DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

27 jul. 2015 - FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE. Viernes, 24 ... ta por QUISPE FLORES JOSE LUIS ..... seguido contra Alex Terrones Cas-.
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Viernes, 24 de julio del 2015

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AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

2.EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDA EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP.673-2015-0. SE RESUELVE: 1.- SE ADMITE A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por QUISPE FLORES JOSE LUIS Y ALICIA MARIBEL MANTILLA FAICHÍN, sobre cambio de nombre, de su menor hijo Darlin Jair Quispe Mantilla, POR EL DE JOSÉ LEONEL QUISPE MANTILLA, fijándose fecha de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL PARA EL DÍA VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA en el local del juzgado con la asistencia obligatoria de las parte, bajo apercibimiento de llevarse acabo con la parte que concurra y si ninguna de las partes concurre se dará por concluido el proceso. MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P. 4846304 F.P. 24 Julio S/. 3.00 EDICTO JUDICIAL EXP. 638-2015-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de WILSON GUATAY CHAVEZ Y EDWAR GUATAY CHAVEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca dos de julio del dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por WILSON GUATAY CHAVEZ Y EDWAR GUATAY CHAVEZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO respecto al apellido paterno de los solicitantes, el mismo que se ha consignado en forma errónea como “HUATAY” y siendo lo correcto: “GUATAY”.- Burga Rabanal Nilda Socorro- Juez; Rabanal Arroyo- Secretaria. Cajamarca, 13 de julio de 2015. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P.4846296 F.P. 24 Julio S/. 3.00 RIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP.682-2015.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en so-

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PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

licitud de AURELIA GUTIERREZ FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número uno.- Cajamarca primero de julio del año dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por AURELIA GUTIERREZ FLORES sobre Rectificación de Partida de nacimiento en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: en la partida de nacimiento de la solicitante, se ha consignado de manera errónea tanto en los datos del nacido, como en los datos del padre el primero apellido, debiendo ser lo correcto “GUTIÉRREZ”, asimismo en los datos de la madre han omitido consignar su primero prenombre, debiendo de ser lo correcto “MARÍA TEODOCIA”; debiendo corregirse en todos sus extremos.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Andrade León - Especialista Legal. Cajamarca, 06 de julio del 2015 NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4846283 F.P. 24 Julio S/.3.00 PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP.684-2015.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de PETRONILA GUTIERREZ FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número uno.- Cajamarca primero de julio del año dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por PETRONILA GUTIERREZ FLORES sobre Rectificación de Partida de nacimiento en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: en los datos de la madre han omitido consignar su primero prenombre, debiendo de ser lo correcto “MARÍA TEODOCIA”; debiendo corregirse en todos sus extremos.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Andrade León - Especialista Legal. Cajamarca, 06 de julio del 2015. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4846283 F.P. 24 Julio S/.3.00

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EDICTO EXP. N° 685 - 2015 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por FRANCISCA GUTIERREZ FLORES sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO: Cajamarca, 03 /07 /15 CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de nacimiento, indicando que en el rubro que corresponde a los datos de la solicitante se ha consignado el apellido paterno “GUTIERRES” con “S” debiendo ser “GUTIERREZ” con “Z” Así mismo indica que el rubro que corresponde a los apellidos del padre se ha consignado el apellido paterno “ GUTIERRES” con “S” debiendo ser “GUTIERREZ” con “Z”.- También indica que en el rubro que corresponde a los datos de la madres se ha omitido el primer prenombre “MARÍA” y así mismo indica que el segundo prenombre se ha escrito como “TEODOSIA” con “S” debiendo ser con la letra “C”, debiendo figurar en lo sucesivo como “MARÍA TEODOCIA FLORES LLAMOGA” PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPÚBLICA PUBLICACIONES S. A.” y en el diario oficial EL PERUANO de esta localidad, por el lapso de 1 día, .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Muñoz Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA CYNTHIA MUÑOZ POSADAS SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4846283 F.P. 24 Julio S/.3.00 EDICTO JUDICIAL EXP. 686-2015-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de JESUS GUTIERREZ FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca dos de julio del dos mil quince.SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por JESUS GUTIERREZ FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, respecto al apellido paterno de su padre, se ha consignado como GUTIERRES, siendo lo correcto; “GUTIERREZ” quedando como “JUAN GUTIERREZ ALAYA”, respecto al nombre de su madre se ha consignado como: TIODOSA FLORES LLAMOGA siendo lo correcto: MARIA TEODOCIA FLORES LLAMOGA”.- Burga Rabanal Nilda Socorro- Juez; Rabanal Arroyo- Secretaria. Cajamarca, 13 de julio de 2015. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 4846283 F.P. 24 Julio S/. 3.00 EDICTO EXP. N° 683-2015-C - Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por ROSA GUTIÉRREZ FLORES sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto, lo siguiente: RESOLUCIÓN N° UNO, Cajamarca, 03/07/2015, RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento, indicando que en el rubro que corresponde al prenombre de la madre se ha consignado como “TEODOSIA”, debiendo ser lo correcto el de “MARÍA TEODOCIA”. PUBLÍQUESE: En el diario oficial “GRUPO LA REPÚBLICA PUBLICACIONES S.A” y en el diario oficial “EL PERUANO” de esta localidad, por el lapso de 1 día. Fdo. Dr. Díaz, Juez y Arribasplata Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 4846283 F.P. 24 Julio S/. 3.00 EDICTO EXP. N° 729 - 2015 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por CARLOS ALFONSO ZEGARRA ARROYO, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO: Cajamarca, 10 /07 /15. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de nacimiento, indicando 1) Que en el rubro que corresponde al prenombre se ha consignado como “ENRRIQUE” debiendo ser lo correcto el de “ENRIQUE, 2) En el rubro que corresponde al prenombre y apellido del padre se ha omitido el primer prenombre “ANTONIO” y el apellido figura como “ Cegarra” debiendo ser “ANTONIO ELIGIO ZEGARRA SÁNCHEZ”, 3) En el rubro que corresponde al prenombre y apellidos de la madre se ha omitido el apellido materno “VELÁSQUEZ” debiendo ser lo correcto “ESTHER ARROYO VELÁSQUEZ” : PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” y en el diario oficial EL PERUANO de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Fernández Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA GISSELL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL

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QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 4846582 F.P. 24 Julio S/. 4.00 EDICTO JUDICIAL Expediente N°. 0043-2015-C. Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba - Chota, don HERNANDO ARTEAGA REQUEJO, solicita Rectificación de la Partida de Nacimiento y partida de defunción de su padre, FLORENTINO REQUEJO MARRUFO, en la cual se rectifique el acta de nacimiento inscrita en la Municipalidad Provincial de Chota en los datos de la madre consignándose como CATALINA MARRUFO, siendo lo correcto CATALINA MARRUFO MARTINEZ; asimismo se rectifique la partida de defunción del señor FLORENTINO REQUEJO MARRUFO, inscrita en la Municipalidad de Lima Metropolitana consignándose como CATALINA MARRUFO siendo lo correcto CATALINA MARRUFO MARTINEZ; solicitud admitida a trámite en la vía del proceso no contencioso. Tacabamba, 13 de julio del 2015. CARLOS ALBERTO CARDOSO MONTOYA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA P.4846307 F.P. 24 Julio S/. 2.50 EDICTO JUDICIAL Expediente N°. 0044-2015-C. Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba - Chota, don SEGUNDO MANUEL HUANCA LOZANO, solicita Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hija JENIFER MEDALITH HUANCA QUISPE, en la cual se ha consignado con la letra “J”, siendo lo correcto YENIFER MEDALITH HUANCA QUISPE, con la letra “Y”; solicitud admitida a trámite en la vía del proceso no contencioso. Tacabamba, 13 de julio del 2015. CARLOS ALBERTO CARDOSO MONTOYA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA P.4846308 F.P. 24 Julio S/. 2.00

RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS PROCESO ABREVIADO Expediente Civil No. 00037-2015-00601 -JM-CI-01 seguido por MARÍA ROSARIO HUAMAN VIUDA DE OCAS contra WILFREDO MERLO VÁSQUEZ Y OTROS sobre RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS ante el JUZGADO MIXTO DE BAÑOS DEL INCA, ha resuelto lo siguiente:

RESOLUCIÓN No. DOS.- Baños del Inca, Treinta de Marzo del dos mil quince, RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por María Rosario Huaman Viuda de Ocas, sobre Rectificación de Áreas y linderos, en contra Wilfredo Merlo Vásquez y otros, respecto del predio rustico denominado “El Porvenir”, ubicado en el sector de Shaullo Chico, del Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca, con Código Catastral No. 7-780920532695- Unidad Catastral No. 32703, inscrita en la Partida Electrónica No. 02226786, del registro de Predios del Oficina Registral de Cajamarca; con las siguientes colindancias : POR EL NORTE : colinda con la propiedad de Wilfredo Merlo Vásquez, con una longitud de 97.26 metros lineales, POR EL ESTE : colinda con una quebrada, con una longitud de 27.10 metros lineales, POR EL SUR : colinda con la propiedad de Carla Angulo Alva, con una longitud de 89.68 metros lineales, y POR EL OESTE : colinda con la propiedad de los herederos : Santos Gutiérrez Mantilla, Concepción Gutiérrez Mantilla, Josefa Gutiérrez Mantilla, Florencio Gutiérrez Mantilla, y Francisco Gutiérrez Mantilla, con una longitud de 29.05 metros lineales, con un área de 0.2544 hectáreas y un perímetro de 243.09 ml, en consecuencia; EMPLACESE, mediante edictos, a quienes tuvieran interés y derecho sobre el predio antes indicado. JUEZA: Dra. Araujo SECRETARIA: Dra. Vasquez P. 4839376 F.P. 20-24 Jul. 04 Agosto S/. 12.00

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EXPEDIENTE:00672-2015-0-0601JR-CI-03 JUEZ: Marco Eloy Aquino Cruzado SECRETARIO: Cesar Estrada Julón MATERIA. Otorgamiento de escritura publica Ante el tercer juzgado civil de Cajamarca a cargo del JUEZ Marco Eloy Aquino Cruzado en el proceso seguido por Espino Castro Judith, sobre Otorgamiento de Escritura Pública se publica lo siguiente. Resolución N° UNO de fecha seis de julio del año dos mil quince se resuelve admitir a trámite la demanda interpuesta por Espino Castro Judith sobre Otorgamiento de Escritura Pública contra la sucesión de Julio Espino Romero, Teresita Espino Castro, Jorge Alberto Espino Castro, Óscar Antonio Espino Castro y Walter Martín Espino Castro sobre de los bienes inmuebles ubicados en la Av. Atahualpa N° 833 y el Jr. Cardosanto C-2, Villa Universitaria Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca en la vía de proceso sumarísimo, PUBLIQUESE un extracto de la demanda por tres días hábiles en el “diario oficial el PERUANO y el diario la REPUBLICA” a fin de que dentro del plazo de quince días cualquier persona, se apersonen quienes tienen derecho e interés en el proceso invocando el interés y legitimidad para obrar sobre el bien inmueble, materia del proceso. MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4842042 F.P. 22-23-24 Julio. S/.15.00 EDICTO EXPEDIENTE CIVIL N° 0210-2010-00601 -JR-CI-03 Ante la Sala Civil Transitoria de Cajamarca se viene tramitando el expediente civil N° 0210-2010-0-0601-JR-CI-03 seguido por Juan Wilfredo Espinoza Linares contra Celso Caruajulca Sáenz y otros sobre Mejor Derecho a la Propiedad y se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO TREINTA Y UNO. Cajamarca, veintidós de junio del año dos quince. DECLARARON LA SUCESIÓN PROCESAL del demandado José Carhuajulca Sáenz por la causal de fallecimiento a partir del 12 de octubre del 2013, en consecuencia LLAMARON a la sucesión del referido señor para que en el plazo de TREINTA DÍAS de notificados, previa acreditación del derecho sucesorio, se apersonen a la instancia como tal, para cuyo efecto ORDENARON la notificación vía edictos para lo cual se deberá publicar por una vez un extracto de lo resuelto en ¡a fecha en el diario oficial “El Peruano” y en el diario judicial “La República” y en el inmueble que venía ocupando de ser el caso para lo cual COMISIONARON al juzgado de paz del distrito de La Asunción debiéndose oficiar con tal finalidad; al vencimiento del plazo con el apersonamiento de las personas llamadas por ley o ante su rebeldía DESE CUENTA para nombrar al curador procesal que estará a cargo de la defensa de los intereses del demandado; SUSPENDIERON el trámite del presente hasta el vencimiento del plazo decretado o hasta el apersonamiento de la sucesión o hasta el nombramiento del curador procesal; RESERVARON el trámite de la apelación; Cajamarca, 16 de Julio del 2015. JUAN M. ALBAN RIVAS PRESIDENTE DE SALA SALA CIVIL TRANSITORIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA CAROLA F. VILLASANTE AMPUDIA SECRETARIA DE SALA SALA CIVIL TRANSITORIA CAJAMARCA P.4846290 F.P. 24 Julio S/. 5.00 PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP. N° 529-2015 - Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en la solicitud de Julián Ricardo Díaz Ruiz, sobre Ineficacia de Titular Valor; se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NÚMERO ONCE, Cajamarca, veintidós de julio del dos mil quince. DECLARAR FUNDADA la demanda de folios siete a nueve, interpuesta por Julián Ricardo Díaz Ruiz, en consecuencia: DECLARO LA INEFICACIA DEL TÍTULO VALOR consistente en el Cheque número 7162675, girado por la demandada empresa Minera Yanacocha SRL, a favor del demandante,

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por la suma de S/. 29,105.34 (veintinueve mil ciento cinco con 34/100 nuevos soles), quedando anulado el mismo ORDENO que la demandada Minera Yanacocha SRL, proceda a emitir un nuevo título valor a favor del demandante, por la suma antes mencionada. Lo que se hace de conocimiento para los fines de LeyFdo. Burga Rabanal - Juez; Andrade León - Especialista Legal. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4846553 F.P. 24 Julio S/. 4.00

4.EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL CARPETA PENAL N°0227-2013-00610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente, a la persona de: SEGUNDO MANUEL VEGA MENA, identificado con DNI N° 27296103, a fin de que tome conocimiento de la Causa Penal y Resolución Número OCHO de fecha dieciocho de Junio del año en curso, por el presunto delito Contra La Familia, en la Modalidad de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de ISELA VEGA QUINTEROS, en la que se resuelve CÍTAR para Audiencia Preliminar de Control de Acusación, para el día CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO. A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, hora exacta, a realizarse en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chota, con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia, al primero de los nombrados de poner en conocimiento de su conducta al Fiscal Coordinador respectivo para que proceda conforme a sus atribuciones; y al segundo subrogarlo de la Defensa de su patrocinado, conforme así lo establece el artículo 85.1 del NCPP, modificado por la Ley N° 30076; PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la Sala respectiva y que los señores Abogados deberán asistir con la Constancia de Habilitación respectiva y demás formalidades de Ley Chota Seis de Julio del 2015 Dr. DAVID W. RAMIREZ CALDERÓN: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. MARISOL QUIROZ CABRERA: ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA MARISOL QUIROZ CABRERA ESPECIALISTA JUDICIAL

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MODULO PENAL CHOTA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL CARPETA PENAL N°0298-2014-00610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente, a la persona de: DOMINGO SILVA SAMAME, identificado con DNI N° 17543853, a fin de que tome conocimiento de la Causa Penal, por el presunto delito Contra La Administración Publica en la modalidad de MALVERSACION DE FONDOS Y PECULADO, en agravio de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, a fin de notificarle con la resolución número cuatro en la que se DISPONE formalizar la Investigación Preparatoria contra DOMINGO SILVA SAMAME por la presunta comisión del Delito contra la Administración Publica en su modalidad de MALVERSACION DE FONDOS Y PECULADO en agravio de la Municipalidad Distrital de Cochabamba Representado por el Procurador Publico Anticorrupción Descentralizado de Cajamarca. Chota, 03 de Julio del 2015. Dr. DAVID W. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. MARISOL QUIROZ CABRERA: ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA MARISOL QUIROZ CABRERA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 838-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: SEGUNDO AURELIO YZQUIERDO RODRÍGUEZ RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca, veintidós de mayo del año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra Segundo Aurelio Yzquierdo Rodríguez, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Cristian Jheyner Yzquierdo Ocon; AGRÉGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado, cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de

la investigación desde su inicio. Interviene la especialista judicial que suscribe por disposición superior. NOTIFÍQUESE. CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00377-2014. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: SEBASTIAN LUCANO HUARIPATA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CUATRO de fecha 13- 07-2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 21 de agosto del año 2015 a las 09:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00377-2014-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Alex Terrones Castrejón, por falta contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Sebastian Lucano Huaripata. Cajamarca, 16 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 1137-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: SÁNCHEZ RONCAL NAZARIO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca. catorce de julio Del dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra SANCHEZ RONCAL, NAZARIO, por la presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Sánchez Cruzado, Wilma Yobani: AGREGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. AVOCÁNDOSE la Señora Juez que suscribe por licencia del titular. NOTIFÍQUESE al acusado también vía edictos.CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 806-2015 - 0-0601-TR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: LEON GARCIA PEDRO FRANCISCO RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cajamarca. diecinueve de junio Del dos mil quince.- DADO CUENTA con el escrito presentado por el abogado José Edgar Díaz Pachamango, mediante el cual, hace presente sobre la renuncia expresa al patrocinio del procesado LEON GARCIA, PEDRO FRANCISCO; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado, TÉNGASE por comunicada la renuncia del patrocinio del abogado antes mencionado y a efectos de no vulnerar el derecho de defensa del procesado antes referido, REQUIÉRASE al procesado LEON GARCIA, PEDRO FRANCISCO, que en el plazo de un día de notificado, cumpla con DESIGNAR abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento que este despacho a fin de cautelar su derecho a defensa designe defensor público en caso de incumplimiento-, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real. Notifíquese.CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00094-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: MARÍA ROSARIO ASENCIO DELGADO Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 02-07- 2015, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS a María Rosario Asencio Delgado con la Resolución n° UNO de fecha 05 de junio del año 2015, mediante la cual se declara improcedente el caso presentado por la Policía Nacional y se decide no iniciar proceso penal, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones culposas, contra persona no identificada, en agravio de María Rosario Asencio Delgado, en el Proceso Penal n° 00094- 2015-0-0601 -JP-PE-04. Cajamarca, 16 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA. Juez Dobbertin. EMPLAZA a ANGEL MARTIN ROJAS NUÑEZ, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Terminación Anticipada, en los seguidos contra

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Segundo Daniel Cadenillas Velásquez, por delito de Homicidio Culposo por Inobservancia de Reglas de Tránsito y Otro, en agravio de Jesús Emperatriz León Valdivia y Otro: Resolución N° 27 de fecha 16/06/2015. se resuelve: PONER EN CONOCIMIENTO de todas las partes procesales por el plazo perentorio de 05 DÍAS HÁBILES, el requerimiento de Terminación Anticipada a efectos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 16 de Junio del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 587-2015-1-0601-JR-PE-01. SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día OCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 02 – 2Do. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado AGUSTIN CUEVA CALDERON , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de M.D.P.P. Suscribe el Presidente del Colegiado: Juez DANIEL HOLGUIN MORAN, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 1240-2012-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las DIEZ DE LA MAÑANA , la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS DEL COLEGIADO – 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio

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de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JOSÉ OSCAR ROMERO VÁSQUEZ concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en su modalidad de robo agravado, en agravio de María Angelina Vásquez Mendoza. Suscribe el señor Juez: DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ÁLVAREZ Exp. 799-2015-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE:  1CITAR A JUICIO ORAL  en el presente proceso, al acusado,GEREMÍAS TORRES TUFINIO  que se realizará en  ACTO PÚBLICO el día  VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal-  ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Quinto PisoUrbanización Villa Universitaria Cajamarca,  en el proceso seguido contra  GEREMÍAS TORRES TUFINIO como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar .Bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXP. Nº 1141-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: SAMAN LLANOS ARTURO RESOLUCION NÚMERO UNO.- Cajamarca, catorce de julio del dos mil quince.-DADO CUENTA: Con el REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA incoada por la terecera fiscalía provincial penal corporativo de Cajamarca, contra SAMAN LLANOS ARTURO, por la presunta comisión del delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en agravio del estado-Ministerio del interior; AGRÉGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIERASE al acusado cumpla el PLAZO DE TRES DIAS HABILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público ;debiendo para el efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el represente

del ministerio público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio AVOCANDOSE la señora juez que suscribe por licencia de titular. NOTIFICACION al acusado también vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4 JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23 -24-30 Julio EDICTO PENAL EXP. Nº 1931-2014-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: CRUZADO RAMOS ADELMO RESOLUCION NÙMERO: SEIS.- Cajamarca, dieciséis de año dos mil quince.- DADO CUENTA Con el estado del proceso y encontrándose todos los sujetos emplazados en el requerimiento fiscal, este despacho. DISPONE:CÌTESE a la audiencia preliminar de control acusación, para el día VEINTITRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÙMERO CUARTO de esta corte de justicia, con la presencia obligatoria del señor fiscal y el abogado defensor del acusado, PRECÌSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de ley EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23 -24-30 Julio EDICTO PENAL EXP. Nº 1152-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: HUANCAS PINEDO EDGAR RESOLUCION NÙMERO: UNO.- Cajamarca, dieciséis de año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoada por la primera fiscalía provincial penal corporativa de Cajamarca, contra HUANCAS PINEDO, EDGAR, por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina: AGRÈGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIERASE al acusado cumpla el PLAZO DE TRES DIAS HABILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado vía edictos. AVOCANDON-

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SE la señora juez que suscribe por licencia del titular. NOTIFIQUESE F.P. 23 -24-30 Julio EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: MIRIAN ALICIA MORALES MUÑOZ EXP. N° 049-2014-0 RESOLUCION N° TRES de fecha 25 de mayo 2015; SE RESUELVE: se advierte que los investigados no tienen abogado defensor siendo así requerirles a estos, para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificados, designe un abogado defensor de su libre elección y señale domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, en los seguidos en su contra por el delito de falsedad genérica y estafa. RESOLUCION N° CINCO de fecha 15 de julio 2015,’ se resuelve NOTIFICAR VIA EDICTO al investigado JUAN CARLOS CRESPIN LUIS con la resolución nuero tres del veinticinco de mayo del dos mil quince y la presente resolución, edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. ,- Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Mirian Alicia Morales Muños. F.P. 23 -24-30 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 1850-2014-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: ALEX CUEVA PORTAL DADO CUENTA con el escrito presentado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede: AGRÉGUESE a los autos; TENGASE por precisado que el acusado deberá ser notificado vía edictos debido a que el acusado no es conocido en el distrito de Magdalena; y, conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado ALEX CUEVA PORTAL, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. AVOQUESE al conocimiento del presente proceso al Señor Juez que suscribe, por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE F.P. 23-24-30 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 1712-2014-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: JANE LOPEZ ESPINOZA para que tome conocimiento del contenido de la resolución número siete que CITA A AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN de la investigación seguida en su contra y otro por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Supermercados Metro PARA EL DIA TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE a horas once con treinta minutos en la sala de audiencias número cuatro en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Precísese que las partes procesales deberán concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias. Cajamarca, 21 de julio del 2015. F.P. 23-24-30 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 194-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: CHRISTIAN MENDOZA CHAVEZ DADO CUENTA con el oficio y la disposición fiscal que anteceden, remitidos por la Segunda Fiscalía provincial Penal Corporativa de Cajamarca: AGREGUENSE a los autos, proveyéndose conforme a le. El oficio N° 106-2015- 2°FPPC, me-

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diante el cual adjunta la disposición fiscal N°09-2015; TENGASE por comunicada la CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA; TÉNGASE presente para los fines de ley. Al Requerimiento de Acusación Directa; y, conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado CHRISTIAN MENDOZA CHAVEZ, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real consignado en el requerimiento acusatorio. SIN PERJUICIO de notificar al acusado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. Cajamarca, 20 de julio del 2015. F.P. 23-24-30 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 972-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figue-

roa Se cita y emplaza a: FELIPE CARRASCO RAMOS DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación Directa presentado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede, AGRÉGUESE a los autos y conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado FELIPE CARRASCO RAMOS, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado mediante edictos por el plazo de tres días consecutivos. Notifíquese.Cajamarca, 20 de julio del 2015. F.P. 23-24-30 Julio EDICTO PENAL Expediente: 1284-2014-0-0601-JRPE-01 Juzgado: Primer Juzgado De Investigación Preparatoria De Cajamarca Juez: Dra. Elizabeth Arias Quispe Especialista: Ydael Cerna Limay. Se emplaza a: Kevin Marycol Zamo-

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV ra Bazán, Abdon Lid Zamora Bazán , Carlos Cristofer Zamora Bazán con la resolución N°10 de fecha de 13 de Julio del 2015, que CÍTA a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las NUEVE HORAS, en la SALA DE AUDIENCIAS NUMERO TRES de esta Corte Superior de Justicia, con la presencia obligatoria del Señor Fiscal y Abogado Defensor del acusado, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones; y del Abogado particular de la defensa de excluirlo de la defensa conforme al artículo 85.1 del Código Procesal Penal y designarse un abogado defensor público en acto de audiencia. Cajamarca, 14 de Julio del 2015. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P.24-30-31 Julio

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

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del 2015 del 2015  PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Viernes, 24 de julio Viernes, 24 de julio POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

TE AMO, DIOS MÍO Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo. Te amo porque me has amado Tú primero. Te amo porque me has redimido del pecado. Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.

Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.

HASTA 27 DE JULIO

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iernes, 24del de 2015  julio del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes,V24 de julio

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.