Martes, 21 de julio del 2015
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
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La República MARTES, 21 DE JULIO DEL 2015
EDICTOS EDICTO JUDICIAL Ante El Sexto Juzgado Civil de la Corte de Arequipa, que Despacha la Jueza PATRICIA VALDIVIA FRANCO, especialista Alicia Trujillo Pérez, en el expediente 7221-2014-0-6401-JR-CI-06, sobre proceso de reivindicación, demandante ROBERTO HUARSAYA CALLATA, en contra de JUAN MAQUERA HUAMAN, y otros; la Jueza ha dispuesto notificar vía edictos al demandado Juan Maquera Huamán con la resolución 02, de fecha 24 Octubre 2014, parte resolutiva: RESUELVO: ADMITIR la demanda de Reivindicación y accesoria de Daños y Perjuicios, promovida por Roberto Huarsaya Callata, contra Juan Maquera Huaman, en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, traslado de la demanda por el plazo de TREINTA DIAS para su contestación, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Fdo. Patricia Ruby Valdivia Franco: Juez. Alicia D. Trujillo Pérez: Especialista Legal. (2021-22 julio) B/Nº 031EDICTO En el proceso que sigue GRIMALDINA CAYO SONCCO, en contra de ADEFSAINDA NANCY ACO AGUILAR, Expediente 00153-2015, del Sexto Juzgado Civil de Arequipa, Especialista Dra. Verónica Gutiérrez Hancco, se ha dictado la Resolución Nro. 3, de fecha 15.JUN.2015 , que en su parte decisoria indica: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite, en la Vía del proceso ABREVIADO, la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por Grimaldina Cayo Soncco, en contra de Adefsainda Nancy Aco Aguilar, debiendo notificarse a los colindantes: 1) Victoria Betzabeth Alvarez Amaro; 2) Manuel Gonzalo Alfaro Eguía; 3) Edith Victoria Chuma Coyacoya; y 4) Pedro Mario Mamani Turpo, en consecuencia córrase TRASLADO de la demanda a la demandada, por el plazo de 10 días, téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados. Se dispone la publicación por edictos del extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, ello conforme lo dispuesto en el artículo 506 del Código Adjetivo, la misma que será efectuada por la parte demandante. TÓMESE RAZON Y HAGASE SABER.- AL PRIMER OTROSI: a sus antecedentes. Al SEGUNDO OTROSI: Por variado el domicilio procesal de la demandante a la calle Dean Valdivia 311, Oficina 208, lugar donde se efectuarán las notificaciones de ley. Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, Juez Especializado Sexto Juzgado Civil; Dra. Verónica Gutiérrez Hancco, Especialista. (1621-23 julio) B/Nº 031-32012. EDICTO NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado JAVIER FERNANDO HUALPA LUQUE, identificado con DNI. N° 29672988, y NORMA ARCE ROJAS, identificada con DNI 43388411; peticionado se les declare propietarios por prescripción adquisitiva de dominio del inmueble ubicado en el lote N° 4, Manzana I, Centro Poblado La Colina, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, inscrito en la ficha registral número P06115064 del Registro de Predios de Arequipa, siendo titular registral AUTODEMA, quien ha informado que dicho predio ha sido adjudicado a la persona JUAN FERNANDEZ ZUÑIGA, por lo que los interesados acercarse al despacho notarial ubicado Pedregal Norte Manzana W, lote 22, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (15-21-27 julio) B/Nº 031-31971. EDICTO NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado RICARDO CCAHUANTICO CCAHUANTICO, identificado con DNI. N° 29300668, y ALBERTA YUCRA CAIRA identificada con DNI 29308428; peticionando se les declare propietarios por prescripción adquisitiva de dominio de parte del lote urbano N° 7, de la manzana Ñ del Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, inscrito en la partida registral número P06113680 del Registro de predios de Arequipa, en un área de 213.16 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes:
Por el frente con la calle Socabaya con 7.30 ml.; por el costado derecho entrando con el lote 7 BH con 29.20 ml.; por el costado izquierdo entrando con el lote 08 con 29.20 ml; y por el fondo con el lote 12 con 7.30 ml., por lo que los interesados acercarse al despacho notarial ubicado en Pedregal Norte W-22, Zona I, Majes. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (15-21-27 julio) B/Nº 03131991.
NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO En el Expediente N° 06079-2014-0-0401-JR-CI-04 seguido ante el Cuarto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que despacha el Doctor Justo Andrés Quispe Apaza, con intervención de la Especialista Legal Doctora Regina Victoria Mendoza Marín, sobre Nulidad De Acto Jurídico interpuesta por Carmen Mercedes Dongo Picardo en contra de Janeth Eliana Vizcarra De Moreno y Los Sucesores De Adriana Fortunata Picardo Viuda De Dongo; se ha expedido la resolución dos de fecha dieciséis de setiembre del año dos mil catorce; en la que se ha resuelto: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO interpuesta por CARMEN MERCEDES DONGO PICARDO en contra de JANETH ELIANA VIZCARRA DE MORENO y LOS SUCESORES DE ADRIANA FORTUNATA PICARDO VIUDA DE DONGO, SE DISPONE: Correr TRASLADO por el plazo de treinta días, a la parte demandada, a efecto de que cumpla con apersonarse al proceso y formular su contestación, debiendo para tal efecto presentar un juego de copia de su escrito de subsanación y anexos, respecto de los sucesores de Adriana Fortunata Picardo Viuda de Pongo la notificación deberá realizarse mediante edicto, concediéndoseles el plazo de sesenta días a fin que se apersonen a proceso, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican; a sus antecedentes los anexos acompañados. Se deja constancia que la demandante goza del beneficio de auxilio judicial, concedido en el presente proceso en el cuaderno de auxilio judicial numero 06079-2014-77-0401-JRCI-04. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Fdo. Especialista Legal Dra. Regina Victoria Mendoza Marín.- Arequipa 2015, 13 de Julio. (16-21-23 julio) B/Nº 031-32011. NOTIFICACION POR EDICTOS Se notifica a Etel Rafael Hupiu Molina o a sus herederos que ante esta Notaría se presento Julio Felipe Zevallos Moscoso y Elvira Ana Bernedo Medrano de Zevallos, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del vehículo clase: Station Wagón, marca Peugeot, modelo 405 GL, color gris metálico, número de serie VF34EB2A271369531, número de motor 10CTH21004689, año de fabricación 1995, con placa de rodaje TQ-1916.- Arequipa, 13 de julio del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (17-20-21 julio) B/Nº 031-32047.
REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente Nro. 02221-2014-0-0401-JR-CI-01, que sigue CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA en contra de Hermitaño Cereceda Berrio; el Señor Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Rubén Herrera Atencia, especialista legal Dra. Yuly Elizabeth Marquez Ticona, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 03 de Agosto del 2015 a horas 10:00 am, el cual se llevara a cabo en la Sala de Remates ubicada en el Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, del siguiente bien inmueble de propiedad de Jorge Guillermo Villena Zúñiga; DESCRIPCIÓN: Predio Rústico Denominado “HUATIAPILLA – LA MONTAÑA” signado con la Unidad Catastral N° 10616 del
Distrito de Aplao, Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con una extensión superficial de SEIS HECTÁREAS OHO MIL CIEN METROS CUADRADOS (6.81 HÁS), cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica 04001240 de la Sección Especial de Predios Rurales de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.- VALOR DE TASACIÓN: US$ 146,824.00 dólares de Norteamérica BASE DEL REMATE: US$ 97,882.67 dólares de Norteamérica.- AFECTACIONES: 1.- Asiento D00005: Inscripción de Bloqueo Registral Sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta que se formalice la inscripción de la CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 56,932.00 dólares americanos.- 2.- Asiento 00006: Inscripción de Hipoteca Constituida por el demandado - Ejecutado (El Hipotecante) Hermitaño Cereceda Berrio, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 56,932.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar un préstamo por S/. 100,000.00 nuevos soles otorgado al Hipotecante así como las demás obligaciones que se establecen en la Escritura Pública N° 2690 de fecha 21/11/2009 que da mérito a la presente inscripción.- 3.- Asiento D00007: Ampliación y Modificación de Garantía Hipotecaria Que contiene el asiento 6 del rubro D de esta Partida, por haberlo convenido su propietario demandado – ejecutado Hermitaño Cereceda Berrio y la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, la que quedará constituida hasta por la suma de US $ 95,000.00 dólares americanos, la misma que garantizará el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del crédito otorgado por la suma de S/. 140,000.00 nuevos soles, según consta de la Escritura Pública N° 3497 de fecha 20/09/2011.- Depósito para ser postor: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 14,682.40 (CATORCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 40/100 dólares de Norteamérica) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate.- Juez: Dr. Rubén Herrera Atencia, especialista legal Dra. Yuly Elizabeth Marquez Ticona, Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP N° 315.- Arequipa, 30 de Junio del 2015. YULY MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL. (14-15-16-17-20-21 julio) B/Nº 031-31958. PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente: 3008-2006-0-0401-JR-CI-05 En los seguidos por MARIO NICANOR RIVEROS CORRALES en contra de Eduardo Rey Paredes Cárdenas y Segunda Santos Chávez Pacheco, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, EL QUINTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA a cargo del Señor Juez Dr. Aníbal Celso Maraza Borda y Especialista Legal: Dra. Yovanna Carlos Villán, ha dispuesto a sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en el Pueblo Joven Alto de la Libertad, Manzana 8, lote 5-B, Zona A, Distrito de Cerro Colorado, Arequipa; y cuyos linderos y demás características se hallan inscritas en la ficha Nº P06190768 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII sede Arequipa. Con un VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$8,556.18 (OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 18/100 DÓLARES AMERICANOS), siendo la BASE DE LA POSTURA: US$5,704.12 (CINCO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 12/100 DÓLARES AMERICANOS), que constituye las dos terceras partes del Valor de dicha Tasación. QUIEBRA: Depósito para ser postor: US$855.61 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 61/100 DÓLARES AMERICANOS. GRAVÁMENES INSCRITOS: 1).- Servidumbre constituida por formulario registral de fecha 27/09/2001, características: área 21.89 M2, linderos: Frente Jirón Santa rosa con 1.20 ml; derecha:
lote 5A, con 19.70 ml; Izquierda lote 5B, con 19.85 ml, con el fondo lote 5, con 1.20 ml; Predio sirviente Lote 5B, predio dominante Lote 5, cuota ideal 17.45%. 2).- Hipoteca a favor de EDPYME Nueva Visión hasta por la suma de US$2,431.55. 3).- Medida Cautelar a favor de Mario Nicanor Riveros Corrales hasta por la suma de US$7,500.00 ordenada por el Juez del Quinto Juzgado Civil de Arequipa en el presente proceso y que es materia de ejecución. No se conocen otros gravámenes. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 05 de agosto del año 2015, a horas 2:00 p.m. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito esquina de la Plaza España con Siglo XX s/n Cercado de Arequipa. POSTORES: oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo, en cheque de gerencia o Deposito Judicial del Banco de la Nación y presentarán D.N.I., Arancel judicial respectivo que indicará Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Funcionario responsable del Remate Publico Martillera Nelly Isabel Gutiérrez Quispe Martillero Publico con Registro Nº 106. Adjudicatario cancela Honorarios del Martillero conforme la Ley y están afectos al I.G.V. Arequipa, 13 de julio del 2015. YOVANA CARLOS VILLAN SECRETARIA JUDICIAL (E) QUINTO JUZGADO ESP. EN LO CIVIL . (1617-20-21-22-23 julio) B/Nº 031-32025. PRIMER REMATE JUDICIAL En el Proceso Nro. 03829-2011-0-0410-JP-CI-01 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por Marisol Yovana Palacios Pinto en su calidad de Endosataria en Procuración de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, en contra de FLORES ZUÑIGA JUAN CARLOS y ANCASI GARCIA ROXANA MARISOL; La Jueza del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, señora Felina Gabriela Tala Maquera, y Especialista Legal Dra. Irma Chang Suarez, han autorizado al Martillero Público José María Pinto Vargas, con Registro Nro. 150, para que lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble ubicado en la CALLE PERU NUM 326,328,328-A,328-B TIENDA 227, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas y demás características figuran en la Partida Registral Nro. 01166625 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: S/. 17428.08 BASE DEL REMATE: S/. 11618.72 PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: 10% del valor de tasación, esto es S/. 1742.808 además del arancel judicial correspondiente. AFECTACIONES: 1) Embargo en forma de Inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/. 6000.00 Nuevos Soles, que es materia del presente proceso; no se conocen otros gravámenes. TRANSFERENCIA 1) INSCRIPCION DE COMPRA VENTA a favor de Arturo Carlos Huacasi Alarcon. La diligencia de Primer Remate se llevará a cabo el día CUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS 12:30 PM, en el Frontis del local del Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar, ubicado en la Esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junín S/N, del distrito de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa. Arequipa, 09 de Julio del 2015. IRMA CHANG SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MODULO BASICO DE JUSTICIA DE MNO. MELGAR. (16-17-20-21-22-23 julio) B/Nº 031-32036. PRIMER REMATE En los seguidos por JULIO CESAR ALVAREZ PORTILLA, ENDOSATARIO EN PROCURACION DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, en contra de ZAIDA TEODOLINA CONCHA DE PINTO Y CELSO SELESTINO PINTO RANILLA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente 00165-2010-0-0404-JP-CI-01; el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado – Sede Aplao, Dr. Edson Carlos Cuentas Celis, con intervención del Especialista Legal Dr. Wilbert Cesar Yucra Hallasi, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, para la realización del primer remate del inmueble ubicado en el: CENTRO POBLADO CORIRE MZ. M, Lote 27, DISTRITO DE URACA, PROVINCIA DE CASTILLA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6172501, DE LA ZONA REGIS-
TRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/71,878.89 (Setenta y un mil ochocientos setenta y ocho 89/100 Nuevo Soles); PRECIO BASE: S/47,919.26 (cuarenta y siete mil novecientos diez y nueve con 26/100 Nuevo Soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: hasta por la suma de S/.20,000.00 nuevos soles a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, así consta inscrito en el asiento 00004; 2) MODIFICACIÓN DE EMBARGO a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, así consta inscrito en el asiento 00005, hasta por la suma de S/35,000.00 nuevos soles, afectaciones que se hallan inscritas en la partida Nº PO6172501, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Jueves 06 de agosto del 2015, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en EL LUGAR DE ESPERA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE MODULO BASICO DE JUSTICIA DE APLAO – AREQUIPA, UBICADO EN LA CALLE PROGRESO S/N – APLAO – AREQUIPA; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/7,187.89) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, julio 09. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. WILBERT YUCRA H. ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MODULO BASICO DE JUSTICIA CASTILLA-APLAO. (20-21-22-23-24-27 julio) B/ Nº 031-32085.PRIMER REMATE JUDICIAL – AREQUIPA En el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por EDUARDO CASUSOL PONCE, Endosatario en Procuración de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA en contra de ANGÉLICA PEREYRA CRESPIN; YEFFY LEE ALVAREZ PEREYRA y MARIO FERNANDO ALVAREZ HUAMANI, bajo el Expediente Nº 00141-2009-0-0401-JPCI-02, por orden del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Sede Cerro Colorado, a cargo de la Magistrada Dra. Marien Heydi Quispe Flores; Especialista Legal Dr. Víctor Nelson Patiño Apaza, el suscrito Martillero Público, rematará en primera convocatoria, el inmueble ubicado en el Pueblo Joven Alto de La Libertad, Manzana 20´, Lote 17, Zona C, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Partida N° P06124169 de la Zona Registral N° XII- Sede Arequipa.* VALOR DE TASACION: S/. 56,237.73 (CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 73/100 NUEVOS SOLES). PRECIO BASE: S/. 37,491.82 (TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 82/100 NUEVOS SOLES), que son las dos terceras partes del valor de la tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO N° 00004 - INSCRIPCIÓN DE EMBARGO, se resuelve dictar Medida Cautelar de Embargo en forma de inscripción a favor de Eduardo Casusol Ponce, Endosatario en Procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/. 45,000.00 Nuevos Soles. ASIENTO 00005 - INSCRIPCION DE EMBARGO, se resuelve dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción a favor de Eduardo Casusol Ponce, Endosatario en Procuración de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, sobre los derechos de propiedad de Angélica Pereyra Crespín, hasta por la suma de S/. 2,000.00. * DIA Y HORA DEL PRIMER REMATE: 07 de Agosto del 2015 a las 10:00 AM * LUGAR: Sede del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Cerro Colorado, sito en la Calle Túpac Amaru N° 464**POSTORES: Oblarán
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el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar en el mismo el número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. *COMISION DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del adjudicatario y se cancela a la firma del Acta, de acuerdo a la escala de comisiones determinada en el artículo 18 del DECRETO SUPREMO Nº 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. ***INFORMES: Tel. 01-4412668 / #949063616 / www.martillerocorrea.es.tl Victor N. Patiño Apaza Secretario Judicial (e). 2do Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado. (20-21-22-23-24-30 julio) B/ Nº 031-32087. PRIMER REMATE JUDICIAL En el expediente 03993-2012-0-0401-JR-CI-10, sobre ejecución de garantías que sigue como demandante RUBEN FRANCISCO HUANQUI VIRRUETA en contra de las demandadas ALEJANDRA GRACIELA AL VA OPORTO y CANDY LISET ESCOBAR BERNEDO, siendo terceros acreedores no ejecutantes apersonados al proceso: Juan Emilio Vizcardo Portilla, Los sucesores procesales de Leoni Erick Pantigozo Oporto señores Yan Carlo Pantigozo Choque, Bruno Fabrizio Pantigozo Díaz, Sidney Bryan Pantigozo Abarca y Astrid Shiomerle Pantigozo Abarca; y notificación al Tercero Scotiabank Perú S.A.A. La Señora Juez del Décimo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa Dra. Zoraida Julia Salas Flores con intervención del especialista legal Carla Villanueva Rosas, se ha convocado al PRIMER REMATE del bien inmueble (Departamento 401 + car-port + azotea) ubicado en la MANZANA U, LOTE 6 SECCION 04, URBANIZACION PIEDRA SANTA II, EN EL DISTRITO DE YANAHUARA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, inscrito en la partida registral N° 11047832 del Registro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. El Martiliero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro N° 247, ha señalado la realización del PRIMER REMATE para el día 11 de agosto del 2015 a las 11:00 a.m. (once de la mañana), a realizarse en la Sala de Remates ubicado en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en la calle Siglo XX con Plaza España s/n del distrito, provincia y departamento de Arequipa. TASACIÓN: US$ 123,373.39 (ciento veintitrés mil trescientos setenta y tres con 39/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: US$ 82,248.93 (ochenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho con 93/100 dólares americanos) DEPÓSITO PARA SER POSTOR: El postor depositará antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dineraria equivalente a no menos del 10% del valor de la tasación del bien inmueble a rematar, también presentará la tasa judicial por participación en remate judicial indicando número de expediente y documento nacional de identidad, tratándose de persona jurídica presentará su vigencia de poderes; además copia de los mismos. AFECTACIONES: Asiento D00002 Bloqueo hasta que se inscriba la compraventa a favor de Alejandra Graciela Alva Oporto y la Constitución de Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A. según minuta de fecha 12-12-2006 y oficio notarial de fecha 19-12-2006 Notario Rodríguez Velarde Javier de la Ciudad de Arequipa. Asiento D00003 Hipoteca primera y preferente a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de US$ 40,887.18 dólares americanos, según escritura pública de fecha 26 de febrero del 2007 otorgado ante el Notario Javier Rodríguez Velarde Asiento D00006 Hipoteca a favor de Rubén Francisco Huanqui Virrueta hasta por la suma de US$ 30,000.00 dólares americanos, según escritura pública de fecha 21/07/2011 y la escritura aclaratoria del 28/09/2011, ambas otorgadas ante Notario Begazo Delgado Fernando Denis Asiento D00008 Hipoteca a favor de Juan Emilio Vizcardo Portilla hasta por la suma de US$ 50,000.00 dólares americanos, según escritura pública de fecha 29/02/2012 otorgado ante el Notario Fernández Dávila Barreda Cesar A. Asiento D00009 Ampliación y Modificación de Hipoteca a favor de Juan Emilio Vizcardo Portilla hasta por el monto de US$ 60,000.00 dolares americanos, según escritura pública de fecha 10/05/2012 otorgado ante el Notario Cesar Fernández Dávila Barreda. Asiento D00010 Hipoteca a favor de Leoni Erik Pantigoso Oporto hasta por la suma de S/. 25,000.00 nuevos soles, según escritura pública de fecha 11/08/2012 otorgado ante el Notario César Fernández Dávila Barreda Asiento D00011 Ampliación y Modificación de Hipoteca a favor de Leoni Erik Pantigoso Oporto hasta por la suma de S/. 100,000.00 nuevos soles, según escritura pública de fecha 13/11/2012 otorgado ante el Notario César A. Fernández Dávila Barreda Asiento D00012 Hipoteca a favor de Luis Humberto Fernández Ponce de León hasta por la suma de S/. 60,000.00 nuevos soles, según escritura pública de fecha 22/01/2013 otorgado ante el Notario César A Fernández Dávila Barreda El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero Público conforme al artículo 18 del D.S. 008-2005JUS, Ley 27728 y están afectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V.). El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
con registro número 247. Celular: 992014422, 957870365. Arequipa, 16 de julio del 2015. CARLA VILLANUEVA ROSAS ESPECIALISTA LEGAL DECIMO JUZGADO CIVIL . (20-21-22-23-24-30 julio) B/ Nº 031-32101 SEGUNDO REMATE PÚBLICO En el Expediente Nº 03131-2013-0-0401-JR-CI-10 sobre Ejecución de Garantía seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ contra ALIMENTOS TALU S.A.C., ALDO CAFFERATA CHANG y TATIANA ELVA PAREDES CASAPIA, con notificación de SONIA ELIZABETH SANCHEZ GONZÁLES, y pedido de notificación a SUNAT, la señora Jueza del Décimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr. Zoraida Julia Salas Flores, con intervención del Especialista Legal Víctor José Tapia Málaga, ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PÚBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE signado registralmente como Pueblo Joven Alto de la Libertad avenida Puno Nº 803, Mz 6, lote 6, zona B, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral Nº P06016457 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. TASACION: US$ 216,250.12 (Doscientos dieciséis mil doscientos cincuenta y 12/100 Dólares) BASE SEGUNDO REMATE: US$ 122,541.72. (Ciento veintidós mil quinientos cuarenta y uno con 72/100 Dólares), hecha la deducción del 15% de Ley con respecto a la primera convocatoria. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$ 216,250.12 que es materia del presente proceso. 2) Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 100,000.00, en el expediente Nº 20133069 seguido ante el Octavo Juzgado Civil de Arequipa. No se conoce otro gravamen, 3) Embargo en forma de inscripción a favor de la SUNAT hasta por la suma de S/. 32,706.00, 6 dispuesto mediante Resolución Coactiva No. 0530070792785 emitida por SUNAT Arequipa, Ejecutora Coactiva Mónica Holgado Yabar. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Sala de Remates de la Sede Central la que está ubicada en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la calle Siglo XX con la Plaza España s/n, Cercado - Arequipa, el día 27 de julio del 2015 a horas 08:30 a.m. y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con registro Nº 65. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$ 21,625.01 (Art. 735 del C. P. C.); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario. Arequipa, 2015 julio 15. Especialista Legal: Dr. Víctor José Tapia Málaga. Martillero Público: Sr. José Carlos E. Chirinos Escobedo (Telfs. 959600795 – 958747379). Arequipa, 15 de julio 2015. (17-20-21 julio) B/Nº 031-32061.
RECTIFICACIONES RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, don Rafael Linares Arenas, hijo de la titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Marcelina Arenas Neyra, registrada en el Libro 13, foja 145, N° 319 del Archivo de la Parroquia San Miguel Arcángel (Cayma) - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su nombre aparece como “Marcelina”. Pide que se haga la siguiente rectificación: “Se suprima el nombre de ‘Marcelina’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Celinda’. Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como CELINDA ARENAS NEYRA”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.” Arequipa, 16 de julio del 2015.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial -Arzobispado de Arequipa. (20-21-22 julio) B/Nº 031-32068. RECTIFICACIÓN DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD En el Exp. 1602 - 2015, seguido ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, que despacha la Jueza Jackeine Romero Orcon, Especialista Dr. Wilber Cahuana Mamani, el señor Jesús Hancco Curse solicita la ratificación de Documento Nacional de Identidad en lo que respecta el estado civil, correspondiendo a consignar en este rubro como soltero. Arequipa, 16 de julio del 2015. WILBERT CAHUANA MAMANI SECRETARIO JUIDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO. (20-21-22 julio) B/Nº 031-32076. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Luz Mary Calderón
Rondón, hija de la titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Donaciana Esmerita Rondón Lazo, registrada en el Libro 30, foja 169, N° 264 del Archivo de la Parroquia Inmaculada Concepción (Moliendo) Arquidiocesis de Arequipa, en la que su segundo nombre aparece como “Esmerita”; su padre aparece como ‘Manuel Rondón’. Pide que se haga las siguientes rectificaciones^ “Su segundo nombre es ‘Esmerita’ (con tilde). Su padre es ‘Manuel Rondón’ (con tilde). Debiendo la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como DONACIANA ESMERITA RONDÓN LAZO”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 20 de julio del 2015.-Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (2122-23 julio) B/Nº 031- 32115. AVISO En esta Vicaria Judicial se ha presentado Deysi Pilar Díaz Huanca quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San José (La Joya) - Arquidiocesis de Arequipa y afirma que nació en La Joya -Arequipa el diez de setiembre mil novecientos ochenta y seis; hija de don Julián Díaz Atamari y de doña Valentina Huanca Mamani, y que fue bautizada en la Capilla Inmaculada Concepción (San Isidro - La Joya) -Arequipa el ocho de diciembre de mil novecientos ochenta y siete; siendo sus padrinos don Juan Huaracha Pacara y doña Dionicia Narrea Umiyauri. Arequipa, 20 de julio del 2015. DR. WALTER ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (21-22-23 JULIO) B/Nº 031-32114. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado don Rodolfo Ernesto Eusebio Rojas Bejarano, hijo del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Manuel Ernesto Rojas Diaz, registrada en el Libro 153, foja 492 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario -Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘primero de enero último’; su segundo nombre aparece como “Ernesto”. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el ‘01 de enero de 1933’. Su segundo nombre es ‘Evaristo’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como MANUEL EVARISTO ROJAS DÍAZ”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.Arequipa, 20 de julio del 2015.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (21-22-23 julio) B/Nº 03132112. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Benita Lorenza Añazco de Bobadilla quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Jaime Bernardo Quiroz Vilca en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de Fátima (Hunter) Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veintitrés de enero de mil novecientos setenta y cuatro; hijo de don Bernardo Filiberto Quispe Mamani y de doña Zenobia Vilca Mamani, y que fue bautizado en la Capilla Nuestra Señora de Fátima (Hunter) - Arequipa veintitrés de enero de mil novecientos setenta y seis; siendo sus padrinos don Martín Bobadilla y doña Benita Añazco. Arequipa, 20 de julio del 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (21-22-23 julio) B/Nº 031-32111.
SUCESIONES SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI HUGO JULIO CABALLERO LAURA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, SITO EN CALLE SAN JOSÉ 330 CERCADO, SE PRESENTÓ: CARMEN LUCIA SANCHEZ DE PACHECO; SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE JULIO NEMECIO PACHECO BERNAOLA, FALLECIDO 15-04-2014, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN EL DISTRITO DE MARIANO MELGAR - AREQUIPA; LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY; PRESÉNTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 02 JULIO 2015. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (21 julio) B/ Nº 031-32084. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA ARGENTINA 205, URBANIZACION 15 DE ENERO, PAUCARPATA, SE HA PRESENTADO DOÑA MARIA NIEVES GUILLEN CHAVEZ, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON VICTOR GUILLEN INFANTES, FALLECIDO EL DIA 20 DE SETIEMBRE DEL 2014, Y QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE AREQUIPA. SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 08 DE JULIO DEL 2015. JAVIER ANGULO SUAREZ NOTARIO. (21 julio) B/Nº 031-32106. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENI-
Martes, 21 de julio del 2015
DA ARGENTINA 205, URBANIZACION 15 DE ENERO, PAUCARPATA, SE HA PRESENTADO DOÑA MARIA NIEVES GUILLEN CHAVEZ, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DOÑA JUSTA CHAVEZ BANDA, FALLECIDA EL DIA 17 DE JUNIO DEL 2013, Y QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE AREQUIPA. SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 08 DE JULIO DEL 2015. JAVIER ANGULO SUAREZ NOTARIO. (21 julio) B/Nº 031-32101. SUCESION INTESTADA A MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN LA CALLE JERUSALEN N° 124, OFICINA 1 Y 2, CERCADO, SE PRESENTO: RUMALDINA CONCEPCION GONZALES DE ORIHUELA, SOLICITANDO LA DE: RAYMUNDO ORIHUELA MELO, FALLECIDO EL 26 DE JUNIO DEL 2015, EN AREQUIPA, SIENDO ESTA CIUDAD DONDE TUVO SU ULTIMO DOMICILIO SEGÚN REFIERE LA SOLICITANTE, PARA QUE SE LE DECLARE HEREDERA, CONJUNTAMENTE CON: LUDWIN HAROLD ORIHUELA ESTRADA, JOSE GUILLERMO y CARLOS ENRIQUE ORIHUELA GONZALES. LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 17 DE JULIO DEL 2015. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (21 julio) B/Nº 031-32110. SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO NOTARIAL DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO JOSE ANTONIO CONTRERAS MENDOZA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE ZACARIAS CONTRERAS FELIX FALLECIDO EL 05 DE JULIO DEL 2015, QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN HUANCARQUI, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 16 DE JULIO DEL 2015. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (21 julio) B/Nº 031-32109. SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO NOTARIAL DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO ELIZABETH VERONICA YAÑEZ ZUNIGA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE ELSA DEVORA ZUNIGA MARTINEZ FALLECIDA EL 06 DE ABRIL DEL 2008, TENIENDO SU ULTIMO DOMICILIO EN HUANCARQUI, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 16 DE JULIO DEL 2015. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (21 julio) B/Nº 031-32109.
PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE EL OFICIO NOTARIAL DEL DR. CARLOS E. GÓMEZ DE LA TORRE RIVERA SITO EN LA CALLE TORIBIO PACHECO N° 403, VALLECITO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA L. LUISA TICONA DE PEREZ, QUIEN SOLICITA PARA SI Y PARA MAYOLA FELICITAS PEREZ DE BARRIOS, BERTY JESUS PEREZ TICONA, MARTHA SOLEDAD PEREZ TICONA, Y WILDER ROBERTO PEREZ TICONA LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE N° 11 DE LA MANZANA G DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA DE TRABAJADORES FERROVIARIOS “JUAN EL BUENO” LTDA. 353, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA FICHA N° 2663 QUE CONTINUA EN LA PARTIDA N° 01169199 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA, EL MISMO QUE TIENE UN AREA: 204.82 M2. (DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS) DENTRO DE LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE, CON CALLE N° 03 EN LINEA RECTA DE 11.00 M.; POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO: CON EL LOTE 12 EN LINEA RECTA DE 20.00 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: CON CALLE N° 4 EN LINEA RECTA DE 20.25 M., Y, POR EL FONDO: CON EL LOTE N° 10 EN LINEA RECTA DE 8.53 M.; TODO ENCERRADO EN UN PERÍMETRO DE 59.78 ML. NOTIFICACIÓN AL TITULAR REGISTRAL: IGUALMENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR AL TITULAR REGISTRAL COOPERATIVA DE VIVIENDA DE TRABAJADORES FERROVIARIOS “JUAN EL BUENO” LTDA. 353, LO QUE SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO LO HAGAN VALER CON ARREGLO LEY.- AREQUIPA, 04 DE JUNIO DEL 2015. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE R. ABOGADO-NOTARIO PUBLICO. (15-21-27 julio) B/Nº 031-31992. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD DE LUZ MARINA CHALCO SULLA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL DE PREDIO URBANO UBICADO EN MANZANA E LOTE 14 DE LA ASOCIACIÓN PROVIVIENDA DE INTERES SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL IPSS LAS GARDENIAS EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO DE PREDIOS EN LA PARTIDA REGISTRAL P06143485 EL MISMO QUE
TIENE UN AREA DE 194.48 METROS CUADRADOS CUYOS LINDEROS SON: POR EL FRENTE CALLE 08 CON 11.00 ML.; POR LA DERECHA LOTES 12 Y 13 CON 17.68 ML.; POR LA IZQUIERDA LOTE 15 CON 17.68 ML.; POR EL FONDO LOTE 10 CON 11.00 ML. SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES MARIO YABAR BARRA Y MARIA JULIA MIRIAN AIZCORBE CRUZ LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA 2015 MARZO 19. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT. 036. (15-21-27 julio) B/Nº 031-31988. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO N° 424, DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, AREQUIPA, SE PRESENTA CARLOS QUINTO MESTA URIARTE Y FLOR ERIBERTA VALDERRAMA DIAZ SOLICITANDO, LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LOTE 2, MANZANA C2, DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, DEPARTAMENTO AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA P06215368 DEL REGISTRO DE PREDIOS, CON UN ÁREA DE 380.80 M2 (TRESCIENTOS OCHENTA PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS), DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: FRENTE: CALLE ALBERTO BRICEÑO CON 15.04 ML; COSTADO DERECHO ENTRANDO: LOTE 1 CON 15.17 ML Y 12.01 ML. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: LOTE 3 CON 24.32 ML; FONDO: LOTE 11 Y 12 CON 14.21 Y 0.35 ML, LO QUE HAGO SABER PARA FINES DE LEY. MOLLENDO, JULIO 10 DE 2015. ROBERTO DELGADO VALDIVIA ABOGADO NOTARIO. (15-21-27 julio) B/ Nº 031-31980. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se ha presentado don Renee Jorge Valle Huanaco, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en Asentamiento Poblacional Asociación de Granjeros y Pequeños Industriales Santo Domingo San Bernardo manzana W, lote 1 del distrito de Chiguata, provincia y departamento de Arequipa, el mismos que tiene un área de 1 728,34 m2 (UN MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente con la calle número 15, con 46,00 metros; por el costado derecho, entrando, con el lote 4, (Area Reservada) manzana X, con 26,50 metros; por el costado izquierdo, entrando, con el lote 2, con 47,97 metros; por el fondo, con Comunidad Campesina de Chiguata, con 51,06 metros; El lote se encuentra inscrito en la partida P06156128 del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 9 de julio del 2015. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (15-21-27 julio) B/Nº 031-31963. SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS Ante mi Oficio Notarial sito en calle Arica Nº 152, Mollendo, Islay, Arequipa, los esposos: VÍCTOR HUGO CABALLERO HIDALGO y FRANCISCA DE LA CRUZ RIVERA ZEGARRA DE CABALLERO, solicitan el SANEAMIENTO DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS del LOTE 2 DE LA MANZANA “C”, ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA MAGISTERIAL VILLA HERMOSA, de ésta ciudad, inscrito en la Partida 01113149 del Registro de Predios de Arequipa, con un área inscrita de 234.71 m2, cuyos colindantes y medidas perimétricas discrepan de los reales; siendo los exactos y correctos: área 217.68 m2, colinda por el FRENTE, Calle 02, línea recta de 9.58 ml; lado DERECHO entrando, Lote 03, línea quebrada de tres tramos de 11.50 ml, 1.05 ml y 13.01 ml; lado IZQUIERDO entrando, Lote 01, línea recta de 24.50 ml; FONDO, Lote ll, línea recta de 8.01 ml. Y los esposos: VICTOR MANUEL PAREDES GARCIA y GENNY FRANCISCA VILLAVICENCIO FLORES DE PAREDES lo solicitan del LOTE 3 DE LA MANZANA “C”, de la citada ASOCIACIÓN, inscrito en la Partida número: 01113195 del Registro de Predios de Arequipa, con un área inscrita de 234.71 m2, cuyos colindantes y medidas perimétricas discrepan de los reales; siendo los exactos y correctos: área 251.74 m2, colinda por el FRENTE, Calle 02, línea recta de 9.58 ml; lado DERECHO entrando, Lote 04, línea recta de 24.50 ml; lado IZQUIERDO entrando, Lote 02, línea quebrada de tres tramos de 11.50 ml, 1.05 ml y 13.01 ml; FONDO, Lotes l0 y 11, línea recta de 11.16 ml, cuya colindancia se sub-divide con Lote 10 en 9.59 ml y Lote 11 en 1.57 ml.- Lo que se comunica a los interesados para los fines de Ley.- Mollendo, 2015 julio 03. ALEJANDRO PAREDES ALI Abogado-Notario Público Arica No. 152 Mollendo-Islay. (15-21-27 julio) B/Nº 031-31976. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMON BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ANTONY GUSTAVO TOHALINO MEZA, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN PUEBLO TRADICIONAL ZAMACO-
Martes, 21 de julio del 2015
LA, MZ. R, LOTE 6, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO AREQUIPA; INSCRITO EN LA MATRIZ - PARTIDA No. P06094721 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 52.27 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE URUBAMBA CON 4.00 ML, POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO CON LOTE 6 DE PROPIEDAD DE ALBERTO TOHALINO CARDENAS Y RONALD AUGUSTO TOHALINO MANRIQUE CON 11.90 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO CON LOTE 6 DE PROPIEDAD DE MARIO TOHALINO CARDENAS CON 11.90 ML; Y POR EL FONDO CON EL LOTE 6 DE PROPIEDAD DE ALBERTO TOHALINO CARDENAS CON 4.80 ML. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PE AREQUIPA, 06 DE JULIO DEL 2015. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (09-15-21 julio) B/Nº 031-31882. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por SILVIA MARIA BASTERES MARTINEZ y ALEX EDUARDO APAZA CHOQUEHUAYTA, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del LOTE 8 Manzana “C” “Cortaderas” (ahora denominado urbanización “Cielo azul” antes Francisco Bolognesi-calle Amazonas) distrito Cayma, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 119.86 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Pasaje 1, 7.14 metros. Derecha: Lote 7, 16.69 metros. Izquierda: propiedad de Asociación de Interés Social Deán Valdivia, 16.72 metros. Fondo: Lote 1, 7.21 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2015 JUNIO 30. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO. (09-15-21 julio) B/Nº 031-31880. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ALVINA MERY MARTINEZ CJUNO, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del LOTE 7 Manzana “C”, “Cortaderas” ahora denominada urbanización “Cielo azul” anteriormente urbanización Francisco Bolognesi C-4, calle Amazonas 500) distrito Cayma, provincia, departamento Arequipa. ÁREA: 121.58 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Pasaje 1, 7.35 metros. Derecha: Lote 4, 16.49 metros. Izquierda: Lote 8, 16.69 metros. Fondo: Lote 1 y 2, 7.31 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. Arequipa, 2015 junio 30. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (09-15-21 julio) B/Nº 031-31880. RECTIFICACION DE AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY N° 27333, INCISO 13.1, APARTADO B, ANTE MI CESAR AUGUSTO FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE MELGAR 214, SE PRESENTARON: MARIA TERESA PEDRAGLIO HARMSEN, EN CALIDAD DE APODERADA DE DOÑA ROSA ELVIRA PEDRAGLIO HARMSEN Y DOÑA HIPOLITA SABINA MUÑOZ JAIME DE MUÑOZ, SOLICITANDO LA DETERMINACION DE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS Y RECTIFICACION DE AREA DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SANTO DOMINGO NROS. 102, 104, 106 Y 108 DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 01127840 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE AREQUIPA, DEBIENDO FIGUAR DE LA SIGUIENTE MANERA: FRENTE: CALLE SANTO DOMINGO (ANTES CASA DE JAIME ORTIZ DE LA PUENTE Y FLORENCIO LUNA CALDERÓN, ANTES JOSÉ DOMINGO MONTESINOS, CALLE POR MEDIO), LÍNEA RECTA 19.40 M.; COSTADO DERECHO ENTRANDO: PROPIEDAD DE JOSÉ ALONSO PORTUGAL RICKETTS (ANTES CASA DE LOS SEÑORES GARCÍA CALDERÓN - PORTUGAL Y BEEK - PORTUGAL, ANTES DEL DR. JOSÉ A. PORTUGAL), LÍNEA RECTA 17.77 M. -COSTADO IZQUIERDO, PROPIEDAD DE RAQUEL HERMILIA DEL SOCORRO CONCHA VALDIVIA (ANTES CASA DE MANUEL J. BUSTAMANTE DE LA FUENTES, ANTES DE ANGELA B. VDA. DE HOLGUÍN), LÍNEA RECTA 17.90 M. - NUMERACIÓN MUNICIPAL 112; Y, FONDO: PROPIEDAD DE ISABEL CORRALES NIEVES (ANTES PROPIEDAD DE CREDICOOP, ANTES CASA DE LOS SEÑORES GARCÍA CALDERÓN - PORTUGAL Y BEEK -PORTUGAL ANTES DEL DR. JOSÉ A. PORTUGAL), LÍNEA RECTA 18.00 M. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA 06-07-2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (09-15-21 julio) B/Nº 031-31864. “PRESCRIPCION ADQUISITIVA” A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por JUANA GALLEGOS NEYRA DE BERRIOS, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en Cooperativa de Vivienda Popular “Manuel Prado Nº 58” SUB LOTE 8-B, (calle Danubio Nº 129) que forma parte
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
del Lote 8, Manzana “H” distrito José Luis Bustamante y Rivero, provincia, departamento Arequipa AREA: 86.46 METROS CUADRADOS LINDEROS MEDIDAS PERIMETRICAS : Frente calle Danubio, 5.60 metros . Derecha : Lote 8, 11.00, 1.33, 3.57 metros. Izquierda: Lote 7 14.80 metros . Fondo: Lote 8-A, 6.96 metros. Lo que se pone en conocimiento publico para los fines de Ley. Arequipa 2015 julio 07. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (09-15-21 julio) B/Nº 031-31880. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, MARIA ELENA SARA HUANCA MAMANI, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE EN ASOCIACIÓN JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, SECTOR V, LOTE 04, SUPERMANZANA 08, MANZANA “A”, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. ÁREA: 199.60 METROS CUADRADOS. COLINDANTES: FRENTE: CON CALLE F-49, CON 9.94 ML- DERECHA: CON LOTE 03, CON 20.11 ML- IZQUIERDA: CON LOTE 05, CON 20.05 ML.- FONDO: CON LOTE 15, CON 09.94 ML. INSCRIPCIÓN. PARTIDA 01148669 REGISTRO DE PREDIOS A NOMBRE DE FREDY ALONSO LAZO SOSA, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 06 DE JULIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (0915-21 julio) B/Nº 031-31861. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL SE HA PRESENTADO, FRIDA SABINA VELASQUEZ CHAMBI, SOLICITANDO LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO EN PUEBLO JOVENMIGUEL GRAU MANZANA 50 LOTE 05, ZONA B, DISTRITO DE PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. AREA: 160.45 M2. COLINDANTES: FRENTE: CON CALLE 11, CON 08.00 ML (AV. EL SOL), COSTADO DERECHO: CON LOTE 04, CON 20.00 ML, COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 06, CON 20.00 ML, FONDO: CON LOTE 18, CON 08.50 ML. INSCRIPCION: PARTIDA P06028040 REGISTRO DE DE LOS REGISTROS PUBLICOS, ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA, A NOMBRE DE MARIO PANTALEON CUPE CALCINA, LO QUE SE COMUNICA CONFORME A LA LEY 27333. AREQUIPA, 06 DE JULIO DEL 2015. JAIME LIMA HERCILLA. NOTARIO PÚBLICO. ASOC. VILLA AVIACION G-9, CIUDAD MUNICIPAL, YURA, AREQUIPA.- (0915-21 julio) B/Nº 031-31861. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ANTE MI OFICIO NOTARIAL, SITO EN LA AV. FERROCARRIL 300-A, TINGO –HUNTER, AREQUIPA: LOS SEÑORES JUAN FRANCISCO VELASQUEZ COJOMA Y GERTRUDES CCAPATINTA PILARES; SOLICITAN LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LOS ARRAYANES S/N , COMPRENSIÓN DEL DISTRITO DE SACHACA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, EL CUAL TIENE UN AREA DE 1,198.76 M2 (MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS) Y TIENE UN PERIMETRO DE 204.25 ML. (DOSCIENTOS CUATRO PUNTO VEINTICINCO METROS LINEALES. EL MENCIONADO INMUEBLE NO SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII – SEDE AREQUIPA, CONFORME AL CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL Nº 2014-361038, DE FECHA 19 DE MARZO DE 2015. LO QUE SE COMUNICA A FIN QUE QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHOS, LOS HAGAN VALER CONFORME A LEY. AREQUIPA, 2015 JULIO 6. MIGUE ANGEL LINARES RIVEROS NOTARIO DE AREQUIPA. (09-15-21 julio) B/Nº 03131859. INEFICACIA TITULO VALOR En el proceso Nro.07182-2015-0-0401-JP-CI-01 que sigue Christian Andrés Arriaga Riveros contra SKC Maquinarias S.A.C y Banco de Crédito del Perú, ante Juez de Paz Letrado del Primer Juzgado Yanahuara, especialista Nelvar Homero Núñez Tejada, solicita ineficacia del título valor por haber extraviado el cheque Nro. 00003579, correspondiendo al actor a cargo del Banco de Crédito del Perú, solicitando deje sin efecto, sin validez y carezca de efectos de cobro. Arequipa 10 de junio del 2015. NELVAR HOMERO NUÑEZ TEJADA ESPECIALISTA LEGAL. (16-17-20-21-22 julio) B/Nº 031-32005.
EDICTOS PENALES EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 20134968-54 (IMPUTADO) HERME CHOQUE TURPO, DELITO FALSEDAD IDEOLÓGICA Y OTRO, AGRAVIADO EL ESTADO Y OTRO, DILIGENCIA 03-09-2015, 8:00 A.M., SALA 9, DECLARAR AUSENTE Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL ; SECRETARIO: LAZARTE. (16-17-20 JULIO)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 2014-1311-40 (IMPUTADO) BENEDICTO PEÑA CHUI, DELITO FINANCIAMIENTO POR MEDIO DE INFORMACION FRAUDULENTA, AGRAVIADO CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUIPA , DILIGENCIA 0309-2015, 8:30 A.M., SALA 6, DECLARAR CONTUMAZ Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL; SECRETARIO: LAZARTE. (16-17-20 JULIO)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 2014-1311-40 (IMPUTADO) BENEDICTO PEÑA CHUI, DELITO FINANCIAMIENTO POR MEDIO DE INFORMACION FRAUDULENTA , AGRAVIADO CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO AREQUIPA , DILIGENCIA 03-092015, 8:30 A.M., SALA 6, DECLARAR CONTUMAZ Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL ; SECRETARIO: LAZARTE. (16-17-20 JULIO)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 2014-2646-20 FRANCISICO EUSEBIO PEÑA ANGULO, DELITO FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, AGRAVIADO CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUUIPA, DILIGENCIA 14/08/2015, 8:00, SALA 4, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; SECRETARIO: RETAMOSO. (16-17-20 JULIO)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLA Y, CITA Y EMPLAZA A LOS SIGUIENTES PROCESADOS PARA QUE SE PONGAN A DERECHO Y DEFIENDAN DE LOS CARGOS FORMULADOS EN SU CONTRA EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE MEDIANTE: EXP. 2013233-93 EDGARDO ACEVEDO SALINAS PARA JUICIO ORAL, DELITO PELIGRO COMUN, AGRAVIADO LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 12 AGOSTO 2015, 10:00, SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO, EN CASO DE INCONCURRENCIA DE DECLARARSE AUSETNTE P CONTUMAZ Y DISPSONERSE SU CAPTURA; SECRETARIO: SANCHEZ. (16-17-20 JULIO)
NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp. N° 00516-2010-32-0409-JR-PE-01 seguido por el Ministerio Público en contra de CARLOTA AAAANCIA CONTRERAS HUAMANÍ y OTROS, por el delito de Atentado contra los Monumentos Arqueológicos. Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí, Juez Dra. Verónica Huaycho Anco, se ha dispuesto notificar por edicto a los acusados: CLEMENTE LUCIO NEGRÓN ALFONSO, IGNACIA RIVAS GUARDIA DE ATOCSA, FÉLIX DE LA CADENA SUPANTA, SINIA CANALES AGUILAR, EMERSON GUTIÉRREZ VALENCIA, LOURDES AIDE CANALES AGUILAR, KAREN MELYNA MENDOZA RAFAEL, LETICIA CRISTINA RAFAEL LÓPEZ, CRISTINA LEONOR MENDOZA RAFAEL Y SANTOSA VALENCIA CONDORCUYA, con el Acta de Audiencia de fecha 30 de junio de 2015; que dispone la REPROGRAMACIÓN de la presente audiencia para el día 07 DE AGOSTO A LAS 11:00 HORAS, quedando el Ministerio Público y la Defensa de los acusados notificados con tal fin, para dicha audiencia se deberá cursar oficio a la Dirección Distrital de la Defensorio Pública del Ministerio de Justicia para la asignación de un defensor. Especialista Legal: Anabel Bianca Mamani Machaca V.3 días. Acarí, 30 de junio de 2015.- (16-17-20 JULIO) NOTIFICACION POR EDICTO En el Exp, N° 00596-2010-4-0409-JR-PE-01, seguido en contra de Carlos Martín Bazo Carrillo y Otros, por el delito de Usurpación Agravada y Otros. Se sigue en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acarí, Juez Dra. Verónica Huaycho Anco, se ha dispuesto notificar por edicto a los acusados: PAUCAR ANGULO CRISTIAN ANDRES, HINOSTROZA CONDORI VICTOR PAUL, BAZO CARRILLO CARLOS MARTIN, FRANCO FLORES CRISTIAN EZEQUIEL, CANALES FLORES JUAN JOSÉ, MOLINA MERMA ANGEL ULISES, SARAVIA QUIJANDRIA JOSE LUIS, CHECCLLO CCALLALLI QLIDER APARICIO, VILCHEZ HUAMAN JIMMY JOEL, CENTENO CRUZ NOE Y SALGADO MONZON JESÚS, con el Acta de Audiencia de fecha 30 de junio de 2015, que DISPONE la REPROGRAMACIÓN para el 07 DE AGOSTO A LAS 10:00 HORAS, quedando todos los asistentes notificados con tal fin, se dispone la notificación con CARÁCTER DE URGENTE la notificación de los acusados inasistentes, en los domicilios obrantes en autos, además de la notificación por EDICTOS. Especialista Legal: Anabel Bianca Mamani Machaca V.3 días. Acarí, 30 de junio de 2015.- (16-17-20 JULIO)
Por medio de la presente, el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, en el proceso Nro 2014-01706-0-0410-JP-PE-02, por resolución 012015, de fecha 20 de marzo del 2015, ha RESUELTO: Abrir proceso por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de Hurto Simple, en contra de JAIME HUAMANTUMA AGRAMONTE en agravio de PEDRO HENRY ASCUE PACSI. Faltas previstas y sancionadas en el primer párrafo del articulo 444 del Código Penal. Díctese mandato de COMPARECENCIA en contra del procesado. En consecuencia, de conformidad con el artículo 483 del Código Procesal Penal se programa fecha para la realización del Juicio Oral para el día veintiuno de julio del año dos mil quince a las diez horas con treinta minutos, la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Av. Simón Bolívar con Junín). Audiencia a la que deberán concurrir ambas partes, bajo los apercibimientos señalados en el considerando octavo. Audiencia en la cual, ambas partes deberán presentar y actuar por única vez todos los medios probatorios que pretendan hacer valer para el esclarecimiento de la imputación. Asimismo, las partes deberán identificarse con su respectivo Documento Nacional de Identidad y asistir con sus respectivos Abogados quienes deberán concurrir preparados para sustentar sus alegatos oralmente. Tómese razón y hágase saber- Mariano Melgar, 01 de Junio del 2015. (1617-20 JULIO)
En el proceso N° 4674-2014, seguido por el MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en contra de WILBER JESUS CHACALLA HUAMAN, en agravio de UBALDINA HUGA AYMA PANIBRA, tramitado ante el Tercer Juzgado de Familia, que despacha la Jueza Julia Montesinos y Montesinos, ha dictado la siguiente resolución (parte pertinente): RESOLUCION K° 5: Notifíquese al demandado mediante edictos, por el plazo de veinticinco días, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo publicarse los edictos en el diario La República y en la tablilla del Juzgado. - Firma Juez Julia Montesinos y Montesinos, Esp. Legal Pamela Zambrano Acuña.- Arequipa, 13 DE JULIO del 2015. (16-17-20 JULIO)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA!) E/HUNTER, JUEZ BAILON, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-376-63 (Imputado)/TOXANA BEDREGAL /CABANA, delito COMERCIALIZACION 0 TRAFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 07-08-2015 9:00 Sala do Audiencia del Juzgado Secretario: Palma. (16-17-20 JULIO) Expediente: 840-2015. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado- ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al AGRAVIADO ABRAHAM PUMA GUTIERREZ con la resolución No.01. Parte resolutiva. III. PARTE RE SOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: poner en conocimiento del agraviado ABRAHAM PUMA GUTIERREZ para que cumpla dentro del plazo de treinta dias de notificado cumpla con presentar su querella particular, bajo apercibimiento de archivarse el proceso. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. (17-20-21 julio) Expediente: 2014-7850 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado IGOR RONDER ERNESTO NEYRA CASTRO con la resolución No. 03. Parte resolutiva III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de IGOR RONDER ERNESTO NEYRA CASTRO; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE MALTRATO DE OBRA, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y dos del Código Penal, en agravio de ROSARIO OLAECHEA POLANCO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada IGOR RONDER ERNESTO NEYRA CASTRO. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DIEZ DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz LetradoTurno B, ubicado en la calle Túpac Amaru 464 del Distrito de Cerro Colorado de Arequipa - Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada IGOR RONDER ERNESTO NEYRA CASTRO, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su com-
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parecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ROSARIO OLAECHEA POLANCO, deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Debiéndose notificar a la parte imputada mediante Edicto. Tómese Razón y Hágase Saber. Ello en el proceso numero 7850-2014 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de ROSARIO OLAECHEA POLANCO contra del imputado IGOR RONDER ERNESTO NEYRA CASTRO. Arequipa, 10 DE JUNIO DEL 2015. (17-20-21 julio) Expediente: 2014-6863 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado PORFIRIO HUAYLLA CCAMA con la resolución No. 04. Parte resolutiva. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de PORFIRIO HUAYLLA CCAMA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de GRACIELA BAEZ PUMA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada PORFIRIO HUAYLLA CCAMA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el PRIMERO DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE A LAS ONCE HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno B, ubicado en la calle Túpac Amaru Nro. 464 Casa de la Justicia Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada PORFIRIO HUAYLLA CCAMA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular GRACIELA BAEZ PUMA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Debiéndose notificar a la parte imputada mediante Edicto. Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso numero 6863-2014 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de GRACIELA BAEZ PUMA contra del imputado PORFIRIO HUAYLLA CCAMA. Arequipa, 03 DE JUNIO DEL 2015. (17-20-21 julio) Por ante el Juzgado Primer juzgado Mixto del Módulo Básico de justicia de Paucarpata, que despacha el doctor JORGE LUIS FLORES PÑINTO con Intervención del Especialista Legal Esperanza Velarde Revilla se tramita el expediente número 766-2015-0-0412-JM-FC-01, sobre violencia familiar interpuesta por la Fiscalía de Familia del Modulo de Justicia de Mariano Melgar; se ha dispuesto la publicación mediante edictos; Resolución número 01 de fecha 10 de abril 22 del 2015, RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de violencia Familiar a promovida por la Fiscalía de Familia del Modulo Básico de Mariano Melgar en contra de Carlos Alberto Mendoza Bonilla , y Vanesa Paolia Mendoza Bonilla , en agravio de Carmen Isabel Bonilla Ramírez confiriendo traslado por el plazo de cinco dias DISPONGO: Se efectúen las publicaciones por el plazo de ley en el diario oficial El Peruano y en el encargado de los avisos judiciales de esta ciudad, , por ofrecidos los medios probatorios, agregúese a sus antecedentes los anexos acompañados.. Tómese razón y hágase saber. Arequipa 12 de mayo del 2015. (17-20-21 julio) EXPEDIENTE : 02527-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Berly Bautista Escapa, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva.
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SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños en agravio de LUIS EMERSON CONDO GARCIA y BERLY YUNIOR BAUTISTA ESCAPA, dejándose a salvo el derecho que pudieran tener los propietarios de los vehículos dañados o algún tercero para hacerlo valer en la vía y forma pertinente; y en consecuencia SE DISPONE: El ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa en este extremo. Tómese Razón y hágase Saber.- (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: 02527-2015-0-0401 -JP-PE-01, ESPECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Isabel Rosario Gonzales Ampuero, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ISABEL ROSARIO GONZALES AMPUERO, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.-(20-21-22 julio) EXPEDIENTE : 02447-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN, 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Jeanett Cecilia Yañez Benavides, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por JEANETT CECILIA YAÑEZ BENAVIDES, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (20-21-22 julio) EXPEDIENTE : 01704-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Timoteo Cama Cama, con la siguiente resolución N° 02. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado JULIO CESAR LOPEZ CUTIRE; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de lesiones dolosas, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de TIMOTEO CAMA CAMA. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada JULIO CESAR LOPEZ CUTIRE. 3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 27 DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 09:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz LetradoTurno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado JULIO CESAR LOPEZ CUTIRE, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada constituida en querellante particular TIMOTEO CAMA CAMA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado*del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más^ókimas\ Regístrese y comuniqúese. (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: 08397-2014-0-0401-JP-PE-01 SPECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG, 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada VITALIANO JORGE BELTRAN CUTIPA. Con la siguiente resolución N° 06-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada MARY YOLANDA CARRION CUENTAS; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de VITALIANO JORGE BELTRAN CUTIPA; en consecuencia SE DISPONE: Tener
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito las partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesales electrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pi.qob.pe o http:// casillas.pi.qob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: 09823-2014-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA : JOEL JANAMPA SANG 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada GLORIA ANGELICA OBLITAS CASTRO. Con la siguiente resolución N° 06-2015. Parte resolutiva. S E RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada LUCIA MARLENY ESTAÑA SURE; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de GLORIA ANGELICA OBLITAS CASTRO; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. 2) Se pone en conocimiento de las partes procesales que a partir 13/07/2015 se procederá a efectuar las notificaciones electrónicas en sus respectivas casillas electrónicas, en cumplimiento de las leyes vigentes N° 30229, 30292 y 30293, y las diversas modificaciones hechas a la ley orgánica del poder judicial, el código procesal civil, el código procesal constitucional y la ley procesal del trabajo con tal propósito as partes y sus señores abogados (as) deberán cumplir obligatoriamente con señalar sus domicilios procesaleselectrónicos con la finalidad de que los procesos judiciales de todas las especialidades se tramiten con arreglo a ley y con la celeridad del caso. SOLICITE SU CASILLA ELECTRÓNICA GRATUITAMENTE en nuestra página web: www.pj.qob.pe o http://casillas.pj.qob.pe/sinoe/. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.(20-21-22 julio) EXPEDIENTE: N” 02571-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Luis Felipe Aymara Panuera con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha11 de junio del 2015, que RESUELVO: RESUELVO: CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de LUIS FELIPE AYMARA PANUERA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS AGRAVADAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de PATRICIA MAMANI CONDORI. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada LUIS FELIPE AYMARA PANUERA. FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 09:0HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada LUIS FELIPE AYMARA PANUERA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular PATRICIA MAMANI CONDORI, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA días 20, 21 y 22 de Julio del 2015. (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: N° 2566-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: JANETH MURILLO CALSINQUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAM TALA VERA ZAPANA DIS-
PONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA MARICIELO LOAIZA HUICHI CON LA RESOLUCIÓN NRO. 01-2015 DE FECHA 1106-2015 QUE RESUELVE: SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por MARICIELO LOAIZA HUICHI, en contra de SUJETO NO IDENTIFICADO por Faltas contra el patrimonio modalidad de daños. ESPECIALISTA LEGAL JANETH MURILLO CALSIN. (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: N° 02568-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Fanny Salas Fernández con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 11 de junio del 2015, que SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada FANNY GERALDINE SALAS FERNANDEZ con el imputado GUSTAVO ALONSO GUTIERREZ OLIVA; en consecuencia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber. SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015. Expediente: 2131-2013. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado- ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputada LUZ MARIA CHAVEZ RENDON SE RESUELVE: Disponer la conducción por medio de la fuerza pública de la imputada LUZ MARIA CHAVEZ RENDON, en el proceso que por faltas contra la persona se sigue en su contra y en agravio de CENTRO COMERCIAL METRO. Se fija nueva fecha para la audiencia única de Ley, para el día VEINTITRES DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 14:15 HORAS, audiencia a la que deberá concurrir la imputada LUZ MARIA CHAVEZ RENDON, con su abogado y la agraviada CENTRO COMERCIAL METRO, con su abogado, esta última bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito del proceso, en su calidad de Querellante particular. DISPONGO: Oficiar a la Policía Judicial-División de Requisitorias a fin que se conduzca a la imputada LUZ MARIA CHAVEZ RENDON, y sea puesto a disposición de este Juzgado, en la fecha y hora señalada a fin de dar inicio a la audiencia única de Ley; y cumpla secretaria con notificar a las partes en el domicilio señalado en autos. Tómese razón y hágase saber. (20-21-22 julio) EXPEDIENTE: N° 02619-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Claudia Martínez Ojeda con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 15 de junio del 2015, que SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por CLAUDIA GABRIELA MARTINEZ OJEDA, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.-- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015.. EXPEDIENTE: N° 02612-2015 TURNO A COMISARIAS. SECRETARIO: JOEL JANAMPA SANG QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a JOAQUIN GODOFREDO PUNTRIANO ILAZACA con la parte resolutiva de la RESOLUCIÓN UNO; SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en tomo al proceso seguido por JOAQUIN GODOFREDO PUNTRIANO ILAZACA , por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.-.SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA. 20, 21 y 22 de julio del 2015. EXPEDIENTE: N° 02410-2015 TURNO A COMISARIAS. SECRETARIO: JOEL JANAMPA SANG QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Francisco Solano Quispe Ccama con la parte resolutiva de la RESOLUCIÓN UNO; SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por JEFF POOL ANTHONY PRADO MAYTA y FRANCISCO SOLANO QUISPE CCAMA, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la parte agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor.
Martes, 21 de julio del 2015
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- .-SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA. 20, 21 y 22 de julio del 2015. EXPEDIENTE: N” 011721-2014- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Alfonsina Ramos Condori con la parte resolutiva de la resolución 05 de fecha 01 de julio del 2015, que : RESUELVE: 1) declarar el desistimiento tácito de la parte agraviada ALFONSINA RAMOS CONDORI, en el presente proceso por Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de YANET MAMANI MUÑOZ; en consecuencia, se da por concluido y se dispone el archivo del proceso de Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en el extremo que es seguido en contra de YANET MAMANI MUÑOZ y en agravio de ALFONSINA RAMOS CONDORI. 2) Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución dos y en consecuencia ORDENO La CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA de la imputada: ALFONSINA RAMOS CONDORI, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 42083303, con domicilio en el Centro Comercial Villa Luz Stand, A-3, F-7, Andrés Avelino Cáceres del distrito de José Luis Bustamante y Rivero de la provincia de Arequipa o Villa Paraíso , cono Sur, Characato, Mz. 01, Lote-07 del distrito de Characato de la Provincia de Arequipa, a fin que sea puesta a disposición de este Juzgado el DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS DOCE HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada de ALFONSINA RAMOS CONDORI; asimismo, el agraviado YANET MAMANI MUÑOZ, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO: que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad: para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse dispuesto el traslado del Juzgado Turno “B” a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencia en fecha más próxima. Regístrese y comuniqúese.. - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de julio del 2015. EXPEDIENTE: N° 02568-2015- TURNO A COMISARIAS.QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO AEL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Ana María Quiroz León con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 17 de junio del 2015, que RESUELVO: DECISIÓN:Por lo antes expuesto, SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por ANA MARIA QUIROZ LEON, en contra de SUJETO NO IDENTIFICADO por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE-- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N” 02563-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Amalia Jhoselin Ponce Nachita con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 10 de junio del 2015, que RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por AMALIA JHOSELIN PONCE NACHITA por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- -- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N° 02721-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Rai Condori Llanllaya con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 24 de junio del 2015, que SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso por TRANSACCIÓN entre la parte agraviada RAI CONDORI LLANLLAYA con el imputado RICHARD ALFONSIN VILCA MACHACA; en consecuen-
cia: DISPONGO: El archivo definitivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber, - SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: N” 02568-2015- TURNO A COMISARIAS. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA - COMISARIAS TURNO A EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAN ELIAS TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a Edu Ugarte Pari con la parte resolutiva de la resolución 01 de fecha 28 de mayo del 2015, que RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por EDU GEPTE UGARTE PARI por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones en contra de GLENNY JENIFFER GUTIERREZ CRUZ, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- -- SECRETARIO JUDICIAL JOEL JANAMPA SANG, AREQUIPA 20, 21 y 22 de Julio del 2015. EXPEDIENTE: 02367-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique al agraviado Percy Rubén Calcina Mamani, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por PERCY RUBEN CALCINA MAMANI, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (20-21-22 julio)
EXPEDIENTE : 02516-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Jeanett Cecilia Yañez Benavides, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por JEANETT CECILIA YAÑEZ BENAVIDES, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (20-21-22 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-1088-0 (Imputado) NANCY MALDONADO AMANQUI, ROSSO RODOLFO CARI MACHACA, JULIO MALDONADO QUISPE, CARLOS MÁRQUEZ RAMOS Y DOMINGA CAUNA GÓMEZ, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado SUNARP Y OTROS, NOTIFICACION, R/N. DISPONE: “reprogramar la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 05 agosto 2015, a horas 08:0, Sala UNO, siendo obligatoria la presencia fiscal, abogados defensay demás sujetos procesales, bajo apercibimiento copias a control y multa; Secretario: Fernández… (20-21-22 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-863-35 (Imputado) PERCY EDWIN HUAMAN ESPINOZA, delito LIBRAMIENTO INDEBIDO, agraviado VICTOR MANUEL HUERTA LAZARTE , DILIGENCIA 27-10-2015, 08:00, Sala 5, EN CASO DE INCONCURRENCIA DECLARSE CONTUMAZ; Secretario: Sucapuca. (20-21-22 julio) SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1996-550-0 FROILAN ALAVE LUNA, delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR, agraviado RBMC, NOTIFICACION; Secretario: Ugarte. (20-21-22 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5627-15 DARDO DANIELO CUADROS LINARES, DANIEL ALECXI SALINAS SOMAN Y ROMMEL FERNANDO ARCE GUTIERREZ , delito CONTAMINACION DEL MEDIO AMBIENTE, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, DISPONER la incorporación en calidad de persona jurídica a la empresa Entretenimiento Characato Extremo SRL ; Secretario: RETAMOSO. (20-21-22 julio)
Martes, 21 de julio del 2015
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3331-0 (Imputado) Ulises Ulrico Callata Chambi, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ERICK YHAIR CALLATA POCOHUANCA REPRESENTADO POR YOVANA VICENTINA PQ£OHUANCA MONTALVO , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa.. NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio del investigado al defensor público Alvaro Bellido Choquehuanca ; Secretario: Quispe. (20-21-22 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2486-21 FREDY TORRES YANA Y PEDRO TORRES PACCARA, delito ATENTADO O VIOLENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado JOSE ANTONIO DEL CARPIO MARQUEZ, NOTIFICACION , , , córrase traslado DE acusación por el plazo de diez días hábiles, para efectos de que puedan ejercer el derecho de defensa que estimen por conveniente para su posterior debate en la audiencia correspondiente DE LA 1RA FISCALIA PROVINCIAL-4TO DESPACHO ; Secretario: RETAMOSO. (20-21-22 julio) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4147-31 (Imputado) HILARIO VICTOR NUÑONCA MAMANI Y MIGUEL ANGEL QUISPE MARROQUIN , delito LESIONES CULPOSAS , agraviado GIOVANNA YESSENIA TACO TACO, DILIGENCIA 10-11-2015, 10:00 A.M., Sala 9, SER DECLARADOS CONTUMACES Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL ; Secretario: Lazarte. (20-21-22 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1993-2 (Imputado)Américo Antonio Mamani Ochoa y Maritza Solis Nina. Se notifica al agraviado Víctor Machaca Quispe, delito lesiones leves , agraviado Víctor Machaca Quispe , DILIGENCIA 07-08-2015, 11:00, Sala 3; Secretario: Diaz. (20-21-22 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-2680-84 (Imputado): SANTOS MARTÍNEZ VILLANUEVA , delito ESTAFA GENÉRICA, agraviado FLAVIO LUCAS LIPA MAMANI, DILIGENCIA 21-07-2015, 11:00, Sala 3,; Secretario: Almanza. (20-21-22 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2174-17 (Imputado) ANDRES PACOMPIA ZUÑIGA y ROSA, TEODORA KORAHUA MAMANI, delito USURPACION , agraviado CONCEPCION ZUÑIGA , DILIGENCIA 13-08-2015, 10:00, Sala 6, EN CASO DE INCONCURRENCIA DECLARSE CONTUMAZ; Secretario: Sucapuca…(20-21-22 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3414-72 (Imputado) ADAM SMITH FLORES HERNANDEZ , delito HURTO , agraviado RAUL CHANCAYAURI H. , DILIGENCIA 20-10-2015, 08:30 , Sala 6, EN CASO DE INCONCURRENCIA DECLARSE CONTUMAZ ; Secretario: Sucapuca. (20-21-22 julio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3941-46 LISTHER MONCCA LAYME, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR EL MINISTERIO PUBLICO, DILIGENCIA 07 AGOSTO 2015, 10:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Montes. (20-21-22 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-160-0 (Imputado) URSULO YAHUA
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
LLOSA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JOEL TURPO PARQUI, DILIGENCIA 11-08-2015, 11.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Diaz. (20-21-22 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2705-0 (Imputado) ROGELIO LAURA MAQUERA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FAUSTINA QUISPE RAMOS, DILIGENCIA 19-10-2015, 8.30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Diaz. (20-2122 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2580-7 (Imputado) DARWIN LUIS PFUÑO MAMANtT™delito- VIOLACION SEXUAL, agraviado P.E.P.Q., DILIGENCIA 09-09-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Palma. (20-21-22 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20142735-0 Justo Román Nina Apaza, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado la sociedad , NOTIFICACION, estando al requerimiento de acusación, se le otorga el plazo de 3 días hábiles para que designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designarle abogado defensor público; Secretario: Ojeda. (20-21-22 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20133499-45 (Imputado): TITO CRUZ HANAMPA; Se requiere al señor Tito Cruz Hanampa para que concurra a la citación de la Audiencia que se realizara en esta judicatura debiendo de requerirle que al mes de Junio debe estar al día con el pago de la reparación civil, así mismo se le debe de precisar que en caso de incumplimiento esta judicatura puede modificar la reserva de fallo condenatorio de un año y seis meses y aplicar una pena privativa de libertad de un año y seis meses para que cumpla en el Establecimiento Penal de Varones de Socabaya o en otro que designe el INPE; Sin perjuicio de ello SE REPROGRAMA LA PRESENTE DILIGENCIA PARA SER VERIFICADA EN ESTA JUDICATURA ubicada en Calle Tupac Amaru N° 464- Cerro Colorado; EL DÍA 30 DE JULIO DEL 2015 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA, delito Omisión de asistencia familiar, agraviado je y t.h.m.c, DILIGENCIA 30-07-2015, 09:30 am, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: TORRES. (2021-22 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20133888-91 Jesús Concepción Benitez Chavez , delito lesiones, agraviado Luis Alberto Vita Mamani, NOTIFICACION , , , se le corre traslado por el plazo de 10 días del requerimiento de sobreseimiento y el plazo de 24 horas para que designe abogado de su elección bajo apercibimiento de designarle abogado defensor de oficio ; Secretario: Ojeda. (20-21-22 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-293-0 (Imputado) Marco Antonio Juan Rivera Cornejo, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Carmen Luzmila Guillen Salinas, DILIGENCIA 03-08-2015, 8:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Ramos. (20-21-22 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2535-0 (Imputado) Renzo Giancarlo Rossini Beltran, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Rosa Elena Lazarte Briones, DILIGENCIA 06-08-2015, 8:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario:
Ramos. (20-21-22 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 279-2014-62 JOSE MARIA NAJAR BENAVENTE, delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CATHERINE CRISTINA NAJAR CONDORI, DILIGENCIA 17-08-2015, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, ser declarado reo ausente o contumaz según corresponda, en caso de inasistencia; Secretario: CALLO. (20-21-22 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2529-2015-0 ABRAHAM DANIEL CHAVARRIA OROYA , delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado KIARA KAOMY CHAVARRIA CIPIRIANO, DILIGENCIA 10-08-2015, 16:00 P.M., Sala de Audiencia del Juzgado, DE LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA; Secretario: CALLO. (20-21-22 julio)
miento de nombrársele curador procesal, que lo represente en el proceso. Firmado Julia Montesinos y Montesinos Jueza, Pamela Zambrano Acuña Especialista Legal.- AREQUIPA, 14 DE JULIO DEL 2015. (20-21-22 julio) Proceso número 202-2014-89-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado EDWARD ANTONIO ALVAREZ FLOREZ, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Moliendo, el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 202-2014-89-JPU, que por el presunto delito de Omisión a la Asistencia Familiar se sigue en su contra, en agravio de Nelida Carmen Evelyn Álvarez anglas representada por su madre Luz Nelida anglas García. (20-21-22 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5272-51 EDGARDO JUVENAL ZUÑIGA ALEJO, delito HURTO AGRAVADO, agraviado GEORGE LIMA ALEJANDRO, DILIGENCIA 11/08/2015, 14:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: Talavera…(20-21-22 julio)
Proceso número 62-2014-57-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, a los acusados JULIO CESAR GARCIA ESCOBAR y ROBERTO ALFONSO VILLANUEVA ESCOBAR, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Moliendo, el día TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarada reo ausente o contumaz en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2014-062-57JPU, que por el presunto delito de Contrabando se sigue en su contra, en agravio de Ceticos y SUNAT. (20-21-22 julio)
EN EL EXPEDIENTE NRO. 03184-2014-0-JR-PE, SOBRE EL DELITO DE ESTAFA EN CONTRA DE VALENTIN FAUSTINO MAMANI AHUMADA EN AGRAVIO DE VICENTE RAMON SUPO HUARACHA EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY, ESPECIALISTA CESAR MAMANI RIOS SE CITA, LLAMA EMPLAZA L PROCESADO VALENTIN FAUSTINO MAMANI AHUMADA NOTIFICANDOLE MEDIANTE EDICTO A FIN DE QUE EJERZA SU DERECHO EN EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION SOLICITADO POR EL MINISTERIO PUBLICO POR EL DELITO DE ESTAFA SE CORRE TRASLADO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS PARA EFECTOS DE LEY. CHIVAY, 03 DE JUNIO DEL 2015. (20-21-22 julio)
Proceso numero 282-2014-80-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado LEONARDO TUME BENITES, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 –Mollendo, el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 282-2014-80-JPU, que por el presunto delito de Hurto Simple se sigue en su contra, en agravio de Empresa Odebrecht. (20-21-22 julio)
EN EL EXPEDIENTE NRO. 00046-2014-0-JR-PE-01, SOBRE EL DELITO DE LESIONES LEVES, EN AGRAVIO DE FLORENCIA EMILIANA QUICO CALLA EN CONTRA DE GERSON JORGE TACO FLORES EN EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHIVAY. ESPECIALISTA CESAR MAMANI RIOS SE CITA, LLAMA EMPLAZA A AL PROCESADO, GERSON JORGE TACO FLORES, NOTIFICANDOLE MEDIANTE EDICTO A FIN DE QUE EJERZA SU DERECHO EN EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION SOLICITADO POR EL MINISTERIO PUBLICO POR EL DELITO DE LESIONES LEVES SE CORRE TRASLADO POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS PARA EFECTOS DE LEY. CHIVAY, 05 DE MAYO DEL 2015 . (20-21-22 julio)
En el Exp. 1467-2015-FC, ante el Segundo Juzgado Mixto de Paucarpáta, Juez; Luis Rodlguez Pantigoso, Secretarlo Rubén Yanahuaya Rosales; se ha dispuesto mediante resolución Nro. 02, notificar al demandado Laureano Cerrillo Quintana, con la RESOLUCIÓN NRO. 02, que resuelve admitir a trámite la demanda interpuesta por la representante de la Fiscalía Provincial de Familia de Paucarpáta YENY VARGAS MAMANI, en representación de Jessica Rosario Herrera Chávez, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en contra de LAUREANO CERRILLO QUINTANA, en vía de proceso único; ese concede el plazo de 25 días, a fin de que comparezca y conteste la demanda; bajo APERCIBIMIENTO de nombrársele curador procesal.- (20-21-22 julio)
El Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal, con sede en el distrito de Majes que Despacha el señor Juez Edgar Mendoza García, Especialista Legal Richard Cristian Hernández Soto, mediante resolución N° 09-2015 HA RESUELTO: Declarar FUNDADO el requerimiento de prisión preventiva postulado por el fiscal Provincial Penal de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, en contra de la persona de JUSTINO LÓPEZ ARESTEGUI, identificado con DNI N° 40337551, nacido el 01 de julio de 1975, soltero, natural de Calapuja, Lampa, Puno, con secundaria completa, hijo de Rafael y Francisca, con domicilio real en Mercadillo Santo Rosa El Ovalo ; El Pedregal, y con domicilio procesal en la Defensoría de Oficio de El pedregal. Se dicta en consecuencia PRISIÓN PREVENTIVA, por el plazo de CUATRO MESES, y que deberá cumplir en el establecimiento penal de Camaná. DISPONGO se cursen los correspondientes ORDENES DE CAPTURA en contra de la mencionada persona. Ello en la expediente Nro. 01490-2014-68-0405-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito de violación sexual de menor de edad en agravio de V.V.F.M. (20-21-22 julio) En el proceso N° 915-2013, seguido por el MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en contra de ALEX ISMAEL MELENDRES MENDOZA, en agravio de NOELIA MAGNOLIA TORRES TORRES DE MELENDRES, tramitado ante el Tercer Juzgado de Familia, que despacha la Jueza Julia Montesinos y Montesinos, ha dictado la siguiente resolución (partea pertinente): RESOLUCION N° 12: Notifíquese por edicto al demandado, a efecto que se apersone a proceso y conteste la demanda en su contra, en el plazo de quince días; debiendo publicarse las mismas, en el diario La República, así como en el local del Juzgado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; bajo apercibi-
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4820-65 (Imputado) EDWIN JAIME CASTRO PINO, delito contra la seguridad pública, conducción en estado de ebriedad 274° del CP., agraviado La Sociedad, NOTIFICACION , , , Se notifica al sentenciado Edwin Jaime Castro Pino, con la Res. 08-2015 de fecha 1407-2015, se RESOLVIO: Primero: REVOCAR la conversión de pena privativa de libertad en jornadas de prestación de servicios a la comunidad materia de sentencia 217-2014 en el expediente 4820-2013 y en consecuencia; DISPONGO: el cumplimiento de la pena privativa de la libertad impuesta estos es, 1 año y 11 meses de pena privativa de la libertad la que deberá ejecutarse en el establecimiento Penitenciario que designe el INPE y empezara a contarse una vez capturado el sentenciado EDWIN JAIME CASTRO PINO; Segundo: Ordeno se cursen las comunicaciones correspondientes para captura a nivel nacional; Secretario: Diaz. (21-22-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20134840-41 (Imputado) AGUSTIN ZAPANA CASTILLO, delito VIOLACION SEXUAL, agraviado J.Z.O., DILIGENCIA 20-08-2015, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma. (21-22-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra
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en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2010-1799-83 (SENTENCIADO) LUIS ALBERTO TORREALVA PAZ SE LE REQUIERE EL PAGO DE LA REPARACION CIVIL, Y SE CONVOCA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ANA CRISTINA GUILLEN DE LA CRUZ, DILIGENCIA 31-07-2015, 15:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DE REALIZARSE LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PÚBLICO; Secretario: Cjuno. (21-22-23 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20101799-83 SENTENCIADO) LUIS ALBERTO TORREALVA PAZ SE LE REQUIERE EL PAGO DE REPARACION CIVIL, Y SE CONVOVA AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ANA CRISTINA GUILLEN DE LA CRUZ, DILIGENCIA 31-07-2015, 15:00, Sala de Audiencia, DE REALIZARSE LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PÚBLICO; Secretario: Cjuno. (21-22-23 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 20142523-0 Porfirio Melitón Cusi Yanque, delito lesiones leves , agraviado Felipa Churata Cahuana, NOTIFICACION, habiendo presentado el Ministerio Público requerimiento acusatorio en su contra, cumpla en el plazo de 3 días hábiles con designar abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designarle abogado .defensor público ; Secretario: Ojeda. (21-22-23 julio)
1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA: DEMANDADO : AGRAVIADO : DEMANDANTE: 02256-2014-0-0401-JR-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO MEJIA CACERES, IDELMA ISABEL ALVAREZ FLORES, GERARDO BARTOLOME MAMANI QUICO, ELIA PRIMERA FISCALIA DE FAMILIA EDICTO JUDICIAL. Expediente 2256-2014-VF. Primer Juzgado Especializado de Familia, Jueza Dra. Rocío Aquize Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público en agravio de Elia Mamani Quico en contra de Gerardo Bartolomé Álvarez Flores, se notifica al demandado Gerardo Bartolomé Álvarez Flores, con la parte pertinente de la Resolución 06-2015 “RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Cuarta Fiscalía de Familia, representada por el doctor Renán Eduardo Valverde Ortiz, en agravio de ELIA MAMANI QUICO en contra de GERARDO BARTOLOME ALVAREZ FLORES, sobre violencia familiar en consecuencia, confiero traslado de la demanda por el plazo de cinco días al demandado a quien se le notificará mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, los mismos que se publicaran en La República y en la tablilla del Juzgado”. Idelma Mejia Cáceres. Sec. Judicial. Primer Juzgado Especializado de Familia. Arequipa, 15 de julio del 2015. (21-22-23 julio)
El Juzgado Unipersonal de Condesuyos Chuquibamba, la Juez Dra.Marisol Ramos con intervención del Sec.R.Luque, cita llama y emplaza a los acusados JOSE LUIS CCAJAHUACCHA PUMAYANQUE Y SANTOS TAYA HUAMANI, para que concurra a la audiencia de juicio oral,dispuesta para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas 11.00.am, en la Sala de audiencias del Módulo penal de Condesuyos Chuquibamba, bajo apercibimiento de ser declarados contumaz y dictarse orden de captura en su contra en el ámbito nacional en caso de inconcurrencia. En el expediente Nr.028-2013-P, seguido en contra de Santos Taya Huamaní y otrolesiones graves en agravio de la Sucesión de Ciprian Huamanga Layme. Chuquibamba, 15 de Julio del 2015. (21-22-23 julio)
Expediente: 6736-2014. Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado- ubicado en la calle Tupac Amaru 4 64 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a Estando a la devolución de cédulas de notificación, cúmplase con notificar a las partes se sigue en contra y en agravio de DONATO VALERIANO CCORO Y FLOR DE MARIA ANGELICA MACHACA TREVIÑOS. en los domicilios reales que indica la Reniec y por Edicto. Se fija como fecha para juicio oral el VEINTICUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A LAS 14:15 HORAS, en el local del QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO. TURNO B-Comisarias. Con domicilio en Calle Tupac Amaru 4 64 Cerro Colorado. (21-22-23 julio)
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SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Martes, 21 de julio del 2015
CRONICAS JUDICIALES Martes, 21 de julio del 2015 CRONICA DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL MES DE MAYO LUNES 04 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 171 MM Reg. N° 8127-2013.Manuel Santos Chuquiyanqui Duran.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 126-2014, que resuelve declarar fundada en parte la demanda; en consecuencia declara inaplicable el reporte de situación en el Sistema Nacional de Pensiones.- 4JC.- Lizarzaburu. SV 172 MM Reg. N° 5208-2010.- Zarina Trilles Enríquez.- Adán Lacunza Alfaro y otros.Desalojo.- Sumarísimo.- Confirmaron la sentencia número 101-2014, contenida en la resolución número 48, que declara fundada la demanda, en consecuencia ordena que el demandado como los litisconsortes necesarios pasivos, cumplan con notificar y entregar a favor de la parte demandante el inmueble materia de litis.- 9JC.- García. SV 173 MM Reg. N° 5230-2013.- Ministerio Publico.- Ángela Nevez Linares.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia apelada numero 505-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 1JC.- Salas. SV 174 MM Reg. N° 2107-2011.- Percy Soto Tacusi.- Comandante General del Ejercito.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia numero 119-2014, que resuelve declarar fundada en todos los extremos la demanda.-2JC.Meléndez. SV 175 BZ Reg. N° 3924-2012.- Marilu Cruz Cárdenas y otro.- Livio Guzmán Abarca y otro.- Retracto.- Confirmaron la sentencia apelada numero 64-2014, que resuelve declarar improcedente la demanda.SV 176 BZ Reg. N° 107-2012.- Fidel Carmelo Hilacondo Dávila.- Roció Ramos Cárdenas.divorcio por causal.- Conocimiento.- Aprobaron la sentencia consultada número 560-2014, que declara fundada la demanda en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial.- 2JF.- Gasca. SV 177 BZ Reg. N° 1615-2013.- Edwin Orlando Huerta Astorga.- Marco Antonio Revilla Huaraca y otro.- Desalojo.- Sumarísimo.- Confirmaron la sentencia numero nueve, que resuelve declarar fundada la demanda.- 6JC.- Luna. AV 297 MM Reg. N° 2107-2011.- Percy Soto Tacusi.- Comandancia general del Ejercito.Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 20, que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado.- 2JC.- Meléndez. AV 298 MM Reg. N° 1966-2014.- Gilbert Demetrio Chávez Mamani.- Incalpaca TPX SA y otro.- Acción de Amparo.- Especial.- Declararon Nula la resolución numero cero uno que resuelve declara la improcedencia territorial del Segundo Juzgado Mixto de Paucarpata para conocer la causa y dispone remitir al Juzgado Civil de la sede de Corte.-JM Paucarpata.- Díaz. AV 299 MM Reg. N° 303-2012-74.Jesús Huaman Flores.- Maria Delia Apaza de Huaman.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Declararon improcedente el recurso de apelación, interpuesto por doña Maria Adela Apaza de Huaman, en consecuencia nulo el concesorio, mediante resolución número 30-2014.- 1JM Mariano Melgar.Valverde. AV 300 MM Reg. N° 1592-2014.- Ju-
lio Pacheco Sánchez.- Prueba Anticipada.- No Contencioso.- Confirmaron la resolución número 02, que resuelve rechazar la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa, en consecuencia se dispone el archivo del expediente y la devolución de los anexos presentados.- M Melgar.- Urquizo. AV 301 MM Reg. N° 2116-2014-31.Efraín David Huanco Sacachipana.- Apolinario Blas Téllez Rodríguez y otro.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Conocimiento.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar de anotación de demanda presentada por Efraín David Huanco Sacachipana.- Paucarpata.- Torreblanca.AV 302 BZ Reg. N° 3942-2011.- Rafael Ángel Moscoso Revilla.- Giovanna Amparo Herreros Torres.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Declararon Nulo todo lo actuado hasta la etapa de calificación de la demanda y revocando el auto admisorio se declara improcedente la demanda.4JC.- Márquez. AV 303 BZ Reg. N° 3060-2014-97.Soledad Mendoza Vargas y otro.- Julia Huanca Chocano.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 07-2014, que resuelve declarar infundada la solicitud de ampliación del plazo solicitado por la defensa técnica de la demandada y rechaza los pedidos de nulidad de actuados y recurso de apelación interpuesto por la demandada.- 3JC.- Herrera. AV 304 BZ Reg. N° 8595-2006-99.Manuel Lozada Stambury.- Fernando Camargo Salcedo.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 58-213, que declara el levantamiento de la hipoteca constituida en el asiento número 00006 de la partida Registral PO 6123171.- 3JC.- Ylla. AV 305 BZ Reg. N° 394-2012-48.Estela Aquipucho Mollohuanca.- Faustino Jacobo Meza Gutiérrez.- Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Revocaron la resolución número 15-2014, en el extremo que resuelve declarar improcedente los medios probatorio extemporáneos de la demandante; reformándola declararon fundado el ofrecimiento de los medios probatorios extemporáneos.3JC.- Ylla. AT 114 MM Reg. N° 932-2014.- Emmel Benito Paredes Bedregal.- Silvia Medina Díaz.divorcio por causal.- Conocimiento.- Declararon fundada la abstención formulada por el señor Juez Superior doctor Rene Cervantes López.- 2SC.- Álvarez. AT 223 BZ Reg. N° 4249-2014.- ASICEMA.- Tribunal Registral de la SUNARP.- Impugnación de Resolución.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 226 BZ Reg. N° 3830-2013-41.Ivan Alberto gallegos Mendoza.- Yda Andrea Gallegos Chicata.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Requirieron a Juana Lozada Linares a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.Álvarez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra AT 228 BZ Reg. N° 4427-2009.- Alfonso Lazo Herrera.- Promotores Unidos SRL.- Resolución de Contrato.- Especial.- Declararon Improcedente la abstención presentada por el señor Juez Superior Rene Cervantes López.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT BZ Reg. N° 79-2015.- Gustavo Julio Torreblanca Álvarez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Corrigieron la resolución número uno, en la parte resolutiva que consigna “Procurador Publico
del Gobierno Regional de Arequipa” debiendo decir “Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Arequipa”, sobrecartandose en lo demás que consigna.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 81-2015.- Manuel Guillermo Paz Rodríguez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Corrigieron la resolución número uno, en la parte resolutiva que consigna “Procurador Publico del Gobierno Regional de Arequipa” debiendo decir “Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Arequipa”, sobrecartandose en lo demás que consigna.- 2SC.- Álvarez AT MM Reg. N° 84-2015.- Wilfredo Vilca Gutiérrez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Acción Popular.- Especial.- Corrigieron la resolución número uno, en la parte resolutiva que consigna “Procurador Publico del Gobierno Regional de Arequipa” debiendo decir “Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Arequipa”, sobrecartandose en lo demás que consigna.- 2SC.Álvarez AT MM Reg. N° 30-2015.- Víctor Walter Valcárcel Álvarez.- Reconocimiento de sentencia extranjera.- Especial.- Declararon inadmisible la solicitud interpuesta, en consecuencia se concede el plazo de tres días a la actora para que subsanen los defectos advertidos en la demanda.2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 94-2015.- CODIMSUR SRL.- Sociedad Eléctrica del suroeste de la CCIA.- Anulación de laudos Arbitrales.- Especial.- Inadmisible el recurso de anulación de Laudo Arbitral, concedieron el plazo de cinco días para la subsanación de las omisiones advertidas. AT MM Reg. N° 8239-2006.- Teresa Emilia Bolaños Revilla y otros.- Víctor Lisandro Bolaños Revilla.- rendición de cuentas.- Aceptaron la abstención formulada por la señorita Jueza Superior Rita Valencia Dongo Cárdenas.- 2SC.- Álvarez Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernandez davila Mercado y Cervantes López. AT MM Reg. N° 8239-2006.- Teresa Emilia Bolaños Revilla.- Víctor Lisandro Bolaños Revilla.- Rendición de Cuentas.- Declararon fundada la reposición interpuesta , nula e insubsistente la resolución número ochenta y renovado el acto procesal se provee conforme a ley reprogramándose la vista de la causa para el día catorce de Mayo del dos mil quince a las nueves horas.- 2SC.- Álvarez.
MARTES 05 DE MAYODE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV BZ Reg. N° 293-2014.- Ezequiel Ambrosio Mamani Macedo.- Red Asistencial Arequipa- ESSALUD y otro.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 04-2015, que resuelve declarar fundada la pretensión y ordena el cese de la vulneración del derecho constitucional al trabajo del accionante, se proceda a la reincorporación en el puesto de trabajo que venia desempañando hasta antes del 19 de noviembre del 2013, o en uno de similar.- 2JC.- Meléndez. SV 179 CL Reg. N° 9017-2006.- Guillermo Ccala Huayapa.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve confirmar la Sentencia número 190-2014, que declara fundada la demanda.- 5JC.- Condori. AV 306 BZ Reg. N° 293-2014.- Ezequiel Ambrosio Mamani Macedo.- Red Asistencial de Arequipa- ESSALUD y otro.- Confirmaron la sentencia apelada numero trece, en el extremo que resuelve declarar infundadas las excepciones y de incompetencia por razon de materia, declarar la existencia de una relación jurídica procesal valida entre las partes y por tanto saneado el proceso.2JC.- Saldaña. AV 307 BZ Reg. N° 5128-2003-
61.- Juana Eulalia Maldonado de Anco.- Oficina de Normalización Provisional.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 30, por la que se resuelve hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución número 25.- 3JC.- Luna. AV 308 BZ Reg. N° 5128-2003-61.Juana Eulalia Maldonado de Anco.- Oficina de Normalización Previsional.- Accion de Cumplimiento .- Especial.- Declararon nula e insubsistente la resolución número 33, por la que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución número 32 y dispone remitir copias certificadas de los principales actuados al Ministerio Publico para que Actúe conforme a sus atribuciones.- 4JC.- Núñez. AV 309 BZ Reg. N° 6443-2014.- Oscar Hernán Bardales García.- Luis Giancarlo Torreblanca Gonzáles.- Acción de Amparo.- Especial.Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 5JC.- Llerena. AV 310 BZ Reg. N° 2095-2013.- Globe Seawed Internacional SAC.- gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de Arequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.Revocaron la resolución número 08, por la que se declara fundada la excepción de caducidad, en consecuencia nulo todo lo actuado, reformándola declararon infundada la excepción de caducidad y dispusieron que se continúe con el proceso.- 5JC.Luna. AV 311 BZ Reg. N° 1433-2007-91.Justo Valencia Salas.- Oficina de Normalización Previsional.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.-Declararon nula la resolución número 312014, que resuelve: declarar fundada la observación formulada por la parte demandante, declarar infundada la observación efectuada por la parte demandad, desaprobar el informe pericial.- 4JC.Quispe. AV 312 BZ Reg. N° 1433-2007-91.Justo valencia Salas.- Oficina de Normalización Previsional.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.- Declararon nula e insubsistente la resolución número 35, en el extremo en que se resuelve imponer multa ascendente a media unidad de referencia procesal.- 4JC.- Quispe. AV 313 CL Reg. N° America Movil Peru.- Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter.Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Declararon nula la resolución número 03, que resuelve declarar improcedente la demanda.- JC Hunter.- Tapia. AT 224 MM Reg. N° 2270-2012.Jorge Joaquin Jesús ramos Valencia y otra.- Erick percy Ballivián Velarde y otra.- Cumplimiento de Contrato.- Unico de Ejecución.- Prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva. Conforme al estado del proceso señalaron fecha para la vista de la causa para el día veintiséis de mayo de dos mil quince a las nueve horas.- 2SC.- Álvarez. AT 225 CL Reg. N° 2530-2010.- Cárdenas Quiroz Federico Jorge.- Empresa GB servicios Turísticos Sociedad Comercial de Responsabilidad limitada.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 227 MM Reg. N° 2506-98.- Maria Luz Gonzáles Viuda de Garate y otros.- Florencia Salazar tapia y otros.- Convocatoria Judicial.- No contencioso.- Dispusieron elevarse los a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 231 BZ Reg. N° 4427-2009.- Alfonso Lazo Herrera.- Promotores Unidos SRL.- Resolución de Contrato.- Requirieron Ermilda Mogrovejo Yampi, Andrés Faustino Chauca Rivera y
Promotores Unidos SRLTDA a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. AT 235 MM Reg. N° 1786-2013.Erick Dennos Díaz Lazo.- Lizbeth Carpio Concha.divorcio por causal.- Conocimiento.- Aclararon que con vista de la resolución diez de fecha once de noviembre de dos mil catorce el presente cuaderno ha sido devuelto a su juzgado de origen tácitamente ha quedado sin efecto la vista de la causa.- 2SC.Álvarez. AT CL Reg. N° 2530-2010.- Cárdenas Quiroz Federico Jorge.- Empresa GB servicios Turísticos Sociedad Comercial de Responsabilidad limitada.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 51-2013.- Jesús Percy Ibáñez Tristan.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Revisión de Procedimiento de Ejecución.- Especial.- Declararon inadmisible la demanda, en consecuencia se concede el plazo de tres días a la actora para que subsanen los defectos advertidos en la demanda.- 2SC.- Álvarez. MIERCOLES 06 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Fernandez Davila Mercado, Valencia Dongo Cardenas y Cervantes López SV 180 CL Reg. N° 1294-2011.- Crispín Oviedo Huaraca.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve declarar nula la sentencia número 159-2014.- 5JC.Llerena. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 181 CL Reg. N° 3492-2013.Lourdes Pantigoso y otros.- Yomara Cano Bambarini.- Peticio de Herencia.- Conocimiento.- Confirmaron la sentencia apelada numero 84-2012, que resuelve declarar fundada la demanda.- 10JC.- Salas. AV 87 CL Reg. N° 87-2010.- Banco de Crédito del Perú.- Ana Maria Corneo Granja.Obligación de Dar Suma De Dinero.- Se resuelve confirmar la resolución número 46, que resuelve declarar infundada la contradicción formulada y en consecuencia ordena llevar adelante la ejecución forzada.- 1JM Mariano Melgar.- Gonzáles. Con los SS. Fernandez Davila Mercado, Valencia Dongo Cardenas y Cervantes López AV 317 CL Reg. N° 1294-2011.- Crispín Oviedo Huaraca.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución número 24.- 5JC.- Llerena. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 319 MM Reg. N° 200-200464.- Lorenzo Hurtado Ponce.- Municipalidad Distrital de Cerro Colorado.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Revocaron la resolución número 64, que declara infundada las observaciones efectuadas por la parte demandada, reformándola desaprobaron el informe pericial contable, ordenaron que el referido perito, en el plazo de cinco días, cumpla con presentar nuevo informe pericial conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.- 5JC.- Campos. AT 229 CL Reg. N° 4374-2014.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.- Empresa de Servicios y producción ALAC SA.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Rechazaron el recurso impugnatorio de apelación presentada por la demandada el mismo que lo declararon inadmisible por tanto nulo el concesorio de apelación contenido en la resolución número siete.- 2SC.- Ál-
Martes, 21 de julio del 2015
varez. AT 233 BZ Reg. N° 836-2010.- Rosalina Yuliana Gallegos Vera y otra.- Carlos Toribio Flores Llerena.- División y Partición de Bienes.Abreviado.- Admitieron los medios probatorios ofrecidos por los demandados y tratándose de medios probatorios instrumentales de valoración al momento de absolver el grado mas que de actuación prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva.- 2SC.- Álvarez. AT 234 MM Reg. N° 164-2014.- Virgilia Bianco Caro.- Maria Simaraura Quispe.- Desalojo.- Sumarísimo.- Se resuelve admitir como medio probatorio de oficio en segunda instancia la copia legalizada de la resolución de alcaldía número 2624-2014, se suspende el plazo para la emisión de la resolución de vista hasta la actuación de la prueba.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Fernández Dávila Mercado. AT MM Reg. N° 3233-2013.- Corporación Educativa Faraday SAC.- Pineda Gamarra Edgar.- Acción de Amparo.- Especial.- Declararon Fundada la abstención formulada por el señor Juez Superior Rene Cervantes López.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT MM Reg. N° 4614-2008.- Banco de Crédito del Perú.- Multiplastimas y otros.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 855-2009-78.Asociación de Mercado Abierto de Abastos y Comestibles Virgen de Copacabana Región Arequipa.Declararon improcedente el pedido de aclaración del Auto de Vista 170-2015, formulado por Valentina Sulla Mamani.- 2SC.- Álvarez. JUEVES 07 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 183 MM Reg. N° 2991-2013.- Silvia Loza Capatinta.- Richard Loza Capatinta.- Violencia Familiar.- Único.- Revocaron la sentencia número 483-2014, que declara infundada la demanda, reformándola declararon fundada la demanda interpuesta por el representante del ministerio publico.- JFT.- Arenas. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cardenas y Bustamante Zegarra. SV 184 BZ Reg. N° 1453-2013.- Alberto Salecsi Gutiérrez.- Laura Chávez Vela.- Divorcio por causal.- Conocimiento.- Aprobaron la sentencia consultada número 494-2014, que declara fundada la pretensión de divorcio por la causal de separación de hecho de los cónyuges.- 2JM Mariano Melgar.- Vargas. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 185 MM Reg. N° 1079-2012.- José Luis Salas Zegarra.- Consejo Nacional de la Magistratura.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 481-2014, que declara infundada la demanda.- 2JM M. melgar.- Ramírez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cardenas y Bustamante Zegarra. AV 315 BZ Reg. N° 2556-2014.- Ministerio Publico.- A.B.P.- Infracción contra la Vida el Cuerpo y la Salud.- Se resuelve confirmar la resolución número 06-2015, e el extremo que fija la reparación civil en la cantidad de ochocientos cuarenta nuevos soles.- Paucarpata.- Cuadros. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 316 MM Reg. N° 11-2015.- José Rufo Solórzano Gómez.- Carlos Enrique Polanco Gutiérrez y otro.- Acción de Amparo.- Especial.Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 4JC.- Quispe. AV 320 MM Reg. N° 572-2011.- Rolando Huanca Quispe.- Rosa Huanca Huaracha.Prescripción Adquisitiva.- Abreviado.- Confirmaron la sentencia apelada numero 539-2014, que resuelve declarar infundada la demanda, declararon improcedente el recurso de adhesión a la apelación presentada a fojas trescientos trece y siguientes.2JM Parucarpata.- Yanahuaya. AV 321 BZ Reg. N° 1513-2013.- José Ticona Toalino.- Maria Obregón Padilla.- Impugnación de reconocimiento de paternidad.- Conocimiento.- Declararon Nula la resolución numero 17, que resuelve declara improcedente la demanda AV 322 CL Reg. N° 1657-2012-33.-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Félix Palo Díaz.- Maria Emilia Coaguila Cornejo.Anulabilidad de Acto Jurídico.- Declararon Nula la resolución número 24, en cuanto se resuelve rechazar las declaraciones testimoniales ofrecidas como medios probatorios por la parte demandante.- 5JC.Campos. AV 323 MM Reg. N° 56-2008.- Concepción Condori Arce.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución número 53, que resuelve requerir al señor Martín Edgar Tovar Gutiérrez en calidad de titular de la Unidad de Asuntos Procesales de la Oficina de Normalización Provisional y a Diego Arrieta Elguera en su calidad de Jefe de la Oficina de Normalización previsional, para que cumpla en el plazo de dos días con expedir nueva resolución administrativa. 1JM Mariano Melgar.Gonzáles. AV 324 BZ Reg. N° 3553-2012-49.Salas Bedregal Revilla.- Guillermo Velarde Abugattas.- Mejor Derecho de Propiedad.- Conocimiento.- Se resuelve confirmar la resolución número 20, que declara improcedente la nulidad en contra de la resolución número 02.- 1JC.- Luque. AV 325 MM Reg. N° 4265-200924.- Rina Valle Torres.- Estrella Chávez Escobedo y otros.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Confirmaron la resolución número 80, en el extremo que dispone suspender la valorización del inmueble dado en garantía.- 10JC.- Salas. AV 326 CL Reg. N° 26-1994-5.- Jorge Góngora Navarro.- Essalud.- Ejecución de Resoluciones Judiciales.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 666, que declara improcedente la nulidad planteada.- 5JC.- Llerena. AT CL Reg. N° 29-2015.- Wykes Callington Harvey.- Exequatur.- Resolvieron hacer efectivo el apercibimiento prevenido en la resolución número uno, en consecuencia rechazaron la solicitud interpuesta por Harvey Wykes Callington.2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 7517-2007-48.Hipolito Andres Navinta Salazar.- Declararon fundada la Abstención formulada por el señor Juez Superior Rene Cervantes Lopez.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 1435-2014.- Mi banco.- Lucia Ceferina Turpo Larico.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Requirieron a la demandada a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.Álvarez. AT BZ Reg. N° 3255-2014.Maria Luisa Tapia Mamani de Quispe.- Gerencia Regional de Agricultura.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Declararon improcedente la solicitud de interrupción presentado por la demandante y haciendo efectivo el apercibimiento declararon nulo el concesorio de apelación concedido por resolución número 06.- 2SC.- Álvarez.
VIERNES 08 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 186 CL Reg. N° 1528-2012.- Cesar Rondon Guillen.- Comunidad Campesina de Characato.- Mejor Derecho a la Propiedad.- Abreviado.- Confirmaron la sentencia apelada numero 628-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.-2JM Parucarpata.- Díaz. SV 187 CL Reg. N° 878-2011.- Isabel Guevara Lucero.- Empresa RWJI Inversiones SRL.- Interdicto de recobrar.- abreviado.- Se resuelve confirmar la sentencia número 97-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 3JC.- Herrera. SV 188 BZ Reg. N° 2138-2013.- Ministerio Publico.- Steven Carpio Luna y otros.- Violencia Familiar.- Único.- Aprobaron la sentencia consultada número 10-2015, únicamente en el extremo que declara infundada la demanda.- JF Hunter. SV 189 CL Reg. N° 625-2012.- Juan Carlos Huamani.- Martha Barrios Garay.- Divorcio por Causal.- Conocimiento.- Se resuelve aprobar la sentencia número 001-2015, que declara fundada en parte la demanda y en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial , no corresponde fijar indemnización a favor del cónyuge perjudicado.- 2JM M. Melgar.- Velarde. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Salinas Vizcarra. AV 327 CL Reg. N° 5656-2014.Eymerio Quenta Paniagua.- Magistrados de la Segunda Sala Civil.- Acción de Amparo.- Especial.Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 5JC.- Llerena.
Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 328 BZ Reg. N° 1993-2014-49.Silverio Mallea Quispe.- Asociación de Comerciantes Terminal Terrestre de Arequipa.- Reivindicación.- Conocimiento.- Declararon nula la resolución número 05, que declara improcedente el ofrecimiento de medios probatorios de la demandante.1JC.- Luque. AV 329 CL Reg. N° 1488-2014.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.- Cornelio Guillen Torres y otros.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 10, que declara infundada la contradicción al mandato de ejecución y ordena el remate del bien inmueble dado en garantía.- 1JM Paucapata.- Loayza. AV 331 BZ Reg. N° 4254-201132.- Percy Velásquez Román.- Martha Román Benites.- Tenencia.- Único.- Se resuelve confirmar la resolución número 44, que resuelve disponer que la demandada constituya garantía suficiente por concepto de pensiones alimenticias futuras. Revocaron la misma en el extremo que fija la garantía en la suma de quince mil nuevos soles, reformándola fijaron la suma de diez mil nuevos soles.- JFT.- Arenas. AT 238 BZ Reg. N° 2597-2012.- Superintendencia de Bnaca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones SBS.- Cooperativa de Ahorro y Credito Credicoop La Isla LTDA.- Disolución de Asociación.- Dispusieron elevarse los a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.Álvarez. AT 239 CL Reg. N° 1841-2012.Claudia Tapia Salas Tapia.- Marisol Yovana Palacios Pinto.- y otros.- Tercería.- Rechazaron el pedido de informe oral presentado por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.-2SC.- Álvarez. AT 240 MM Reg. N° 1220-201257.- Manuel Angel Polar Covarrubias Polar y otro.Obligación de Dar Suma De Dinero.- Requirieron al demandante a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. MARTES 12DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV BZ Reg. N° 4033-2013.- Vilma Beatriz Aurelia Álvarez Núñez.- Karla Álvarez Moscoso.- Interdicción.- Sumarisimo.- |Aprobaron la sentencia consultada número 15-2015, que declara fundada la demanda.- 3JF.- Zambrano. SV 191 CL Reg. N° 2411-2014.- Nelly Meza de Lazo.- Ugel Arequipa Sur.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 97-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 4JC.- Núñez. SV 192 BZ Reg. N° 2608-2014.Lourdes Cahuana Saraza.- Jose Luis Rimachi Pinto.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia apelada numero 552-2014, que resuelve declarar infundada la pretensión contenida en la demanda.-4JF.- Arenas. SV 196 CL Reg. N° 3488-2014.- Porfirio Paucara Choquepura.- Rimac Seguros.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve revocar la sentencia número 129-2014, que declara fundada la demanda, reformándola se declara infundada la misma, en consecuencia se dispone la conclusión y archivo del proceso.- 10JC.- Ampuero. AV 332 MM Reg. N° 769-2001.- Antonio Pacheco arana.- Graciela Begazo Santos.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 146, que declara infundada la solicitud de conclusión del proceso por prescripción extintiva.- 9JC.- Montañez. AV 333 MM Reg. N° 2183-201441.- Lourdes Collado Paniagua.- Minera MM Cotar EIRL.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Se resuelve confirmar la resolución número 04, que declara improcedente la oposición a la medida cautelar presentado por el demandado.- 2JC.- Meléndez. AV 334 MM Reg. N° 591-2013-42.Empresa Municipal Administradora del Terminal Terrestre de Mollendo.- Empresa de Transporte Santa Ursula SAC.- Desalojo.- Sumarísimo.-Se resuelve confirmar la resolución número 06, que declara improcedente la nulidad de la resolución número 05 deducida por Guillermo Eloy Coaguila Rivera, en representación de TRANSUR SAC.- JC Islay.- Chapilliquen.
AV 336 BZ Reg. N° 49-2015.- Luis Alberto Torres Alarcón.- Jose Manuel Díaz Cornejo y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon Nula la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda.- 1JM Paucapata.- Bolivar. AV 337 BZ Reg. N° 6041-2013.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna.- Agripina Quispe Sánchez.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Revocaron la resolución número 06, en los extremos que resuelve declarar fundada la contradicción al mandato de ejecución sustentada en la inexigibilidad de la obligación formulada por la demandada e improcedente la demanda e impone a la demandante el pago de costas y costos, reformándola declararon infundada la contradicción y dispusieron se proceda al remate del bien dado en garantía.- 5JC.- Luna. AV 345 BZ Reg. N° 1082-201358.- Cristina Trujillano de Yagua.- Gerardo Malaga Zegarra.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.Revocaron la resolución número 03, que resuelve cancelar la medida cautelar de anotación de demanda, reformándola declararon improcedente el pedido de cancelación de la medida cautelar formulado por el demandado.- JM Islay.- Ruelas. AT 241 BZ Reg. N° 6652-2014.- Scotiabank Peru SAA.- Empresa AUROMIN SCRLy otros.Obligación de Dar Suma De Dinero.- Dispusieron elevarse los a la Corte Suprema de la Republica.2SC.- Álvarez. AT 242 CL Reg. N° 165-2010.- Lila Raymunda Cuantas Salas.- Ada Luz Vizcarra Suárez Desalojo.- Sumarísimo.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 243 CL Reg. N° 1704-2013-5.Paula Filomena Huanca Luque.- Hernan Morante Trigoso.- Ineficacia de Acto Jurídico.- Conocimiento.- Declararon improcedente la nulidad deducida por Liliana Indira Morante.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 1220-2012.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.- Cusco SA.- Vitzania Nelly Supo Purizaca.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 2585-2011.Edith Mercedes Gonzáles Ticona de Rengifo.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.Álvarez. AT BZ Reg. N° 465-2014.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa.- Romilda Adco Laura.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Dispusieron elevarse los autos al haberse interpuesto recurso de casación por la parte demandante a la Corte Suprema de la Republica.2SC.- Álvarez. MIERCOLES 13DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV BZ Reg. N° 1082-2013.- Cristina Trujillano de Yahua.- Gerardo Malaga Zegarra.Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Revocaron la resolución apelada número 05, que resuelve declarar fundada la excepción de prescripción extintiva formulada por el demandado; reformándola declararon infundada la excepción planteada por el demandado.- JM Islay.- Rúelas. Con los SS. Valencia Dondo Cárdenas y Cervantes López AT 249 CL Reg. N° 4917-2010-23.Juan Freddy Gonzáles Cáceres.- Club Internacional de Arequipa.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon improcedente la abstención formulada por el señor Juez Superior Nimer Roberto Marroquín Mogrovejo.- 2SC.- Álvarez AT 250 CL Reg. N° 4917-2010-23.Juan Freddy Gonzáles Cáceres.- Club Internacional de Arequipa.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon improcedente la abstención formulada por el señor Juez Superior Nimer Roberto Marroquín Mogrovejo.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT CL Reg. N° 719-2015.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna.- Damian Juarez Uscamayta.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Dirimieron la competencia territorial a favor del señor Juez del quinto Juzgado Civil, debiendo continuar con el tramite del presente proceso.2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 523-2015.- An-
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gela Taipe Huarca.- Municipalidad Distrital de Socabaya.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.Álvarez. JUEVES 14 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 190 MM Reg. N° 6166-2013.Sedapar SA.- .- Municipalidad Distrital de Yanahuara.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 101-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 3JC.- Herrera. SV 191 CL Reg. N° 3939-2010.- Grimaldo Huamani Huaycane.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.Confirmaron la sentencia apelada numero 99-2014, que resuelve declarar fundada la demanda y dispone que la entidad demandada cumpla con otorgar al demandante pensión vitalicia por enfermedad profesional desde el diecisiete de marzo del dos mil diez, debiendo pagar además los devengados o intereses legales.- 3JC.- Ylla. SV 194 CL Reg. N° 395-2013.- Julian Taimes Alvis.- Mishel Carpio Fernández.- Violencia Familiar.- Único.- Aprobaron la sentencia número 418-2014, materia consulta, que declara infundada la demanda.- 3JF.- Zambrano. SV 195 CL Reg. N° 1800-2013.Rosa Pereyra de Choque.- Francisco Leon Apaza y otro.- Interdicción.- Sumarí simo.- Se resuelve desaprobar la sentencia número 26-2015, únicamente en el extremo que resuelve declarar la interdicción civil por incapacidad relativa; aprobar la sentencia número 26-2015, que resuelve declarar fundada la demanda interpuesta y en consecuencia se declara interdicto a Percy Heriberto León Pereyra.- 1JM Paucapata.- Bolívar. AV 337 BZ Reg. N° 379-1993-25.Mariela Chilo Monroy.- Wilder Cáceres López.- Alimentos.- Unico.- Declararon Nula la resolución número 42, por la que se declara improcedente el pedido de Mariela Jacqueline Chilo Monroy de cursar oficio al jefe del FOSERSOE del demandado y entrega a la recurrente.- 1JF.- Salas. AV 338 MM Reg. N° 7562-2014.- Jesús Manrique Díaz.- Asociación de Productores Agroecologicos y otros.- Prescripción Adquisitiva.Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 6JC.- Lazo. AV 339 CL Reg. N° 5058-2014.- Paula Llano de Limache.- Juez del Primer Juzgado Mixto de Mariano Melgar.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 1JC.- Márquez. AV 342 MM Reg. N° 764-2002-3.Franco Aco Cárdenas.- Ejecución de Resoluciones Judiciales.- Único de Ejecución.- Confirmaron la resolución número 353, que ordena la realización de una pericia contable para determinar el monto a que ascienden los intereses legales por el periodo comprendido desde el veinticinco de noviembre del dos mil once a la fecha de expedición de la resolución apelada.- 4JC.- Quispe. AV 344 MM Reg. N° 3690-2010-92.Julia Antonia Mamani Flores.- Zacarias Peralta Mamani.- Particion de Bienes.- Abreviado.- Confirmaron la resolución número 39, que declara infundada l aobservacion al dictamen pericial efectuada por la demandada, y aprueba el dictamen pericial realizado por el perito.- 1JC.- Pacheco. AT 246 CL Reg. N° 470-2010.- Banco Continental.- Álvaro José Bustamante Núñez y otros.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 247 MM Reg. N° 8695-2014.Néstor Calapuja Baldarrago.- Corporación Aceros Arequipa SA.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 248 BZ Reg. N° 5100-2005-52.Sandy Angie Quenaya Ordóñez.- Marcelo Edwin y otro.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.Requirieron al demandado a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 79-2015.- Gustavo Julio Torreblanca Álvarez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Accion Popular.- Resolvieron
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La República
admitir a tramite el escrito de contestación presentado por la Municipalidad provincial de Arequipa.dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito, téngase por ofrecidos los medios probatorios.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 81-2015.- Manuel Guillermo Paz Rodríguez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Resolvieron admitir a tramite el escrito de contestación presentado por la Municipalidad provincial de Arequipa.- dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito, téngase por ofrecidos los medios probatorios.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 30-2015.- Victor Walter Valcarcel Álvarez.- Exequatur.- Rechazaron la solicitud interpuesta, dispusieron archivar el proceso.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 84-2015.- Wilfredo Vilca Gutiérrez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Resolvieron admitir a tramite el escrito de contestación presentado por la Municipalidad provincial de Arequipa.- dieron por absuelta la demanda en los términos que contiene el escrito, téngase por ofrecidos los medios probatorios.- 2SC.Álvarez. VIERNES 15 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Fernández Dávila Mercado, Valencia Dongo Cárdenas y Salinas Vizcarra. SV 155 VDC Reg. N° 7221-2013.- Nelly Meza Vásquez.- Ugel Arequipa Norte.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Revocaron la sentencia apelada número 89-2014, y reformándola declararon improdecente la demanda en cuanto a la pretensión accesoria de pago de devengados correspondientes al periodo comprendido entre julio del mil novecientos noventa y el nueve de julio del dos mil doce, fecha de otorgamiento de la Resolución Administrativa cuestionada, declarándose fundada la demanda en cuanto a los devengados e intereses legales que se hayan generado a partir de la referida Resolución Directoral número 4463 de diez de julio de julio del dos mil doce.- 5JC.- Luna. Con los SS., Valencia Dongo Cárdenas, Bustamante Zegarra y Cervantes Lopez. SV 192 MM Reg. N° 4895-2011.- milenio Arce Perea.- Gobierno Regional de Arequipa.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 125-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 10JC.- Ampuero. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 340 BZ Reg. N° 340-2015.J.J.O.C.- M.O.C.- Infracción contra la Libertad Sexual.- Confirmaron la resolución apelada Número 12-2015, que resuelve disponer el pedido de internamiento preventivo del investigado.- JF Hunter.Quispe. Con los SS., Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárdenas y Bustamante Zegarra. AV 343 BZ Reg. N° 7312-2014.Eleodoro Gutiérrez Moscoso.- Essalud Arequipa.Indemnización.- Abreviado.- Declararon Nula la resolución número 01, por la que se resuelve declarar improcedente la demanda.- 2JC.- Melendez. AT MM Reg. N° 3030-2005-39.Carmen Irma Marroquín Martinez.- Simona Sanchez Huancollo.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 251 MM Reg. N° 388-2007.Eduardo Quispe Cutida.- Radio Ondas del Misti.Convocatoria a Junta o Asamblea General.- No Contencioso.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 252 BZ Reg. N° 8218-2014.- Jesús Rigoberto Cruz Tapia.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Accion de Cumplimiento.- Especial.Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 253 CL Reg. N° 802-2000-13.Banco de Credito del Peru.- Carmen Amparo Cárdenas Vásquez.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Declararon improcedente el pedido de aclaración del Auto de Vista ocho.- 2SC.- Álvarez. AT 254 CL Reg. N° 802-2000-13.Banco de Credito del Peru.- Carmen Amparo Cárdenas Vásquez.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Declararon improcedente el pedido de aclaración del Auto de Vista cinco.- 2SC.- Álvarez. AT
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
255 MM Reg. N° 1596-2012.Efraín Ortiz Zúñiga.- Asociación Irrigación Ocoña.- Obligación de Hacer.- Único de Ejecución.Dispusieron elevarse los a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 289 MM Reg. N° 56-2008.- concepción Fernando Condori Arce.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.Declararon improcedente el pedido de aclaracion del Auto de Vista 323-2015, formulado por el demandado.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Valencia Dondo Cárdenas y Cervantes López AT CL Reg. N° 3204-2010.Juan Rosa Peñarieta Arenazas y otro.- Banco Continental.- Tercería.- Declararon improcedente la abstención formulada por el señor Juez Marroquín Mogrovejo.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 3204-2010.Juan Rosa Peñarieta Arenazas y otro.- Banco Continental.- Tercería.- Aceptaron la abstención formulada por el señor Juez Ramiro Bustamante Zegarra.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT BZ Reg. N° 1596-2012-21.Efraín Ortiz Zúñiga.- Obligación de Hacer.- Unico de Ejecución.- Declararon improcedente la solicitud de auxilio judicial presentada por Efraín Zúñiga Ortiz.AT CL Reg. N° 51-2013.- Jesús Percy Ibáñez.- Municipalidad provincial de Arequipa.- r3 Revisión de Procedimiento de Ejecución.- Especial.- Resolvieron hacer efectivo el apercibimiento dictado mediante resolución número tres, en consecuencia rechazaron la demanda AT CL Reg. N° 4249-2014.ASICEMA.- Tribunal Registral de la SUNARP.- Impugnación de resolución.- Especial.- Declararon improcedente la reposición interpuesta por Porfirio Villanueva Cárdenas.- 2SC.- Álvarez. LUNES 18 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 257 CL Reg. N° 7502-2008.- Juliana Umiña Bustincio.- Asociación de Comerciantes Multicentro La Veracruz.- Deslinde.- Declararon improcedente el medio probatorio referido a solicitar al Setimo Juzgado Civil el expediente 65702008, sobre nulidad de acto juridico.- 2SC.- Álvarez. AT 262 CL Reg. N° 7502-2008.- Juliana Umiña Bustincio.- Asociación de Comerciantes Multicentro La Veracruz.- Deslinde.- Declararon improcedente el pedido de intervención Litisconsorcial interpuesto por el demandante.- 2SC.- Álvarez. MARTES 19 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 256 BZ Reg. N° 1407-1999-28.Servicios Cobranzas e Inversiones SAC.- Jose Flores Begazo y otros.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Requirieron al demandado a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. AT 258 MM Reg. N° 297-2014.- Carmen Sotomayor Chirinos.- Gilberto Flores Gonzalez.- Desalojo.- Sumarísimo.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.Álvarez. AT 259 BZ Reg. N° 4181-2014.- Hereslinda Linares de Delgado.- Gobierno Regional de Arequipa.- Accion de Cumplimiento.- Especial.Concedieron el recurso de Agravio Constitucional interpuesto por Alex Añari Carnero Ordenaron elevarse los actuados al tribunal constitucional.- 2SC.Álvarez. Con los SS. Valencia Dongo Cardenas, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 261 CL Reg. N° 1240-2012.Martina Maria Parrillo Cruz.- Emilia Quispe Cloque y otros.- Desalojo.- Sumarísimo.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.2SC.- Álvarez. MIERCOLES 20 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 197 BZ Reg. N° 3211-2011.Darwin Dávila Rosas.- Gerencia Regional de SaludArequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.- Confirmaron la sentencia número 143-2014.- por la que se resuelve declarar fundada
la demanda.- 5JC.- Condori. SV 198 CL Reg. N° 1380-2014.- Becsy Larico Palo.- Richard Apaza Mendoza.- Violencia Familiar.- Único.- revocaron la sentencia número 38-2014, que declara fundada la demanda, reformándola se declara infundada la misma, se dispone la conclusión y archivo del proceso.- JFT Paucarpata.- Gonzáles. SV 199 BZ Reg. N° 29-2014.- Javier Chuctaya Gonzáles.- Santos Martina Valiente Arana.- divorcio por causal.- Conocimiento.-Se resuelve aprobar la sentencia, que declara fundada la demanda.- JM Islay.- Zegarra. AV 346 BZ Reg. N° 3211-2011.Darwin Davila Rosas.- Gerencia Regional de Salud.Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 08, que declara improcedente la nulidad deducida en contra de la resolución número 02; corregir la resolución número 02 en el extremo que se consigna como demandada a la Gerencia Regional de Ministerio de Salud debiendo quedar como Gerencia Regional de Salud del Ministerio de Salud.- 5JC.- Condori. AV 347 BZ Reg. N° 3211-2011.Darwin Dávila Rosas.- Gerencia Regional de Salud.Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 11, que declara improcedente el pedido de declaración de abandono solicitado por el Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de Arequipa.- 5JC.Condori. AV 348 MM Reg. N° 8397-200098.- Maria Barriga de Gamarra.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Revocaron la resolución número 18, que resuelve declarar improcedente el pedido de prescripción de Accion, Reformándola declararon fundado el pedido, en consecuencia declararon prescrita la acción de ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional del seis de diciembre del dos mil dos y por concluido el proceso.- 7JC.- Cárdenas. AV 349 CL Reg. N° 5341-2014-52.Viettel Perú SA.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se resuelve corregir el número de la resolución materia de impugnación a la que correlativamente le corresponde el número 03 y en consecuencia corregir los números de las subsecuentes resoluciones; precisar que la resolución materia de apelación es la número 03 y confirmar la misma, que resuelve declarar improcedente la solicitud de medida cautelar presentada.- 1JM Paucapata.- Bolívar. AV 350 CL Reg. N° 125-2015.- Arcadio Murguía Villena.- justa Condori Ccuno.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Se resuelve declarar nula la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda dejando a salvo el derecho para hacerlo valer conforme a ley.- 1JM Paucapata.- Díaz. AV 351 CL Reg. N° 2864-2010-71.Gustavo Javier Medina Torreblanca.- AUTODEMA.Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve declarar nula la resolución número 34, en el extremo apelado que dispone remitir copias certificadas de los actuados correspondientes al Ministerio Publico a fin proceda conforme sus atribuciones; en consecuencia dejándose sin efecto tal remisión.- 9JC.Montañés. AV 352 CL Reg. N° 7364-2014.- Edson Cárdenas Cusirramos y otros.- Grupo La Republica SA. Y otros.- Indemnización.- Abreviado.- Se resuelve declarar nula la resolución número 01, que resuelve declarar improcedente la demanda.- 5JC.Condori. AV 353 CL Reg. N° 391-2014-54.Ventura Filomena Cuadros Vda. de Moscoso.- Wilson Condori Molina y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Revocaron la resolución número 04, que declara infundada la excepción de prescripción extintiva, reformándola declararon fundada la excepción en consecuencia nulo todo lo actuado y por concluido el proceso.- JC Islay.- Chapilliquen. AV 354 CL Reg. N° 1502-2013-4.Juan Carlos Montesinos Fernández.- Doris Vásquez Tineo.- Tenencia.- Unico.- Se resuelve confirmar la resolución número 16, que declara rebelde a la demandada en el presente proceso.- 4JF.- Chavez. AV 355 CL Reg. N° 1121-2014-39.Juana Emma Cuadros Viuda de Zegarra.- Esmidian Felicitas Zegarra Cuadros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- revocaron la resolución número 05, que declara improcedente la nulidad de la notificación de la demanda, reformándola declararon fundado el pedido de nulidad de actuados.- 1JM
Martes, 21 de julio del 2015
Paucapata.- Bolivar. AT 265 CL Reg. N° 8639-2014.Evelyn Karla Valdivia Leon.- Fabrica de Chocolates la Iberica.- Acción de Amparo.- Especial.- Concedieron el Recurso de Agravio Constitucional interpuesto por el demandante; ordenaron elevarse los actuados al Tribunal Constitucional.- 2SC.- Álvarez. AT CL Reg. N° 5179-2010.- Lucia Ccori Quispe.- Noe Huayhua Zavaleta y otros.Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 1533-2012.- Lola Carvajal Chavez.- Chistian Nestor Álvarez Vitorino y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.Rechazaron el pedido de informe oral presentado por Felina Elizabeth Paz Carvajal.-2SC.- Álvarez. JUEVES 21 MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 267 MM Reg. N° 7943-2014.- Ada Jesús Mogrovejo Motta.- Gobierno Regional de Arequipa.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Concedieron el Recurso de Agravio Constitucional interpuesto por el demandante; ordenaron elevarse los actuados al Tribunal Constitucional.- 2SC.- Álvarez. AT 268 BZ Reg. N° 778-2014.-Estefania Haydee Miranda Mamani.- Javier Wilbert Yanarico Lopez.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Admitieron los medios probatorios ofrecidos por la demandante en el recurso de apelación, traslado a la parte demandada por el plazo de diez diaz. AT 269 CL Reg. N° 3816-2011.- Central Azucarera Chucarapi Pampa Blanca SA.- Hertor Agripino Castillo Figueroa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.-Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 3838-2013.- Ministerio Publico.- Dora Margarita Charaja Santos.Violencia Familiar.- Único.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.Álvarez. AT MM Reg. N° 4710-2013-88.Maribel Yeny Aññasco Requena.- Auxilio judicial.Concedieron Auxilio Judicial a la Solicitante.- 2SC.Álvarez. AT CL Reg. N° 4979-2010.Hernán Rafael Banda Flores.-Olinda Emma Banda Flores y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Aceptaron la abstención formulada por el señor Juez Superior doctor Ramiro Bustamante Zegarra.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Cervantes López y Salinas Vizcarra AT CL Reg. N° 4979-2010.Hernán Rafael Banda Flores.-Olinda Emma Banda Flores y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon improcedente la abstención formulada por el señor Juez Superior Marroquín Mogrovejo.- 2SC.- Álvarez. VIERNES 22 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 201 BZ Reg. N° 3710-2010.- Víctor Mariño Zevallos y otros.- Gregoria Romero Calderón.- Rescisión de Contrato.- Revocaron la sentencia número 16-2014, que declara infundada la demanda reformándola, la declararon fundada en todos sus extremos.- 8JC.- Ramírez. SV 202 MM Reg. N° 2407-2012.Emilio Coaricona Chura.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 137-2014.- en el extremo que declara infundada la tacha formulada por la demandada, revocaron la misma sentencia en el extremo que declara fundada las pretensiones contenidas en la demanda, reformándola declararon infundada la demanda.- 5JC.- Campos. SV 203 BZ Reg. N° 5942-2014.- David Carlos García.- Pacifico Vida.- Acción de Amparo.- Especial.- Revocaron la sentencia número 5-2014, que declara improcedente la demanda, reformándola declararon fundad la demanda.- 6JC.Ramos. SV 204 BZ Reg. N° 771-2014.- Santusa Ovalle Reyes.- Susana Roldan Ovalle.- Interdicción.- Sumarísimo.- Aprobaron la sentencia número 27-2014, que declara fundada la demanda.- JFT Paucarpata.- Corrales.
SV 205 CL Reg. N° 4779-2011.- Marcelo Cosi Bautista.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve revocar la sentencia, reformándola declararon improcedente la misma, dejando a salvo el derecho del actor para que lo haga valer con arreglo a ley.9JC.- Lizarzaburu. SV 206 BZ Reg. N° 589-2013.- Esperanza Yana Suaña.- Maximo Guevara yana.- Desalojo.- Sumarísimo.- Revocaron la sentencia signada como resolución número 10, que declara improcedente la demanda; reformándola declararon fundada, JM Islay.- Rodríguez. SV 207 MM Reg. N° 1437-2013.- Rufina Gonzáles Quiroz.- Pedro Olvea Fuentes.- Violencia Familiar.- Único.- Aprobaron la sentencia número 58-2015, que declara improcedente la demanda.- 1JF.- Valdeiglesias. SV 208 CL Reg. N° 108-2011.- Sixto Pauca Vizcarra.- .- Municipalidad Distrital de Mollebaya.- Prescripcion Adquisitiva.- Abreviado.- Confirmaron la sentencia apelada numero 135-2014, que resuelve declarar improcedente la demanda.Cardenas. SV 209 BZ Reg. N° 356-2013.- Jorge Díaz Rivera.- Jorge Espinoza López y otro.- Interdicto de Retener.- conocimiento.- Confirmaron la sentencia apelada que resuelve declarar infundada la demanda.- JM Islay.- Rodríguez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Rivera Dueñas y Bustamante Zegarra AV 356 RD Reg. N° 3710-2010.- Víctor Mariño Zevallos y otros.- Gregoria Romero Calderón.- Rescisión de Contrato.- confirmaron la resolución apelada número 08, que resuelve: declararla nulidad de la resolución número 05, que rechaza el escrito de contestación y declara rebelde a la demandada; Renovando el acto procesal viciado, se tiene por contestada la demanda en los términos que contiene el escrito presentado.- 8JC.- Ramírez. AV 357 RD Reg. N° 3710-2010.Víctor Mariño Zevallos y otros.- Gregoria Romero Calderón.- Rescisión de Contrato.- Confirmaron la resolución apelada número 08, que resuelve: declararla nulidad de la resolución número 24, que resuelve declarar improcedente la tacha en contra del documento denominado valuación comercial del predio urbano.- 8JC.- Ramírez. AV 358 RD Reg. N° 3710-2010.Víctor Mariño Zevallos y otros.- Gregoria Romero Calderón.- Rescisión de Contrato.- Confirmaron la resolución apelada número 08, que resuelve: declararla nulidad de la resolución número 70, que resuelve declarar improcedente la nulidad deducida por el codemandante.- 8JC.- Ramírez. AV 359 RD Reg. N° 3710-2010.Víctor Mariño Zevallos y otros.- Gregoria Romero Calderón.- Rescisión de Contrato.- Confirmaron la resolución apelada número 08, que resuelve: declararla nulidad de la resolución número 57, que resuelve declarar improcedente los medios probatorios extemporaneos formulados por la parte demandada- 8JC.- Ramírez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 360 CL Reg: N° 294-201-59.Jorge Nina Chavez.- Oficina de Normalización Previsional.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.- Se resuelve revocar en parte la resolución número 51en el extremo que aprueba el informe pericial, Reformándola se desaprueba la liquidación de los interese legales practicada por el perito Judicial Nombrado en Autos; confirmaron la resolución número 51, en el extremo que aprueba el informe pericial en cuanto determina que el monto de la pensión de referencia del demandante asciende a la suma de seiscientos nuevos soles y el monto de pensiones devengadas asciende a la suma de ocho mil ciento setenta con 65/100 nuevos soles .- 9JC.- Montañez. AV 361 CL Reg. N° 2466-2013-62.Álvaro Arestegui Quezada.- Maria Delgado Delgado.- Mejor derecho a la Propiedad.- Conocimiento.Se resuelve revocar la resolución número 12 que declara improcedente el ofrecimiento de medios probatorios extemporáneos, reformándola se tiene por ofrecidos los medios probatorios extemporáneos adjuntados por el demandante.- 9JC.- Lizarzaburu. AV 362 CL Reg. N° 2466-2013-62.Álvaro Arestegui Quezada.- Maria Delgado Delgado.- Mejor derecho a la Propiedad.- Conocimiento.- Se resuelve confirmar la resolución 16 en el extremo apelado que resuelve declarar infundada la excepción de prescripción extintiva formulada
Martes, 21 de julio del 2015
respecto de la reconvención- .- 9JC.- Lizarzaburu. AV 385 BZ Reg. N° 1705-1999-91.Nestor Álvarez Velásquez.- Ines Cuadros y otros.Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Se resuelve confirmar la resolución número 236, que declara improcedente la solicitud presentada por Felina Elizabeth Paz Carvajal.- 10JC.- Ampuero. AV 386 BZ Reg. N° 1705-1999-91.Nestor Álvarez Velásquez.- Ines Cuadros y otros.Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.Declararon nula la resolución número 237que resuelve declarar improcedente la solicitud de apersonamiento del señor Enrique Choquehuanca Ramos.- 10JC.- Ampuero. Con los SS. Cervantes López y Salinas Vizcarra. AT 275 CL Reg. N° 1220-2012-57.Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco SA.- Financiera de Créditos Arequipa y otros.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Aceptaron la abstención formulada por el señor Juez Superior Ramiro Bustamante Zegarra.- 2SC.- Álvarez. LUNES 25 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 270 MM Reg. N° 2437-2014.- Ministerio Publico.- Oscar Nieves Canazas Rivero.- Violencia Familiar.- Único.- Requirieron a la agraviada a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. AT 271 BZ Reg. N° 8512-2006.- Carlos Ivan Llerena Mares.- Banco de Crédito del Perú.Obligación de Dar Suma De Dinero.- Declararon fundada la abstención formuladda por el señor Juez Superior Rene Cervantes Lopez.- 2SC.- Álvarez. AT 272 MM Reg. N° 8512-2006.- Carlos Ivan Llerena Mares.- Banco de Credito del Peru.Obligación de Dar Suma De Dinero.- Requirieron al demandante a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 273 CL Reg. N° 5853-2014.- Luis Cesar Salas Bejarano y otros.- Víctor José Reymundo Garcia Jove.- Desalojo.- Sumarísimo.- Admitieron el medio probatorio referido a la copia literal de la partida registral PO 6093381. AT 277 MM Reg. N° 574-2002.- Elvira Torres Rodríguez.- Carmen Genoveva Lazo Torres.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.Declararon inadmisible el ofrecimiento de medios probatorios presentados por Abraham Vilchez Ferreira.- 2SC.- Álvarez. MARTES 26 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Fernandez Davila Mercado, Valencia Dongo Cardenas y Bustamante Zegarra SV 05 BZ Reg. N° 257-2014.Juan Jaime Delgado Vera.- Sperintendencia de Banca y Seguros y AFP.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se declara Fundada la demanda, en consecuencia Nulas las resoluciones SBS N° 6779-2009, 16518-2010 y 9922-2011, disponiéndose la expedición de nueva resolución que de inicio al tramite de desafiliación con estricta observancia de la resolución SBS 11718-2008.- 2SC.- Álvarez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 211 MM Reg. N° 3606-2012.Betty Medina viuda de Soto.- Miguel Ángel Soto Medina.- Interdicción.- Sumarísimo.- Aprobaron la sentencia consultada número 78-2015, que declara fundada la demanda.- 1JF.- Soncco. SV 214 CL Reg. N° 2988-2012.- Michelle Linares Alva.- Benito Borja Rodriguez.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Se resuelve aprobar la sentencia que declara fundada la demanda, por5 la causal de imposibilidad de hacer vida en común.JF Hunter.- Vargas. SV 215 CL Reg. N° 1103-2011.- Inversiones RWJI SR Ltda.- Jorge Gabino Rodríguez La Torre y otro.- Resolución de contrato.- Se resuelve revocar la sentencia número 90-2014, que declara infundada la demanda, reformándola declararon improcedente la misma en el extremo que declara improcedente la pretensión accesoria de devolución de dinero.- 3JC.- Choque. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernández Dávila Mercado y Cervantes
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
López AV 293 CL Reg. N° 7102-2009.- Manuel Salinas Najar y otro.- Filiberto Montoya Cortes y otros.- Nulidad de Contrato.- Revocaron la resolución número 28, reformándola declararon improcedente el pedido de abandono solicitado.- 8JC.- Ramírez. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 364 CL Reg. N° 3002-2013.- Gobierno Regional de Arequipa.- Essalud.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 17 que declara fundada la excpcion de falta de agotamiento de la Via administrativa y declara la nulidad de todo lo actuado y dispone la conclusión del proceso.- 5JC.- Rodríguez. MIERCOLE 27 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 212 BZ Reg. N° 63-2013.- Urbelinda Ramos Mamani.- Margot Arratea Chora y otro.- Mejor Derecho a la Propiedad.- Abreviado.Confirmaron la sentencia apelada numero 41, que resuelve declarar fundada la demanda.- 2JM Paucarpata.- Yanahuaya. SV 219 BZ Reg. N° 5050-2009.- Leonardo Hanco Valeriano.- Municipalidad provincial de Arequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.- Revocaron la sentencia número 107-2014, que declara fundada la demanda, reformándola declararon infundadala demanda.- 8JC.- Risco. Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AV 363 BZ Reg. N° 8032-2014.- Javier Álvarez Núñez.- Indecopi.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 01, que declara improcedente la demanda.5JC.- Condori. AV 366 MM Reg. N° 4724-2014.- Jorge Fernández Pacheco.- Construcciones y Edificaciones e inmobiliarias SAC.- Declararon nula la resolución número 01, que declara inadmisible la demanda, y concede el plazo de tres días para que cumplan con subsanar las observaciones señaladas.- 2JC.- Meléndez. AT 280 MM Reg. N° 7269-2013.- Banco de Crédito del Perú.- Ejecución de Garantías.Único de Ejecución.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 281 BZ Reg. N° 3907-2014.- Nilda Telma Valdivia Zegarra de Ancasi.- Gobierno Regional de Arequipa.- Accion de Cumplimiento.Especial.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 282 MM Reg. N° 403-2014.- ministerio de Justicia de Lima.- Poder Judicial.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 283 BZ Reg. N° 1592-2011-38.Marcia Susana Delgado de la Fuente.- Javier Enrique Cardenas Lozada.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Requirieron al demandando a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. JUEVES 28 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 213 BZ Reg. N° 2344-2013.Magda Chambilla Yanqui.- Alexander Llacho Chambilla.- Reconocimiento de Unión de Hecho.- Conocimiento.- Aprobaron la sentencia consultada número 556-2014, que declara fundada la demanda interpuesta.- 4JF.- Chávez. SV 216 CL Reg. N° 1531-2013.- Alicia Sucno de Machaca.- Lourdes Machaca Sucno y otros.- Interdicción.- Sumarísimo.- Se resuelve aprobar la sentencia número 865-2014, que resuelve declarar fundada la demanda.- 1JM Paucapata.- Bolívar. SV 217 MM Reg. N° 1172-2014.- Norma Ancasi Romero.- José Manuel Ancasi Romero.Violencia Familiar.- Único.- Revocaron la sentencia número 24-2015, que declara fundada la demanda, reformándola declararon infundada la demanda en cuanto a ala pretensión de declaración de violencia psicológica que habría sufrido la victima.- 1JF.- Salas. SV 218 MM Reg. N° 455-2014.- Mi-
nisterio Publico.- Carlos Alberto Sanchez Machicao y otro.- Violencia Familiar.- Único.- Confirmaron la sentencia número 51-2014, que declara fundada la demanda.- JFT Paucarpata.- Huacapuma. SV 233 MM Reg. N° 164-2014.- Virgilia Bianco Caro.- Maria Cleofe Simaraura Quispe.Desalojo.- Sumarísimo.- Revocaron la sentencia número 26-2015, que declara fundada la demanda, Reformándola declararon infundada la demanda.2JM Paucarpata.- Apaza. SV 234 MM Reg. N° 1256-2014.Sedapar.- Municipalidad Distrital de Yanahuaya.Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.Confirmaron la sentencia apelada numero 115-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 6JC.Lazo. SV 235 MM Reg. N° 6985-2014.- Julia Matilde de Abarca.- Ugel Arequipa Sur.- Accion de Cumplimiento.- Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 14-2015, que resuelve declarar improcedente la demanda.- 6JC.- Ramos. SV 237 CL Reg. N° 3026-2014.- Carlos Chaucayanqui Chávez.- Municipalidad Distrital de Cerro Colorado.- Habeas Data.- Especial.- Confirmaron la sentencia número 107-2014, que resuelve declarar fundada la demanda.- 3JC.- Chávez. AV 365 MM Reg. N° 29-2015.- Caja de Ahorro y Crédito de Ica SA. Alejandra Bejarano Flores.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Se resuelve confirmar la resolución número 04, que declara improcedente la interrupción del tramite del proceso solicitada por la ejecutada y declara hacer efectivo el apercibimiento efectuado mediante resolución número 03, por tanto se tiene por no presentado el escrito de fojas cincuenta y dos.- JM Islay.- Rúelas. AV 367 MM Reg. N° 8437-2014.- Leonardo Loayza Lizarraga.- Marlene Fernández Palaco y otros.- Acción de Amparo.- Especial.- Confirmaron la resolución numero cero uno, la que declara improcedente la demanda.- 9JC.- Montañez. AV 373 MM Reg. N° 908-2012-87.Ezequiel Flores Linares.- Andrea Flores Linares.- Rectificación de Áreas y Linderos.- Abreviado.- Revocaron en todos sus extremos, la resolución apelada número 21, reformándola fijaron como honorarios profesionales de cada perito la suma de quinientos nuevos soles, que totalizan un total de mil soles.1JM Mariano Melgar.- Urquizo. AV 387 MM Reg. N° 244-2006-65.- Vicente Figueroa Alejo.- Oficina de Normalización Provisional.- Acción de Amparo.- Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 81, que resuelve imponer multa de una unidad de referencia procesal a Martin Edgar Tovar Gutiérrez.- 2JC.- Meléndez. AT 284 MM Reg. N° 2012-2013.- Jorge Miguel Valencia Amado.- Rosa Milagros Becerra Corrales.- Tenencia.- Unico.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT 286 CL Reg. N° 4427-2009-21.Alfonso Lazo Herrera.- Promotores Unidos SRL.- Resolución de Contrato.- Especial.- Requirieron a Martha Valdez Garate a fin que cumpla dentro del plazo de cinco días con presentar el arancel judicial por apelación.- 2SC.- Álvarez. AT MM Reg. N° 871-2011-20.Adriana Arias Monroy.- Víctor Raúl Zevallos Ortiz.Servidumbre.- Dispusieron la inmediata devolución del expediente al juzgado de origen a fin de que en el día y bajo responsabilidad se cumpla con subsanar la omisión advertida.-2SC.- Álvarez. VIERNES 29 DE MAYO DE 2015 En Despacho: Con los SS. Marroquin Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 221 MM Reg. N° 1681-2013.- Diego Alexander Salinas Ccora.- Carla Cecilia Delgado Lazarte.- División y Partición de Bienes.- Abreviado.Confirmaron la sentencia apelada numero 180-2014, en el extremo apelado que condena a los codemandados al pago de las costas y costos del proceso.5JC Campos. SV 222 CL Reg. N° 2832-2014.- Carlos Sauri Coaguila.- Vanesa Coaguila León.- Violencia Familiar.- Único.- se resuelve aprobar la sentencia número 87-2015, que declara infundada la demanda.- 2JM Parucarpata.- Apaza. SV 223 MM Reg. N° 1297-2014.Claudia Viza Ladrón de Guevara.- Marlene Ladrón de Guevara Málaga.- División y Partición de Bienes.- Abreviado.- Confirmaron la sentencia apelada numero 648-2014, que resuelve declarar fundada la
demanda.- 2JM Paucarpata.- Díaz. SV 224 BZ Reg. N° 2040-2013.- Bassin Beltrán Alcocer.- Ivonne Valencia Rodrigo.- Violencia Familiar.- Único.- Declararon nula la sentencia apelada número 163-2013, que declara fundada la demanda y fija la reparación civil en mil trescientos nuevos soles.- 2JM Paucarpata.- Díaz. SV 226 BZ Reg. N° 327-2014.- Rufina Arapa Yto.- Somin Sulla Llaique.- divorcio por causal.- Conocimiento.- Integraron la sentencia apelada número 08-2015, en la parte resolutiva declarando: sin lugar el pago de una prestación indemnizatoria entre las partes, aprobaron la misma en el extremo que declara fundada la demanda interpuesta.- JC Islay.- Rodríguez. SV 227 BZ Reg. N° 90-2010.- Cooperativa de Vivienda Obrera Arequipa Ltda.- Carmen Rosa Chavez yancapallo y otros.- Reivindicación.Conocimiento.- Confirmaron la sentencia apelada numero 40-2014que resuelve declarar fundada la pretensión.- 1JM Mariano Melgar.- Urquizo. SV 228 BZ Reg. N° 1841-2012.Claudia Salas Tapia.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito.- Tercería de Propiedad.- Abreviado.- Se resuelve confirmar la resolución número 178- 2014, que declara fundada la demanda.- 5JC.- Llerena. SV 229 MM Reg. N° 2205-2012.- Bonifacio Quispe Adco.- Gregoria Calladaza Quispe y otros.- Interdicción.- Sumarísimo.- Aprobaron la sentencia número 381-2014, que declara fundada la demanda.- 2JM Mariano Melgar.- Velarde. SV 230 BZ Reg. N° 2270-2012.- Jorge ramos Valencia y otros.- Erick Ballivián Velarde y otros- Cumplimiento de Contrato.- Unico de Ejecución.- Confirmaron la sentencia apelada numero 118-2014, que resuelve declarar fundada la demanda.- 9JC.- Lizarzaburu. SV 231 BZ Reg. N° 6604-2013.- Daniel Ccopa Chambilla.- Quinta Sala del Tribunal registral Sede Arequipa.- Proceso Contencioso Administrativo.-Especial.- Confirmaron la sentencia apelada numero 114-2014, que resuelve declarar infundada la demanda.- 3JC.- Herrera. SV 232 BZ Reg. N° 575-2012.- Bernardino Aquima Huamani.- Oficina de Normalización Previsional.- Acción de Amparo.- Especial.- Integraron la sentencia por la que se declara fundada la demanda, debiendo considerarse además improcedente la tacha formulada por la parte demandada; revocaron la sentencia integrada, por la que se declara infundada la demanda, Reformándola declararon infundada la demanda en todos sus extremos.JC Hunter.- Tapia. SV 236 CL Reg. N° 2032-2013.- Carlos Hinojosa Yanca.- Pedro Hinojosa Mejia.- Violencia Familiar.- Único.- se resuelve aprobar la sentencia número 190-2014, que declara infundada la demanda.- JFT.- Arenas. AV 370 MM Reg. N° 4265-2009-58.Rina Valle Torres.- Estrella Chávez Escobedo.- Ejecución de Garantías.- Único de Ejecución.- Revocaron la resolución número 70, que declara improcedente la nulidad formulada por la codemandada, reformándola declararon fundada la nulidad solicitada por la codemandada, en consecuencia nula la resolución número 64.- 10 JC.- Ampuero. AV 371 MM Reg. N° 1689-2011-4.Ofelia Butron de Viza.- Carmen Huanco Díaz.- Desalojo.- Sumarísimo.- Confirmaron la resolución número 37-2014, que resuelve declarar improcedente la acumulación de los procesos N° 1689-2011-0-0410-JMCI-01y el proceso N° 1656-2011-0-0410-JM-CI-01.2JM Mariano Melgar.- Vargas. AV 372 MM Reg. N° 3601-2012-59.Edgard Rodríguez Marin.- Angelica Portilla Cornejo y otros.- División y Partición de Bienes.- Abreviado.Declararon nula la resolución número 27, que proveyendo el escrito número 40506-2014, se rechaza por el Secretario Judicial, liminarmente el pedido reiterativo de nombramiento de apoderado común.9JC.- Montañez. AV 375 CL Reg. N° 7942-2014.- Lusmila Herrera de Obando.- Empresa Minera Cerro Verde.- Restitución de Servidumbre.- Se resuelve declarar nula la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda.- 4JC.- Quispe. AV 374 CL Reg. N° 77-2015.- asociación Consejo Regional de Integración y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa de Arequipa.- Filiberto Adco Mamani y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Se resuelve declarar nula la resolución número dos, que resuelve declarar improcedente la demanda.- 7JC.- Cárdenas.
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AV 376 BZ Reg. N° 380-2015.- Gabriel Chipana Chuquihuara.- Manuel Revilla Rosas.Nulidad de Acto Jurídico.- conocimiento.- Declararon nula la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda interpuesta.- 8JC.- Acabana. AV 377 BZ Reg. N° 569-2014.- Raquel Luque Huaman.- miguelñ Angel Quispe Condo.- Violencia Familiar.- Único.- Declararon nula la resolución apelada número 05 que resuelve declarar lla nulidad de todo lo actuado y en consecuencia el archivo del proceso.- 3JF.- Zambrano. AV 378 CL Reg. N° 7415-2014.- Santiago Díaz Esperilla.- Maria Eugenia Chirinos Cruz y otros.- División y Partición de Bienes.- Abreviado.- se resuelve declarar nula la resolución número 02, que resuelve rechazar la demanda.- 2JC.- Zapata. AV 379 CL Reg. N° 5588-2014.Carlos Andres Rodríguez Bejarano.- Contratistas SAC.- Convocatoria a Junta o Asamblea General.Confirmaron la resolución número 11, que resuelve ordenar la convocatoria a Junta General de accionistas en su local ubicado en Idelfonso López N° 809, pueblo Tradicional de Zamacola.- 10JC.- Ampuero. AV 381 BZ Reg. N° 278-2012-68.Maria Teresa Delgado Escudero.- Ofelia Álvarez Arencio.- Retracto.- Se resuelve confirmar la resolución número 30, que resuelve desaprobar la liquidación de costos del proceso presentada por la parte demandante, revocaron la misma en el extremo que regula los costos del proceso en la suma de dos mil nuevos soles mas un cinco por ciento destinado al Colegio de Abogados de Arequipa, reformándola fijaron el monto de costos del proceso en la suma de tres mil quinientos nuevos soles mas un cinco por ciento destinado al Colegio de Abogados de Arequipa, sumas que serán canceladas por la parte demandante.- 8JC.- Mamani. AV 382 BZ Reg. N° 278-2012-68.Maria Teresa Delgado Escudero.- Ofelia Álvarez Arencio.- Retracto.- Se resuelve confirmar la resolución número 31, que resuelve declarar procedente el pedido de endose presentado por la parte demandada; se dispone el endose de los depositos judiciales número 2012010100942, por la suma de dos mil quinientos nuevos soles y 2012010100995 por la suma de veinticinco mil dólares americanos a favor de la solicitante.- 8JC.- Mamani. AV 383 BZ Reg. N° 3742-2013-23.Beatriz Ticona Pauro.- Ruth Avelino Melgarejo.- Obligación de Dar Suma De Dinero.- Confirmaron la resolución apelada número 22, que resuelve declarar infundada la nulidad presentada por la demandada.- 8JC.- Acabana. AV 388 CL Reg. N° 1026-2004-34.Valeriana Peralta Gomez.- Sixto Mamani Arias.- Alimentos.- Unico.- SE resuelve confirmar la resolución número 47 que resuelve hacer efectivo el apercibimiento dictado en autos y dispone remitir copias certificadas al Ministerio Publico para que actué conforme sus Atribuciones .- 2JM Paucarpata.- Rodríguez. AV 389 CL Reg. N° 211-2006-93.Nancy Ramos Huaracha.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Proceso Contencioso Administrativo.Especial.- Se resuelve confirmar la resolución número 97, en el extremo que declara improcedente la nulidad deducida.- 1JM Paucapata.- Loayza. AV 390 BZ Reg. N° 8041-2013-25.Silverio Mendoza Patiño.- Asociación Ganadera Señor de los Milagros.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Único de Ejecución.- Confirmaron la resolución número 09 que aprueba el desistimiento de la pretensión y del proceso formulado por el demandante.- 8JC.- Mamani. AV 392 BZ Reg. N° 8041-201325.- Silverio Mendoza Patiño.- Asociación Ganadera Señor de los Milagros.- Ejecución de Acta de Conciliación.- Único de Ejecución.- Confirmaron la resolución número 10, que resuelve dar inicio a la ejecución forzada sobre la desocupación y entrega del inmueble materia de autos.- 8JC.- Mamani. AT 287 MM Reg. N° 8682-2014.- Gina Paola Chavez Villena.- Jueza del Septimo Juzgado de Paz Letrado.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron elevarse los autos a la Corte Suprema de la Republica.- 2SC.- Álvarez. AT BZ Reg. N° 7254-2014.- Berzabe Nelly Cruz Mayhure.- Poder Judicial.- Acción de Amparo.- Especial.- Dispusieron la remisión del presente expediente a la Primera Sala Civil a efecto de que se avoque al conocimiento de la causa.-2SC.- Álvarez.
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La República
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICION SALA PENAL LIQUIDADORA DE AREQUIPA CRONICA JUDICIAL MAYO DEL 2015 04 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. AUTOS: AT: 206 . INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 10011-2008, HERRERA APAZA ARROE, USURPACIÓN AGRAVADA, En consecuencia.- a) Señalaron la Vista de la Causa a llevarse a cabo el día TRECE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con el Colegiado integrado por los Señores magistrados Lajo Lazo, Mendoza Banda y Huanca Apaza. b) DISPUSIERON se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la Vista de la Causa. Al Otrosi: Téngase presente. Juez Superior ponente Señor Lajo Lazo.- LL, MB, HA. AT. 207. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 03999-2008, MEZA VALENZUELA MEDARDO, MALVERSACIÓN DE FONDOS, En consecuencia: En consecuencia: SEÑALAMOS el Juicio Oral para el día VEINTINUEVE de MAYO de los corrientes a horas QUINCE con TREINTA minutos de la tarde, en la Sala de audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora. Cumpla Secretaría de Sala con notificar a los encausados JAIME HECTOR GRANDE BUSTAMANTE; CIRO PEDRO LEON PAREDES y MEDARDO RUBEN MEZQA VALENZUELA en su domicilio procesal y real señalado en autos, bajo apercibimiento de ser declarados CONTUMACES con suspensión del plazo de prescripción de la acción penal, debiendo anexar al proceso las constancias de notificación debidamente diligenciadas, y así mismo publicar los edictos judiciales en el diario de la localidad como en el peruano, bajo responsabilidad. Notifíquese la presente resolución con el informe de Secretaría de Sala que antecede. AL ESCRITO NRO. 4595-2015: CUMPLA SECRETARIA de sala con regularizar en la Central de Distribución General el ingreso del escrito que antecede al presente proceso; cumplido que sea póngase a Despacho para resolver. Juez Superior ponente señor Huanca Apaza.- LL, MB, HA. AT: 208. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00264-1995, ROSA ALBINA CONDORI ANCO Y OTROS, HOMICIDIO SIMPLE Y OTRO, POR LO TANTO DISPONEMOS se continúe con el trámite del proceso según su estado. Tómese razón y hágase saber. Juez Superior Mendoza Banda.- LL, MB, HA. AT: 209. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 02292-2003, CONDORI MAMANI JUAN RAYMUNDO, TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, En consecuencia: a) Señalaron la Vista de la Causa a llevarse a cabo el día TRECE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE a la NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con el Colegiado integrado por los Señores magistrados Lajo Lazo, Mendoza Banda y Huanca Apaza. b) DISPUSIERON se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la Vista de la Causa. Jueza Superior ponente Señora Lajo Lazo.- LL, MB, HA. AV: 211. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 005082001, LUIS ANGEL RUELAS RUELAS, ROBO AGRAVADO CON SUBSECUENTE MUERTE, Por todo lo que: DECLARAMOS IMPROCEDENTE la solicitud de sustitución de pena y su consiguiente adecuación, presentada por el sentenciado Luis Ángel Ruelas Ruelas mediante escrito de fojas seiscientos seis. REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y DEVUELVASE.- Juez Superior Ponente: Señor Héctor Huanca Apaza.- LL, MB, HA. AV: 212. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 033312000-29, MORALES DELAGADO JAVIER, ROBO AGRAVADO, Por lo precedentemente expuesto: 1. DECLARAMOS FUNDADO el recurso
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
de apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público. 2. REVOCAMOS la resolución número 14-2015 de fecha dieciséis de enero del dos mil quince, de fojas ciento treinta y ocho y siguientes, que resuelve declarar fundada la solicitud de semi libertad a favor del interno Javier Morales Delgado, derivado del expediente número 3331-2000, con lo demás que contiene; y REFORMÁNDOLA: DECLARAMOS INFUNDADA la solicitud de semi libertad propuesta por el interno Javier Morales Delgado, derivado del proceso penal número 3331-2000, que se siguió en su contra por delito de Robo Agravado. TÓMESE RAZÓN, HÁGASE SABER Y DEVUÉLVASE.Juez Superior Ponente: Señor Héctor Huanca Apaza.- LL, MB, HA. 05 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. AUTOS: AT: 213. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 05041-2207, RODRIGUEZ NUÑEZ FREDY MARIO, PECULADO, Por lo que: RESOLVEMOS: a) señalar para la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN el día CINCO de JUNIO del año dos mil quince, a las DIEZ horas, la que se llevará a cabo en la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora, a la que deberán concurrir de manera obligatoria el señor Fiscal y el defensor de la acusada, bajo apercibimiento de designarse al defensor público en caso de inconcurrencia, para cuyo efecto cumpla Secretaría con efectuar las notificaciones correspondientes con la presente resolución: al Ministerio Público y a la citada acusada en su domicilio real y procesal señalado en autos. AL INFORME NRO. 042-2015-CDG-ESJ-CSJA-PJ que antecede: DISPONEMOS: Se remita copias certificadas de los actuados correspondientes a la ODECMA, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.ADVIRTIENDOSE demora en la tramitación del presente proceso, SE LLAMA severamente la atención al Ex tramitador de la causa Omar Najar Pinto exhortándosele una vez más a la Secretaria de Sala mayor control con el cumplimiento de las funciones del personal a su cargo. Juez Superior ponente señor Mendoza Banda.- LL, MB, HA. AV: 215. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 005072006-85, CUADERNO DE LIBERACIÓN CONDICIONAL, LUIS AGUSTIN RAVELO HUANCA, ROBO AGRAVADO, Por lo tanto DECLARAMOS: IMPROCEDENTE, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por el interno sentenciado Luis Agustín Ravelo Huanca en su escrito de fojas trescientos dos a trescientos cuatro; en consecuencia, nulo el concesorio de apelación de fojas trescientos cinco. Por tanto, firme la Resolución Número 16-2014 del dos de Diciembre del dos mil catorce de fojas doscientos ochenta y ocho a doscientos noventa y siete, que declaró infundada la solicitud de Liberación Condicional de Luis Agustín Ravelo Huanca.-.Y los devolvemos Jueza Superior Ponente: Señora Lajo Lazo.- LL, MB, HA. AV: 218. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 16572014-74, JOSE LUIS CENTENO ORTEGA, HOMICIDIO SIMPLE, Por lo precedentemente expuesto: 1) DECLARAMOS fundado el recurso impugnatorio presentado y fundamentado por la representante del Ministerio Público, 2)REVOCAMOS la resolución número 08-2014 de fecha dos de febrero del dos mil quince de fojas ciento cuarenta a ciento cincuenta, que declaró fundada la solicitud de Semilibertad del interno José Luis Centeno Ortega derivado del expediente número 01657-2015-74; y REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS Infundada la solicitud de Semilibertad del interno José Luis Centeno Ortega, debiendo permanecer recluido en el establecimiento penitenciario para su tratamiento de rehabilitación y resocialización. TÓMESE RAZÓN, HÁGASE SABER Y DEVUÉLVASE.- Juez Superior Ponente: Señor Carlos Mendoza Banda.- LL, MB, HA 06 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. SV. 23 REGISTRO NRO. 2343-2000, MIRIAM LUZ MONTOYA SAMALVIDES Y OTRO, CONTRA LA FE PÚBLICA, REFORMÁNDOLA: DECLARAMOS: FUNDADA la excepción de PRESCRIPCIÓN deducida por los procesados TOMÁS EDUARDO RODRÍGUEZ CASAPERALTA y MIRIAM LUZ MONTOYA SAMALVIDES; en consecuencia, extinguida por prescripción la acción penal seguida contra: TOMÁS RODRÍGUEZ CASAPERALTA como autor mediato del delito de Falsedad Material Propia en la modalidad de Faccionamiento de un Documento Parcialmente Falsificado previsto
en el primer párrafo del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Penal, y, MIRIAM LUZ MONTOYA SAMALVIDES como autora del delito de Falsedad Material Impropia en la modalidad de Uso de Documento Público parcialmente falsificado previsto en el segundo párrafo del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Penal; ambos, en agravio de la SUCESIÓN DE JESÚS GILBERTO ACOSTA BENAVENTE y EL ESTADO representado por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-. 3) DISPONEMOS: el ARCHIVO DEFINITIVO del proceso y la anulación de los antecedentes policiales y judiciales generados contra los procesados por esta causa, debiendo cursarse los oficios respectivos para tal efecto. 4) ORDENAMOS: que, una vez consentida o ejecutoriada sea la presente resolución, se remita copia certificada de la misma, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura para los fines pertinentes, conforme a lo dispuesto en el precitado numeral 5.5.3. Y los devolvemos. Jueza Superior Ponente Señora Lajo Lazo.-LL, AD, HA. SV. 24 REGISTRO NRO. 2253-2007, PATRICIA URSULA ESPINOZA ANGUERRE DE CORRALES, HURTO AGRAVADO TELEMÁTICO, DECLARAMOS: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto, a fojas once mil veintiuno y siguientes, por la defensa técnica de la procesada PATRICIA ÚRSULA ESPINOZA ANGUERRE DE CORRALES. 1. REVOCAMOS: La Sentencia apelada número 211-2014, de fecha diecinueve de noviembre del dos mil catorce, que obra en el folio diez mil novecientos setenta y uno 10971 y siguientes, en el extremo que resuelve declarar a Patricia Úrsula Espinoza Anguerre de Corrales autor mediato del delito contra el patrimonio en la modalidad de HURTO con la circunstancia agravante del uso de sistemas de transferencia electrónica de fondos, previsto en el Artículo ciento ochenta y cinco, primer párrafo del Código Penal (texto original), concordado con el Artículo ciento ochenta y seis, segundo párrafo, inciso tres (estando vigente la Ley número veintiséis mil trecientos diecinueve) del Código Penal, concordado con el Artículo cuarenta y nueve del mismo texto legal, en agravio de SCOTIA BOLSA S.A.B. y SCOTIABANK PERÚ S.A.A, imponiéndole cuatro años de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeta a reglas de conducta; y, REFORMÁNDOLA, en tales extremos. 2. ABSOLVEMOS a doña PATRICIA ÚRSULA ESPINOZA ANGUERRE, de la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de HURTO con la circunstancia agravante del uso de sistemas de transferencia electrónica de fondos, previsto en el Artículo ciento ochenta y cinco, primer párrafo del Código Penal (texto original), concordado con el Artículo ciento ochenta y seis, segundo párrafo, inciso tres (estando vigente la Ley número veintiséis mil trecientos diecinueve) del Código Penal, concordado con el cuarenta y nueve del mismo texto legal, en agravio de SCOTIA BOLSA S.A.B. y SCOTIABANK PERÚ S.A.A.; en consecuencia, DISPONEMOS: EL ARCHIVO DEFINITIVO la causa, debiendo cursarse las comunicaciones pertinentes a los Registros Distrital y Central de Condenas y demás pertinentes para fines de su registro. 3. DECLARAMOS: Sin lugar ha emitir pronunciamiento, respecto al recurso de apelación interpuesta por la defensa técnica de la parte civil SCOTIABANK S.A., en cuanto pretende una revocación de la reparación civil. 4. DECLARAMOS: De oficio, NULA la misma sentencia número 211-2014, sólo en el extremo, que dispone “fijo en seis mil nuevos soles por concepto de reparación civil que abonará la sentenciada a favor de SCOTIA BOLSA S.A.B. y la suma de cinco mil nuevos soles a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A; sin perjuicio de la devolución del monto sustraído ascendente a la suma de un millón doscientos mil dólares americanos, teniéndose presente que el monto de la reparación fijada en esta sentencia también corresponde al delito de Falsificación de Documento Privado, previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Penal concordado con el artículo cuarenta y nueve del mismo texto legal, de la que hallada responsable y condenada por SENTENCIA N° 16-2011 [folio 7978-8013] y confirmada por SENTENCIA DE VISTA N° 93 [FOLIO 8358-8402]”.-.-.-.5. ORDENAMOS: Que el Juzgado Penal competente llamado por ley, emita oportunamente nuevo pronunciamiento, con arreglo a derecho, respecto de la reparación civil conforme a lo dispuesto en el considerando quinto de la presente.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUELVASE.- Juez Superior Ponente: Señor Héctor Huanca Apaza, LL, MB, HA. SV. 25 REGISTRO NRO. 3623-2006, EMILIO CASTRO MANTILLA Y OTROS, CONTRABANDO AGRAVADO, Por lo precedentemente expuesto: DECLARAMOS: NULA la Sentencia numero ciento setenta y cinco guión dos mil catorce en todos sus extremos, su fecha diez de octubre del dos mil catorce, que obra
Martes, 21 de julio del 2015
de folio dos mil trescientos cuarenta y uno a dos mil trescientos sesenta y cuatro; y DISPONEMOS: se remitan los actuados al señor Juez penal llamado por Ley para que, en breve termino y bajo responsabilidad, expida nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley y a los antecedentes, previo traslado al Ministerio Público, para cuyo efecto se cursará oficio a Presidencia y Administración de esta Corte Superior de Justicia a fin de que se determine, a que juzgado corresponde asumir el conocimiento de la presente causa. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Juez Superior Ponente señor Carlos Mendoza Banda, LL, MB, HA. SJO: 11. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00412-2002,CARLOS FERNANDO QUISPE MURILLO Y OTROS, ROBO AGRAVADO, Por estas consideraciones, administrando justicia en nombre del pueblo, de quien emana dicha facultad, FALLAMOS: 1) APROBANDO mediante la presente sentencia de conformidad, los acuerdos del acusado y el Ministerio Público durante el juicio; y, en ese orden: .-.-.-.-.-.-. 2) DECLARAMOS a CARLOS FERNANDO QUISPE MURILLO, cuyas calidades personales obran en la parte expositiva de la presente, COAUTOR del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado por el artículo ciento ochenta y ocho concordado con los incisos tres y cuatro del primer párrafo del artículo ciento ochenta y nueve del Código Penal, modificado por la Ley número veintisiete mil cuatrocientos setenta y dos, en agravio de Yamil Humberto Gamarra Catep, Víctor Gilberto Bedoya Dueñas y Distribuidora Vilma Castro de Bedoya Sociedad de Responsabilidad Limitada. 3) IMPONEMOS a Carlos Fernando Quispe Murillo, la pena privativa de la libertad de SIETE AÑOS Y CINCO MESES con el carácter de EFECTIVA, la misma que cumplirá en el establecimiento penitenciario que determine el INPE, debiendo descontarse el tiempo que el sentenciado fue privado de su libertad, esto es, desde el día diecinueve de abril del año en curso, por lo que la pena se cumplirá el día dieciocho de setiembre del dos mil veintidós. 4) FIJAMOS en ciento cinco mil setecientos sesenta y nueve nuevos soles con cincuenta y cuatro céntimos, el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar el sentenciado, Carlos Fernando Quispe Murillo, a favor de la empresa Distribuidora Vilma Castro Bedoya S.R.L., y la suma de trescientos nuevos soles a favor de cada uno de los agraviados Víctor Gilberto Bedoya Dueñas y Yamil Humberto Gamarra Catep, ello en forma solidaria con los ya sentenciados, Juan Valeriano López Palacín, Daniel Tacuri Solis o Daniel Huarcapuma Chunga y Walter Ángel Ancco Mamani o Walter Mamani Quispe, debiendo tenerse presente lo dispuesto por sentencia de fecha veintidós de junio del dos mil cinco, de fojas ochocientos trece a ochocientos veintiséis, en cuanto establece que del monto total deberá descontarse la suma de dos mil dólares americanos consignados mediante depósito judicial.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-. 5) MANDAMOS que consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia, se remitan copias certificadas de la misma a los Registros Judicial y Central de Condenas, y demás pertinentes, para fines de su registro y archivo. Y, por esta sentencia, así la pronunciamos, mandamos y firmamos en audiencia pública de la fecha.- LL, HA, AN. 07 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. AUTOS: AT: 217. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 41992007-47, CASTRO QUISPE MIGUEL EDUARDO, ROBO AGRAVADO, En consecuencia: DECLARAMOS: NULA la Vista de la Causa realizada el veintinueve de abril del presente año. SEÑALAMOS la nueva VISTA DE LA CAUSA para el día TRECE DE MAYO del dos mil quince a las NUEVE horas y CINCUENTA minutos, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DISPONEMOS se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados informar oralmente en la Vista de la Causa de haberlo solicitado de acuerdo a la normas procesales vigentes. CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho en su oportunidad, asimismo Secretaría de Sala deberá notificar la presente resolución con el informe del Secretario Diligenciero Mauricio Soto Añari. Juez Superior Ponente Señor Huanca Apaza.- LL, MB, HA. AT: 219. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 10946-2008, MENDOZA CONDORI LUIS WALTER, ROBO AGRAVADO, En consecuencia: DISPONEMOS: el inmediato internamiento del procesado requisitoriado LUIS WALTER MENDOZA CONDORI para tal efecto cum-
pla Secretaria de Sala con cursar la comunicación correspondiente. SEÑALAMOS la apertura de los debates orales el QUINCE de MAYO el dos mil quince a las DIEZ horas en la Sala de audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora. DISPONEMOS: Que la Secretaria de Sala cumpla con comunicar al Director de dicho establecimiento penitenciario el traslado del citado encausado a la Sede de Corte en la fecha y horas indicada, bajo responsabilidad. COMUNIQUESE al Director del INPE que el procesado se encuentra con mandato de detención en esta causa; así mismo, cúrsese los oficios correspondientes de levantamiento de ordenes de captura con motivo de esta causa. NOTIFIQUESE al procesado LUIS WALTER MENDOZA CONDORI el auto de apertura de instrucción, acusación fiscal y auto de enjuiciamiento de fojas sesenta y tres a sesenta y cuatro, trescientos sesenta y nueve a trescientos setenta y nueve y trescientos ochenta y tres a trescientos ochenta y ocho respectivamente, así como la presente resolución bajo responsabilidad. AL ESCRITO PRESENTADO POR LA ABOGADA DEL ENCAUSADO: Estése A lo resuelto en la fecha; téngase por señalado el domicilio procesal que se indica. Al otrosí: Téngase presente. Juez Superior ponente señora Mendoza Banda.- LL, MB, HA. AT: 220. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00311-2005, MARÍA ROSA TABER DÍAZ, TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, En consecuencia: a) Señalaron la Vista de la Causa a llevarse a cabo el día VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE a la OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con el Colegiado integrado por los Señores magistrados Lajo Lazo, Mendoza Banda y Huanca Apaza. b) DISPUSIERON se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la Vista de la Causa. AL INFORME DE LA ENCARGADA DE MESA DE PARTES: Téngase presente. Juez Superior ponente Señor Mendoza Banda.- LL, MB, HA. AT: 221. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 01429-2004, HECTOR DÍAZ DÍAZ Y OTRO, CONTRA LA FE PÚBLICA FALSEDAD MATERIAL IMPROPIA, En consecuencia: a) Señalaron la Vista de la Causa a llevarse a cabo el día VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE a la OCHO HORAS CON CUARENTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con el Colegiado integrado por los Señores magistrados Lajo Lazo, Mendoza Banda y Huanca Apaza. b) DISPUSIERON se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la Vista de la Causa. Al otrosi: Téngase presente. AL INFORME DE LA ENCARGADA DE MESA DE PARTES: Téngase presente. Jueza Superior Ponente Señor Lajo Lazo.LL, MB, HA. AT: 222. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00118-2008, HERBERT EUSEBIO CALCINA FLORES, FINANCIEROOBTENCIÓN FRAUDULENTA DE CRÉDITO Y OTRO, En consecuencia: a) Señalaron la Vista de la Causa a llevarse a cabo el día VEINTE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE a la OCHO HORAS CON CINCUENTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en Adición Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con el Colegiado integrado por los Señores magistrados Lajo Lazo, Mendoza Banda y Huanca Apaza. b) DISPUSIERON se efectué las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la Vista de la Causa. Al otrosi: Téngase presente. AL INFORME DE LA ENCARGADA DE MESA DE PARTES: Téngase presente. Juez Superior Ponente Señor Huanca Apaza.- LL, MB, HA. AV: 226. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 029352006-87, CUADERNO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, FAUSTO CHURA LANFRANCO, HOMICIDIO CULPOSO Y OTRO, Por lo que : 1) DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación formulado y fundamentado por el sentenciado Fausto Himh Chura Lanfranco. 2) CONFIRMAMOS: la Resolución número 44 del veintiséis de Setiembre del dos mil catorce de fojas setecientos setenta y seis a setecientos setenta y siete, que declara improcedente la solicitud de rehabilitación formulada por Fausto Himh Chura Lanfranco por incumplimiento de reglas de conducta impuestas mediante sentencia condenatoria. Y los devolvemos. Jueza Superior Ponente: Señora Lajo
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Lazo.- LL, MB, HA.
08 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza.
AUTOS: AT: 223. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 01261-2003, MONCCA GOMEZ YRIS NATIVIDAD, ABUSO DE AUTORIDAD, En consecuencia: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de nulidad planteado por la Procuradora Publica Anticorrupción Susana Tatiana Cervantes Castro contra la resolución expedida en la cuarta sesión del acta de audiencia de juicio oral de fecha veintiséis días del mes de marzo del dos mil quince y conforme su estado continúe su tramite el presente proceso con arreglo a ley. Juez Superior ponente señor Mendoza Banda.- LL, MB, HA. AT: 224. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 040892007, RAMOS CALACHUA BENIGNO GREGORIO, COLUSIÓN, En consecuencia: SEÑALAMOS la audiencia de Juicio Oral el día de hoy a las CATORCE horas con QUINCE minutos en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora. CUMPLA Secretaría de Sala con levantar las ordenes de búsqueda y captura en contra del encausado JORGE WILLIAM DANCOURT ESCOBAR con motivo de la presente causa. NOTIFIQUESE al procesado la presente resolución con arreglo a ley, bajo responsabilidad. Juez Superior ponente señora Lajo Lazo.- LL, MB, HA. AT: 228. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 01695-2007, PONCE POSTIGO GILBERTO, FALSEDAD IDEOLOGICA, En consecuencia: DE OFICIO: ACLARAMOS la fecha del informe nro. 07-2015-CAE-R elaborado por la Relatora de Sala, debiendo ser lo correcto: Arequipa, 22 de abril del 2015, a quien se le exhorta mayor cuidado al momento de elaborar los mismos. DECLARAMOS: INFUNDADO el pedido e de NULIDAD propuesto por la defensa Elbio Peralta Borja en sus escritos recepcionados por la Central de Distribución el 28 de abril de los corrientes Nros. 4716 y 4731-2015 contra la resolución de señalamiento de vista de Causa de fojas 3023 a 3024 de fecha veintidós de abril del 2015. Al otrosí del escrito 4731-2015: Téngase presente la renuncia del defensor Elbio Peralta Borja, debiendo notificarse a los procesados GIOVANNA ALVINA ARCE PICARDO y PABLO ELIAS BERNANRDO NICOLI SEGURA en su domicilio real el escrito que antecede y la presente resolución, a fin de que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas designen nuevo defensor. Juez Superior Ponente Señor Mendoza Banda.- MB, HA, AN. AT: 230. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 04089-2007, JORGE WILLIAM DANCOURT ESCOBAR, COLUSION DESLEAL Y OTRO, En consecuencia.- Dispusieron el archivo definitivo del proceso, así como la anulación de los antecedentes generados únicamente en contra de los procesados Bárbara Janet Quispe Mamani y Benigno Gregorio Ramos Calachúa por éste delito. MODIFICANDO la calificación jurídica de los hechos propuesto en la acusación fiscal en contra de Bárbara Janet Quispe Mamani y Benigno Gregorio Ramos Calachúa como delito de Peculado Doloso por apropiación para otro, por el delito contra la Administración Pública en la modalidad de Peculado Culposo en agravio del Estado – representado por el Procurador Público Anticorrupción. FUNDADA DE OFICIO la excepción de prescripción respecto de los procesados Bárbara Janet Quispe Mamani y Benigno Gregorio Ramos Calachúa por la comisión del delito de Peculado Culposo. DISPUSIERON el archivo definitivo de la causa, y la anulación de los antecedentes generados únicamente en contra de dichos procesados. Bárbara Janet Quispe Mamani y Benigno Gregorio Ramos Calachúa DISPUSIERON LA RESERVA DE JUZGAMIENTO DEL PROCESADO JORGE WILLIAM DANCOURT ESCOBAR; sentencia que ha quedado firme, al no haberse interpuesto ningún recurso impugnatorio en su contra la señora Fiscal refiere que al haber sido puesto el procesado en calidad de requisitoriado, no ha tenido la oportunidad de revisar los actuados, por lo que solicita la suspensión de la presente audiencia. LA SALA: Accede a lo solicitado por la señora Fiscal y DIFIERE la presente sesión para continuarla el día lunes once de mayo del año en curso a las catorce con treinta horas. Debiendo asistir la parte procesada bajo apercibimiento de declararse contumaz, suspenderse los términos de prescripción de la acción penal y ordenarse su captura a nivel local y nacional. CON LO QUE CONCLUYÓ. DOY FE.Huanca Apaza. 11 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como
La República
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Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. AUTOS: AT: 225 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 1412-1999, CUADROS CORIMAYA LUISA NELLY, PELIGRO POR MEDIO DE INCENDIO O EXPLOSIÓN, En consecuencia, SE RESUELVE: Tener por válida la notificación dirigida a la parte agraviada Robert Automotriz S.A. de la resolución S.V. Nro. 06 de fojas tres mil veintiuno a tres mil sesenta y nueve su fecha tres de marzo del dos mil quince, y conforme su estado TENGASE por consentida la citada resolución en todos sus extremos, debiendo devolverse los autos al Juzgado Penal correspondiente para los fines respectivos. AL ESCRITO NRO. 5008-2015: Estése a lo resuelto en la fecha. Interviene el señor Magistrado supernumerario Arce Villafuerte al haberse concedido vacaciones a la señora Jueza Superior Lazo de la Vega Velarde. Señor ponente Mendoza Banda.- MB, HA, AV. AT: 229 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 014702001, LESMES WILLIAM CORNEJO TEJADA Y OTROS, USURPACIÓN AGRAVADA Y OTROS, Por lo que 1) DISPONEMOS: Que, Secretaría de Sala, bajo responsabilidad y en el término de tres días, con vista del formato actualizado de la Oficina Central Nacional – INTERPOL Lima, cumpla con verificar -con un estudio integral de autos- si se cuenta con los datos indispensables en él consignados para la emisión de las respectivas órdenes de ubicación y detención a nivel internacional contra los procesados Lesmes William Cornejo Tejada y Ceferino Vera Huamán; y, hecho, emita el correspondiente informe actualizado. 2) ORDENAMOS: Que, Secretaría de Sala, bajo responsabilidad y en el mismo plazo señalado en el numeral anterior, cumpla con renovar las órdenes de captura contra el procesado contumaz Andrés Vera Huamán, previa verificación de sus datos de identificación en su actual ficha de inscripción en el RENIEC. Y, en caso de haber variado alguno de sus datos, proceder conforme corresponda e informarlo al Colegiado. 3) Por la omisión anotada en el quinto considerando precedente, llamamos la atención, por esta única vez, al ex-tramitador de la causa Omar Juan José Nájar Pinto; y, exhortamos a la señora Secretaria de Sala tener mayor control sobre el personal a su cargo. Jueza Superior Ponente Señora Lajo Lazo.- LL, HA, BDC.
AT: 231 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00550-1996, ALAVE LUNA FROILAN, VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR, En consecuencia: DISPONEMOS: ACLARAR las resoluciones de fojas ochocientos cuarenta y nueve y ochocientos sesenta, conforme se tiene expuesto en la presente resolución. AL PEDIDO DE RECONSIDERACIÓN DE LA TRAMITADORA SONIA DELGADO CABELLO: Estando al contenido de la presente resolución, téngase presente por la Sala lo expuesto, debiendo en el día y bajo responsabilidad cumplir con lo ordenado. Juez Superior ponente señor Mendoza Banda.- LL, MB, HA.
12 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza. AUTOS: AT: 232 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00083-1999, AGUILAR ACOSTA HUGO EFRAIN, PECULADO, En consecuencia: a) SEÑALARON la VISTA DE LA CAUSA a llevarse a cabo el día VEINTE DE MAYO del dos mil quince a las OCHO HORAS CON DIEZ MINUTOS, en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones en adición Sala Penal Liquidadora de Arequipa, con el Colegiado integrado por los señores Magistrados Mendoza Banda, Huanca Apaza y Abril Paredes. b) DISPUSIERON se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la Vista de la Causa señalada solicitarlo de acuerdo a las normas procesales vigentes. c) CUMPLA: Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, dos días antes de la vista de la causa. Interviene el señor magistrado Arce Villafuerte al haberse concedido licencia por capacitación al señor Juez Superior Abril Paredes. Juez Superior Ponente Señor Huanca Apaza.- MB, HA, AV.
AT: 233 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 02009-2006, MARIA NIEVES LIPA VILVA Y OTROS, ASOCIACIÓN ILICITA PARA DELINQUIR Y OTROS, SE DISPONE que la Fiscalía proponga una lista de los documentos que pretende oralizar y luego dar oportunidad o plazo para que las partes puedan tomar conocimiento de esta lista y proponer lo que corresponda a sus defensas, y que esta lista de documentos también
sean propuestas por las defensas de los procesados si van a proponer algún documento a oralizarse para este juicio. TOMESE RAZON Y HASE SABER. LA SALA: Se deja constancia de la notificación a las partes con la presente resolución. El doctor Wilson Sotelo Sotelo: Solicita reposición de la resolución como pretensión principal y subordinada interpone recurso de nulidad., basada en que se resolvió el pedido de nulidad de un acto procesal como un remedio, doctrinariamente sabemos que los remedios solo van sobre diligencias no contenidas en autos, y lo resuelto y pedido por el Ministerio Público ha sido a una resolución expedida en su despacho, por tanto no resulta procedente que se admita un remedio en contra de una resolución judicial, en caso no accederse a dicho pedido. Interpone recurso de nulidad, teniéndose en consideración que de conformidad con el Acuerdo Plenario N° 6-2009-CJ se refiere este acuerdo al comienzo del juicio se hizo un control de acusación se hizo una adecuación del antiguo Código al Nuevo Código Procesal Penal, que se hizo, indica el acuerdo se adecua el antiguo Código al Nuevo Código, que va ver un control , además de la imputación objetiva y necesario debe haber un ofrecimiento de prueba del Ministerio Público, eso quiere decir que ese era el momento del Ministerio Público de ofrecer prueba, eso está ya con lo establecido en el Nuevo Código Procesal Penal en su artículo sétimo, este artículo nos dice que tiene que haber esta adecuación y además una aplicación inmediata, esto recoge el Acuerdo Plenario 006-2009, pero que dijo el Ministerio Público, que sólo tenía dos pruebas para actuarse en este proceso, los cuales eran un video y la declaración de un testigo, si eso es así estaríamos yendo contra un acuerdo, así mismo posterior a ello ha existido el Acuerdo Plenario, por lo que solicita de no accederse al pedido de reposición se acceda al pedido de recurso de nulidad y se eleve el recurso a la Corte Suprema, que la reposición está establecida en el artículo cuatrocientos quince del Nuevo Código Procesal Penal, y el Recurso de Nulidad basado en lo establecido del artículos doscientos noventa y cuatro del Código de Procedimientos Penales, que está permitido el pedido subordinado siempre y cuando se niegue este recurso .- Huanca Apaza. AT: 234 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 02009-2006, MARIA NIEVES LIPA VILVA Y OTROS, ASOCIACIÓN ILICITA PARA DELINQUIR Y OTROS, En consecuencia: DECLARAMOS: 1. IMPROCEDENTE el recurso de reposición planteado por el doctor Wilson Sotelo Sotelo. 2. CONCEDEMOS el plazo de cinco días a fin de que fundamente su recurso de nulidad bajo apercibimiento de declararse inadmisible. TOMESE RAZON Y HAGSDE SABER.---------El doctor Carlos Patiño, por la defensa del procesado Luis Alberto Bernal Chipana, señala: Interpone recurso de nulidad respecto a la resolución expedida por el Colegiado. LA SALA: CONCEDEMOS el plazo de cinco días a fin de que fundamente su recurso bajo apercibimiento de declararse inadmisible, de conformidad con lo establecido en el artículo trescientos numeral cinco del Código de Procedimientos Penales. La Señora Fiscal: señala que son aproximadamente veinte documentos que va oralizar, lo cual en cumplimiento a lo dispuesto por el Colegiado presentará en un listado. LA SALA: OTORGA el plazo de 48 horas a la señora Fiscal a efecto que cumpla con presentar el listado de sus piezas a oralizar. DISPONE que una vez presentada la lista por parte de la señora Fiscal, se entregará copia al domicilio procesal de los señores abogados, a efecto de que tomen conocimiento de dichas piezas y se verá la pertinencia de cada documento. Así mismo del mismo modo, se otorga el plazo de cuarenta y ocho horas a los señores abogados para que hagan llegar por escrito su listado de piezas y se ponga de conocimiento a la fiscalía. LA SALA: Estando al horario de salida del personal jurisdiccional, suspende la presente audiencia y la DIFIERE la presente sesión para continuarla el día martes diecinueve de mayo del año en curso a las ocho horas. NOTIFICANDO a los procesados, bajo apercibimiento de declararse contumaz, suspenderse los términos de prescripción de la acción penal y ordenarse su captura a nivel local y nacional en caso de inasistencia. CON LO QUE CONCLUYÓ SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS. DOY FE.- Huanca Apaza.
AT: 235 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 02977-2008, CLEOFE ARTEMIO OLAZABAL ROLDAN Y OTROS, CONCERTACIÓN DEFRAUDATORIA EN LICITACIÓN, En consecuencia: DISPONEMOS SE DE LECTURA SOLO A LAS DOCUMENTALES DE LA ETAPA INSTRUCCIONAL. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. La señora Fiscal, interpone nulidad procesal, conforme al artículo doscientos noventa y ocho del Código de Procedimientos Penales, se está vulnerando el derecho fundamental de la prueba, sustenta su pedido en lo establecido artículo sesenta y dos del Código de Procedimientos Penales, que a la letra dice: “La investigación policial previa que se hubiera llevado a cabo con intervención del Ministerio Público, constituye elemento probatorio que debe-
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rá ser apreciado en su oportunidad, por los Jueces y Tribunales, conforme a lo dispuesto en el artículo doscientos ochenta y tres del Código.”, en este caso hay una declaración tomada a nivel policial, si bien es cierto no participó el Ministerio Público, si tuvo la presencia de su abogado, por tanto todas las diligencias del atestado, deben ser valoradas, por lo que solicita la nulidad de la resolución emitida por la sala puesto que no se estaría considerando los documentos obtenidos en el atestado policial. El doctor Samuel Díaz: Este artículo sesenta y dos del Código ha establecido un requisito para que una declaración a nivel policial tenga valor de prueba dice, claramente que una manifestación policial con presencia de abogado y fiscal tiene valor probatorio, en este caso al no existir la presencia del fiscal en esas declaraciones no puede tomarse como valor probatorio, al no concurrir este requisito de la norma, como es presencia del fiscal, no puede ser tomado como medio probatorio. LA SALA: Estando a la nulidad procesal planteada por la señora Fiscal, sustenta su pedido en lo establecido artículo sesenta y dos del Código de Procedimientos Penales, corrido traslado a las partes, el doctor Samuel Díaz, dice que la norma precisa que la diligencia debe ser con intervención del representante del Ministerio Público, para establecer esta nulidad, en el presente caso la aplicación del artículo sesenta y dos no es estadio respecto de declaración de los procesados, al existir norma especial respecto a regulación de declaración de procesados, cuando se niegan a declarar, el cual dice que: La investigación policial previa que se hubiera llevado a cabo con intervención del Ministerio Público, constituye elemento probatorio que deberá ser apreciado en su oportunidad, por los Jueces y Tribunales; en la instrucción aquí no cabe ninguna otra interpretación, que en toda caso también es distinta en caso de testigos, incluso el artículo sesenta y dos habla de la presencia obligatorio del fiscal. Siendo ellos así: DECLARAMOS IMPROCEDENTE LA NULIDAD PLANTEADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO. La señora Fiscal: APELA DE LA RESOLUCIÓN dictada por el Colegiado, que deniega la oralización de piezas, señalando que fundamentara en el plazo de ley dicho recurso En consecuencia: DECLARAMOS: 1. IMPROCEDENTE el recurso de reposición planteado por el doctor Wilson Sotelo Sotelo. 2. CONCEDEMOS el plazo de cinco días a fin de que fundamente su recurso de nulidad bajo apercibimiento de declararse inadmisible. TOMESE RAZON Y HAGSDE SABER. El doctor Carlos Patiño, por la defensa del procesado Luis Alberto Bernal Chipana, señala: Interpone recurso de nulidad respecto a la resolución expedida por el Colegiado. LA SALA: CONCEDEMOS el plazo de cinco días a fin de que fundamente su recurso bajo apercibimiento de declararse inadmisible, de conformidad con lo establecido en el artículo trescientos numeral cinco del Código de Procedimientos Penales. La Señora Fiscal: señala que son aproximadamente veinte documentos que va oralizar, lo cual en cumplimiento a lo dispuesto por el Colegiado presentará en un listado. LA SALA: OTORGA el plazo de 48 horas a la señora Fiscal a efecto que cumpla con presentar el listado de sus piezas a oralizar. DISPONE que una vez presentada la lista por parte de la señora Fiscal, se entregará copia al domicilio procesal de los señores abogados, a efecto de que tomen conocimiento de dichas piezas y se verá la pertinencia de cada documento. Así mismo del mismo modo, se otorga el plazo de cuarenta y ocho horas a los señores abogados para que hagan llegar por escrito su listado de piezas y se ponga de conocimiento a la fiscalía. LA SALA: Estando al horario de salida del personal jurisdiccional, suspende la presente audiencia y la DIFIERE la presente sesión para continuarla el día martes diecinueve de mayo del año en curso a las ocho horas. NOTIFICANDO a los procesados, bajo apercibimiento de declararse contumaz, suspenderse los términos de prescripción de la acción penal y ordenarse su captura a nivel local y nacional en caso de inasistencia. CON LO QUE CONCLUYÓ SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS. DOY FE.- Lajo Lazo.
mil doscientos nuevos soles del precio pagado por la Municipalidad.; respecto el punto tres, el bien continua en la tarjeta de propiedad a nombre de la anterior propietaria, el punto cuatro respecto a lo manifestado por Zaida Llallacachi, que no ha existido proceso de adjudicación, además existe inconsistencia de la página web de SUNAT en cuanto a actividad, en el punto cinco respecto de que habría incidios previsto en el artículo trescientos ochenta y cuatro del Código Penal, el oficio está firmado por Flavia Chacua Quispe. El doctor Walter Manrique Salazar: Se opone a dicha oralización, en razón que la Contraloría General es parte en el proceso y este es un documento irrepetible, porque como parte pudo estar presente y referirse, por tanto leer una pieza de una persona debidamente representado no esta sustentada en una norma legal. LA SALA: Declara IMPROCEDENTE la oposición formulado por el doctor Walter Manrique Salzar, por tratarse de actos de investigación realizados por la Contraloría General de la República y sí amerita se de lectura, el aporte se evidencia en la comisión de un ilícito previsto en el artículo trescientos ochenta y cuatro del Código Penal, en esta información remitida nos precisa que había una sobrevaloración en cuanto al pago de un bien. ------LA SALA: conforme al estado del proceso, suspende la presente sesión y la DIFIERE para continuarla el día martes diecinueve de mayo del año en curso a las nueve con treinta horas. Debiendo asistir la parte procesada bajo apercibimiento de ser declarados contumaces, suspenderse los términos de prescripción de la acción penal y ordenarse sus capturas a nivel local y nacional y de asignársele un Defensor Público en caso de no concurrir su abogado elegido particularmente. CON LO QUE CONCLUYÓ. DOY FE. Lajo Lazo.
AT: 236 INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 02977-2008, CLEOFE ARTEMIO OLAZABAL ROLDAN Y OTROS, CONCERTACIÓN DEFRAUDATORIA EN LICITACIÓN, por tanto DECLARAMOS IMPROCEDENTE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la señora Fiscal.------------------------------------------CONTINUA LECTURA PIEZAS: POR PARTE DE LA SEÑORA FISCAL: DOCUMENTO DE FOJAS CINCUENTA Y SIETE, en el cual la Contraloría General remite los anexos respecto de la información contenida de presuntas irregularidades, contiene documentación en folios treinta y seis, el anexo 657-2007CG/ORC que detalla como se otorga la buena pro para la empresa COMREYSER, el punto uno en la que advierte indicios de irregularidades y bien sobrevalorado, dado que no existirían propuestas de postores, en el punto dos que destaca que la Ficha Registral del vehículo no se trataba de cisterna sino vehículo Quilla, la parte pertinente en la que destaca la diferencia considerable de trece mil y tantos nuevos soles, cuyo importe sería de cincuenta y seis
SJO: 13. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 01970-2007, CARMEN PONCE EDUARDO Y OTROS, COLUSIÓN, Por estas consideraciones, administrando justicia en nombre del Pueblo, de quien emana dicha facultad. FALLAMOS: 1) DECLARANDO a CARMEN PONCE EDUARDO ABSUELTA de los cargos del Ministerio Público por la comisión del delito de COLUSIÓN ILEGAL, previsto en el artículo 384° del Código Penal, modificado por el artículo dos de la Ley N° 26713 –vigente al momento de los hechos-, en agravio del Estado – Ministerio de Agricultura, representado por la Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Arequipa.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.2) DISPONIENDO se anulen los antecedentes judiciales y policiales generados con motivo del presente proceso respecto de la acusada y, una vez que sea consentida o ejecutoriada la presente, se REMITAN las copias certificadas respectivas al Registro de Condenas en la forma de estilo para las ano-
SJO: 12. INSTRUCCIÓN NRO. REG. NRO. 00331-2007, CARLOS ALBERTO CALERO APAZA, ROBO AGRAVADO, Por tales fundamentos: F A L L A M O S: 1. DECLARANDO: A CARLOS ALBERTO CALERO APAZA, ABSUELTO del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado por el artículo 188 del Código Penal, concordado con los incisos 02, 03, 04 y 05 del primer párrafo e inciso 1 del segundo párrafo del artículo 189 del Código Penal, en agravio de Carla Louise Zampaglione, George Williams Lloyd y Michael Gloet Graystone Berrel.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.2. DECLARAMOS el ARCHIVO DEFINITIVO de la causa y la anulación de los antecedentes penales que se hubiesen generado en contra del acusado CARLOS ALBERTO CALERO APAZA ABSUELTO. En consecuencia, ORDENAMOS SU INMEDIATA EXCARCELACIÓN, salvo que tenga mandato detención vigente emitido por autoridad competente o se encuentre cumpliendo pena privativa de la libertad. Debiendo cursar Secretaria los oficios de estilo al Establecimiento Penal de Varones de Socabaya y al INPE.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-..-.-.-.-.-.-.-.-.-. 3. DISPONEMOS el ARCHIVO PROVISIONAL del proceso respecto del delito de Robo Agravado, y sancionado por el artículo 188 del Código Penal, concordado con los incisos 02, 03, 04 y 05 del primer párrafo del artículo 189 del Código Penal, en agravio de Carla Louise Zampaglione, George Williams Lloyd y Michael Gloet Graystone Berrel, debiendo con tal motivo REMITIRSE COPIAS al Ministerio Público para que actúe conforme sus atribuciones.-.-.-.-.-.4. MANDAMOS que una vez firme la presente, sea transcrita a las autoridades pertinentes, para su registro y archivo.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-.-. Así lo pronunciaron, mandaron y firmaron en audiencia pública de la fecha.- LL, MB, HA. 13 DE MAYO DEL 2015 En Despacho, con el Colegiado conformado por el señora Jueza Superior Carmen Lajo Lazo como Presidenta y los señores Jueces Superiores Carlos Mendoza Banda y Héctor Huanca Apaza
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