Crean el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Públicas Educativas Emblemáticas y Centenarias DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2009 (Publicada el 10 de enero de 2009) CONCORDANCIAS:
D.U. N° 011-2009, Art. 3 D.U. N° 020-2009, Segunda Disp. Comp. Final R. Nº 218-INC, num. 5.1 Ley Nº 29465, Trigésima Segunda Disp.Final (Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2010) D.U. Nº 037-2010, Art. 3, num. 3.2. (Establecen medidas en materia económica y financiera en los pliegos del gobierno nacional para el cumplimiento de las metas fiscales del año fiscal 2010) D.U. N° 066-2010, Art. 7 D.U.Nº 014-2011 (Dictan medidas orientadas a complementar el financiamiento del Proyecto Rehabilitación, Remodelación y Equipamiento del Estadio Nacional)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; Que, asimismo la calidad educativa es un principio de la educación, reconocido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, uno de cuyos aspectos está constituido por infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo; Que, el Ministerio de Educación, a través de la Oficina de Infraestructura Educativa ha diseñado el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitación, remodelación y equipamiento. Asimismo, de acuerdo con lo informado por el Instituto Nacional de Defensa Civil y por excepción, resulta necesario considerar en el Programa, la rehabilitación, remodelación y equipamiento de la infraestructura del Estadio Nacional-Lima; Que, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 009-2007-EF/68.01, establece que, para Proyectos de Inversión Pública (PIP) que superen los S/. 6’000,000.00 (Seis millones con 00/100 nuevos soles), se deberá desarrollar, como mínimo, estudios de perfil y prefactibilidad para obtener su declaratoria de viabilidad por el Sistema Nacional de Inversión Pública, siendo oportuno que en el presente Programa, los estudios que se realicen sean estrictamente los de la fase de inversión, dada la prioridad de atención de las instituciones educativas objeto del programa;
Que por lo expuesto es necesario exceptuar del Ciclo de Proyectos (Fase de Preinversión) a las intervenciones de las Instituciones Educativas objeto del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias; Que, es necesario efectuar trabajos de intervención urgente en las instituciones educativas públicas emblemáticas y centenarias del Programa, a fin de proteger la integridad física de los alumnos y docentes; así como asegurar el normal desarrollo de las actividades educativas, siendo procedente autorizar la exoneración del proceso de selección en las contrataciones necesarias para la implementación del Programa; Que, el mencionado Programa ha sido diseñado dentro del plan anticrisis aprobado por el Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118 y a lo dispuesto en el artículo 59 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1.- Creación del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias. Créase en el Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora: 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitación, remodelación y equipamiento de su infraestructura educativa, autorizándose su implementación. Artículo 2.- Autorización de exoneración de procesos de selección para la implementación del Programa Con la finalidad de implementar el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, autorízase al Ministerio de Educación a realizar contrataciones directas para elaboración de expedientes técnicos, adquisición de bienes, servicios, ejecución de obras, consultorías y supervisión necesarias para la rehabilitación, remodelación y equipamiento de las instituciones educativas correspondientes a los colegios emblemáticos y centenarios del país, que se detallan en el anexo adjunto al presente Decreto de Urgencia. Las acciones autorizadas podrán comprender las demoliciones estrictamente necesarias para el cumplimiento de la finalidad del Programa. Artículo 3.- Alcances de la Exoneración El presente Decreto exonera de la realización del proceso de selección, debiendo observarse la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento en todo lo
correspondiente a la etapa de planeamiento y programación de las adquisiciones y contrataciones, así como la formalización del contrato y ejecución contractual. Artículo 4.- Exoneración de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública Exceptuar del Ciclo de Proyectos (Fase de Preinversión) del Sistema Nacional de Inversión Pública las intervenciones que se realicen en las instituciones educativas del Programa. Artículo 5.- Del financiamiento El financiamiento de las contrataciones objeto de este decreto será con cargo a los recursos asignados al presupuesto del Ministerio de Educación para el año 2009, para los respectivos proyectos, y con los recursos asignados por el Ministerio de Economía y Finanzas en el marco del plan anticrisis. A efectos de ejecutar dichos recursos oportunamente, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobará los calendarios de compromisos correspondientes, dentro del primer trimestre de 2009. Artículo 6.- Autorización del Instituto Nacional de Cultura En los casos que correspondan, el Instituto Nacional de Cultura emitirá las autorizaciones necesarias para la intervención en las Instituciones Educativas Públicas del Programa en el plazo de 3 días hábiles de su requerimiento. Artículo 7.- Incorporación de Instituciones Educativas Públicas al Programa Mediante Resolución Ministerial del sector Educación se podrá incorporar otras instituciones educativas al programa autorizado mediante el presente Decreto de Urgencia; así como emitir normas complementarias que sean necesarias para la mejor implementación del Programa. Considérese dentro del Programa, por excepción, la rehabilitación, remodelación y equipamiento de la infraestructura del Estadio Nacional - Lima, cuyo financiamiento será con cargo a los recursos asignados al Instituto Peruano del Deporte y al Ministerio de Educación, y la ejecución será de responsabilidad del Instituto Peruano del Deporte. CONCORDANCIAS:
D.U. N° 011-2009, Art. 4
Artículo 8.- Del refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación
ANEXO PROGRAMA NACIONAL DE RECUPERACIÓN DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS EMBLEMÁTICAS Y CENTENARIAS Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 "21
INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO UGARTE BARTOLOME HERRERA CARLOS WIESSE CESAR VALLEJO ELVIRA GARCIA Y GARCIA FELIPE SANTIAGO SALAVERRY HIPOLITO UNANUE ISABEL LA CATOLICA JOSE MARIA EGUREN JUANA ALARCO DE DANMERT MARIA PARADO DE BELLIDO MARIANO MELGAR MELITON CARVAJAL MERCEDES CABELLO DE CARBONERA MIGUEL GRAU NSTRA. SRA. DE GUADALUPE PEDRO A. LABARTHE RICARDO BENTIN ROSA DE SANTA MARIA TERESA GONZALES DE FANNING MARISCAL CÁCERES
REGIÓN Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Ayacucho
PROVINCIA Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Huamanga
DISTRITO San Isidro San Miguel Comas Lima Lima Lima Lima Lima Barranco Surco Rímac Breña Lince Breña Lima Breña La Victoria Rímac Breña Lima Ayacucho (*)
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 00732011-ED, publicada el 16 febrero 2011. "ANEXO
INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS QUE SERAN INCORPORADAS EN EL PROGRAMA NACIONAL DE RECUPERACION DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS EMBLEMATICAS Y CENTENARIAS (DU. 004-2009). Nº
II.EE.
1 2 3 4 5 6 7
11 12
San Juan de La Libertad San Ramón Francisco Bolognesi San Juan C.N. Glorioso San Carlos San José Toribio Rodriguez de Mendoza Miguel Grau Clorinda Mattos de Turner Francisca Diez Canseco de Castilla Leoncio Prado Dos de Mayo
13 14 15 16 17 18 19
8 9 10
REGIÓN
PROVINCIA
DISTRITO
Chachapoyas Cajamarca Tacna Trujillo Puno Chiclayo Rodríguez de Mendoza Abancay Cusco Huancavelica
Chachapoyas Cajamarca Tacna Trujillo Puno Chiclayo San Nicolas
CENTRO POBLADO Chachapoyas Chontapaccha Tacna Cercado Huerta Grande Porteño Chiclayo Mendoza
Abancay Cusco Huancavelica
Abancay Cusco Huancavelica
Huánuco Tahuamanu
Huánuco Iberia
Huánuco Iberia
Gregorio Martinelly Independencia Americana
Huánuco Madre de Dios Apurímac Arequipa
Andahuaylas Arequipa
Talavera Santa Rosa
C.N. San Miguel El Triunfo Faustino Maldonado C.N. “Serafín Filomeno” Mariscal Oscar R. Benavides
Piura Tumbes Ucayali San Martín Loreto
Piura Tumbes Coronel Portillo Moyobamba Maynas
Talavera Mariano Melgar Piura Tumbes Yarinacocha Moyobamba Iquitos
Amazonas Cajamarca Tacna La Libertad Puno Lambayeque Amazonas Apurímac Cusco Huancavelica
Buenos Aires San José Los Frutales Moyobamba Iquitos" (*)
(*) Instituciones Educativas incorporadas por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0050-2009-ED, publicada el 04 marzo 2009. "II.EE. Inca Garcilaso de la Vega
REGIÓN Cusco
PROVINCIA Cusco
DISTRITO Cusco"
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 00692009-ED, publicada el 26 marzo 2009. "II.EE. Colegio Militar Leoncio Prado
REGIÓN Callao
PROVINCIA Callao
DISTRITO La Perla" (*)
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 01342009-ED, publicada el 22 mayo 2009. "II.EE. Colegio Nacional Iquitos
REGIÓN Loreto
PROVINCIA Maynas
DISTRITO San Juan Bautista" (*)
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 01772009-ED, publicada el 30 mayo 2009. "II.EE. Simón Bolívar
REGIÓN Moquegua
PROVINCIA Mariscal Nieto
DISTRITO Moquegua"
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 02652009-ED, publicada el 08 septiembre 2009. "II.EE. Unidad Escolar
Gran Carlos Ricardo Palma
San
REGIÓN Puno
PROVINCIA Puno
DISTRITO Puno
Lima
Lima
Surquillo" (*)
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 03762009-ED, publicada el 24 diciembre 2009. "I.I.EE San José
REGIÓN Junín
PROVINCIA Jauja
DISTRITO Jauja"
(*) Institución Educativa incorporada por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 01062010-ED, publicada el 23 abril 2010. "I.I.EE San Luis Gonzaga José Pardo y Barreda Santa Ana José de San Martín
REGIÓN Ica Ica Ica Ica
PROVINCIA Ica Chincha Chincha Pisco
DISTRITO Ica Chincha Alta Chincha Alta Pisco" (*)
(*) Instituciones Educativas incorporadas por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0165-2010-ED, publicada el 01 junio 2010. "I.I.EE Nicolás La Torre Juan Manuel Iturregui
REGIÓN Lambayeque Lambayeque
PROVINCIA Chiclayo Lambayeque
DISTRITO José Leonardo Ortiz Lambayeque" (*)
(*) Instituciones Educativas incorporadas por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0235-2010-ED, publicada el 06 agosto 2010.
"ANEXO Nº 01 INSTITUCIONES EDUCATIVAS CON CONDICIONES PARA SER EMBLEMATICAS Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26
Nombre de la I.E. Región MARISCAL LUZURIAGA Ancash Nº 86001 SANTA ROSA DE VITERBO Ancash INMACULADA DE LA MERCED Ancash JOSE MARIA ARGUEDAS Apurímac ALMIRANTE MIGUEL GRAU Arequipa NUESTRA SEÑORA DE LAS Ayacucho MERCEDES SAN RAMON Ayacucho MIRTHA JERI DE AÑAÑOS Ayacucho DAVID LEON Cajamarca ALFONSO VILLANUEVA PINILLOS Cajamarca JUAN XXIII Cajamarca POLITECNICO NACIONAL DEL Callao CALLAO Nº 5080 SOR ANA DE LOS ANGELES Callao CORONEL LADISLAO ESPINAR Cusco MARISCAL CASTILLA Junín NUESTRA SEÑORA DE COCHARCAS Junín ANGELA MORENO DE GALVEZ Junín SAN GABRIEL La Libertad SANTA ROSA La Libertad Nº 81007 MODELO La Libertad Nº 81014 PEDRO MERCEDES UREÑA La Libertad SANTA MAGDALENA SOFIA Lambayeque ELVIRA GARCIA Y GARCIA Lambayeque Nº 10110 SARA ANTONIETA BULLÓN Lambayeque LAMADRID Nº 7083 MANUEL GONZALES PRADA Lima Nº 20402 - VIRGEN DE FATIMA Lima
Provincia Casma Huaraz Santa Chincheros Caylloma Huamanga
Distrito Casma Huaraz Chimbote Anco-Huallo Majes Ayacucho
Huamanga La Mar Contumazá Jaen Cajamarca Callao
Ayacucho San Miguel Contumazá Jaén Cajamarca Callao
Callao Espinar Huancayo Huancayo Tarma Gran Chimú Trujillo Trujillo Trujillo Chiclayo Chiclayo Lambayeque
Callao Espinar El Tambo Huancayo Tarma Cascas Trujillo Trujillo Trujillo Chiclayo Chiclayo Lambayeque
Lima Huaral
San Borja Huaral
27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44
Nº 20318 - JOSE A. MACNAMARA 20334 GENERALISIMO DON JOSE DE SAN MARTIN 61022 JORGE BARDALES RUIZ ROSA AGUSTINA DONAYRE DE MOREY DANIEL BECERRA OCAMPO DIVINA PASTORA MARIA PARADO DE BELLIDO Nº 35002 ZOILA AMORETTI DE ODRIA JUAN VELASCO ALVARADO TENIENTE MIGUEL CORTÉS DEL CASTILLO INA 21 JOSE DOMINGO CHOQUEHUANCA BEJAR JOSE CARLOS MARIATEGUI SANTA ROSA POLITECNICO REGIONAL LOS ANDES CARLOS WIESSE OFELIA VELASQUEZ CHAMPAGNAT HORACIO ZEBALLOS GAMEZ
Lima Lima
Huaura Huaura
Huacho Huaura
Loreto Loreto
Loreto Maynas
Nauta Iquitos
Moquegua Pasco Pasco Pasco
Ilo Oxapampa Pasco Pasco
Ilo Oxapampa Yanacancha Chaupimarca
Piura Piura
Ayabaca Piura
Paimas Castilla
Puno
Azángaro
Azángaro
Puno Puno Puno San Martín San Martín Tacna Ucayali
El Collao Puno San Román Mariscal Cáceres San Martín Tacna Coronel Portillo
Ilave Puno Juliaca Juanjuí Tarapoto Tacna Yarinacocha" (*)
(*) Instituciones Educativas incorporadas por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0154-2011-ED, publicada el 28 abril 2011.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
"NOMBRE DE LA I.E. Nº 86473 MICELINO SANDOVAL TORRES Nº 86026 SANTA INES HUMBERTO LUNA ANDRES AVELINO CACERES JOSEFINA MEJIA DE BOCANEGRA JOSE CARLOS MARIATEGUI Nº 10717 JOSE MARIA ARGUEDAS Nº10157 INCA GARCILAZO DE LA VEGA PEDRO PAULET MOSTAJO MANUEL GONZALEZ PRADA Nº3055 TUPAC AMARU GRAN MARISCAL ANDRES AVELINO CACERES DORREGARAY INDEPENDENCIA Nº 0142 MARTIR DANIEL ALCIDES CARRION
REGION Ancash
PROVINCIA Huaylas
DISTRITO Caraz
Ancash Cusco Ica Ica Ica Lambayeque Lambayeque
Yungay Cusco Chincha Nazca Pisco Chiclayo Lambayeque
Yungay Cusco Chincha Alta Nazca San Clemente La Victoria Mórrope
Lima Lima Lima Lima
Huaura Lima Lima Lima
Huacho Ate Comas El Agustino
Lima Lima
Lima Lima
Independencia San Juan de Lurigancho
15
SAN JUAN
Lima
Lima
16
Nº 3037 GRAN AMAUTA
Lima
Lima
17 18 19
Nº 6066 VILLA EL SALVADOR VIRGEN DE LOS DOLORES AMERICO GARIBALDI GHERSI
Lima Loreto Moquegua
Lima Alto Amazonas Ilo
San Juan de Miraflores San Martín de Porres Villa El Salvador Yurimaguas Pacocha" (*)
(*) Instituciones Educativas incorporadas por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 0343-2011-ED, publicada el 26 julio 2011.