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MINISTERIO DE SALUD
259 - 20101ms/a
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Id 2015
Visto, el expediente N° 15-038611-001, que contiene el Oficio N° 2190-2015-DGDISA-II-LS/MINSA, emitido por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:
A. Velásquez
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1019-2014/MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Salud, el cual comprende a la Dirección de Salud II Lima Sur, en la cual los cargos de Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutiva de Administración y Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutivdde Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos se encuentran clasificados como cargos de confianza; Que, de igual manera en el citado instrumento de gestión, los cargos de Jefe/a de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica, Jefe/a de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración, Supervisor/a II de la Dirección de Educación para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud y Supervisor/a II de la Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas, se encuentran clasificados como Directivos Superiores de Libre Designación; Que, con Resolución Ministerial N° 435-2014/MINSA, de fecha 10 de junio de 2014, se designó, entre otros, a la Magister en Administración Rosario Elena Linares Vivanco, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administración; al abogado Rubén Darío Veliz Buendía, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, al abogado Tito Josué Rodríguez Orellana, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Contadora Pública Lizet Gladys Miraval Contreras, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 762-2014/MINSA, de fecha 9 de octubre de 2014, se designó a la químico farmacéutico Doris Marilú David Suárez, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;
Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur solicita dar por concluida la designación de los funcionarios antes mencionados en los cargos señalados en los considerandos precedentes, y asimismo, propone a sus reemplazantes; Que, a través del Informe N° 291-2015-EIE-OGGRH/MINSA, remitido mediante Memorando N° 776-2015-OGGRH-OARH-EIE/MINSA la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto al pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, señalando que procede atender lo solicitado, toda vez que los cargos de Director/a Ejecutivo/a de la Oficina de Administración y Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos se encuentran calificados como cargos de confianza y los cargos de Jefe/a de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica, Jefe/a de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración, Supervisor/a II de la Dirección de Educación para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud y Supervisor/a li de la Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas, se encuentran calificados como Directivos Superiores de Libre Designación; asimismo se señala que los cargos de Supervisor/a II citados, se encuentran en la condición de vacantes; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Dirección de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decretó Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
A. Velásquez
SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones en los cargos que se indican, en la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, de los profesionales que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados: NOMBRES Y APELLIDOS Magister en Administración Rosario Elena Linares Vivanco Abogado Rubén Darío Veliz Buendía Químico Farmacéutico Doris Marilú David Suárez Abogado Tito Josué Rodríguez Orellana Contadora Pública Lizet Gladys Miraval Contreras t. Zavala
S.
CARGO Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Administración Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas Jefe de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica Jefa de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración
NIVEL F-4 F-4
F-4 F-3 F-3
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MINISTERIO DE SALUD
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Artículo 2.- Designar en la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican en los cargos que se detallan a continuación: NOMBRES Y APELLIDOS Contador público Humberto Simón Hilarlo Yacsavilca Médico cirujano
Raúl Nalvarte Tambini Abogado Pablo Manuel Figueroa Marín Contadora pública Lidia Hermelinda Huaranca Luna Médico cirujano Juan José Pagán Atencio Licenciado en Nutrición Luis Enrique Rojas Torres
CARGO
NIVEL
Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración
F-4
Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos Jefe de Oficina de la Oficina de Asesoría Jurídica Jefa de Oficina de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración Supervisor II de la Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas Supervisor II de la Dirección de Educación para la Salud de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud
F-4 F-3 F-3
F-3
F-3
MINISTERIO DE SALUD
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Visto, el Expediente N° 15-034914-002, que contiene el Informe N° 120-2015OGPP-OP/MINSA, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se expidió la Resolución Ministerial N° 1000-2014/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2014 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2015 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012EF, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; A. Velásquez
LASCARZA L
J. Zavala S.
Que, el literal a) numeral 42.1 del artículo 42 del citado Texto Único Ordenado establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el literal ii. del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010EF/76,01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria 2011, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación dé mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias;
Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la mencionada Directiva señala que dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, mediante Resolución Ministerial N° 162-2014/MINSA, se aceptó la donación del Ministerio para Comercio Exterior y Cooperación para el Desarrollo del Reino de los Países Bajos a favor del Ministerio de Salud, por la suma de SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 682 519,00), para financiar la Fase de Desarrollo del Proyecto OR1010/PE/01 "Fortalecimiento de la Atención de Salud Materna e Infantil en las zonas más deprimidas del Perú"; Que, a través del documento de Visto y en atención al Oficio N° 0338-2015PARSALUD/CG, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que resulta necesario incluir en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, los recursos transferidos por el Ministerio para Comercio Exterior y Cooperación para el Desarrollo del Reino de los Países Bajos a favor de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD por la suma de SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 507,00), en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y; De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 y el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 507,00), de acuerdo al detalle siguiente: A. Velásquez
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles)
S. RUIZ Z.
I ASCARZA L
1. 1.4 1.4.2 1.4.2.1 1.4.2.1.2 1.4.2 1.2 6
Ingresos Presupuestarios Donaciones y Transferencias Donaciones de Capital De Gobiernos Extranjeros De País de Europa Holanda TOTAL INGRESOS:
62 507,00 62 507,00 62 507,00 62 507,00 62 507,00 62 507,00 62 507,00
MINISTERIO DE SALUD
No 258 - 2015)shiN-514 zy3GA Det. _ 'u%
rima, 23 (4
6u2015
PBR1L
EGRESOS: (En Nuevos Soles)
A. Velásquez
SECCION PRIMERA PLIEGO
011
UNIDAD EJECUTORA
123
GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Salud Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud. — PARSALUD
FUENTE DE FINANCIAMIENTO :
4
Donaciones y Transferencias
PROGRAMA PRESUPUESTAL :
0068
PRODUCTO
2001621 Estudios de Pre Inversión
ACTIVIDAD
6000032 Estudios de Pre Inversión
Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres
GASTOS CORRIENTES 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS:
62 507,00 62 507,00
Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. L ASCARZA L
Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD para que elabore las correspondientes "Notas para modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Copia de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud
S. RUIZ Z.