Comunidad/Editoriales/2000/Modernizacion volviendo al Pasado Autonomias


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CARTA DEL MES 30 de OCTUBRE de 2000

MODERNIZACIÓN VOLVIENDO AL PASADO: AUTONOMÍAS Es verdad que el proceso centralizador del ejercicio de la Función Ejecutiva, en la ciudad de Quito, instrumentado paulatinamente desde la época de García Moreno, pasando por Eloy Alfaro, Isidro Ayora, la Junta Militar de Gobierno de 1963, la dictadura de 1972 y los gobiernos democráticos a partir de 1980, con la única excepción del registro sanitario y los juegos de azar centralizados en la ciudad de Guayaquil, se ha convertido en un cuello de botella para el ejercicio eficiente de todas las actividades productivas públicas (contratación pública, informes previos, glosas, etc.) y privadas con las nuevas inversiones en el agro o industriales de transformación (obtención de patentes de funcionamiento, permisos del SESA, autorizaciones previas, etc.) Parecería que parte de la solución se encamina a robustecer las atribuciones de los municipios de la República, dotándoles de financiamiento para asumir sus nuevos roles. Sin embargo, existen profundas diferencias institucionales y de capacidad de gestión entre los municipios de capital de provincia de los demás, en forma tal que el aspecto se perfila a una centralización en las capitales de provincia. En este contexto aparece la idea de las gobernaciones. Se ha sugerido como fuente de financiamiento autónomo de las municipalidades la creación de impuestos a la importación y exportación de productos del cantón, o sea de verdaderos aranceles municipales en práctica desde el pasado siglo hasta 1964, con la colocación de “cadenas” en las carreteras y puertos de cabotaje y de la resurrección de la institución del “asentamiento de impuestos”. Mediante Decreto Supremo 2831 (RO 388 04/12/1964) fueron derogados algunos miles de impuestos arancelarios municipales, prohibiéndose el asentamiento de impuestos. El Decreto trajo paz a los comerciantes, industriales y agricultores del país en la movilización de mercancías, productos y ganado. Sin embargo creó la dependencia municipal del gobierno central, con el FONAPAR y el FODESEC (DS 938 RO 260 06/07/1971, DS 279 RO 272 26/03/1973, Ley 72 RO 441 21/05/1990), especialmente por la discrecionalidad política puesta en juego al momento de transferir las asignaciones. Volver al pasado, a los aranceles de importación y exportación municipal entre cantones o de la gobernación entre provincias, a título de modernización, es a simple vista un contrasentido. El asentamiento –hoy llamado concesión- fue un componente altamente politizado, corrupto y de bajo rendimiento tributario. Organizar la recaudación, mediante cadenas en las carreteras y puertos de cabotaje por medio de empleados municipales o de la gobernación, devengará en un proceso de corrupción. Y la paz social, el derecho al libre tránsito y el incremento que producirá en los precios, bien gracias.

Dr. Luis Hidalgo López GERENTE GENERAL LEXIS S.A.