CONVENIO COLABORACIÓN ENTRE ASOCIACIÓN GREMIAL DE PESCADORES ARTESANAUES Y GREMIOS AFINES Y EL CENTRO DESARROLLO Y PESCA SUSTENTABLE
Se suscribe el presente Convenio Marco de Colaboración entre ASOCIACIÓN GREMIAL DE PESCADORES ARTESANALES Y GREMIOS AFINES, ubicada en Caicaen s/n, Cafbuco, Chile, representada iegaimente en este acto por losé Orlando Faúndez Carvajal, RUT: 6.16Q.614-9 y el CENTRO DESARROLLO Y PESCA SUSTENTABLE, en adelante CEDEPESCA, ubicada en Vicente Carvallo 361, Valdivia, Chile, representada en este acto por su representante en Chile, Sr, Claudio Andrés Barrientes Águila, RUT: 13.734-482-3. Este Convenio Marco se regirá por ías siguientes cláusulas:
Cláusula Primera CeDePesca viene trabajando con la pesca artesanai en la Región de Los Lagos, en un proyecto que busca avanzar hacia la sustentabilidad de la pesquería de merluza del sur. En julio de 2010, la Federación de Hualaihué, en colaboración con CeDePesca y con el apoyo financiero de Resources Legacy Fund, contrató una pre-evaluación de la pesquería de merluza del sur contra los estándares establecidos por el programa del Marine Stewardship Council (MSC). Los resultados entregados por la certificadora y un plan de mejoras desarrollado por CeDePesca fueron presentados a los miembros de la Federación de Hualaihué por primera vez en diciembre de 2011 y los mismos fueron expuestos por segunda vez en el seminario denominado "Sustentabilidad y Administración de la Pesquería de Merluza del sur", desarrollado en Puerto Montt en enero de 2012, en el cual participaron representantes de los sindicatos de la Federación de Hualaihué y representantes del Servicio Nacional de Pesca, Subsecretaría de Pesca y del Instituto de Fomento Pesquero.
Clausula Segunda CeDePesca fidera un Plan de Mejoras para esta pesquería el cual tiene como objetivo general que la pesquería alcance un estado certificable de acuerdo a los estándares del MSC; siendo los siguientes sus objetivos específicos: Promover la adopción formal de un Plan de Manejo para la pesquera de merluza del sur que incluya: puntos de referencia, objetivos daros de manejo a mediano y largo plazo para recuperar la población hasta su punto de referencia objetivo -incluyendo indicadores para evaluar la efectividad de las medidas aplicadas-, y mecanismos para asegurar la mejora continua del manejo de la pesquería; Asegurar que las cuotas establecidas respeten las recomendaciones científicas; Promover la adopción de medidas de ordenación consensuadas que reduzcan la captura de ejemplares bajo la talla de primera madurez, aún cuando sea legal; Asegurar ia protección de la población de merluza del sur en zonas y épocas de reproducción; Promover ia solución de ¡as inconsistencias aparentes en las estadísticas de desembarque elaboradas por SERNAPESCA,-
Fomentar el funcionamiento regular áe una Comisión de Manejo de la PDA con participación de los pescadores artesanales y otros actores del sector. Investigar !a interacción entre las pesquerías de merluza de cola y merluza del sur durante la época de reproducción de esta última, lo cual debería ser encarado para evitar impactos negativos sobre este stock en recuperación, el impacto de ia pesquería artesanat de espineles sobre la fauna acompañante, incluyendo especies utilizadas como cebo, descartadas, protegidas, amenazadas o en peligro.
Cláusula Tercera De común acuerdo, CEDEPESCA y ASOCIACIÓN GREMIAL DE PESCADORES ARTESANALES Y GREMIOS AFINES se comprometen a trabajar en conjunto para divulgar el Plan de Mejoramiento de la Pesquería de merluza del sur en ei marco de! proyecto "Creación unidad de comercialización de productos marinos sustentables de la asociación Gremial de Pescadores en la región de Los Lagos" ejecutado por ia Asociación Gremial, el que incluye la Aplicación del pian de mejoras, basado en los criterios del Marine Stewardship Council.
Cláusula Cuarta El Pían de mejoramiento de la Pesquería de Merluza del sur incluye las siguientes actividades específicas a ejecutar: * *
Realización de 2 talleres regionales denominados "Sustentabilidad pesquería merluza del sur" Realización de un Seminario Nacional Sustentabilidad Pesquerías Artesanales de la Región de Los Lagos
Cláusula Quinta
Con ei objeto de programar, orientar y coordinar aquellas actividades descritas en el punto cuarto se acuerda designar un coordinador representante de cada una de las partes. CEDEPESCA designa como coordinador de este Convenio a su representante en Chile, el Sr. Claudio Andrés Barrientes Águila; ASOCIACIÓN GREMIAL DE PESCADORES ARTESANALES Y GREMIOS AFINES designa a José Faúndez Carvajal.
Cláusula Sexta La suscripción del presente Convenio no constituye impedimento alguno para que las partes signatarias puedan concretar convenios similares con otras instituciones o entidades interesadas en fines análogos.
Cláusula Séptima ASOCIACIÓN GREMIAL DE PESCADORES ARTESANALES Y GREMIOS AFÍNES y CEDEPESCA observaran en sus relaciones el mayor espíritu de cooperación teniendo en cuenta que la finalidad de este Convenio es de interés común a ambas partes, por b que las acciones y actividades que se desarrollen en el marco de! mismo deberán ser un ejemplo positivo de colaboración interinstitucional.
Cláusula Octava El presente Convenio tendrá una duración de tres (1) año a partir de su firma por cada una de las autoridades signatarias y se considerará automáticamente prorrogado por igual período si tres (3) meses antes de su vencimiento ninguna de las partes declarara su voluntad en contrario. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá revocar el Convenio mediante comunicación escrita a la otra con tres (3) meses de anticipación. Cláusula Novena Toda divergencia que pudiera surgir entre las partes acerca de la interpretación, cumplimiento, validez o aplicación del presente Convenio o de alguna de sus cláusulas, será resuelta por las partes de común acuerdo, y a falta de éste, podrá interrumpirse el Convenio. Para tos efectos legales y judiciales que eventualmente pudieran corresponder, las partes constituyen sus domicilios legales en los ya mencionados arriba. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de idéntico tenor e igual efecto, en la ciudad de Puerto Montt, a 05 de abril del año dos mil trece.-
Resolución N° 1515 Con Fecha: 24/OcfeíbfB'1986 *í % RUT 71491400 S 8f
WENTOS ÁGUILA CeDePesca
Asocia
EZ^RVAJAL Pesadores Artesa