del monto del contrato or¡ginal, siempre que sean

refer¡das a la adquisic¡ón de sellos per¡metrales para las puertas cortafuego adquiridas, que son necesarios toda vez que ayudan a reducir el ingreso de humo ...
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.2OI7.MINCETUR/SG/OGA de Mayo de 2017

VISTOS: El lnforme No 141 -2017-MINCETUR-SG/OGAiOASA de fecha 30 de mayo de 2017 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; y el lnforme N" 179-2017MINCETURiSG/OGA-OASA-SDSS de la Sub Dirección de Servicios y Seguridad, y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 25 de abr¡l del 2017, la empresa GRUPO METSUR S.A.C, recepcionó la Orden de Compra N'00106-2017-C que formaliza la contratación derivada de la Adjudicación Simplificada N" 09-2017-lvllNCETUR/CS para la "Adqu¡s¡c¡ón e instalac¡ón de puertas cortafuego certificadas para el Ed¡fic¡o MINCETUR - PRODUCE' por un monto total ascendente a S/ 88,509.72 (Ochenta y ocho mil quinientos nueve con 721100 soles), a todo costo, ¡ncluido ¡GV; Que, a través del lnforme N' 179-2017-MINCETUR/SG/OGA-OASA-SDSS de fecha 18 de mayo de 2017, la Sub Dirección de Servicios y Segur¡dad, en su calidad de área usuar¡a, solicitó y sustentó la necesidad de la contratación de prestaciones adicionales refer¡das a la adquisic¡ón de sellos per¡metrales para las puertas cortafuego adquiridas, que son necesarios toda vez que ayudan a reducir el ingreso de humo de diferentes pisos a las escaleras de evacuación, las cuales no fueron cons¡deradas en el contrato inicial, siendo dicha contratación ¡ndispensable para alcanzar el objetivo y finalidad del contrato; Que, de acuerdo a lo señalado por el contratista, las prestaciones se mant¡enen bajo las m¡smas cond¡ciones, en concordancia con las especificaciones técnicas y por acuerdo entre las partes, s¡endo el monto total del adicional a contratar ascendente a la suma de S/ 7,552.00 (Siete m¡l qu¡n¡entos cincuenta y dos con 00/100 soles), equ¡valente al 8.53% del monto del contrato or¡g¡nal;

Que, el numeral 34.2 del articulo 34 de la Ley N' 30225 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado señala que excepcionalmente y previa sustentac¡ón por el área usuaria de la contratación, la Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adic¡onales en caso de bienes, serv¡cios y consultorias hasta por el ve¡nticinco por ciento (25%) del monto del contrato or¡ginal, siempre que sean ind¡spensables paÍa alcanzaÍ la finalidad del contrato. Asimismo, puede reduc¡r bienes, servicios u obras hasta por el m¡smo porcentaje;

Que, asim¡smo, el primer párrafo del artículo 139 del Reglamento de Ley de Contrataciones del Estado Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N' 350-201s-EF indica que mediante Resolución previa, el T¡tular de la Entidad puede

disponer la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el limite del ve¡nticinco por ciento (25olo) del monto del contrato original, siempre que eslas sean necesarias para alcanzar la finalidad del contrato, para lo cual debe contar con la asignación presupuestal necesaria. El costo de los ad¡cionales se determina sobre la base de las espec¡f¡cac¡ones técnicas del bien o términos de referencia del serv¡cio en general o de consultoría y de las condiciones y precios pactados en el contrato; en defecto de estos se determina por acuerdo entre las partes; Oue, med¡ante lnforme No 141 -2017-IVIINCETUR-SG/OGA/OASA de fecha 30 de mayo de 2017, la oficina de Abastecim¡ento y servicios Auxiliares considera procedente la ejecución de prestac¡ones adicionales solicitáda por la sub Dirección de serv¡cios y Seguridad, por el monto de S/ 7,552.00 (Siete mil quinientos cincuenla y dos con 00/100 soles), correspondiente al 8.53o/o del monto del contrato or¡g¡nal, el m¡smo que cuenta con dispon¡bil¡dad presupuestal a través de la certificación de crédito Presupuestar¡o N'0000001453-2017, que permitirá alcanzar la finalidad del contrato; De conformidad con el Articulo 34 de la Ley de contrataciones del Estado y el Artículo 139 del Reglamento; y

En ejercicio de las funciones y atribuciones asignadas med¡ante Resoluc¡ón Ministerial N" O2.2O17.MINCETUR; SE RESUELVE:

Artículo 1..- AUTORIZAR la ejecuciÓn de prestaciones ad¡cionales a la contratación der¡vada de la Ad.iudicación simplificada No 009-2017-MINCETUR/CS formalizada mediante Orden de óompra N'00106-2017-C a favor de la empresa GRUPO METSUR s.A.c, por el monto ascendente a s/ 7,552.00 (Siete mil quinientos cincuenta y dos con 00/100 soles) que representa el 8.53 % del monto del contrato or¡ginal, para la adquisic¡ón de los sellos per¡metrales para las puertas cortafuego adquiridas.

Artículo 2".- La contratac¡ón derivada de la Adjud¡cación simpl¡f¡cada No 009-2017-

MINCETURiCS formallzada mediante orden de compra N" 00'106-2017-c se mantendrá v¡gente en todo lo que no se oponga a lo establec¡do en la presente Resolución'

Artículo 3".- Comunicar la presente Resolución a la Ofic¡na de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la oficina General de Admlnistración del MINCETUR, a fin de que continúe presente con las acc¡ones que correspondan, para ¡mplementar el cumpl¡m¡ento de la Resolución,

Regístrese y Comuníquese.