cronica judicial de la corte superior de justicia de cajamarca

25 may. 2017 - Con la finalidad de avanzar con la descarga procesal, el. Juzgado Mixto de la provin- cia de Celendín de la Corte Supe- rior de Justicia de Cajamarca, rea- lizó una maratón de audiencias y logró resolver 88 procesos en un fin de semana sobre violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar ...
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Jueves, 25 de Mayo del 2017

JUEZA DEL JUZGADO MIXTO DE CELENDÍN REALIZÓ MARATÓN DE AUDIENCIAS Y LOGRÓ RESOLVER 88 PROCESOS JUDICIALES • Las notificaciones a las partes, se realizaron por anuncios radiales, obteniendo un óptimo resultado por la asidua concurrencia de los usuarios del campo y la ciudad.

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on la finalidad de avanzar con la descarga procesal, el Juzgado Mixto de la provincia de Celendín de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, realizó una maratón de audiencias y logró resolver 88 procesos en un fin de semana sobre violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, dictándose las medidas de protección a favor de las víctimas; aplicando la ejecución de buenas prácticas judiciales. El órgano jurisdiccional a cargo de la doctora Julissa Aseijas Silva realizó la jornada maratónica en coordinación con el defensor público del Ministerio de Justicia Ivan Ascoy Mauricio, quien se mantuvo en los ambientes del juzgado durante la mañana y la tarde que se realizaron todas las diligencias. Los Fiscales Adjuntos de Celendín y Miguel Iglesias, participaron en los casos específicos donde estaban comprendidos menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad. Algunas víctimas e imputados contaron con el abogado de su libre eleción. La magistrada, tuvo la iniciativa de realizar la primera maratón de audiencias, los días sábado 6 y domingo 7 de mayo; quien manifestó: “Quiero que la ciudadanía en general, primordialmente la de la provincia de Celendín, conozca el esfuerzo que realizamos todos los que conformamos el juzgado mixto; laboramos más allá del horario normal de trabajo, muchas veces más de 4 horas diarias, a fin de avanzar con la inmensa carga procesal que tenemos (3,500 expedientes) e incluso, sacrificar nuestros días de descanso, para poder brindar una atención oportuna posible a los usuarios del servicio de Justicia.” Asimismo, la jueza remarcó que por la naturaleza de las audiencias de violencia familiar diariamente sólo pueden desarrollarse entre 10 y 12 audiencias; sin embargo para el desarrollo de esta exitosa ejecución de buenas

prácticas judiciales se tomaron las previsiones del caso, especialmente las notificaciones a las partes, las cuales se realizaron por anuncios radiales, obteniendo un óptimo resultado por la asidua concurrencia de los usuarios del campo y la ciudad. De esta manera, la asistencia de los notificados por radio fue rotunda, logrando que usuarios de Celendín, distritos y caseríos alejados como Huasmín, Miguel Iglesias, La Libertad de Pallan, Sorochuco, José Gálvez, Sucre, entre otros; concurrieran desde tempranas horas al local del Juzgado para sus respectivas audiencias. Finalmente la jueza Julissa Aseijas, expresó su agradecimiento a los trabajadores de su Juzgado: Ana Silvia Espinoza Idrogo, Yolanda Fernández Aquino, Yanina Mildreth Chávez Cruzado, Lenin Salazar Salazar, Víctor Lescano León y José Rimache Malaver, quienes pusieron todo su empeño en la maratón de audiencias. Asimismo, agradeció al Titular de Justicia, Gustavo Álvarez Trujillo, por el apoyo brindado para la realización de la buena práctica e idea innovadora en la gestión de despacho judicial.

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 24 de mayo de 2017

AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL.- Exp. 04413-2013-0-1706-JP-CI-01, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra IDELSA MARLENE BENAVIDEZ CABRERA Y HUGO SEMPERTEGUI RAMIREZ, sobre obligación de dar suma de dinero. El Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo que Despacha el Sr. Juez Dr. Juan Francisco García Mayorga, Especialista Legal Dra. María Teresa Farro Uceda; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Predio Rustico denominado CAPULI, con U.C. 98214, Sector de Colpa Matara, con un área de 0.1560 Ha., con Cod. Pred. 7_7609275_98214, Distrito, Provincia de Chota y Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida Electrónica N° 02197967, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Chota. VALOR DE TASACIÓN : En la suma de US$. 23,400.00 (VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación la misma que asciende a la suma de US$. 15,600.00 (QUINCE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 05 junio del 2017 a horas 10:00 de la mañana. -LUGAR DEL REMATE: Sala de remates, sito en la Calle San José N° 1070, Ciudad de Chiclayo. CARGAS Y GRAVAMENES: EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00001 de la Partida N° 02197967). Mediante Resolución N° 01 del 20/12/2013, expedida por el Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, ha resuelto conceder medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por la suma de S/. 10,000.00 Nuevos Soles, sobre el predio inscrito en la presente partida de propiedad de Hugo Sempertegui Ramírez y Idelsa Marlene Benavidez Cabrera. Titulo presentado el 17/012014. POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero público César Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV. CEL #947400080. Chiclayo, 06 de abril del 2017 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 241 MARÍA TERESA FARRO UCEDA Secretaria Judicial Primer Juzgado de Paz Letrado Civil PODER JUDICIAL - CSJLA P.5964582 F.P. 23-24-25-26-29-30 Mayo S/. 30.00

Jueves, 25 de Mayo del 2017

2.

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

EDICTO JUDICIAL Exp. N° 034-2017-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por GISSELLA VANESSA AVILA ROJAS, quien solicita la rectificación de su partida de Nacimiento; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- San Marcos, veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Nacimiento, interpuesta por GISSELLA VANESSA AVILA ROJAS quien solicita: a).- Que se rectifique y/o aclare los datos de la titular, al haberse consignado de manera poco clara e ilegible; siendo lo correcto “Gissella Vanessa Ávila Rojas”; b).- Que se rectifique y/o aclare el mes de nacimiento de la titular, al apreciarse poco claro e ilegible; siendo lo correcto “Junio”, c) En la parte principal de la partida se corrija y aclare los datos de la madre de la titular; al haberse consignado erróneamente como “Alvina Rojas Abanto” siendo lo correcto “Eva Alina Rojas Abanto” y d) Que se rectifique y/o aclare el año de inscripción de la titular, al apreciarse poco claro e ilegible; siendo lo correcto “mil novecientos noventa y uno”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la addiéncia de Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.-Firmado. ZAVALETÁ-Juez.Firmado. LEZAMA-Secretario LUCIO ZAVALETA MENDOZA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS

B

publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la audiencia de; Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.- Firmado. ZAVALETA-Juez- Firmado. LEZAMASecretario. LUCIO ZAVALETA MENDOZA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Abg. LINDER L. LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P.5969143 F.P. 25 Mayo S/. 2.30 EDICTO EXPEDIENTE: 00042-2017-0-0603-JPCI-01 . Juzgado Paz Letrado Celendín.En los seguidos por Rómulo Marín Goicochea, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, se ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCION UNO: Celendín 14 Mar. 2017 - ADMITASE a trámite vía proceso No Contencioso, la solicitud de Rómulo Marín Goicochea sobre Rectificación de su Partida de Nacimiento número 07, año 1935 de la Municipalidad Distrital de Huasmín, para que se complete el apellido materno del nombre del padre del recurrente; se complete los apellidos del nombre de su madre, y en la parte marginal se complete los apellidos del titular. RESOLUCION DOS: Celendín, 05 Abr. 2017.- AMPLIESE la solicitud de rectificación de partida y AGREGUESE nuevos medios probatorios ofrecidos por el recurrente. PUBLIQUESE un extracto de la demanda y ampliación de la misma, por el término de un día en el Diario La República y Tablilla del Juzgado. Notifíquese DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA

Abg. LINDER L. LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P.5969143 F.P. 25 Mayo S/. 2.50

MAURO A. CASTRO ALFARO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN CAJAMARCA P.5969855 F.P. 25 Mayo S/.2.00

EDICTO JUDICIAL Exp. N° 03-2017-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por SANTOS PABLO RÍOS TINOCO, quien solicita la rectificación de la partida de Nacimiento de su menor hija; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- San Marcos, veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Nacimiento, interpuesta por SANTOS PABLO RÍOS TINOCO quien solicita: a).- Que se rectifique la fecha de nacimiento de la titular, al haberse consignado erróneamente como “19 de 03 marzo del año 198’'; siendo lo correcto “19diecinueve de 03marzo del año 1998”; b).- Que se rectifique el DNI del padre de la titular, al haberse consignado erróneamente como “19217840” ; siendo lo correcto “44676518”, y c) En la parte principal de la partida se aclare el prenombre de la madre de la titular; siendo lo correcto “Elidia”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la

EDICTO JUDICIAL PROCESO CIVIL N° 00779-2016-00601- JR-CI-03-2013. seguido por JOSÉ ALIPIO CABELLO ITURBE, contra Modesta Lucano Duran, José Porfirio Huamán Santillán y La Sucesión de Jorge González Urteaga, sobre Nulidad de Escritura Pública en la vía del proceso conocimiento, ante el tercer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca, que despacha el Doctor Williams Ventura Padilla en su calidad de Juez Titular ha dispuesto con resolución número cinco, de fecha 20 de abril del 2017 se publique un extracto de la presente demanda, que indica lo siguiente: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por JOSÉ ALIPIO CABELLO ITURBE, sobre Nulidad de Escritura Pública; en contra de Modesta Lucano Duran, José Porfirio Huamán Santillán y La Sucesión de Jorge González Urteaga; en la vía procedimental asignada al proceso conocimiento; en consecuencia, CÓRRASE TRASLADO de la demanda, anexos y resolución admisoria a

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3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

los demandados mencionados por el plazo de DIEZ DÍAS, para que CONTESTEN la demanda, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; y, para la notificación de la demandada Sucesión de JORGE GONZÁLEZ URTEAGA. EMPLÁCESE a la mencionada sucesión MEDIANTE EDICTOS, los mismos que serán publicados en el diario oficial "La República", por tres veces consecutivas, con intervalo de un día, a fin de que en el plazo de treinta días posteriores a la última publicación, se apersonen al proceso y contesten la demanda acreditando su condición de tales, bajo apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal en caso de incumplimiento. TÉNGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican y AGRÉGUESE a los autos los anexos presentados.. Fdo. Williams Ventura Padilla, Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Cajamarca. José Eladio Colunche Núñez, Secretario Judicial. Cajamarca, 23 de mayo de 2017. WILLIAMS VENTURA PADILLA JUEZ TITULAR TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA JOSE ELADIO COLUNCHE NUÑEZ SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.5969106 F.P. 25-29-31 Mayo S/.10.50

4.

EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00506-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : FIDEL MARCOS YALLE GUEVARA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 19-04-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, al agraviado Fidel Marcos Yalle Guevara con la Resolución n° UNO de fecha 16-01-2017, mediante la cual se RESUELVE declarar Inadmisible el caso presentado por la Policía Nacional. Se DECIDE no iniciar proceso penal contra Wilberto Vásquez Guevara, por la presunta comisión de Falta contra el Patrimonio (daños). Se CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorioal agraviado, para que -si lo deseacumpla con presentar los elementos de prueba que acrediten la propiedad, además justifique la forma en que requiere la indemnización por el perjuicio causado. Se SEÑALA el apercibimiento de archivar definitivamente el caso si no se cumpliese con las exigencias y formalidades prescritas por el Código Procesal Penal en el plazo señalado; ordenado en el Expediente Penal n° 00506-2016-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 17 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00478-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : EDITA PAICO CASTREJÓN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 1904-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a la agraviada Edita Paico Castrejón con la Resolución n° UNO de fecha 07-11-2016,

Jueves, 25 de Mayo del 2017

mediante la cual se RESUELVE declarar improcedente el caso y se decide no iniciar proceso penal por la presunta comisión de Falta contra el Patrimonio, en la modalidad de hurto simple, en agravio de Edita Paico Castrjón. Consentida o ejecutoriada que sea esta resolución, archívese definitivamente el expediente, remitiéndose a la Oficina del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; ordenado en el Expediente Penal n° 00478-2016-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 17 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00519-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : MIRCO VLADIMIR CELIS CUBAS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 2804-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, al agraviado Mirco Vladimir Celis Cubas con la Resolución n° UNO de fecha 30-11-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar inadmisible el caso presentado en agravio de Mirco Vladirmir Celis Cubas. Se CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorio. A la persona agraviada, para que -si lo desee- cumpla con presentar los elementos de prueba que acrediten la existencia del hecho, así como la valorización, propiedad y preexistencia de los bienes hurtados, y justifique la forma en que requiere la indemnización por el perjuicio causado (en caso la tuviese). Se SEÑALA el apercibimiento de archivar definitivamente el caso si no cumpliese con las exigencias y formalidades prescritas por el Código Procesal Penal en el plazo señalado; ordenado en el Expediente Penal n° 00519-2016-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 17 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00514-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A: ANTONIA MARLENE SALVADOR CRUZADO (REPRESENTANTE DEL MENOR AGRAVIADO) Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 2804-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, al menor agraviado a través de su Representante Legal (Madre) Antonia Marlene Salvador Cruzado con la Resolución n° UNO de fecha 30-11-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar inadmisible la denuncia presentada por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas en agravio del menor Jhonatan Jean Piere Díaz Salvador. Se CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorio- a la denunciante para que presente los medios probatorios que crea pertinentes, así como la justificación documental (comprobantes de pago) de su pretensión reparatoria, si la tuviese. Si la denunciante no presentara la documentación requerida en el plazo concedido de tres días hábiles, consentida o ejecutoriada que sea la resolución, archívese definitivamente el expediente, remitiéndose a la Oficina del Archivo Central de la Corte Superior de

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

Justicia de Cajamarca; ordenado en el Expediente Penal n° 00514-2016-0-0601 -JP-PE-04. Cajamarca, 17 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00292-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : CARLOS ALBERTO LLAMOCTANTA LOBATO Y KELIN JANNETT LLAMOCTANTA ORTIZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° SEIS de fecha 25-042017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a los agraviados Carlos Alberto Llamoctanta Lobato y Kelin Jannett Llamoctanta Ortiz con la Resolución n° CINCO de fecha 13-02-2017, mediante la cual se RESUELVE archivar definitivamente el expediente del proceso penal, seguido en contra de Medali Eliseni Correa Vásquez y María Chilón Terrones, por la comisión de Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Kelin Jannett Llamoctanta Ortiz, por desistimiento tácito a nivel judicial de por parte de la denunciante; se ORDENA se cancelen y/o anulen los antecedentes policiales de las ciudadanas denunciadas; oficiándose con tal fin; ordenado en el Expediente Penal n° 00292-2015-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 16 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00423-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : YOLANDA ISAMAR MACHUCA ASENCIO Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 1904-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a la agraviada Yolanda Isamar Machuca Asencio con la Resolución n° UNO de fecha 24-11-2016, mediante la cual se DECLARA inadmisible la denuncia presentada por Yolanda Isamar Machuca Asencio, por Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas; SE CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorio- a la denunciante para que presente el certificado médico legal que debió obtener oportunamente, así como la justificación documental (comprobantes de pago) de su pretensión reparatoria, si la tuviese. Si la denunciante no presentara la documentación requerida en el plazo concedido de tres días hábiles, consentida o ejecutoriada que sea esta resolución archívese definitivamente el expediente, remitiéndose a la Oficina del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; ordenado en el Expediente Penal n° 00423-2016-0-0601 -JP-PE-04. Cajamarca, 16 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00418-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : CAROLINA CASTAÑEDA VILCHEZ

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Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 19-04-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a la agraviada Carolina Castañeda Vilchez con la Resolución n° UNO de fecha 24-11-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar improcedente el caso y se decidió no iniciar proceso penal por la presunta comisión de falta contra el patrimonio, en agravio de Carolina Castañeda Vilchez; consentida o ejecutoriada que sea esta resolución se archive definitivamente este expediente; ordenado en el Expediente Penal n° 00418-2016-0-0601 -JP-PE-04. Cajamarca, 05 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24-25 Mayo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL SAN MIGUELDE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA LUISA MONTENEGRO ALCANTARA Exp. 00188-2016-24-0607-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- NO INSTALAR La audiencia de juicio oral en el presente proceso este día y hora 2.- DECLARAR REO CONTUMAZ, al acusado FERNANDO GOMEZ CHUQUILIN cuyas generales de Ley obran en el presente proceso penal. OFICIESE en el día a las distintas dependencias policiales de esta ciudad y a nivel nacional; a fin de que dispongan su aprehensión y conducción compulsiva para la concurrencia de dicha persona a juicio oral, debiendo consignarse en el oficio los datos que obran en el expediente y los que obren en su ficha de RENIEC a efectos de evitar casos de Homonimia sin perjuicio de ello, se dispone se NOTIFIQUE mediante EDICTOS, los mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial "La República" y en la página Wep del Poder Judicial tal como lo dispone la ultima modificatoria del Código Procesal Civil aplicables supletoriamente a este caso conforme a su segunda disposición final y complementaria del código acotado. RESERVESE el juicio hasta que sea puesto a disposición de este juzgado. En los seguidos en su contra por el delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Einer Gómez Calderón. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pacheco Aguilar, y la Especialista judicial: María L. Montenegro Alcántara. Ana. Mardely Pacheco Aguilar JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL SAN MIGUEL F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: N°0246-2013-510605-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE HUALGAYOC - BAMBAMARCA JUEZ: Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLAVICENCIO ESPECIALISTA DE CAUSAS: NOE MANUEL CHICOMA BARRANTES Se cita, y emplaza a IRMA ANGÉLICA BARBOZA MEDINA Y NESTOR DÍAZ BANDA para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Graciela Díaz Banda, y se cita a la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día MIÉRCOLES SEIS SE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Bambamarca ubicado en el Jr. Francisco Bolognesi N°910-cuarto piso, de la ciudad de Bambamarca.

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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Bambamarca, 17 de Mayo de 2017. FANNY ZYLETTY TORRES VILLAVICENCIO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL HUALGAYOC - BAMBAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo

EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA CARRION ROJAS Exp. 0625-2014-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES SEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DICISIETE, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala del Colegiado N° 06 (octavo piso), de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado ISIDRO TACILLA LLANOS, identificado con DNI N° 26735275, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de peculaldo doloso agravado, en agravio de El Estado. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis, y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2016-215-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias, sobre Violencia Familiar en contra de Noemí Mena Ruiz en agravio de Norma Isabel García Huamán, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO que dispone: se notifique mediante edictos con un extracto de la presente resolución admisorio y demanda a la parte agraviada NORMA ISABEL GARCÍA HUAMÁN y se le corra traslado a la demandada NOEMÍ MENA RUIZ, a esta última por el plazo perentorio de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación para que conteste la demanda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de nombrarse Curador Procesal; resolución N° UNO (AUTO ADMISORIO), que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda contra NOEMÍ MENA RUIZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FÍSICO, en agravio de su prima menor de edad N.I.G.H.; como pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definitivas señaladas por el representante del Ministerio Público; y el pago de CUATROCIENTOS SOLES, por concepto de reparación civil por el maltrato físico ocasionado, a favor de la agraviada que deberá ser cancelada por la parte demandada en forma solidaria; TRAMÍTESE el presente proceso en la vía procedimental de PROCESO ÚNICO. ORDENO como medidas de protección a favor de la menor agraviada Norma Isabel García Huamán las siguientes: 1) la demandada Noemí Mena Ruiz, deberá abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física y/o psicológica en contra de la agraviada,

Jueves, 25 de Mayo del 2017

debiendo evitar insultar, humillar, agredir, gritar y/o amenazarla; medida que se otorga de manera provisional y en tanto se resuelva el presente proceso en forma definitiva; las que deberá cumplir la demandada bajo apercibimiento de imponerse una multa ascendente a trescientos soles y/o remitirse copias a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias a fin de que sea investigada por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento por parte de la demandada. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva. JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL N° 002 EXPEDIENTE: 126-2016-0-0607-JRPE-01 JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MIGUEL Se emplaza a: JULIO RIOS VASQUEZ Para que tomen conocimiento, que en el Proceso Penal N° 126-2016-0-0607-JR-PE-01, seguido contra JULIO RIOS VASQUEZ, por el delito contra LA LIBERTAD SEXUAL en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales S.M.E. que mediante Resolución N° Cinco, se ha dispuesto Notificar Vía Edictos en el Diario Oficial, Diario La República, por el lapso de Tres días al imputado JULIO RIOS VASQUEZ con el extracto de la Resolución N° Cuatro, que Resuelve correr traslado del Requerimiento de Acusación, REQUIERASE.- al imputado para que en el mismo plazo que se corre traslado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designarle defensor público. Juez: José Manuel Enrique Correa Díaz, Especialista de causas: Jorge Armando Vásquez Saldaña. San Miguel, 16 de mayo del año 2017 José Manuel E. Correa Díaz JUEZ Juzgado de Investigación Preparatoria San Miguel F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1830-2016-0-0601-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza al imputado: LALITO JHONEL SANCHEZ ACUÑA DADO CUENTA con el presente proceso, en el cual el señor Juez mediante resolución de fecha once de mayo del año en curso, RESUELVE correr traslado de la acusación a las partes procesales por el plazo de diez días, con el requerimiento del representante del Ministerio Público, en el que solicita se le imponga tres años de pena privativa de libertad y ciento ochenta días multa y como pago por concepto de reparación civil de dos mil soles que deberá pagar el acusado en favor del Estado- Procurador Público del Poder Judicial. DISPONGO la notificación del imputado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 15 de mayo del 2017 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 24-25-26 Mayo

EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISATA JUDICIAL: KORY JUDITH SILVESTRE ROJAS Exp. N° 01154-2016-1-0601-JRPE-04 SE RESULEVE: 1.VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizara en ACTO PUBLICO (PRIVADO) el día DIECINUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, a las 12:30 de la tarde, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Cajamarca, debiendo los testigos CARLOS NICANOR QUISÑAY CABREJOS Y LUIS ALBERTO CUZQUE ARRIETA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser conducidos grado fuerza, en caso de inconcurrencia. En los seguidos contra Gustavo Adolfo Rodríguez Ortega, por el delito de Posesión indebida de teléfonos celulares y otros, en agravio del Estado – INPE. Suscribe el Señor Juez: SANTOS VASQUEZ PLACENCIA, y la especialista judicial: KORY JUDITH SILVESTRE ROJAS. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1155-2016-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN CARLOS VENTURA RODRÍGUEZ Se Cita, Notifica y Emplaza a: JUAN ANTONIO REYNA PEÑA Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, si lo tiene por conveniente dentro del plazo de TRES DÍAS HÁBILES más el término de la distancia, DESIGNE ABOGADO DEFENSOR DE SU LIBRE ELECCIÓN, bajo apercibimiento de nombrársele abogado Defensor Público, en caso de incumplimiento; en el proceso que se le sigue por el delito de Expedición de Pruebas o Informes Falsos en Proceso Judicial, en agravio del Estado. Cajamarca, 12 de mayo del 2017 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARISOL QUIROZ CABRERA EXPEDIENTE N° : 180-2016-0-0610JR-PE-01. Se notifica, cita y emplaza a EMELINA TAPIA PEREZ, con la resolución número dos de fecha dieciocho de enero del año en curso, por el Delito de FALSA DECLARACION EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO; la cual RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. NOTIFIQUESE conforme a Ley.- NOTIFIQUESE.Autoriza el Señor Juez Encargado por vacaciones del Juez del Juzgado de

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Investigación Preparatoria de Chota, Dr. Humberto Aníbal Flores Caballero, Juez de Paz Letrado -Investigación Preparatoria de Huambos.PODER JUDICIAL Sede del distrito judicial Cajamarca Humberto Aníbal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO – INVESTIGACION PREPARATORIA HUAMBOS - CHOTA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1726-2016-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: ADOLFO ROJA VILLANUEVA Se cita y emplaza al imputado: JAIMITO CHILON GARCIA, CANDELARIO HUARIPATA CHAVEZ Y REYNALDO GASTOLOMENTO CARRASCO. DADO CUENTA con el presente proceso, estando a la información remitida por el responsable de la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia en el cual comunica que hasta la fecha el Juez de Paz de la Encañada, no ha cumplido con devolver la cédula de notificación realizada a Candelario Huaripata Chávez AGREGUESE a los autos y NOTIFIQUESE a los acusados JAIMITO CHILON GARCIA, CANDELARIO HUARIPATA CHAVEZ Y REYNALDO GASTOLOMENTO CARRASCO, con el contenido de la resolución número dos en la cual se les requiere que en plazo de tres días de notificados cumplan con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designarles defensor Público, a fin de que ejerza la defensa técnica de los imputados. DISPONGO la notificación del imputado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 10 de mayo del 2017 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00263-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : MARÍA JUANA CASTREJÓN RAMOS Y MARÍA LORENZA CASTREJÓN RAMOS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CINCO de fecha 08-05-2017, SE ORDENA: SE VUELVA a notificar con la Resolución n° CUATRO, de fecha 23-03-2017, mediante la cual se REPROGRAMA la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 30 de junio del año 2017 a las 12:00 del medio día, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00263-2016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra María Juana y María Lorenza Castrejón Ramos, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de María Cleofé Huatay Soto. Cajamarca, 18 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Mayo

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00512-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : PRÓSPERO SAUCEDO RODRÍGUEZ Y MARÍA ANITA CUEVA DURÁN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 2004-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a los agraviados Próspero Saucedo Rodríguez y María Anita Cueva Durán con la Resolución n° UNO de fecha 02-12-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar inadmisible la denuncia presentada por Faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Próspero Saucedo Rodríguez y otra. Se CONCEDE tres días hábiles -posteriores a la notificación de este auto interlocutorio- a la parte enunciante para que presente los medios probatorios que crea pertinente, así como la justificación documental (comprobantes de pago) de su pretensión reparatoria, si la tuviese. Si la denunciante no presentara la documentación requerida en el plazo concedido de tres días hábiles; consentida o ejecutoriada que sea esta resolución, archívese definitivamente el expediente, remitiéndose a la Oficina del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; ordenado en el Expediente Penal n° 00028-2016-0-0601-JP-PE-04. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00527-2016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : JESSICA YOVANA PLASENCIA FERNANDEZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 0305-2017, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS, a la agraviada Jessica Yovana Plasencia Fernandez con la Resolución n° UNO de fecha 30-11-2016, mediante la cual se RESUELVE declarar improcedente la denuncia presentada por la Jessica Yovana Plasencia Fernández, por Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas. Consentida o ejecutoriada que sea esta resolución, archívese definitivamente el expediente, remitiéndose a la Oficina del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; ordenado en el Expediente Penal n° 00527-2016-0-0601-JP-PE-04. Cajamarca, 18 de mayo de 2017. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Gabriela Elizabeth Roncal Chávez Exp. N° 0803-2016-0-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA UNICA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día TREINTA DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIETE. A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará

Jueves, 25 de Mayo del 2017

a cabo en la Sala de Audiencias número 5 - 7mo. Piso, de la Corte superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el querellado MIGUEL ROGELIO ROJAS MELÉNDEZ, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el Honor, en su modalidad de Difamación, en agravio de Mirtha Esther Vásquez Chuquilin, Suscribe el señor Juez: Santos Luis Vásquez Plasencia y la especialista judicial: Gabriela Elizabeth Roncal Chávez. SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Mayo

EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 00571-2016-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MIÉRCOLES SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DICISIETE, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado – 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado MORVIL ALVARADO ALVARADO, identificado con DNI N° 09954709, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en la modalidad receptación agravada, en agravio de la Empresa Rímac Seguros y Reaseguros. Suscribe el señor Juez: Domingo Alvarado Luis, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ Exp. 31-2017-0-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR con el extracto de las resolución dos del Expediente 31-2017-0 a la parte agraviada Sra. Elvia Zuñiga Fernandez , se notifica con la Resolución 02 , mediante el cual se corre traslado del Requerimiento Fiscal por el plazo de diez días hábiles a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. En los seguidos en contra de Zelada Novoa Eder Alex por el delito de

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promoción y favorecimiento de la prostitucion. Suscribe el señor Juez: AQUINO CRUZADO MARCO ELOY, y el Especialista Judicial: Margot Chávez. F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 219-2017-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: CÉSAR ADOLFO ROJAS VILLANUEVA Se Cita, Notifica y Emplaza a: GILMER CULQUI ALVARADO Se le notificada con el contenido de la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, la cual resuelve: CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de sobreseimiento a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 días hábiles, a efectos de que creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Cajamarca, 23 de mayo del 2017 EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4°JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1019-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: CÉSAR ADOLFO ROJAS VILLANUEVA Se Cita, Notifica y Emplaza a: EDUARDO DANIEL TORRES RONCAL Se le notifica con el contenido de la RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE, el cual resuelve CORRER TRASLADO del Requerimiento de Sobreseimiento a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 días hábiles, a efectos de que creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE: CÍTESE para el día 07 de junio del año dos mil diecisiete, a las 10:00 horas de la mañana (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará a cabo con la parte procesal que concurra en la sala de audiencia número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del Fiscal bajo apercibimiento de poner en conocimiento su conducta al Órgano de Control del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada. Cajamarca, 23 de mayo del 2017 F.P. 25-26-29 Mayo

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EDICTO PENAL Exp. N° 1277-2013-3-0601-JRPE-02 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza al imputado: JOSE DIONICIO CASTREJON CHILON. Mediante resolución número diez de fecha diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete la señora Juez ha resuelto lo siguiente: DECLARAR INFUNDADA la devolución de cédula de notificación N° 290342017-JRPE, efectuada por Seberino Castrejón Gonzales, la misma que contiene la resolución número siete de fecha dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, dirigida al sentenciado José Dionicio Castrejón Chilón, por la cual se le requiere el pago de la reparación civil impuesta en la sentencia de autos. DISPONGO la notificación VÍA EDICTOS al sentenciado José Dionicio Castrejón Chilón, con un extracto de la resolución número siete, por el plazo de tres días consecutivos en el Diario Oficial “La República”, por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 18 de mayo del 2017 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ELIZABETH VICENTA ARIAS QUISPE JUEZ F.P. 25-26-29 Mayo EDICTO PENAL EXP. N° 00052-2016-0-0601-JRPE-05. SALA PENAL DE APELACIONES DE CAJAMARCA Especialista: MIGUEL ÁNGEL GUEVARA SALAZAR. Se cita y emplaza a: FRANCISCO FLORES ABANTO. Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Robo Agravado, en agravio de Rosario Ocas Briones. Asimismo, se le REQUIERE cumpla con DESIGNAR UN abogado defensor de su libre elección en el plazo DE TRES DÍAS HÁBILES, bajo apercibimiento de nombrársele un abogado defensor público, en caso de incumplimiento; también, se le comunica que la carpeta se encuentra en éste órgano jurisdiccional a efectos de resolverse el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por la defensa técnica del agraviado Rosario Ocas Briones, en contra de la resolución número siete de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis que resolvió declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento incoado por el representante del Ministerio Público, en los seguidos contra Francisco Flores Abanto por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Robo Agravado, en agravio de Rosario Ocas Briones F.P. 25-26-29 Mayo

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Unes,del 1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTEJueves, 25 deLMayo 2017

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV

DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

del 2016 LUnes, 1 deJueves, Lunes, Lagosto Unes, 125 dede agosto Mayodel del2016 2017

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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           Se comunica a todo el personal jurisdiccional y administrativo que se encuentran en sus correos institucionales las credenciales de acceso (usuario y contraseña), y se tiene como fecha ultima de acceso el día 28 de mayo del presente año para su actualización de la información en el presente aplicativo. Asimismo el plazo para presentar los documentos originales ob copias autenticadas que sustentan cada registro o modificación de datos efectuados en el “Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial” vence el día 12 de Junio del presente año. Se hace conocer que lo dispuesto precedentemente es de cumplimiento obligatorio, conforme a lo indicado en el Oficio Circular N° 40-2017-GRHB-GG-PJ, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 322-2016-CE-PJ sobre el uso del “Sistema de Actualización de Datos del Escalafón Judicial”, el cual se encuentra disponible en la página web institucional del Poder Judicial. Finalmente, se les indica de requerir mayor información sobre el proceso de actualización de datos a través del SADEJ se ha dispuesto como canales de atención el anexo 24116 y 24013; y los correos electrónicos [email protected], [email protected], [email protected], [email protected] y [email protected]

Importante: La finalidad de este comunicado es de notificación, no se admite respuesta por esta vía. Atte. Coordinación de Personal

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Unes,del 1 de agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTEJueves, 25 deLMayo 2017

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COMUNICADO                                         (&  &% %%!     $         ! $                       ! $       ! $        !  "  #  '%&)