VIII Contenido informe especial Preguntas y Respuestas
El Contrato de Franquicia
...............................................................................................................................................................................
.................................................................................................................................................................................................................................................
VIII-1
VIII-2
“El contrato de franquicia es aquel por el cual una empresa denominada franquiciante concede a otra, llamada franquiciado, una licencia que le permite realizar la explotación de un negocio en un determinado territorio, tal como lo haría el propio franquiciante, dotándolo para tal efecto de los conocimientos, bienes y derechos necesarios para poner el negocio en marcha, a cambio del pago de una regalía que suele estar fijada como un porcentaje sobre las ventas.”
1. Introducción El crecimiento de un negocio está directamente vinculado con la capacidad de dicho negocio para abarcar nuevos mercados en los cuales pueda colocar sus productos o servicios. En un mundo globalizado como el nuestro, los mercados son cada vez más amplios y las empresas no pueden limitarse únicamente a la localidad geográfica en la que tienen su sede, sino que deben proyectarse a mercados internacionales. Para lograr esta ampliación de mercados, existen diversas figuras comerciales que permiten a una empresa colocar sus productos o servicios en otros territorios, tales como el contrato de distribución o el contrato de concesión comercial. En el presente informe trataremos el tema del contrato de franquicia, una de las formas más utilizadas por las empresas para ampliar la cobertura de sus negocios y que cada vez más se viene aplicando en nuestro país.
2. Marco legal El contrato de franquicia es un contrato atípico, es decir, no cuenta con una regulación propia en la legislación peruana. Sin embargo, le son de aplicación las disposiciones generales previstas en el Código Civil para cualquier contrato en materia de acto jurídico, obligaciones y contratos.
3. Definición El contrato de franquicia tuvo su origen en los Estados Unidos, a partir de 1850, N.° 157
Segunda Quincena - Abril 2008
como un mecanismo de distribución para la colocación de productos en distintos estados. A pesar de su antigüedad y su gran difusión, sigue siendo difícil establecer una definición unívoca del contrato de franquicia, al punto que muchos autores sostienen opiniones distintas sobre los rasgos característicos de esta operación. Consideramos que el contrato de franquicia es aquel por el cual una empresa denominada franquiciante, concede a otra, llamada franquiciado, una licencia que le permite realizar la explotación de un negocio en un determinado territorio, tal como lo haría el propio franquiciante, dotándolo para tal efecto de los conocimientos, bienes y derechos necesarios para poner el negocio en marcha, a cambio del pago de una regalía que suele estar fijada como un porcentaje sobre las ventas. Resulta claro, entonces, que el contrato de franquicia constituye un esquema de comercialización sumamente beneficioso para el franquiciante y para el franquiciado, según lo veremos más adelante cuando analicemos las ventajas para cada uno de ellos. Pero, además, el contrato de franquicia ofrece ventajas también para los consumidores, pues esta nueva figura contractual representa un medio por el que los productos o servicios del franquiciante pueden llegar a consumidores de otros territorios distintos al de su origen, a precios menores que los que tendría que aplicar si tuviera que implementar toda la unidad de negocio por él mismo.
Se trata pues de una figura muy compleja, que encierra en un solo gran contrato distintas prestaciones que constituyen el objeto de otros contratos más simples, como la concesión comercial, la licencia de marca, suministro, distribución, entre otros.
Informe Especial
El Contrato de Franquicia
4. Caracteres jurídicos El contrato de franquicia se caracteriza por una serie de factores jurídicos, los cuales detallamos a continuación: • Es un contrato complejo, pues, como ya hemos señalado, se trata de una operación en la que se ven involucradas varias relaciones o prestaciones, tales como las licencias de signos distintivos, el know-how, suministros, etc. • Es un contrato atípico. Tal como hemos manifestado, el contrato de franquicia no tiene una regulación propia en la legislación peruana. • Es un contrato principal. Se le considera principal en la medida que no es una operación que dependa de otras. En realidad, pueden existir operaciones que dependan de la franquicia, como garantías u otros contratos accesorios. • Es de prestaciones recíprocas. Se trata de un contrato en el que existen prestaciones a cargo de ambas partes. • Es oneroso. Se le considera oneroso porque cada una de las partes debe ejecutar una prestación a cambio de la cual recibirán otra prestación. • Es de duración y ejecución continuada. Como muchas relaciones comerciales, el contrato de franquicia Actualidad Empresarial
VIII-1
VIII
Informe Especial
está considerado como una figura de duración prolongada, pues los niveles de inversión en los que incurren ambas partes ameritan que el contrato deba permanecer vigente un largo tiempo. Aunque como veremos después, existe un inconveniente en la aplicación de las normas sobre contratos del Código Civil. • Es consensual. Al ser un contrato atípico, el contrato de franquicia no está sujeto a una formalidad para su celebración, pudiendo realizarse de manera verbal inclusive. Aunque por su complejidad, definitivamente se recomienda que exista al menos un sustento escrito.
5. Derechos y obligaciones El doctor Mas Arias Schreiber ha identificado los siguientes derechos y obligaciones de las partes del contrato de franquicia: 5.1 Derechos del franquiciante • Exigir el pago del derecho de entrada y de la regalía periódica pactada. • Controlar el manejo de las marcas y otros signos distintivos. • Exigir al franquiciado el cumplimiento de las instrucciones para la operación del negocio. • Acceso a la documentación del franquiciado para tener un control sobre las ventas y stock, de tal manera que pueda corroborar el adecuado cumplimiento en el pago de las regalías. 5.2 Obligaciones del franquiciante • Proporcionar el know-how, marcas, patentes y demás elementos necesarios para la puesta en marcha del negocio. “Contratos Modernos”. Max Arias-Schreiber Pezet. Gaceta Jurídica. Lima-1999.
• No intervenir en la administración de la empresa del franquiciado. • Respetar la política de precios pactada. • Suministrar los productos o insumos a tiempo, de tal manera que el franquiciado mantenga un stock adecuado. • Respetar el derecho de exclusividad. • Invertir en el mantenimiento de la tecnología necesaria para el negocio. 5.3 Derechos del franquiciado • Recibir del franquiciante los productos o insumos necesarios para el adecuado funcionamiento de la unidad de negocio. • Exigir la preparación y capacitación técnica requerida para el negocio. • Derecho de exclusividad, de acuerdo a lo pactado. 5.4 Obligaciones del franquiciado • Efectuar el pago del derecho de entrada y las cuotas periódicas. • No hacer uso indebido de los derechos de propiedad industrial licenciados. • Coordinación estrecha con el franquiciante. • Brindar las facilidades para que el franquiciante fiscalice el negocio. • Respetar las políticas de calidad, precio, atención al cliente y demás establecidas por el franquiciante.
no posee una regulación específica en la legislación peruana. Sin embargo, le son de aplicación las disposiciones del Código Civil en materia de contratos, que son comunes a todos los contratos que se celebran bajo el ordenamiento jurídico peruano. Así, se le aplicaría también la disposición contenida en el artículo 1365 del Código Civil, referido a la terminación de los contratos con plazo indefinido. Según este artículo, cuando el contrato se celebra a plazo indefinido cualquiera de las partes le puede poner fin unilateralmente, bastando que remita una comunicación a la otra parte con una anticipación no menor de treinta días. Podría ocurrir, entonces, que un franquiciante dé por terminado el contrato de franquicia con uno de sus franquiciados, dándole únicamente un preaviso de treinta días, aun cuando el franquiciado pueda haber realizado una inversión considerable para poner en marcha la unidad de negocio. Se trata, pues, de una situación muy perjudicial y que no resulta coherente con una figura contractual que, por naturaleza, es de duración prolongada. Hasta que una disposición como la del artículo 1365 no sea modificada, es recomendable que todo contrato de franquicia sea celebrado a plazo determinado, para evitar situaciones perjudiciales para cualquiera de las partes.
6. Extinción del contrato El contrato de franquicia se da por terminado por todas las causales reguladas por ley, ya sea el vencimiento del plazo, mutuo disenso, resolución, etc. Pero existe un punto en particular sobre el que consideramos necesario poner atención. El contrato de franquicia, como ya se ha dicho, es un contrato atípico, pues
Preguntas y Respuestas
Ficha Técnica Autor
: Cristhian Northcote Sandoval
Título
: El Contrato de Franquicia
Fuente
: Actualidad Empresarial, N.º 157 - Segunda Quincena de Abril 2008
Área Derecho Comercial
Respuesta a las preguntas planteadas en la primera quincena de abril de 2008 1. ¿Está prohibido el envío de correo SPAM?
La Ley N° 28493 - Ley que regula el uso del correo electrónico comercial no solicitado (SPAM), dispone que el envío de correo comercial o SPAM no está prohibido, pero sí establece el derecho de los consumidores a manifestar su rechazo a la empresa que hubiera remitido el correo. De tal manera que, desde el momento en que se hubiera
comunicado el rechazo, dicha empresa queda impedida de seguir remitiendo información comercial por correo electrónico sin que el consumidor lo haya solicitado.
2. ¿Es obligatorio inscribir el contrato de compraventa sobre un inmueble ante los Registros Públicos?
La transferencia de propiedad que se deriva de un contrato de compraventa no requiere
de ninguna formalidad, siendo válido y eficaz el contrato, aun si se hubiera celebrado en forma verbal. La inscripción en los Registros Públicos solo le otorga un carácter oponible al contrato, es decir, que permite acreditar frente a cualquier tercero el derecho de propiedad de quien figura inscrito como propietario del bien, pero la inscripción no otorga el derecho de propiedad.
Las preguntas planteadas a continuación serán absueltas en la primera quincena de mayo de 2008 1. ¿Cuál es la diferencia entre el interés moratorio y el compensatorio? 2. ¿En qué consiste el contrato de suministro?
VIII-2
Instituto Pacífico
N.° 157
Segunda Quincena - Abril 2008