(08 DE AGOSTO 2016) "Por la cual se abre Convocatoria Pública

8 ago. 2016 - Que el artículo 41 del Acuerdo 049 de 2004 - Manual de Convivencia Estudiantil de Pregrado -, señala que la .... expedición. PÚBLIQUESE Y ...
91KB Größe 7 Downloads 75 vistas
RESOLUCIÓN NÚMERO 01 DE 2016 (08 DE AGOSTO 2016) "Por la cual se abre Convocatoria Pública para la adjudicación de una (1) beca para estudios de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad – Primera Cohorte" LA COORDINACIÓN DE LA MAESTRÍA EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARIOS DE LA COMPLEJIDAD DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA En uso de sus atribuciones Legales y Estatutarias, y en especial las establecidas en el Manual de Convivencia y, CONSIDERANDO: Que el artículo 41 del Acuerdo 049 de 2004 - Manual de Convivencia Estudiantil de Pregrado -, señala que la Universidad Surcolombiana otorgará estímulos a los estudiantes que sobresalgan en certámenes académicos artísticos, culturales o deportivos. Así mismo, el artículo 42 de la misma norma, define los estímulos reconocidos por la Institución. Que el literal d) del Artículo 42 del Manual de Convivencia Estudiantil, reconoce como estímulo el otorgamiento de una beca para cada postgrado propio y por cada cohorte que se ofrezca en la Universidad. Que en virtud de lo anterior, el Consejo Académico mediante Acuerdo No.001 de 01 de abril de 2014, reglamentó el literal d) del artículo 42 del Acuerdo 049 de 2004 - Manual de Convivencia Estudiantil -. Que el Artículo 2 del citado Acuerdo establece que el estímulo será otorgado a los egresados graduados que cumplan los siguientes requisitos: “1. Haber sido admitido a un programa de postgrado propio o en convenio ofrecido por la universidad. 2. Inscribirse al concurso ante la Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, dentro de las fechas establecidas para el efecto.

3. Tener un puntaje calificado durante toda la Carrera igual o superior a cuatro punto cero cero (4.00) y un puntaje igualo superior a setenta (70) en las pruebas SABER PRO. 4. No haber sido sancionado disciplinaria o académicamente mientras cursó el programa académico. El Egresado tendrá un máximo de dos (2) años desde su graduación para presentar inscripción en los concursos para las becas. Estas serán otorgadas por el tiempo que duren los estudios y corresponden a la exoneración del pago de derecho de matrícula.” Que el Artículo 3° del referido Acuerdo señala: “- La beca de que trata el artículo 1, se otorgará mediante concurso que tendrá las siguientes etapas: 1. Admisión de los egresados graduados en algún programa de postgrado propio o en convenio de la Universidad. 2. Una vez cerradas las inscripciones de postgrado y otorgados los cupos. El Coordinador del Postgrado abrirá convocatoria pública del presente Acuerdo, dirigidas a los egresados de pregrado de la Universidad para que éstos presenten inscripción ante la Secretaría Académica de la Facultad, que oferta el programa de postgrado, durante un término de cinco (5) dios hábiles. 3. Una vez abierta la convocatoria, los egresados graduados interesados en participar deberán aportar al momento de la inscripción ante la Secretaría Académica de la Facultad que oferta el programa de postgrado copia de los resultados de la prueba Saber Pro; así mismo, corresponderá al respectivo Consejo de la Facultad solicitar los demás documentos y certificados necesarios para efectuar la verificación de requisitos. 4. Cerrado el término de inscripciones, la Secretaría Académica de la respectiva Facultad, elaborará un acta en la que señalará el número total de aspirantes inscritos y los folios de cada inscripción, la cual deberá ser publicada en el portal institucional www.usco.edu.co. 5. El Consejo de Facultad verificará el cumplimiento de los requisitos y efectuará la ponderación del puntaje obtenido en las pruebas Saber Pro y el rendimiento académico del aspirante, correspondiente a un 50% para cada uno. El egresado que obtenga el más alto puntaje ponderado se hará acreedor de la beca.

El rendimiento académico del egresado graduado deberá expresarse con dos (2) decimales. En caso de empate en la ponderación, éste se dirimirá a favor del aspirante que tenga mayor rendimiento académico en términos numéricos. 6. Los resultados se notificarán personalmente al beneficiado, se publicarán en el portal institucional www.usco.edu.co y en la cartelera de la respectiva Facultad, para el conocimiento de los demás aspirantes. Así mismo, se remitirá informe al respecto al Consejo Académico, en el que se indicará el procedimiento realizado, los datos y puntaje ponderado obtenido por el beneficiario de la beca. 7. Una vez otorgada la beca el beneficiario suscribirá un acta o carta de compromiso, en donde se estipulen las obligaciones a cargo de las partes, la cual deberá ser elaborada por el Decano de la respectiva facultad." Que una vez surtido el proceso de admisión al Programa de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad (Primera Cohorte 2016 - 1) y obtenida la lista de los profesionales que superaron las pruebas y obtuvieron un cupo en el Programa, se adelanta la presente convocatoria con el propósito de iniciar el respectivo procedimiento administrativo para determinar el ganador de la beca de que trata el Manual de Convivencia Estudiantil. Que con fundamento en las anteriores consideraciones la Coordinación de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales autoriza la apertura de la convocatoria pública de méritos para otorgar la beca de que trata el literal d) del Acuerdo 049 de 2004, reglamentado por el Consejo Académico mediante Acuerdo No. 001 de 01 de abril de 2014, a los egresados de programas de pregrado de la Universidad Surcolombiana, admitidos en la Primera Cohorte de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de La Complejidad para el segundo semestre de 2016 y que superen satisfactoriamente la convocatoria, la cual se asignará en estricto orden de puntaje. Que en mérito de lo expuesto, la Coordinación de la Maestría de Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Abrir la Convocatoria Pública para otorgar una (1) beca de que trata el Manual de Convivencia Estudiantil - Acuerdo 049 de 2004 - para

la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad (Primera Cohorte 2016-1) en los términos fijados en el Acuerdo No. 001 de 2014, expedido por el Consejo Académico, dirigida a los egresados de programas de pregrado de la Universidad para que éstos presenten inscripción ante la Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, durante un término de cinco (5) días hábiles. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar el siguiente cronograma de la Convocatoria Pública para la beca: FECHA 08 de Agosto de 2016

Del 08 de Agosto de 2016 hasta el 22 de Agosto de 2016 a las 6:00 pm 22 de Agosto de 2016

Del 23 al 29 de Agosto de 2016

31 de Agosto de 2016

ACTIVIDAD Apertura y publicación en el portal web institucional de la Universidad Surcolombiana (www.usco.edu.co) de la convocatoria de la beca al programa de Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad, por calidad de egresado (Acuerdo No. 001 del 01 de abril de 2014). Inscripción de los interesados y entrega de documentos exigida en la convocatoria. Anexar copia de las pruebas SABER PRO.

Acta de cierre y publicación en el portal web institucional de la Universidad Surcolombiana (www.usco.edu.co) del término de Inscripciones de la convocatoria de los aspirantes a la beca por calidad de egresado. Verificación de requisitos y documentación de los aspirantes a la beca por egresado.

Otorgamiento de la beca.

RESPONSABLE Coordinador de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad

Secretaría Académica Facultad Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana (Sede Central, en horario de oficina) Secretaría Académica Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana

Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales la Universidad Surcolombiana Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la

31 de Agosto de 2016

Notificación mediante publicación de los resultados de la Convocatoria en el portal institucional (www.usco.edu.co)

Del 01 de Septiembre al 08 de Septiembre de 2016 15 de Septiembre de 2016

Interposición de recursos de reposición y/o apelación ante el Consejo de Facultad Ciencias Exactas y Naturales.

16 de Septiembre de 2016

Suscripción del acta de compromiso entre el beneficiario de la beca y el decano de la Facultad Ciencias Exactas y Naturales

Notificación de Resolución del Consejo de Facultad Ciencias Exactas y Naturales, por el cual se resuelven los recursos.

Universidad Surcolombiana Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana Secretaría Académica Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana Secretaría Académica Facultad Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana Decanatura Facultad de Ciencias Exactas y Naturales (Sede Central, horario de oficina)

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Surcolombiana y al Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales para su conocimiento y desarrollo de sus competencias. ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el contenido de la presente Resolución al Centro de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CTIC) para que realice la publicación en el portal web institucional ( www.usco.edu.co); y a los egresados de programa de pregrado de la Universidad Surcolombiana, admitidos para la Primera Cohorte de la Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad. ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición. PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Neiva, a los ocho (08) días del mes de Agosto de dos mil diez y seis (2016).

MAURO MONTEALEGRE CARDENAS Coordinador Maestría en Estudios Interdisciplinarios de la Complejidad Facultad de Ciencias Exactas y Naturales