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23 SET. 2019
VISTO: El Informe Técnico N° 002-2019-MIDIS/P65-UA-CASG-CP emitido por el Especialista en Control Patrimonial en Control Patrimonial del Programa PENSIÓN 65 y, el Informe N° 761-2019-MIDIS/PNADP-UA-LOG emitido por la Coordinación de Logística; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 368-2018-MIDIS de fecha 31 de diciembre de 2018, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 009: PROGRESA, en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 004-2019-MIDIS de fecha 08 de enero de 2019, se dispuso, con efectividad al 1 de enero de 2019, que la gestión y ejecución del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres — JUNTOS, el Programa Nacional de Asistencia Solidaria — PENSIÓN 65, y el Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza — CONTIGO, se encuentren a cargo de la Unidad Ejecutora 009: PROGRESA, disponiendo que la ejecución de las actividades de dicha Unidad se realice a través de la actual estructura organizacional y funcional del Programa JUNTOS;
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Que, mediante Resolución Ministerial N° 141-2019-MIDIS del 30 de mayo de 2019 la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social estableció el alcance de las actividades a ejecutar por la Unidad Ejecutora 009 PROGRESA, en lo que respecta al Programa JUNTOS y al Programa PENSIÓN 65, correspondiente al ámbito de los sistemas administrativos de Presupuesto Público, Tesorería, Contabilidad y Abastecimiento, en tanto se implementan las Unidades Ejecutoras de los mencionados Programas Sociales; Que, la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprueba las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, el Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, define el alta como el procedimiento que consiste en la incorporación física y contable de bienes del patrimonio del Estado o de una Entidad; Que, el numeral 6.1 de la Directiva N° 001-2015/SBN aprobada mediante Resolución N° 046-2015/SBN 'Procedimiento de Gestión de los Bienes Muebles Estatales", establece que el alta es el procedimiento que consiste en la incorporación
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