TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE ...

Symantec Corporation, sociedad legalmente constituida en los Estados ... software Norton Mobile Security, de manos de Symantec Corporation, y/o uno de sus.
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TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DATOS DE DISPOSITIVOS CELULARES El presente contrato regula los términos y condiciones de contratación del “SERVICIO DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DATOS PARA DISPOSITIVOS MÓVILES”, en adelante “EL SERVICIO DE ASISTENCIA” 1. EL PRESTADOR DEL SERVICIO: El prestador del “SERVICIO DE ASISTENCIA” es la sociedad DATASISTENCIA S.A.S., sociedad colombiana, legalmente constituida por medio del documento privado del 23 de junio de 2016, inscrito en la Cámara de Comercio de Bogotá, D.C., bajo el número 02118604 del libro IX, domiciliada en la ciudad de Bogotá, D.C., e identificada con el NIT. 900.985.434-4. La prestación del servicio la podrá realizar directamente el prestador del servicio, y/o por intermedio de sus contratistas, subcontratistas, empleados, herramientas web, aplicaciones, y demás medios tecnológicos a su disposición, sin que esto afecte la relación contractual con el cliente. En todo caso, en lo relativo a la Licencia Norton Mobile otorgada por medio de “EL SERVICIO DE ASISTENCIA”, la sociedad DATASISTENCIA S.A.S. actúa únicamente en su calidad de distribuidor autorizado de las señaladas licencias. Los componentes del servicio relacionados a la Licencia Norton Mobile otorgada en los términos del presente contrato, serán prestados directamente por Symantec Corporation, sociedad legalmente constituida en los Estados Unidos de América. En lo referente con el Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, DATASISTENCIA S.A.S., el equipo móvil será suministrado directamente por un proveedor autorizado para tales efectos, el cual contará con La Autorización para la Venta de Equipos Terminales Móviles "AVETM"; en consecuencia, DATASISTENCIA S.A.S. adquirirá en nombre y representación de El Usuario del Servicio los respectivos equipos móviles, de conformidad con la instrucción del Usuario. 2. EL SERVICIO: El “SERVICIO DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DATOS PARA DISPOSITIVOS MÓVILES”, en adelante “EL SERVICIO DE ASISTENCIA”, comprende única y exclusivamente los siguientes servicios y prestaciones, los cuales consisten en i.) Licencia Norton Mobile Security; y ii.) la posibilidad de hacer uso del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, los cuales se explican a continuación: 2.1.

Licencia Norton Mobile Security:

Al adquirir “EL SERVICIO DE ASISTENCIA”, el usuario estará adquiriendo una licencia de uso del software Norton Mobile Security, de manos de Symantec Corporation, y/o uno de sus representantes a nivel regional; siendo así, en lo referente a la licencia de Norton Mobile Security, DATASISTENCIA S.A.S. actúa únicamente en su calidad de distribuidor autorizado de las señaladas licencias, de conformidad con el contrato de distribución de licencia de uso de software Norton by Symantec. 2.2.

Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad:

El Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad corresponde a un servicio adicional de EL SERVICIO DE ASISTENCIA, el cual será prestado directamente DATASISTENCIA S.A.S.; por medio de este servicio, y ante ciertos eventos de hurto o daño de su equipo celular descritos en el presente contrato, DATASISTENCIA entregará al Usuario del servicio, previo pago de unos cargos

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TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DATOS DE DISPOSITIVOS CELULARES adminsitrativos, un equipo celular con el fin de que pueda acceder a sus datos, contactos, información y conectividad, sujeto al cumplimiento de las condiciones necesarias establecidas en este contrato. Por medio del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad (en adelante SRDC) El Usuario del Servicio recibirá un equipo celular de condiciones generales, conforme a las especificaciones técnicas señaladas en los presentes términos y condiciones, de manos de un proveedor autorizado de equipos celulares. 3. VALOR DEL SERVICIO: El SERVICIO DE ASISTENCIA tendrá el valor indicado al momento de la contratación del servicio de asistencia, el cual incluirá los servicios relacionados en el presente contrato, especialmente: i.) Licencia Norton Mobile Security; ii.) la posibilidad de hacer uso del SRDC. 4. DURACIÓN DEL SERVICIO: El SERVICIO DE ASISTENCIA tendrá una duración de DOCE (12) meses a partir de la fecha de ingreso del programa y/o activación de las licencias y el software; El SRDC solo podrá ser usado una UNICA vez durante la vigencia del contrato. En el evento de que el usuario haga uso del SRDC, este seguirá siendo titular de la licencia Norton Mobile Security por el tiempo remanente del contrato, sin poder gozar nuevamente del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad. 5. LICENCIA NORTON MOBILE SECURITY: DATASISTENCIA S.A.S. actúa únicamente en su calidad de distribuidor autorizado de las señaladas licencias, de conformidad con el contrato de distribución de licencia de uso de software Norton by Symantec. Los términos y condiciones en los cuales es entregada la licencia Norton Mobile Security Mobile, serán los establecidos directamente por Symantec Corporation, los cuales podrán ser consultado en cualquier momento por el Usuario del servicio en la página de internet http://co.norton.com/norton-mobile-security. DATASISTENCIA S.A.S. en su calidad de distribuidor autorizado no se hace responsable, ni se hará responsable de la operatividad, prestaciones, funciones y/o soporte otorgado por las licencias Norton Mobile Security otorgadas. Teniendo en cuenta lo anterior, Symantec Corporation será el directo responsable por el cumplimiento de los aspectos relacionados con el SERVICIO DE ASISTENCIA. El almacenaje, protección y trato de los datos personales objeto de la licencia de Norton Mobile Security corresponden única y exclusivamente a Symantec Corporation. DATASISTENCIA S.A.S. no es, ni será responsable por el tratamiento de los diversos datos almacenados por medio de la licencia Norton Security, su seguridad, integridad y privacidad. DATASISTENCIA S.A.S. deja constancia que ha corroborado que Symantec Corporation, de conformidad con sus políticas y condiciones de contratación relacionadas con la licencia Norton Mobile Security, da un tratamiento adecuado a los datos personales recaudados, adoptando las medidas necesarias para conservar su seguridad, integridad y privacidad. Para más información respecto del tratamiento dado por Symantec Corporation a los datos personales, por favor ver los términos y condiciones del servicio en la página de internet http://co.norton.com/norton-mobilesecurity

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TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE ASISTENCIA, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DATOS DE DISPOSITIVOS CELULARES En todo caso, DATISTENCIA S.A.S. no será responsable por pérdida de información de los usuarios, por motivos físicos, electrónicos, técnicos, electromagnéticos, digitales, y/o cualquier otro motivo no especificado en el presente contrato; tampoco será responsable por la información y/o datos almacenados, cuando estos hayan sufrido alteraciones debido a fallas en la programación del servicio, fallas en grabación de información y/o datos, falla en clasificación de información y/o datos, anulación accidental de información y/o datos, eliminación de información y/o datos, y/o cualquier otro daño o perdida de información causada por motivos no especificados en el presente contrato. 6.

SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE DATOS Y CONECTIVIDAD (SRDC):

Al momento de adquirir el servicio de asistencia, El usuario del Servicio adquiere la posibilidad de hacer uso del SRDC de conformidad con los presentes términos y condiciones. El SRDC corresponde a un servicio adicional de EL SERVICIO DE ASISTENCIA,; por medio de este servicio, y ante ciertos eventos de hurto o daño de su equipo celular descritos en el presente contrato, DATASISTENCIA gestionará la entrega al Usuario del servicio, previo pago de unos cargos administrativos, de un equipo celular de condiciones técnicas generales, con el fin de que pueda acceder a sus datos, contactos, información y conectividad. Sólo podrán acceder al servicio de Recuperación de datos y conectividad (SRDC), los usuarios cuyo equipo móvil celular tenga un valor igual o superior a CIENTO CINCUENTA DOLARES AMERICANOS (US$150), o su equivalente en moneda local. Con el fin de hacer uso del SRDC, y una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para esto, el usuario deberá realizar un pago a DATASISTENCIA S.A.S., de conformidad con los valores publicitados. 6.1.

Condiciones para acceder al SRDC:

El usuario del SERVICIO DE ASISTENCIA tendrá derecho a Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, y por lo tanto sólo podrá hacer uso de este en los siguientes casos: •

Daño Total Accidental a su equipo celular actual. Se considera que ha existido un Daño Total Accidental del equipo celular cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: i.) el equipo actual del usuario del SERVICIO DE ASISTENCIA haya sufrido daños, cuya reparación tenga un costo superior al 65% del valor de reposición del equipo; ii.) el daño sufrido por el equipo celular sea causado sin mediar dolo o culpa grave del usuario del servicio, y/o un tercero; iii.) se acredite de manera documentada el acaecimiento de las condiciones necesarias para la ocurrencia de un Daño Total Accidental.



Daños ocasionados por líquidos. Se considera que ha existido un Daño ocasionado por líquidos del equipo celular cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: i.) el equipo actual del usuario del SERVICIO DE ASISTENCIA haya sufrido daños que no admitan reparación alguna; ii.) el daño sufrido por el equipo celular debe ser causado por la interacción del equipo celular con agua dulce, no siendo admisible otro tipo de líquidos; iii.) el daño sufrido por el equipo celular sea causado sin mediar dolo o culpa grave del usuario del servicio, y/o un tercero; iv.) se acredite de manera documentada el acaecimiento de las condiciones necesarias para la ocurrencia de un Daño ocasionado por líquidos.

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6.2.

Hurto Calificado. Se considera que ha habido un Hurto Calificado del equipo celular cuando se cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones: i.) Cuando se cumplan las condiciones descritas en los artículos 239 y 240 del Código Penal Colombiano, para considerarse un hurto calificado; ii.) la persona que se apodera del equipo celular no debe tener ninguna relación y/o parentesco de consanguinidad, afinidad, o civil con el usuario; iii.) Se cuenta con un denuncio penal, de conformidad con la normatividad vigente; iv.) se acredite de manera documentada el acaecimiento de las condiciones necesarias para la ocurrencia del Hurto Calificado. Requisitos necesarios para el ejercicio del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad:

A pesar de haberse contratado el SERVICIO DE ASISTENCIA, el usuario solo podrá hacer uso del SRDC cuando cumpla con los siguiente requisitos y condiciones: •

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El usuario deberá acreditar ante DATASISTENCIA S.A.S. el daño y/o hurto que da origen al Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, en los términos del presente contrato, por medio de las plataformas y/o canales de comunicación que se dispongan para tales efectos. En caso de daños al equipo celular, el usuario deberá hacer entrega previa, y transferencia del dominio, del equipo celular dañado El usuario deberá acreditar el pago de los gastos administrativos por el SRDC, de conformidad con los valores señalados al momento de la contratación y publicados por DATASISTENCIA S.A.S. en sus diferentes plataformas, páginas de internet y/o medios de comunicación. El daño y/o hurto sufrido por el equipo celular debe haber ocurrido durante la vigencia del SERVICIO DE ASISTENCIA; igualmente, el SERVICIO DE ASISTENCIA deberá encontrarse vigente al momento de hacer uso del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad. El usuario del servicio deberá ser el propietario legítimo del equipo celular. El equipo objeto del SERVICIO DE ASISTENCIA no puede, ni podrá haber sido reportado ante las respectivas autoridades nacionales, e internacionales como robado, durante la vigencia del servicio; sólo se admitirá el reporte de hurto calificado interpuesto por el usuario, que dé lugar SRDC. A la fecha de contratación y/o activación del SERVICIO DE ASISTENCIA, no podrán haber transcurrido más de 12 meses desde la compra del respectivo celular, a menos que se especifique lo contrario en una promoción particular. Entrega de copia de la factura de compra del equipo. No podrán tratarse de equipos celulares reconstruidos, refurbished y/o repotenciados. Condiciones del equipo entregado en virtud delSRDC:

En caso de acreditarse el cumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, el usuario del SERVICIO DE ASISTENCIA recibirá un equipo de condiciones técnicas y funcionales generales, dentro del catálogo de equipos ofrecidos por DATASISTENCIA S.A.S.; en este caso el usuario del servicio recibirá un teléfono celular tipo Smartphone cuyas características técnicas y funcionales obedecerán a la media de mercado. El ejercicio de esta opción del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad tendrá un valor establecido al momento de la contratación del servicio y presentado al cliente en ese momento.

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No habrá lugar al SRDC en los siguientes eventos: En el evento de daños al equipo, cuando se generen daños parciales al equipo los cuales no cumplan con las condiciones señaladas en el presente documento para el ejercicio del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad. En el evento de daños al equipo, cuando los daños causados al equipo celular sean consecuencia de un hecho malintencionado, doloso y/o culposo por parte del usuario del servicio, y/o una tercera persona. En el evento de daños al equipo, cuando los daños causados al equipo consistan únicamente en la rotura de pantalla del equipo. En el evento hurto y/o daños al equipo, cuando el hurto y/o los daños sean causados con ocasión, en el evento, o de manera concurrente o conexa a una manifestación pública, asonada, motín, conmoción civil o popular, huelga y/o suspensión de labores. En el evento hurto y/o daños al equipo, cuando el hurto y/o los daños sean ocasionados o causados por terroristas y/o actos terroristas y/o cometidos por individuos pertenecientes a movimientos subversivos. En el evento de hurto, cuando el hurto del equipo celular no cumpla con los requisitos necesarios para ser calificado como un hurto calificado en los términos de los artículos 239 y 240 del Código Penal Colombiano. Cuando se trate de una simple pérdida del equipo celular. Cuando la sustracción del equipo celular se dé por eventos diferentes al hurto calificado, tales como abuso de confianza. En el evento de daños al equipo, cuando los daños sean causados con ocasión, en el evento, o de manera concurrente o conexa a vientos fuertes, huracanes, tornado y/o vendavales. En el evento hurto y/o daños al equipo, cuando el hurto y/o los daños sean causados con ocasión, en el evento, o de manera concurrente o conexa a un Terremoto, temblor, erupción volcánica. En el evento de daños al equipo, cuando los daños sean causados con ocasión, en el evento, o por Desgaste, corrosión, herrumbre, deterioro. En el evento de daños al equipo, cuando los daños sean causados por defectos de operación, ya sea esta de software y/o hardware del equipo; igualmente, tampoco habrá derecho a hacer uso del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad a en los eventos de daños que obedezcan únicamente a la operación del equipo celular. En el evento de daños al equipo, cuando los daños sufridos por el equipo celular se encuentren cubiertos por la Garantía de calidad de producto. En el evento hurto y/o daños al equipo, cuando el titular del equipo sea sujeto de sanciones y/o reportes, por autoridades nacionales y/o internacionales, por conductas relacionadas y/o conexas con grupos terroristas, financiación del terrorismo, lavado de activos, tráfico de estupefacientes y/o sustancias controladas, y/o tráfico de armamento, entre otras; para estos efectos, DATASISTENCIA S.A.S. podrá consultar los diferentes listados y/o reportes de entidades nacionales e internacionales. En el evento de daños al equipo, cuando los daños sean causados con ocasión, en el evento, o de manera concurrente o conexa con Campos Electromagnéticos , cambios en el software, Intentos de desbloqueo de los teléfonos, Cuando se alegue la no posibilidad de uso del equipo celular por contaminación real o aludida del teléfono por una pandemia, enfermedades, bacterias, u otros similares, o cuando se alegue la no posibilidad de uso del equipo celular por contaminación real o aludida del teléfono por epidemias, enfermedades, bacterias, u otros similares.

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PROVEEDOR DE LOS EQUIPOS CELULARES:

Los equipos celulares entregados a los usuarios del SERVICIO DE ASISTENCIA que hagan uso del Servicio de Recuperación de Datos y Conectividad, serán suministrados y vendidos directamente por parte de distribuidores y comercializadores autorizados para la venta de equipos terminales móviles (celulares), en favor de los usuarios. DATASISTENCIA S.A.S. verificará que los distribuidores y/o comercializadores a los cuales sean comprados los equipos celulares cuenten con La Autorización para la Venta de Equipos Terminales Móviles "AVETM", otorgada por el Ministerio de Tecnologías de la información y la Comunicaciones. Teniendo en cuenta lo anterior, en virtud del SRDC, DATASISTENCIA S.A.S. actuará en nombre y representación del Usuario del Servicio, con el fin de gestionar la adquisición del respectivo equipo. Para efectos de lo anterior, el usuario del servicio autoriza expresamente a DATASISTENCIA S.A.S. para que en nombre y representación del usuario del servicio tramite la adquisición del equipo celular móvil. La garantía por equipos celulares suministrados en virtud del SRDC será aplicada y suministrada directamente por el proveedor y/o comercializador del equipo celular; DATASISTENCIA S.A.S. al no formar parte de la respectiva relación contractual, no será responsable por los equipos celulares suministrados, su funcionamiento, calidades, cualidades, y en general no tendrá responsabilidad alguna por los equipos entregados. 8. LIMITACIONES A LA RESPONSABILIDAD. DATASISTENCIA S.A.S. no será responsable por ningún daño o perjuicio causado a los usuarios del SERVICIO DE ASISTENCIA, en los eventos de: • Daños causados a los usuarios y/o terceros, en su información, datos almacenados, y/o equipos celulares, causados por fallas técnicas en la instalación del aplicativo del servicio, actualizaciones en el software y/o sistema operativo del dispositivo móvil, perdidas de conexión con el servidor, interrupciones intempestivas en los procesos de carga y descarga de información, y en general por los datos e información objeto del presente servicio de asistencia. • Daños causados a los usuarios y/o terceros por los equipos celulares suministrados, debiendo reclamarse directamente por estos daños al proveedor del equipo celular, casa matriz y/o distribuidor nacional. • Fallas en la licencia de Norton Mobile Security, caso en el cual, cualquier daño y/o perjuicio causado, deberá ser reclamado directamente a Symantec Corporation. • Daños por lucro cesante, causados por cualquier falla en el SERVICIO DE ASISTENCIA, y/o sus elementos. 9. TERMINACIÓN DEL SERVICIO. El SERVICIO DE ASISTENCIA terminará por el vencimiento del plazo del servicio contratado. En todo caso, DATASISTENCIA S.A.S. podrá dar por terminado unilateralmente el servicio en caso de: •

Falta de pago de servicio

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Utilización del servicio para fines ilícitos, y/o para almacenar información que contenga y pueda ser utilizada para fines ilícitos. Utilización del servicio para defraudar a terceros, incluido el fraude a DATASISTENCIA S.A.S. Ejercicio inapropiado y/o indebido del SRDC; comporta el ejercicio inapropiado y/o indebido del SRDC, el intento fraudulento por parte del usuario de hacer uso de este servicio en eventos excluidos en virtud de las condiciones del presente contrato, haciendo uso de maquinaciones, mentiras, y/o falsedades en testimonio y/o documentos, para tales fines. La vinculación de la información, el equipo y/o el usuario del servicio, con grupos y/o actividades terroristas, bandas y/o actividades criminales, y/o relacionadas con el lavado de activos y/o financiación del terrorismo. Intento de plagio, robo y/o hurto de la propiedad intelectual, industrial y/o signos distintivos de DATASISTENCIA S.A.S., relacionados con la prestación del SERVICIO DE ASISTENCIA.

Igualmente, el Servicio específico de Recuperación de Datos y Conectividad terminará al culminar el tiempo de vigencia del presente contrato y/o al hacer ejercicio legítimo de SRDC, de manera tal que el usuario del servicio sólo podrá una UNICA vez del SRDC hacer en virtud del servicio prestado. 10. PROHIBICIÓN A LA CESIÓN: El SERVICIO DE ASISTENCIA no podrá ser cedido por el Usuario del Servicio, en circunstancia alguna; en caso de transferirse el dominio sobre el teléfono celular sobre el cual se ha contratado el servicio, NO SERÁ POSIBLE hacer uso del SRDC. 11. CLAUSULA COMPROMISORIA. Toda controversia o diferencia relativa a este contrato se resolverá por un Tribunal Arbitral que sesionará en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, de acuerdo con las siguientes reglas: i.) El Tribunal estará integrado por 1 arbitro designados por las partes de común acuerdo. En caso de que no sea posible, los árbitros serán designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, a solicitud de cualquiera de las partes. ii.) El procedimiento aplicable será el del Reglamento para Arbitraje Nacional del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. iii.) El Tribunal decidirá en derecho. 12. NOTIFICACIONES: La sociedad DATASISTENCIA S.A.S. recibirá notificaciones respecto del presente contrato y/o los términos y condiciones del servicio prestado, por medio del correo electrónico [email protected], y/o a la dirección en Cra 11A No. 93 – 93, oficina 101, Bogotá, Colombia.

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