Daño ambiental Caratula: Luis Romero Bravo con

digo: Que atendido que el demandado tiene domicilio en Sector Mulpulmo, Ruta. 215, km 16, comuna y ciudad de Osorno, y con el objeto de proceder con la.
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Materia:

Daño ambiental

Caratula:

Luis Romero Bravo con Lácteos del Sur S.A.

Rol:

D-37-2018

Solicita exhorto. Ilustre Tercer Tribunal Ambiental Stephan Lührmann Ortiz, abogado, por el demandante don Luis Alberto Romero Bravo, en los autos sobre demanda por daño ambiental caratulados “Luis Romero Bravo con Lácteos del Sur S.A.”, Rol D-37-2018, a SS. Iltre. respetuosamente digo: Que atendido que el demandado tiene domicilio en Sector Mulpulmo, Ruta 215, km 16, comuna y ciudad de Osorno, y con el objeto de proceder con la notificación de la resolución que proveyó la demanda de autos, emplazando al demandado, sírvase US. ordenar la confección y remisión de un exhorto al Juzgado de letras de turno competente de Osorno, por vía de interconexión o por aquella vía expedita que US. disponga al efecto. El tribunal exhortado estará facultado para ordenar la notificación especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, así como cualquier otra forma de notificación; autorizar a los receptores, conforme se señala en el artículo 391 del Código Orgánico de Tribunales a practicar las actuaciones ordenadas en cualquier comuna comprendida dentro de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Valdivia; habilitar lugar, día y hora para efectos de las notificaciones a practicar; designar receptor ad hoc si fuere necesario; tener presente nuevos domicilios; será competente para conocer de todas las incidencias que se promuevan con ocasión del trámite solicitado; podrá realizar o disponer la realización de todos los trámites y actuaciones necesarios para el fiel y oportuno cumplimiento del encargo. El exhorto deberá contener copia íntegra de la demanda que incoa estos autos, de la resolución que la provee, de esta presentación y de la resolución recaída en ésta, y lo podrá tramitar la persona que lo presente o requiera, quedando expresamente facultada para hacer presentaciones ante el tribunal exhortado. POR TANTO, AL ILTRE. TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL PIDO, acceder a lo solicitado, exhortando al efecto.