Galdos Presidente Corte Superior de Justicia de Tacna

Nro. Expediente 1 2014-02293-9 2 2016-00500-0 3 2016-00499-0 4 2016-00435-0 5 2015-00402-12 6 2014-01365-82

Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Hora Tipo de Audiencia Delito J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 15:30 AUD. COLABORADOR EFICAS- MODULO AALIANZA-PENAL Peculado doloso 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 11:00 OAF Omisión de asistencia familiar 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 08:00 AUDIENCIA DE CONTINUACION DE JO. Omisión de asistencia familiar 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 10:00 AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO. Omisión de asistencia familiar 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 3 JUNI - 2DO PISO 15:00 DR. MACHACA Omisión de asistencia familiar JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 09:00 QUILLAOS - AYCA - MACHACA Violación sexual de menor de edad.

ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Martes 01 de Marzo del 2016.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

PROCESO CAS N° 008-2016 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS – CAS I.- GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria: La Corte Superior de Justicia de Tacna pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para tres (03) presupuestos CAS correspondientes a este Distrito Judicial, conforme se detalla a continuación: Código

Prestación

Dependencia

S/.

Cantidad

00359

APOYO ADMINISTRATIVO EN LAS AREAS DE NOTIFICACIONES

Oficina de Administración Distrital – Tacna

750.00

1

00159

APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE COBRANZA COACTIVA

Oficina de Administración Distrital – Tacna

1,300.00

1

00429

RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA

Oficina de Administración Distrital – Tacna

950.00

1

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Tacna 3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Tacna 4. Base Legal: a. Decreto Legislativo N.° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. b. Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Supremo Nº075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM. c. Directiva N° 008-2012-GG-PJ "Directiva que regula la contratación del personal bajo los alcances del Decreto Legislativo 1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobada mediante Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 5892012-GG-PJ. d. Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 107-2011-SERVIR/PE e. Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios. II.- PERFIL DE LOS PUESTOS 1. APOYO ADMINISTRATIVO EN LAS AREAS DE NOTIFICACIONES - (Código 00359) REQUISITOS Experiencia

Competencias Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios

DETALLE  Experiencia laboral mínima de 01 año en labores de Auxiliar de Oficina o Actividades equivalentes.  Dinamismo y Proactividad  Orden  Sentido de Responsabilidad  Confidencialidad y Fiabilidad  Secundaria Completa (Debidamente Acreditado)  Brevete para conducir motocicleta y/o automóvil

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Cursos y/o estudios de especialización

La República

 Curso en Atención al Público y Trato al Usuario  Curso de ofimática básica

2. APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE COBRANZA COACTIVA - (Código 00159) REQUISITOS Experiencia

DETALLE 

Experiencia de 01 año en puestos similares en entidades de la Administración Pública. Sentido de la Responsabilidad Confidencialidad y Fiabilidad Capacidad para trabajo bajo presión Dinamismo y Proactividad

Competencias

   

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios

 Estudios universitarios en derecho concluidos hasta el octavo ciclo.

Cursos y/o estudios de especialización

 Capacitación en Ejecución Coactiva así como en Derecho Administrativo, Procesal Civil, y Procesal Administrativo  Cursos de ofimática básica.

3. RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA - (Código 00429) REQUISITOS Experiencia

Competencias

DETALLE  Haber laborado como agente de seguridad, particular o para empresas y/o entidades 3 meses mínimo (Debidamente Acreditado)  Trato amable y Cortés  Confidencialidad y fiabilidad  Autocontrol y Cooperación  Sentido de Orden y responsabilidad

Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios

 Secundaria completa (Debidamente Acreditado)

Cursos y/o estudios de especialización

 Cursos de capacitación sobre seguridad y resguardo  Cursos en Primeros Auxilios

V. CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO

CRONOGRAMA

Aprobación de la Convocatoria Publicación del proceso en el Servicio Nacional del Empleo

04 de febrero del 2016 del 04 de febrero al 17 de febrero del 2016 (10 días hábiles)

RESPONSABLE Oficina de Personal Dirección General del Servicio Nacional del Empleo - MTPE

CONVOCATORIA 1

Publicación de la convocatoria en la página web del Poder Judicial.

2

Postulación web

del 18 al 24 de febrero del 2016 (05 días hábiles) del 22 al 24 de febrero del 2016

Oficina de Personal Postulante

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Presentación física de hoja de vida documentada: (solo aquellos postulantes que se inscribieron vía web)

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Oficina de Trámite Documentario y Archivo 25 de febrero de 2016

Calle Inclán s/n esquina con calle Presbítero Andía Mesa de Partes de la Oficina de Administración

Horario: De 08:00 hs a 13:30 hs o de 14:30 hs a 16:00 hs SELECCIÓN

4

Evaluación Curricular – sin puntajes

25 de febrero de 2016

Oficina de Personal

5

Resultados de la Evaluación Curricular – sin puntajes

25 de febrero de 2016

Oficina de Personal

6

Evaluación Curricular – con puntajes

25 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

7

Resultados de la Evaluación Curricular – con puntajes

25 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

8

Evaluación Técnica

26 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

9

Resultados de la Evaluación Técnica

26 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

10

Entrevista Personal

29 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

11

Resultados de la Entrevista Personal

29 de febrero de 2016

Comisión CAS Ad Hoc

12

Resultados Finales – Declaración de Ganadores

29 de febrero de 2016

Oficina de Personal

SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO 13

Suscripción del contrato

01 de marzo de 2016

Oficina de Personal

14

Registro de contrato

01 de marzo de 2016

Oficina de Personal

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