MINISTERIO DE SALUD
Visto los Expedientes No 10-034864-001 y No 10-016835-001, que contienen el Informe No 022-2010-PIDM-OGCIIMINSA, de la Oficina General de Cooperación Internacional;
CONSIDERANDO:
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Que, de conformidad con el artículo 3' del Reglamento de la Ley No 28905, aprobado por Decreto Supremo No 021-2008-EF y con el artículo 3' del Reglamento para la Inafectación del lmpuesto General a las Ventas, lmpuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por Decreto Supremo No 096-2007-EF, las donaciones que se efectúen a título gratuito a las entidades y dependencias del Sector Público, serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, mediante el artículo 5' de la Ley No28905, Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas Provenientes del Exterior, señala que en el caso de donación de vehículos automotores de transporte terrestre, el sector al cual corresponda aceptar o aprobar la donación, debe de solicitar un informe previo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre las condiciones de uso de los mismos, conforme a las normas sobre la materia y al Texto Único de Procedimientos Administrativos de dicho Ministerio;
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Que, mediante Memorándum No 2433-2009-OGA-OL-OAIMINSA, la Oficina General de Administración solicita a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la aprobación de la donación de cuatro (04) vehículos, efectuada por The Nippon Foundation a favor del Ministerio de Salud, según Certificado de Donación de fecha 30 de julio de 2008; Que, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante los Informes Técnicos No 191-2009-MTCII5.03, No 226-2009-MTCII 5.03 y No 017-2010MTC115.03, señala que los vehículos donados cuentan con las condiciones de uso para la circulacióri en las vías nacionales;
Olivera
Que, mediante Resolución Ministerial No 119-2009/MINSA, se aceptó en nombre del Gobierno Peruano la donación que efectuó The Nippon Foundation a favor del Ministerio de Salud, consistente en ciento treinta y dos (132) vehículos que se encuentran amparados en los Conocimientos de Embarque números MOAC032A911, MOAC032A911, HOEGAP27KSMT0021, MOL1025A662, MOR0024A672,
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Que, la Oficina de General de Cooperación Internacional, mediante Informe No 022-2010-PIDM-OGCIIMINSA opina favorablemente por la aprobación y aceptación de la donación efectuada por The Nippon Foundation, referido al Conocimiento de Embarque BIL No DRAN022A2047; Que, conforme a lo expuesto, se han cumplido los requisitos legales establecidos para la aprobación de la donación que se efectúa a favor del Ministerio de Salud, siendo pertinente expedir la Resolución Ministerial respectiva; Que, posteriormente, dicha norma fue modificada por el artículo 1 del Decreto Supremo NTO 003-2010-SA, creándose la Oficina General de Cooperación Internacional, órgano de asesoramiento de la Alta Dirección que actualmente ejerce las funciones antes señaladas; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto por el literal 1) del Artículo 8 de la Ley No 27657, Ley del Ministerio de Salud, Ley No 28905, Ley de Facilitación del Despacho de Mercancías Donadas Provenientes del Exterior, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No 021-2008-EF, el Decreto Supremo No055-99-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y sus normas ,/F!.~xr '., /% modificatorias, el Decreto Supremo No 096-2007-EF, Reglamento para la Inafectación del lmpuesto General a las Ventas, lmpuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones y la Resolución Ministerial No 475-2005/MINSA, que aprueba la Directiva No 063-MINSA-Vol, Directiva para la Aceptación de Donaciones con 3. Carácter Asistencia1 Provenientes del Exterior; ,,-'Y
SE RESUELVE: Aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación que realiza Artículo lo.The Nippon Foundation, a favor del Ministerio de Salud, consistente en cuatro (04) vehí~uloscon un peso aproximado de siete mil novecientos treinta y O O l l O O kilogramos (7 930.00). con un valor de Treinta y Siete Mil Seiscientos Trece y .28/100 Dólares Americanos (US$ 37 613,28), ingresados al Perú por el Puerto de Matarani, según Conocimiento de Embarque BIL No DRAN022A2047; a fin de inafectarla del pago del lmpuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a que se refieren el inciso k) del artículo 2' y el segundo párrafo del artículo 67' del Decreto Supremo No 055Texto único Ordenado de la Ley del lmpuesto General a las Ventas e lmpuesto al Consumo, detallados a continuación: No 1 2 3 4
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MARCA NISSAN hllSSAN TOYOTA TOYOTA
MODELO CARAVAN CARAVAN HlACE HlACE
CHASIS CQGE24-001842 CQGE24-001915 LH186-1001569 RZHI 25-4005648
MOTOR KA24-845139X KA24-848112X 5L-5074132 2RZ-2535145
ANO 2000 2000 2001 2001
n , su valiosa contribución en Artículo 2O.- Agradecer a The Nippon ~ o u n d a ~ opor Olivera b i e n de las acciones de salud que desarrolla el Sector. Artículo 3O.- Disponer que la Oficina General de Administración remita a la Oficina General de Cooperación Internacional, una copia fedateada del Acta de Entrega-Recepción de la donación aprobada mediante la presente Resolución Ministerial.
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MINISTERIO DE SALUD
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Artículo 4 O . - Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República, Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, Agencia Peruana de Cooperación Internacional, a la Intendencia de Aduana Marítima del y al Órgano de Control lnstitucional del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese.
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OSCAR RAUL Ministro de Salud
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