so{ución!Ministerial - Ministerio del Ambiente

8 nov. 2016 - RE (DGM-DMA) N° 2-21-C/248 de 24 de octubre de 2016, la Directora de. Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica ...
148KB Größe 3 Downloads 3 vistas
~so{ución !Ministerial ~3y~-201~~I9Vfl~ Lima,

o8

NOV. 2016

Visto; el Informe N° 224-2016-MINAMIDVMDERNIDGDB de 04 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Memorando N° 689-2016-MINAMNMDERN de fecha 07 de noviembre de 2016, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; la Ficha de Solicitud Autorización de Viaje al Exterior y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante OF. RE (DGM-DMA) N° 2-21-C/248 de 24 de octubre de 2016, la Directora de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Ministerio del Ambiente que, la Secretaría de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, especialmente, como Hábitat de Aves Acuáticas - Convención RAMSAR invita a la XII Reunión de la Iniciativa Regional de Humedales Altoandino, a realizarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 14 al 18 de noviembre de 2016; y que cubrirán conjuntamente con el Estado Plurinacional de Bolivia los gastos de los representantes que asistan al evento; Que, a través de la Carta N° 207-2016-MINAMIDVMDERN de 07 de noviembre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, comunica la asistencia del señor Walter Huamaní Anampa, Especialista de la Dirección General de Diversidad Biológica, al citado evento; Que, mediante Memorando N° 689-2016-MINAMNMDERN de 07 de noviembre de 2016, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales remite la autorización de viaje al exterior del señor Walter Huamaní Anampa, Especialista de la Dirección General de Diversidad Biológica, del 13 al 18 de noviembre de 2016, para participar en la XII Reunión de la Iniciativa Regional de Humedales Altoandino, a realizarse en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 14 al 18 de noviembre de 2016; Que, a través de la Resolución Legislativa N° 25353 de 26 de noviembre de 1991, la República del Perú aprobó la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, especialmente, como Hábitat de Aves Acuáticas - Convención RAMSAR, cuyo objeto es la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos; Que, de acuerdo al literal j) del artículo 11 del Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se establece que el

Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales actúa como punto focal de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, especialmente, como Hábitat de Aves Acuáticas - Convención RAMSAR, supervisando el cumplimiento de sus disposiciones, incluida la elaboración periódica de los informes nacionales sobre los mismos; Que, en dicho contexto, se considera prioritaria y de interés institucional la participación del señor Walter Huamaní Anampa, Especialista de la Dirección General de Diversidad Biológica, en el evento internacional antes referido; Que, conforme a lo señalado en los documentos que obran en el expediente alcanzado a través del documento de visto, los gastos que irrogue la participación del señor Walter Huamaní Anampa, Especialista de la Dirección General de Diversidad Biológica, serán cubiertos por la Secretaría de la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, especialmente, como Hábitat de Aves Acuáticas - Convención RAMSAR y por el Estado Plurinacional de Bolivia; Que, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, "Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. En el caso de titulares de Organismos Públicos Descentralizados, la autorización se efectuará por el Titular del Sector correspondiente"; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 047-2002PCM Y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Walter Huamaní Anampa, Especialista de la Dirección General de Diversidad Biológica, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 13 al 18 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del vIaJe, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 3.- La presente autorización de viaje no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4- Transcribir la presente resolución al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y a la Dirección General de Diversidad Biológica, para los fines correspondientes.

Regístrese y comuníquese.