MINISTERIO DE SALUD
~· CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 270-2015/MINSA, de fecha 29 de abril de 2015, se designó al abogado Diego Ernesto Tolmos Saponara, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, la Ley W 29806, que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, norma la contratación de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en las entidades públicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de mérito y transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 6° de la Ley W 29806 dispone dejar en suspenso lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3 del Decreto Ley 25650, el primer párrafo del artículo 139 del Reglamento de la Carrera A.dministrativa, aprobado mediante Decreto Supremo W 005-90-PCM, así como el literal o} del artículo 16 de la Ley No 28175, Ley Marco del Empleo Público, para la aplicación de la Ley antes precitada; Que, en mérito a lo dispuesto en la norma legal acotada en el párrafo precedente, el abogado Diego Ernesto Tolmos Saponara, Director General, Nivel F5, de la Oficina General de Administración, necesita contar con Licencia sin goce de remuneraciones, mientras dure su período de contratación ccn el Ministerio de Economía y Finanzas como personal altamente calificado; por lo que es pertinente conceder la citada licencia; Con la visación de la Jefa (e} del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecut1vo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y,
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29806, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 016-2012-EF y en el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM ; SE RESUELVE: Artículo Único.- Conceder al abogado Diego Ernesto Tolmos Saponara, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Administración, Licencia sin goce de remuneraciones por el periodo que dure su contratación como Personal Altamente Calificado, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Directora!.