El Peruano / Sábado 23 de enero de 2016
NORMAS LEGALES
e) Designar y remover a los integrantes, titulares y suplentes, de los Comités de Selección. f) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a sesenta y cinco (65) UIT, realizados en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3502015-EF. g) Autorizar al Comité de Selección a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado de la convocatoria, siempre que se cuente con la certificación de crédito presupuestario correspondiente, en el marco de lo establecido en los artículos 54 y 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. h) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, en el caso de bienes, servicios, incluyendo las consultorías, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado. i) Autorizar la celebración de contrataciones complementarias, en el marco de lo establecido en la normativa sobre contrataciones del Estado. j) Aprobar la modificación de los contratos, distinta de aquella que resulte de la autorización de prestaciones adicionales, reducciones de prestaciones y ampliaciones de plazo, incluyendo aquella que implique la variación del precio, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual. l) Resolver los contratos de bienes y servicios, celebrados en el marco de la normativa de contrataciones del Estado y por las causales previstas en esta, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad. Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3.- Información Semestral El(la) Director(a) General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos deberá informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (05) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a el(la) Director(a) General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos, para su cumplimiento y difusión. Artículo 5.Órgano Encargado de las Contrataciones Precisar que de conformidad con la Resolución Ministerial N° 216-2012/MINSA, la Unidad Funcional de Adquisiciones de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos – DARES, es la dependencia encargada de las contrataciones del referido Órgano Desconcentrado, el cual se encarga de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos para la red asistencial de salud pública a nivel nacional, que se ejecuta en la Unidad Ejecutora 124: Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos. Artículo 6.- Derogación Dejar sin efecto las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Publicación en Portal Institucional Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección
576239
electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index. asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1336689-1
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la “Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 007-2016-TR Lima, 18 de enero de 2016 VISTOS: El Oficio N° 102-2016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0029-2016-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 22.2 del artículo 22 de la referida Ley, prescribe que corresponde a los ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales; Que la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece en su artículo 3, que el Sector Trabajo y Promoción del Empleo comprende el Ministerio, las entidades a su cargo y aquellas organizaciones públicas de nivel nacional y de otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias, se establecieron las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todas las Entidades del Gobierno Nacional, a fin que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos del Estado impulsen transversalmente su promoción y ejecución, en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el referido Decreto Supremo en su artículo 3 establece que mediante resolución ministerial, cada ministerio deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en ese sentido, mediante Oficio N° 1022016-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone la “Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2016”, para su aprobación, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo N° 0272007-PCM y modificatorias; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo, del Viceministro (e) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización
576240
NORMAS LEGALES
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal b) del artículo 7 de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR y el Decreto Supremo N° 0272007-PCM y modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Trabajo y Promoción del Empleo para el año 2016”, que como anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que los Directores, Jefes y Coordinadores de los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo son responsables del cumplimiento de los indicadores y metas a la que hace referencia el artículo precedente, debiendo informar la ejecución de dichos indicadores y metas a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto al finalizar cada semestre. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y el anexo integrante de la presente en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Sábado 23 de enero de 2016 /
El Peruano
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la “Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza”, constituida por Decreto Supremo N° 001-2001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo N° 014-2001-PROMUDEH, a los funcionarios que ocupan los siguientes cargos: - Viceministro (a) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, como representante titular; y, - Director (a) General de Promoción del Empleo, como representante alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1337085-2
Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2016-TR Lima, 21 de enero de 2016 VISTOS: La Carta de renuncia del señor Wilians Mori Isuisa, el Oficio N° 104-2016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Proveído N° 1141-2016-MTPE/4 de la Secretaria General; y,
1337085-1 CONSIDERANDO:
Designan representantes del Ministerio ante la “Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2016-TR Lima, 21 de enero de 2016 VISTO: El Memorando N° 79-2016-MTPE/4 de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo N° 014-2001-PROMUDEH, se constituye una “Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza”, encargada de emprender acciones inmediatas de alcance nacional para el mayor aprovechamiento de los recursos del Estado, de la cooperación técnica y del sector privado, dirigidos a las diversas acciones que comprende la lucha contra la pobreza; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo, señala que la referida Mesa de Concertación es integrada, entre otros, por el Ministro de Trabajo y Promoción Social, actualmente Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, o su representante; Que, en atención a lo dispuesto en el documento de visto, y conforme a la normativa enunciada, resulta necesario designar a los representantes del Sector ante la citada Mesa de Concertación; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Reglamento de Organización
Que, mediante Resolución Ministerial N° 235-2015-TR se designa al señor Wilians Mori Isuisa en el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, Nivel Remunerativo F-3, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante documento de vistos, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que ocupará dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR LA RENUNCIA formulada por el señor WILIANS MORI ISUISA al cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, Nivel Remunerativo F-3, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor HERLY ALEJANDRO OSORIO NEVADO en el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, Nivel Remunerativo F-3, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1337085-3