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MIPRO Ministerio de Industrias y Productividad GOBIERN • 1 N ACIONAL DR LA REPUBLIo A DEL ECUADOR

RESOLUCIÓN No.

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EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO E INVERSIONES MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD Considerando: Que, el artículo 284 de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, establece que la política económica tendrá entre sus objetivos: incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémica; promocionar la incorporación del valor agregado con máxima eficiencia; así como, impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales; Que, el Plan Nacional del Buen Vivir, tiene como objetivo garantizar los derechos de la

naturaleza y promover un ambiente sano y sustentable a través de una prevención y control, así como de la mitigación de la contaminación ambiental, como aporte para el mejoramiento de la calidad de vida; y, establece propuestas de acción pública sectorial y territorial provenientes de distintos espacios institucionales; impulsa una economía endógena para el buen vivir sostenible y territorialmente equilibrada, que propenda a la garantía de derechos y a la transformación, diversificación y especialización productiva a partir del fomento a las diversas formas de producción;

Que, el artículo 79 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 de 29 de diciembre de 2010, establece que se podrán establecer medidas de regulación y restricción no arancelaria con el propósito de asegurar el abastecimiento de materias primas a los productores nacionales;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 09 017 de 20 de enero de 2009, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 535 de 26 de febrero del mismo año, se publicó la Política Industrial del Ecuador, en la que se promueve la producción limpia y el cuidado del medio ambiente, determinándose como estrategias el procurar el adecuado manejo de los desechos industriales, el de fomentar la industria limpia, y, disminuir la utilización de sustancias agotadoras del ambiente;

Que, de conformidad a lo establecido en la reforma al estatuto por procesos del Ministerio de Industrias y Productividad, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 53 de 15 de julio de 2010, reformado por el Acuerdo Ministerial No. 356, publicado en Registro Oficial No. 269 de 1 de septiembre del 2010 y por el Acuerdo Ministerial No. 331, publicado en Registro Oficial No. 278 de 14 de septiembre del 2010, la Subsecretaria de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industrias y Productividad tiene como misión desarrollar políticas de comercio e inversiones, que dinamiten la producción nacional, garanticen condiciones legales y equitativas de competencia, mejoren la competitividad y propendan a satisfacer las necesidades del consumidor, a través, de la implementación de: una política de comercio de servicios vinculados con el desarrollo industrial y la competitividad; planes, programas o proyectos para promover el consumo y la cultura de productos y servicios nacionales; y, controlar la aplicación de la normativa vigente sobre protección a consumidores de productos industriales; Que, el Acuerdo Ministerial No. 09 397 de 6 de noviembre de 2009, declara como Política

Pública la industrialización del reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos en concordancia con lo establecido en la Política Industrial;

Que, uno de los objetivos de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, publicada en el Suplemento al Registro Oficial No. 26, de 22 de febrero 2007, y su Reglamento publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 450 de 17 de mayo de 2011, es establecer los requisitos y los procedimientos para la elaboración, adopción y aplicación de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad;

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