Defensoría logra regulación de equipaje en autobuses

19 dic. 2016 - durante un viaje en bus desde Guanacaste a San José, y aduciera que la empresa no se hiciera responsable por la pérdida. Tras el estudio ...
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nMedidas

buscan seguridad de pertenencias

de pasajeros en el maletero de las unidades

Defensoría logra regulación de equipaje en autobuses Lunes 19 de diciembre. La Defensoría de los Habitantes logró que el Consejo de Transporte Público (CTP) regulara el traslado, custodia y entrega de los equipajes propiedad de las personas usuarias cuando utilicen el servicio de autobuses. La medida adoptada por el CTP se origina tras una investigación realizada por la Defensoría, ante denuncia de una habitante a quien se le extravió el equipaje durante un viaje en bus desde Guanacaste a San José, y aduciera que la empresa no se hiciera responsable por la pérdida. Tras el estudio del caso, la Defensoría constató, entre otras cosas, que el Consejo de Transporte Público no contaba con normativa referente al traslado del equipaje; razón por la cual pidió a las autoridades solventar este vacío que provocaba una clara indefensión a las y los usuarios del servicio de autobús.

Recomendó al CTP revisar los procedimientos de recepción de las denuncias de las personas usuarias, con la finalidad de reducir los tiempos de espera y maximizar los controles para atender la denuncia, desde su recepción e información al habitante hasta la resolución. Reconoce la Defensoría la anuencia del CTP de acoger todas las recomendaciones emitidas; y de establecer los “lineamientos para el traslado, custodia y entrega del equipaje de los usuarios de transporte público modalidad autobús”; los cuales ya fueron dados a conocer a todos los concesionarios y permisionarios de rutas del país. Estos lineamientos establecen, entre otras cosas, que los concesionarios y permisionarios de ruta regular deberán entregar a los usuarios que deseen utilizar el maletero de las unidades de servicio público, un comprobante que permita identificar el equipaje para ser retirado al final del servicio. También se establece que sólo el chofer de la unidad de buses o personal de la empresa, debidamente identificado, podrá hacer ingreso y retiro del equipaje de los usuarios en el maletero de la unidad de autobús. Asimismo, las nuevas reglas establecen que en caso de pérdida, robo o extravío del equipaje, el permisionario o concesionario de la ruta de autobús deberá hacerse responsable frente al usuario, por lo que en caso de portar mercancía de un valor económico superior al salario mínimo, el usuario deberá informarlo al chofer o personal encargado de recibir el equipaje. Este reclamo de la pérdida, robo o extravío se deberá hacer en el lapso de 24 horas y la empresa tiene hasta 10 días hábiles para realizar la investigación y de comprobarse la responsabilidad deberá proceder con la indemnización correspondiente. La Defensoría muestra su satisfacción con las medidas adoptadas para que los derechos de los usuarios sean garantizados y respetados por las empresas prestadoras del servicio de autobús; con esta regulación, el CTP viene a saldar el vacío legal que existía y que representaba una grave situación de indefensión para las y los usuarios del autobús. Oficina de Prensa Defensoría de los Habitantes