Estadísticas de Recepción y Denuncias
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Reportes de Operaciones Inusuales: De acuerdo con las disposiciones emitidas por la SHCP en la materia, esta categoría comprende, en general, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos que no concuerden con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones, o con su patrón habitual de comportamiento transaccional, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate, sin que exista una justificación razonable para dicho comportamiento, o bien, aquellas que, por cualquier otra causa, esas instituciones o sujetos consideren que los recursos pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos de los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal —relativos al financiamiento al terrorismo nacional e internacional o al lavado de dinero— o cuando se considere que los recursos pudieran estar destinadas a favorecer la comisión de los delitos señalados en este párrafo.
Reportes de Operaciones Inusuales
136,558 113,925
75,468 65,357
56,734 38,400 36,934
28,746
2004
52,958
2005
2006
2007
2008
2009
46,876
2010
49,501
2011
57,263
2012
2013
2014
2015
Fuente: UIF
* En 2007, no se contabilizan 90,595 reportes emitidos por una misma entidad financiera sobre operaciones que de origen no reúnen los elementos suficientes para su integración y presentación como operaciones inusuales. Para fines únicamente estadísticos, se contabilizan como un sólo reporte todos aquellos que hayan sido emitidos sobre un sujeto, por una misma institución el mismo día. Bajo este criterio no se contabilizan 70,774 reportes en 2008; 24,363 reportes en 2009; 27,662 reportes en 2010; 28,735 reportes en 2011; 31,241 reportes en 2012; 32,535 reportes para 2013; 35,024 reportes para 2014; para 2015 el total de reportes con dicha característica es de 30,737. La suma de esta cifra con la indicada en la grafica totaliza los reportes de operaciones inusuales recibidos por la Unidad en cada periodo.
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Reportes de Operaciones Preocupantes: De acuerdo con las disposiciones emitidas por la SHCP en la materia, esta categoría comprende, en general, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones que, por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas en esa misma materia, o aquella que, por cualquier otra causa, resulte dubitativa para dichas instituciones y sujetos obligados.
Reportes de Operaciones Preocupantes 250 190
179
174
157 96
88
2004
238
2005
2006
2007
2008
122
118
119 89
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
Fuente: UIF
* En 2007, se excluyen 400 reportes replicados por operación individual de un mismo grupo de sujetos. Para fines únicamente estadísticos, no se contabilizan aquellos reportes en los que se informa que no hubo operaciones preocupantes en el periodo, además de que se contabiliza como un sólo reporte todos aquellos que hayan sido emitidos sobre un sujeto, por una misma institución el mismo día. Bajo este criterio no se contabilizan 304 reportes en 2009; 193 reportes en 2010; 434 reportes en 2011; 135 reportes en 2012; 87 reportes en 2013; 82 reportes en 2014; para 2015 se cuenta con 80 reportes con dicha característica. La suma de esta cifra con la indicada en la grafica, totaliza los reportes de operaciones preocupantes recibidos por la Unidad en cada periodo.
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Reportes de Operaciones Relevantes: De acuerdo con las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la materia, esta categoría comprende, en general, a todas aquellas operaciones con las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones, realizadas con billetes y monedas de curso legal en México o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero y monedas de platino, oro y plata, por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a diez mil dólares estadounidenses, independientemente de que puedan estar vinculados con los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y del Terrorismo y su financiamiento. Nota: Los Transmisores de Dinero y Centros Cambiarios deberán reportar las operaciones realizadas por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a 5,000 dólares de los Estados Unidos de América.
Reportes de Operaciones Relevantes
5.2
5.7
6.1
6.5
6.2
4.4
5.9
6.0
2012
2013
6.6
6.0
4.6
3.1
2004
2005
2006
2007
Cifras en millones de reportes
2008
2009
2010
Fuente: UIF
2011
2014
2015
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Reportes de operaciones en efectivo con dólares de EUA De acuerdo con las disposiciones emitidas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, las Instituciones de Crédito, Casas de Bolsa y Casas de Cambio deberán remitir un reporte por cada operación de compra, recepción de depósitos, recepción del pago de créditos o servicios, o transferencias o situación de fondos, en efectivo que se realicen con dólares de los Estados Unidos de América, conforme a lo siguiente: Tratándose de clientes, por un monto igual o superior a quinientos dólares. Tratándose de usuarios, por un monto igual o superior a doscientos cincuenta dólares.
Reportes de operaciones en efectivo con dólares de EUA 7.1 6.0 4.7 3.9
3.7
2010
2011
2012
2013
2014
4.4
2015
Cifras en millones de reportes
**Nota: La información del año 2010, corresponde a los reportes a partir de la entrada en vigor de las disposiciones para el reporte de este tipo de operaciones (Tercer Trimestre).
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Denuncias
109
84
53
87
52 38
43
39
35
25
2006
2007
2008
2009
2010
2011
Fuente: UIF
2012
2013
2014
2015