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remuneraciones permiso por lactancia materna a doña Melody Ysabel REATEGUI. CÁCERES, Auxiliar Administrativo, Nivel SAB, servidora de la Dirección de.
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el Expediente W 14-110522-003, que contiene el Informe W 436-2015EIE-OARH/OGGRH/MINSA, de fecha 10 de junio de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, sobre rectificación de la Resolución Directora! W 0530-20150GGRH/SA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directora! W 0530-2015-0GGRH/SA, de fecha 22 de mayo del 2015, se resolvió CONCEDER, con eficacia anticipada y con goce de remuneraciones permiso por lactancia materna a doña Melody Ysabel REATEGUI CÁCERES, Auxiliar Administrativo, Nivel SAB, servidora de la Dirección de Abastecimientos en Recursos Estratégicos en Salud del Ministerio de Salud, por una hora diaria al inicio de la jornada laboral, del 14 de marzo de 2014 al 30 de enero de 2015; Que, de la revisión y análisis del expediente, se desprende que se ha incurrido en un error material en la parte resolutiva de la Resolución Directora! W 0530-20150GGRH/SA, en el extremo referido al turno y fecha considerada para el permiso por lactancia materna, siendo lo correcto "al término de !a jornada laboral, del 20 de octubre de 2014 al 25 de junio de 2015", por lo que corresponde, efectuar la rectificación correspondiente; quedando subsistente en sus demás extremos;

R. MERINO C.

Que, al respecto, el numeral 201.1 del artículo 201 o de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores mateíiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, estando a lo informado por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos mediante el Informe W 436-2015-EIEOARH/MINSA, habiéndose verificado el mencionado error material y considerando que la rectificación no altera lo esencial del contenido, ni el sentido de la Resolución Directora! No 0530-2015-0GGRH/SA, resulta necesario emitir al acto resolutivo correspondiente;

Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto 1 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo previsto en los numerales 201 .1 del artículo 201 o de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Ministerial W 949-2003-SA/DM; SE RESUELVE: Artículo 1o.- Rectificar el error material incurrido en la parte resolutiva de la Resolución Directora! No 0530-2015-0GGRH/SA, en el extremo referido al turno y fecha considerada para el permiso por lactancia materna de doña Melody Ysabel REATEGUI CÁCERES, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Dice: "por una hora diaria al inicio de la jornada laboral, del 14 de marzo de 2014 al30 de enero de 2015". Debe decir: "por una hora diaria al término de la jornada laboral, del 20 de octubre de 2014 al 25 de junio de 2015". Artículo 2°.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Directora! W 0530-2015-0GGRH/SA. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente resolución en la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de la Administración Central del Ministerio de Salud, sito en Jr. Nazca W 548, Lima 11, Perú , lugar donde labora la interesada