Viernes, 20 Marzo 2015 15:06
Discriminar es tu derecho: ¿hasta cuándo? Clyde Soto y Rocco Carbone En Paraguay hemos asistido en las últimas semanas a una sucesión de hechos de discriminación, acompañados incluso de violencia, que han ocupado la atención pública, algunos de ellos con gran repercusión mediática. El dueño de un conocido restaurante asunceno maltrata y expulsa a un trabajador que reclamaba derechos, burlándose de la “pretensión” de hacerlos valer. Apenas días después la dueña de un negocio insulta e intenta echar de la vereda –espacio público– a una joven estudiante, mientras un hombre la ataca violentamente. Algunas personas repudian el hecho utilizando expresiones xenófobas. Un diputado, enojado con los requerimientos de una periodista, la hostiga y pide se le impida trabajar en el recinto parlamentario. Un guardia del Palacio de Justicia empuja violentamente a otra periodista, embarazada. La Cámara de Diputados aprueba y queda sancionada una ley donde sigue la discriminación salarial a las trabajadoras domésticas, mientras parte de la opinión
pública justifica la explotación del sector, con argumentos poco menos que esclavistas. La imagen: un país endurecido de prepotencia, discriminación y violencia. El sentido general que surge de todo esto es que en Paraguay, al menos para un importante sector de la población, discriminar es un derecho.
Junto con estos hechos actuales, se debe recordar que el Senado de la República del Paraguay, poco antes de que finalizara 2014, votó en contra del proyecto de Ley contra Toda Forma de Discriminación, que podría haber reglamentado el artículo 46 de la Constitución nacional. El proyecto, generado a partir de una amplia consulta ciudadana por la Red contra Toda Forma de Discriminación, había sido presentado por los senadores Carlos Filizzola del Partido País Solidario (PPS) y Miguel Abdón Saguier del Partido Liberal Radical Auténtico (PRLA) en 2007, y pretendía arbitrar los mecanismos de protección de las personas frente a cualquier acto discriminatorio. El texto afirmaba que por discriminación había que entender a “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se establezca por motivos de raza, color, linaje, origen nacional, origen étnico, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, incluida la afiliación a un partido o movimiento político, origen social, posición económica, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, nacimiento, filiación, estado de salud, discapacidad, aspecto físico o cualquier otra condición social, que tenga por propósito o resultado menoscabar, impedir o anular el reconocimiento, disfrute o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos, libertades y garantías reconocidos a todas las personas en la Constitución, en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la República del Paraguay o en la legislación nacional, así como en cualquier otra esfera de la vida pública”. El resultado del escrutinio fueron 21 votos en contra de la Ley y 17 a favor (se votó el 13/11/14). La propaganda contraria a esta iniciativa instaló la versión de que se trataba de una ley peligrosa por ser “la antesala para el matrimonio gay, la legalización del aborto y la marginación de las instituciones religiosas muy arraigadas en el país”, como dijo entonces el impávido el senador oficialista José Manuel Bóveda, del Partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (PUNACE).
Todo esto tuvo un antecedente en la Cámara Alta del Congreso, con motivo de la Resolución “Derechos humanos, orientación sexual e identidad y expresión de género” que fue aprobada por la 44 Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), realizada en Asunción entre el 3 y el 5 de junio de 2014. El Senado paraguayo discutió previamente el tema y emitió una declaración donde instaba al Poder Ejecutivo a “asumir posturas que garanticen plenamente el derecho a la vida desde la concepción y la promoción de la familia en los términos establecidos por la Constitución Nacional”. El Paraguay, efectivamente, incluyó un pie de página aclaratorio
con su postura sobre el texto de la Resolución de la OEA. Para la antología de la discriminación quedó la tónica del debate parlamentario, en especial lo expresado por dos oradores: Carlos Núñez (del Partido Colorado), quien sostuvo que “Dios no creó hombre con hombre para la procreación. Me van a disculpar pero cuando veo un hombre travesti vestido de mujer –que no sabemos dónde mete eso que sabemos– le grito lacre de la sociedad” [sic]. Y el impávido Bóveda: “Yo no discrimino porque respeto las decisiones particulares. Si decido besar a un varón soy responsable yo, pero no pido una ley que me respalde para besar al hombre ese con aliento a jaguareté. No queramos cambiar la naturaleza tan hermosa”.
¿Qué quiere decir todo esto? Que estamos frente un orden político y social propenso a la discriminación, que quiere decir separar o diferenciar una cosa de otra cosa y otorgar un trato de inferioridad a la “cosa” separada, que puede ser una persona o una colectividad, apartada por motivos raciales, religiosos, sexuales, de clase, ideológicos… Y para activar el dispositivo “discriminación” se puede recurrir a los instrumentos tradicionales del poder político – ejército, policía, leyes, poder judicial, burocracia (en el mejor de los casos)– o a prácticas de violencia físicas o verbales, como las que describíamos al principio de este artículo.
Lo que tienen en común los episodios señalados –a nivel social e institucional– es un tremendo déficit de ciudadanía, entendida como la inclusión en un colectivo, con todos los derechos previstos para quienes forman parte del mismo. En el punto básico de la humanidad, estos derechos son los llamados derechos humanos, que corresponden a cada ser humano por el hecho de serlo. En un país, en este caso el Paraguay, ser ciudadano implica conocer, apropiarse y ejercer los derechos previstos para quienes conviven en el territorio nacional, decidir y poder ser electo para ejercer cargos –con las delimitaciones establecidas por edad o según nacionalidad–, respetar y hacer valer estos derechos, y pasar de la visión limitada del interés particular (los que llamamos privilegios) a ser parte de la construcción de un proyecto común, colectivo, compartido. Son estas ideas las refutadas por actitudes individuales o corporativas que niegan derechos: el senador que desprecia y se refiere de manera humillante a las travestis, el empresario que se enriquece con los duros que escatima a los trabajadores, las personas que están dispuestas a solucionar sus propias vidas domésticas a costa de la explotación, quien se considera con derecho a insultar y golpear a una transeúnte, quien impide el trabajo periodístico.
Es ahí donde la búsqueda de justicia para cada uno de estos casos adquiere un sentido altamente ciudadano. Y es por eso que en medio de tanta barbarie, tenemos que atender y expandir el aire fresco que trae Panambí, organización de personas trans que acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar en audiencia pública los 54 asesinatos impunes de sus compañeras, ocurridos desde el inicio de la transición política paraguaya en 1989 hasta ahora. Por todo esto es que debemos apoyar al trabajador que no se contenta con menos de lo que le corresponde por derecho. Y a la joven estudiante que denuncia la agresión callejera y busca justicia. Y a las trabajadoras domésticas organizadas que no se conforman con la desigualdad y anuncian que continuarán con su lucha.
Además del aire fresco, para que haya viento sur y obliterar privilegios, y para que discriminar no sea un derecho de nadie –inflexiones que muestran un pueblo fragmentado, atomizado, desesperanzado– se necesita articular en Paraguay un proyecto democrático radical, con una izquierda –anticapitalista, socialista, feminista, altermundista, ecologista, marxista, popular– capaz de marcar el horizonte del futuro.
Fuente: CDE
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