Martes, 14 de julio del 2015
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
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La República MARTES, 14 DE JULIO DEL 2015
EDICTOS EDICTO NOTARIAL Ante este despacho se ha presentado MARIA ESTHER JIMENEZ RAMOS identificada con DNI 02173932 peticionando se le declare propietaria por prescripción adquisitiva, del inmueble signado como Centro Poblado de Servicios Básicos La Colina Manzana N, Lote 4, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, el mismo que tiene como número de partida N° P06115158 del Registro de Predios de Arequipa, siendo su titular registral AUTODEMA, quien lo adjudicó a ELECSUR INGENIEROS SCRL, los interesados acercarse al despacho notarial ubicado en Pedregal Norte Manzana W, lote 22, Zona I. RUBEN BOLIVAR CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (08-14-20 julio) B/ Nº 031-31832. EDICTO El Tercer Juzgado Civil de Arequipa que despacha el Dr. CHAVEZ MAMANI, ZOILO ALCIDES, expediente 06336-2013-0-0401-JR-CI-03, con intervención de la especialista legal HERRERA MIRANDA, ha dispuesto por Resolución Nro. 11-2015, integrada por Resolución 12-2015, la notificación por edicto de la Resolución Nro. 02-2014 de fecha 21 de enero de 2014, corregida por la Resolución Nro. 04 de fecha 07 de marzo de 2014; en cuya parte resolutiva se dispone admitir a trámite, en la vía de proceso de CONOCIMIENTO, la demanda interpuesta por CESAR AUGUSTO GAMIO ORE, en contra de JEAN MARCO CORNEJO ARPAZI sobre INDEMNIZACION POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL como pretensión principal, y como accesoria el pago de intereses legales, En consecuencia, SE DISPONE: correr TRASLADO de la presente al demandado JEAN MARCO CORNEJO ARPAZI, para que dentro del término de treinta días cumpla con apersonarse a proceso y formular contestación, bajo apercibimiento de seguirse el juicio en su rebeldía y nombrársele curador procesal. Arequipa 04 de junio de 2015. JENNY DEL CARMEN HERRERA MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO CIVIL. (13-14-15 julio) B/ Nº 031-31944.
NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil, de La Sede Central, de Arequipa, expediente No. 00059-2015-0-0401-JR-CI-02, con intervención de la Especialista Patricia Maribel Zapata Coaguila, en autos sobre reivindicación seguido por Gubert Yohel Cornejo Cornejo en representación de doña Zoila Lourdes Carmen Sandra Mendoza del Solar en contra de “ASOCIACIÓN DE BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” ahora “ASOCIACIÓN DE RECICLADORES LOS BUZOS LA CENTRAL AREQUIPA” se ha dictado la Resolución 2, de fecha veintitrés de marzo del dos mil quince, que RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre Reivindicación, interpuesta por GUBERT YOHEL CORNEJO CORNEJO en su calidad de apoderado de ZOILA LOURDES CARMEN SANDRA MENDOZA DEL SOLAR, en contra de “ASOCIACIÓN DE BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” ahora “ASOCIACIÓN DE RECICLADOTES LOS BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA”, sobre la franja de terreno de aproximadamente 6,146.59m2 (seis mil ciento cuarenta y seis con 59/100 metros cuadrados, franja de terreno que se encuentra dentro del inmueble denominado LOTE C, de una área de 8,500.00m2 (ocho mil quinientos con 00/100 metros cuadrados) que se encuentra inscrito en la Partida Registral 11138147 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII – Sede Arequipa de la SUNARP, y que se encuentra dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: con una línea recta de un tramo con 38.53ml y colinda con la Asociación de Comerciantes Los Cuatro Suyos; POR EL ESTE: Con una línea quebrada de cinco tramos con 25.85 ml, 42.54 ml, 38.00 ml, 25 ml, 28.98 ml, y colinda con la Asociación de Comerciantes Los Incas II; POR EL SUR: Con una línea quebrada de cuatro tramos con 7.13 ml, 10.00 ml, 10.00 ml, 12 ml, y colinda con la Asociación Los Tigres de América; POR EL OESTE: Con una línea quebrada de un tramo con 1.5849 ml, y colinda con la Asociación de Comerciantes Los Incas; en la vía procedimental de conocimiento y por ofrecidos los medios probatorios señalados en la demanda, debiendo agregarse a sus antecedentes; 2) SE DISPONE: Correr traslado a la parte demandada el termino perentorio de TREINTA DIAS HABILES, para que pueda
ejercer su derecho de defensa y ofrecer los medios probatorios pertinentes, TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AL PRIMER y TERCER OTROSI DE LA DEMANDA: Conforme lo solicitado notifíquese por edictos a la demandada “ASOCIACIÓN DE BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” ahora “ASOCIACIÓN DE RECICLADOTES LOS BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” en la forma prevista por el artículo 167 y 168 del Código de la referencia. Y mediante resolución 3, de fecha veintidós de abril del dos mil quince, SE RESUELVE: 1) CORREGIR EL NUMERO DE LA RESOLUCION uno de fecha vientres de marzo de dos mil quince obrante a fojas ciento cuarenta y cinco, con el numero “2” con lapicero de tinta azul, quedando en lo sucesivo como número “dos”; 2) CORREGIR la parte resolutiva de la Resolución de fecha vientres de marzo de dos mil quince obrante a fojas ciento cuarenta y cinco, en la que se consigna “…en contra de ASOCIACIÓN DE BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” ahora “Asociación de Recicladotes los Buzos la Central de Arequipa…”, cuando lo correcto es “…en contra de ASOCIACIÓN DE BUZOS LA CENTRAL DE AREQUIPA” ahora “Asociación de Recicladores los Buzos la Central de Arequipa…”; quedando subsistente en lo demás que contiene. Y mediante Resolución N° 05, de fecha dieciocho de mayo del dos mil quince, SE RESUELVE: TENER POR MODIFICADA la demanda admitida a trámite por Resolución de fecha veintitrés de marzo de dos mil quince respecto el punto II.1.2 de su demanda. Arequipa, 22 de junio del 2015. PATRICIA ZAPATA COAGUILA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (13-14-15 julio) B/Nº 031-31909.
REMATES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. Nº 1715-2012)- En los autos seguidos por MARTIN CHOQUE SANCHEZ y LAURA ZAMATA ESPINOZA contra NANCY CONROE CARI y VICTOR CHAMBILLA RODRIGUEZ y con notificación al Banco de Crédito del Perú sobre Ejecución de Garantia hipotecaria, Expediente 01715-2012-0-0411-JM-CI-01, el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, a cargo del Juez Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta, Especialista Legal Dr. Aldo Javier Rodriguez Huanqui, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubicado en: Pueblo Tradicional Chilpinilla, Mz. L, Lote 3A (Ahora Av. Paris Número 801 A), Distrito Jacobo Hunter, Provincia y Departamento Arequipa, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica Nº P06191851, siendo su antecedente registral N° P06099816, del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Zona Registral Nº XII. Sede Arequipa – Oficina Registral Arequipa.-- VALOR DE TASACION: US$ 16,000.00 (DIECISEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS).- BASE DEL REMATE: US$ 10,666.67 (DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTISEIS y 67/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras (2/3) partes del valor de tasación.----AFECTACIONES VIGENTES: 1) TRASLADO DE CARGA, As. 00003, las conexiones domiciliarias de agua, desagüe y luz, Asiento que viene del Predio Original: P06099816. 2) INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00009, a favor de Martín Rodolfo Choque Sánchez y Laura Zamata Espinoza, hasta por el monto de US$ 16,000.00 Dólares Americanos y que es materia del presente. 3) MEDIDA DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION As. 00010, a favor del Banco de Crédito del Perú, por la suma de S/. 60,000.00. 4) MODIFICACION DE EMBARGO As. 00011, se modifica el embargo anotado en el As. 00010, quedando afecto el bien hasta por el monto de S/. 80,000.00.- DIA Y HORA DEL REMATE 23 de Julio 2015 a las 10:00 am. de la mañana.- LUGAR DEL REMATE Local de remates judiciales del juzgado, ubicado en la Oficina de Administración del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, sito en Calle Berlin S/N, Distrito Jacobo Hunter, Provincia y Departamento Arequipa.-- LOS POSTORES: Oblarán no menos del 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignará el Nº de Expediente, Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371
y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18º D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Arequipa, 02 de Julio 2015. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio, Cel. 988643628.--- ORLANDO ROCA C Martillero Público Reg. NAC. N° 205. Aldo Rodriguez Huanqui Especialista Legal Juzgado Civil. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31829. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de ROSA CONDORI PALLI Y PASCUAL BAILON MULLISACA HUANCA, con emplazamiento del tercero COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 153 en calidad de Tercero No Ejecutante, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00586-2014-0-0412-JMCI-02, el Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor Juez Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso y con la intervención del Especialista Legal Dra. Mercy Yanella Apaza Calcina ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: Inmueble Urbano ubicado en: Manzana D, Lote 06, AA.HH Santo Domingo, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° 11063963 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. 2.- VALOR DE TASACION: US$ 68,256.00 Dólares Americanos. 3.- BASE DEL REMATE: US$ 45,504.00 Dólares Americanos. 4.- AFECTACIONES: a) HIPOTECA: Constituida por sus propietarios (El Cliente) a favor del Banco Internacional del Perú S.A.A. (INTERBANK), hasta por la suma de US$. 67,728.00 con el objeto de garantizar el cumplimiento del préstamo por la suma de S/. 89,000.00, así como las demás obligaciones que se establecen conforme al Anexo III contenido en la Escritura que da mérito a la presente inscripción. Así y más ampliamente consta de la Escritura Pública Nº 3643 de fecha 21.06.2012 otorgada ante Notario Público Javier Rodríguez Velarde en la ciudad de Arequipa. Dicho gravamen es materia de ejecución. b) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION : Sobre el inmueble inscrito en esta partida, de propiedad de Pascual Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103, hasta por la suma de S/. 22,500.00. Se anota la presente por haberlo dispuesto así el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, Dr. Sixto Cornejo Peralta, asistido por su Especialista Legal Lizeth Y. Huaccoto Goizueta, mediante Resolución Judicial Nº 02-2103 del 22.10.2013 en el Expediente Nº 05506-2013-50-0412-JP-CI-03 en la Ciudad de Arequipa. c) MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO: Por Resolución Nº 01-2014 de fecha 23-06-2014 recaída sobre el Expediente Nº 2997-2014-3-0412-JP-CI-01 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata Eloy Guillermo Orosco Vega con intervención de la Especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila ha resuelto Dictar Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripción, la cual deberá recaer sobre los derechos de propiedad de los Ejecutados Pascual Bailón Mullisaca Huanca y Rosa Condori Palli, respecto del predio inscrito en la presente partida, hasta por la suma de S/. 1,000.00 a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. Nº 103. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: Jueves 23 de Julio del 2015, a las 09:00 horas. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis de Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado sito en la esquina Calle A. Laveau con calle Alcántara s/n, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, 7.- LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, o sea: US$ 6,825.60 Dólares Americanos en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional No. 230. Arequipa, 2015 Julio, 01. MERCY APAZA CALCINA SEGUNDO JUZGADO MIXTO SEGUNDO JUZGADO MIXTO ESPECAILISTA LEGAL. (0809-10-13-14-15 julio) B/Nº 031-31856. PRIMER REMATE En el proceso que sobre Ejecución de Acta de Conciliación, Expediente 02350-2010-0-0401-JP-CI-01 seguido por Edward Manuel Cuadros Begazo y Maridu Barrionuevo Surco en contra de María Isabel Mamani Cama,
el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, con intervención de la Especialista Legal Edwin Apaza Campos han autorizado al Martillero Público Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble signado como Lote 15 de la Manzana F (actualmente calle Columbia Nº 241), de la Cooperativa de Vivienda Manuel Prado Nº 58 ubicado en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, cuyas características linderos y medidas perimétricas se encuentran detallados en la Partida (matriz) 01218412 (Ficha 35323) del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. TASACIÓN: S/. 319 247.60 (trescientos diecinueve mil doscientos cuarenta y siete y 60/100 nuevos soles). BASE DEL REMATE: S/. 212 831.73 (doscientos doce mil ochocientos treinta y uno y 73/100 nuevos soles). GRAVÁMENES: 1) Asiento 1.- Hipoteca y Ampliación- Aparecen inscritas por los asientos 3 y 4 ctes. a fojas 312 T.247 constituida por la Cooperativa de Vivienda Popular Manuel Prado Ltda Nº 58 a favor de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de Arequipa por la cantidad de 4’458,000.00 interés 5% anual y ½ % comisión con el objeto de construir 50 casas. Escritura 3-I-68 ante el Not. E.Rivera Polar. 2). Hipotecas.- Por los asientos 5 al 54 ctes, a fojas 314 a 316 del Tomo 247 y a fojas 643 al 689 del Tomo 287, parecen inscritas todas a favor de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de Arequipa y afectan a los lotes siguientes, Manzana A 7,8,10,18 y 27; Manzana B, 2, 10, 16, 34 y 40; Manzana C, 18,21,23 y 26; Manzana D, 2,2,12,14 y 16; Manzana E, 2,9,11,15,17,22,23,33,34 y 35; Manzana F, 1,4,5,7,9 y 23; Manzana G, 2,6,7,11,20 y 38; Manzana H, 4,9 y 13; Manzana I, 7,10 y 11; y Manzana J, 4,13 y 14, respectivamente. Los montos, contratos o escrituras y demás datos de cada hipoteca aparecen en los asientos respectivos. Areq, 23 Set.78. 3) Embargo Preventivo.- Una casa signada con el Nº 200 calle Colombia que forma parte de la Urb. inscrita en esta ficha; lindante: frente la citada calle, fondo prop. Coop. San Antonio; costado derecho , prop. Haydee Rodas, pasaje Orinico por medio; costado izquierdo prop. Teresa Choque V de Chávez. Mandato Juez Dr. Teodoro Carrasco, auto 3-8-77. Sec. Garcí. Por cobro de S/ 136 000 sigue Jorge Ananías Heresi contra Hipólito Sueros Cuadros. 4) D0005. Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción.- Sobre el lote Nº 15, manzana F, inscrito en esta partida matriz de propiedad de la demandada María Isabel Mamani Cama, hasta por la suma de S/. 16 000.00 a favor de Edwin Apaza Campos y Marilu Barrionuevo Surco, por haberlo dispuestos así el Juez del Primer Juzgado Civil de Paz Letrado del Cercado – Arequipa, Javier Talavera Ugarte, mediante Resolución Judicial Nº 02 del 05.04.2011 y Resolución Judicial Nº 04 del 16.08.2011 en el Expediente Nro. 02350-2010-13-0401-JP-CI-01 en el Proceso de Ejecución de Acta de Conciliación. 5) D0008.- Rectificación de Oficio.- Se rectifica la numeración de los asientos que anteceden en el sentido que se detalla a continuación: Al asiento signado como D0005 que contiene la anotación preventiva de inicio de trámite de prescripción adquisitiva de dominio respecto del lote 23 de la manzana F, le corresponde el número D0006. Al asiento signado como D0006 que contiene la anotación preventiva de inicio de trámite de prescripción adquisitiva de dominio respecto del lote 21 de la manzana C le corresponde el asiento D0007. Asimismo se rectifica el asiento D0005 de esta partida en el sentido que la medida cautelar que contiene fue dispuesta por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por Secretario Judicial Edwin Apaza Campos a favor de Edward Manuel Cuadros Begazo y Maridu Barrionuevo Surco. Se procede al amparo de lo establecido en los artículos 76 y 82 del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, conforme aparece del Título Archivado 201100113784 que dio mérito a su inscripción y a mérito de la Resolución Nº 23 de fecha 16.01.2015 expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por el Secretario Judicial Edwin Apaza Campos en el expediente Nº 02350-2010-0-0401-JP-CI-01. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efectivo o cheque de gerencia el 10% de la tasación es decir S/. 31 924.76 (treinta y un mil novecientos venticuatro y 76/100 nuevos soles) además de arancel judicial respectivo consignando el juzgado, DNI del postor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevara a cabo en Sala de Remates ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Plaza España s/n del
distrito, provincia y departamento de Arequipa el 03 de agosto del 2015 a las 09.00 horas. Honorarios del martillero público corren por cuenta del adjudicatario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 2015, julio 06. HAMLET CHAVEZ MARTINEZ MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 231. EDWIN APAZA CAMPOS SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CERCADO-AREQUIPA. (08-09-10-13-1415 julio) B/Nº 031-31878. PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso sobre Ejecución de Garantía expediente Nro. 07899-2014-0-0401-JR-CI-06, que sigue Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, contra de Judid Marcelina Castro Lira de Quico y Raymundo Quico Huamani, ante el Sexto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a cargo del Juez Doctora Patricia Ruby Valdivia Franco, con la intervención de la Especialista Legal Verónica Gutiérrez Hancco, se ha ordenado el PRIMER REMATE del bien inmueble, signado registralmente, en Asentamiento Humano Victor Andrés Belaunde, Mz. L, Lote 9, Zona A, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y departamento de Arequipa, cuya área, colindancias y demás características están inscritas en la Partida Registral Nº PO6023274 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266. Remate que se realizara el DÍA VEINTE DE JULIO DEL AÑO 2015 A horas 10:00 de la mañana, en la Sala de Remates ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Plaza España con Siglo XX S/N, del distrito, provincia y departamento de Arequipa. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US$/. 91,947.50 Dólares americanos. (Noventa y uno mil novecientos cuarenta y siete con 50/100 Dólares Americanos).- PRECIO BASE: US$/. 61,298.33 Dólares Americanos (Sesenta y uno mil doscientos noventa y ocho con 33/100 Dólares Americanos) Que es el equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: Que corren inscritas en la Partida Registral Nº PO6023274.- 01) Asiento 00007 Constitución de hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa hasta por la suma de US$. 13,055.00 otorgados por sus propietarios para garantizar un mutuo de S/. 12,000.000 según escritura Pública de fecha 16-05-2002.- 02) Asiento 00008 Modificación de Hipoteca.- Se procede a modificar la hipoteca inscrita en el asiento 007 de esta partida, en el sentido que se amplía el monto del gravamen a US$. 28,345.00 y se modifica en el sentido que dicho gravamen garantizara además, el crédito por la suma de S/. 35,000.00 otorgados a favor de los titulares del bien. Así mismo garantiza las obligaciones detallados en la escritura de ampliación y modificación de hipoteca que da merito a la inscripción de este asiento registral. No se conocen otras afectaciones. REQUISITOS PARA SER POSTORES: El Postor deberá: depositar previo al acto del remate una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la Tasación del bien, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre; presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble, pagado al Banco de la Nación (indicando número de expediente, juzgado y su número de documento nacional de identidad) y D.N.I. (además copia de: DNI y Tasa judicial). Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S N° 0082005-JUS). Arequipa, 06 de Julio del 20015. OSCAR CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 28. VERONICA GUTIERREZ HANCCO ESPECIALISTA LEGAL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. M.D. CIVIL II. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31831. PRIMER REMATE En los seguidos por CARLOS MANUEL MILON GUZMAN, en contra de VIRGILIO HECTOR VARGAS VALENCIA Y AMADA FANNY VARGAS VALENCIA DE MORENO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 04818-2014-0-0401-JR-CI-09; el señor Juez del Noveno Juzgado Civil de Arequipa, Sede Central, Dr. José Antonio Meza Miranda , con intervención de la Especialista Legal Dra. Marisol García Jurado, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el 50% de los derechos y acciones del inmueble ubicado en la: MZ. A, LOTE 4, ASOCIACION DE VIVIENDA PRO VIVIENDA DE TRABAJADORES DEL PROYECTO MAJES LA
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ENCALADA, DISTRITO DE JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº 11046617, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN DEL 100% DEL INMUEBLE (comercial): US$200,000.00 y el VALOR DE TASACION DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE US$100,000.00 (comercial): cien mil 00/100 Dólares Americanos; PRECIO BASE DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES : Sesenta y seis mil seis cientos sesenta y seis con 66/100 dólares Americanos (US$66,666.66), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del 50% de los derechos y acciones del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA hasta por la suma de S/.120,000.00 nuevos soles a favor de Carlos Manuel Milon Guzman, así consta inscrito en el asiento D00003 y rectificación de oficio asiento D00004, afectación que se halla inscrita en la partida Nº 11046617, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Lunes 20 de julio del 2015, a las 11:00 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de Remates Nº 12, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, (sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N cercado – Arequipa). El remate estará a cargo de la Martillero Público Marlene Cleofe Flores de Mendoza; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$ 10,000.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, junio 25. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. MARISOL GARCIA JURADO ESPECIALISTA LEGAL. (07-08-09-10-13-14 julio) B/Nº 031-31830. PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el expediente N° 98-2009, sobre Obligación de dar suma de dinero que sigue Tomasa Parillo Supo en contra de ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES MANUFACTUREROS ASPROMAC DON MANUEL, el Señor Juez del Juzgado de Paz de Tingo Cercado Temporal Alto Selva Alegre a cargo del Dr. Enrique Cárdenas Medina, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en la calle Virgen del Pilar numero 070, 090, 106, 116, 128, 134 y 154 en el distrito, provincia y departamento de Arequipa., inscrito en la Partida N° 01218342 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN DEL BIEN: US$ 13`724,144.00 (Trece millones setecientos veinticuatro mil ciento cuarenta y cuatro con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: US$ 9’149,429.33 (nueve millones ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos veintinueve con 33/100 dólares americanos). AFECTACIONES: Asiento D0002 Embargo en forma de inscripción a favor de Tomasa Parillo Supo hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles. D0003 Embargo en forma de inscripción a favor de Domitila Flores Mamani hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles. D0004 Embargo en forma de inscripción a favor de Paula Gutiérrez de Gutiérrez. DIA Y HORA PRIMER REMATE: 22 DE JULIO DEL 2015 A LAS 17:00 HORAS DEL DÍA (CINCO DE LA TARDE) LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre, ubicado en la Avenida Brasil N° 100 en el distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa- POSTORES: Para ser postor se depositará antes del remate en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre la cantidad dineraria no menor al 10% del valor de la tasación del inmueble; presentarán D.N.I. El Adjudicatario cancela los Honorarios del Martillero conforme al artículo 18 del D.S. 0082005-JUS, Ley 27728 y están afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV). FUNCIONARIO QUE REALIZARÁ EL REMATE: El remate será efectuado por Percy Luis Cornejo Barragán - Martillero Público - Registro Nacional N° 247. Celular: 957870365 - 992014422. Arequipa, 07 de julio del 2015. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N1 247 . ENRIQUE CARDENAS MEDINA JUEZ DE PAZ ALTO SELVA ALEGRE. (09-10-13-14-15-16 julio) B/Nº 031- 31888.PRIMER REMATE En los seguidos por ISOLINA INES URIARTE ORTEGA, en contra de ISABEL CONCEPCION PINTO ARENAS, en el proceso sobre Obligacion de dar Suma de Dinero; Expediente 070-2009-C; el señor Juez del Juzgado de Paz de Zamacola Dr. Juan Feliz Sotelo Ayma, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el 50% de los derechos y acciones que tiene Isabel Concepcion Pinto Arenas, del inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Carmen II Congata, Manzana
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
G, Lote 3, Distrito de Uchumayo, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6059095, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN DEL 100% DEL INMUEBLE (comercial): S/74,493.00 y el VALOR DE TASACION DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE S/37,246.50 (comercial): Treinta y siete mil dos cientos cuarenta y seis 50/100 Nuevo Soles; PRECIO BASE DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES : S/24,831.00 (Veinticuatro mil ochocientos treinta y uno 00/100 nuevos soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del 50% de los derechos y acciones del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) Medida Cautelar en forma de inscripción hasta por la suma de S/.10,000.00 nuevos soles a favor de Isolina Inés Uriarte Ortega, así consta inscrito en el asiento D00005, afectación que se halla inscrita en la partida Nº PO6059095, de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: Martes 04 de agosto del 2015, a las 16:30 horas; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la Sala de espera del Juzgado de Paz de Zamacola-Arequipa, ubicado en la calle Amazonas N° 403, Zamacola, Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/3,724.65) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Público, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por decreto Supremo Nº 008-2005-JUS. Arequipa 2015, julio 06. MARLENE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. JUAN F. SOTELO AYMAR JUEZ DE PAZ. (10-13-14-15-16-17 julio) B/Nº 031-31917. PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, Expediente Nro. 02221-2014-0-0401-JR-CI-01, que sigue CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA en contra de Hermitaño Cereceda Berrio; el Señor Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Rubén Herrera Atencia, especialista legal Dra. Yuly Elizabeth Marquez Ticona, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 03 de Agosto del 2015 a horas 10:00 am, el cual se llevara a cabo en la Sala de Remates ubicada en el Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en esquina de plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Arequipa, del siguiente bien inmueble de propiedad de Jorge Guillermo Villena Zúñiga; DESCRIPCIÓN: Predio Rústico Denominado “HUATIAPILLA – LA MONTAÑA” signado con la Unidad Catastral N° 10616 del Distrito de Aplao, Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con una extensión superficial de SEIS HECTÁREAS OHO MIL CIEN METROS CUADRADOS (6.81 HÁS), cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica 04001240 de la Sección Especial de Predios Rurales de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.VALOR DE TASACIÓN: US$ 146,824.00 dólares de Norteamérica BASE DEL REMATE: US$ 97,882.67 dólares de Norteamérica.- AFECTACIONES: 1.- Asiento D00005: Inscripción de Bloqueo Registral Sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta que se formalice la inscripción de la CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 56,932.00 dólares americanos.- 2.Asiento 00006: Inscripción de Hipoteca Constituida por el demandado - Ejecutado (El Hipotecante) Hermitaño Cereceda Berrio, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 56,932.00 dólares americanos, con el objeto de garantizar un préstamo por S/. 100,000.00 nuevos soles otorgado al Hipotecante así como las demás obligaciones que se establecen en la Escritura Pública N° 2690 de fecha 21/11/2009 que da mérito a la presente inscripción.- 3.- Asiento D00007: Ampliación y Modificación de Garantía Hipotecaria Que contiene el asiento 6 del rubro D de esta Partida, por haberlo convenido su propietario demandado – ejecutado Hermitaño Cereceda Berrio y la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, la que quedará constituida hasta por la suma de US $ 95,000.00 dólares americanos, la misma que garantizará el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del crédito otorgado por la suma de S/. 140,000.00 nuevos soles, según consta de la Escritura Pública N° 3497 de fecha 20/09/2011.- Depósito para ser postor: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 14,682.40 (CATORCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 40/100 dólares de Norteamérica) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentarán el original del arancel judicial por Participa-
ción en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate.- Juez: Dr. Rubén Herrera Atencia, especialista legal Dra. Yuly Elizabeth Marquez Ticona, Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP N° 315.- Arequipa, 30 de Junio del 2015. YULY MARQUEZ TICONA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL. (14-15-16-17-20-21 julio) B/ Nº 031-31958. SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por SONIA MERY GARCIA MAMANI Y LUIS ALBERTO CARAZAS JULCA en contra de SEGUNDA FISCALIA DE FAMILIA sobre Separación Convencional y/o Divorcio Ulterior, Expediente N° 00090-2001-00401 -JR-FC-02, el Segundo Juzgado de Familia de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Humberto Valdivia Talavera y con la intervención de la Especialista Legal Dra. Carmen Alicia Gasca Molina, ha ordenado sacar a Remate Público lo siguiente: - EN SEGUNDA CONVOCATORIA: Inmueble ubicado en la Manzana F-5, Lote N° 10 de la Urbanización San Luis, Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio y características se encuentran detallados en la Partida Electrónica N° 01120055 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII-Sede Arequipa. - VALOR DE TASACION: SI. 161,859.09 (Ciento sesenta y un mil ochocientos cincuenta y nueve con 09/100 Nuevos Soles). - BASE DEL REMATE: Menos el 15% de la base del Primer Remate asciende a SI. 91,720.16 (Noventa y un mil setecientos veinte con 16/100 Nuevos Soles). - AFECTACIONES: a) Carga: Las obras que faltan ejecutar deberán llevarse a cabo en forma progresiva en un plazo máximo de 10 años, contados a partir de la transcripción de la presente Resolución, con los siguientes valores: A) Redes de Desagüe 1 ‘990,494.70, B) Redes de Agua 579,666.70, C) Pavimentos 5´068,255.00,- Total 6´638,416.40. Déjese establecido que el aporte por concepto de control y supervisión de las obras, obligación de acuerdo con los porcentajes siguientes: A) Redes de Desagüe 14%. B) Redes de Agua 8.20%. C) Pavimentación 71.65%, según Resolución 345-87-CPADL-4 de 20-05-87. - DIA Y HORA DEL REMATE: Jueves 06 de Agosto del 2015, a las 09:00 horas. - LUGAR DEL REMATE: Sala de Espera del Segundo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la Plaza España con Calle Siglo XX s/n del Cercado de Arequipa, distrito, provincia y departamento de Arequipa. - FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: El remate será efectuado por Fernando Arnulfo Butrón Rodríguez - Martillero Público - Registro Nacional N° 230. - LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley. Arequipa, 2015 Julio 08. FERNANDO BUTRON RODRIGUEZ MARTILLERO PUBLICO REG. M.P. Nº 230. CARMEN GASCA MOLINA SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA. (13-14-15 JULIO) B/ Nº 031-31940. SEGUNDO REMATE EN EL PROCESO DE DIVISION Y PARTICION, EXPEDIENTE Nº01571-2010-0-0401-JR-CI-02, SEGUIDO POR IVAN ALBERTO GALLEGOS MENDOZA Y RICHARD GERARDO MOLINA BUSTINZA SUCESOR PROCESAL DE ANGEL AMADOR GALDOS FRIAS, EN CONTRA DE ERIKA VALERIA RODRIGUEZ CHAÑA Y COMO TERCERO JUAN CARLOS TERAN SOSA; EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL. DR. EDGARD PINEDA GAMARRA, ESPECIALISTA LEGAL PATRICIA MARIBEL ZAPATA COAGUILA, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO PARA LA REALIZACION DEL REMATE DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE PALACIO VIEJO 402, 404, Y 406, DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON UNA AREA DE 418.94M2, CUYOS LINDEROS, MEDIDAS Y DEMAS CARACTERISTICAS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº11132866, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA SUNARP-AREQUIPA; QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE PARA EL DIA 21 DE JULIO DEL 2015, A LAS 11:15 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPUERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, PABELLÓN E, DISTRITO DE AREQUIPA (SOTANO). TASACION TOTAL: S/.1`086,514.48 NUEVOS SOLES. PRECIO BASE: S/.615,691.54 NUEVOS SOLES. DEPOSITO PARA SER POSTOR: 10% DEL VALOR DE TASACION (S/.108,651.44 NUEVOS SOLES), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA A SU NOMBRE O DEPÓSITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1). ASIENTO D00002 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ARE-
Martes, 14 de julio del 2015
QUIPA HASTA POR LA SUMA DE S/.12,000.00 NUEVOS SOLES, EXPEDIDA POR EL 7MO. JUZGADO DE PAZ LETRADO AREQUIPA EN EL EXPEDIENTE 2010-688 SOBRE O.D.S.D.. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263 – 984340166, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447 AREQUIPA, 2015-07-01.- PATRICIA ZAPATA COAGUILA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31895. TERCER REMATE JUDICIAL En el Expediente Nro. 2841-2010-0-0401-JR-CI-05 sobre Ejecución de Garantías seguido por VICTOR NAZARIO MUÑOZ PAREDES en contra de CARLOS ALFREDO SOTO RAMOS y como terceros PEDRO PABLO SOTO PALOMINO, PABLO ALFREDO SOTO RAMOS e HILDA ISABEL TORRES HUAROTE tramitado ante el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, por mandato del Juez Anibal Celso Maraza Borda, el Martillero Público Daniel Rodríguez Corrales ha señalado el día 22 de julio del año 2015 a las 08.30 horas como fecha para el TERCER REMATE de los derechos de propiedad que tenía el ejecutado Carlos Alfredo Soto Ramos y que en la actualidad le corresponden a PABLO ALFREDO SOTO RAMOS e HILDA ISABEL TORRES HUAROTE y que corresponden al 33.33% de derechos del inmueble ubicado en Jr. Amazonas, Manzana 6, Lote 5, Zona C, Pueblo Joven Alto Libertad, distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyas medidas perimétricas, área y linderos aparecen inscritos en la Partida Registral Nro. P06016695 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa; Remate que se llevará a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en el Sótano de la Sede de Corte, sito en Plaza España s/n, con Siglo XX, del Cercado de Arequipa. TASACIÓN DE LOS DERECHOS A REMATAR: US$ 111,494.62 (ciento once mil cuatrocientos noventa y cuatro con 62/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US$ 53,703.24 (cincuenta y tres mil setecientos tres con 24/100 dólares americanos). AFECTACIONES: 1) Hipoteca materia de ejecución en el presente proceso judicial hasta por S/. 28,000.00 (asiento 0006). DEPÓSITO PARA SER POSTOR: 10% del valor de tasación: US$ 11,149.46. En efectivo o cheque de gerencia a su nombre y negociable, adjuntando el arancel judicial para participar en remate de bienes inmuebles que corresponda. Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario inmediatamente luego del acto de remate, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, Reglamento de la Ley del Martillero Público. Especialista Legal: Melissa Llerena Santos. Arequipa, 2015 julio 08. DANIEL RODRIGUEZ CORRALES MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 285. NATHALY LLERENA SANTOS ESPECIALISTA LEGAL QUINTO JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL I. (14-15-16 JULIO) B/Nº 031-31987. TERCER REMATE En el proceso seguido sobre el proceso de Ejecución de Garantía, en los seguidos por DAVID BASURCO MAMANI, en contra de MERY GISELA RAMOS SUCASACA, ante el Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Hunter, Expediente N° 00113-2014-0-0411-JM-CI-01, con intervención del Especialista Legal Aldo Javier Rodríguez Huanqui, han designado al Martillero Público CHRISTIAN RUBEN VIZCARRA ADRIANO para la realización del tercer remate del inmueble ubicado en Asentamiento Humano Trece de Mayo Manzana-C, Lote-4, Zona-A del Distrito Jacobo Hunter, Provincia y departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra encerrado entre los linderos y medidas Perimétricas que figuran de su inscripción en la Partida N° P06075651 de los Registros Públicos de Arequipa– Zona Registral N° XII –Sede Arequipa - SUNARP, con una VALORIZACIÓN (Tasación) de: Us $ 60,000.00 (Sesenta Mil con 00/100 Dólares Americanos) quien con facultad otorgada por el juzgado ha señalado la realización del TERCER REMATE para el día el DÍA VEINTIDOS DE JULIO DEL AÑO 2015 A LAS DOCE HORAS en la Sala de espera de audiencia de Juzgado Civil – Sede Jacobo Hunter, sito en calle Berlín s/n del distrito Jacobo Hunter Distrito de Jacobo D. Hunter, Provincia y Departamento de Arequipa. TASACIÓN TOTAL DEL IMUEBLE: $ 60 000 00/100 (Sesenta Mil con 00/100 dólares americanos); QUIEBRA: depósito para ser postor 10% en efectivo o mediante cheque de gerencia girado a nombre del postor y entregado al Martillero Publico antes del remate, teniendo además que pagar la tasa judicial correspondiente para participar en el remate. PRECIO BASE: $ 28 900 (veinte ocho Mil novecientos Dólares Americanos con 00/100). AFECTACIONES 1)en el asiento 00006ª parece una inscripción de Hipoteca a favor del acreedor David Basurco Mamani y esposa Flor Angelica Meneses Choque hasta por la suma de S/ 55 000 (Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 Nuevos Soles) que es materia de ejcucion del presente proceso 2)en el asiento 00007 aparece una inscripción de embargo a favor del acreedor COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICOOP LA ISLA LTDA, hasta por la suma de S/ 4 950 (Cuatro Mil Novecientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles, no se conocen otros gravámenes, honorarios del martillero e IGV, serán cancelados por el adjudicatario inmediatamente culminado el acto de remate, Arequipa 2015. CHRISTIAN VIZCARRA ADRIA-
NO MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 264. ALDO RODRIGUEZ HUANQUI ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO CIVIL MODULO B. DE JUSTICIA DE HUNTER. (14-15-16 julio) B/Nº 031-31972
RECTIFICACIONES RECTIFICACION DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Aurora Catalina Velásquez de Figueroa, hija del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Pedro Pablo Belasques Zarabia, registrada en el Libro 22, foja 65V del Archivo de la Parroquia San Antonio Abad (Miraflores) - Arquidiócesis de Arequipa, en la que sus padres aparecen como “Mariano Belasques” y “Eufemia Zarabia”. Pide que se haga las siguientes rectificaciones: “Sus padres son ‘Mariano Velásquez’ y ‘Eufemia Sarabia’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como PEDRO PABLO VELASQUEZ SARABIA”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 10 de julio del 2015.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (13-14-15 julio) B/Nº 03131945. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Valeriana Elva Arias Abarca de Velasquez, viuda del titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de Bautismo de Sabino Eduardo Claudio Pascual Velasquez Llerena, registrada en el Libro 154, foja 256 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘19 de febrero último’, sus nombres como “Sabino Eduardo Claudio Pascual”. Pide que se hagan las siguientes rectificaciones: “Nació el 19 de febrero de 1934. “Se le suprima los nombres de ‘Sabino Claudio Pascual’. Se le autorice a llevar como único nombre ‘Eduardo’. Debiendo la identidad del bautizado figurar en lo sucesivo como EDUARDO VELASQUEZ LLERENA”. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.Arequipa, 09 de julio del 2015.-Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31905.AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yolanda Eusebia Choquehuanca Sanca quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de José Edgar Apaza en el Archivo de la Parroquia Del Sagrario - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el veinte de abril de mil novecientos setenta y cuatro; hijo de doña Teresa Apaza Nieves, y que fue bautizado en el Convento San Francisco de Asís - Arequipa el veintiuno de setiembre de mil novecientos ochenta; siendo sus padrinos don Jesús Sáenz Chávez y doña Lourdes Jiménez de Sáenz. AREQUIPA, 09 DE JULIO DEL 2015. DR. WALTER T.ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31906. AVISO En esta Vicaria Judicial, se ha presentado Fortunata Alodia Durand Quispe de Chambi quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de FRANCISCO ALBERTO CHAMBI DURAND en el Archivo de la Parroquia San Ignacio de Loyola (Ciudad Blanca Paucarpata) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Arequipa el once de octubre de mil novecientos ochenta y tres; hijo de don Alejandro Chambi Vilcapaza y de doña Fortunata Durand de Chambi , y que fue bautizado en la Capilla Luz y Alegría (CIRCA) - Arequipa el quince de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco; siendo su madrina la Hermana María del Amor Prieto Taboada. Arequipa, 09 de julio del 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIOACTUARIO. (10-13-14 julio) B/Nº 031-31913. INSCRIPCION PARTIDA BAUTISMO Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado Yeni Carmela Guillén de Torres, en su condición de hija del titular, solicitando la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo para Telésforo Emilio Guillén Velásquez en el Archivo de la Parroquia San Juan Bautista (Characato) (Arquidiócesis de Arequipa). Los datos ofrecidos por la solicitante, para esta inscripción son: El bautizado nació en Characato, Arequipa, el 29 de octubre de 1925, y recibió el sacramento del Bautismo en la Parroquia de San Juan Bautista (Characato), Arequipa el 05 de abril de 1926; siendo sus padres ‘Telésforo Guillen’ e ‘Isabel Velásquez’. Fue su padrino ‘Elias Reynoso’.- Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 09 de julio del 2015.- Walter Romaña. Abogado Notario de la Vicaría Judicial. (13-14-15 julio) B/Nº 031-31947. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Nelly Magally Chambi Torres quién solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Pedro Nolasco (Urb. Miguel Grau - Paucarpata) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Paucarpata - Arequipa el cuatro de febrero de mil novecientos ochenta y dos; hija de don Albino Chambi Arce y de doña Teófila Torres Apaza, y que fue bautiza-
Martes, 14 de julio del 2015
da en Capilla Nuestra Señora de la Reconciliación (Urb. Miguel Grau - Paucarpata) - Arequipa el quince de octubre de mil novecientos ochenta y nueve; siendo sus padrinos don Jesús Condori Quispe y doña Evarista Berna Champí. Arequipa 10 de julio del 2015. DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (1314-15 JULIO) B/Nº 031-31954. VICARÍA JUDICIAL RECTIFICACION DE PARTIDA Ante la Vicaría Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado la señora Concepción Corihuamán de Navarro con DNI 29344224, solicitando la rectificación de su Partida de Bautismo, registrada en el Libro 31, foja 191, N° 629 del Archivo Parroquial de Santa Ana de Chuquibamba, en la que sus nombres aparecen como Concepción Augusta’;. Pide que sea corregida de la siguiente manera: Suprimir segundo nombre ´Augusta’ y se autorice a llevar como único nombre ´Concepción’ . Debiendo la identidad de la titular figurar en lo sucesivo como CONCEPCIÓN CORIHUAMAN CARBAJAL. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 09 de julio del 2015.- Pbro. Lic. Fermín Quispe Espinal. Vicario Judicial de la Prelatura de Chuquibamba. (13-14-15 julio) B/ Nº 031-31953. RECTIFICACION DE PARTIDA Ante la Vicaria Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado la señora Concepción Corihuamán de Navarro con DNI 29344224, solicitando la rectificación de la Partida de Bautismo de Manuel Alfredo Navarro, registrada en el Libro 10, foja 237 del Archivo Parroquial de Santa Ana de Chuquibamba, en la que sus nombres aparecen como ´Manuel Alfredo’. Pide que sea corregida de la siguiente manera: Suprimir segundo nombre ´Alfredo’ y autorizar a llevar como único nombre ‘Manuel’. Debiendo la identidad del titular figurar en lo sucesivo como MANUEL NAVARRO. Lo que se comunica a los interesados para los fines de ley.- Arequipa, 09 de julio del 2015.- Pbro. Lic. Fermín Quispe Espinal. Vicario Judicial de la Prelatura de Chuquibamba. (13-14-15 julio) B/Nº 031-31953. RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 26662 ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO, SE PRESENTO: GEOVANNA LUCIA LIZ OBANDO HERRERA, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA RECTIFICAR EL NOMBRE DE SU PADRE, DICE: “PASCUAL OBANDO QUIROZ”, DEBE DECIR: “LUCIANO PASCUAL OBANDO QUIROZ”. AREQUIPA, 08 DE JULIO DEL 2015. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIAABOGADA C.N.A. Nº 24. (14 julio) B/Nº 031-31964. RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE ESTA VICARIA JUDICIAL DE LA PRELATURA DE CHUQUIBAMBA, SE HA PRESENTADO DON ROLANDO FERNANDO MONTOYA ROMERO, QUIEN SOLICITA POR UNICA VEZ LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE BAUTISMO DE ROSA ALBINA OLAECHEA LLAMOSAS, REGISTRADA EN EL LIBRO 08, FOJA 71 DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE SAN JOSÉ DE OCOÑA-PRELATURA DE CHUQUIBAMBA; EN LA QUE APARECE SU APELLIDO PATERNO COMO “OLACHEA”. PIDE QUE SEA CORREGIDA DE LA SIGUIENTE MANERA: SU APELLIDO PATERNO ES: “ OLAECHEA”.- LO QUE SE COMUNICA A LOS INTERESADOS PARA LOS FINES DE LEY.- CAMANA 13 DE JULIO DEL 2015.- PBRO LIC. FERMIN QUISPE ESPINAL VICARIO JUDICIAL. (14-15-16 julio) B/Nº 031-31975.
SUCESIONES SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO NOTARIAL DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO EMMA QUINTANILLA VIUDA DE MEDINA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE ANTERO JULIO MEDINA CERVANTES, FALLECIDO EL 27 DE ABRIL DEL 2002, QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN URACA, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 10 DE JULIO DEL 2015. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (14 julio) B/Nº 031-31960. SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO NOTARIAL DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO LIDIA RUFA MANRIQUE VALVERDE SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE GUILLERMO MANRIQUE BORDA, FALLECIDO EL 04 DE AGOSTO DEL 2005, QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN URACA, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 07 DE JULIO DEL 2015. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (14 julio) B/Nº 031-31960. SUCESIÓN INTESTADA EN MI OFICIO NOTARIAL DE CALLE PROGRESO N° 304, DISTRITO DE APLAO, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA, SE HA PRESENTADO ANSELMA SILVIA GUZMAN VERA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE SUS
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
PADRES MAURO GUZMAN SILVA Y NATIVIDAD VERA AGUILAR, FALLECIDOS EL 16 DE JULIO DEL 2002 Y 25 DE DICIEMBRE DEL 2013, RESPECTIVAMENTE, QUIENES TUVIERON SU ULTIMO DOMICILIO EN PAMPACOLCA, LO QUE COMUNICO DE ACUERDO A LEY PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE SE CREAN CON DERECHO SUCESORIO. APLAO, 09 DE JULIO DEL 2015. CESAR OMAR FLORES MONJE NOTARIO DE CASTILLA C.N.A. (14 julio) B/Nº 031-31960. SUCESION INTESTADA CONFORME LA LEY Nº 26662 ANTE MI CESAR A. FERNANDEZ DAVILA BARREDA, CON OFICINA EN LA CALLE MELGAR Nº 214, SE PRESENTO: NELLY MONICA MAMANI GARCES, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU HERMANO RAMON ORESTES LUQUE GARCES, FALLECIDO EL 07-012011, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERA A SU HERMANA: NELLY MONICA MAMANI GARCES. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 09.07.2015. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (14 julio) B/Nº 031-31962.
PRESCRIPCIONES PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se ha presentado don Apolinario Torres Parisaca, y Cecilia Gamarra de Torres, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio con saneamiento de área, linderos y medidas perimétricas del predio ubicado en callejón Ripacha número 100 del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 248,30 m2 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS), con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con el callejón Ripacha, con 1,47 metros, 2,46 metros y 6,20 metros; por el costado derecho, con pasaje sin nombre, con 17,09 metros; por el costado izquierdo, entrando, con la propiedad de la sucesión Valdivia Briceño y la propiedad de Aurelia Butrón Ballón, con 10,75 metros, 6,10 metros, 0,40 metros, 4,40 metros, 1,40 y 5,45 metros; y por el fondo, con el callejón Delgado, con 2,93 metros y 13,25 metros. El bien se encuentra inscrito en la partida 01132009 del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 03 de julio del 2015.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (08-14-20 julio) B/Nº 031-31855. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A MI OFICIO NOTARIAL, SE HA ADMITIDO A TRÁMITE LA SOLICITUD DE JOSÉ ANTONIO BORNAZ BUJANDA; EDGAR BORNAZ BUJANDA Y MANUEL BORNAZ BUJANDA, SOBRE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO NOTARIAL DE PREDIO URBANO UBICADO URBANIZACIÓN ALTO DE LA LUNA I II Y III ETAPA MANZANA I LOTE 4 ETAPA I DISTRITO JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL MISMO QUE ESTA INSCRITO EN LA PARTIDA P06135496 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA; EL MISMO QUE TIENE UN ÁREA DE 162.00 METROS CUADRADOS CUYOS LINDEROS SON: IZQUIERDA 18.00 ML CON LOTE 5; FRENTE 9.00 ML PASAJE 23 PARQUE 1; DERECHA 18.00 ML CON LOTE 3; POR EL FONDO 9.00 ML LOTE 39. SIENDO LOS TITULAR REGISTRAL FELICIANO BUSTAMANTE BARRIOS; LO QUE SE, PONE EN CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 2015 ABRIL 13. HUGO J. CABALLRO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A. MAT. 036. (08-14-20 julio) B/Nº 031-31850. PRESCRIPCION ADQUISITIVA OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COMERCIO N° 424, DISTRITO , PROVINCIA ISLAY, AREQUIPA, SE PRESENTA SIMON RODILARDO CARRASCO Y OTROS SOLICITANDO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN PASAJE AURELIO DE LA FUENTE N° 116 EN LA ACTUALIDAD CENTRO POBLADO MOLLENDO, MANZANA A1, LOTE N° 27B, DISTRITO MOLLENDO, PROVINCIA ISLAY, DEPARTAMENTO AREQUIPA, CON UN ÁREA DE 116.06 M2, (CIENTO DIECISEIS PUNTO CERO SEIS METROS CUADRADOS), INSCRITO EN LA PARTIDA N° PO6215155 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE AREQUIPA, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: FRENTE: PASAJE AURELIO DE LA FUENTE CON 8.94 ML, DERECHA: LOTE 27 CON 13.16 ML; IZQUIERDA. CON LOTE 27 CON 12.81 ML. FONDO: CON LOTE 27A CON 8.94 ML. LO QUE HAGO SABER PARA FINES DE LEY. MOLLENDO, 2015 JULIO 03. ROBERTO DELGADO VALDIVIA ABOGADO NOTARIO. (08-14-20 julio) B/ Nº 031-31840. PUBLICACION PRESCRIPCION ADQUISITIVA. ANTE MI, CARLOS ENRIQUE GOMEZ DE LA TORRE RIVERA, NOTARIO PUBLICO CON OFICIO NOTARIAL EN LA CALLE TORIBIO PACHECO No. 403, VALLECITO, CERCADO DE AREQUIPA, SE HA PRESENTADO BORIS RAMON VARGAS ZEBALLOS, IDENTIFICADO CON DNI N° 40517200, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE UBICADO EN PUEBLO TRADICIONAL SEÑOR DE LA CAÑA, MANZANA D, LOTE 19, DEL DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; QUE TIENE UN ÁREA DE
216.52 M2 (DOSCIENTOS DIECISEIS PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS), CON LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS QUE OBRAN INSCRITOS CON EL CODIGO DE PREDIO P06122601 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE LA CIUDAD DE AREQUIPA.. LO QUE SE COMUNICA A FIN DE LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO LO HAGAN VALER CON ARREGLO A LEY. AREQUIPA, 2015 JULIO 01. CARLOS E. GOMEZ DE LA TORRE R. ABOGADO-NOTARIO PUBLICO. (08-14-20 julio) B/Nº 031-31833. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, ROBERTO TAIPE QUISPE; SOLICITA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DEL LOTE URBANO SIGNADO COMO LOTE N° 9, MANZANA A UBICADO EN ZONA COLINDANTE A LA ASOCIACION LOS ANGELES DEL SUR Y LOS PROCERES DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO-AREQUIPA, CON UN AREA DE 200.00 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: CALLE N° 2 CON 10.00; LADO DERECHO ENTRANDO: LOTE N° 8 CON 20.00 ML; LADO IZQUIERDO ENTRANDO: LOTES N° 10 Y 11 CON 20.00 Y POR EL FONDO: LOTE N° 14 CON 10.00 INSCRITO EN LA PARTIDA MATRIZ 11153049 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA. SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA. LO QUE SE COMUNICA PARA FINES DE LEY. == AREQUIPA 30 DE JUNIO DEL 2015. MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (02-08-14 julio) B/Nº 031-31742.
EDICTOS PENALES EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2778-0 (Imputado) JUAN CARLOS JARA ARENAS, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MICAELA AMEE THANI JARA REYNA Y CARLOS JOSHUA JARA REYNA REPRESENTADOS POR MARIA GANDY REYNA CARRION , DILIGENCIA 20-07-2015, 11:30 am, Sala 2, Secretario: Quispe. (10-13-14 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1328-22 CRISTOBAL JOSE YUPA CHIPANA HONORATO CRUZ HUAMAN, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado HONORATO CRUZ HUAMAN, NOTIFICACION , Al escrito número 66927-2014: Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 345° del Código Procesal Penal. Autoriza el presente decreto; Secretario: Champí. (10-13-14 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1328-22 CRISTOBAL JOSE YUPA CHIPANA HONORATO CRUZ HUAMAN, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado HONORATO CRUZ HUAMAN, NOTIFICACION , Al escrito número 66927-2014: Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 345° del Código Procesal Penal. Autoriza el presente decreto; Secretario: Champí. (10-13-14 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3350-0 (Imputado) ROQUE HUAMAN TAYPI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado NESTOR RODOLFO CHAHUARA MOLLOHUANCA, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio del investigado a la defensora pública Carmen Julia Puma Escalante; Secretario: Quispe. (1013-14 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2839-0 (Imputado) JORGE RAUL YANA ESQUIVIAS, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , DILIGENCIA 22-07-2015, 10:00 am, Sala 3, Secretario: Quispe. (10-13-14 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-224-
70 (Imputado) WALTER CESAR LIGARTE MOGROVEJO Agraviada)Katherine Susan Suxo Merma , delito Lesiones leves por violencia familiar, agraviado Katherine Susan Suxo Merma, NOTIFICACION , Res. 01, se notifica con el requerimiento de acusación presentado por la 1FPPC Mariano Melgar, por el plazo de 10 dias’para los efectos del art. 350 del CPP. Se designa como abogado defensor del acusado al abogado de oficio Jorge Chavez Herrera; Secretario: Tito. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-2371-31 (Imputado) JOSE RAUL TURPO TACAR, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:25, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2013-4914-59 (Imputado) RONALD OVIEDO COLQUE, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARYLUZ VELASQUEZ QUISPE, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE 2015, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REOCONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-3295-8 (Imputado) MIGUEL ANGEL PEREZ BAUTISTA, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:35, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-280-0 HUBERT ANGEL CHANA MAMANI, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUALACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR, agraviado S.SH.CH.S, DILIGENCIA 17 AGOSTO 2015, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, EN CASO DE INASISTENCIA DESIGNARSE Y LLEVARSE A CABO LA AUDIENCIA CON DEFENSOR PUBLICO; Secretario: SANCHEZ. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 1994-102-0 USCAMAYTA HUAMANI ELISEO BACILIO , delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MFCL, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-102-0 USCAMAITA HUAMANI ELISEO BACILIO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MFCL, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 1999-32-0 CCENCHO CHAVEZ JUAN, delito PECULADO, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION , Secretario: MILLAN. (10-13-14 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-116-57 (ImputadFREDY APAZA YUCRA, deberá presentarse a la audiencia de constitución de actor civil, delito FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado , NOTIFICACION , RES NRO 03-2015 DE FECHA 1 DE JULIO DEL 2015 , SE HA REPROGRAMADO LA AUDIENCIA DE CONSTITUCION DE ACTOR CIVIL PARA EL DIA 3 DE AGOSTO DEL 2015 A LAS 3:30PM DEBE PRESENTARSE EN JIRON COMERCIO NRO 140 CERCADO CAMANA SE DEBE PUBLICAR POR 3 DIAS ; Secretario: Vargas. (10-13-14 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-116-13 (Imputado) FREDY APAZA YUCRA se cita audiencia de constitución de actor civil para el día 3 de agosto del 2015 a horas 4 de la tarde , delito falsedad ideológica, agraviado MALDONADO ALVAREZ CARLOS GUSTAVO, NOTIFICACION 2015-08-03, 4 :00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, RES NRO 03-2015 DE FECHA 2 DE JULIO DEL
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2015, PARA LA AUDIENCIA DE ACTOR CIVIL DEL 3 DE AGOSTO DEL 2015 A HORAS 4 DE LA TARDE EN JIRON COMERCIO NRO 140 3ER PISO CERCADO CAMANA PUBLICAR POR 3 DIAS DE SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: Vargas. (10-13-14 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-180-33 (Imputado) EDWIN CHIQUI ROQUE para que asista a la audiencia de Juicio Oral programada, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado menor JHON EDWIN CHIQUI DELGADO representado por Catalina Delgado Quinta, DILIGENCIA 11-08-2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, Secretario: Briceño. (10-13-14 julio)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-180-33 (Imputado) EDWIN CHIQUI ROQUE para que asista a la audiencia de Juicio Oral programada, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor JHON EDWIN CHIQUI DELGADO representado por Catalina Delgado Quinta, DILIGENCIA 11-08-2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Briceño. (10-13-14 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2014-1646-61 (Imputado) OCTAVIO FRANCISCO MEDINA FLORES, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 01 DE SETIEMBRE DEL , 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (10-13-14 julio)
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Expediente número 2015-2114-0-0401-JR-FC-03, en los seguidos por la representante del Ministerio Publico, sobre Violencia Familiar, en contra de Moisés Aguilar Acabaña en agravio de la menor de iniciales L.J.A.T. representada por su progenitura Maritza Karin Turpo Flores, la Señora Juez del Tercer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas, por resolución número dos, de fecha veintidós de junio del año en curso, SE HÁ DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A MOISES AGUILAR ACABAÑA, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.- Extracto de RESOLUCION Nro 2: de fecha veintidós de junio de dos mil quince ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Cuarta Fiscalía Provincial de Familia de Arequipa, doctor Renán Eduardo Valverde Ortiz, en contra de BERLY MOISES AGUILAR CABANA, en agravio de LESLIE JACKELINE AGUILAR TURPO debidamente represnetada por su progenitora Maritza Karin Turpo Flores; en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de veinticinco días al demandado, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados DISPONGO notificar vía edicto a Berly Moisés Aguilar Cabana en la forma y veces que señala el artículo 167 y 168 de Código Procesal Civil bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER: Jueza Doctora Julia María Montesinos y Montesinos Harley, Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas. (10-13-14 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1121-54 PERCY DAX PANIBRA CONDO, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SHOFIA MARIBEL PANIBRA QUISPE, DILIGENCIA 16-07-2015, 09:30, Sala 1; Secretario: Huerta. (14-15-16 julio)
SALA PENAL LIQUIDADORA PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3757-2001-0 GUSTAVO CASTILLO SOLORZANO, IRINEO FREDDY PINTO CUADROS Y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO , delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA - COLUSION DESLEAL, agraviado EL ESTADO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO, DILIGENCIA 10-07-2015, 09:00 AM, Sala de Audiencia, DECLARASE CONTUMAZ A LOS PROCESADOS EN CASO DE INCOCURRENCIA CON SUSPENSIÓN DE LOS TERMINOS DE PRESCRIPCIONES ; Secretario: Ugarte. (14-15-16 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-
4
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-661-52 MOISES MACHACA CHUQUIMAMANI, delito LESIONES GRAVES, agraviado AMAPARITO AMADA CELIA FERNANDEZ FLORES, DILIGENCIA 06/08/2015, 10:00AM, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: RETAMOSO. (14-15-16 julio)
TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4837-0 ABELARDO MEDINA CALLO, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 17-07-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: Figueroa. (14-1516 julio)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4820-65 (Imputado) Edwin Jaime Castro Pino , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, DILIGENCIA 14-07-2015, 14:0, Sala 4; Secretario: Diaz. (14-15-16 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2475-87 (Imputado) VIDAL JUAN HUANCA NINA Y VICENTE FLORES PINO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, NOTIFICACION , , , RES. 15 POR LA QUE SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 15/07/2015 A LAS 08:30 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 2o JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA ; Secretario: Gallegos. (14-15-16 julio)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4820-65 (Imputado)Edwin Jaime Castro Pino , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad, NOTIFICACION, Res.05 fecha 25-05-2015. Se apercibe a Edwin Jaime Castro Pino al cumplimiento de las jornadas de prestación de servicios a la comunidad dispuesta en sentencia 217-2014; caso contrario disponerse su revocación y el cumplimiento de la pena efectiva ; Secretario: Diaz. (14-15-16 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2426-0 FRANCK APARICIO MACEDO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LILIA TORIBIO PINARES, DILIGENCIA 07-08-2015, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Figueroa. (14-15-16 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-986-50 (Imputado) Eduardo Huisa Tintaya, delito Violación de domicilio, agraviado Roxana Limachi y otra, NOTIFICACION : res 01, que pone en conocimiento de los sujetos procesales el requerimiento acusatorio presentado por la 1FPPC Mariano Melgar para los efectos del Art. 350 del Cod. Procesal Penal. Se designa como abogado de oficio del acusado al Dr. Paulo Hllasaca; Secretario: Tito. (14-15-16 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3254-35 (Imputado) BENITO PARI GUTIERREZ, delito CONDUCCION ENESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 0109-2015, 09:20, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (14-15-16 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4765-80 Guido Vera Acero, delito desobediencia o resistencia a la autoridad, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 22-072015, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación ; Secretario: Ojeda. (14-15-16 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3796-44 agraviados Gustavo Arturo Cueto Rubio y Autorama del Sur SAC, delito apropiación ilícita , agraviado imputado Juan Carlos Apaza Lazo y otros, DILIGENCIA 30-07-2015, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de requerimiento mixto; Secretario: Ojeda. (14-15-16 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2063-92 JESUS JUAN TUPAC TAPIA, delito USO DE DOCUMENTOS FALSOS, agraviado ONP, DILIGENCIA 13-08-2015, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, DE SER DECLARADO REO AUSENTE O CONTUMAZ SEGUN CORRESPONDA EN CASO INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5480-82 (Imputado) edwin quilca corrales, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado sociedad, DILIGENCIA 01 de diciembre de 2, 14:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-320-94 (Imputado) ADRIANZEN VIZCARRA HILTON GERMAN, delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO AGRAVADO, agraviado lopez osorio mirtha maritza, DILIGENCIA 03-08-2015, 11.00AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez. (14-15-16 julio)
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1076-2013-29 ROBERTO CAPIRA SALHUA, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL DE MENOR DE DIEZ AÑOS , agraviado Y.V.S.C., DILIGENCIA 25-08-2015, 14.50, Sala 10, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque. (14-15-16 julio) Expediente número 2015-tS-5í-0-0401-JR-FC-03, en los seguidos por la representante del Ministerio Publico, sobre Violencia Familiar, en contra de Cristian Germán Mendoza Herrera en agravio de Elmer Francisco Paz Oviedo taya, la Señora Juez del Tercer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, con intervención de la Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas, ha expedido la resolución dos, por la que se DISPONE NOTIFICARE AL DEMANDADO MEDIENTE EDICTO, A EFECTO DE QUE COMPAREZAN A PROCESO BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL. Extracto de RESOLUCION Nro 2: de fecha veintidós de junio de dos mil quince ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Arequipa, doctora Nelly Jessica Montenegro Beltrán en contra de CRISTIAN GERMAN MENDOZA HERRERA, en agravio de ELMER FRANCISCO PAZ OVIEDO TAYA; en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de veinticinco días al demandado, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados DISPONGO notificar vía edicto a Cristian Germán Mendoza Herrera en la forma y veces que señala el artículo 167 y 168 de Código Procesal Civil bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal TOMESE RAZON Y HAGASE SABER Jueza Doctora Julia María Montesinos y Montesinos Harley, Especialista Legal Rosemary X. Salinas Rivas. (14-15-16 julio)
Expediente No Agraviado Imputado Materia Secretario : 00022-2014-0-0409-JP-PE-01 : Petronila Pillaca Viuda de Sosa. : Herly Epifanio Sosa Sosa. : c. la Persona. : Carlos Benites Machuca. Resolución No 03-2015. Acari, veintitrés de junio Del dos mil catorce.-DE OFICIO: SE REPROGRAMA la Audiencia de Juzgamiento para el DIA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A LAS
ONCE HORAS, en el Local del Juzgado de Paz Letrado de Acari, audiencia a realizarse en el Sala de Audiencias del Juzgado de Paz Letrado de Acari, debiendo el imputado ser notificado por edictos y al domicilio de la ficha de reniec y, en cuanto al agraviado (como querellante particular) de tenerse por desistido de su pretensión, señalamiento que se realiza estando al rol de audiencias programadas en el Juzgado, avocándose del conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior. (14-15-16 julio) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Juzgado Transitorio de Familia del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, que despacha el doctor Yuri Corrales Cuba con Intervención del Especialista Legal doctora Rosario Amparo Gonzales Enríquez, se tramita el expediente número 1110-2014-0-0412-JMCI-02, en proceso de Violencia Familiar seguida por el Ministerio Público; se ha dispuesto la notificación mediante edictos; Resolución número 01-2014 de fecha 16 de junio del 2014, RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la representante de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Paucarpata, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de Elizabeth Huanco Zela en contra de Genry Tacca Roque...2.- Notificar por edictos a Genry Tacca Roque para que en el término de veinticinco días de notificado conteste la demanda de Violencia Familiar interpuesta ...bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal...” Tómese razón y hágase saber. Arequipa 24 de junio del 2015.- (14-1516 julio)
Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado- ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique a Conforme al estado del proceso, y a la constancia que antecede. Se FIJA fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA VEINTICUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS OCHO Y TREINTA HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, ubicado en la Calle Túpac Amaru 464 Cerro Colorado. Teniendo presente las partes que subsiste el apercibimiento decretado mediante resolución cero seis. (14-15-16 julio)
Proceso número 2014-176-01-JPU Juzgado Penal Unipersonal de Islay-Mollendo Especialista Judicial: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, al acusado MANUEL RAUL HUAYNA NUÑEZ, con el fin de que se apersone al local del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle Comercio número 771 - Mollendo, el día DOCE DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS para la diligencia de Juicio Oral, bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes o contumaces en caso de inconcurrencia, ello en el proceso N° 2014-176-01-JPU, que por el presunto delito de Trafico Ilegal de Especies Acuáticas se sigue en su contra, en agravio de El Estado. (14-15-16 julio)
expediente: n° 2372-2015- turno “a” comisarias SECRETARIO: JOEL JANAMPA SANG quinto juzgado de paz letrado del cercado de la corte superior de justicia de Arequipa-comisarias turno “a” EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR NOLAM TALAVERA ZAPANA dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada MESIAS GAMBOA CERDAN ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por MESIAS GAMBOA CERDAN , por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor, ESPECIALISTA LEGAL JOEL JANAMPA SANG 14-15-16 de JULIO del 2015. Expediente: 2014-6117 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado ANTTHONY MACKEY CYRAN CESPEDES con la resolución No. 03. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de ANTTHONY MACKEY CYRAN CESPEDES; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de HELMUT ALEXANDER SALAS MOSCOSO. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada ANTTHONY MACKEY CYRAN CESPEDES. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el VEINTISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS OCHO HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno B, ubicado en la calle Túpac Amaru Nro. 464 Casa de la Justicia Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada ANTTHONY MACKEY CYRAN CESPEDES, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar
Martes, 14 de julio del 2015
su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular HELMUT ALEXANDER SALAS MOSCOSO, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Debiendo notificar a la parte imputada mediante Edicto. Al escrito con número de registro 2005-2015. Tener por apersonado a Helmut Alexander Salas Moscoso, por señalado su domicilio real y procesal. Al otrosí.- Expídase las copias que se solicita. Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso numero 6117-2014 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de HELMUT ALEXANDER SALAS MOSCOSO contra del imputado ANTTHONY MACKEY CYRAN CESPEDES. Arequipa, 25 DE MAYO DEL 2015. (14-15-16 julio)
Expediente: 2013-8614 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado CARLOS JOSE CALDERON ARRIAGA con la resolución No. 06. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de CARLOS JOSE CALDERON ARRIAGA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de TALIA HUALPA DE LA CRUZ. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada CARLOS JOSE CALDERON ARRIAGA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el VEINTISEIS DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno B, ubicado en la calle Túpac Amaru Nro. 464 Casa de la Justicia Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada CARLOS JOSE CALDERON ARRIAGA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular TALIA HUALPA DE LA CRUZ, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Debiendo notificar a la parte imputada mediante Edicto. Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso numero 8614-2013 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de CARLOS JOSE CALDERON ARRIAGA contra del imputado TALIA HUALPA DE LA CRUZ. Arequipa, 25 DE MAYO DEL 2015.(14-15-16 julio) EXPEDIENTE : 0982-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Alejadrina Masías Torres de Cortez, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por MARIANGELA VERONICA PAREDES FLORES, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (14-15-16 julio) EXPEDIENTE : 02164-2014-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Mariangela Verónica Paredes Flores, con la siguiente resolución N° 01. Parte resolutiva. SE RESUELVE: ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por MARIANGELA VERONICA PAREDES FLORES, por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, dejando a salvo el derecho de la agraviada de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre identificar al autor. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- (14-15-16 julio)
Juzgado de Investigación Preparatoria de Castilla – Aplao El Juzgado de la Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Aplao - Juez Cuentas, CITA y EMPLAZA al siguiente procesado, para que se ponga a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra, proceso que se le sigue: Exp. N° 35-2014-32-0404-JRPE-01, a DAVID MARCELINO YANA SISA, por el delito de Violación a la Libertad Sexual, en agravio de Maritza Yovana Quispe Huamani, diligencia de Prisión Preventiva programada para el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE A LAS CATORCE HORAS, bajo apercibimiento de llevarse la audiencia con asistencia de defensora de oficio. Aplao 09 de julio del 2015. CLAUDIO CESAR PAITAN FALCON ESPECIALISTA DEL NCPP. (14-15-16 julio)
En el Expediente número 1709-2015-0-0401-JR-FA-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. María Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha ordenado se notifique por edictos judiciales a Santos Ccasani »sto, de lo siguiente ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, PATRICIA ACOBO HUANQUI, en contra de Santos Casani Asto, en agravio de Isabel Huaman Curitumay, en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco dias a la parte demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de ser declarado REBELDE, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Al primer otrosi: VISTOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO.- Que como lo prescribe el articulo 11 del reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de 26260, el Juzgado está facultado a pronunciarse respecto de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público relativas a medidas de protección dictadas al inicio de una investigación sobre Violencia Familiar. SEGUNDO.- Que del análisis realizado a los medios probatorios aparejados por el Ministerio Público, aparece que los autos son suficientes y justifican la vigencia de aquellas medidas; por lo que, SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 849-2015-MP-3FPF-AR-VF, por lo tanto, VIGENTES las medidas de protección inmediatas a favor de la parte agraviada, Isabel Huamán Curitumay, medida que deberá cumplir estrictamente Santos Casani Asto, tanto en el domicilio de la agraviada como en la via pública, debiendo adoptar tal conducta durante el proceso judicial y mientras tal medida no sea variada por el Juzgado de Familia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Al segundo otrosi: Estando a lo solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto por el articulo 179 del Código Procesal Civil y 17 del reglamento de la Ley de Protección de Violencia Familiar 26260, se concede auxilio judicial a la parte agraviada; en consecuencia, se concede a la parte demandada el plazo de tres dias de notificado con la presente para que concurra al local del juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y sus anexos, y obtener copias simples de dichos documentos, debiendo identificarse con su documento de identidad al concurrir al Juzgado con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente. AL TERCER OTROSI NOTIFIQUESE como se solicita .-debiendo notificarse al demandado por edictos, y una vez transcurrido veinticinco días se le nombrara curador procesal.- (14-15-16 julio) En el Expediente número 588-2015-0-0401-JR-FA-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. María Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha ordenado se notifique por edictos judiciales a RODOLFO ROGER PINTO QUINA, de lo siguiente: ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por la representante de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, doctora ¿ENNY POMALAZA CASABONA, en contra de Rodolfo Roger Pinto Quina, en agravio de Graciela Kana Sulla en VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días a la parte demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de ser declarada REBELDE, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. Tómese razón y hágase saber.Al primer otrosí: VISTOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO.Que como lo prescribe el artículo 11 del reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de 26260, el Juzgado está facultado a pronunciarse respecto de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público relativas a medidas de protección dictadas al inicio de una investigación sobre Violencia Familiar. SEGUNDO.- Que del análisis realizado a los medios probatorios aparejados por el Ministerio Público, aparece que los autos son suficientes y justifican la vigencia de aquellas medidas; por lo que, SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 377-2014-3FPF-MP-AR, por lo tanto, VIGENTES las medidas de protección inmediatas a favor de la parte agraviada, que deberá cumplir la parte demandada consistentes en: Impedimento de acoso a la víctima, Una terapia psicológica y orientación familiar, otorgamiento de protección por la comisaria de Ciudad Municipal a favor de la victima. TÓMESE RAZÓN Y
Martes, 14 de julio del 2015
HÁGASE SABER.- Al segundo otrosi y tercer otrosi: Téngase presente.- Al cuarto otrosí: Estando a lo solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto por el artículo 179 del Código Procesal Civil y 17 del reglamento de la Ley de Protección de Violencia Familiar 26260, se concede auxilio judicial a la parte agraviada; en consecuencia, se concede a la parte demandada el plazo de tres dias de notificado con la presente para que concurra al local del juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y sus anexos, y obtener copias simples de dichos documentos, debiendo identificarse con su documento de identidad al concurrir al Juzgado con la finalidad que se le otorgue acceso al expediente.-Al quinto otrosí: Notifiquese como se solicita.- DEBIEDO NOTIFICARSE AL DEMANDADO , POR VEINTICINCO DIAS BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE NO CONTESTAR \LA DEMANDA \DE NOMBRALE CURADOR PROCESAL. (14-15-16 julio)
1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO DEMANDANTE 01992-2015-0-0401 -JR-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA, KARINA PARICAHUA HUAMANI, JESUS ALEX GUTIERREZ MACHICAO, ROSA LUZ PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA.- La Señora Juez del Primer Juzgado de Familia, doctora Rocío Aquize Cáceres, hace conocer que el día de la fecha se ha expedido la siguiente resolución, mediante la cual se notifica al demandado JESUS ALEX PARICAHUA HUAMANI, RESOLUCIÓN 02: RESUELVE ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la representante del Ministerio Público Dra. INGRTO LILIANA ALVAREZ COAGUILA Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, por VIOLENCIA FAMILIAR (en la modalidad de maltrato físico) en contra de JESÚS ALEX PARICAHUA HUAMAN en agravio de ROSA LUZ GUTIÉRREZ MACHICAO, en la VÍA DE PROCESO ÚNICO, en consecuencia TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al demandado; bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. RESOLUCIÓN N° 03.RESUELVO: confirmar las medidas de protección inmediatas en a favor de la víctima. (14-15-16 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 015-2838-0 RAFAEL RODOLFO MEDINA ALATRISTA , delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION: DANDO CUENTA: AL PRINCIPAL: Visto el requerimiento de acusación directa formulado por el señor Fiscal NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles; para los efectos del artículo 350° del NCPP ; Secretario: Huerta. (14-15-16 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4359-88 (Imputado) Alicia Quispe Pacco , delito LESIONES GRAVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado ORESTES OSWALDO CARDENAS CERVANTES, NOTIFICACION: Visto el requerimiento de acusación NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio de la investigada al defensor público Joey Franklin Ramírez Silva; Secretario: Quispe. (14-15-16 julio) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1612-40 (Imputado) AMERICO ROGER VASQUEZ CACCIRE , delito OMISION ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA DEL PILAR ROJO SOTO, DILIGENCIA 1509-2015, 10:00 A.M., Sala 5, DECLARAR CONTUMAZ Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL DE LA CAUSA; Secretario: Lazarte. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-971-71 (Imputado) ALDO ROQUE RODRIGUEZ MOLLO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , NOTIFICACION: Visto el requerimiento de acusación formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Quispe. (14-15-16 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4824-40 (Imputado) ANDRE DONATO ALVARADO AGUI LAR, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR , agraviado J.A.M.CH. representado por ELENA MAMANI CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 07-10-2015, 8:00 A.M., Sala 9, SER DECLARADO AUSENTE Y DISPONER ARCHI-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
VO PROVISIONAL DE LA CAUSA; Secretario: Lazarte. (14-15-16 julio)
Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma. (14-15-16 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4824-40 (Imputado) ANDRES DONATO ALVARADO AGUILAR, delito OMISION ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado J.A.M.CHO. REPRESENTADO POR ELENA MAMANI CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 07-10-2015, 8:00 A.M., Sala 9, SER DECLARADO AUSENTE Y DISPONER ARCHIVO PROVISIONAL DE LA CAUSA; Secretario: Lazarte. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-10-79 (Imputado) LEONCIO CAYO CARPIO, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA ELIZABETH CARLOS CASTILLO, DILIGENCIA 17-09-2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, SERDECLARADO REO CONTUMAZ; Secretario: MOSCOSO. (14-15-16 julio)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-2554-79 GRACIELA COAQUIRA COLQUE, delito CONTRABANDO, agraviado PROCURADOR PUBLICO DE LA SUNAT, DILIGENCIA 22/07/2015, 9:00 AM, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: RETAMOSO. (14-15-16 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2012-213-13 (Imputado) Se notifica a Manuel Alejandro Torres Baquero y Luis Hernán Zúñiga Rodríguez, delito ESTAFA , agraviado ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES ANDINOS SANTA ISABEL DE SIGUAS Y ASOCIACIÓN IRRIGACIÓN AGROINDUSTRIAL PAMPAS BAYAS y otros, DILIGENCIA 30-07-2015, 09:30, Sala 3, ; Secretario: Díaz. (14-15-16 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-5113-71 WILMER CATALINO CORREA ZEGARRA , delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado SUNAT, DILIGENCIA 11-08-2015, 09:00 a.m., Sala 4,; Secretario: Huerta. (14-15-16 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1575-54 (Imputado) CELESTINO PALACIOS COTAHUANA, delito DAÑOS, agraviado ALEJANDRINA VALENCIA DE ARANIBAR, NOTIFICACION: SE NOTIFICA que se ha presentado Requerimiento de Sobreseimiento, que podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Asimismo se le convoca a la audiencia para el 11-08- 2015 a horas 08:00 en la sala 04. ; Secretario: Valero. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3290-0 Esteban Ccalachua Chañe , delito Omisión a la asistencia familiar, agraviado Nathaniel Rosa Ccalachua Chaco, NOTIFICACION: se le otorga el plazo de 3 días para que designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designarle abogado de oficio ; Secretario: Ojeda. (1415-16 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4563-41 Alvaro Coila Luna , delito violencia contra la autoridad y otros , agraviado Policía Nacional del Perú y otros, DILIGENCIA 15-09-2015, 11:15, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: Ojeda. (14-15-16 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3589-0 (Imputado) FREDY ROQUE JIMENEZ , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FIORELLA MARLENE ROQUE ARCE, NOTIFICACION: SE DISPONE FORMAR EL CUADERNO DE ACUSACIÓN DIRECTA CON EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO FISCAL Y CORRER TRASLADO A LAS PARTES POR EL PLAZO PERENTORIO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal; Secretario: Ramos. (14-15-16 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-163-11 IMPUTADO NEMESIO TRUJILLO CAYLLAHUA PARA JUICIO ORAL, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FRABRICIO TRUJILLO, DILIGENCIA 03- AGSOTOS 2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, EN CASO DE INCONCURENCIA SER DECLARADO REO AUSEUNTE O CONTUMAZ; Secretario: SANCHEZ. (14-15-16 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5427-71 WILLIAN PASTOR TOLA COYLA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado LUCIO OLIVER COAGUILA PILCO Y DOLORES EMILIA PILCO COAGUILA DE COAGUILA, DILIGENCIA 07-08-2015, 11:30, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: Figueroa. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 73-2015-25 IMPUTADO RENE ELEODORO CASAPIA DUEÑAS PARA JUICIO ORAL, delito estafa, agraviado GUILLERMO MEZA GUTIERREZ, DILIGENCIA 09 AGOSTO 2015, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO REO AUSENTE O CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA; Secretario: SANCHEZ. (14-1516 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2019-0 (Imputado) MARCO MAMANI QUISPE, delito PELIGRO COMUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION: ERES.01 :CORRER TRASLADO DE LA ACUSAACION DIRECTA SEGUIDA EN CONTRA DE MARCO MAMANI QUISPE POR EL DELITO PELIGRO COMUN PREVISTO EN ART.274 PRIMER PARRAFO CODIGO PENAL EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD ; Secretario: Diaz. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1916-89 ANGEL NAZARIO LLANOS PUMA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado , DILIGENCIA 11-08-2015, 10:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ, SEGUN CORRESPONDA, EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (14-15-16 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-376-63 (Imputado) ROXANA BEDREGAL CABANA, delito COMERCIALIZACION O TRAFICO DE PRODUCTOS MASIVOS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 07-08-2015, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado,; Secretario: Palma. (14-15-16 julio)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-76-17 (Imputado) JOSE LUIS PAYALICH SUAREZ, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado SUSAN MAGALI CORDOVA MEJIA, DILIGENCIA 06-08-2015, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ramos. (14-15-16 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-376-63 (Imputado) ROXANA BEDREGAL CABANA, delito COMERCIALIZACION O TRAFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 07-08-2015, 9:00, Sala de
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-54-72 (Imputado) RICHARD DAVID PACHECO JACHO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALICIA IRMA CHALLCO HANCCO, DILIGENCIA 05-08-2015, 10:30, Sala de Au-
diencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ramos. (14-15-16 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-39-81 (Imputado) JUAN JOSE MANUEL CHAVEZ MAMANI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado RENZO DENNIS NEYRA SALAZAR, DILIGENCIA 30-07-2015, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ramos. (14-15-16 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-44-49 (Imputado) ALAN ALEXIS YAÑEZ TAPIA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANDREA XIOMARA YANEZ ACOSTA, DILIGENCIA 24-07-2015, 12:00, Sala 1 del Penal, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Ramos. (14-1516 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1993-184-0 CORIMANYA DIAZ OSCAR MANUEL, delito HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, agraviado OFELIA DIAZ PILLACA; Secretario: MILLAN. (14-15-16 julio) LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1994-244-0 SANDOVAL PEREZ JORGE LUIS, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MARIO PACOVILCA ASQUI, NOTIFICACION: ; Secretario: MILLAN. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-5022-21 (GÜIMO RENE MONTES ANCCASI) , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROCIO ZAPANA ZAPANA, DILIGENCIA 17-08-2015, 8:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Rodríguez. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1967-27 HENRY SONCCO PACHECO, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado , DILIGENCIA 11/08/2015, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, DE SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: Talavera. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3686-73 (Imputado) RENE VILLENA VILLAVICENCIO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Jeremy Villena Lupo, DILIGENCIA 15.09.15, 09:00, Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Maquera. (1415-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3293-13 EMIL FRAND VILCA LARICO , delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JOAQUIN AMADOR NILCA CASTILLO, DILIGENCIA 07/03/2016, 14:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO CONTUMAZ; Secretario: Talavera. (14-15-16 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-00277-68 JUAN DAVILA LLERENA, delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado , DILIGENCIA 07/03/2016, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SER DECLARADO CONTUMAZ;
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Secretario: Talavera. (14-15-16 julio) JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2306-0 AGRAVIADO Y ACTOR CIVIL SANTIAGO COLQUE RUPERTO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado AGRAVIADO Y ACTOR CIVIL SANTIAGO COLQUE RUPERTO, NOTIFICACION: RES.03 CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO PARA 1609-215 12.30 PM SALA 10 MOD. PENAL 2DO PISO CSJ AREQUIPA RES. 04 APERCIBIMIENTO PARA ACTOR CIVIL SANTIAGO COLQUE RUPERTO EN CASO INASISTA A LA DILIGENCIA SE TENDRA POR ABANDONADA SU CONSTITUCION EN PARTE; Secretario: Luque…(14-1516 julio)
El Juzgado de Investigación Preparatoria de El Pedregal, con sede en el distrito de Majes que Despacha el señor Juez Edgar Mendoza García, Especialista Legal Richard Cristian Hernández Soto, llama, notifica a JUSTINO LOPEZ ARESTEGUI, con la resolución N° 09-2015, por la que se emite AUTO DE ENJUICIAMIENTO en su contra, como AUTOR de la presunta comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad previsto y penado en el artículo 173°, inciso 2) y último párrafo del Código Penal, vigente por Ley 28704, en agravio de la menor de iniciales F.M.V.V. Para quien se propone la pena de cadena perpetua, asimismo un pago de reparación civil de cinco mil nuevos soles. Ello en la expediente Nro. 01490-2014-32-0405-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito de violación de la libertad sexual en agravo de la menor de iniciales V.V.F.M. (14-15-16 julio)
Por ante el Juzgado de Familia Transitorio, que despacha el doctor Luis Giancarlo Torreblanca Gonzáles con Intervención del Especialista Legal Jorge Matías Arenas Puma se tramita el expediente número 04422-2014-0-0401-JR-FC-01, en proceso sobre Violencia Familiar seguida por el MINISTERIO PUBLICO en contra de ALEJANDRO CALSINA MAMANI; se ha dispuesto la notificación mediante edictos; Resolución número 06-2015 SENTENCIA N00 385-2015 de fecha 29 de mayo del 2015, FALLO: Declarando INFUNDADA la pretensión contenida en la demanda de fojas cuarenta y siguientes interpuesta por el REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO sobre Cese de Violencia Familiar (maltrato físico) en contra de GRACIELA AMANTE CHAUCA: ORDENO: Que, una vez consentida la presente sentencia, el proceso sea elevado en CONSULTA al Superior en grado con la debida nota de atención. SIN COSTAS NI COSTOS DEL PROCESO.- Tómese razón y hágase saber. Arequipa 07 de julio del 2015.-(14-1516 julio)
Expediente: 2014-6202 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado RAUL CHOQQUEPATA CCOYAcon la resolución No. 04. Parte resolutiva. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas, a la persona de RAUL CHOQQUEPATA CCOYA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal, en agravio de ELISA CCOYA HUAYHUA. 2) DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RAUL CHOQQUEPATA CCOYA. 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el PRIMERO DE SETIEMBRE DE DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno B, ubicado en la calle Túpac Amaru Nro. 464 Casa de la Justicia Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada RAUL CHOQQUEPATA CCOYA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular ELISA CCOYA HUAYHUA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría de Juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes. Debiéndose notificar a la parte imputada mediante Edicto. Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso numero 6202-2014 que sobre Faltas Contra la Persona en !a modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de ELISA CCOYA HUAYHUA contra del imputado RAUL CHOQQUEPATA CCOYA. Arequipa, 01 DE JUNIO DEL 2015. (14-15-16 julio)
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Martes, 14 de julio del 2015
CRONICAS JUDICIALES Martes, 14 de julio del 2015
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
de la Resolución N° 01 de fecha diecisiete de marzo de dos mil quince que declaró INADMISIBLE su solicitud de Descerraje, Allanamiento e incautación; en consecuencia, 3. ORDENAR se expida nueva Resolución por el mismo órgano jurisdiccional, tomando en cuenta los fundamentos expuestos y conforme la normatividad antes citada, incluyendo el Protocolo de Actuación Conjunta aprobado por Resolución Administrativa N° 134-2014-CE-PJ. 4. DEVOLVER los actuados al juzgado de origen, a efecto que se cumpla con el trámite que corresponde.
AUTOS DE TRÁMITE:
EN AUDIENCIA
CP 02181-2013-23: a) DECLARAR: FUNDADA LA INHIBICIÓN del señor Juan Carlos Benavides del Carpio. b) DISPONEMOS INTEGRAR el Colegiado con el señor magistrado llamado por ley Juez Superior Ponente: señor Cornejo Palomino.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
CRONICA JUDICIAL DE LA TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES 23 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO
CP 0798-2011-93: a) DECLARAR: FUNDADA LA INHIBICIÓN del señor Juan Carlos Benavides Del Carpio. b) DISPONEMOS INTEGRAR el Colegiado con el señor magistrado llamado por ley Juez Superior Ponente: señor Cornejo Palomino. BC 0600-2013-95: a) DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Licinio Fabricio Romero Bacigalupi, contra la sentencia de vista de fecha catorce de abril de dos mil quince por las causales de los incisos 2) y 3) del artículo 429 del Código Procesal Penal señalados por la parte y descritas en el punto 3.3, del tercer considerando de la presente. b) CONCEDER el recurso de casación interpuesto por el sentenciado Licinio Fabricio Romero Bacigalupi, contra la sentencia de vista de fecha catorce de abril de dos mil quince, por la causal excepcional, del inciso 4 del artículo 427 del Código Procesal Penal, indicada por la parte y descrita en el numeral 3.4, del tercer considerando de la presente; debiendo elevarse los actuados a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. c) DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal dentro del décimo día siguiente al de la notificación, asimismo, fórmese el cuaderno de ejecución correspondiente. Juez Superior ponente, señor Benavides Del Carpio. Interviene el señor magistrado Cornejo Palomino al reintegro de su licencia por capacitación. DECRETOS: Se expidieron un total de 03.
A.V. 94-2015 BC 1648-2014-76: DECLARAR INFUNDADO LA APELACION postulada por parte de la parte agraviada respecto a la ausencia de motivación. Considerado en el punto 2.1 de la presente resolución infundada la apelación en el extremo del pedido de investigación suplementaria y DECLARAMOS FUNDADA LA APELACIÓN en el extremo de pronunciamiento respecto de la reparación civil. DECLARAMOS NULA la resolución de fecha diecinueve de diciembre del dos mil catorce, en el extremo señalado ORDENAMOS que se emita nuevo pronunciamiento de acuerdo a Ley respecto de la reparación civil y la CONFIRMAMOS en lo demás que la contiene. DISPONEMOS la devolución del presente proceso al juzgado de origen para los fines de cumplimiento de lo señalado en esta Superior Sala. DECRETOS: Se expidieron un total de 15. 27 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE TRÁMITE BC 02486-2010-82: 1. DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de queja interpuesto por Hector Leonel Obando Garcia, en contra de la resolución número 18 de fecha 06 de marzo del 2015. 2. DISPONEMOS la remisión del presente cuaderno al juzgado de origen.-
CP 216-2010-65: 1. ADMITIR el recurso de casación interpuesto por el sentenciado Francisco Choque Kapquequi, contra la sentencia de vista de fecha quince de abril de dos mil quince; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal.2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, remítase copia de la sentencia al juzgado de ejecución.
CP 937-2014-19: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE los medios de prueba ofrecidos por el abogado defensor del sentenciado Diego Ernesto Moran Moreno. conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución.2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DOS DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias numero once (ex Segunda Sala Liquidadora) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.
AUTOS DE VISTA:
EN AUDIENCIA
A.V. 95-2015 LR 01412-2015-52: 1. DECLARAR FUNDADA la apelación formulada por el representante del Ministerio Público, en contra de la Resolución N° 01 de fecha diecisiete de marzo de dos mil quince. 2. DECLARAR LA NULIDAD
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE TRÁMITE
DECRETOS: Se expidieron un total de 1.
AUTOS DE VISTA:
24 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO
CP 0783-2011-41: DECLARAMOS NULA LA RESOLUCIÓN 28-2014, de fojas trescientos ocho a trescientos nueve, que RESOLVIO DECLARAR IMPROCEDENTE la pretensión resarcitoria postulada por el agraviado HENRY CALDERON SALINAS, y en los demás que contiene RENOVANDO EL ACTO DISPONEMOS de que el A Quo nuevamente vuelva a realizar una audiencia donde debe desarrollarse una actuación procesal conforme a la indicada en las consideraciones expuestas. Debiéndose transcribir integra la resolución pues es una resolución de nulidad que debe ser observada, determinada y apreciada por el A Quo.
AUTOS DE VISTA: AV 96-2015
28 DE ABRIL DE 2015 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE TRÁMITE LR 0824-2014-66: a) CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTICINCO DE MAYO DE DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. LR 03154-2014-63: a) CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los
señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
BC 01542-2013-78: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y HUANCA APAZA.
LR 01556-2012-20: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE los medios de prueba ofrecidos por el abogado defensor del sentenciado Pablo Gomez Espinoza. conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS, en la Sala de Audiencias numero once (ex Segunda Penal Liquidadora) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias..
AUTOS DE TRÁMITE CP 01335-2013-15:a) CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el día DOCE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Juez Superior Ponente, señor Cornejo Palomino. Interviene el señor Huanca Apaza por inhibición del señor magistrado Juan Carlos Benavides del Carpio. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE TRÁMITE BC 03547-2013-8: a) CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización conforme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de disponer su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
LR 02323-2013-30: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la excesiva carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el día VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once (ex Segunda Sala penal Liquidadora) del Módulo Penal, con los Magistrados que conformen el Colegiado para la fecha, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad. LR 03234-2012-71: PRIMERO.- CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la excesiva carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el día UNO DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias número once (ex Segunda Sala penal Liquidadora) del Módulo Penal, con los Magistrados que conformen el Colegiado para la fecha, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. SEGUNDO.- DISPONEMOS que en caso de inasistencia del señor abogado de la parte apelante y/o de la parte recurrida, se le impondrá MULTA ascendente a UNA UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo remitirse la comunicación respectiva, en su oportunidad.
Martes, 14 de julio del 2015
DECRETOS: Se expidieron un total de 10. 29 DE ABRIL DE 2015
y segundo párrafo del Código Penal, en agravio de Registros Públicos y otros. 3. ORDENAR, se devuelva la presente causa al Juzgado de origen para que se realice el tramite que corresponda.
EN DESPACHO
EN AUDIENCIA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL, BENAVIDES DEL CARPIO.
AUTOS DE TRÁMITE
AUTOS DE TRÁMITE
LR 699-2014-60: DECLARAMOS IMPROCEDENTE la nulidad planteada por Santiago Saúl Mendoza Flores abogado de Derly Eloy Choquehuanca en contra de la resolución N° 02 (Auto De Vista N° 78-2015).
BC 02130-2015-61: SE RESUELVE reprogramar la audiencia para el día LUNES CUATRO DE MAYO DE DOS MIL QUINCE a las DOCE HORAS en la sala de audiencias numero once-primer piso dejando, haciendo presente que se integra al Colegiado el Dr. Héctor Huanca Apaza.
LR 4353-2012-78: a) DECLARAMOS INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Monica Cueva Gonzales y de Ita Paredes Portella, contra la sentencia de vista N° 09-2015, de fecha nueve de abril del dos mil quince, de folios de folios doscientos quince. b) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. EN AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL, BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE VISTA: AV 97-2015 BC 00663-2013-16: DECLARAR FUNDADA LA APELACION interpuesta por la defensa de Don Ramiro Malaga Malaga, en consecuencia se declara la nulidad de todos los actuados debiendo retrotraerse la causa hasta el estadio de convocarse a la audiencia de revocatoria de pena con la debida notificación a las partes conforme a los fundamentos expuestos en la presente presolución se DISPONE además la libertad del señor Ramiro Malaga Malaga a efecto del cual se cursaran los oficios correspondientes al INPE siempre y cuando precitado señor Malaga no tuviere dictado otro mandato de detención, dejamos constancia con la notificación de la presente decisión a las partes que han concurrido a esta audiencia. AV 99-2015 CP 02183-2014-35: PRIMERO: DECLARAMOS FUNDADA LA APELACION FORMULADA POR EL INVESTIGADO ABEL ENRIQUE ARPI CRUZ. SEGUNDO DECLARAMOS NULA RESOLUCIÓN Nro. 03 de fecha 23 de enero del 2015 que DECLARA: INFUNDADA la excepción de improcedencia de acción propuesta por la defensa del imputado Abel Enrique Arpi Cruz renovando el acto el Juez deberá convocar a audiencia correspondiente y emitir la resolución respectiva con relación al pedido de excepción de improcedencia de acción debiendo cumplir con las consideraciones antes expuestas que forman parte del derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional.
AUTOS DE VISTA: AV 100-2015 BC 02932-2014-55:DECLARAR infundada la apelación postula por la defensa de Alfonso Acobo Raa respecto de la resolución de fecha de seis enero de dos mil quince que declara contumaz al señor Alfonso Acobo Raa se confirma la misma y se declara improcedente el pedido formulado por el actor civil representado por el doctor Rigoberto Sotelo Sotelo respecto de imposición de multa al abogado defensor de la precitada parte acusada; por demás que contiene procedemos a la devolución del presente cuaderno al juzgado unipersonal que remitió el mismo a esta instancia. SENTENCIAS DE VISTA: SV 18-2015 OC 002707-2011-44: DECLARAMOS infundada la apelación interpuesta por la defensa técnica de los sentenciados Francisco Ajalla Chipana y Juan Bautista Chipana Limache. 2. CONFIRMAMOS: la Sentencia N° 3272014, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil catorce, que declaró a Francisco Ajalla Chipana y Juan Bautista Chipana Limachi, coautores del delito de Contrabando – Elusión, previsto y penado en el artículo 1 concordado con el literal d) del artículo 2 de la ley 28008 de la ley de Delitos Aduaneros, en agravio del Estado, representado por el Procurador de la SUNAT; le impuso a Francisco Ajalla Chipana, seis años de pena privativa de libertad y el pago de cuatrocientos días multa; asimismo, impuso a Juan Bautista Chipana Limachi, cinco años de pena privativa de libertad efectiva y el pago de trescientos sesenta y cinco días multa, confirmándolo en todo lo demás que contiene. SV 19-2015
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
OC 04303-2013-22: 1. DECLARAR NULA LA SENTENCIA SIN NÚMERO de fecha veintiún días del mes de noviembre del año dos mil catorce, obrante a folios cincuenta y siete y siguientes, que falla absolviendo por duda a, Carlos Alberto de Rivero Bustamante de la comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar. CON TODO LO DEMÁS QUE CONTIENE; en consecuencia, 2. DISPONER PASEN LOS AUTOS AL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL llamado por ley, a efecto proceda al conocimiento de la causa conforme al estado que le corresponde; recomendando diligencia y celeridad a fin de no afectar nuevamente el derecho al debido proceso –motivación- y a la tutela jurisdiccional efectiva en general.- SIN COSTAS.-
AUTOS DE TRÁMITE
DECRETOS: Se expidieron un total de 3.
DECRETOS: Se expidieron un total de 3. 30 DE ABRIL DE 2015
EN DESPACHO
BC 0531-2015-0: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por la representante de MOTORSUR SAC., contra la resolución de vista de fojas 173 y siguientes, que CONFIRMA la sentencia que declara IMPROCEDENTE la demanda de habeas corpus. DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA REGAL, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA: AV 98-2015 LR 49-2013-39: 1. DECLARAR, INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesta por la defensa del imputado Estuardo Tello Pereyra, de fojas cincuenta y cinco y siguientes. 2. CONFIRMAR la Resolución N° 02-2014 de fecha primero de diciembre de dos mil catorce que declaró improcedence la excepción de Improcedencia de Acción planteada por la defensa de Estuardo Tello Pereyra en el proceso que se sigue en su contra por el delito de Falsificación de documento público y uso de documento falso, tipificado en el artículo 427°, primer
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
JUAN CARLOS BENAVIDES DEL CARPIO JUEZ SUPERIOR CRISLEY HERRERA CLAURE COORDINADORA DE CAUSAS TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DEL 2015 COLEGIADO CONFORMADO POR LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES: DR. FERNÁN FERNÁNDEZ CEBALLOS (PRESIDENTE)
DR. EDGARD PINEDA GAMARRA DR. ALEJANDRO RANILLA COLLADO MIÉRCOLES 01 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. AT. 114-2015 RC En el expediente 2011936-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Pío Ticona Ayqui, DECLARARON: 1.- ADMITIR el medio probatorio extemporáneo presentado por la parte demandada Pio Ticona Ayqui, consistente en la Sentencia Casatoria N° 4243-2011, expedida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia, dictada en el Proceso Contencioso Administrativo N° 222-2008. 2. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día NUEVE DE JUNIO del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior; la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 115-2015 FC En el expediente 2013620-0-CI. En el proceso de Obligación de Hacer, seguido por Wilber Manrique Cáceres y Otro, en contra de la Asociación de Vivienda Autogestionaria de Vivienda y Servicios Múltiples Hijos Colonos de Majes 2000, DECLARARON: 1.- TENER POR ABSUELTO el traslado del recurso de apelación interpuesto, realizado por el abogado defensor de la parte demandante, Wilber Manrique Cáceres y Nancy Manrique Cáceres en el sentido indicado. 2. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día NUEVE DE JUNIO del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 117-2015 RC En el expediente 2013137-0-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Flores Asociados SECURITY Vigilancia Privada S.A.C., en contra de Gines Escalante Zevallos, DECLARARON: 1.- TENER POR ABSUELTO el traslado del recurso de apelación interpuesto, realizado por la parte demandante Fernando Flores Beizaga en representación de la Empresa Asociados Security Vigilancia Privada S.A.C. en el sentido indicado. 2. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día NUEVE DE JUNIO del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 552015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT.
118-2015 PG En el expediente 2014134-0-CI. En el proceso de Acción Revocatoria, seguido por Elsa López de Farfán, en contra de Isidoro Sandoval Montoya y Otro, DECLARARON: 1.- TENER POR ABSUELTO el traslado del recurso de apelación interpuesto, realizado por el abogado defensor de la parte demandante, Elsa Celestina López de Farfán en el sentido indicado. 2.- SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las DIEZ HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior. 3.- CONFORMAR Colegiado con el magistrado llamado por Ley, integrante de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, órgano jurisdiccional de turno en dicho periodo; haciendo saber que, el Colegiado que conocerá de la causa se encuentra integrado por los señores Jueces Superiores José Luís Yucra Quispe, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. 4.- CUMPLA SECRETARIA DE SALA con solicitar la autorización respectiva a Presidencia de Corte y las diligencias que correspondiere. 5.- DISPONER se efectúen las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los señores abogados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa No. 299-2009-CE-PJ. 6.- CUMPLA Secretaría de Sala, bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Conformando el Colegiado los señores Jueces Superiores Edgard Pineda Gamarra, Alejandro Ranilla Collado, completado por el señor Juez Superior José Luís Yucra Quispe, magistrado llamado por ley en la fecha. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS LUNES 06 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. SV. 40-2015 CL En el expediente 2009145-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Gladys Huamani Huarcaya, en contra de Eusebio Núñez Rosas y Otro, DECLARARON: DESAPROBAMOS: la Sentencia 104-2012, de fecha treinta y uno de mayo de dos mil catorce, que corre a fojas trescientos cuarenta y cuatro, que declaró fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho por más de cuatro años, de Gladys Guillermina Huamaní Huarcaya, con Eusebio Calixto Núñez Rosas, disuelto el vínculo matrimonial contraído ante la Municipalidad Distrital de Socabaya, Arequipa, de fecha veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento con arreglo a Ley, previa regularización del procedimiento. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Especializado Civil de Camaná. SV. 41-2015 PG En el expediente 2013576-0-FC. En el proceso de Reconocimiento Judicial de Unión de Hecho, seguido por Brígida Pampa Mamani, en contra de la Sucesión de Zacarías Giraldo Osorio, DECLARARON: APROBAR en parte la Sentencia N° 1792014 de fecha nueve de octubre del dos mil catorce, en cuanto declara Fundada la demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho interpuesta por Brígida Roxana Pampa Mamani, reconociendo la Unión de Hecho que mantuvieron Brígida Roxana Pampa Mamani y el difunto Zacarías Edmundo Giraldo Osorio; DESAPROBÁNDOLA en cuanto a la fecha de inicio, no correspondiendo considerarse octubre del año mil novecientos noventa y nueve, sino que debe considerarse como fecha de inicio de la convivencia el cuatro de febrero del año dos mil dos hasta el trece de julio del año dos mil trece (fecha del fallecimiento del causante Zacarías Edmundo Giraldo Osorio); aprobándola en todo lo demás que contiene. SE DISPONE que consentida o ejecutoriada sea la presente se devuelvan los actuados al Juzgado de origen con nota de atención. En los seguidos por Brígida Pampa Mamani, en contra de la Sucesión de Zacarías Edmundo Giraldo Osorio, sobre Reconocimiento Judicial de Unión de Hecho. AF. 13-2015 PG En el expediente 2012713-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Renzo Raúl Pineda Deza, en contra de lisa Cáceres Mamani, DECLARARON: 1.- NULO EL CONCESORIO DE APELACIÓN, contenido en la resolución número doce, de fecha diez de junio del año dos mil trece, que resuelve: “ (…) Conceder doña Elisa Cáceres Mamaní apelación sin efecto suspensivo y con la calidad de diferida, de la resolución número cuatro, su fecha nueve de abril del dos mil trece (…)”. 2.- HACER efectivo el apercibimiento mandado por resolución número cinco, de fecha siete de mayo del año dos mil trece, en consecuencia; SE RECHAZA el recurso de apelación, de fecha veinticuatro de abril del año dos mil trece, formulada por la demandada Elisa Cáceres Mamaní en contra de la resolución número cuatro. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia Nro. 55-
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2015-PRES/CSJAR. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AF. 14-2015 RC En el expediente 2012713-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Renzo Raúl Pineda Deza, en contra de lisa Cáceres Mamani, DECLARARON: 1.- NULO EL CONCESORIO de apelación contenido en la Resolución N° 19, de fecha veintiocho de octubre del año dos mil catorce, por la cual se resuelve: “Conceder don Renzo Raúl Pineda Deza apelación sin efecto suspensivo y con la calidad de diferida, de la resolución número dieciocho, su fecha cuatro de octubre del dos mil trece (…)”. 2.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por Renzo Raúl Pineda Deza, de fecha quince de octubre del año dos mil trece, en contra de la resolución número dieciocho. 3.- CONCEDIENDO a Renzo Raúl Pineda Deza un plazo de tres días a efecto adjunte la tasa correspondiente por apelación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de rechazarse el recurso presentado. 4.- DISPUSIERON la remisión del presente expediente a su juzgado de origen a efecto que cumpla con lo ordenado en la presente resolución y hecho lo cual eleve a esta instancia de forma inmediata la presente causa, bajo responsabilidad. 5.- EXHORTAMOS al Magistrado y al Secretario Judicial observen con mayor detenimiento los plazos máximos procesales contemplados en el ordenamiento jurídico, bajo responsabilidad. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia Nro. 55-2015-PRES/CSJAR. TÓMESE RAZÓN y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS MARTES 07 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. SV. 42-2015 PG En el expediente 2014277-0-CI. En el proceso de Mejor Derecho a la Propiedad, seguido por Benicia Zulema Mogrovejo Palaco, en contra de Luz Fernández Rojas y Otro, DECLARARON: NULA E INSUBSISTENTE la Sentencia 55-2014, de fecha diez de octubre del dos mil catorce, que obra a fojas doscientos cuarenta a doscientos cincuenta y seis. SV. 43-2015 FC En el expediente 2010-210-CI. En el proceso de Interdicto de Recobrar, seguido por Guillermina Motta Bengoa de Narrea, en contra de Donato Condori Mendoza y Otro, DECLARARON: 1.- DECLARAMOS: 1.1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Guillermina Motta Bengoa de Narrea, por derecho propio y en representación de Sandro Martín Narrea Motta, Hubert Jorge Salas Lazo y Víctor Florencio Santayana Velasco (fojas seiscientos setenta y seis, subsanado a fojas seiscientos ochenta y siete). 1.2. FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por Edgar Donato Carazas (fojas seiscientos sesenta y cinco). 2. CONFIRMAMOS la Sentencia del veinte de junio del dos mil catorce, en el extremo que declara fundada en parte la demanda de fojas cuarenta y cuatro y siguientes, interpuesta por Guillermina Motta Bengoa de Narrea, sobre interdicto de recobrar en contra de Donato Condori Mendoza y Maria Florentina Alvarado Condorchoa viuda de Vásquez, dispone que los demandados restituyan la posesión a la demandante Guillermina Motta Bengoa de Narrea el área de 0.99 hectáreas que forma parte del predio rustico identificado con U.C. 23030, denominado Huantay, sector Huantay, Distrito de Ocoña, Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa, dentro del plazo de diez días hábiles de consentida y/o ejecutoriada la presente bajo apercibimiento de ordenarse el lanzamiento; infundada la demanda interpuesta por Guillermina Motta Bengoa de Narrea en representación de Sandro Martin Narrea Motta; Hubert Jorge Salas Lazo y Víctor Florencio Santayana Velasco; sobre interdicto de recobrar en contra de Donato Condori Mendoza y, Maria Florentina Alvarado Condorchoa viuda de Vásquez; infundada en todos sus extremos la pretensión accesoria de pago de frutos industriales; fundada la pretensión de indemnización por daños y perjuicios, constituido por el daño emergente, producido contra la demandante Guillermina Motta Bengoa de Narrea; ordena que los demandados de manera solidaria, paguen a favor de la referida demandante la suma de tres mil novecientos sesenta y cuatro con 87/00 nuevos soles. 3. REVOCAMOS, el extremo que fija costos y costas a favor de los cuatro demandantes. 4. REFORMÁNDOLA imponemos el pago de costos y costas sólo a favor de la demandante Guillermina Motta Bengoa de Narrea. AV. 54-2015 PG En el expediente 2014176-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Moisés Calderón Rubina, en contra de Pony Calderón Rubina y Otros, DECLARARON: 1.- Fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Moisés Calderón Rubina, de fojas noventa y nueve a ciento uno; 2.- CONFIRMAMOS, en parte la Resolución N° 01 de fecha veintiséis de mayo del dos mil catorce, en los extremos que declaran: a) improcedente la primera pretensión principal que solicita la nulidad del procedimiento administrativo de formalización de propiedad efectuado por COFOPRI en cuanto al inmueble de la calle Independencia N° 210 al 216 o Manzana O Lote 12 del Centro Poblado de Cotahuasi; b) Improcedente
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la pretensión vía acumulación objetiva, originaria accesoria de cancelación del asiento 002- y 003 de la Partida Registral PO6171394; 3.- LA NULIDAD de la Resolución N° 1 en el extremo que declara improcedente la segunda pretensión principal de nulidad del acto jurídico consistente en escritura pública de compra venta de fecha veintinueve de octubre del año dos mil cuatro; DISPONEMOS que el Juez de la causa emita nuevo pronunciamiento de calificación de la demanda. AV. 55-2015 FC En el expediente 2014355-50-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Federación de Empleados Bancarios del Perú, en contra de Marcos Cáceres Cateriano y Otros, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Martín Lupe Barrios Velarde obrante a fojas ochocientos cincuenta; CONFIRMAMOS la Resolución N° 107 de fecha cuatro de setiembre de dos mil catorce, declara improcedente el pedido de abandono solicitado por el recurrente; ORDENAMOS se continúe con el séquito del proceso. AV. 56-2015 FC En el expediente 2013399-55-CI. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Jerónimo Huamán Surco, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial Civil y Familia del Pedregal obrante a fojas ciento sesenta y seis; CONFIRMAMOS la Resolución N° 12, de fecha primero de diciembre de dos mil catorce (fojas ciento cincuenta y cuatro), que declara improcedente el pedido presentado por el Ministerio Público y requiere a Maribel Azucena Huamán Gutiérrez y a Jerónimo Huamán Surco, el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia; CORREGIMOS la Resolución N° 12, en el extremo que señala como codemandada a Maribel Azucena Huamán Gutiérrez, siendo Maribel Gutiérrez Cayo. AV. 57-2015 FC En el expediente 2002562-88-PE. En el proceso de Asesinato, seguido por Margeory Zaida Huarcaya Torres, en contra de Freddy Antonio Silva Valencia, DECLARARON: INFUNDADO el recuro de apelación interpuesto por Freddy Antonio Silva Valencia obrante a fojas ochenta y tres; CONFIRMAMOS la Resolución N° 13, del uno de setiembre del dos mil catorce, en el que se requiere a Freddy Antonio Silva Valencia, a fin de que cumpla en el término de cinco días de notificado con el pago de los doce mil setecientos noventa y cinco nuevos soles por concepto de reparación civil, bajo apercibimiento de revocar el beneficio de semilibertad otorgado. Y, deja sin efecto el punto tres de las reglas de conducta fijadas en audiencia de semilibertad; ORDENAMOS se continúe con el séquito del proceso. AF. 15-2015 FC En el expediente 2002-3263-CI. En el proceso de Prescripción Adquisitiva, seguido por la Municipalidad Provincial de La Unión-Cotahuasi, en contra de la Sucesión de Julio Gonzáles Ruiz, DECLARARON: 1.- NULO EL CONCESORIO de apelación contenido en la Resolución Nro. 28, de fecha catorce de enero del año dos mil trece, por el cual se resuelve: “Conceder el recurso de apelación, sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida, a favor de la parte demandada, Justo Ali Bellido Rosas, y Cleofe ángulo de Bellido, el mismo que se concede en contra de la resolución número veintiséis (…)”. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno a su Juzgado de origen, a efecto que vuelvan a calificar el recurso con arreglo a ley; y conceda apelación conforme los dispositivos procesales aplicables. 3.- EXHORTAR al Juez como a la Secretaria Judicial a cargo de la causa, eviten conceder apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida, cuando no corresponde observando la norma aplicable al caso. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud a la Resolución Administrativa de Presidencia 55-2015PRES/CSJAR. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AF. 16-2015 PG En el expediente 201517-28-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Victoria Cuadros Valer, en contra de Darcy Milagros Bernal Cuadros, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de queja interpuesta por Darcy Milagros Bernal Cuadros, en contra de la resolución N° 45, DISPONEMOS el archivo del presente cuaderno; MANDAMOS la devolución de los anexos presentados una vez consentida la presente, con la comunicación al juzgado de origen y notificación a las partes apersonadas; ello en los seguidos por Victoria Genoveva Cuadros Valer en contra de Darcy Milagros Bernal Ranilla y otro, sobre Nulidad de Acto Jurídico. Actuando el Colegiado conformado con los señores Jueces Superiores Fernández Ceballos, Pineda Gamarra y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AF. 17-2015 RC En el expediente 2015-1742-FP. En el proceso de Abandono, seguido por J.C.J.H., en contra de J.C.R.A., DECLARARON: IMPROCEDENTE el recurso de queja por el Fiscal Provincial de La Unión, DISPUSIERON el archivo del presente cuaderno; MANDARON la devolución de los anexos presentados una vez consentida la presente, sin perjuicio de la notificación a las partes de haber señalado domicilio procesal en esta sede. Actuando el Colegiado conformado con los señores Jueces Superiores Fernández Ceballos, Pine-
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
da Gamarra y Ranilla Collado por disposición de Presidencia. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS MIÉRCOLES 08 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. AV. 58-2015 FC En el expediente 2014999-0-CI. En el proceso de Tercería de Propiedad, seguido por Pablo Efraín Banda Jara, en contra de Bruno Venturini Taboada y Otro, DECLARARON: NULA e INSUBSISTENTE la Resolución N° 03-2014, de fecha veinticinco de julio del dos mil catorce, que declara nulo el acto jurídico contenido en el documento privado de fecha diez de febrero del dos mil diez celebrado por Bruno Alcibiades Martín Venturini Taboada a favor de Pablo Efraín Banda Jara e improcedente la demanda interpuesta, sobre Tercería de Propiedad; DISPONIÉNDOSE que el proceso continúe en la etapa que corresponde. AV. 59-2015 PG En el expediente 2011589-28-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Aurelio Lorenzo Huarca Taco, en contra de Peregrina Barrrios Arapa, DECLARARON: CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolución N° 41 de fecha quince de octubre del dos mil catorce, que resuelve declarar improcedente el pedido de sucesión procesal postulada por Elena Barrios Arapa, con la finalidad de que en su lugar sea incorporado al proceso Uriel Orozco Valencia; e incorpora como litis consorte pasivo facultativo a Uriel Orozco Valencia. Se dispone SE REMITA copia certificada de la presente al Juzgado de origen con nota de atención. En los seguidos por Aurelio Lorenzo Huarca Taco, sobre Nulidad de Acto Jurídico en contra de Peregrina Elena Barrios Arapa. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS JUEVES 09 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Smith Espinoza. SV. 44-2015 FC En el expediente 2014174-0-FC. En el proceso de Reconocimiento Judicial de Unión de Hecho, seguido por Yaneth Carmen Tejeda Román, en contra de la Sucesión de Héctor Huarancca Carpio, DECLARARON: APROBAMOS la Sentencia N° S/N-2014 de fecha veintiséis de setiembre del dos mil catorce, en cuanto declara Fundada la demanda de Reconocimiento de Unión de Hecho interpuesta por Yaneth Carmen Tejeda Román, reconociendo la Unión de Hecho que mantuvieron Yaneth Carmen Tejeda Román y el difunto Héctor Jesús Huarancca Carpio; aprobándola en todo lo demás que contiene; SE DISPONE que consentida o ejecutoriada sea la presente se devuelvan los actuados al Juzgado de origen con nota de atención. SV. 45-2015 FC En el expediente 201359-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Sociales, seguido por Luciano Mamani Vilca, en contra de Antonio Pacheco Arana, DECLARARON: CONFIRMAMOS, la Sentencia 155-2014, de fecha tres de septiembre de dos mil catorce, de fojas ciento diez a ciento diecisiete, en el extremo que declara infundada la demanda en los siguientes extremos: cobro de compensación por tiempo de servicios y gratificaciones por fiestas patrias y navidad. REVOCAMOS: la Sentencia Número 155-2014, en el extremo que declara infundada la demanda en cuanto al cobro de vacaciones no gozadas, indemnización por vacaciones no gozadas, vacaciones truncas, trabajo en domingos y feriados. REFORMÁNDOLA EN ESOS EXTREMOS, DECLARAMOS: FUNDADA, la demanda en cuanto al cobro de vacaciones no gozadas, indemnización por vacaciones no gozadas, vacaciones truncas, trabajo en domingos y feriados, debiendo liquidarse y ejecutarse el pago en ejecución de sentencia, teniendo en cuenta que la relación laboral fue del diez de agosto de dos mil tres al dieciocho de noviembre de dos mil diez, esto es, siete años, tres meses y ocho días y la remuneración mensual última fue de un mil cien nuevos soles. Sin costas ni costos al no prosperar la demanda en todos sus extremos. En los seguidos por Luciano Quintín Mamani Vilca, con Antonio Pacheco Arana, sobre pago de beneficios sociales y otros conceptos. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. AV. 60-2015 PG En el expediente 2014341-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Darío Wilfredo Tito Guerreros, en contra de Rina Maleni Sivincha Blas y Otros, DECLARARON: 1.- fundado el recurso de apelación interpuesto por Darío Wilfredo Tito Guerreros a fojas noventa a noventa y tres; 2.- La NULIDAD de la Resolución N° 01 de fecha veintisiete de octubre del dos mil catorce, que: a) Declaró la improcedencia liminar de la demanda que sobre acción de amparo interpuso Darío Wilfredo Tito Guerreros en contra de la Municipalidad Provincial de La Unión representada por su Alcalde Angel Ybarhuen Ortegal, el regidor Richard Ceferino Cervantes Gárate, el regidor Thomson Fernández Rojas, el regidor Demetrio Germán Zúñiga Urquizo, el regidor Max David Bellido Chávez y la regidora Marlene Sivincha Blas; y b) Dispuso el archivo de la presente causa; DISPONEMOS que el Juez de la
causa emita nuevo pronunciamiento de calificación de la demanda. AV. 61-2015 FC En el expediente 2014165-11-CI. En el proceso de Medida Cautelar de Embargo, seguido por FREDETMOSA, en contra de CENTURY MINING PERÚ, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de apelación presentado por empresa Century Mining Perú S.A.C, obrante a fojas ciento sesenta y siete -subsanada a fojas ciento ochenta y cuatro; CONFIRMAMOS la resolución N° 55-2014, de fecha primero de agosto del dos mil catorce, en el que declara improcedente, el pedido presentado. AV. 62-2015 FC En el expediente 2014830-40-CI. En el proceso de Interdicto de Recobrar (Medida Cautelar), seguido por Segisfredo Apaza Chura, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: NULA la resolución N° 04-2014, de fecha tres de diciembre del dos mil catorce, obrante a fojas sesenta y siete que concede recurso impugnatorio de apelación a favor de Dila Hildaura Urquizo Valdivia Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Majes; ORDENAMOS se continúe con el séquito del proceso, resolviendo el recurso postulado como oposición a la medida cautelar. AV. 63-2015 RC En el expediente 2014106-54-LA. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por José López Vera, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local de Condesuyos y Otros, DECLARARON: NULO el concesorio contenido en la Resolución 09, de fecha trece de noviembre del dos mil catorce, de fojas doscientos setenta y ocho. DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Pública del Gobierno Regional de Arequipa, a la Resolución 08, de fecha tres de noviembre del dos mil catorce. Tómese razón y hágase saber. AV. 64-2015 RC En el expediente 2014106-54-LA. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por José López Vera, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local de Condesuyos y Otros, DECLARARON: SIN OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO la apelación de la Resolución 09, de fecha trece de noviembre del dos mil catorce, de fojas doscientos setenta y ocho, que concede sin efecto suspensivo la apelación que interpone la Procuradora Pública del Gobierno Regional de Arequipa, en contra de la Resolución 08, de fojas doscientos setenta, y dispone elevar a la Sala Mixta de Camaná, el respectivo cuaderno que se formará. Tómese razón y hágase saber. AV. 65-2015 PG En el expediente 2013-589-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Pedro Guerra Castelo, en contra de Grimaldo Álvarez Monge, DECLARARON: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Pedro Rodolfo Castelo Guerra a fojas sesenta y nueve a setenta y dos; 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 07-2014 de fecha nueve de setiembre del dos mil catorce, que declaró improcedente el pedido de intervención litisconsorcial de la persona de Jacinto Paredes Huillca e Improcedente el pedido de ampliación de la demanda y cancelación del asiento registral formulado por el demandante Pedro Rodolfo Guerra Castelo, con todo lo demás que contiene; 3. SE DISPONE: se notifique a Jacinto Paredes Huillca con la demanda para que si lo vea por conveniente a su derecho se apersone a este proceso. AV. 68-2015 RC En el expediente 2012-410-CI. En el proceso de Indemnización de Daños y Perjuicios, seguido por Natalia Igidia Vilca Arapa, en contra de Hermes Jaime Jaén Arenas y Otro, DECLARARON: NULA, la Resolución Número 12, de fecha veinticinco de agosto de dos mil catorce, que corre a fojas ciento setenta y uno, expedida en la audiencia única, que declara nulo lo actuado, improcedente la demanda y en consecuencia el archivo definitivo del proceso. DISPONEMOS: se reprograme la audiencia única pendiente de ejecución, la que debe realizarse reasumiendo competencia el Segundo Juzgado Mixto de Caylloma Majes. En los seguidos por Natalia Igidia Vilca Arapa, con Hermes Jaime Jaen Arenas y Olivia Cecilia Jaen Aspilcueta, sobre indemnización. Tómese razón, hágase saber y devuélvase. AV. 69-2015 RC En el expediente 2012-4154-CI. En el proceso de Indemnización de Daños y Perjuicios, seguido por Natalia Igidia Vilca Arapa, en contra de Hermes Jaime Jaén Arenas y Otro, DECLARARON: NULA, la Resolución 13, de fecha cinco de noviembre del dos mil catorce, de fojas ciento doce, que declara fundada la solicitud de levantamiento de medida cautelar de embargo bajo la forma de inscripción. DISPONEMOS: se emita pronunciamiento con arreglo a ley y los antecedentes respecto a la solicitud de fojas ciento seis. En el proceso cautelar seguido por Natalia Igidia Vilca Arapa, con Hermes Jaime Jaen Arenas y Olivia Cecilia Jaen Aspilcueta. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS MARTES 14 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Ed-
Martes, 14 de julio del 2015
gard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. SV. 46-2015 FC En el expediente 201431-0-CI. En el proceso de Cambio de nombre, seguido por Christian Torres Vásquez y Otro, DECLARARON: 1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por María Mamani Huamani, obrante a fojas 42; CONFIRMAMOS: la N° 214-2014, de fecha seis de octubre del dos mil catorce, que declara infundada la solicitud de cambio de nombre presentada por Christian Alexander Torres Vásquez y María Mamani Huamani. 2. Devuélvase al Juzgado Especializado en lo Civil de Camaná. SV. 47-2015 RC En el expediente 2009258-0-CI. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Gumercinda Quispe Huallpa, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la demandante. CONFIRMAMOS. La Sentencia 112-2014, de fecha once de junio del dos mil catorce, de fojas ciento cuatro, que declaró infundada la demanda contenciosa administrativa, sobre nulidad de resoluciones administrativas, pago de bonificación diferencial del Artículo 53° inciso b) del Decreto Legislativo 276, devengados e intereses legales, sin costos ni costas. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Especializado Civil de Camaná. SV. 48-2015 PG En el expediente 2012216-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, seguido por Natividad Ticona Mamani, en contra de Nicolás Ccora Chipana y Otro, DECLARARON: APROBAMOS la Sentencia N° 221-2014 de fecha cuatro de noviembre de dos mil catorce, que declara Fundada la demanda de divorcio por la causal de abandono injustificado de la casa conyugal por más de dos años continuos, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que unía a Nicolás Ccora Chipana y a Natividad Ticona Mamani; fenecida la sociedad de gananciales existente entre el demandante y el demandado; el cese de la obligación alimentaria entre los ex cónyuges; la pérdida de gananciales por parte del demandado respecto de los bienes propios de la demandante; el cese del derecho de heredar entre los divorciados, releva a la demandante el derecho de llevar adicionado al suyo el apellido paterno del demando, sin pronunciamiento alguno sobre los alimentos tenencia y custodia de los hijos, por haber alcanzado estos la mayoría de edad. En los seguidos por Natividad Ticona Mamani, sobre Divorcuio po Causal, en contra de Nicolás Ccora Chipana; DISPONEMOS: La devolución de los actuados a su Juzgado de origen. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. SV. 49-2015 FC En el expediente 2014-910-LA. En el proceso de Cobro de Derechos y Beneficios Sociales, seguido por Alfredo Zúñiga Huamani, en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, DECLARARON: 1.- Infundado el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Castilla, (fojas trescientos treinta)); 2.- CONFIRMAMOS la Sentencia N° 108-2013-LA, de fecha veintiocho de noviembre del dos mil trece se resolvió declarar fundada la demanda presentada por Alfredo José Zúñiga Huamani en contra de la Municipalidad Provincial de Castilla, que dispone el pago de un total de cuatro mil doscientos trece nuevos soles con 16/100 (4,213.16 nuevos soles) a favor del demandante. Con lo demás que contiene. SV. 67-2015 RC En el expediente 2008188-0-CI. En el proceso de Prescripción Adquisitiva, seguido por Asunta Callata Nina, en contra de AUTODEMA y Otros, DECLARARON: DESAPROBAMOS: la Sentencia 076-2014, de fecha diez de junio del dos mil catorce, de fojas seiscientos cincuenta, que declara fundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio y declara a la sucesora procesal Sara Úrsula Zúñiga Ames, propietaria del inmueble urbano de Manzana B, Lote 14 del Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal, Distrito Majes, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa, de 319.74 metros cuadrados, ordena el traslado de dominio a favor de su nueva propietaria mediante la anotación en la partida P06113297 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, con lo demás que contiene. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma - Majes. AV. 66-2015 PG En el expediente 2014273-93-CI. En el proceso de Mejor Derecho a la Posesión, seguido por Roberto Arroyo Rodríguez, en contra de Narcisa Chura Vilcapi, DECLARARON: CONFIRMAR la Resolución N° 27 de fecha cinco de agosto del dos mil catorce, copiada en el folio trescientos cincuenta y cuatro, resuelve declarar improcedente las copias de los documentos que se ofrecen como medio probatorio extemporáneo que informan sobre anulación de empadronamiento de la Unidad Catastral N° 09916. SE DISPONE: Remitir copia certificada de la presente al Juzgado de origen con nota de atención; en los seguidos por Roberto Arroyo Rodríguez sobre Mejor Derecho a la Posesión en contra de Narcisa Chura Vilcapi. AV. 67-2015 RC En el expediente 2011590-47-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Aurelio Huarca Taco, en contra de Napoleón Ezcarza Mayca y Otros, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución Número 52-2014, de fecha veintisiete de octubre del dos mil catorce, que corre a fojas cua-
trocientos treinta y ocho, que declara improcedente la petición de sustitución. DISPONEMOS: se notifique la demanda, sus anexos y resolución que la admite a Uriel Orozco Valencia, a efecto que tome conocimiento y pueda ejercer su derecho de intervención en esta causa en condición de tercero litisconsorte facultativo pasivo. En los seguidos por Aurelio Lorenzo Huarca Taco, con Napoleón Nicéforo Escarza Mayca, sobre nulidad de acto jurídico. Tómese razón y hágase saber. AV. 70-2015 FC En el expediente 2011990-0-CI. En el proceso de Interdicto de Retener, seguido por Alejandrina Cusihuamán Huallpa, en contra de Elsa Mollocondo Quispe, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Alejandrina Cusihuaman Huallpa a fojas cincuenta y seis; CONFIRMAMOS la Resolución N° 04, de fecha veinticuatro de octubre del dos mil catorce, que declara concluido el proceso, en aplicación del primer y último párrafo del artículo 203° del Código Procesal Civil; ORDENAMOS se devuelva el cuaderno elevado. AV. 71-2015 FC En el expediente 2009661-82-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por el Ministerio Público, en contra de Bonifacio Chuctaya Ccacyahancco, DECLARARON: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Provincial Civil y Familia del Pedregal obrante a fojas ciento siete; REVOCAMOS la Resolución N° 08, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil catorce (fojas noventa y nueve), en el extremo que el juzgado declara improcedente el pedido presentado por el Ministerio Público; REFORMANDOLA declaramos fundado el pedido de ejecución de medidas de protección dictadas a favor de Julia Cruz Cruz; ORDENAMOS el retiro temporal de Bonifacio Chuctaya Ccacyahancco, del hogar familiar, mientras dure la terapia ordenada en la sentencia, debiendo oficiarse al centro de salud a efecto comunique sobre la misma conforme lo indicado en la presente. AV. 72-2015 PG En el expediente 2014125-42-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico (Cuaderno de Auxilio Judicial), seguido por José Portocarrero Pérez, en contra de Darcy Bernal Cuadros, DECLARARON: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesto por Darcy Milagros Bernal Cuadros a fojas ciento cuarenta y dos; 2. REVOCAMOS la Resolución N° 12 de fecha dieciocho de diciembre del dos mil catorce, que resolvió dar por finalizado el auxilio judicial concedido a la demandada Darcy Milagros Bernal Cuadros. REFORMÁNDOLA declaramos IMPROCEDENTE el pedido efectuado por Rafael Noa Ríos que solicita dejar sin efecto el auxilio judicial concedido. AV. 73-2015 PG En el expediente 201385-43-CI. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Marlene Cuarta Vizarrita, en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesto por Marleny Churata Vizarrita a fojas doscientos sesenta y cinco; 2. REVOCAMOS la Resolución N° 14 de fecha dos de setiembre del dos mil catorce, que declaró improcedente el pedido para que se incorpore a Marleny Cuarta Vizarrita como litisconsorte activo necesario. REFORMÁNDOLA, declaramos fundado el pedido para que se incorpore a Marleny Churata Vizarrita como litisconsorte activo necesario al proceso, debiendo de notificársele con la demanda. AV. 74-2015 RC En el expediente 20141455-73-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Evangelina Mamani Salas, en contra de Florentino Coaguila Quispe, DECLARARON: NULA, la Resolución Número 01, de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, de fojas cuarenta y nueve, que declaró improcedente la demanda de medida cautelar de no innovar; DISPONEMOS: se califique nuevamente la demanda de medida cautelar interpuesta con arreglo a Ley. En la demanda interpuesta por Evangelina Lucía Mamani Quispe, dirigida a Florentino Coaguila Quispe, sobre medida cautelar de no innovar. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS JUEVES 16 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Alejandro Ranilla Collado y Cáceres López. SV. 53-2015 RC En el expediente 2014357-0-CI. En el proceso de Desalojo por Ocupación Precaria, seguido por Victoria Álvarez Ventura, en contra de Rufina Mata Lévano, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia sin número, de fecha veintinueve de setiembre del dos mil catorce, de fojas sesenta y cinco, que declaró fundada la demanda de desalojo por ocupación precaria y dispone que la demandada desocupe el inmueble del litigio, con lo demás que contiene. En los seguidos por Victoria Marta Álvarez Ventura, en contra de Rufina Liliana Mata Lévano, en el proceso de desalojo por precario. Tómese razón y hágase saber. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS VIERNES 17 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces
Martes, 14 de julio del 2015
Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. AV. 75-2015 PG En el expediente 2013748-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Alberto Gómez Huamaní, en contra de Aristóbulo Gómez Huamaní y Otro, DECLARARON: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesto por Alberto Gómez Huamani a fojas noventa y ocho a noventa y nueve; 2. REVOCAMOS la Resolución N° 07-2014 de fecha veintiocho de octubre del dos mil catorce, que declaró fundada la excepción de prescripción extintiva deducida por Aristóbulo Gómez Huamaní y dispuso la conclusión del proceso sin pronunciamiento sobre el fondo. REFORMÁNDOLA DECLARAMOS INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva deducida por Aristóbulo Gómez Huamaní, ordenamos se continúe con el séquito del proceso. AV. 80-2015 RC En el expediente 2013234-0-CI. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Jonathan Fernández Medina, en contra del Procurador Público del Ministerio de Agricultura, DECLARARON: NULA, la Resolución 01-2013, de fecha veintinueve de octubre del dos mil trece, de fojas cuarenta, que declaró improcedente la demanda y dispuso la devolución de los anexos consentida sea la resolución; DISPONEMOS: se emita resolución que califique la demanda con arreglo a ley. En los seguidos por Empresa Agrovalle Costeño E.I.R.L., con el Procurador Público del Ministerio de Agricultura y Otro, proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil de Camaná. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
LUNES 20 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. AV. 76-2015 RC En el expediente 2011192-82-CI. En el proceso de Petición de Herencia, seguido por Rosa Lazo Talavera, en contra de Elar Lazo Talavera y Otros, DECLARARON: REVOCAMOS: la Resolución 24, de fecha seis de junio del dos mil catorce, de fojas doscientos sesenta y uno, que declaró improcedente la nulidad de todo lo actuado y del pedido para que se notifique al apelante con la demanda en el domicilio solicitado por Hulmar Adolfo Alejandro Argote Carazas. REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: FUNDADA, La nulidad deducida por Hulmar Adolfo Alejandro Argote Carazas, en consecuencia, nulo lo actuado hasta la notificación con la demanda al apelante, esto es hasta fojas ciento ocho, reponiéndose la causa al estado de notificarse con la demanda, sus anexos y resolución que la admite al demandado Hulmar Adolfo Alejandro Argote Carazas, en su domicilio real ubicado en Pasaje Santa Cruz 203, Cayma, Arequipa, quedando subsistente los actuados que no afecten al apelante. En los seguidos Rosa Lazo Talavera y otros, con Hulmar Adolfo Alejandro Argote Carazas y otros, sobre petición de herencia. Tómese razón y hágase saber. AF. 18-2015 FC En el expediente 2013216-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acuerdo Societario, seguido por María Lizano Huamaní y Otros, en contra de la Empresa Minera Otapara S.A., DECLARARON: 1.- NULO el concesorio de apelación contenido en la resolución número veintisiete, mediante la cual se resuelve: “ 1).- Conceder a los demandantes MARÍA AQUILINA LIZANO HUAMANÍ y EDWARD FABRIZZIO LÓPEZ LIZANO apelación con efecto suspensivo, de la sentencia sin número de fecha seis de enero del dos mil quince (…)”. 2.DISPONEMOS la remisión del presente expediente a su juzgado de origen, a fin de que proceda conforme a ley y lo expuesto en la presente resolución. 3.- EXHORTAR al señor magistrado como al Secretario Judicial a cargo de la causa, observen con mayor detenimiento los dispositivos procesales aplicables al trámite del proceso, bajo responsabilidad funcional. Actuando el Colegiado conformado por los señores jueces superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AF. 19-2015 PG En el expediente 2012611-0-CI. En el proceso de Cambio de Nombre (Proceso No Contencioso), seguido por Pantaleón Choquehuayta Huacoto y Otros, DECLARARON: 1.- NULO EL CONCESORIO del recurso de apelación interpuesto, contenido en la resolución número diez, por la cual se resuelve: “Conceder a la parte demandante PANTALEÓN CHOQUEHUAYTA HUACOTO, DOUGLAS FREDDY CHOQUEHUAYTA CCOA, Y HENRY OCDAN CHOQUEHUAYTA CCOA, por derecho propio y en representación de la menor Cristal Belén Choquehuayta Aguirre, apelación con efecto suspensivo, en contra de la resolución número nueve (sentencia) de fecha diecisiete de diciembre del dos mil catorce (…)”. 2.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por Pantaleón Choquehuayta Huacoto, Douglas Freddy Choquehuayta Ccoa y Henry Ocdan Choquehuayta Ccoa –este último por derecho propio y representación de la menor Kristal Belén Choquehuayta Aguirre, en contra de la Sentencia
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Nro. 285-2014, de fecha diecisiete de diciembre del año dos mil catorce; CONCEDIENDO a la parte apelante un plazo de tres días a efecto adjunte las tasas faltantes correspondiente por apelación de sentencia, bajo los apremios de ley, y sin perjuicio de que el abogado defensor aclare a favor de que representado interpone recurso de apelación. 3.- EXHORTAMOS al Magistrado y al Secretario Judicial a cargo de la causa observen con mayor detenimiento las normas procesales en cuanto a la concesión de recursos de apelación. 4.- DISPUSIERON la devolución del expediente a su Juzgado de origen a efecto de cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 165-2015 FC En el expediente 2015-730-CI. En el proceso de Prueba Anticipada, seguido por Luis Quiliche Sánchez, en contra de Olga Castilla Pérez, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTITRÉS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE DE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores jueces superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. AT. 166-2015 PG En el expediente 20141606-74-CI. En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero (Medida Cautelar), seguido por Lidia Espinoza Paco, en contra de Cleto Marcial Apaza Ramos y Otro, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTITRÉS DE JUNIO del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS MARTES 21 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. SV. 51-2015 FC En el expediente 201358-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Norma Rodríguez Granda, en contra del Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: REVOCAMOS la Sentencia N° 205-2014, de fecha veintiséis de setiembre del dos mil catorce, obrante a folios sesenta y cuatro a sesenta y ocho, que resuelve declarar improcedente la demanda de acción contenciosa administrativa y dispone el archivo de la presente causa una vez que adquiera la calidad de consentida o ejecutoriada la referida sentencia. REFORMÁNDOLA DECLARARON FUNDADA EN PARTE la demanda; en cuanto al cumplimiento de la resolución, disponiendo el cumplimiento de la Resolución Gerencial Directoral N° 7795, del cinco de diciembre del dos mil doce (folio cinco), respecto al reconocimiento del pago mensual por bonificación por preparación de Clases y Evaluación, así como la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de Gestión y respecto al pago de intereses legales, los cuales deben hacerse efectivos desde la fecha de expedición de la resolución materia de cumplimiento, cinco de diciembre del dos mil doce hasta que se cancelen los adeudos dejados de pagar de la Bonificación por preparación de clases y evaluación, cuyo monto se determinará en ejecución de sentencia; CONFIRMAMOS el
extremo que declara IMPROCEDENTE la demanda que pretende se le pague la bonificación por preparación de clases y evaluación, así como la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de Gestión, así como el pago de los intereses respecto de adeudos dejados de pagar; sin costas ni costos. Devuélvase al Juzgado de origen. SV. 52-2015 FC En el expediente 2013209-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Luis Cruz Carazas, en contra del Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: REVOCAMOS la Sentencia N° 181-2014, de fecha primero de setiembre del dos mil catorce, obrante a folios cincuenta y cuatro a cincuenta y ocho, que resuelve declarar improcedente la demanda de acción contenciosa administrativa y dispone el archivo de la presente causa una vez que adquiera la calidad de consentida o ejecutoriada la referida sentencia. REFORMÁNDOLA DECLARARON FUNDADA EN PARTE la demanda; en cuanto al cumplimiento de la resolución, disponiendo el cumplimiento de la Resolución Gerencial Directoral N° 4705, del nueve de julio del dos mil doce (folio seis), respecto al reconocimiento del pago mensual por bonificación por preparación de Clases y Evaluación, así como la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de Gestión y respecto al pago de intereses legales, los cuales deben hacerse efectivos desde la fecha de expedición de la resolución materia de cumplimiento, nueve de julio del dos mil doce hasta que se cancelen los adeudos dejados de pagar de la Bonificación por preparación de clases y evaluación, cuyo monto se determinará en ejecución de sentencia; CONFIRMAMOS el extremo que declara IMPROCEDENTE la demanda que pretende se le pague la bonificación por preparación de clases y evaluación, así como la bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de Gestión, así como el pago de los intereses respecto de adeudos dejados de pagar; sin costas ni costos. Devuélvase al Juzgado de origen. SV. 54-2015 FC En el expediente 201361-0-FC. En el proceso de Impugnación de Paternidad y Otro, seguido por Edwin Bejar Puma, en contra de Heber Turpo Huaricallo y Otro, DECLARARON: DESAPROBAMOS la Sentencia N° 12-2014, de fecha veintiséis de junio del dos mil catorce, de fojas sesenta y nueve a setenta y cuatro, en cuanto declara fundada la demanda de Impugnación de Paternidad interpuesta por Edwin Carlos Bejar Puma en contra de Heber Turpo Huaricallo y Amavelia Nilda Paucar Mollo y declara la nulidad del reconocimiento por el codemandado, respecto del menor Juan David Turpo Paucar. Con lo demás que contiene. SE DISPONE se devuelvan los actuados al Juzgado de origen con nota de atención. SV. 59-2015 PG En el expediente 2013164-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Francisco Llamosas Moscoso, en contra del Gobierno Regional de Arequipa y Otros, DECLARARON: 1) REVOCAR La Sentencia N° 172-2014 de fecha veintiséis de agosto del dos mil catorce, obrante del folio setenta y uno a setenta y cinco, por la que se declara Improcedente la demanda de fojas quince a veinte interpuesta por Francisco Adalberto Llamosas Moscoso, además sin costas ni costos; en cuanto al cumplimiento de la Resolución Gerencial Regional N° 6769 se refiere, DISPONIENDO en este extremo FUNDADA la demanda y ordenando que el Gerente Regional de Educación cumpla con lo establecido en dicha Resolución, conforme a lo previsto en la presente; y, además se dispone el pago de los intereses legales correspondientes por los montos que se devenguen desde el mes de setiembre de dos mil doce; 2) CONFIRMAR la sentencia en cuanto declara IMPROCEDENTES las demás pretensiones; en los seguidos por Luis Adalberto Llamosas Moscoso sobre Acción Contenciosa Administrativa en contra del Gobierno Regional de Arequipa y Otros. SV. 60-2015 PG En el expediente 2013171-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Isabel Riveros Chávez de Sejuro, en contra del Gobierno Regional de Arequipa y Otros, DECLARARON: 1) REVOCAR La Sentencia N° 174-2014 de fecha veintiocho de agosto de dos mil catorce, obrante del folio cincuenta y uno a cincuenta y cinco, por la que se declara Improcedente la demanda de fojas quince interpuesta por Isabel Antonieta Marili Riveros Chávez de Sejuro, además sin costas ni costos; en cuanto al cumplimiento de la Resolución Gerencial Regional N° 6483 se refiere, DISPONIENDO en este extremo FUNDADA la demanda y ordenando que el Gerente Regional de Educación cumpla con lo establecido en dicha Resolución, conforme a lo previsto en la presente; y, además se dispone el pago de los intereses legales correspondientes por los montos que se devenguen desde el mes de agosto de dos mil doce; 2) CONFIRMAR la sentencia en cuanto declara IMPROCEDENTES las demás pretensiones; en los seguidos por Isabel Antonieta Marili Riveros Chávez de Seguro sobre Acción Contenciosa Administrativa, en contra del Gobierno Regional de Arequipa y Otros. SV. 61-2015 RC En el expediente 2012361-0-CI. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Manuel Neyra Pinto, en contra del Procurador del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARA-
RON: REVOCAMOS: la Sentencia 190-2014, de fecha diez de setiembre del dos mil catorce, de fojas ciento dieciocho, que declaró improcedente la demanda contenciosa administrativa y ordena la conclusión y archivo de la presente causa, una vez que adquiera la calidad de consentida o ejecutoriada la referida sentencia; REFORMÁNDOLA: DECLARAMOS FUNDADA EN PARTE la demanda; en cuanto a la acción de cumplimiento de la Resolución Gerencial Regional 4887, en consecuencia disponemos, que las entidades demandadas cumplan con la Resolución Gerencial Regional Número 4887, de fecha diecinueve de julio del dos mil doce, de fojas tres, en la que se reconoció el pago mensual por bonificación por preparación de clases, evaluación, así como la bonificación adicional por desempeño del cargo y preparación de documentos de gestión, en el equivalente mensual ordenado de trescientos cincuenta y cuatro punto sesenta y un nuevos soles, todo a favor de la demandante; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia a partir de la fecha en que se expidió la Resolución Gerencial 4887, esto es el diecinueve de julio del dos mil doce a la fecha del pago; INFUNDADA, la demanda en cuanto se peticiona el pago de adeudos generados por ejercicios anteriores no pagados, así como el cobro de intereses establecidos en la Resolución Gerencial Regional 4765, sin costas ni costos. En los seguidos por Manuel Adán Neyra Pinto, con la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Arequipa, Gobierno Regional de Arequipa y la Unidad de Gestión Educativa Local UGEL – Camaná. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Civil de Camaná. SV. 68-2015 RC En el expediente 2011127-0-FC. En el proceso de Declaración Judicial de Unión de Hecho, seguido por Edith Mery Salazar Quispe, en contra de la Sucesión Intestada de Víctor Raúl Chipana Quecara, DECLARARON: La Sentencia 2242014, de fecha siete de noviembre de dos mil catorce, de fojas doscientos cuarenta y uno, que declara fundada la demanda de reconocimiento de unión de hecho por el periodo comprendido desde el mes de diciembre del año dos mil, al veintiséis de agosto del año dos mil tres, en los seguidos por Edith Mery Salazar Quispe, con la Sucesión intestada de don Víctor Raúl Chipana Quecara. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes. SV. 70-2015 RC En el expediente 2011345-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Rosa Luque Huaranka, DECLARARON: NULA, la Sentencia 037-2014, de fecha trece de mayo de dos mil catorce, de fojas doscientos sesenta y cuatro, que declaró fundada la demanda de nulidad de acto jurídico, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se emita nuevo pronunciamiento previa revisión de lo resuelto en el proceso contencioso administrativo. En los seguidos por la Municipalidad Distrital de Majes, con Rosa María Luque Huaranka, sobre nulidad de acto jurídico. Tómese razón y hágase saber. AV. 77-2015 FC En el expediente 2008162-0-CI. En el proceso de División y Partición, seguido por Patricia Cáceres Arróspide, en contra de José Cáceres Juárez, DECLARARON: DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Patricia Cáceres Arróspide a fojas seiscientos cincuenta y siete; CONFIRMAMOS la Resolución N° 04, de fecha diez de julio del dos mil catorce, que declara la conclusión del proceso de División y Partición seguido por Patricia Cáceres Arróspide en contra de José Daniel Cáceres Juárez y Jessica Cáceres Juárez; e improcedente el pedido de suspensión del proceso, presentado por la demandante; ORDENAMOS se devuelva el cuaderno elevado. AV. 78-2015 FC En el expediente 2008162-0-CI. En el proceso de División y Partición, seguido por Patricia Cáceres Arróspide, en contra de José Cáceres Juárez, DECLARARON: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jessica Cáceres Juárez a fojas cuatrocientos seis; CONFIRMAMOS la Resolución N° 21, del diez de mayo del dos mil once, que declara improcedente el pedido de subrogación de peritos presentado. AV. 79-2015 RC En el expediente 201184-90-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Nicolás Montoya Carnero y Otro, en contra de Telésforo Pinto Herrera, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 22-2014, de fecha once de julio del dos mil catorce, de fojas ciento veintidós, que declaró improcedente la solicitud de acumulación de procesos, del demandado Telésforo Pinto Herrera, debiendo proseguir con el trámite separado de cada uno de los dos procesos propuestos, de retracto y reivindicación que siguen Nicolás Montoya Carnero y Gloria Rodríguez Gutiérrez con el apelante y otros. Tómese razón y hágase saber. AV. 81-2015 PG En el expediente 2014523-31-CI. En el proceso de Otorgamiento de Escritura Pública (Medida Cautelar), seguido por Víctor Huamán Valdez, en contra de Julián Taco Valdez y Otro, DECLARARON: CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolución N° 06 de fecha veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, copiada en el folio setenta y dos, por la que se declara Infundada la oposición a la Medida Cautelar de Anotación de demanda concedida a Víctor Aquilino
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Huamán Valdez, Oposición postulada por Mónica Taco de Taco; SE DISPONE: Se remita copia certificada de la presente al Juzgado de origen con nota de atención y a la brevedad posible; en los seguidos por Víctor Aquilino Huamán Valdez, sobre Otorgamiento de Escritura Pública, en contra de Julián Taco Valdez y Otro. AV. 82-2015 PG En el expediente 201514-42-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Percy Cerpa Lazo de La Vega, en contra de Justo Villena Valdivia y Otro, DECLARARON: CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolución N° 26 de fecha veintitrés de diciembre del dos mil catorce, copiada en el folio doscientos treinta, por la que se declara Improcedente por innecesario el petitorio de diferimiento de audiencia que solicita el recurrente Andrés A. Esquivias M., abogado de Justo Germán Villena Valdivia; SE DISPONE: Se remita copia certificada de la presente al Juzgado de origen con nota de atención y a la brevedad posible; en los seguidos por Percy Jesús Cerpa Lazo de la Vega, sobre Reivindicación, en contra de Justo Germán Villena Valdivia y Otra. AT. 167-2015 RC En el expediente 2015-670-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Lelia Rondón Portugal, en contra de Antonio Velazco Arana, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTITRÉS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 552015-PRES/CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT. 168-2015 FC En el expediente 2013-7846-CI. En el proceso de Prescripción Adquisitiva (Medida Cautelar), seguido por la Asociación de Agricultores sin Tierras Señor de los Milagros, en contra de Julieta Abril de Paredes y Otros, DECLARARON: 1. SEÑALAR VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTITRÉS DE JUNIO del año DOS MIL QUINCE a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el Colegiado conformado por los señores Jueces Superiores Fernán Fernández Ceballos, Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado, ello en virtud de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 55-2015-PRES/ CSJAR. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS MIÉRCOLES 22 DE ABRIL DEL 2015 Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Fernán Fernández Ceballos (Presidente), Edgard Pineda Gamarra y Alejandro Ranilla Collado. SV. 55-2015 FC En el expediente 2008340-0-CI. En el proceso de Mejor Derecho de Propiedad, seguido por Marilin Guitton Bedoya, en contra de Juan Marroquín Lima y Otros, DECLARARON: 1. fundado el recurso de apelación interpuesto por Marilin Pascuala Barcina Guitton Bedoya (fojas mil ciento diez, subsanado a fojas ciento veinticuatro); 2. En Consecuencia, SE DECLARA NULA e INSUBSISTENTE la Sentencia N° 672014, de fecha catorce de abril del 2014, que resolvió declarar improcedente la demanda presentada; 3. SE DISPONE: Que el A quo proceda a emitir nueva sentencia a la brevedad posible, teniendo en cuenta la antigüedad del proceso y merituando la documentación presentada al momento en que se interpuso la apelación. AT. 170-2015 FC En el expediente 20105005-0-PE. En el proceso de Hurto Agravado, seguido por el Ministerio Público, en contra de Jorge Luis Baños Ignacio y Otros, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la continuación del Juicio Oral para que se lleve a cabo el día veintisiete de abril del año dos mil quince a las quince horas con cuarenta minutos, en el salón de au-
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