"SALUD Autorizan adquisición de alimentos del Hospital Nacional Hipólito Unanue mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 488-2001-SA/DM Lima, 29 de agosto del 2001 Vistos los Oficios Nºs. 926-2001-HNHU/DG y 968-2001 (GTN-MON); CONSIDERANDO: Que con Resolución Directoral Nº 560-2001-SA-HNHUDG, de fecha 31 de julio del 2001, se declaró en situación de urgencia la contratación de alimentos para personas del Hospital Nacional Hipólito Unanue; Que el literal c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con la Ley, así mismo el literal a) del Artículo 20º de la referida norma precisa que todas las exoneraciones se aprobaran mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, correspondiendo dicha atribución al Despacho Ministerial; Que siendo esto así, se advierte que la Resolución Directoral Nº 560-2001-SA-HNHU-DG, ha sido expedida por órgano incompetente, debiendo aplicarse por analogía los Artículos 57º de la Ley y 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, debiéndose declarar de oficio su nulidad y regularizarse el procedimiento para la declaratoria de situación de urgencia la adquisición de alimentos para personas del Hospital; Que mediante Informe Técnico Nº 001-2001-HNHU/ DN, el Jefe del Departamento de Nutrición del Hospital indica que el stock de víveres secos como frescos con que cuenta el nosocomio únicamente abastecerá la demanda hasta julio del presente año, lo cual va a generar un desabastecimiento para los meses siguientes, así mismo el Director Administrativo con Informe Nº 002-01-HNHUDA, corrobora lo indicado y agrega que deben adoptarse medidas urgentes para evitar dicho desabastecimiento, precisando que existen montos asignados para dicho fin por un valor de S/. 308 755.80; Que de la misma forma, la Asesora Legal con Informe Nº 321-2001-AL-HNHU-SA, indica que habiéndose observado el Calendario de la Licitación Pública convocada para el
suministro de alimentos, los plazos previstos superan la reserva que se mantiene en stock, concluyendo que el Hospital se encuentra comprendido en los presupuestos para la declaratoria de situación de urgencia por el desabastecimiento de alimentos producido; Que atendiendo a los Informes antes citados, se advierte que se ha configurado en situación de urgencia la adquisición de alimentos para personas por parte del Hospital Nacional Hipólito Unanue, descrita en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que procede exonerar al referido Hospital del proceso de selección que corresponda a fin de adquirir los bienes a que se refiere el cuarto considerando precedente; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud en su Informe Nº 1060-2001-OAJ, así como a lo opinado por la Jefe del Departamento de Nutrición, el Director Administrativo y la Asesora Legal del Hospital Nacional Hipólito Unanue en los Informes Nºs. 001-2001-HNHU/DN, 002-01-HNHU-DA y 321-2001-ALHNHUSA, respectivamente; De conformidad con lo establecido en el literal a) del Artículo 20º y Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como lo dispuesto en el Artículo 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar NULA la Resolución Directoral Nº 560-2001-SA-HNHU-DG, de fecha 31 de julio del 2001, que declaró en situación de urgencia la contratación de alimentos para personas del Hospital Nacional Hipólito Unanue. Artículo Segundo.- Declarar, en vía de regularización, como situación de urgencia la adquisición de alimentos (víveres secos y frescos) del Hospital Nacional Hipólito Unanue correspondiente al mes de agosto del presente año, consecuentemente exonerar del proceso de selección que hubiere correspondido la adquisición de dichos bienes. Artículo Tercero.- Autorizar, en vía de regularización, al Comité Especial Permanente la realización de la adquisición vía proceso de adjudicación directa de menor cuantía. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como la remisión de copia de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud"