MINISTERIO DE SALUD
Visto, el Expediente W 14-027693-001, que contienen la solicitud del señor Osear Agustín NUÑEZ HUARACHA y el Informe N° 741-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 16 de setiembre de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre devolución de descuento por inasistencia injustificada; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público: y su Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , y la Resolución Ministeria l N° 0132-92-SA-P , que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, establecen que las inasistencias justificadas por motivos particulares y las inasistencias injustificadas, están sujetas al descuento equivalente al valor íntegro de la remuneración total correspondiente al tiempo no laborado, en el mes que se produce la falta;
Il.Nf.1l1HO C.
Que, mediante Resolución Directora! N° 0112-2014-0GGRH/SA, se autorizó el descuento de haberes por inasistencias y tardanzas, a los trabajadores de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas del 1 al 31 de diciembre de 2013, en la cual se observa que, se ha descontado cuatro (4) días por inasistencia injustificada a don Oscar Agustín NUÑEZ HUARACHA, de la Oficina General de Planea miento y Presupuesto del Ministerio de Salud; Que, mediante Nota Informativa N° 006-2014-SG-UTD/M IN SA de fecha 14 de marzo de 2014 , la Responsable de la Plataforma de Atención de Tramite Documentario de la Secretaria General del Ministerio de Salud, hace de conocimiento que el servidor nombrado Osea r Agustín NUÑEZ HUARACHA, involuntariamente no registra marcaciones en el Sistema CHECKSMART, los días: 10 (salida), 11 (ingreso), 17 y 18 (salida) de diciembre de 2013, los cuales motivaron descuento en el mes de enero de 2014; asimismo precisa que el mencionado trabajador en el mes de diciembre cumplió con sus labores de manera normal; por lo que solicita la devolución de los descuentos efectuados; para tal efecto adjunta Papeletas de Autorización de Ingreso o Salida, las cuales indican que el servidor trabajó normalmente los días descontados;
Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 741·20 15·EIE· OARH/MINSA de fecha 16 de setiembre de 2015 , señala que es factible la emisión del acto resolutivo que autorice se efectué la devolución del monto descontado a don Oscar Agustín NUÑEZ HUARACHA, teniendo en cuenta la justificación expuesta en la Nota Informativa N° 006·2014·SG·UTD/MINSA, que los días 10, 11 , 17 Y 18 de diciembre de 2013, laboró normalmente; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De confonnidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo Genera l; el Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005·090-PCM; y la Resolución Ministerial W 0132-92-SA-P , que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud ; SE RESUELVE: Articulo 1°._ AUTORIZAR , a favor de don Oscar Agustin NUÑEZ HUARACHA, identificado con Documento Nacional de Identidad N" 07243264 , Coordinador, Nivel F-1, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, la devolución del descuento de haberes por inasistencia injustificada, efectuado en la Planilla Únicas de Pagos del mes de enero de 2014, por la suma de Ciento cuarenta y ocho y 2/100 Nuevos Soles (SI. 148.20), correspondiendo el 15% al CAFAEMSA (SI. 22.23) Y el 85% al Sub - Comité de Fondo de Asistencia y Estimulo (SI. 125.97) , por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución , Articulo 2°. _ TRANSCRIBIR la presente Resolución al: Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, CAFAEMSA y Sub CAFAE , para su conocimiento y demás fines. Articulo 3°. _ ENCARGAR a la Ofici na General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud , en la dirección electrónica: http://l.NI/'NoI.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°. _ Notificar la presente Resolución Directoral a don Osear Agustín NUÑEZ HUARACHA. Regístrese y com
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