El concepto de gobierno El gobierno constituye el centro desde el
cual se ejerce el poder político sobre una sociedad.
Existen tres concepciones: 1. El gobierno como conjunto de actores 2. El gobierno como conjunto de funciones 3. El gobierno como conjunto de instituciones
El gobierno como conjunto de actores En esta perspectiva el foco está puesto en el
conjunto de personas que ejercen el poder político y, en consecuencia, determinan la orientación política de una sociedad. Para ello, sin embargo, parece más apropiado emplear la expresión “gobernantes”. En tanto actores, el gobierno (los gobernantes) se refiere a los miembros de un determinado poder: el ejecutivo.
El gobierno como conjunto de funciones La función básica del gobierno es tomar
decisiones políticas, es decir, decisiones vinculantes para todos los miembros de la comunidad, cuya obligatoriedad está, en última instancia, garantizada por la amenaza o el uso de la violencia física legítimamente monopolizada por el Estado. La toma de decisiones es la función típica del gobierno, mientras que la administración (implementación) es asignada a un conjunto de funcionarios profesionales que conforman la burocracia pública.
El conjunto como conjunto de instituciones Según Leonardo Morlino, el sistema político está
compuesto por tres elementos centrales:
1. En primer lugar la comunidad política, esto es, el
conjunto de individuos activos, organizados o no que componen un sistema político dado 2. En segundo lugar el régimen político, esto es, el conjunto de instituciones que da soporte al sistema político (y sobre el que centraremos el análisis) y , finalmente, 3. Las autoridades, esto es, los titulares de roles con autoridad, lo que remite al tema de los gobernantes y aclara el carácter objetivo de su poder.
El régimen político Determina los siguientes elementos:
a. Un conjunto de estructurasde autoridad encargadas de: 1.Tomar decisiones 2. Implementar las decisiones b. Un conjunto de normas y procedimientos y reglas de juego que determinan: 1. La forma de elección o designación de las personas que ocupan las estructuras de autoridad. 2. Los mecanismos a través de los que se toman e implementan las decisiones. 3. La forma en que se interrelacionan las diferentes estructuras de autoridad. 4. La forma en que se relacionan las estructuras de autoridad con la comunidad c. Las ideologías, valores y creencias en las estructuras, normas y procedimientos del régimen, es decir, los valores dominantes que se encuentran institucionalizados y que legitiman al régimen político.
¿Cuáles son las estructuras de toma de decisiones que forman el gobierno? Hay dos perspectivas básicas: 1. En la primera, el término gobierno designa al
conjunto de las estructuras de toma de decisiones. Se habla del “gobierno en sentido amplio” o “las instituciones de gobierno”. 2. En la segunda, el término gobierno designa a un órgano particular de las estructuras de toma de decisiones y más específicamente, lo que el pensamiento liberal ha denominado como poder ejecutivo. Se habla de “gobierno en sentido estricto” o “el gobierno”.
Pensamiento clásico griego: Aristóteles Monarquía: Poder ostentado por un individuo (rey, emperador, zar, etc.). El monarca es el Estado y sus súbditos le obedecen. Aristocracia: Poder ostentado por un pequeño sector de la población. Democracia: Poder ostentado por todo el pueblo (democracia directa).
Puro (perfecto) Monarquía Aristocracia Democracia
Impuro (degradación) Tiranía Oligarquía Demagogia
Del Espíritu de las Leyes. Montesquieu (1748). – Monarquía – Despotismo – República: • Aristocracia • Democracia
Monarquía Características: Jefe de Estado: Un individuo con protagonismo central Sucesión vitalicia:
Hereditaria Elección por el monarca (cooptación) Elección del monarca De facto (de hecho), p. ej. golpe de gobierno
Forma de monarquía Absoluta (absolutismo): Monarca con
poder absoluto, p. ej. Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos. Semiconstitucional: El monarca tiene atribuciones sobre la constitución, p. ej. Bahrein, Marruecos, Mónaco. Constitucional o parlamentaria: La constitución regula las funciones del monarca (jefe del Estado). Un parlamento elige los ministros y al primer ministro o presidente (jefe del gobierno), p. ej. Reino Unido, España.
Distribución de formas monárquicas
Verde: Constitucional Rojo: Absoluta Naranja: Semiconsticional Fucsia: Monarquías subestatales
República Del latín Res publica “la cosa pública”. Características: División del poder Imperio de la ley (constitucionalidad) Igualdad jurídica (ante las leyes) y el “bien común” Democracia indirecta Jefe de Estado: Cabeza de gobierno (ejecutivo) Sucesión periódica o vitalicia: Elección popular (sufragio universal) Elección parlamentaria De facto (de hecho), p. ej. golpe de gobierno
Forma de república Presidencialista: El jefe del Estado (ejecutivo)
asume dicho cargo público. p ej. Colombia, Venezuela, EEUU. Semipresidencialista: El primer ministro es el jefe del gobierno y el presidente jefe del Estado, p. ej. Haití, Francia. Unipartidista: En los estados existe un único partido político con la facultad de acceder al poder y su estructura es ensimisma la del gobierno, p. ej. Cuba, China, Corea del Norte. Parlamentaria: El parlamento designa un Primer Ministro y un presidente (como decoración), p. ej. Israel, Alemania, Italia, Trinidad y Tobago.
Distribución de las formas republicanas
Rojo: Presidencial Verde claro: Semipresidencial Verde oscuro: Parlamentaria Naranja: Presidencial compartida entre el ejecutivo y el parlamento Marrón: Unipartidista
Contexto republicano República no es igual a democracia. Aparecen mayoritariamente entre los s. XIX y XX
resultado de independencias Es opuesta y rechaza al régimen monárquico. El legislativo se compone por un Congreso o Asamblea Nacional. En algunos casos se les llama Parlamentos. La democracia (indirecta) se limita a oligarquías (algunas plutocráticas) y dictaduras. Algunas repúblicas no poseen constituciones escritas, p. ej. Israel, Libia. El totalitarismo y autoritarismo no son exclusivos de dictaduras, también de democracia.
Los sistemas de gobierno En la actualidad encontramos 3 sistemas de
gobierno democráticos
1. El parlamentarismo
2. El presidencialismo 3. El semipresidencialismo
Sistemas de gobierno del mundo
Azul — Sistema presidencial Verde — Sistema presidencial que Rojo — Monarquía parlamentaria comparte el poder ejecutivo con el Magenta — Monarquía constitucional Parlamento Morado — Monarquía absoluta Amarillo — Sistema semipresidencial Café — Sistema unipartidista Naranjado — Sistema parlamentario Oliva — Dictadura militar
Elementos versus sistemas Elementos / Tipos
Presidencialista
Elecciones directas del jefe de Gobierno
x
Elecciones mediante el Parlamento Jefe de Estado es jefe de Gobierno
Parlamentaria
Semipresidencial
x x
x
x
Primer Ministro es jefe de Gobierno
x
x
Censura al Jefe de Gobierno
x
x
Presidencialismo Revolución e independencia del Imperio Británico
de 1776 Estado conformado en la Constitución de 1789 El primer intento de gobierno confederado fracasa, por la falta de un gobierno fuerte. Buscando la estabilidad y la eficacia para dirigir el sistema federal crean el sistema presidencial: Una persona legitimada por las elecciones con amplio poderes y capacidad de decisión. Bien delimitadas para evitar gobiernos autoritario. Por ejemplo: Limitando la reelección
Presidencialismo Estados Unidos, América Latina. a) El Presidente es electo popularmente; b) No puede ser despedido del cargo por una votación del Parlamento o Congreso durante su periodo pre-establecido, y c) Encabeza o dirige de alguna forma el gobierno que designa. Males: Sistema de partidos débiles Separación de poderes que alterna la buena gobernanza
Países presidencialistas África •
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Benín Botsuana Burkina Faso Burundi Camerún Chad Comoras Costa de Marfil Gabón Gambia Ghana Guinea Guinea-Bissau Guinea Ecuatorial Kenia Liberia Madagascar Malawi Malí Mauritania Mozambique Namibia Níger Nigeria Rep. Centroafricana Rep. Dem. del Congo Rep. del Congo Ruanda Senegal
• •
• • • • • • • •
Seychelles Sierra Leona Sudán Tanzania Togo Túnez Uganda Yibuti Zambia Zimbabue
América • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Argentina Bolivia Brasil Chile Colombia Costa Rica El Salvador Ecuador Estados Unidos Guatemala Honduras México Nicaragua Panamá Paraguay Perú República Dominicana Surinam Uruguay
•
Venezuela
Asia • • • • • • • •
• • • • •
Afganistán Armenia Azerbaiyán Corea del Sur Filipinas Georgia Indonesia Kazajistán Kirguistán Maldivas Tayikistán Turkmenistán Uzbekistán
Europa • • • •
Bielorrusia Chipre Montenegro Serbia
Oceanía • • • •
•
Kiribati Islas Marshall Micronesia Nauru Palau
La experiencia latinoamericana En A.L. se encuentran la mayoría de los
sistemas presidenciales. Impresionante historial de inestabilidad y fragilidad. Las dificultados del gobierno presidencial están relacionadas, y son poderosamente intensificadas, por el estancamiento económico, las fragrantes desigualdades y las herencias socioculturales.
No obstante, lo que prevalece actualmente es
disminuir el poder presidencial, porque se considera, equivocadamente, que las pasadas dictaduras son resultado de su poderío. El problema reside en la separación de poderes mantiene a los presidencialismos de A.L. en una inestable oscilación entre abuso de poder y la falta del mismo.
Mainwaring: “la mayoría de los presidentes latinoamericanos
enfrentan fuertes problemas para cumplir sus programas de campaña. Han tenido todo el poder para iniciar las acciones políticas, pero les ha sido muy difícil obtener apoyo para ejecutarlas” La mayoría de los presidentes latinoamericanos tienen más poder que el presidente de los EE.UU. vetar secciones de leyes, gobernar por decretos, amplios poderes de emergencia.
Juan Linz: la solución no es mejorar el presidencialismo
sino eliminarlo del todo y adoptar una forma parlamentaria de gobierno. Los sistemas presidenciales son rígidos; los parlamentarios son flexibles la flexibilidad reduce al mínimo los riesgos. El parlamentarismo está menos expuesto los riesgos a causa de sus propios mecanismos autocorrectores. Los sistemas presidenciales no pueden manejar las crisis importantes.
Sartori: Una de las alternativas al presidencialismos
es el semipresidencialismo; Linz no explica de manera convincente por qué y cómo el cambio al parlamentarismo resolvería los problemas de gobernabilidad en A.L
El parlamentarismo Este régimen se origino en Inglaterra en el
año de 1689, y se expandió a lo largo de toda Europa. Bélgica en el año 1831 y Francia a partir de 1833. Mas adelante se dan otros casos de monarquías que recurrieron al régimen parlamentario. Por Ej. la republica de Weimar, en Alemania, el de la tercera republica, en Francia, entre los años 1875 y 1940.
PARLAMENTARISMO Es un mecanismo en el que la elección del gobierno (ejecutivo) emana del parlamento (legislativo) y es responsables políticamente ante éste 1, el parlamento era una asamblea popular elegida por los ciudadanos en igualdad de condiciones y que gozaba de todos los poderes del estado, sin que fuera posible violentar su autonomía. 2, lo que hoy conocemos como poder ejecutivo estaba sometido plenamente a la asamblea. 3, el parlamento solo podía ser disuelto por el propio pueblo que lo había elegido. El triunfo del parlamentarismo ocurre con la revolución gloriosa de 1688, a partir del cual el reino unido aplico el mismo de manera integral.
La difusión del parlamentarismo En el continente Europeo se habrá de esperar
hasta la revolución Francesa para que se vislumbre un modelo de representación democrático-parlamentario similar, que indisolublemente va unido a la división de poderes formulada por montesquieu.
Parlamentarismo Estructura del Poder Ejecutivo: Colegiado Elección del Jefe de Gobierno Duración del Jefe de Gobierno en su cargo Elección del poder legislativo
Tipos de parlamentarismo a) Un primero por encima de sus desiguales (UK, Nueva Zelanda) b) Un primero entre desiguales (Alemania, España) c) Un primero entre iguales (III, IV Francia, Holanda, Israel)
Repúblicas Parlamentarias África
• Mauricio
Europa
• • América • • Dominica • Trinidad y Tobago • • Asia • • Bangladés • • Etiopía • • India • • Iraq • • Israel • • Singapur • • Timor Oriental • • Turquía
Albania Alemania Austria Bulgaria Croacia Eslovaquia Eslovenia Estonia Finlandia Grecia Hungría Irlanda Islandia
• • • • • • • •
Italia Letonia Lituania Macedonia Malta Polonia República Checa Suiza
Oceanía
• Fiyi • Vanuatu
Monarquías parlamentarias África • Lesoth Asia • Camboya • Japón • Malasia • Tailandia Europa • Andorra • Bélgica
Dinamarca España Luxemburgo Noruega Países Bajos Suecia Oceanía • Samoa • • • • • •
Comunidad Británica de Naciones América • Antigua y Barbuda • Bahamas • Barbados • Belice • Canadá • Granada • Jamaica • San Cristóbal y Nieve • Santa Lucía • San Vicente y las Granadinas
Europa • Reino Unido Oceanía • Australia • Nueva Zelanda • Papúa Nueva Guinea • Islas Salomón • Tuvalu
Semipresidencialismo Francia, Finlandia, Portugal • Separación de poderes, dualidad • Elección directa del Presidente • El primer ministro y su gabinete dependen del
Parlamento • El presidente es independiente, pero ser canalizada y procesada por medio de su gobierno.
La definición de los Sistemas Semipresidenciales Características (Sartori):
El Jefe de Estado (presidente) es elegido por voto popular para una periodo predeterminado. El Jefe de Estado comparte el poder Ejecutivo con un primer ministro. Estructura de autoridad dual cuyos 3 criterios definitorios son: El presidente es independiente del Parlamento, pero no se le permite gobernar solo o directamente su voluntad debe ser canalizada y procesada por medio de su gobierno. El primer ministro y su gabinete son independientes del presidente; dependen del Parlamento están sujetos a votos de confianza y/o censura, y requieren mayoría parlamentaria. La estructura de autoridad dual permite balances de poder así como predominios de poder variables dentro del Ejecutivo.
Semipresidencialismo … el semipresidencialismo francés ha evolucionado hasta convenirse en un verdadero sistema mixto basado en una estructura flexible de autoridad dual, es decir, un Ejecutivo bicéfalo, cuya “primera cabeza” cambia (oscila) cuando cambian las combinaciones de la mayoría (parlamentaria).
Países semipresidencialistas África
América
Argelia • Guyana Angola • Haití Cabo Verde Asia Egipto • Yemen Sahara • Líbano Occidental • Mongolia • Santo Tomé y • Pakistán Príncipe • Palestina • Sudáfrica • Sri Lanka • Taiwán • • • • •
Europa
• Bosnia • • • • • • •
Herzegovina Francia Moldavia Rumania Rusia San Marino Ucrania Portugal
Formas de Estado a) Estado Unitario o Centralizado b) Estado Federal c) Estado autonómico d) Confederación o Estado Confederado e) Estado Supranacional
Estado Unitario o Centralizado Características: Primera forma que asume el estado como organización
centralizada del poder. Su territorio es una sola entidad consolidada y el poder se ejerce desde un centro único. Cualquier división administrativa es elegida por el centro. Cuenta con una sola constitución que rige a todo el territorio. La soberanía es una sola y se ejerce por los órganos centrales (Un sólo poder legislativo, Ejecutivo y Judicial para todo el territorio) Por lo general el poder legislativo es unicameral, en algunos casos es bicameral pero la segunda cámara no representa la voluntad de las partes en que administrativamente se divide el Territorio.
Clasificación a) ESTADO UNITARIO CENTRALIZADO
Es aquel estado unitario que se basa en una total unicidad política superpuesta a una total unificación administrativa de tipo jerárquico piramidal. Todas las decisiones derivadas del ejercicio del poder político se derivan, en última instancia del poder central. Puede ser: a) Desconcentrado b) Descentralizado
Países unitarios
b) ESTADO FEDERAL Estado compuesto de otros estados que no pierden su identidad. En el estado federal coexisten dos soberanías Hay en estos Estados dos ámbitos Jurídicos, el Federal y el cada Estado Federado. Es necesaria la existencia de una segunda cámara y una constitución escrita Los Estados Federados cuentan con un poder originario no delegado por la federación. Ejemplos: México; Estados Unidos de Norteamérica.
Estados Federales
El federalismo belga El federalismo belga es el federalismo aplicado
en Bélgica desde las reformas institucionales de 1970. Se trata de un sistema federal que ha tomado una forma específica con dos entidades federales, las Comunidades y las Regiones, comparten las competencias públicas con el Estado federal. Este federalismo presenta ciertas características confederales , como las dobles mayorías requeridas para los cambios constitucionales o la concepción de las normas de igualdad de peso que pone a las entidades federales en igualdad con el Estado federal.
El federalismo belga
c) Estado Autonómico o regional Surgen del Estado unitario o central. La descentralización del Poder Político con que cuentan los acerca al estado federal. Sus entidades autónomas no forman parte de estados preexistentes. Las atribuciones de las entidades autónomas deviene de un traslado de facultades del poder central. Las entidades autónomas no están dotadas de soberanía propia. Se producen dos ordenes jurídicos el del Estado Nacional y el de las comunidades autónomas Ejemplos: Italia y España; Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d) Estado Confederado o Confederación Conformados por la unión de varios Estados independientes
que conservan plenamente su autonomía. El objetivo es proponerse ciertos propósitos comunes sin intención de configurar una entidad política distinta y superior. No hay Una Constitución propia, ni órganos centrales a los cuales se les transfieran poderes soberanos. No hay orden jurídico aplicable a todos los estados confederados. Esta unión se formaliza a través de tratados Internacionales Pueden crearse órganos para tomar decisiones por parte de los estados confederados sin poder electoral propio. Ejemplo: Confederación Peruano Boliviana (CPB)
Confederaciones
Antigua Confederación Suiza (1291–1798) Confederación Alemana del Norte (1867–1871) Confederación Argentina (1835-1862) Confederación de Canadá Confederación de Centroamérica (1842) Confederación del Ecuador (1824) Confederación del Rin (1806–1813) Confederación Gaya (42–532) Confederación Germánica (1815–1866) Confederación Granadina (1858–1863) Confederación Maratha (1674–1818) Confederación Perú-Boliviana (1836–1839) Estados Confederados de América (1861–1865) Federación Árabe de Irak y Jordania (1958) Federación de Repúblicas Árabes (1972–1977) Irlanda confederada 1642–1651 Reino de Dinamarca y Noruega (1536–1814) República Árabe Unida (1958–1961) República de las Dos Naciones (1569–1795) Senegambia (1982-1989) Serbia y Montenegro (2002-2006) Unión de Kalmar (1397–1523) (confederadas en unión personal) Unión entre Suecia y Noruega (1814–1905)
Estados Confederados La Confederación
Argentina fue una confederación de Provincias que existió entre 1835 y 1852, durante la organización de la actual República Argentina. Las provincias formaron una confederación de estados soberanos que delegaban la representación exterior y algunos otros poderes en el gobierno de una de ellas.
Estados confederados Los Estados Confederados de América,
también llamados La Confederación y Estados Confederados, fue un país formado por los once estados meridionales que se separaron de los Estados Unidos de América entre 1861 y 1865.
e) Estado
Surge a partir de la formación de la Comunidad Económica Europea. Está conformada por 27 países. Tiene rasgos tanto de federación como de confederación Se produce mediante Tratados Internacionales Existe un Traslado de Soberanía a ciertos Órganos centrales Hay un órgano el “Parlamento Europeo”, que tiene un origen electoral propio Cuenta con un orden jurídico de varios niveles Existen órganos que ejercen atribuciones ejecutivas, legislativas y judiciales. Los órganos legislativos producen directivas de naturaleza obligatoria no sólo para los estados miembros, sino también de manera directa para sus habitantes. La función electoral es de tipo bicameral, a diferencia de las federaciones en la segunda cámara hay representación de los estados miembros, y el peso de cada uno de ellos se representa de acuerdo con el número de pobladores, y para las determinaciones se requiere mayorías calificadas.
Unión Europea
1. El proceso de creación de la Unión Europea 1951: CECA (intercambio carbón-acero) Alemania
Francia
libre circulación personas, mercancías…
Italia Bélgica
Países Bajos
1957: Tratado de Roma (crea la CEE) Objetivo: unión aduanera,
1986: Acta Única Europea (cohesión económica y social) Objetivo: desarrollo equilibrado de todos los estados…
Luxemburgo 1992: Tratado de Maastricht (la CEE se llama ya UNIÓN EUROPEA) Objetivo: unión Económica y monetaria - el euro (1999)
El proceso de creación de la U.E. 1.2. La Unión Europea
1992: Tratado de Maastricht (la CEE se llama ya UNIÓN EUROPEA) Objetivo: unión Económica y monetaria
Moneda única (1999,2002)
Elecciones al parlamento europeo Nuevos derechos (permisos trabajo) Política solidaria con estados menos desarrollados
Características
Política Defensa común Política exterior
Objetivos de la Unión Europea
Impulso progreso económico y social Afirmación identidad europea (participación en los problemas comunes)
Implantación de ciudadanía europea (derechos y deberes) Espacio de libertad,seguridad y justicia Mantenimiento y desarrollo del Objetivos de la UE sentido comunitario
Los 27 miembros de la UE
Otros países europeos pero no miembros de la UE
Las instituciones de la UE Son organizaciones supranacionales (se hallan por encima de los estados)
Consejo europeo Consejo de Ministros
Jefes de Gobierno y sus Ministros de AA.EE. Ministros de AA.EE.
Según los temas puede ir el de Educación, trabajo…
Parlamento europeo
Elegidos por sufragio universal. Cada estado elige a sus eurodiputados
Comisión Europea
Formada por el Presidente y los Comisarios. Elegidos para 4 años
El tribunal de Justicia
Función judicial. Garantiza el cumplimiento de las leyes
El defensor del pueblo
Otras Instituciones
Defiende a los ciudadanos que se consideran mal tratados por alguna Institución de
la UE.
Tribunal de cuentas y
Banco Europeo de Inversiones
Define líneas de actuación. Máximo órgano político toman las decisiones más importantes. Unanimidad o mayoría. Nº votos depende de nº hab. Función legislativa. Aprueba los presupuestos
Controla al consejo de Ministros y a la Comisión Europea Función ejecutiva. Elabora los presupuestos de UE. Un juez de cada estado miembro. El ciudadano puede ser atendido aquí. Elegidos cada 5 años
MUCHAS GRACIAS!