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en cajamarca, poder judicial, gobierno regional

La Florida, LATORRE BUSTAMANTE. LIZETH S. Secretaria ... LIZET LATORRE BUSTAMANTE ...... EDUARDO RAMON UCEDA FLORES. JUEZ PENAL ...
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Martes 06 de octubre del 2015

EN CAJAMARCA, PODER JUDICIAL, GOBIERNO REGIONAL, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL, DEFENSORÍA PÚBLICA Y RENIEC FACILITARAN RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

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a Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Gobierno Regional, Municipalidad Provincial, Defensoría Pública, RENIEC y distintas entidades públicas están uniendo esfuerzos para permitir que partidas de nacimiento sean corregidas, de manera

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artes 06 dedel octubre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Martes 06Mde octubre 2015 

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AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES REMATE BIENES

rápida y gratuita, con errores subsanables mediante un trámite administrativo o una resolución judicial. La propuesta es realizar rectificaciones en distintos lugares de la Región Cajamarca durante campañas organizadas por la Corte Superior de Justicia de Cajamarca a través del Programa Justicia en tu Comunidad, Registro Nacional de

Identificación y Estado Civil (RENIEC), Gobierno Regional, Municipalidad Provincial y Defensoría Pública.

nifestó el representante de RENIEC Alberto Florián Florián.

El objetivo de las camLa intención de las or- pañas tendrá como finaliganizaciones involucradas dad modificar el nombre, el en el proyecto es facilitar apellido o la fecha de nala rectificación de actas re- cimiento de un ciudadano, gistrales, pues los errores siempre y cuando presenque contienen son obstá- te pruebas suficientes que culos que impiden la co- respalden su solicitud, y el rrecta identificación de los caso no tenga carácter concajamarquinos, así lo ma- tencioso.

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 05 de octubre de 2015

AVISO DE REMATE PUBLICO JUDICIAL Exp. N° 193-2012-0-0601-JR-CI-02, COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO RONDAS Y DESARROLLO RONDESA, contra MIRIAN RAQUEL GUEVARA RUIZ, ISAC HUARIPATA CACHI, MARÍA JULIA MENDOZA TACILLA y SEGUNDO PABLO RODRÍGUEZ HUARIPATA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA. BIEN EN REMATE: El Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la señora Juez, Claudia Cabanillas Quevedo, y Especialista Legal, Eridani Fernández Meza, ha ordenado que el suscrito Martillero Público con Reg. N° 210, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, realice el REMATE EN SEGUNDA CONVOCATORIA del inmueble con Ubicación Rural Bajo Otuzco, Predio Colgetín, con CN9211696 / CE 780463, Código de Predio 7_7809210_34061, con U. C. N° 34061, Distrito Los Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya área, características, linderos y medidas perimétricas se inscritas en la Ficha N° 121120 trasladada a la Partida Electrónica N° 02227903, Sección Especial de Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Cajamarca. VALORIZACIÓN: S/. 25,000.00 (Veinticinco mil con 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE: S/. 14,166.67 (CATORCE MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 67/100 NUEVOS SOLES), que representan dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito Rondas y Desarrollo - Rondesa, hasta por S/. 15,000.00. FECHA, HORA Y LUGAR: El día VIERNES 04 DE DICIEMBRE DE 2015 A LAS 09.00 HORAS DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CAJAMARCA, sede del Poder Judicial de Cajamarca, sito en Avenida La Cantuta s/n, Lote 2, piso 99, Cuadra. 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Por el inmueble en remate se presentarán con dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una suma no menor al 10% de la valorización, presentan original y copia del DNI y/o RUC, de arancel judicial por derecho a participar en remate de inmueble (indicando Juzgado, Expediente, Nombres, DNI y/o RUC, domicilio y firma); y de ser el caso de Vigencia y Facultades de Poder de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO:

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El adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el IGV, determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005-JUS), al culminar la diligencia de remate. Cajamarca, agosto 31 de 2015. (51)(44) 94-936-5850 94-7893343 34-7544 / RPM*661990 / [email protected] / [email protected]. ERIDANI FERNANDEZ MEZA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA Guillermo E. Paredes Landauro Abogado Matillero Público – Reg. N°210 P.4948594 F.P. 06-07-09 Octubre S/. 15.00

2.EDICTOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO Ante el Segundo Juzgado Mixto de San Miguel con Sede en la Florida, se tramita el Expediente de Familia N° 2015-014-F, en los seguidos por ANTIA MARTHA JUAREZ TERRONES, sobre ALIMENTOS contra HENRRY GONY RODRIGUEZ CHUAN, donde se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO: La Florida 20/03/2015 ADMITIR A TRAMITE: en la vía del proceso UNICO la demanda de Alimentos seguida contra HENRRY GONY RODRIGUEZ CHUAN, concediéndole QUINCE DIAS de término especial,- para que se apersone al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal en caso de incumplimiento. FDO: MARCO ELOY AQUINO CRUZADO Juez Segundo Juzgado Mixto San Miguel Sede La Florida, LATORRE BUSTAMANTE LIZETH S. Secretaria Judicial. La Florida, 23 de septiembre del 2015 Marco E. Aquino Cruzado JUEZ SUPERNUMERARIO 2° JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL LA FLORIDA-CAJAMARCA LIZET LATORRE BUSTAMANTE SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – LA FLORIDA SAN MIGUEL P. 4947070 F.P. 05-06-07 S/. 8.00

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL Exp. 2015-18-C. Juzgado de Paz Letrado de San Pablo, en la solicitud interpuesta por LILIA ADINCHON TANTALEAN, sobre RECTIFICACIÓN DE

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ACTA DE NACIMIENTO, se ha resuelto: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha dieciocho de setiembre del dos mil quince, AUTOS Y VISTOS, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso no contencioso la solicitud interpuesta por LILIA ADINCHON TANTALEAN; sobre Rectificación de Acta de Nacimiento, en la que según se expone: Que en la partida de su menor hijo NOE se ha consignado por error su apellido materno como ADICCHON, debiendo ser lo correcto ADINCHON; asimismo el pre nombre y los apellidos paterno y materno de la madre se le ha consignado en forma errónea como LIDIA ADICCHON TERAN, debiendo ser lo correcto LILIA ADINCHON TANTALEAN. Que en la partida de su menor hija OTILIA se ha consignado por error el pre nombre y el apellido materno de la madre como LIDIA ADINCHON TERAN, debiendo ser lo correcto LILIA ADINCHON TANTALEÁN. Que en la partida de su menor hijo WILDER se ha consignado por error su apellido materno como ADICCHON, debiendo ser lo correcto ADINCHON, asimismo los apellidos paterno y materno de la madre se ha consignado en forma errónea como LIDIA ADICCHON TERAN, debiendo ser lo correcto LILIA ADINCHON TANTALEAN. Firmado por: Dr.- Manuel Enemecio Mozo Honorio Juez del Juzgado de Paz letrado San Pablo; Secretaria Judicial Dra. Betty Mariela Berrios Fernández. San Pablo, 30 de Setiembre del 2015 MANUEL ENEMECIO MOZO HONORIO JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN PABLO Betty Mariela Berrios Fernandez SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN PABLO P. 4948583 F.P. 06 Octubre S/.5.00 EDICTO EXP. N° 910-2015-CI - Quinto Juzgado de Paz Letrado-Civil, en los seguidos por LUIS ALBERTO CHUQUIPOMA LOACES sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° 2: Cajamarca 18/09/2015. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la Partida de Nacimiento de LUIS ALBERTO CHUQUIPOMA LOACES, indicando que se consignen los nombres completos y correctos de sus progenitores como Manuel Chuquipoma Rodríguez y Balbina Mercedes Loaces Barua quien como consecuencia del Acta de Matrimonio cambia su apellido materno de “BARUA” por el de “ CHUQUIPOMA0, siendo el nombre completo y correcto como BALBINA MERCEDES LOACES DE CHUQUIPOMA: PUBLIQUESE en el diario oficial

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“Grupo La República PUBLICACIONES S.A.” de esta localidad, por el lapso de 1 día.- Fdo. Dr. Díaz , Juez y Arribasplata Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4950064 F.P. 06 Octubre S/.4.00 EDICTO EXP. N° 0524 - 2015 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por Juana Martha Espino Castrejón sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN No. TRES: Cajamarca, 24 /08 /15 CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de nacimiento: respecto en el extremo que en el cuerpo de la partida en la sección que corresponde al nombre de su señora madre se ha omitido el primero nombre “MARÍA”; debiendo consignarse completamente este como “MARÍA ALEJANDRINA”; PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” y en el diario Oficial EL PERUANO de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Hamilton Arribasplata. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4950723 F.P. 06 Octubre S/.4.00

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EDICTO JUDICIAL PROCESO CIVIL N° 701-2015, seguido por MARÍA FLORA MIRANDA GUARNIZ, ARMANDINA ELIZABETH ROJAS CAMPOS y CARMEN ROSA MALAVER VELASQUEZ contra MARIANA DEL CARMEN CASTRO JAUREGUI DE CAMACHO y JULIA YOLANDA CASTRO JAUREGUI, representantes de la sucesión de Rosa Angélica Castro Jáuregui, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, en la vía Proceso Abreviado, ante el Primer Juzgado Civil de Cajamarca, en el cual se ha dispuesto mediante Resolución N° UNO de fecha primero de julio del dos mil quince, se publique un extracto de la presente demanda, auto que resuelve lo siguiente: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por MARÍA FLORA MIRANDA GUARNIZ, ARMANDINA ELIZABETH ROJAS CAMPOS y CARMEN ROSA MALAVER VELASQUEZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO; en consecuencia TRASLADO de la demanda y sus anexos a MARIANA DEL CARMEN CASTRO JAUREGUI

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DE CAMACHO y JULIA YOLANDA CASTRO JAUREGUI, representantes de la sucesión de Rosa Angélica Castro Jáuregui por el plazo de DIEZ DIAS hábiles, bajo apercibimiento de Ley; PUBLIQUESE un extracto de la demanda en el diario oficial y en el de mayor circulación por tres veces con intervalo de tres días, conforme lo dispone el Artículo 506 del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE conforme a ley. Roger Mendoza Herrera, Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca. Silvia Marianela Jara Sánchez, Secretaria Judicial. Cajamarca, 15 de Septiembre del 2015 ROGER MENDOZA HERRERA JUEZ PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 4948656 F.P. 06-13-19 Octubre. S/.12.00 EDICTO EXP. N° 2015-88-C.- ante el Juzgado Mixto de Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Maria Alvina Romero Paredes, contra Eva Margarita Villar Centurión sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Se publica lo siguiente: Resolución Número: uno de fecha veintiocho de agosto del dos mil quince se admite a trámite la demanda interpuesta por Maria Alvina Romero Paredes contra Eva Margarita Villar Centurión sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en el Jirón Antonio Raimondi N° 330 del. Sector Pampa Chica, Distrito y Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca. Traslado de la presente, a fin de que quien se considere con derecho se apersone al presente proceso. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el periodo de tres días en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario “La República”, por el termino perentorio de TRES DIAS HABILES CON INTERVALO DE TRES DIAS CADA PUBLICACION. NOTIFICANDOSE.Dra. Edith Margarita Trillo Espinoza. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO Mixto DE CAJABAMBA. Sofía Jannet Torres Requejo. SECRETARIA DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA. Cajabamba, 11 de Setiembre del 2015 Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA Sofia Jannet Torres Requejo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.4924618 F.P. 24-30 Septiembre 06 Octubre S/.12.00

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO EXPEDIENTE 301-2015.- Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por Julia Rosaría Ortiz Llamoga en representación de Segundo Antonio Muñoz Ortiz sobre Sucesión Intestada, se ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCION UNO: Celendín 11 setiembre 2015. AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: Cumplidos los requisitos de procedibilidad, ADMITASE vía proceso No Contencioso la solicitud de Julia Rosana Ortiz Llamoga, sobre Sucesión Intestada, para que se le declare como único y universal heredero de su difunto padre Facundo Muñoz Chávez fallecido el catorce de octubre del año dos mil diez en el Caserío Parapuquio - Celendín; PUBLIQUESE por edictos en los Diarios El Peruano y La República por el plazo de Tres días; Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN – CAJAMARCA MAURO A. CASTRO ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – CELENDIN CAJAMARCA P. 4948151 F.P. 05-06-07 Octubre. S/. 9.00 EDICTO JUDICIAL Exp. 2015-17-C. Juzgado de Paz Letrado de San Pablo, en la solicitud interpuesta por JOSÉ WILSON BECERRA DÍAZ, sobre SUCESIÓN INTESTADA, se ha resuelto: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha dieciocho de setiembre del dos mil quince, AUTOS Y VISTOS, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentado por JOSÉ WILSON BECERRA RIOS sobre Sucesión Intestada de su difunta madre ALFONSINA RIOS HERNANDEZ y se declare como herederos a JOSÉ WILSON BECERRA RIOS y a sus hermanos MARIA DEL CARMEN BECERRA RIOS, JESUS ULISES BECERRA RIOS, NELY YESENIA BECERRA RIOS, LILIAN TERESA BECERRA RIOS, JOSÉ WILSON BECERRA RIOS, CARLOS ENRIQUE BECERRA RIOS, DIOGENES JAVIER BECERRA RIOS Y CRISTOBAL LEONEL BECERRA RIOS en calidad de hijos de la difunta. Firmado por: Dr.- Manuel Enemecio Mozo Honorio Juez del Juzgado de Paz letrado San Pablo; Secretaria Judicial Dra. Betty Mariela Berrios Fernández. San Pablo, 23 de Setiembre del 2015 MANUEL ENEMECIO MOZO HONORIO JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN PABLO Betty Mariela Berrios Fernandez SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN PABLO P. 4948583 F.P. 06 Octubre S/.4.00

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NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EDICTO JUDICIAL PROCESO ABREVIADO Ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca , la Juez DOCTORA CABANILLAS y secretaria FERNÁNDEZ en el Expediente N° 1148-2011,seguido por CABRERA ARANA JUAN ANTONIO con CABRERA RODRÍGUEZ ABASALÓN sobre nulidad de acto jurídico en la vía de proceso de conocimiento; mediante Resolución N° 02 de fecha 12 de setiembre del dos mil once se dispone ADMÍTASE a trámite la demanda postulada por Juan Antonio Cabrera Arana contra Cabrera Rodríguez Absalón y Anuario Cabrera Roncal , sobre nulidad de acto jurídico ; mediante resolución N° treinta y dos de fecha 17 de setiembre del dos mil quince la señora juez DECLARA LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO hasta que la sucesión de ANUARIO CABRERA RONCAL se apersonen al presente proceso , en el esta do que se encuentre , disponiendo se notifique vía edictos a la sucesión de ANUARIO CABRERA RONCAL a través del diario oficial la república por el lapso de 03 días hábiles a fin de que los herederos o los que se crean con legítimo interés , se apersonen al proceso en el lapso de SESENTA DÍAS bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en caso de no hacerlo. Cajamarca, 28 de setiembre del 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 4946245 F.P. 02-05-06 Octubre S/. 12.00 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Marcos - Cajamarca; Expediente N° 028-2015-C, LUZ MERI PAREDES GONZÁLES, interpone demanda a fin de que declare judicialmente el reconocimiento de Unión de Hecho, entre la demandante y el extinto JOSÉ ELADIO URBINA ABANTO, desde el año 1975 hasta el 26 de diciembre del 2012; acción que la dirige contra la sucesión indeterminada de José Eladio Urbina Abanto. Por Resolución N° UNO; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda presentada, en la Vía del proceso de conocimiento; ordenándose la notificación personal de los aparentes sucesores conocidos, y, teniéndose en cuenta que no existe declaratoria de herederos, se ORDENA además la notificación mediante edictos, a fin de que quienes se consideren con derechos, se apersonen al proceso dentro del término de SESENTA DÍAS acreditando su condición, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarse curador procesal; PUBLÍQUESE por TRES DÍAS HÁBILES, en el diario Oficial “El Peruano” y el diario oficial distrital “La República”.

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San Marcos, 15 de Setiembre del 2015. JOSE LUIS MORALES BOÑON JUEZ JUZGADO MIXTO SAN MARCOS RELINDA GALVEZ MEJIA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO SAN MARCOS P.4946288 F.P. 02-05-06 Octubre S/.9.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2009-017-C Seguido por JOSE ANDRES PALOMINO PERALTA Y OTRO contra JORGE FERNANDO POSADAS MENDES sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, ante el Juzgado Mixto San Pablo. RESOLUCION N° SETENTA Y CUATRO San Pablo, veintiuno de setiembre del Año dos mil quince. SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTO. A la sucesora TERESA ZENAIDA POSADAS VILLAR, a fin de que en el plazo de treinta días, a partir de realizada la ultima notificación, se apersone al proceso y fije su domicilio procesal, dentro del radio urbano de esta ciudad de la Provincia de San Pablo, Departamento de Cajamarca; en caso de incumplimiento bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, y continuar con el tramite del proceso, conforme a ley. JUEZ: LUNA CHAVEZ SEC: PALOMINO CASTREJON P.4948224 F.P. 05-06-07 Octubre S/. 9.00 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Guevara, en el Exp. N° 2015-004, seguido por ROSANA SILVA ORTIZ contra ROSA MAVILA CHAVEZ GARCIA Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, vía Conocimiento, mediante Res. N° Dos de fecha tres de marzo del dos mil quince se ha resuelto lo siguiente: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por ROSANA SILVA ORTIZ contra ROSA MAVILA CHAVEZ GARCIA Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO. EMPLACESE a la sucesión de NELIDA MARINA GUERRERO SANCHEZ por tres veces con un intervalo de UN DIA HABIL a fin de que se apersonen al proceso dentro de los TREINTA DÍAS después de efectuada la última publicación de los edictos y absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento. Firmado: Juez QUIROZ BARRANTES y Secretaria: GUEVARA PEÑA FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA GANDHI M. GUEVARA PEÑA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.4948744 F.P. 06-09-13 Octubre. S/. 12.00

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4.EDICTOS PENALES EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2015-48-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendin, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra sobre en agravio de se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte procesal agraviada MARIA ELENA SANCHEZ TANTALEAN y demandado JAVIER PELAEZ SILVA, por el plazo de QUINCE DÍAS, contados desde el día de la última publicación de los edictos dispuestos, para que éste último conteste la demanda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de nombrar Curador Procesal; notificación que se realizará MEDÍANTE EDICTOS con un extracto de la presente resolución y resolución número uno, los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: ADMITASE a trámite la demanda contra JAVIER PELAEZ SILVA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO, en agravio de su ex conviviente MARIA ELENA SANCHEZ TANTALEAN; como pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definitivas y el pago de QUINIENTOS NUEVOS SOLES, por concepto de reparación civil por el daño psicológico ocasionado, a favor de la agraviada; TRAMITESE el presente proceso en la vía procedimental del PROCESO UNICO. TENGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DIAS para que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. TENGASE por comunicadas las medidas de protección dictadas, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciudad a fin de que sea investigado por el delito de Desobediencia a la Autoridad, en caso de incumplimiento por parte del demandado. REQUIRIENDOSELES a dichas partes que concurran al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defensa en el modo y forma de Ley. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 12-2013-18-JIPTEM JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-

PARATORIA DE TEMBLADERA Especialista Judicial: MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ SE NOTIFICA A: WILMER MESTANZA CHUGNAS, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Acusación, en los seguidos contra Luis Alfredo Bardales Tejada y otros, por delito de Hurto Agravado, en agravio de Lucy Marlene Yovera Correa y otros: Resolución N° 05 de fecha 07/09/2015, se resuelve: DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD DE LOS ACTUADOS en la presente causa penal y retrotrayéndose al estado que corresponde REQUIÉRASE previamente a los acusados Luis Alfredo Bardales Tejada, Enrique Cabanillas Castillo y Wilmer Mestanza Chugnas, cumplan previamente con designar en el plazo de veinticuatro horas a un Abogado Defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designárseles a un Abogado Defensor Público de la Provincia de Contumazá a fin de que realice su defensa técnica. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 07 de Setiembre del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 033-2014-JIPTEM JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TEMBLADERA Especialista Judicial: MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ SE NOTIFICA A: C R E Y S I CASTAÑEDA VARGAS, RAQUEL LUCIA CASTAÑEDA VARGAS, VICTOR RAUL CASTAÑEDA MARTOS, JORGE TOMAS HUAMAN RISCO, YOLANDO SANTILLAN ARANA, ELAR ROMERO ARAUJO, MARIA AURORA JARA CRISOLOGO, RONALDO ROMERO ARAUJO, HORTENCIA GUERRA CHACÓN, JOSE ARTEAGA CARRASCO, CRUZ AGAPITO SANCHEZ VÁSQUEZ, ELIGIO ARMAS MEDINA, MERIA FELIPA URBANO URQUIZA, CIRILO ACEBEDO MELON, ABRAHAM MOZOMBITE PEÑA, MARÍA CALDERÓN DÁVILA, JOSE ANTONIO CONDOR MORENO, BRANDO CARRERA TIRADO, EMERSON LEONARDO TIRADO, VICTOR CONDOR MORENO, FLORENTINO MORENO REYES, JULIA TAPIA BUSTAMANTE, CIRILA JULCA ROSAS, OSCAR ESNAIDER CABELLOS VILCHEZ, CESAR TIRADO ARRESTEGUI, SARA SALAZAR BAZÁN, EMERITA PAREDES VALERA, CARLOS VIGO VÁSQUEZ, JENIFER RIQUELME MORENO Y ROSARIO RIQUELME LLASAHAC, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Sobreseimiento, en los seguidos contra Marcos Orlando Leiva Rojas, por delito de Homicidio Culposo por inobservancia de reglas de tránsito y otros, en agravio de Elard Romero Araujo y otros: Resolución N° 12 de fecha 04/09/2015, se resuelve: Declarar fundado el

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requerimiento de Sobreseimiento a favor de Marcos Orlando Leiva Rojas, formulado por el Fiscal Provincial Mixto de Distrito de Tembladera, respecto del delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud en su Figura de Lesiones Culposas Graves, previsto y penado en el Art. 124° cuarto párrafo del Código Penal, en agravio de Creysi Lisbeth Castañeda Vargas y Otros. Archivándose el presente proceso en el modo y forma de Ley. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 04 de Setiembre del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA. Juez Dobbertin. CITA Y EMPLAZA a ANGEL MARTIN ROJAS NUÑEZ, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Terminación Anticipada, en los seguidos contra Segundo Daniel Cadenillas Velásquez, por delito de Homicidio Culposo por Inobservancia de Reglas de Tránsito y Otro, en agravio de Jesús Emperatriz León Valdivia y Otros: Resolución N° 32 de fecha 22/09/2015, se resuelve: citar a las partes procesales para la realización de la AUDIENCIA PRIVADA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA, día 29-10-2015, a las 10:00 a.m. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 22 de Setiembre del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 020-2015-01 RESOLUCION N° SEIS de fecha 24 de septiembre del 2015; SE RESUELVE: 1.- HACER EFECTIVO. el apercibimiento decretado en la resolución número tres, en consecuencia designase al defensor público de esta provincia para que ejerza la defensa del investigado a la cual se le notificara en su domicilio procesal sito en el Jr. José Olaya N° 262 - Contumazá. 2.- NOTIFICAR VIA EDICTO al acusado WILMAR LOJE MEDINA, en los seguidos contra Wilmar Loje Medina, por el delito de Violación Sexual de menor de edad.

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Edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. ,Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. Maria Jesus Amaya Valderrama JUEZ TITULAR Juzgado de Paz Letrado con adición a Funciones del Juzgado de Investigación Preparatoria – Contumaza ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2014-152-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra sobre en agravio de se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO, QUE RESUELVE: CORRASE TRASLADO al demandado AMARANTE RAMOS CHOROCO, por el plazo perentorio de QUINCE DIAS, contados desde el día siguiente de la última publicación de los edictos dispuestos, para que éste último conteste la demanda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de nombrar Curador Procesal, notificación que se realizará MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de la presente resolución y resolución número uno (Admisorio), los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres dias consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: ADMITASE a trámite la demanda contra FELICITAS CHOROCO SAUCEDO Y AMARANTE RAMOS CHOROCO sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FISICO RECIPROCO; contra AMARANTE RAMOS CHOROCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO, en agravio de FELICITAS CHOROCO SAUCEDO; y contra MARIA GLADIS CHUQUIMANGO CHOROCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FISICO, en agravio de AMARANTE RAMOS CHOROCO; como pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definitivas, a favor de los agraviados y el pago de MIL OCHENTA Y CINCO NUEVOS SOLES, por concepto de reparación civil por el daño psicológico ocasionado, por el demandado AMARANTE RAMOS CHOROCO, a favor de la agraviada FELICITAS CHOROCO SAUCEDO; y el pago de TRESCIENTOS NUEVOS SOLES, por concepto de reparación civil por el daño físico ocasionado, por la demandada FELICITAS CHOROCO SAUCEDO, a favor del agraviado AMARANTE RAMOS CHOROCO; TRAMITESE el presente proceso en la vía procedimental del PROCESO UNICO. TENGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican. CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DIAS para que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibi-

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miento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. TENGASE por comunicadas las medidas de protección dictadas, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciudad a fin de que sea investigado por el delito de Desobediencia a la Autoridad, en caso de incumplimiento por parte del demandado. REQUIRIENDOSELES a dichas partes que concurran al Juzgado en el plazo perentorio TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defensa en el modo y forma de Ley. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01271-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: JUAN CARLOS CUEVA GUEVARA Para que tome conocimiento y se ponga a derecho, que mediante se ha dispuesto al imputado con el contenido de la resolución número uno que señala: DADO CUENTA con el escrito presentado por el defensor Público abogado del acusado Juan Carlos Cueva Guevara, mediante el cual absuelve el traslado de la acusación fiscal, apersona al estado del presente proceso y solicita de ser el caso la aplicación del criterio de oportunidad, que antecede, AGREGUESE a los autos y siendo que éste ha sido presentado dentro del plazo de Ley, en consecuencia PÓNGASE a conocimiento de los demás sujetos procesales para su absolución oral en audiencia preliminar y RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional hasta la realización de la misma; TENGASE por SEÑALADO como su domicilio procesal ubicado en el N° en donde se le hará saber con las resoluciones que se emitan por el Juzgado. NOTIFICÁNDOSE.Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CAJAMARCA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Briones Álvarez Exp. 1038-2015-2-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.  CITAR A JUICIO ORAL  en el presente proceso, que se realizará en  ACTO PÚBLICO  el día    TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE,(data dis-

puesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal,  ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Quinto Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra  BENIGNO FRANCISCO TRIGOSO VIGO  como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar.  Bajo apercibimiento de ordenar su conducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01450-2015-0-0601-JR-PE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: HUMBERTO TELLO MICHA Para que tome conocimiento y se ponga a derecho, que mediante se ha dispuesto al imputado con el contenido de la resolución número uno que señala: por lo que estando a las consideraciones anotadas, LA SEÑORA JUEZ QUE SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número uno de fecha siete de setiembre del mismo año; en consecuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica del acusado debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2) CÓRRASE TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales, incluido el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que, de creer conveniente, puedan y de manera fundamentada, pronunciarse sobre las facultades de las partes que se han precisado en el segundo considerando. PRECÍSESE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE, a las partes procesales PRECISANDOSE que el presente proceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Tello Requelme, Pierre Dario. Cajamarca, 28 de Setiembre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01328-2015-0-0601-JR-PE-02

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Se cita y emplaza a: Para que tome conocimiento y se ponga a derecho, que mediante se ha dispuesto a la imputada con el contenido de la resolución número dos que señala: LA SEÑORA JUEZ QUE SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número dos de fecha tres de setiembre del mismo año; en consecuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica de la acusada ANGELICA ISABEL BARRIONUEVO OLIVA, debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2) CÓRRASE TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales, incluido el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse sobre las facultades de las partes que se han precisado en el segundo considerando. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE, a las partes procesales. PRECISANDOSE que el presente proceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Mauricio Barrionuevo, Nila Nicol, Mauricio Barrionuevo, Yasmin Isabel y Mauricio Barrionuevo, Sritt Yamile Cajamarca, 28 de Setiembre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1291-2015 - 0 -0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: ÁLVARO GUEVARA MARINO RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO.- Cajamarca. 12 de agosto del 2015.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de proceso inmediato incoado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra ALVARADO GUEVARA, MARINO, por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina; AGRÉGUESE a los autos. Y, estando a lo prescrito en el artículo 448° del Código Procesal Penal: TRASLÁDESE del requerimiento de proceso inmediato a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, para que de creerlo conveniente, se pronuncie sobre el proceso especial requerido y presente los elementos de convicción pertinentes; y una vez cumplido, DESE CUENTA PARA RESOLVER lo que corresponde. Debiendo para tal efecto, de notificarse a los domicilios proporcionados por la representante del Ministerio Público en su condición de

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titular de la acción penal y conductor de la investigación dese su inicio. NOTIFÍQUESE.SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE CAJAMARCA EDWIN RAFAEL LLANOS MALCA, Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con domicilio procesal en el Jirón Sor Manuela Gil S/N - Urbanización La Alameda de la ciudad de Cajamarca, a usted digo: De conformidad con lo establecido en los artículos 446°1 y 447°2 inciso primero del Código Procesal Penal vigente, recurro a su Juzgado de Investigación Preparatoria, con la finalidad de formular Requerimiento de PROCESO INMEDIATO; en contra de Marino Alvarado Guevara identificado con DNI N° 71042237, en la investigación fiscal que se le sigue como presunto autor del delito contra la seguridad pública - delito de peligro común - en la modalidad de Conducción en estado de ebriedad o drogadicción, previsto en el primer párrafo del artículo 2741 del código penal vigente, en agravio de la sociedad cajamarquina. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1395-2015 - 1-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: MINCHAN TASILLA WHESLEY ALBERTO. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, uno de setiembre del 2015.DADO CUENTA: Que con fecha 31 de agosto del 2015, la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca solicita aplicación del proceso especial de Terminación Anticipada en la investigación que se sigue contra RODRIGUEZ ORTIZ, JHONSON ALEXANDER y VASQUEZ HERRERA, LENIN por la presunta comisión el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado agravio de MINCHAN TASILLA, WHESLEY ALBERTO, adjuntando la respectiva acta de acuerdo provisional firmada por el fiscal, los imputados, y su abogado defensor, y estando a lo previsto en el artículo 468º del Código Procesal Penal; PÓNGASE EN CONOCIMIENTO de todas las partes procesales por el plazo perentorio de CINCO DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones. NOTIFÍQUESE.SOLICITA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA.LUIS MARTIN LINGAN CABRERA, Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con domicilio en el Jr. Sor Manuela Gil s/n, Urbanización La Alameda, Cajamarca, ante Usted expongo: De conformidad con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal

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Penal del 2004, recurro a usted, señor Juez, con la finalidad de requerir fije fecha y hora para la celebración de una Audiencia de Terminación Anticipada -previo traslado de la solicitud a las partes, por el plazo de cinco días, en la investigación seguida contra Lenin Vásquez Herrera y Jhonson Alexander Rodríguez Ortiz, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado (Art. 185, concordante con el artículo 186, primer párrafo, numerales 1 y 5, y articulo 16 del Código Penal-tentativa), en agravio de Whesley Alberto Minchan Tacilla. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1203-2013-4. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número dos (02), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOEL JUAREZ FIGUEROA, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vás quez Plasencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1871-2013-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO Y VEINTE MINUTOS DE LA TARDE,, la misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número dos (02), de la Corte Superior de Justicia de Ca-

jamarca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado WINCLER HUAMURO VALLEJOS, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vásquez Plasencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA. Juez Dobbertin. CITA y EMPLAZA a ERIKA ALVITEZ DIAZ, con la resolución número Veintitrés, de fecha diez de Setiembre del año dos mil quince, en el proceso Exp. N° 01 -2013-00-JIPTEM-CSJ-PJ, Delito LESIONES CULPOSAS GRAVES, imputado Cecilio Aguilar Huamán y otros, para que concurra a la CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN MIXTA, día 30-092015, a las 11:30 a.m. NOTIFÍQUESE.Tembladera, 10 de Setiembre de 2015 Secretaria: Quispe ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1413-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Salazar Campos Gina Yakorí Se cita y emplaza a: CONDOR JAMBO LEONARDO RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, veintinueve de setiembre del 2015.-SE RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha 01-09-2015; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado CONDOR JAMBO, LEONARDO .CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás suje-

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tos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, y pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes Notifíquese.SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA: ERNESTO ENJELBERTO CUEVA HUACCHA, Fiscal Provincial Titular del Cuarto Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con domicilio procesal en el Jirón Sor Manuela Gil S/N - Urbanización La Alameda - Cajamarca, a usted con el debido respeto digo: Con la autoridad que nos confiere el Artículo 159° numerales 1) y 5) de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 11° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el Artículo 336° numeral 4o del Código Procesal Penal, FORMULO REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra LEONARDO CÓNDOR JAMBO por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de sus menores hijos ALEX LEONARDO CÓNDOR SANGAY, MARICARMEN CÓNDOR SANGAY y ALINA ELIZABETH CÓNDOR SANGAY, representados por su señora madre Lilia Beatriz Sangay Mejía; en los términos siguientes EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1464-2015 - 0 -0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Representante Cecia Huamán Ramírez. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Cajamarca, veintinueve de setiembre del 2015.-SE RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha 08-09-2015; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente proceso del acusado ESTRADA AGUILAR, ROGER LEANDRO. CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISANDOSE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presen-

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tadas dentro del plazo de ley. Notifíquese a la agraviada vía edictos.FORMULAACUSACIÓN DIRECTA SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA. JAIME VÁSQUEZ RAMÍREZ, Fiscal Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con domicilio Legal y Procesal en el Jirón Sor Manuela Gil S/N - Urbanización La Alameda - Cajamarca; en la investigación seguida contra ROGER LEANDRO ESTRADA AGUILAR. por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su figura de Omisión A La Asistencia Familiar (ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal), en agravio de su menor hija Qniara Nayely Estrada Huammán representado por su señora madre CECIAHUAMAN RAMÍREZ; a Usted digo: Que, al amparo del Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, inciso 1) del Artículo 60°, Artículo 336° numeral 4 y Artículo 349° del Código Procesal Penal, recurro a su Despacho con la finalidad de FORMULAR ACUSACIÓN contra ROGER LEANDRO ESTRADA AGUILAR por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR (ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal), en agravio de la menor Quiara Nayely Estrada Huamán. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exd. N° 570-2013 - 2 -0601-JR-PE.-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori SAlazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado Sergio Fustamante Quintana Tercero Civil Jorge Britaldo Chiza Cruzado Isidora Ayay Carrasco RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO.Cajamarca- siete de setiembre del 2015.-DADO CUENTA: Con el Oficio N°1815-2015 de fecha 03-09-2015, suscrito por el Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca mediante el cual remite el presente cuaderno de debate para su ejecución: AGREGUESE a los autos; y, siendo el estado del mismo, PROCEDASE con la ejecución de sentencia contenida en la resolución N°07 de fecha 03 de agosto del 2015, en tal sentido, REQUIÉRASE al sentenciado FUSTAMANTE QUINTANA, SERGIO cumpla de manera oportuna con la sentencia de autos, bajo apercibimiento de proceder conforme a lo indicado en la sentencia antes mencionada. PROCEDASE a archivar en forma definitiva los cuaderno adjuntos al presente expediente: N°570-2013-3-0601-JRPE-04, y N°570-2013-0-0601-JR-PE-04; REMÍTASE dichos cuadernos, a la Oficina de Archivo Definitivo de esta

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Corte de Justicia, debiéndose oficiar para dicho fin. Interviniendo la especialista judicial que suscribe por disposición superior. NOTIFIQUESE la presente resolución al domicilio real y procesal del sentenciado. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01177-2015-0-0601-JR-PE-02 Especialista: Se cita y emplaza a: Para que tome conocimiento y se ponga a derecho, que mediante se ha dispuesto al imputado con el contenido de la resolución número tres que señala: con el estado actual del presente proceso y de la revisión del mismo se advierte que hasta la fecha y pese al tiempo transcurrido no ha sido devuelta la constancia de notificación de la cédula dirigida al domicilio real del investigado Luis Castope Gallardo, de quien se desconoce su paradero actual con lo cual se estaría dilatando innecesariamente el trámite del presente proceso, por lo que, a fin de no recortar su derecho de defensa, debe notificarse vía edictos en el diario oficial de la Corte Superior, asimismo, éste no contaría con un abogado defensor que ejerza su defensa técnica en el presente proceso, a correr traslado con el requerimiento acusatorio, a éste para que en el plazo de con designar abogado defensor de su libre elección, en caso de inconcurrencia, debiendo para tal efecto, ser notificado en el Diario Oficial La República, por el lapso de conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal. con tal fin. Sin perjuicio de ello, al Coordinador de la Central de Notificaciones de ésta sede Judicial en el con sobre el estado de la indicada cédula de notificación y si se ha realizado el seguimiento respectivo, Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Expediente: Nro.16422015-0-0601-JR-PE-01a Juzgado : Primer Juzgado De Investigación Preparatoria De Cajamarca Juez: Dra. Elizabeth Arias Quispe Especialista: Ydael Cerna Limay Se emplaza a: ADRIAN ALONSO RAMOS BALLENA por la presunta comisión del delito de Conducción En Estado De Ebriedad en agravio de La Sociedad, con la mediante el cual se le REQUIERE cumpla en el plazo de DOS DÍAS de notificado, con DESIGNAR abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento que se designe defensor público en caso de incumplimiento. Debiendo para tal efecto ser notificado vía edictos en el Diario Oficial “La República”, por el lapso de dos días hábiles consecu-

tivos. Cajamarca, 29 de setiembre del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 06-07 Octubre EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 0085-2008-F JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TACABAMBA - CHOTA SECRETARIA: KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO. Se emplaza a EVER HERRERA BUSTAMANTE, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, con la resolución número CATORCE, (remite copias al Ministerio Público) en la cual se RESUELVE: REMITIR copias certificadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Mixta de Tacabamba, a fin de que cumpla con denunciar penalmente al demandado, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, conforme lo prescribe el articulo 566 - A del Código Procesal Civil, por la suma de SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO NUEVOS SOLES CON CERO CENTIMOS; monto de dinero que adeuda el demandado a favor de la demandante TERESA JESUS GARCIA CAMPOS sobre alimentos. Tacabamba, 24 de setiembre de 2015. Abg. JOSE MANUEL E. CORREA DIAZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA F.P. 06-07-09 Octubre EDICTO PENAL EXP. Nro. : 101 -2015 (144 -2015-JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: JAVIER JESUS CRUZ CRUZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al procesado, JAVIER JESUS CRUZ CRUZ, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Jesús Abrahan Cruz Armas.Cajabamba, 25 de Setiembre del 2015. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 06-07-09 Octubre EDICTO PENAL EXP. Nro. : 31 -2015 (106 -2015-JUP) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA : LUISA DANNY PAREDES LOAYZA SE CITA Y EMPLAZA A: CESAR ANTONIO MARQUINA VEGA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al procesado, CESAR ANTONIO MARQUINA VEGA, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Katherine Giulana Marquina Rodríguez y otra.Cajabamba, 25 de Setiembre del 2015. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 06-07-09 Octubre EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CELENDIN. Especialista Judicial: Jhoana Cindy Paola López Zegarra. Se cita y se emplaza al siguiente procesado CASTINALDO AGUIRRE GALVEZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, NOMBRANDO SU ABOGADO DEFENSOR EN EL PLAZO DE 24 HORAS, bajo Apercibimiento de nombrase a un integrante de la Defensa Pública de esta Ciudad, asimismo para que en el plazo de Diez días del Requerimiento de Acusación, presente los fines que estime pertinente; dentro del Exp N° 34-2014-0-060301-JIP-CEL, en los seguidos contra: CASTINALDO AGUIRRE GÁLVEZ, por el presunto delito de DAÑOS AGRAVADOS y TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, en agravio de MUNICIPALIDAD DE HUSAMÍN. Celendin,01 de Octubre del 2015. EDWIN S. CHACON NUÑEZ JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PRAPARATORIA CELEDIN F.P. 06-07-09 Octubre