ministerio de salud considerando

4 sept. 2018 - Visto, el Expediente W 15-052237-001, que contiene el Informe N° 384-2015-. EIE-OARH/MINSA de fecha 28 de mayo de 2015, emitido por el ...
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el Expediente W 15-052237-001, que contiene el Informe N° 384-2015EIE-OARH/MINSA de fecha 28 de mayo de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre devolución de descuento por inasistencia injustificada; y,

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, establecen que las inasistencias justificadas por motivos particulares y las inasistencias injustificadas, están sujetas al descuento equivalente al valor íntegro de la remuneración total correspondiente al tiempo no laborado, en el mes que se produce la falta; Que, mediante Resolución Directora! W 287-2015-0GGRH/S,A., de fecha 25 de marzo de 2015, se autorizó el descuento en la Planilla Única de Pagos del mes de marzo de 2015, de las inasistencias y tardanzas de los trabajadores de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas en el mes de febrero de 2015, ia cual incluye el descuento por un (1) día del 17, a don Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ, de la Dirección de General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, mediante INFORME W 038-2015-SECAYL/EIE/OARH/MINSA, de fecha 28 de mayo de 2015, la responsable del Sub Equipo de Control de Asistencia informa a la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón, que por error involuntario, se efectuó el descuento indebido en los haberes del servidor Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ, en la Planilla de Pagos del mes de marzo de 2015; en tal sentido corresponde se efectué el reembolso respectivo del citado servidor, dado que el día 17 de febrero de 2015, laboró en forma normal; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 384-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 28 de mayo de 2015, sef,ala que es factible la emisión del acto

resolutivo que autorice se efectué la devolución del monto descontado a don Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ, teniendo en cuenta la justificación expuesta en el INFORME W 038-2015-SECAYL/EIE/OARH/MINSA, que había registrado su ingreso y salida el día 17 de febrero de 2015; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de que se autorice la devolución del descuento de haberes por inasistencia injustificada, efectuado en la Planilla Única de Pagos del mes de marzo de 2015, a don Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ; Con la visación de la Jefa (e) de Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General ; el Decreto Legislativo No 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM ; y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud ;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR, a favor del señor Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ, Especialista en Salud Pública 11 , Nivel 5, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud ; la devolución del descuento de haberes por inasistencia injustificada, efectuado en la Planilla Única de Pagos del mes de marzo de 2015, por la suma de Ciento setenta y uno y 93/100 Nuevos Soles (S/.1 71 .93), correspondiendo el 15% al CAFAEMSA (S/ . 25.79) y el 85%al Sub - Comité de Fondo de Asistencia y Estímulo (S/. 146.14), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución . Artículo 2°.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al: Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, CAFAEMSA y Sub CAFAE, para su conocimiento y demás fines. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don Pedro Aníbal VICUÑA VILCHEZ.

Regístrese y comuníquese.