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JUAN SHEPUT MOORE. Ministro de TrabaJoy Promoción del Empleo. 14369. Autorizan viaje de Inspector de la. Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.
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que realicen las instituciones del sector público, sector privado y la sociedad civil. Artículo 311.-La Dirección General de Salud.de.1as Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional Prevención y Control de Daños No Transmisibles, es responsable de la implementación de la presente Resolución. Artículo 411.-Las Direcciones Regionales de Salud y los demás establecimientos de salud, a nivel nacional, son responsables de la ejecución de las actividades de difusión y sensibilización en las citadas semanas, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Regístrese y comuníquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud

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Lima, miércoles 17 de agosto de 2005

señora María Mercedes Ferruzo Vallejos, como Directora Ejecutiva del citado Programa; Que, la mencionada funcionaria ha presentado renuncia al cargo; . Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el literal d) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por ResoluciónMinisterial NQ 173-2002-TR; SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia de la señora MARtA MERCEDES FERRUZO VALLEJOS, al cargo de Directora Ejecutiva del. Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROjoven, dándose le las gracias por. los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Dan por concluida designación de Directora General de la Dirección Regional de Salud de Ancash

JUAN SHEPUT MOORE Ministro de TrabaJo y Promoción del Empleo 14369

RESOLUCiÓN MINISTERIAL NII 620-2005/MINSA Lima, 16 de agosto del 2005 Visto el Oficio N2 1330-2005-GRA/ORAJ-GGR cursado por el Gerente General Regional del Gobier,no de la RegiónAncash y Oficio NQ01760-200§-REGION ANCASH-DIRES/DG de la Directora General de la Dirección Regional de Salud Ancash; De conformidad con lo previsto en el literal 1)del artículo 8Qde la Ley NQ27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

RESOLUCiÓN MINISTERIAL NII 552-2005-MTC/02 Lima, 5 de agosto de 2005

Artículo Único.- Dar por concluida la designación de la doctora Maritza Mieko Muratta Olano, en el.cargo de Directora ,General de la Dirección Regional de Salud Ancash, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, cpmuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud

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Aceptan renuncia de Directora Ejecutiva del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROjoven RESOLUCiÓN MINISTERIAL NII 225-2005-TR Lima, 17 de agQStode 2005 CONSIDERANDO:

Que, mediante ResoluciónMinisterial NQ 198-2004TR, de fecha 2 de agosto de 2004, se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes PROjoven, Unidad Ejecutora 002, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el Acápite 2.3.1. del Numeral 2.3 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo establece que la Dirección Ejecutiva es la instancia de conducción técnica y administrativa del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes PROjoven y está a cargo del Director Ejecutivo; Que, mediante ResoluciónMinisterial NQ 109-2005TR, de fecha 26 de abril de 2005, se ha designado a la

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Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios

CONSIDERANDO: Que, la Ley NQ27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo NQ 047-2002"PCM, establece que para él caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exteriorque irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios,servidores pú~licoso representantesdel Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N" 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportesy Comunicaciones,en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolucióndel Titular del Pliego respectivo,la misma'qt,Jedeberá ser publicada en el Diario Oficial El.Peruanoantes del inicio de la comisión de

serVicios; ( Que, la Ley NQ27261

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- Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional;