DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Lunes, 02 de noviembre del 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA RINDE HOMENAJE AL SEÑOR DE LOS MILAGROS Acto fue presidido por el Presidente (e) Oscar Vásquez Arana quien le entregó la medalla de la Justicia.
Jueces y trabajadores rinden homenaje a la Procesión del Señor de los Milagros
2
2
02 de noviembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 02 Ldeunes, noviembre del 2015
C
on profunda devoción cristiana, el Doctor Oscar Vásquez Arana, Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, acompañado de la Jefa de la ODECMA, Fernanda Bazán Sánchez, Magistrados, trabajadores, e integrantes del Comité de Damas del Poder Judicial, rindieron un merecido homenaje al Señor de los Milagros, ante una multi-
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
3
delnoviembre 2015 del 2015 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 02 de noviembre Lunes, Lunes, 02 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
3
tud de fieles que se apostaron en la puerta principal de la institución. Los hermanos que acompañaban la procesión, detuvieron el anda frente a la entrada de la sede central del jirón Comercio, donde la Autoridad Judicial, Jueces, y personal jurisdiccional y administrativo, recibieron al Cristo de Pachacamilla con mucha fe y devoción.
CODAPOJ representado por la señora Ilda Paredes de Vásquez confeccionó altar
Palabras de bienvenida a cargo del Dr. Oscar Vásquez, Presidente (e) de la Corte
El Doctor Vásquez Arana entregó al Santo Morado la medalla de la Justicia,recordando que la función principal de la institución es velar por una buena administración de justicia, asimismo la Jefa de la ODECMA hizo entrega de un arreglo floral. El Comité de Damas, representado por la Señora Ilda Paredes de Vásquez, confeccionó un hermoso altar de flores, rogando por la salud y el bienestar de todos los que laboran en el Poder Judicial.
Oscar Vásquez entrega al Santo Morado la medalla de la Justicia.
Jefa de la ODECMA, Fernanda Bazán, entrega arreglo floral.
Coro de Celendín.
La parte emotiva de la celebración fue representada por el Coro de la provincia de Celendín Nueva Juventud de Cristo quienes cantaron durante la recepción de la sagrada imagen.
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 31 de octubre de 2015
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
1. REMATES Remates Bienes Inmuebles PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO JUDICIAL Expediente N° 207- 2011.- Por disposición del Juez del Juzgado de Paz Letrado de Baños del Inca- Sede Urbanización Molinos del Inca- Corte Superior de Justicia de Cajamarca: Dra. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY, Secretario Judicial: SEGUNDO NICANOR ARTEAGA ESCOBAR, en los Autos seguidos sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO por GLICERIO SANCHEZ CRUZADO con WILFREDO MERLO VASQUEZ y MARIA CONSUELO OCAS DE MERLO, con intervención del Martillero Publico de registro Nacional N° 233, JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA de: El 50 % de Acciones y Derechos (los mismos que son de Propiedad de Wilfredo Merlo Vásquez y María Consuelo Ocas de Merlo), del Predio Rustico ubicado en el Sector SHAULLO CHICO, comprensión del Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca, cuya área y dominio corren inscritos en la Partida Electrónica N° 02226787 (Continuación de la Ficha N° 118423), Zona Registral N° II- Sede Chiclayo- Oficina Registral Cajamarca- SUNARP.Colindancias: Por el NORTE con los Predios de Código Catastral N° 32709 y 32705, por el SUR con el Predio de Código Catastral N° 32703, por el ESTE, con una quebrada sin nombre que lo separa de los Predios de Código Catastral N° 32710, 32711 y 32714 y por el OESTE con los Predios de Codigo Catastral N° 32686 y 32687.VALORIZACION del 50 % de Acciones y Derechos del Inmueble (TASACION): SI. 53,308.00 (cincuenta tres mil trescientos ocho y 00/100 Nuevos Soles) y la BASE de REMATE deducida conforme a Ley del 50 % de Acciones y Derechos del Inmueble a rematar, es de: S/. 35,538.67(trentaicico mil quinientos trentaiocho y 67/100 Nuevos Soles).- Se deja constancia que el otro 50 % de Acciones y Derechos del Inmueble le pertenecen a Don José Richard Malca Serrano.- AFECTACIONES.- 1) EMBARGO.En forma de Inscripción, hasta por la suma de S/. 20,000.00, en los seguidos por Glicerio Sánchez Cruzado con Wilfredo Merlo Vasquez y Maria Consuelo Ocas de Merlo (Inscrita en el Asiento D 00004 de la Partida N° 022226787).DIA y HORA DEL REMATE: El 23 de Noviembre del 2015, a las 11.00 de la Mañana.LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado sito en Urbanización
Lunes, 02 de noviembre del 2015
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
Molinos del Inca D-3, del Distrito de Baños del Inca, Provincia y Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblarán (Garantía) el 10 % de Tasación del inmueble, en efectivo o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo, indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC).- Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del Adjudicatario, según Arancel vigente mas I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.)-lnf. 997306076.JORGE RAUL MANTILLA SANEZMARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 233KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA JORGE RAUL MANTILLA SANEZ Martillero Público Reg. 233 Telf. 997306076 – 2216628 P.4977826 F.P. 29-30 Octubre 02-03-04-05 Noviembre S/.30.00
2.EDICTOS CLASIFICADOS
CONSEJO DE FAMILIA EDICTO Expediente 2015-344, Segundo Juzgado de Paz Letrado- Cajamarca en solicitud de VARRENZUELA CASTREJON, LUZ MARINA, sobre Alimentos, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° 01 Cajamarca, veintitrés de marzo del dos mil quince. SE RESUELVE; admitir a trámite la demanda interpuesta por VARRENZUELA CASTREJON, LUZ MARINA, en representación de su menor hijo Meider Lozano Barrenzuela, contra LOZANO CHALAN, MAXIMILIANO sobre ALIMENTOS: consecuentemente póngase en conocimiento del demandado para que en el plazo de QUINCE DIAS de realizada la presente publicación, se apersone al proceso e intervenga según el estado del mismo bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL, en caso de no hacerlo. Por lo que se notifica al demandado mediante la presente. En la vía del proceso único; firmado Dra. Ana María Vásquez Alday.-Juez; Cabrera Escobedo-Secretario.Cajamarca, 28 de setiembre del 2015. Ana Maria Elizabeth Vasquez Alday JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA
B
VICTOR R. CABRERA ESCOBEDO SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4979837 F.P. 02-03-04 Noviembre S/.10.50
RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDA EDICTO Expediente Civil N° 035-2015-C, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de San Miguel, Seguido por LUZMILA HERNANDEZ BAZAN y Otros, sobre rectificación de partida de Defunción y Otro; se ha expedido lo siguiente; RESOLUCIÓN N° UNO: de fecha 15-07-2015. SE RESUELVE, admitir a trámite en la vía de proceso no contencioso la solicitud interpuesta por Luzmila Hernández Bazán, Silvio Alberto Hernández Bazán y César Hernández Bazán sobre, RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN y PARTIDA DE MATRIMONIO de Santa Reyna Bazán Malca y PARTIDA DE NACIMIENTO de Luzmila Hernández Bazán, Silvio Alberto Hernández Bazán y César Hernández Bazán, publicándose un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República” de la ciudad de Cajamarca así como en la tablilla del Juzgado para los fines de ley Juez, Bárbara I. Castro Escobedo Sec. Hilario Gonzales Huamán. San Miguel 15-07-2015 BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MIGUEL HILARIO GONZALES HUAMAN SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MIGUEL CAJAMARCA P.4980104 F.P. 02 Noviembre S/. 3.00 PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO
EXP. 1565.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de SEGUNDO DEMETRIO PASTOR CERNA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número uno.- Cajamarca veintiséis de noviembre del año dos mil catorce.SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por SEGUNDO DEMETRIO PASTOR CERNA sobre rectificación de partida de nacimiento en la vía del proceso no contencioso; en el sentido que: en las partidas de defunción de MARCO ANTONIO PASTOR CERNA y MILENA DEIFILIA PASTOR CERNA (hermanos del solicitante), en el rubro hijo
(a) de doña, se ha omitido consignar el primer prenombre de la madre, debiendo quedar en forma correcta y completa como: “MARIA ANTONIA CERNA ARANA”; debiendo corregirse en todos sus extremos.- Fdo. Cabanillas Quevedo - Juez; Terán Guevara - Especialista Legal. Cajamarca, 02 de diciembre del 2014 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA MARITA E. TEREN GUEVARA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 4979735 F.P. 02 Noviembre S/.3.00
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 756-2015-0-0601-JR-CI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la señora Juez Dra. Cabanillas Quevedo y secretaria judicial, se está tramitando el expediente seguido por Juan Julca Chicoma, contra Persona Incierta, sobre prescripción adquisitiva de dominio de bien inmueble, en la vía de proceso abreviado. EMPLACESE a PERSONA INCIERTA mediante edictos; respecto al predio denominado “La Pampa Los Pinos” ubicado en el caserío de San Luis de Combayo del distrito de la Encañada Provincia Y Departamento de Cajamarca, los limites son los siguientes: por el Norte: Colinda con la propiedad de la señora Confesora Marcelo Culqui, separados por un cerco vivo de quinuales y un bordo muy notorio, midiendo una distancia de 74.58 ml. (Tramo A-G), por el Este: Colinda con la propiedad del señor Benito Marcelo Culqui, separados por piedras plantadas, midiendo una distancia de 133.94 ml (tramo G-S), por el Sur: Colinda con la propiedad del señor Tomas Marcelo Calderón separadas por piedras plantadas, midiendo una distancia de 87.35 ml (Tramo S-V) y por el Oeste: Colinda con un canal y la propiedad de Andrés Culqui Marcelo, separado por un cerco vivo de arbustos, midiendo una distancia de 137.15 ml.(tramo V-A). área: 1.0021. ha modo de cálculo cartesiano En tal sentido NOTIFIQUESE VÍA EDICTOS un extracto de la demanda por tres veces con intervalo de tres días a fin de que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS posteriores a la última publicación se apersone al proceso y conteste la demanda incoada acreditando su condición y hagan valer sus derechos que de ella emanen, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal en caso de no apersonarse al proceso; PUBLÍQUESE el referido edicto en los Diarios oficiales «El Peruano» y «La República». Cajamarca, 25 de Agosto de 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ
Lunes, 02 de noviembre del 2015
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4979717 F.P. 02-06-12 Noviembre S/.15.00
RECTIFICACIÓN DE AREA Y LINDEROS
EDICTO TERCER JUZGADO CIVIL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ EXP: 01277-2014-0. SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA EN LA VIA PROCEDIMENTAL ABREVIADO CONTRA ZOILA ROSA SALDAÑA TELLO Y TOMAS MALIMBA ISPILCO, en la presente causa, sobre rectificación de áreas y linderos; consignando el plazo de DIEZ DÍAS para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía. En la demanda interpuesta Por ISABEL ESCOBAL LÓPEZ Y JUAN BAUTISTA LÓPEZ ORTIZ contra ZOILA ROSA SALDAÑA TELLO Y TOMAS MALIMBA ISPILCO, sobre rectificación de áreas y linderos del bien inmueble ubicado en el caserío Huana Huana, distrito Magdalena de la provincia y departamento de Cajamarca. Atentamente. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4964972 F.P. 21-27 Octubre 02 Noviembre S/.3.00
SUCESIÓN INTESTADA
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP.1048-2015.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de LUIS ANSELMO SATTUI MEZA sobre SUCESIÓN INTESTADA se ha resuelto lo siguiente: Resolución número DOS.- Cajamarca trece de octubre del dos mil quince.SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de Sucesión Intestada interpuesta por LUIS ANSELMO SATTUI MEZA sobre Declaración de Sucesión Intestada de la causante CLELIA MEZA VASQUEZ VIUDA DE SATTUI, fallecida en la ciudad de Cajamarca, el día trece de mayo del dos mil doce, solicitando se declare como únicos herederos al solicitante LUIS AMSELMO SATTUI MEZA y a sus hermanos MARIA EUGENIA SATTUI MEZA, JUANA DORIS SATTUI MEZA, FERNANDO ATTILIO SATTUI MEZA, CARMEN TERESA SATTUI MEZA, CARLOS SATTUI MEZA, MARIA DEL SOCORRO SATTUI MEZA, JAIME LUIS SATTUI MEZA, JUAN MIGUEL SATTUI MEZA. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines de Ley. Fdo. Burga Rabanal - Juez;
Andrade León - Especialista Legal. Cajamarca, 20 de octubre del 2015. MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P.4985855 F.P. 02 Noviembre S/.3.50 EDICTO JUDICIAL
Exp. 2015-004-C-JPLC, Juzgado de Paz Letrado Contumazá; en los seguidos por LILA ALMIRA DÍAZ DÍAZ contra el MINISTERIO PÚBLICO sobre SUCESIÓN INTESTADA: Mediante solicitud de fecha treinta y uno de agosto del presente año: LILA ALMIRA DÍAZ DÍAZ solicita se inicie el presente proceso sobre Sucesión Intestada a fin de que se declare como herederos a la solicitante así como a sus hermanos Víctor Javier Díaz Díaz y Hermila Esperanza Díaz Díaz. RESOLUCIÓN NUMERO DOS: Contumaza, veintitrés de setiembre del dos mil quince. SE RESUELVE: 1.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud interpuesta por LILA ALMIRA DÍAZ DÍAZ, sobre la Declaración de Sucesión Intestada de quien en vida fue su señor padre Hermenejildo Anécimo Díaz Díaz, a fin de que se declare como herederos a la solicitante inicialmente indicada y a sus hermanos Hermila Esperanza Díaz Díaz, Víctor Javier Díaz Díaz, en calidad de hijos del causante, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. 2.- NOTIFÍQUESE con la presente a los representantes del Ministerio Público y Beneficencia Pública de esta ciudad, para los efectos de ley. 3.- ANÓTESE la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Cajamarca. 4.- PUBLÍQUESE por tres veces consecutivas, un extracto de la presente en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República” a efectos de que en el plazo de treinta días se apersonen y acrediten su vocación sucesoria quienes se consideren herederos del causante. 5.- TÉNGASE por señalado el Domicilio Procesal de la recurrente sito en el Jr. Mariano Melgar N° 357- Contumazá, lugar donde se le harán llegar las resoluciones expedidas en el presente proceso. Notifíquese.- María Jesús Amaya Valderrama juez - Roxana Alvan Zamora secretara. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA P.4979524 F.P. 30 Octubre 02-03 Noviembre S/.12.00 AVISO JUDICIAL
SUCESION INTESTADA Ante el Juzgado de Paz Letrado del
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
5
Distrito Baños del Inca, que despacha la Dra. Karin Danixa Vigo Portal; se tramita el Expediente Civil N° 57-2015-0-0601-JP-CI, seguido por Vicente Sánchez Banda, sobre Sucesión Intestada respecto de la causante DOLORES BANDA ARTEAGA, la misma que falleció el día 16 de Octubre del año 2014 en la ciudad de Cajamarca, y se declare como sus Únicos Herederos Universales a sus hijos: el recurrente - Vicente Sánchez Banda - y hermana María Ramos Sánchez Banda: por lo que, la Srta. Juez considerando que la solicitud cumple con los requisitos de admisibilidad y procedencia ha emitido la siguiente Resolución: RESOLUCION N° 04 Baños del Inca, veintiuno de julio del año dos mil quince. AUTOS Y VISTOS, y CONSIDERANDO: (1o, 2o) Tercero: En relación a los presupuestos procesales cabe precisar que este juzgado resulta competente para conocer el trámite de la presente demanda, en mérito a lo dispuesto en el artículo 663° del Código Civil, artículos 19° y 750° primer párrafo del Código Procesal Civil y artículo primero y segundo de la Ley N° 26662, Ley de competencia Notarial en asuntos no contenciosos. Asimismo, el recurrente interviene a nombre propio y el de su hermana, quienes al estar en pleno ejercicio de sus derechos, tienen capacidad procesal para incoar el presente proceso, de conformidad con lo previsto por el artículo 3o del Código sustantivo y artículo 58° del Código Adjetivo antes citados. (4o, 5o), SE RESUELVE: ADMITASE a trámite la solicitud presentada por Vicente Sánchez Banda sobre Sucesión Intestada de la causante DOLORES BANDA ARTEAGA; NOTIFIQUESE a la Sociedad de Beneficencia Pública y al señor Representante del Ministerio Público; PUBLIQUESE extracto de la solicitud en el diario Oficial el Peruano y la República; ANOTESE la solicitud de manera preventiva en los Registros Públicos de Cajamarca NOTIFIQUESE con las formalidades de Ley. ES CUANTO SE HACE DE CONOCIMIENTO PUBLICO A FIN DE QUE LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR EN LA SUCESION, LO HAGAN DENTRO DEL TERMINO DE LEY. Baños del Inca, 10 de Agosto de 2015. KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.4979841 F.P. 02 Noviembre S/.5.00
6
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° 1200-2010-0-0601-JR-CI-02, ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, a cargo de la señora Juez Dra. Claudia Cabanillas Quevedo y Secretaria Judicial, se está tramitando el expediente seguido por Clodesvinda Quiroz Vigo contra Vidal Sáenz Mendoza en la materia de Interdicto de Recobrar.- En tal sentido se ha dispuesto mediante resolución número cincuenta y uno de fecha diecisiete de setiembre del dos mil quince: DECLARAR la SUCESION PROCESAL del demandado Vidal Sáenz Mendoza; en consecuencia NOTIFIQUESE VÍA EDICTOS a la sucesión del referido demandado extinto, a fin de que en el plazo de QUINCE DIAS días se apersonen al proceso acreditando su condición y hagan valer sus derechos que de ella emanen, bajo apercibimiento de nombrar curador procesal en caso de no apersonarse al proceso; PUBLÍQUESE el referido edicto en el Diario “La República”, por un periodo de tres días consecutivos. Cajamarca, 15 de Octubre de 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO JUEZ SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA Abg. Julia Lastenia Guerrero Suarez SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CAJAMARCA P. 4979831 F.P. 02-03-04 Noviembre S/. 10.50 EDICTOS
Con motivo del Exp. N° 568-2015-0-PJ-CSJLA-JPL-SI, seguido por Justo Pastor Arias Abarca y María Wilma Aldaz Rodríguez, contra Gonzalo Antenor Rodríguez Espinoza y María Eda Saavedra Suarez, sobre FORMACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Ignacio, con intervención del Especialista Legal Maxandré César Felix Taboada Ramón, ha dispuesto la PUBLICACIÓN, por edictos del extracto de la demanda y resolución admisoria. Petitorio: Recurro a su digno despacho con la finalidad de: .. interponer formal demanda sobre formación de titulo supletorio, con la finalidad que su despacho disponga la inscripción registral del predio no inscrito: Parcela Rustica Denominada «La Tuna», ubicado en el caserío Portachuelo, Distrito y Provincia de San Ignacio Departamento de Cajamarca, de una extensión superficial de 3,136 metros cuadrados, solicitando se expidan para tal efecto los partes regístrales al registro de predios de la zona Registral Jaén ...» Resolución Número: Uno, de fecha Veinte de octubre del dos mil quince(...); se RESUELVE: ADMITIR a
Lunes, 02 de noviembre del 2015
TRÁMITE en vía de PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por JUSTO PASTOR ARIAS ABARCA Y MARÍA WILMA ALDAZ RODRÍGUEZ contra la don GONZALO ANTENOR RODRÍGUEZ ESPINOZA Y DOÑA MARÍA EDA SAAVEDRA SUAREZ sobre FORMACIÓN DE TITULOS SUPLETORIOS, en consecuencia, téngase POR OFRECIDOS lo MEDIOS PROBATORIOS; NOTIFÍQUESE a la demandada por el plazo de DIEZ DÍAS para que se apersone al proceso y conteste la incoada, PUBLÍQUESE un extracto de la demanda y del auto admisorio, por tres veces, con intervalo de tres días en el diario Oficial La República y El Peruano; así mismo PUBLÍQUESE el mismo edicto, mediante radiodifusión por cinco días consecutivos, en la emisora de mayor difusión. San Ignacio, 20 de Octubre del 2015 PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MAXANDRE CESAR FELIX TABOADA RAMÓN ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – SAN IGNACIO P. 4974359 F.P. 27 Octubre 02-06 Noviembre S/.7.50
4.
EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°00306-2015-00610-JR-PE-01PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: MILENA FUSTAMANTE VASQUEZ, con DNI N° 80117927, domiciliado en su domicilio real en Caserío de Choctapata Chota, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su modalidad de. LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de SEGUNDO BENEDICTO RAFAEL VASQUEZ. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. CABANILLAS: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 21 de Octubre del 2015 DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA NORVIL CABANILLAS GUEVARA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 00289-2015-0-0610-JR-PE-01
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: PANFILO SANCHEZ TAN, con DNI N° 27419416, domiciliado real en el CPM. Chucmar Distrito de Tacabamba Provincia de Chota, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de YORELY SANCHEZ RAMIREZ. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. CABANILLAS: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 21 de Octubre del 2015. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA NORVIL CABANILLAS GUEVARA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 0040-2015-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: YONY ALEXANDER IDROGO DELGADO, con DNI N° 45158801, domiciliado real en el Caserío la Esmeralda Distrito de Chalamarca Provincia de Chota, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, después de notificado cumpla con designar un abogado de su libre elección, y designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de ABAYELI IDROGO CAMPOS. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. CABANILLAS: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 21 de Octubre del 2 015. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA NORVIL CABANILLAS GUEVARA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA EXP. Nro. : 135 - 2014(156 - 2015 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: EDGARD ALFREDO DE LA VEGA PAREDES Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha catorce de Octubre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al acusado, Edgar Alfredo de la Vega Paredes, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de David Jesús de la Vega Rojas Cajabamba, 16 de Octubre del 2015. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA EXP. Nro. : 70-2015(150 -2015 -JUP) SE CITA Y EMPLAZA A LOS ACUSADOS: JESUS ASUNCION RUIZ VILLANUEVA VICTOR ARISTIDES RUIZ VILLANUEVA MARIA LUCIA CRUZ VILLANUEVA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha cinco de Octubre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ a los acusados, Jesus Asunción Ruiz Villanueva, Víctor Arístides Ruiz Villanueva y María Lucia Ruiz Villanueva, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sean ubicados y capturados; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de los acusados contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se les sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Clodomiro Ruiz Armas.Cajabamba, 07 de Octubre del 2015.
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA EXP. Nro. : 188-2014(162 -2015 -JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS FRANCISCO VILLARRUEL GOMEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha catorce de Octubre del dos mil quince, se ha declarado CONTUMAZ al acusado, SANTOS FRANCISCO VILLARRUEL GOMEZ, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional, y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa hasta que sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado a la defensora Pública de esta ciudad doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición de la acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Noe Leodan Villarruel Urbina.Cajabamba, 16 de Octubre del 2015. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 29-30 Octubre 02 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 1366-2015- 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: TACILLA RODRÍGUEZ VÍCTOR ALEXANDER RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES.- Cajamarca, dieciséis de octubre del 2015.-DADO CUENTA: Con el escrito presentado con fecha 1510-2015, por la defensora pública del acusado, mediante el cual, se apersona, absuelve el traslado de la acusación, solicita criterio de oportunidad y otro; en tal sentido AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado, TÉNGASE POR APERSONADO y PÓNGASE a conocimiento de los demás sujetos procesales apersonados al presente proceso para su absolución
Lunes, 02 de noviembre del 2015
oral en audiencia preliminar; en consecuencia, RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional hasta la realización de la misma. Y encontrándose todos los sujetos procesales debidamente emplazados con el requerimiento fiscal, este Despacho. DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO CINCO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor del acusado; PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE al acusado también en su domicilio real y por edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 30 Octubre 02-03 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 2008-2014 - 0 -0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Agraviada Tany Soledad Espino Neyra RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- Cajamarca, veinte de octubre del 2015.DADO CUENTA: Con la razón dada por el Juez de Paz, mediante los oficios N°07 y 18 del 2015, respecto de las cédulas de notificación de las resoluciones N° 08 y 09 remitida a la agraviada. Estando a lo informado, y siendo el estado del proceso, este Despacho DISPONE: CÍTESE a la audiencia preliminar de control de acusación, para el día ONCE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, a las DIEZ HORAS, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÚMERO CINCO de esta Corte de Justicia, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y el abogado Defensor de los acusados, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal, de poner en conocimiento su conducta a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, y para el abogado defensor público de poner en conocimiento su conducta a la Defensoría Pública para que proceda conforme a sus atribuciones,; teniéndose en cuenta a criterio de este juzgador, que la indicada audiencia tendría el carácter de inaplazable, esto a tenor del artículo 351° inciso 1) del mismo cuerpo legal, que establece un plazo perentorio para su realización, sin perjuicio de ser sancionado conforme el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, PRECÍSESE que
las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. Asimismo, NOTIFÍQUESE a la agraviada ESPINO NEYRA, TANY SOLEDAD, las resoluciones N° 06, 08, 09 y 10, mediante EDICTOS, en el Diario Oficial “La República”, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, debiéndose oficiar para tal fin. NOTIFÍQUESE.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 30 Octubre 02-03 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 1606-2015 - 0 -0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado Ramos Cubas Jaidi Anibal RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca. veintiuno de setiembre del 2015.- DADO CUENTA: Con la revisión de autos y estando a que en el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra RAMOS CUBAS, JAIDI ANIBAL, por la presunta comisión del delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina, no se ha señalado el domicilio procesal correspondiente; PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. NOTIFÍQUESE. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 30 Octubre 02-03 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 1787-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: JOSE EDGAR MARCELO CASAS DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación que dio origen al presente cuaderno; y, previamente a
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
7
proveer el mismo, advirtiéndose del mismo que el imputado JOSE EDGAR MARCELO CASAS no cuenta abogado defensor, REQUIÉRASE a éste para que en el plazo de DOS DÍAS de notificado, cumpla con DESIGNAR abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento que este despacho a fin de cautelar su derecho a defensa designe defensor público en caso de incumplimiento; debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real señalado en el referido requerimiento; SIN PERJUICIO DE ELLO NOTIFIQUESE por intermedio de EDICTOS al acusado en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. Notifíquese Cajamarca, 22 de octubre de 2015 F.P. 30 Octubre 02-03 Noviembre EDICTO PENAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 035-2014-0 RESOLUCION N° QUINCE de fecha 17 de septiembre del 2015; SE RESUELVE: 1.- declarar FUNDADO EL SOBRESEIMIENTO formulado por el Representante del Ministerio Publico. 2.- Dictar AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor de REYNERIO QUILICHE ORTIZ, identificado con DNI. 46288813, nacido el 22 de agosto 1986, natural de Sorochuco provincia de Celendín. 3.- en consecuencia, consentida o ejecutoriada que fuera la presente resolución LEVANTESE las medidas coercitivas de carácter personal; ANULENSE los antecedentes judiciales y/o policiales que se hayan generado en su contra; DEVUELVASE la carpeta fiscal para los fines pertinentes y ARCHIVESE definitivamente los autos. RESOLUCION N° DIECISIETE de fecha 15 de octubre del 2015 1.- NOTIFICAR VIA EDICTO a la representante de la menor agraviada señora MARIA ASUNCIONA DIAZ BENAVIDES, en los seguidos contra Reynerio Quiliche Ortiz, por el delito de Lesiones Culposas. Edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Roxana Alvan Zamora. Maria Jesus Amaya Valderrama JUEZ TITULAR Juzgado de Paz Letrado con adicion a Funciones del Juzgado de Investigacion Preparatoria Contumaza ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPER-
8
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
SONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 1319-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la DESPACHO DEL SR JUEZ DEL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Ohapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado FELICIANO WILLY JHOEL CHUQUIMANGO CHUQUILIN , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD. Suscribe el señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y EL especialista judicial: Juan Briones Alvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3º JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 945-2015-1 -0601 -JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día SIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias DEL JUZGADO COLEGIADO - 8Vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado OCAS VERGARA ISIDRO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito DE OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de OCAS ROJAS MIGUEL ANGEL. Suscribe el Señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y la especialista judicial; Juan Briones Alvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3º JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ
Lunes, 02 de noviembre del 2015
F.P. 02-03-04 Noviembre
F.P. 02-03-04 Noviembre
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 472-2015-2-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día CINCO DE ENERO DEL 2016, A LAS HS 02:40 PM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias DEL COLEGIADO - 8Vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado TOCAS RODAS LINO LEMAR concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LCTT. Suscribe el señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y el especialista judicial: Juan Briones Alvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3º JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ F.P. 02-03-04 Noviembre
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 158-2015-2-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO (PRIVADO) el día DIEZ DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A Las DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Colegiado - 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado GUTIERREZ CERQUIN JORGE , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de Omisión A La Asistencia Familiar, en agravio de Gutiérrez Calderón Filomena. Suscribe el señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y la especialista judicial: Juan Briones Alvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3º JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ F.P. 02-03-04 Noviembre
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA. ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ PROCESO N° 1969-2014-1 -0601 -JR-PE-03 SE NOTIFICA: EDGAR HUATAY TAFUR, con la resolución número UNO de fecha cinco de octubre del presente año, que RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día NUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número CUATRO (4), ubicada en la Avenida La Cantuta cuadra doce - Urbanización Villa Universitaria- Quinto Piso -Cajamarca, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza pública, en el proceso seguido contra EDGAR HUATAY TAFUR, como presuntos autor del delito contra el Patrimonio, en su figura de sustracción de bien propio, en agravio de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. NOTIFIQUESE.- Suscribe el Señor Magistrado: Germán Merino Vigo.- Especialista Judicial Juan Briones Alvarez CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA 3º JUZGADO UNIPERSONAL GERMAN E. MERINO VIGO JUEZ
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA CARRIÓN ROJAS Exp. N°1754-2014-1 -0601 -JRPE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará, en ACTO PÚBLICO el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las TRES DE LA TARDE (3:00 pm), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 05 (7mo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado LOPEZ TANTA, MARCOS concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos por el delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar; en agravio de López Ortiz, Luis Alberto y otro. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Domingo Alvarado Luis y Especialista Judicial Lorena Carrión Rojas.
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA CARRIÓN ROJAS Exp. N° 164-2014-2-0601 -JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará, en ACTO PÚBLICO el día VEINTE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las TRES DE LA TARDE (3:00 pm), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 02 (2do piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicada en la Avenida La cantuta cuadra 12, Urbanización Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado CHUCCHUCAN OCAS, HILARIO concurrir obligatoriamente bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la seguridad pública en su modalidad de conducción en estado de ebriedad o drogadicción; en agravio de La Sociedad Cajamarquina. NOTIFÍQUESE.- Suscribe el Señor Juez Domingo Alvarado Luis y Especialista Judicial Lorena Carrión Rojas. Atentamente. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 01402-2015-0-0601-JRPE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: RAMIRO CHINGAY MORALES Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 03, de fecha 22/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado RAMIRO CHINGAY MORALES con el contenido de la: LA SEÑORA JUEZ QUE SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número dos de fecha veintinueve de setiembre del mismo año; en consecuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
defensa técnica del acusado RAMIRO CHINGAY MORALES, debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2) CÓRRASE TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales, incluido el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse sobre las facultades de las partes que se han precisado en el segundo considerando. PRECÍSESE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE, a las partes procesales NOTIFÍQUESE.PRECISANDOSE que el presente proceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal N° 911-2015 seguida en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Praxides Chingay Terrones. Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 01710-2014-0-0601-JRPE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: LUIGUI ASENCIO LLANOS Y BERTHA ALFREDA LLANOS LOPEZ Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 05, de fecha 23/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS a la agraviada BERTHA ALFREDA LLANOS LOPEZ y al imputado LUIGUI ASENCIO LLANOS con el contenido de la misma que señala: DADO CUENTA con el oficio de la referencia, TENGASE presente lo expuesto, AGRÉGUESE a los autos y estando al vencimiento del plazo del traslado del requerimiento de sobreseimiento, al no existir escrito alguno presentado por las partes procesales y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del CPP; CÍTESE para el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, a las ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Cuatro (5° piso) de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del Fiscal bajo apercibimiento de poner en conocimiento su conducta al Órgano de Control respectivo para
Lunes, 02 de noviembre del 2015
que proceda conforme a sus atribuciones, en caso de inconcurrencia injustificada. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados en autos. Asimismo, NOTIFIQUESE vía edictos en el Diario Oficial “La República” por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal, al desconocer el domicilio real y paradero actual del investigado Luigui Asencio Llanos y de la agraviada Berta Alfreda Llanos Pérez, con un extracto de la presente resolución de programación de audiencia preliminar de control de sobreseimiento. OFICIANDOSE con tal fin. Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 0769-2015-0-0601-JRPE-02 SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: ELIAS SEGUNDO PANAIFO SHAPIANA y JHON KENNETH GONZALES TORREJON Para que tomen conocimiento y se ponga a derecho, que mediante Resolución N° 13, de fecha 13/10/2015, se ha dispuesto NOTIFICAR VÍA EDICTOS a los imputados ELIAS SEGUNDO PANAIFO SHAPIANA y JHON KENNETH GONZALES TORREJON con el contenido de la resolución mencionada, que señala: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por 2. NOTIFIQUESE a los todos procesados en sus domicilios reales con el contenido de la resolución número DIEZ y con la presente resolución, a efectos de que concurran a la audiencia a señalarse y puedan hacer uso irrestricto de su derecho de defensa, y de ser el caso acudan a la misma con los abogados de la defensa particular de su elección. 3. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA de REQUERIMIENTO MIXTO para el día VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIA NUMERO CINCO DE LA CORTE SUPERIOR DE TUSTICIA DE CAJAMARCA (sede Qhapac Ñan), con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control en caso de inconcurrencia injustificada; con la concurrencia del abogado de la defensa pública designado, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control, notificando a las demás partes procesales
4. OFICIESE a la Coordinación de la Defensa Pública para la designación de un abogado a efectos de que ejerzan la defensa de los imputados ELIAS SEGUNDO PANAIFO SHAPIANA y JHON KENNETH GONZALES TORREJON, para que concurra a la diligencia programada, debiendo adjuntarse copia del requerimiento mixto presentado. 5. SIN PERJUICIO DE LO MANIFESTADO, PROCEDASE a notificar a los imputados vía edictos. Cajamarca, 26 de octubre del 2015. Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria CAJAMARCA F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
Exp. N° 1707-2015 - 0 -0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Agraviadas María Elena Gallardo Tello Susana Fasavis Sinaragua RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO.- Cajamarca, doce de octubre del 2015.DADO CUENTA: Con el requerimiento de proceso inmediato incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra MANYA MINCHAN, FLORENTINA, por la presunta comisión del delito de PROMOCIÓN Y FAVORECIMIENTO DE LA PROSTITUCIÓN en agravio de FASAVIS SINARAGUA, SUSANA y otros; AGREGUESE a los autos. Y, estando a lo prescrito en el artículo 448° del Código Procesal Penal: CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de proceso inmediato a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, para que de creerlo conveniente, se pronuncie sobre el proceso especial requerido y presente los elementos de convicción pertinentes; y una vez cumplido, DESE CUENTA PARA RESOLVER lo que corresponde. Debiendo para tal efecto, de notificarse a los domicilios proporcionados por la representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación dese su inicio. NOTIFÍQUESE.REQUERIMIENTO FISCAL DE PROCESO INMEDIATO SENOR(A) JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA: RAMIRO SALVADOR DÍAZ DEL CASTILLO , Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca Que, de conformidad con lo establecido en el artículos 446° y 447° del Código Procesal Penal vigente y Acuerdo Plenario N° 6-2010/CJ-116, procedo a formular Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato contra FLORENTINA MANYA MINCHAN como presunto autor del DELITO CONTRA LA LIBERTAD, VIOLACIÓN DE LA LI-
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
9
BERTAD SEXUAL- PROXENETISMO en su modalidad de FAVORECIMIENTO A LA PROSTITUCIÓN, en agravio de GALLARDO TELLO MARÍA ELENA, SUSANA FASAVIS SINARAGUA, Y DE LA SOCIEDAD CAJAMARQUINA. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 02-03-04 Noviembre EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Exp. 638-2015-3-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS , a las DIEZ DE LA MAÑANA , la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 02 - 2DOo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados CUEVA LOZANO SEGUNDO WILSON, ESTRADA CHUQUILIN CESAR Y HUAMAN LOZANO VICTOR, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo Apercibimiento de ser declarados CONTUMACES, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de SECUESTRO Y OTROS, en agravio de BURGA HUAMAN SEGUNDO DANIEL Y OTROS Suscribe el señor Juez: HOLGUIN, y la especialista judicial: Juan Briones Alvarez. DANIEL HOLGUIN MORAN PRESIDENTE JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL – NCPP CAJAMARCA F.P. 02-03-04 Noviembre
10
10
02 de noviembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 02 Ldeunes, noviembre del 2015
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
11
delnoviembre 2015 del 2015 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 02 de noviembre Lunes, 02 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
II.- PERFIL DE LOS PUESTOS RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA - (Códigos del 00448_1 al 00448_3)
REQUISITOS
DETALLE Experiencia laboral mínima de tres (03) meses como agente de seguridad para instituciones públicas, empresa particular, vigilante particular, atención al público o licenciado de las FF.AA.
Experiencia
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA
PROCESO CAS N° 02-2015
Comunicación Oral
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS – CAS I.- GENERALIDADES 1.
Control
Competencias
Cooperación
Objeto de la convocatoria:
Creatividad/Innovación
La Corte Superior de Justicia de Cajamarca, pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para cubrir cuatro (04) presupuestos CAS correspondientes a este Distrito Judicial, conforme se detalla a continuación:
Formación académica, grado académico y/o nivel de estudios
Código
Prestación
Dependencia
S/.
Cantidad
Cursos y/o estudios de especialización
00448_1
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Cajamarca
950.00
1
00448_2
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Celendín
950.00
2
00448_3
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Chota
950.00
1
2.
Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca
3.
Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca
4.
Base Legal:
a. Decreto Legislativo N.° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. b. Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, Decreto Supremo Nº075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM.
Secundaria completa Deseable: Cursos de capacitación en temas de seguridad (acreditados).
III. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO: Principales funciones a desarrollar: Resguardo, custodia y vigilancia – Códigos del 00448_1 al 00448_3 Cumplir con las disposiciones del Manual de Seguridad del Poder Judicial Controlar el ingreso o salida de personal y material a la sede judicial. Controlar las situaciones de riesgo que se presenten. Custodiar los bienes y acervo documentario de la sede judicial. Efectuar rondas permanentes y un control visual del interior de la sede judicial Custodiar el equipo y material que se le asigne. IV. CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
CONDICIONES
DETALLE
c. Directiva N° 008-2012-GG-PJ «Directiva que regula la contratación del personal bajo los alcances del Decreto Legislativo 1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobada mediante Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 589-2012-GG-PJ.
Lugar de prestación del Provincias de: Cajamarca, servicio Celendín, Chota.
d. Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 107-2011-SERVIR/PE
Duración del contrato
e. Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios.
Contraprestación económica mensual Otras condiciones esenciales del contrato
PRESTACIÓN
Del 16 de noviembre al 16 de diciembre, pudiendo ser pror- rogable. S/. 950.00 (novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles) ------
Resguardo, custodia y vigilancia (Códigos del 00448_1 al 00448_7)
11
12
12
02 de noviembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 02 Ldeunes, noviembre del 2015
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
V. ETAPA DE EVALUACIÓN: Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un mínimo de puntos, distribuyéndose de esta manera: RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA - (Código 00448)
EVALUACIONES EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA
•
•
PUNTAJE MÍNIMO
PUNTAJE MÁXIMO
15
35
08 puntos
08 puntos
Experiencia -
Experiencia laboral mínima de tres (03) meses como agente de seguridad para instituciones públicas, empresa particular, vigilante particular, atención al público o licenciado de las FF.AA. (08 puntos)
-
Por cada año adicional (hasta un máximo de cinco años) (02 puntos)
10 puntos
Formación -
Secundaria completa (acreditada)
07 puntos
07 puntos
(07 puntos) -
Cursos o seminarios de capacitación en materia de seguridad (mínimo uno), por cada certificado 1 punto (máximo 10 puntos)
EVALUACIÓN TÉCNICA
10 puntos
26
40
ENTREVISTA
25
PUNTAJE TOTAL
100
hasta el 03 DE NOVIEMBRE
DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
13
delnoviembre 2015 del 2015 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 02 de noviembre Lunes, 02 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
13
14
14
02 de noviembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 02 Ldeunes, noviembre del 2015
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE
15
delnoviembre 2015 del 2015 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 02 de noviembre Lunes, Lunes, 02 de POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
TE AMO, DIOS MÍO Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República
Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana Es el Amor con mayúscula. Dios es Amor. La Belleza misma la Santidad -el tres veces santo- el todopoderoso, creador de los cielos y la tierra. Cuando uno ve a una persona buena, santa, poderosa, amorosa, muy bella se entusiasma con ella, se enamora de ella. El que conoce a Dios no puede menos de enloquecer de amor por Él. “Tarde te amé, Oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé”. San Agustín. Esta frase de San Agustín dice muchas cosas: Primera que Dios es de una belleza inmarcesible. A veces uno se enamora de un ostro de una persona que no quisiera que envejeciese, que mantuviese siempre la misma frescura, la misma juventud, idéntica sonrisa. Pero, por desgracia, las personas avanzan en edad, salen canas, arrugas, obesidad, arrugas en la frente y en el alma. Algunos podría n decir: Esta no es la persona de la que yo me enamoré. Ha cambiado demasiado. Segundo, que uno es un pobre cuando se enamora de todo menos de Dios. Por eso dice dos veces la palabra triste tarde, demasiado tarde. Y realmente es cierto. Los minutos, los años en que uno no ama a Dios son perdidos miserablemente. Si no he amado a Dios ¿qué he estado haciendo? Lo mínimo es perder tiempo y vida. Cuántos de nosotros deberíamos decir como el santo: Tarde te amé, oh belleza tan antigua y tan nueva, tarde te amé. Y, tal vez, algunos tengan que decir: Nunca te amé, nunca te conocí. !Qué triste es esto! Y porque a ti sólo debo amarte con todo mi corazón, con toda mi alma y con todas mis fuerzas. Por ser mi Creador, mi Redentor, y por haberme destinado al cielo. Te amo porque me has amado Tú primero. Te amo porque me has redimido del pecado. Te amo porque me has abierto las puertas de tu Reino Te amo porque me has hecho hijo de Dios Te amo porque me has enriquecido con el Espíritu Santo Te amo, porque me has entregado a tu Madre al pie de la cruz. Te amo por el don de la fe Te amo porque te has quedado conmigo en el sagrario. Te amo porque me has enviado como a los apóstoles, a extender tu Reino entre los hombres. Te amo porque eres mi Dios y mi Señor.
Dios no se hace viejo, no se arruga, no pierde fuerza. Dios nos ama hoy como ayer y como nos amará mañana. Aprovechemos esta maravillosa gracia y amemos, amemos a la persona más digna de nuestro amor.
PUBLICAR HASTA 03 DE NOVIEMBRE
15
16
16
02 de noviembre del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes, 02 Ldeunes, noviembre del 2015
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.