NO..fS..?:.:.'?º.!.~.tr..! Nsd - Minsa

fS..?:.:.'?º.!.~.tr..! Nsd. MINISTERIO DE SALUD. Visto el Expediente W 11-063718-005, que contiene el Memorando N° 2470-2011. OGNMINSA, de la Oficina ...
60KB Größe 6 Downloads 1 vistas
MINISTERIO DE SALUD

fS..?:.:.'?º.!.~.tr..! Nsd

NO..

Visto el Expediente W 11-063718-005, que contiene el Memorando N° 2470-2011­ OGNMINSA, de la Oficina General de Administración y la Nota Informativa W 2701-2011­ OL/MINSA, de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO:

Que, con fecha 15 de agosto de 20@8, se suscribió el Convenio W 046-2008/MINSA Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud. Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, cuyo numeral 1 del Compromiso de Ambas Partes de su Cláusula Tercera establece que: "El MINSA y el INPE acuerdqn, en el marco de la política impulsada por el Gobierno Nacional, efectuar compras corporativas de medicamentos e insumos con el Sector Salud, previa suscripción de los Convenios Especificas que comprendan los alcances del presente compromiso";

~

\ Que, del referido Convenio Marco W 046-2008/MINSA no se desprende que haya ~ existido una delegación expresa al Viceministro de Salud para suscribir Convenios Específicos ~ o Adendas necesarios para el logro de los objetivos planteados;

D. Suárez

O, CESPEúES M.

Que, con fecha 28 de diciembre de 2010, se suscribió el Convenio N" 045­ 2010/MINSA, Convenio Especifico de Cooperación Interinstitucional para la Realización de Procesos de Selección mediante el Sistema de Compras Corporativas Facultativas, con el objeto de adquirir los medicamentos señalados en el Anexo W 01 de dicho documento, en forma conjunta y de manera corporativa, a través de los procesos de selección respectivos, de acuerdo a la normatividad de contrataciones del Estado, aprovechando los beneficios de la economía de escala, en las mejores y más ventajosas condiciones; Que, en aplicación a lo señalado en los literales o) 'y r) del artículo r del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo W 023­ 2005-SA Y sus modificatorias, los convenios deben ser suscritos por el Ministro de Salud, salvo delegación expresa, lo cual es concordante con el subnumeral 6,3,3 de la Directiva Administrativa N° 13B-MINSA/SG-V,01 "Procedimiento para la aprobación de Convenios a ser suscritos en el Ministerio de Salud", aprobada por Resolución Ministerial N" 468-200B/MINSA;

A. Tejada

Que, en tal sentido, resulta pertinente delegar en el Viceministro de Salud la facultad de suscribir Convenios Especificos o Adendas que se deriven del Convenio N" 046­

2008/MINSA, Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con el literal 1) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Viceministro de Salud la facultad de suscribir Convenios Específicos y Adendas que se deriven del Convenio W 046-2008/MINSA Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, convalidando, así todos aquellos Convenios EspecífiCOS y Adendas suscritos por el Viceministro de Salud bajo los alcances del precitado Convenio W 046-2008/MINSA. Regístrese Y'comuníquese.

Ministro de Salud