f{ 'P~ruano Pág. 301823> del CONAM - Minsa

acuerdo alsiguiente detalle: lOGO INSTITUCIONAl. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión; el.
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Lima, viernes 7 de octubre de 2005

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mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle:

(f{ Anexo:

'P~ruano

Resolución

Suprema

Pág. 301823> N2 028-2005-SA

I

lOGO INSTITUCIONAl

Nombres Total Tarifa Pasajes Viáticos Número US$ y por dia de dias Viáticos Aeropuerto 'US$ US$ US$ Apellidos, ManuelJoséAntonio 3+2 28,24 Cacho-So usaVelásquez 1,690,19 260,00 1,300.00

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión; el mencionado funcionario diplomático, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneracióno liberaciónde impuestos de ninguna clase o'denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese, OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17191

17112

Modifican el logo institucional Instituto Nacional de Salud - INS

del

RESOLUCiÓN SUPREMA N2028-2005-SA

Designan representantes del Ministerio al Grupo Técnico 'Nacional sobre Conip~t.encias y Funciones Ambientales

del CONAM -

.

RESOLUCiÓN MINISTERIAL N2 749-2005/MINSA Lima, 4 de octubre del 2005

Lima, 6 de octubre del 2005 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo NQ091-2002-PCM, establece que las entidades que integran el Poder Ejecutivo en el ámbito nacional, deberán consignar en su documentación oficial que emitan y/o cursen a entidades públicas o privadas, su denominación completa y/o sus siglas institucionales aprobadas conforme a su ley de creación, el Escudo Nacional con la inscripción de la RepúbJica del Perú y el logo institucional, que mediante Resolución Suprema aprobará la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que mediante ResoluciónSuprema NQ 01O~2003-SA,se

aprobó ellogo institucional del Instituto Nacional de Salud - INS, organismo público descentralizado del Ministerio de Salud; Que el Instituto Nacional de Salud ha propuesto un nuevo logo institucional, que simboliza lo sustancial de los servicios que brinda, destacando la figura de Una persona, com010 más valioso e importante, acompañada de figuras de laboratorio, que son la representación de los materiales utilizados porla institución; Que, en consecuencia, es necesario modificar ellogo institucional del Instituto Nacional de Salud - INS; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo NQ560 Y el Decreto Supremo NQ091-2002-PCM;

SE RESUELVE: Artículo 12.-Modjficarellogoinst~ucionaldellnsmuto Nacional de Salud -INS, conforme al modelo que consta en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 22.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de ~alud. Regístrese, comuníquese y publíquese, Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud I

Vista la Carta Múltiple NQ1947-2005-CONAM/SE, Exp, 05-529278'001; cursada por el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; CONSIDERANDO: Que, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, ha puesto en conocimiento del Ministerio de Salud que mediante Decreto de Consejo Directivo NQ0162005-CONAM/SE, de fecha 18 de agosto de 2005, se ha aprobado la conformación del Grupo Técnico Nacional sobre Competencias y Funciones Ambientales, encargado de elaborar las propuestas normativas y de gestión que ordenen las funciones y atribuciones en materia ambiental, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), con el fin de armonizar las funciones y atribuciones de las distintas entidades públicas en materia ambiental y resolver posibles vacíos o superposiciones de competencias en ese campo; Que, de acuerdo con el artículo 2Qde la Ley NQ26410, Ley de creación del Consejo Nacional del Ambiente CONAM, este organismo es 1,)1ente rector de la política nacional en materia del ambiente, teniendo por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la nación; Que, así mismo, el artículo 19Qde la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - Ley N° 28245, establece que el Consejo Directivo del CONAM dispondrá la creación de grupos técnicos público-privados para la formulación de propuestas orientadas a la armonización en el ejercicio-de funciones ambientales sectoriales regionales y locales, en los casos de competencias superpuestas, en los procedimientos donde intervengan dos o más autoridades ambientales, procedimientos administrativos y cuando se identifique unvacío de competencia; Que, en el mismo sentido, el artículo 13° del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado pQr Decreto Supremo NQ008-2005-PCM, establece que el CONAIvI creará GruposTécnicos, los que deben elaborar las propuestas normativas orientadas a la armonización del ejercicio de funciones y atribuciones ambientales nacionales, regionales y locales, así como al interiordel Gobierno Nacional, en los casos en que se presenten vacíos o superposiciones en las atribuciones en materia ambiental; Que, es en el marco de la normatividad glosada, que mediante el citado Decreto de Consejo Directivo, se ha previsto la participación de un representante titular y un

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El-Pttuopo ~

alterno del Ministerio de Salud en la conformación del Grupo Técnico. Nacional sobre Competencias y Funciones Ambientales, por lo que es procedente designar a los mencionados representantes; Con las visaciones delViceministro de Salud y del Direcfor General deja Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con loestabiecido en el literal 1) del artículo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE: Artículo 12.-Designar a los representantes del Ministerio de Salud que deben integrar el Grupo Técnico Nacional sobre Competencias y Funciones Ambientales, creado por Decreto de Consejo Directivo N° 016-2oo5-CONAM/SE, de fecha 18 de agosto de 2005, del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM y encargado de elaborar las propuestas normativas y de gestión que ordenen las funciones y atribuciones en materia ambiental, en él marca del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), conforme al siguiente detalle:

I

Ip S d

C P, ¡de - Representante Titular: Ing. Jorge A. ALBINAGORTAJARAMILLO,Director Sé la Generalde la DirecciónGeneralde SaludAmbiental. - Representante Alterno: Ing. Fausto RONCAL VERGARA, Director Ejecutivo de Ecología y Protección del Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental.

Artículo 22.-Los representantes del Ministerio de Salud ante el Grupo Técnico Nacional sobre Competencias y Funciones Ambientales, a que se refiere la presente resolución, informarán periódicamente al Despacho Ministerial sobre las acciones que realicen en el seno del mencionado Grupo Técnico. Regístrese,

comuníquese

y publíquese.

PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 17031

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