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que la posesión la tiene hace más de 15 años. ... a cabo el día 01 DE DICIEMBRE DEL 2017 a las 14:30 HORAS ...... FARO GUILLEN, por el delito de Omisión.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 17 de octubre del 2017

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO (Exp. N° 00650-2010-0-2801-JM-CI-02) Ante Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, secretaria Dra. Gaby Nina Escobar, MIURY ZARELLA TEJERINA RIVERA, solicita PRESCRIPCION ADQUISITIVA, de inmueble urbano, con fecha 16 de Noviembre del 2010 se admite a trámite la demanda interpuesta por Miury Zarella Tejerina Rivera, con conocimiento de los colindantes Domitila Blanca Flor Chulque, Guillermo Benigno Ramírez Jiménez, Inés Jiménez Manchego, respecto a la prescripción adquisitiva de dominio del lote urbano ubicado en la calle Ayacucho 1041 del distrito de Moquegua provincia de Mariscal Nieto con una extensión superficial de 149.1182m2 encontrándose encerrado dentro de los siguientes linderos: por el frente con la calle Ayacucho con 8.42 ml, por el costado derecho entrando con propiedad de Domitila Blanca Flor Chulque con 19.22ml; por el costado izquierdo entrando con propiedad de Guillermo Benigno Ramírez Jiménez en tres tramos y consecutivos, con 15.75; 4.37 y 2.57ml, y por el fondo con propiedad de Inés Jiménez Manchego con 4.25ml, indica que la posesión la tiene hace más de 15 años. Asimismo dicho proceso se sigue con intervención del Procurador Publico Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto. Por resolución 45 se ha dispuesto notificar mediante edictos a la sucesión de doña Domitila Blanca Flor Chulque, a fin de que comparezcan al proceso los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal, de conformidad con lo dispuesto en el art 108 inc 1 del C.P.C, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y en la “La Republica”, por el termino de tres días hábiles. Moquegua, 27 de Setiembre del 2017. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N°010, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11-13-18 Octubre)

téngase presente. llo 12 de Octubre del 2017 (16, 17, 18 Octubre) EDICTOS Expediente Nro. 00557-2013-0-2801-JMCI-02 seguido por MARTIRES ANGELICA CANCHO RONDON, sobre DIVISION Y PARTICIÓN DE BIENES en contra de NESTOR ALBERTO CUELLAR CARDENAS Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 23, Moquegua, 22-09-2017… RESUELVE: 1.- SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de treinta días, ´para que comparezcan al proceso los SUCESORES de quien en vida fueron ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NELSON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO. Bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2. Agréguese a los autos la ficha de RENIEC extraídas del Sistema Integrado Judicial. 3. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la SUCESIÓN DE ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NELSON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO, por edictos, debiendo la parte demandante cumplir con adjuntar las publicaciones, bajo responsabilidad de demora en el trámite del proceso, sin perjuicio de que PRECISE si conoce o no a los sucesores de Adrian Ramos Ramos, Lino Mayta Mendoza, Nelson Edgar Manchego Cuellar y Sebastián Condori Adco; de ser el caso, acredite con documento idóneo lo requerido. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Moquegua, 06 de Octubre del 2017 David A. Calizaya Pinto Abogado REG. N° 0005 C.A.M.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12-16-18 Octubre)

DECLARACION DE UNIÓN DE HECHO NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO PENAL

EDICTO Por ante el Juzgado Mixto (Ex 1°) de llo, Expediente Nro.00382-2017-0-2802JM¬C1-01, que despacha el Dr. Adolfo Cornejo Polanco, en vía de Proceso No Contencioso, SE HA RESUELTO: Admitir a Trámite la demanda interpuesta por CHRISTIAN ALBERTO MAMANI TAPIA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, por el de TAPIA HUACASI, debiendo figurar en lo sucesivo como CHRISTIAN ALBERTO TAPIA HUACASI, con conocimiento del Ministerio Público, señalándose fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL , para el día 21 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las DOCE Y TREINTA horas. Debiendo cumplirse con la publicación prevista en el Art.167° y 168° del Código Procesal Civil (La República) al Primer, Segundo y Tercer Otrosí,

Expediente N° 806-2017-96-280l-JRPE-02. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. ESPECIALISTA: JUAN CARLOS ESPINOZA CHIPANA. Se NOTIFICA a don MELITON MAQUERA CACSI, que en el Proceso seguido en su contra por el Delito de misión a la Asistencia Familiar, mediante Resolución N° 01 de fecha 13 de octubre del 2017: SE CITA a la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales Acusado: MELITON MAQUERA CACSI, identificado con DNI N° 04652016, quien deberá ser notificado y citado en los domicilios reales señalados en autos y mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse

a cabo el día 01 DE DICIEMBRE DEL 2017 a las 14:30 HORAS en la sala de audiencias Nro. 07 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N –Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido – Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana – Especialista Legal.- Moquegua 16 de octubre del 2017. (18-19-20 Octubre) NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente N° 628-2017-44-280l-JRPE-02. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. ESPECIALISTA: JUAN CARLOS ESPINOZA CHIPANA. Se NOTIFICA a don JORGE APAZA QUISPE, que en el Proceso seguido en su contra por el Delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, mediante Resolución N° 01 de fecha 13 de octubre del 2017: SE CITA a la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales Acusado: JORGE APAZA QUISPE, identificado con DNI N° 45190801, quien deberá ser notificado y citado en los domicilios reales señalados en autos y mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 13 DE DICIEMBRE DEL 2017 a las 12:00 HORAS en la sala de audiencias Nro. 04 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N –Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido – Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana – Especialista Legal.- Moquegua 16 de octubre del 2017. (18-19-20 Octubre) RECTIFICACION DE PARTIDA REMATE JUDICIAL REMATE PÚBLICO - JUDICIAL EN PRIMERACONVOCATORIA En el proceso judicial con expediente Nº00418-2014-0-2802-JM-CI-02que sobre Proceso Único de Ejecución de Garantías sigue COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N°103 en contra de LUIS ALBERTO FERRO ESQUIBIAS y CARMEN ROSA VARGAS ESQUIVIAS; el JUZGADO MIXTO (EX 1°) DE ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA, a cargo del Señor Juez ADOLFO CORNEJO POLANCO, con intervención dela Especialista Legal Srta. Judith Gallegos Ramos, ha ordenado convocar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble que a continuación se detalla: Terreno ubicado en Pueblo Joven Augusto B. Leguía Mz. A Lt. 7-A Distrito, Provincia y Departamento de Tacna; cuyo

dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral Nº P20014666 de la Zona Registral Nº XIII– Sede Tacna – Oficina Registral de Tacna de la SUNARP. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de S/. 69 891,99 (sesenta y nueve mil ochocientos noventa y uno con 99/100 soles) y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/ 46 594,66(cuarenta y seis mil quinientos noventa y cuatro con 66/100) equivalentes a las dos terceras partes de la valorización. AFECTACIONES DEL BIEN: Según lo publicitado en la referida partida registral: Asiento 0007HIPOTECA.- A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SANTA CATALINA D MOQUEGUA LTDA Nº103 hasta por la suma de S/ 36 228,77 soles según Escritura Pública Nº994 de fecha 06-12-2013 extendida ante Notaria Pública de Ilo Yolanda Lucía Insúa Arroyo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Registro Nº 227 el día 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 A LAS 10:00 HORAS AM; EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO MIXTO (EX 1º) DE LA CIUDAD DE ILO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA ubicado en la Calle Matará Nº325 – Sede de los Juzgados de Ilo. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación mencionado: S/ 6 989,20 (seis mil novecientos ochenta y nueve con 20/100 soles), presentando este ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate de bien inmueble (S/ 405 soles), con indicación del juzgado y número de expediente y debidamente suscrito, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. (18, 19, 20, 23, 24, 25 Octubre). Ilo, 03 de Octubre del año 2017. REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por ROSARIO MARTINA PINTO VELASQUEZ DE ALVAREZ contra YENNIFER MARILY AQUINO VILCA, sobre división y partición de bienes, expediente Nro. 00325-2014-0-2802-JMCI_01, el Juzgado Mixto de Ilo, a Ante el Juzgado Mixto, a cargo del Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del especialista Abogado Marcos Cáceres Ninaja, ha dispuesto sacar a remate en Primera Convocatoria el Inmueble Ubicado en Asentamiento Humano Urbanización de interés Social Miramar, Manzana Y – lote 1, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio,

linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N°P08021959 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. MONTO DE LA VALORIZACION COMERCIAL en US$ 79,910.08 (SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 08/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el PRECIO BASE DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA la suma de US$. 53,273.39 (CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 39/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las a la 2/3 partes de la tasación del bien. AFECTACIONES: HIPOTECA a favor de Eusebia Mamani Choquepata hasta por S/. 15,000.00 soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a Yennifer Marily Aquino Vilca; inscrita en el Asiento 00017 de la Partida P08021959 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registro N° XIII Sede Ilo. DIA Y HORA Y LUGAR DEL REMATE: se realizara el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Ubicado en calle Matara N°325, segundo Piso, de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Publico Abrahán Mariñas Sánchez, con Registro Nro.224. LOS POSTORES OBLARAN, ante martillero, no menor a US$. 7,991.01 (SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 01/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y deben presentar el original del ARANCEL JUDICIAL (cod.07153) en el que deberá estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el Numero de documentos de Identidad del Postor (arancel debidamente suscrito y copia del Documento de Identidad). Ilo, 17 de octubre de 2017. (18, 19, 20, 23, 24, 25 Octubre). REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 contra MARCOS MANUEL MAMANI CORI, sobre obligación de dar suma de dinero, Expediente Nº 00337-2012-0-2802-JP-CI-01, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Williams Norabuena Carpio y Especialista Legal, Dr. Huber Marlón Rojas Huamani, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano PROMUVI V, Sector A, Mz. 31, lote 10, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Nº P08012877 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII. El bien ha sido valorizado en S/. 39,442.00 (TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de S/. 26,294.67 (VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 67/100 SOLES) que equivale a las dos terceras partes del valor de tasación comercial del bien. AFECTACIONES: 1) Hipote-

Miércoles, 17 de octubre del 2017

ca a favor de la Caja Arequipa, hasta por US$. 3,443.00 y 2) Embargo en forma de inscripción, a favor de la ejecutante y con motivo de autos hasta por S/. 26,783.93; e inscritos en los asientos 00005 y 00006 de la Partida P08012877 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII, respectivamente. El remate se realizará el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matará N° 325, de ésta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Mariñas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a S/. 3,944.20 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el original del arancel judicial (cód. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. .ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ, Martillero Público a Nivel Nacional, Registro Nº 224. Ilo, 21 de setiembre del 2017. (16, 17, 18, 19, 20, 23 Octubre).

acusado ALEX AMADOR JULIO HUAMAN ESCALANTE, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 00683265, natural del Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Arequipa, nacido el 27 de julio de 1973, hijo de Hipólito y Justa, con grado de instrucción quinto de secundaria (ficha RENIEC), con domicilio real en el Comité 25, Manzana Z, Lote Nro. 06, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua (ficha RENIEC) y con domicilio real en Pedro Flores Nro. 335-B, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua (Acusación). 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sea puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometida a juicio el acusado, nombrándose al señor Arturo Flores Estuco, como abogado del acusado. 3.4.CUARTO: SE DISPONE se notifique al acusado en su domicilio real que obra en autos (acusación), en su domicilio de su ficha RENIEC y mediante EDICTOS, con la presente resolución; asimismo se tiene por notificado con la esta resolución a las partes asistentes a esta audiencia. Tómese Razón y Hágase Saber.EDICTO PENAL

EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 009-2016-13-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a JUAN CARLOS CASTRO ROSALES, con la RESOLUCION N° 04. Por lo que SE RESUELVE: RESOLUTIVA.- 3.1.PRIMERO: DECLARAR LA CONTUMACIA del acusado JUAN CARLOS CASTRO ROSALES, identificado con Cedula de Identidad Nro. 5890757, natural de Bolivia, de ocupación chofer, de estado civil Soltero, con domicilio en Barrio San Jorge Mz 8 Santa Cruz Bolivia. 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sean puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley, debiendo de cursarse todos los aficiones pertinentes a las autoridades competentes para el cumplimiento de la presente resolución (autoridades nacionales y de la ciudad de Bolivia, mediante Exhorto y lo que corresponda). 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometida a juicio el acusado, nombrándose a la señorita Lena Cori Humire, como abogado del acusado. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE con la presente resolución al acusado en su domicilio real que obra en el requerimiento de acusación, y mediante edictos a nivel nacional y en el país de Bolivia para los fines pertinentes. Tómese Razón y Hágase Saber.

EXPEDIENTE: 698-2017-0-2801-JP-PE-03, Notificar mediante Edicto al agraviado Luis Octavio Guadalupe Franco e imputada Maura Nancy Calla Calderón, la Resolución N° 03 de fecha 28.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de Maruja Antolina Campos Espinoza y Maura Calla Calderón en agravio de Luis Octavio Guadalupe Franco por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. Disponer el archivo del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 13 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (18-19-20 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 425-2017-0-2801-JP-PE-03, Notificar mediante Edicto al agraviado JONATHAN ALBERT SALAZAR PALMA, la Resolución N° 04 de fecha 28.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones culposas, seguido en contra de Josue David Zenteno Murriel en agravio de Luis Jonathan Albert Salazar Palma por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. Disponer el archivo del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 13 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (18-19-20 Octubre)

EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00483-2017-40-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a ALEX AMADOR JULIO HUAMAN ESCALANTE, con la RESOLUCION N° 03. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR CONTUMAZ al

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EXPEDIENTE N° 769-2017-0-2801-JPPE-03; NOTIFICA al agraviado RENE ALFREDO RAMOS MAMANI, la Resolución N° 01 de fecha 24.08.2017 que RESUELVE:

1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la presunta comisión de Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Daños, en agravio de René Alfredo Ramos Mamani, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 11 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (18-19-20 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 583-2017-0-2801-JPPE-03, notificar al agraviado GUILLERMO ANTONIO ESCOBAR QUISPE y a la imputada BENILDA ARANA QUIPE la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 28.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de Benilda Arana Quipe, en agravio de Guillermo Antonio Escobar Quispe por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. DEJAR sin efecto la medida de protección impuesta por el Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto derivado del expediente N° 67-2017-0-2801-JR-FC-01. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 12 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (18-19-20 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00770-2017-27-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don JORGE ROY COSI MAMANI, identificado con DNI Nº 04742141, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 14 de octubre de 1972, natural de Moquegua, grado de instrucción superior completa, estado civil soltero, hijo de Vicente y Paula, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 13 de octubre ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Jaime Henry Chirinos , quien deberá hacerse cargo de la defensa técnica del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Mo-

quegua, 16 de octubre de 2017. (18-1920 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nº 00671-2017-70-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don ROGELIO SECUNDINO VELAZCO LIMACHI, identificado con DNI N° 01845607, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 11 de marzo de1967, lugar de nacimiento Pomata, Provincia de Chucuito, departamento de Puno, con grado de instrucción técnica completa, hijo Juan y Máxima, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 20 de setiembre de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra dentro del horario de jornada laboral; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 13 de octubre de 2017. (18-19-20 Octubre) EDICTO PENAL EXP: 00440-2017-51-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a EDDY ROBERT MALACHE RUGEL, con la RESOLUCION N° 02. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 27 DE OCTUBRE DEL 2017, A LAS 14:30 HORAS, en la Sala de Audiencias ubicada en Jr. Junín 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de llo, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cédulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.-

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SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuados a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Mabel Gómez Peñaloza, se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todas las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (17, 18, 19 Octubre). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO, EXPEDIENTE N°: 00432-2017-23-2802-JR-PE-01. JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. GABRIELA ALCAZAR CASTRO. Se emplaza, notifica A PERCY ZENON LAQUISE GALARZA, con la RESOLUCION N° 04 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR LA AUSENCIA del acusado PERCY ZENON LAQUISE GALARZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 44271802, natural de Miraflores, Provincia Arequipa y Departamento de Arequipa, nacido el 23 de abril de 1982, hijo de Rosendo y cristina, con grado de instrucción secundaria completa, con domicilio real en prolongación San Martin Mz. 51 lote 04 Provenir Miraflores, Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa. 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sean puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometida a juicio el acusado, nombrándose al señor Arturo Walter Flores Estuco, como abogado del acusado. Teniéndose por notificado con la presente resolución a las partes asistentes a esta audiencia. 3.4.- CUARTO: Notifíquese al acusado en su domicilio real el que obra en el requerimiento de acusación el que obra en su ficha RENIEC y mediante edictos, Tómese Razón y Hágase Saber. (16, 17, 18 octubre). EDICTO PENAL EXP: 00389-2016-60-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a WILBER CANTUTA CHANA, con la RESOLUCION N° 03 Por lo que SE RESUELVE: 3.- RESOLUTIVA: Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: DECLARAR LA CONTUMACIA del acusado WILBER CANTUTA CHANA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 41588079, natural del Distrito de Acora, Provincia y Departamento de Puno, nacido el 25 de julio de 1980, de 37 años de edad, con grado de instrucción

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Secundaria Completa (ficha RENIEC), estado civil soltero (ficha RENIEC), hijo de Juan de Dios y María, con domicilio real en el Asentamiento Humano 24 de octubre, Manzana 54, Lote Nro. 2, Pampa Inalámbrica, Distrito y Provincia llo, Departamento de Moquegua (Acusación) y con domicilio real en Alto Chiribaya, Manzana 85, Lote Nro. 7, Distrito y Provincia llo, Departamento de Moquegua (Ficha RENIEC). 3.2.- TERCERO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, para que proceda a la búsqueda y captura de acusado a fin que sea puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.CUARTO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sea sometido a juicio el acusado, nombrándose como su abogado del acusado al señor Fredy Mamani Callalla, Defensor Público., 3.4.- QUINTO: SE DISPONE se notifique al acusado con la presente resolución en su domicilio real (acusación), en su domicilio de su ficha RENIEC y mediante Edictos, para los fines pertinentes; asimismo en esta acto de audiencia se tiene por notificado a todas las partes asistentes con esta resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (16, 17, 18 octubre). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00489-2017-72-2802-JR-PE-01. JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. GABRIELA ALCAZAR CASTRO. Se emplaza, notifica A CARLOS RUBEN RAMIREZ MARCA, con la RESOLUCION N° 03 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.PRIMERO: DECLARAR LA AUSENCIA del acusado CARLOS RUBEN RAMIREZ MARCA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nro. 00795653, natural de Tacna, Provincia Tacna y Departamento de Tacna, nacido el 01 de Julio de 1972, hijo de Mario y Dominga, con grado de instrucción secundaria completa, con domicilio real en Villa Primavera Mz. 8 lote 28 Ilo, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. 3.2.- SEGUNDO: DISPONER SE OFICIE A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU para que proceda a la búsqueda y captura del acusado a fin que sean puesto a disposición de este juzgado para que sea sometido a juicio con arreglo a ley. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, mientras sea ubicado y sometida a juicio el acusado, nombrándose al señor Arturo Walter Flores Estuco, como abogado del acusado. Teniéndose por notificado con la presente resolución a las partes asistentes a esta audiencia. 3.4.- CUARTO: Notifíquese al acusado en su domicilio real el que obra en el requerimiento de acusación el que obra en su ficha RENIEC y mediante edictos, Tómese Razón y Hágase Saber. (16, 17, 18 octubre). EDICTO PENAL Expediente Nº 00111-2015-78-2801-JRPE-02. Juzgado Penal Colegiado de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don NELY YENI AÑAMURO QUISPE, identificada con DNI N° 48595926, natural de Ilabaya, Jorge Basadre, Tacna, localidad Boro-

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gueña, estado civil soltera, hija de Jorge y Olga, grado de instrucción segundo de secundaria, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 003 de fecha 03 de octubre del 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerla a disposición de este juzgado Colegiado a efecto de que afronte la audiencia seguido en su contra, dentro del horario de jornada laboral; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor de la acusada al doctor Armando Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa técnica de la citada acusada. SE DISPONE la citación a la acusada ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juicio seguido en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesta a disposición del juzgado la acusada ausente. Fdo. Erwin Rodriguez Barreda – Presidente del Juzgado Penal Colegiado de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 10 de octubre de 2017. (16-17-18 Octubre) EDICTO PENAL4 Expediente Nro.: 00369-2009-32-2801-JRPE-01. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. SE HACE SABER Y EMPLAZA: Al sentenciado HAMILTON FLORES SANCHEZ, con la Resolución N° 56 en la cual SE REQUIERE: a los sentenciados LUIS FELIPE RAMOS POSTIGO, CARLOS ANTONIO ORELLANA VIDAURRE, RICARDO ALFONSO NICHO RIOS y HAMILTON VALERIO FLORES SANCHEZ, para que cumpla con el pago de la reparación civil establecida en la sentencia de fecha once de setiembre del dos mil trece y resolución de N° 25 Sentencia de Vista, de fecha veintisiete de enero del dos mil catorce. Que, mediante escrito de fecha13 de setiembre de 2017 la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, solicita se cumpla con el pago dela reparación civil ascendente a la suma de S/. 30.000.00 soles siendo que a la fecha solo se habrían abonado la suma de S/.1,000.00 soles, - Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 09 de Octubre de 2017. (16-17-18 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00190-2017-45-2801-JRPE-02. Juzgado: Segundo Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al acusado con la Resolución N° 06 de fecha 04 de octubre del 2017, que RESUELVE: Primero: Declarar FUNDADO el requerimiento de LEVANTAMIENTO DE SECRETO DE LAS COMUNICACIONES solicitado la representante del Ministerio Público.

Segundo: AUTORIZO el LEVANTAMIENTO DE COMUNICACIONES solicitado por el Ministerio Público; en tal sentido MANDO: que la empresa Claro, informen: a) El nombre completo de la persona que figura como titular de la línea de telefonía celular N° 953495494 -aparentemente de propiedad de Alexander López Acostupa - y remitan el reporte de llamadas entrantes y salientes de dicha línea de telefonía celular correspondientes a los días del mes de enero del dos mil diecisiete, debiendo detallarse en el reporte la ubicación de las celdas de origen de las llamadas entrantes y salientes así como la duración de las llamadas entrantes y salientes; Tercero: DISPONER que en caso, alguna persona se oponga a lo resuelto en la presente resolución, será bajo apercibimiento de denunciarlos por el delito de Resistencia a la Autoridad. Cuarto: DISPONER que el Ministerio Público sea quien se encargue de su ejecución, para cuyo fin se remite el presente cuaderno. Quinto: ORDENO: Notificar a: Alexander López Acostupa con domicilio real en Jirón Alejandro Villanueva 360, Piso 4 –A – Urbanización Apolo – La Victoria – Lima y por edictos; ello para los fines pertinentes, conforme lo indicado en la presente resolución. Hágase saber.- Dr. Jorge Eduardo García Apaza - Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Irma Lipa Figueroa, Especialista Legal - Módulo Penal.- Moquegua, 12 de Octubre de 2017. (16-1718 Octubre) EDICTO PENAL Expediente N° 751-2017-0-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 751--2017-0-2801-JRPE-02 , seguida en contra de JOSÉ LUIS JALIRI PERCA, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales D.Y.J.E. Rep. por su madre Esther Eugenio Asencio; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSÉ LUIS JALIRI PERCA, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 02/10/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 19/10/2017, a las 10:30 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO de fecha 20/08/17. Que, al amparo del artículo 446° numeral 4, se requiere la instauración del proceso inmediato en contra de José Luis Jaliri Perca, por la presunta comisión del delito de omisión a la asistencia familiar, previsto en el 1 párrafo del artículo 149 del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales D.YJ.E. Rep. Esther Eugenio Asencio. Hecho investigado: Esther Eugenio Asencio interpuso demanda de Alimentos en contra de José Luis Jaliri Perca, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto en el Exp. N° 17-2015-0-280lJP-FC-01, proceso que concluyó con la Resolución N°07 Sentencia, de fecha 15/07/15, mediante la cual el juez falla : “declara fundada la demanda de alimentos (...) se ordena que el demandado JOSÉ LUIS JALIRI PERCA acuda a su menor hija D.Y.J.E. con una pensión alimenticia men-

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sual en monto fijo de S/ 400.00”. Ante el incumplimiento del pago de pensiones por el imputado durante el período 31 de enero del 2015 al 30 de septiembre del 2015, se practicó liquidación por un monto de (S/. 3 240.34), aprobándose la misma mediante Resolución N°12 de fecha 30/03/16, asimismo, se requiere a José Luis Jaliri Perca cumpla el pago de las pensiones devengadas bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público. Posteriormente, al no cumplir con el pago del importe contenido en la liquidación de pensiones, el Juzgado hizo efectivo el apercibimiento decretado, mediante resolución N°14 de fecha 02 de junio del 2017. SUSTENTO JURÍDICO DEL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: Se sustenta el presente requerimiento en lo previsto en el artículo 446 del Código Procesal Penal. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 10 de octubre del 2017 (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL Expediente N° 771-2017-0-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 771-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra de VÍCTOR HUGO ALFARO GUILLEN, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales V.G.A.Q. Rep. por la señora Elizabeth Anita Quispe Huallpa; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a VÍCTOR HUGO ALFARO GUILLEN, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 02/10/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 06/11/2017, a las 09:00 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO IMEDIATO de fecha 05/09/17.De conformidad con lo establecido por los artículos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del PROCESO INMEDIATO, en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Víctor Hugo Alfaro Guillen, por la presunta comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, previsto en el primer parrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales V.G.A.Q. Rep. por la señora Elizabeth Anita Quispe Huallpa. Hechos investigados: Se le atribuye al imputado Víctor Hugo Alfaro Guillen, omitido con pagar las pensiones alimenticias fijadas en el Exp. N° 0252-2015-0, a favor del menor agraviado, por el periodo comprendido del 01 de diciembre del 2009 al 01 de octubre del 2014, ascendiente a S/ 73,761.35, pese a que mediante la resolución N° 41 de fecha 16 de marzo del 2017 fue requerido para el pago, dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público, ante el incumplimiento se el juzgado hace efectivo el apercibimiento, mediante la resolución N° 44 de fecha 02 de mayo del 2017. FIRMADO.

DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 11 de octubre del 2017 (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 429-2017-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto a la agraviada NANCY LUZ QUISPE GUTIERREZ, la Resolución N°03 de fecha 28.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de Miguel Angel Chimoy Chapoñan, en agravio de Nancy Luz Quispe Gutierrez por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. Dejar sin efecto la medida de protección impuesta por el Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto derivado del expediente N°1800-2016-0-2801-JR-FC-01. Registrase y Notifíquese. Moquegua, 09 de Octubre del 2017. Erly Alejo Cruz Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Abog. Edwin E. Valencia Sánchez. Secretario Judicial – Juzgado Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENT N°26 -2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR a RUBEN DARIO MAMANI MIRANDA la Resolución N°07 de fecha 04.10.2017 que RESUELVE: 1. FIJAR NUEVA FECHA para la realización del Audiencia Única – Juicio Oral, teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, se llevará a cabo el TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS, en la Sala del Despacho de este Juzgado. 2. HACER efectivo en apercibimiento señalado en autos y en consecuencia SE ORDENA la comparecencia por medio de la fuerza pública de la parte imputada RUBÉN DARIO MAMANI MIRANDA, concurra a la audiencia programada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ y disponerse su DETENCION a NIVEL NACIONAL en caso de inasistencia. Moquegua, 10 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Erly Alejo Cruz. Juez(S) Juzgado de Paz Letrado Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (13-16-17 Octubre) Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSÉ LUIS JALIRI PERCA, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 02/10/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 19/10/2017, a las 10:30 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO de fecha 20/08/17. Que, al amparo del artículo 446° numeral 4, se requiere la instauración del proceso inmediato en contra de José Luis Jaliri Perca, por la presunta comisión del delito de omisión

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a la asistencia familiar, previsto en el 1 párrafo del artículo 149 del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales D.YJ.E. Rep. Esther Eugenio Asencio. Hecho investigado: Esther Eugenio Asencio interpuso demanda de Alimentos en contra de José Luis Jaliri Perca, ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto en el Exp. N° 17-2015-0-280lJP-FC-01, proceso que concluyó con la Resolución N°07 Sentencia, de fecha 15/07/15, mediante la cual el juez falla : “declara fundada la demanda de alimentos (...) se ordena que el demandado JOSÉ LUIS JALIRI PERCA acuda a su menor hija D.Y.J.E. con una pensión alimenticia mensual en monto fijo de S/ 400.00”. Ante el incumplimiento del pago de pensiones por el imputado durante el período 31 de enero del 2015 al 30 de septiembre del 2015, se practicó liquidación por un monto de (S/. 3 240.34), aprobándose la misma mediante Resolución N°12 de fecha 30/03/16, asimismo, se requiere a José Luis Jaliri Perca cumpla el pago de las pensiones devengadas bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público. Posteriormente, al no cumplir con el pago del importe contenido en la liquidación de pensiones, el Juzgado hizo efectivo el apercibimiento decretado, mediante resolución N°14 de fecha 02 de junio del 2017. SUSTENTO JURÍDICO DEL REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: Se sustenta el presente requerimiento en lo previsto en el artículo 446 del Código Procesal Penal. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 10 de octubre del 2017 (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL Expediente N° 771-2017-0-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 771-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra de VÍCTOR HUGO ALFARO GUILLEN, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales V.G.A.Q. Rep. por la señora Elizabeth Anita Quispe Huallpa; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a VÍCTOR HUGO ALFARO GUILLEN, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 02/10/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 06/11/2017, a las 09:00 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO IMEDIATO de fecha 05/09/17.De conformidad con lo establecido por los artículos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del PROCESO INMEDIATO, en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Víctor Hugo Alfaro Guillen, por la presunta comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, previsto en el primer parrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales V.G.A.Q. Rep. por la señora Elizabeth Anita Quispe Huallpa. Hechos investigados: Se le atribuye al imputado Víctor Hugo

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Alfaro Guillen, omitido con pagar las pensiones alimenticias fijadas en el Exp. N° 0252-2015-0, a favor del menor agraviado, por el periodo comprendido del 01 de diciembre del 2009 al 01 de octubre del 2014, ascendiente a S/ 73,761.35, pese a que mediante la resolución N° 41 de fecha 16 de marzo del 2017 fue requerido para el pago, dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público, ante el incumplimiento se el juzgado hace efectivo el apercibimiento, mediante la resolución N° 44 de fecha 02 de mayo del 2017. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 11 de octubre del 2017 (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 429-2017-0-2801-JP-PE-03. Notificar mediante Edicto a la agraviada NANCY LUZ QUISPE GUTIERREZ, la Resolución N°03 de fecha 28.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de Miguel Angel Chimoy Chapoñan, en agravio de Nancy Luz Quispe Gutierrez por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. Dejar sin efecto la medida de protección impuesta por el Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto derivado del expediente N°1800-2016-02801-JR-FC-01. Registrase y Notifíquese. Moquegua, 09 de Octubre del 2017. Erly Alejo Cruz Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Abog. Edwin E. Valencia Sánchez. Secretario Judicial – Juzgado Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (13-16-17 Octubre) EDICTO PENAL EXPEDIENT N°26 -2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR a RUBEN DARIO MAMANI MIRANDA la Resolución N°07 de fecha 04.10.2017 que RESUELVE: 1. FIJAR NUEVA FECHA para la realización del Audiencia Única – Juicio Oral, teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, se llevará a cabo el TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS, en la Sala del Despacho de este Juzgado. 2. HACER efectivo en apercibimiento señalado en autos y en consecuencia SE ORDENA la comparecencia por medio de la fuerza pública de la parte imputada RUBÉN DARIO MAMANI MIRANDA, concurra a la audiencia programada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ y disponerse su DETENCION a NIVEL NACIONAL en caso de inasistencia. Moquegua, 10 de octubre del 2017. Erly Alejo Cruz. Magistrado, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Erly Alejo Cruz. Juez(S) Juzgado de Paz Letrado Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (13-16-17 Octubre) EDICTO (Exp. N° 00650-2010-0-2801-JM-CI-02) Ante Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, secretaria Dra. Gaby Nina

Escobar, MIURY ZARELLA TEJERINA RIVERA, solicita PRESCRIPCION ADQUISITIVA, de inmueble urbano, con fecha 16 de Noviembre del 2010 se admite a trámite la demanda interpuesta por Miury Zarella Tejerina Rivera, con conocimiento de los colindantes Domitila Blanca Flor Chulque, Guillermo Benigno Ramírez Jiménez, Inés Jiménez Manchego, respecto a la prescripción adquisitiva de dominio del lote urbano ubicado en la calle Ayacucho 1041 del distrito de Moquegua provincia de Mariscal Nieto con una extensión superficial de 149.1182m2 encontrándose encerrado dentro de los siguientes linderos: por el frente con la calle Ayacucho con 8.42 ml, por el costado derecho entrando con propiedad de Domitila Blanca Flor Chulque con 19.22ml; por el costado izquierdo entrando con propiedad de Guillermo Benigno Ramírez Jiménez en tres tramos y consecutivos, con 15.75; 4.37 y 2.57ml, y por el fondo con propiedad de Inés Jiménez Manchego con 4.25ml, indica que la posesión la tiene hace más de 15 años. Asimismo dicho proceso se sigue con intervención del Procurador Publico Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto. Por resolución 45 se ha dispuesto notificar mediante edictos a la sucesión de doña Domitila Blanca Flor Chulque, a fin de que comparezcan al proceso los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal, de conformidad con lo dispuesto en el art 108 inc 1 del C.P.C, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y en la “La Republica”, por el termino de tres días hábiles. Moquegua, 27 de Setiembre del 2017. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N°010, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11-13-18 Octubre) EDICTO Por ante el Juzgado Mixto (Ex 1°) de llo, Expediente Nro.00382-2017-0-2802JM¬C1-01, que despacha el Dr. Adolfo Cornejo Polanco, en vía de Proceso No Contencioso, SE HA RESUELTO: Admitir a Trámite la demanda interpuesta por CHRISTIAN ALBERTO MAMANI TAPIA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, por el de TAPIA HUACASI, debiendo figurar en lo sucesivo como CHRISTIAN ALBERTO TAPIA HUACASI, con conocimiento del Ministerio Público, señalándose fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL , para el día 21 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las DOCE Y TREINTA horas. Debiendo cumplirse con la publicación prevista en el Art.167° y 168° del Código Procesal Civil (La República) al Primer, Segundo y Tercer Otrosí, téngase presente. llo 12 de Octubre del 2017 (16, 17, 18 Octubre)

SENTE PROCESO, por el plazo de treinta días, ´para que comparezcan al proceso los SUCESORES de quien en vida fueron ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NELSON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO. Bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. 2. Agréguese a los autos la ficha de RENIEC extraídas del Sistema Integrado Judicial. 3. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la SUCESIÓN DE ADRIAN RAMOS RAMOS, LINO MAYTA MENDOZA, NELSON EDGAR MANCHEGO CUELLAR Y SEBASTIAN CONDORI ADCO, por edictos, debiendo la parte demandante cumplir con adjuntar las publicaciones, bajo responsabilidad de demora en el trámite del proceso, sin perjuicio de que PRECISE si conoce o no a los sucesores de Adrian Ramos Ramos, Lino Mayta Mendoza, Nelson Edgar Manchego Cuellar y Sebastián Condori Adco; de ser el caso, acredite con documento idóneo lo requerido. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Moquegua, 06 de Octubre del 2017 David A. Calizaya Pinto Abogado REG. N° 0005 C.A.M.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (12-16-18 Octubre)

DECLARACION DE UNIÓN DE HECHO NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente N° 806-2017-96-280l-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. ESPECIALISTA: JUAN CARLOS ESPINOZA CHIPANA. Se NOTIFICA a don MELITON MAQUERA CACSI, que en el Proceso seguido en su contra por el Delito de misión a la Asistencia Familiar, mediante Resolución N° 01 de fecha 13 de octubre del 2017: SE CITA a la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales Acusado: MELITON MAQUERA CACSI, identificado con DNI N° 04652016, quien deberá ser notificado y citado en los domicilios reales señalados en autos y mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 01 DE DICIEMBRE DEL 2017 a las 14:30 HORAS en la sala de audiencias Nro. 07 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N –Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido – Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana – Especialista Legal.- Moquegua 16 de octubre del 2017. (18-19-20 Octubre)

EDICTOS

NOTIFICACION POR EDICTO PENAL

Expediente Nro. 00557-2013-0-2801-JMCI-02 seguido por MARTIRES ANGELICA CANCHO RONDON, sobre DIVISION Y PARTICIÓN DE BIENES en contra de NESTOR ALBERTO CUELLAR CARDENAS Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 23, Moquegua, 22-092017… RESUELVE: 1.- SUSPENDER EL PRE-

Expediente N° 628-2017-44-280l-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. ESPECIALISTA: JUAN CARLOS ESPINOZA CHIPANA. Se NOTIFICA a don JORGE APAZA QUISPE, que en el Proceso seguido en su contra por el Delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, mediante Resolución N° 01 de fecha 13 de octubre del 2017: SE CITA a la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los

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sujetos procesales Acusado: JORGE APAZA QUISPE, identificado con DNI N° 45190801, quien deberá ser notificado y citado en los domicilios reales señalados en autos y mediante EDICTOS bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 13 DE DICIEMBRE DEL 2017 a las 12:00 HORAS en la sala de audiencias Nro. 04 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N –Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido – Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana – Especialista Legal.- Moquegua 16 de octubre del 2017. (18-19-20 Octubre) REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por ROSARIO MARTINA PINTO VELASQUEZ DE ALVAREZ contra YENNIFER MARILY AQUINO VILCA, sobre división y partición de bienes, expediente Nro. 00325-2014-0-2802-JM-CI_01, el Juzgado Mixto de Ilo, a Ante el Juzgado Mixto, a cargo del Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del especialista Abogado Marcos Cáceres Ninaja, ha dispuesto sacar a remate en Primera Convocatoria el Inmueble Ubicado en Asentamiento Humano Urbanización de interés Social Miramar, Manzana Y – lote 1, Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N°P08021959 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. MONTO DE LA VALORIZACION COMERCIAL en US$ 79,910.08 (SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 08/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el PRECIO BASE DE REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA la suma de US$. 53,273.39 (CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 39/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las a la 2/3 partes de la tasación del bien. AFECTACIONES: HIPOTECA a favor de Eusebia Mamani Choquepata hasta por S/. 15,000.00 soles, sobre las acciones y derechos que le corresponden a Yennifer Marily Aquino Vilca; inscrita en el Asiento 00017 de la Partida P08021959 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registro N° XIII Sede Ilo. DIA Y HORA Y LUGAR DEL REMATE: se realizara el día SIETE DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Ubicado en calle Matara N°325, segundo Piso, de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Publico Abrahán Mariñas Sánchez, con Registro Nro.224. LOS POSTORES OBLARAN, ante martillero, no menor a US$. 7,991.01 (SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 01/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y deben presentar el original del ARANCEL JUDICIAL (cod.07153) en el que deberá estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el Numero de documentos de Identidad del Postor (arancel debidamente suscrito y copia del Documento de Identidad). Ilo, 17 de octubre de 2017. (18, 19, 20, 23, 24, 25 Octubre).

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