1-Subvención de Turismo DGA 2017

turismo activo, para la adquisición de material necesario para el ejercicio de dichas actividades se financiara hasta un máximo del 30%. Mínimo de subvención ...
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SUBVENCIONES A FONDO PÉRDIDO CON DESTINO A EMPRESAS PARA ACTUACIONES DE INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA Ayudas destinadas a financiar la ejecución de determinadas infraestructuras turísticas realizadas por Pequeñas y Medianas empresas turísticas. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Pequeñas y Medianas empresas turísticas en adelante PYMES, que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren inscritas en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente. Importe de la Subvención: Se financiará con carácter general hasta un máximo del 20%, del coste elegible de la inversión, si bien para las actuaciones indicadas en el apartado j) correspondientes a las inversiones realizadas por las empresas de turismo activo, para la adquisición de material necesario para el ejercicio de dichas actividades se financiara hasta un máximo del 30%. Mínimo de subvención admitida 1.000€. Plazo de solicitud: Hasta el 07 de febrero de 2017. Actuaciones Subvencionables: Se considerarán actuaciones subvencionables aquellas que contribuyan al desarrollo de actuaciones que supongan una modernización, impulso y mejora de la calidad de las infraestructuras turísticas aragonesas: a) Actuaciones destinadas a facilitar y renovar la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y sensoriales. b) Actuaciones de infraestructura y equipamiento exigidas para la incorporación de establecimientos turísticos a programas de calidad. c) Inversiones para la mejora de la seguridad contra incendios y la seguridad de las personas en los establecimientos turísticos. d) Actuaciones destinadas a la instalación o renovación de sistemas de climatización y/o aire acondicionado (incluido instalaciones de calefacción y agua caliente). e) Inversiones en medidas de ahorro energético y eficiencia energética contenidas en una auditoría energética o proyecto de mejora energética. f) Renovación de elementos de descanso en habitaciones (colchones, bases y almohadas, queda excluida la lencería). g) Adquisición de equipamiento para servicios de telecomunicación como antena WIFI y antena satélite (no quedando comprendida la adquisición de equipos informáticos). h) Instalación, modernización y equipamiento de elementos de agua y relajación en zonas comunes (tipo spa, jacuzzi, sauna y similares). i) Adquisición de material necesario para el ejercicio de las actividades de turismo activo. (Quedan excluídos los vehículos de transporte de clientes). En el caso de los establecimientos de restauración, únicamente se incluirán aquéllos que formen parte de un complejo hotelero. No se considerarán proyectos subvencionables las actuaciones realizadas en bares y establecimientos de similar condición que no incorporen oferta de alojamiento, así como las realizadas en viviendas de uso turístico o en agencias de viajes. Plazo de ejecución y pago de las inversiones: Los proyectos a ejecutar en las actuaciones incluidas en este apartado deberán estar localizados en la Comunidad Autónoma de Aragón, y deberán realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2017. Impresos de solicitud y convocatoria completa: https://www.aragon.es/OficinaVirtualTramites

Para más información: Teruel C/ Amantes, 17 TERUEL Telf.:978618191 [email protected]

Alcañiz Av. Aragón, 85 ALCAÑIZ Telf.:978834600 [email protected]

www.camarateruel.com