H. CONGRESODEL ESTADO DE GUANAJUATO C. PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO. PRESENTE.
:32La Comision de Hacienda y Fiscalizacion tiene tumados para su estudio y dictamen, 105informes finales de resultados de la revision practicada a la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondientes al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del alia 2001, formulados en su oportunidad par la Contaduria Mayor de Hacienda. Con fundamento en 10 dispuesto en los articulos 96 fraccion XI, 149 Y Sexto Transitorio de la Ley Organica del Poder Legislativo y Tercero Transitorio de la Ley de Fiscalizacion Superior del Estado de Guanajuato, nos permitimos rendir el siguiente: DICTAMEN
Competencia: Las facultades de la legislatura local en materia de fiscalizaci6n de las cuentas publicas tienen su fundamento en 10dispuesto par el articulo 63 fracciones XVIII, XIX Y XXVIII de la Constituci6n Politica para el Estado. Estos dispositivos establecen que el Congreso del Estado tiene la facultad de fiscalizar la cuenta publica del Poder Ejecutivo, incluyendo las de las entidades y organismos de la Administraci6n Publica Estatal, las del Poder Judicial y de los Organismos Aut6nomos; asi como las cuentas publicas municipales, incluyendo las de las entidades y organismos de la Administraci6n Publica Paramunicipal. De igual manera puede acordar la practica de auditorias a los sujetos de fiscalizaci6n, cuando exista causa justificada para ella, auxiliandose para el cumplimiento de dichas facultades par el 6rgano de Fiscalizaci6n Superior, previsto en el articulo 66 del referido ordenamiento constitutional. Dicha funci6n en su oportunidad estuvo a cargo de laContaduria Mayor de Hacienda. Las reformas que crearon al Organa de Fiscalizaci6n Superior del Congreso del Estado de Guanajuato dispusieron que en la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado, se desarrollaran las bases generales del proceso de fiscalizaci6n.
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EI articulo Tercero Transitorio de la Ley de Fiscalizaci6n Superior seliala que: "Los asuntos que se encuentran en tramite 0 en proceso en la Contaduria Mayor de Hacienda al entrar en vigor esta Ley, continuaran tramitandose por el Organo de Fiscalizaci6n Superior, en los terminos de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda
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De igual maners, el articulo Sexto Transitorio de la Ley Organics del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Guanajuato establece: "Los asuntos que se encuentren en tramite 0 en proceso en la Comisi6n de Hacienda y Revisora de la Contaduria Mayor de Hacienda al entrar en vigor esta Ley, continuaran tramitandose par la Comisi6n de Hacienda y Fiscalizaci6n, en los terminos de la presente Ley, asi como de la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato y la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda del Congreso del Estado, de conformidad con la fracci6n V del articulo 70 de la Ley que se abroga.n En este supuesto se encuentran los informes finales de resultados materia del presente dictamen, ya que el procedimiento de revision de la referida cuenta publica dio inicio mientras la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda estaba vigente y su conclusion aun se encontraba pendiente a la entrada en vigor de la Ley de Fiscalizacion Superior del Estado de Guanajuato. En este orden de ideas, conforme 10 selialaban la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda y la Ley Organica del Poder Legislativo, dicho Organa Tecnico se encontraba bajo la direcci6n y el control del Congreso del Estado a traves de la Comisi6n de Hacienda y Revisora de la Contaduria Mayor de Hacienda, que fungia como conducto de comunicaci6n entre el Congreso y la Contaduria Mayor de Hacienda. Entre las facultades con las que contaba dicha Comisi6n estaban las de presentar al Plena del Congreso los dictamenes derivados de los procesos de fiscalizaci6n, en vista del informe de resultados respectivo que rindiese la Contaduria Mayor de Hacienda. De 10 anteriormente expuesto, podemos desprender que 105 procesos de fiscalizacion cuyo tramite se inicio bajo el amparo de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda, seguiran su curso conforme alas disposiciones que se contenian en dicho ordenamiento, considerando que el proceso de fiscalizacion no concluye con la elaboracion del informe final de auditoria 0 de revision formulado en su oportunidad par el Organa Tecnico del Congreso del Estado, sino que debe formularse el dictamen correspondiente a dicho informe, tarea que Ie corresponde a la Comision de Hacienda y Fiscalizacion. II.
Antecedentes:
EI articulo 63 fraccion XXVIII de la Constitucion Politica para el Estado de Guanajuato, vigente al momenta de la revision de las cuentas publicas materia del presente dictamen, establecia como facultad del Congreso del Estado: "Ejercer faculta~ de vigilancia, fiscalizacion y auditoria, respecto a los presupuestos y gastos de los demas Poderes y de los Organismos Descentralizados incluyendo a la UniverSidad de Guanajuato",
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De igual manera el articulo 89 fracci6n XIV del referido texto constitucional, establecia como facultad del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, la de presentar al Congreso del Estado la cuenta de gastos de la impartici6n de justicia. en periodos no mayores de seis meses. Para dar cumplimiento a 10 selialado en los dos preceptos antes referidos, el Titular del Supremo Tribunal de Justicia presento la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del alia 2001, turnandose en su oportunidad a la Comision de Hacienda y Revisora de la Contaduria Mayor de Hacienda para su estudio y dictamen. Para tal efecto y en cumplimiento de la fraccion III del articulo 4 de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda, la Comisi6n de Hacienda y Revisora de la Contaduria Mayor de Hacienda, remitio la cuenta publica referida al Organa Tecnico para efecto de su revision, ya que conforme a 10 establecido en IDS articulos 66 de la Constitucion Politica para el Estado de Guanajuato y 18 de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda vigentes al momenta de la revision, Ie correspondia a la Contaduria Mayor de Hacienda Ilevar a cabo dicha funcion. Una vez efectuada la revision, en su oportunidad se presentaron a la Comision par parte del 6rgano Tecnico del Congreso del Estado, log informes finales de resultados de
la revision efectuada a la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del alia 2001, dando cumplimiento a 10 preceptuado par log articulos 221 fraccion II de la Ley Organica del Poder Legislativo y 7 fraccion I de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda, ambos dispositivos con vigencia al momenta de la revision.
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La revtsi6n efectuada tuvo como objetivos principales: Precisar el ingreso y el gasto publico; determinar y evaluar el resultado de la gesti6n financiera; verificar si el ingreso par ministraci6n de recursos presupuestales, coincide con log importes reportados en la cuenta publica que presenta el Poder Ejecutivo, determinandose, ademas, si log demas ingresos fueron obtenidos y registrados conforme a la normatividad aplicable; y revisar que log recursos presupuestarios autorizados en la Ley del Presupuesto General de Egresos en el Estado de Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal del alia 2001, se aplicaron en operaciones efectivamente realizadas, que su ejercicio se ajustQ estrictamente alas disposiciones normativas vigentes; que se utilizaron para er~-, cumplimiento de lag funciones propias del Poder Judicial y que se registraron con fundamento en log principios basicos de Contabilidad y el Clasificador par Objeto del Gasto.
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La revision de la cuenta publica, se realizo con base en un programa de trabajo y utilizando IDs procedimientos de verificacion y comprobacion que se consideraron necesarios, lIevandose a cabo las acciones de analisis y evaluacion de la documentacion e informaci6n contenida en la cuenta publica, aplicando pruebas selectivas sabre IDs registros presupuestales y contables, a fin de cumplir con el alcance de la revision. Los informes materia del presente dictamen establecen que el alcance de la revisi6n de la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuatro trimestres del ejercicio fiscal del aria 2001 fue el siguiente: a) Estudio y analisis de los estados financieros, incluyendo movimientos, saldos y cifras relevantes, asi como el comportamiento y tendencia que presentan; b) Estudio y analisis de la situaci6n presupuestal; c) Revisi6n del cumplimiento de la normatividad establecida en materia de fondos fijos; d) Analisis y revisi6n de los registros contables y de la documentaci6n comprobatoria de los ingresos percibidos par concepto de ministraciones, productos diversos y fondo auxiliar; e) Analisis y revisi6n de los registros contables y de la documentaci6n comprobatoria de egresos, verificando el apego a la normatividad vigente, incluida la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Guanajuato; f) Verificaci6n de la existencia fisica, registro , control y estado que guarda el almacen en relaci6n con los bienes consumibles del Poder Judicial; y g) Estudio y evaluaci6n del control interno en algunos rubros. Como parte del procedimiento de revision, se dio vista de las observaciones y recomendaciones derivadas de la revision al Titular del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, concediendole el plaza establecido en el articulo 23 de la Ley Reglamentaria de la Contaduria Mayor de Hacienda, para contestar y aclarar las observaciones determinadas, presentandose en su oportunidad par parte del Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, escritos de aclaraciones a los que acompalio la documentacion que considero suficiente para justificar y aclarar las observaciones determinadas y atender las recomendaciones efectuadas. Una vez valorada la informaci6n aportada, el 6rgano Tecnico elabor6 los informes finales de resultados, mismos que se entregaron a la Comision, constituyendo el sustento tecnico para elaborar el presente dictamen. III.
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Analisis de los Informes Finales de Resultados de la Revision:
Los referidos informes establecen que la informacion que integra la cuenta pubTrea. del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente al periodo que se ha indicado, se presento en el plaza previsto par el articulo 89 fraccion XIV de la Constitucion Polftica para el Estado de Guanajuato, vigente al momenta de su presentacion. AI tenor de 10 antes selialado, procederemos a mencionar las observaciones, relevantes determinadas en los informes finales de resultados. .
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111.1.
Situacion financiera
111.1.1.Saldos relevantes del activo y pasivo
a)
Activo
En el rubro correspondiente a Activo, establecido en el Estado de Situaci6n Financiera, al 31 de diciembre de 2001, resaltan los saldos de las siguientes cuentas: Fondos Fijos; Bancos e Inversiones; Remanente Ejercicio Actual; Cuentas por Cobrar; Deudores Diversos; Impuestos Acreditables; y Almacen. 8.1) Fondos Fijos: Se observ6 una ampliaci6n de la cantidad par la cual fue creado, sin justificarse la existencia de un acuerdo y oficio de ampliaci6n aprobado par el Consejo del Poder Judicial. Asimismo, se detect6 un faltante par un importe de cantidad minima. a.2) Bancos e Inversiones: Se revisaron conciliaciones bancarias, detectando cheques en transito con antiguedad considerable; falta de reintegros de saldos pendientes de devoluci6n, debido a los pagos en cantidad incorrecta de cheques; y cargos realizados par el banco de los cuales se solicit6 bonificaci6n.
a.3) Cuentas par Cobrar: Se observaron saldos de antigOedad considerable; clasificaci6n incorrecta de subcuentas que debieran estar registradas en la cuenta de deudores diversos; falta de documentaci6n comprobatoria; ajustes para compensar saldos de funcionarios y empleados; proveedores y acreedores diversos; saldos relativos a pago indebido de quincena no laborada y costa de reposici6n de un radio que se extravi6; y saidos par concepto de lIamadas personales que deben ser reclasificadas a la cuenta de deudores diversos. a.4) Deudores Diversos: Se observaron saldos que presentan antigOedad considerable; retenciones indebidas por concepto de intereses; y disminuci6n indebida de ingresos ante la imposibilidad de devoluci6n del citado concepto, quedando pendiente de comprobar y definir la situaci6n de los saldos por importes retenidos. De igual forma, se observaron registros virtuales en relaci6n con el saldo de la subsubcuenta del Fondo de Seguridad Publica del Estado de Guanajuato. a.5) Impuestos Acreditables: Se detect6 el registro de un importe hasta el 10 de~ octubre de 2001, asi como el registro de un saldo contrario a la naturaleza de la cuenta.
a.6) Almacen:Se observoque las actividadesde recepcion,guarda,custodia, control, registro y suministro de bienes, objetivos principales de almacen, no se cumplieron adecuadamenteya que no se utilizaron formatos para entrada y salida de
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bienes del almacen; no se elaboraron requisiciones internas; no se contaba con inventario actualizado de existencias finales reales de bienes consumibles; en algunos casos, no existia soporte documental que comprobara y justificara la salida de los bienes; los reportes mensuales proporcionados no son confiables y muestran graves deficiencias; los bienes de almacen estaban desordenados; las bodegas no contaban con una adecuada distribucion de secciones que guardan; y no contaban con extintores.
Fondo Auxilia.r para la Impartici6n de Justicia Respecto al rubro de Activo de dicho Fondo se verifico el saldo de la cuenta de Bancos e Inversiones. Bancos e inversiones: A fin de revisar su adecuado registro contable, se selecciono el 90% de los certificados de depositos liberados, se verifico el 90% de las conciliaciones bancarias y la expedicion nominativa de los certificados de deposito, encontrandose saldos de naturaleza contraria; registro de cargos en conciliaciones bancarias, cuya antigOedad es considerable; certificados de deposito que no se consideraban par el banco como dep6sitos en cuenta; certificados que se encontraban liberados, no cobrados, con una antigOedad considerable y que no formaban parte del Fondo Auxiliar, como 10dispone el articulo 144 fraccion IV de la Ley Organica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato; asimismo, se observo el desconocimiento que guardan los recursos liberados mediante ordenes de pago giradas en sustitucion de certificados de depositos cancelados. b)
Pasivo
EI rubro de Pasivo se integra par los saldos de las siguientes cuentas: Cuentas par Pagar; Proveedores; Acreedores Diversos; Obra Publica; e Impuestos Retenidos. b.1) Proveedores: Se observaron movimientos contables para eliminar saldos contrarios a la naturaleza de la cuenta y disminuir pasivos de obra publica, sin comprobar y justificar el registro; tam bien se detectaron compensaciones para cancelar saidos negativos de proveedores de obra y par ejercer, que indebidamente habian sido creados como pasivos en 105dos arias anteriores, sin haber sido utilizados; tam bien se observo temporalmente un saldo negativo en la subsubcuenta de Remanentes de Obras no ejercido en varios ejercicios y traspasos de saldos sin proporcionar la documenfaci6n correspondiente que 105justificara; asi como saidos de la subsubcuenta I.S.P.T. y C.A.S par devolver y pagar a Trabajadores Declaracion Anual 2000 que debieron reclasificarse a
lacuenta deAcreedores Diversos.
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b.2) Acreedores Diversos: Entre 105pasivos creados al cierre del ejercicio fiscal de 2001, se observaron compromisos para la adquisici6n de muebles y equipo, mismos que no fueron aplicados en su totalidad, ya que no fueron deudas realmente contraidas, sino previsiones para realizar adquisiciones en el futuro; tam bien se observaron saldos contrarios a la naturaleza de la cuenta; creaci6n de subsubcuentas sin presentar la documentaci6n que 10 justificara y pasivos correspondientes al ano 2000 que en el ejercicio revisado, todavia presentaban saldos.
b.3) Obra Publica: Se observaron en las subcuentas que la integran, falta de documentaci6n comprobatoria respecto de creaci6n de algunas de las verificadas; disminuci6n de pasivos; movimiento en subcuentas y traspasos entre las mismas; asi como la no existencia de un compromiso real de pasivo 0 la omisi6n en su registro; y registros virtuales que debieron plasmarse como remanentes del ejercicio. b.4) Impuestos Retenidos: Se observ6 el registro de un saldo par concepto de I.S.P.T no retenido, ademas de un registro contrario ala naturaleza de dicha cuenta.
Fondo Auxiliar para la Impartici6n de Justicia Se verifico el rubro de garantias en depositos de terceros, observando que derivado de la visita a 22 juzgados de 7 municipios, se observaron faltas de control al recibir efectivo fuera del Juzgado, asi como al remitir y dirigir reportes semanales a personas equivocadas. 111.2.
Situaci6n Patrimonial
De los 24 bienes reportados en el inventario de bienes inmuebles del Poder Judicial del Estado, se observo que un bien inmueble ubicado en el Fraccionamiento "EI Faro" del Municipio de Silao, Gto., con una superficie de cinco mil metros cuadrados, fue sustituido por encontrarse en el subsuelo una afluencia de rio natural con saturacion de arena fina; no obstante 10anterior, aun se encontraba reportado en el inventario. Par otra parte. segun el Padron Inmobiliario Estatal proporcionado par la Direccion de Control Patrimonial del Gobierno del Estado, del total de bienes inmuebles que el Poder Judicial ocupaba parcialmente, seis no estaban incluidos en el inventario de bienes inmuebles de la Direcci6n de Administracion del Poder Judicial y siete no estan relacionados en dicho padron, debido a que se encontraba en tramite su regularizacion. Asimismo, el Poder Judicial, no contaba en sus archivos con copia fotostatica de tres escrituras publicas, las cuales se proporcionaron par la Direcci6n de Control Patrimonial
delGobiemo delEstado.
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Oerivado de la revision efectuada alas adquisiciones realizadas par el Poder Judicial en el aria 2001, se observo que no se contaba con formatos preestablecidos de requisiciones, impresos y foliados consecuentemente para su debido control, tam poco se contaba con formatos de ordenes de cotizaciones de bienes y materiales para ser enviados a log proveedores como invitacion para que cotizaran log bienes 0 servicios que leg solicitaran. Aunado a 10anterior, no se contaba con ordenes de compra 0 pedidos de bienes impresos sino elaborados par computadora y no se tenia bitacora de lag adquisiciones realizadas. Respecto de log procesos de adjudicacion de compras en varias ordenes de cotizacion, se verifico un incumplimiento a 10 que disponia el articulo 62 fraccion I de la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal del aria 2001, tomando en consideracion el manto de cada cotizacion y el numero de personas que debian haber cotizado en el citado proceso. 111.3.Situacion
Presupuestal
AI 31 de diciembre de 2001, en el caso del Pron6stico de Ingresos, el Poder Judicial obtuvo ingresos par la cantidad de $368,661,300.80, que representaba un 10.04% mas de los ingresos presupuestales par $335,016,498.00, que estaban pronosticados segun el calendario de gastos para el cuarto trimestre de 2001. AI termino del cuarto trimestre de 2001, el Poder Judicial del Estado, para sufragar su gasto presupuestal, obtuvo ingresos no previstos par la cantidad de $14,587,792.81 a 105cuales se les denomin6 en forma generica Productos Diversos. En 10referente al Presupuesto de Egresos , al 31 de diciembre de 2004, se habia ejercido un gasto total de $368,661,300.80, representando un 10.04% de mas al Presupuesto originalmente aprobado. Lo anterior, debido a que durante el ejercicio fiscal de 2001, el Poder Judicial del Estado, consider6 como provisiones para sufragar gastos en la subsubcuenta Obra par Ejercer capitaliza 2001, el total de ingresos igualmente no previstos en el pron6stico del calendario de gastos 2001 y que al cuarto trimestre de 2001 sumaban una cantidad de $14,587,792.81. 111.4.
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Revision documental
Con el fin de complementar la revisi6n y analisis de las cifras y conceptos presentados en la cuenta publica del Poder Judicial del Estado, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del ario 200i~~-se. consider6 conveniente incluir en el programa de trabajo la aplicaci6n de procedimientos de verificaci6n fisica y documental, respecto a muestras representativas de algunos conceptos de ingresos y egresos. ~ '" """
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En 10que respecta a la revisi6n documental de algunos conceptos de ingresos y egresos, en terminos generales el resultado fue satisfactorio, salvo las siguientes situaciones: Ingresos Se observo que de manera incorrecta, los productos par nomina se clasifican como un ingreso y no como una disminucion al gasto, aunado a ella, se registraron par concepto de productos, cancelaciones de cheques, no obstante que deberian haberse registrado en .la cuenta de Acreedores Diversos, a efecto de hacer efectivo su cobra y originar partidas conciliatorias. Tambien se observaron fichas de deposito que carecen de comprobacion documental. Respecto de la revision de log ingresos par concepto de fotocopiado, no se proporciono el reporte de control de capias obtenidas de lag maquinas fotocopiadoras, aunado a que la Direccion de Administracion no realizo arqueos sorpresivos durante el periodo de revisi6n, par 10 que se desconoce si 10 reportado fue el total de ingresos percibidos par este concepto. Respecto de la concesi6n de la cafeteria y otros, solamente fueron proporcionadas fichas de deposito, faltando par entregar log recibos 0 facturas oficiales de ingresos del Poder Judicial. En el caso del analisis de licitaciones publicas, se encontro el registro hasta la fecha de revision, de un ingreso par venta de bases que se genera en el mes de julio de 2001. En relacion a la venta de vehiculos a log servidores que log tenian asignados, se observo la falta de firma en el contrato de ~a parte compradora; el registro del importe obtenido par la venta en la cuenta de acreedores diversos, debiendo ser en ingreso; asi como la venta de vehiculos a un costa menor al avaluo. Egresos Del analisis a dicho rubro, se observaron gastos comprobados con recibos econ6micos; gastos con comprobantes que no relinen requisitos fiscales; un gasto duplicado par concepto de garrafones de aQua; y gastos con documentaci6n comprobatoria so porte que solamente obra en copia fotostatica 0 bien no fue localizada. Responsabilidades
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Con motivo de la revision documental efectuada a la cuenta publica d~LPoder Judicial del Estado, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres~-"
ejercicio fiscal del aria 2001, se desprendenconductasque hacen presumir la existencia de responsabi.lidades administrativas y que acorde a la legislacion estatal, las cQnductas desplegadas par los servidores publicos deben ser sujetas procedimiento admiri~trativo de responsabilidad. En este tenor, a fin de dar vista al alorgana de control inter~ de aquellas conductas meritorias de sancion, la diputada y los diputados integrantes de ei'Sta/ Comision de Hacienda y Fiscalizacion, procedemos a detallar la valor~ion a cada una de \.
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las observaciones del rubro de revision documental formulada dentro de los informes finales de resultados del primero. segundo, tercero y cuarto trimestres de la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondientes al ejercicio fiscal del aria 2001. Informe Final de Resultados Ejercicio Fiscal del aiio 2001:
correspondiente
al Primer
Trimestre
del
A) Se determin6 parcialmente solventada la observaci6n consignada en el numeral 4.5.2.2, referido a gastos con comprobantes que no relinen requisitos fiscales. B) En 10 referente alas observaciones no solventadas, estas se consignan en los numerales 4.5.1 relativo a Ingresos; y 4.5.2.1, referido a gastos comprobados con recursos econ6micos.
Informe Final de Resultados correspondiente al Segundo Trimestre del Ejercicio Fiscal del alio 2001: C) En 10 referente alas observaciones no solventadas, estas se establecen en 105 numerales 4.4.1 referido a Ingresos; 4.4.2.1, relativo a gastos comprobados con recibos econ6micos; y 4.4.2.2, relativo a gastos con comprobantes que no reunen requisitos fiscales. Respecto al Fondo Auxiliar para la Impartici6n de Justicia, el numeral 5.3.1,referido a Ingresos.
Informe Final de Resultados correspondiente al Tercer Trimestre del Ejercicio Fiscal del ario 2001: D) Se determinaron parcial mente solventadas las observaciones consignadas en los numerales 4.5.1, inciso C), referido a Ingresos; y 4.5.2.3, relativo a gastos sin soporte documental.
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E) Se establecen como no solventadas las observaciones plasm ad as en los numerales 4.5.1, incisos A), B) yO), referido a Ingresos; 4.5.2.1, relativo a gastos comprobados con recibos econ6micos; y 4.5.2.2, referente a gastos con comprobantes que no rellnen requisitos fiscales. ~
Informe Final de Resultados correspondiente al Cuarto Trimestre del Ejercicio Fiscal del alia 2001: F) Se establece como solventada la observaci6n consignada en el numeral
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G) Finalmente, se consideraron no solventadas las observaciones plasmadas en numerales 4.4.1, Ingresos, incisos A), B) y C) del rubro de tR:roductos Diversos;
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inciso B) del rubro de ingresos par fotocopiado; e incisos A) y B) del rubro relativo a concesi6n, cafeteria y otros; 4.4.2.1, referido a gastos comprobados con recibos econ6micos; 4.5.2.2, referido a gastos con comprobantes que no reunen requisitos fiscales; 4.5.2.3, relativo a gasto duplicado; y 4.5.2.4, referente a capias de los documentos comprobatorios. Una vez analizadas y evaluadas las conductas enunciadas en las observaciones citadas en 105 numerales 111.1,111.2Y 111.3,referidas a 105 apartados de situaci6n financiera, patrimonial y presupuestal; asi como en 105 incisos A), 8), C), 0), E) Y G) del numeral 111.4, correspondiente a la revisi6n documental, quienes integramos esta Comisi6n, consideramos que existen elementos suficientes que hacen presumir la existencia de responsabilidades del tipo administrativo que deben ser conocidas por el 6rgano de control competente del Poder Judicial, a fin de que de inicio al deslinde de responsabilidades que conforme al procedimiento administrativo de responsabilidad procedan.
Par otra parte, consideramos necesario que se justifique el importe observado en el apartado 2, inciso C) del punta 4.5.1, Ingresos del informe final de resultados correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal del ana 2001, el cual no fue solventado durante el procedimiento de revision, consistente dicha observacion en la venta de vehiculos par un importe menor al determinado en el avaluo. De no justificarse dicha observacion, se deberan ejercer las acciones civiles conducentes, informando al 6rgano de Fiscalizacion Superior, para su debido seguimiento. IV
Conclusiones:
De conformidad con los resultados derivados de los informes finales de revision de la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondientes al primero, segundo, tercero y cuarto trimestre del ejercicio fiscal del aria 2001, se concluye:
Primera: La cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, relativa al primero. segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del alia 2001, fue presentada par el Titular del Poder Judicial del Estado de Guanajuato. en el plaza previsto en el articulo 89 fraccion XIV de la Constitucion Politica Local vigente en el periodo de su
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presentacion.
Segunda: La fiscalizaci6n de la cuenta publica del Poder Judicial del Estado-de Guanajuato. se circunscribi6 a la practica de una revisi6n, cuyo alcance e indagatoria fueron efectuados mediante muestreos y pruebas selectivas que no lIegan a tener los resultados ni la trascendencia de una auditoria, considerando que el termino revisi6n establece una serie de limitantes las cuales se refieren en I~ormes finales de
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Tercera: De la revision a la gestion financiera, entendida esta como el conjunto de acciones para proveerse de IDs recursos conforme a 10establecido en la Ley de Ingresos respectiva, as! como su aplicacion prevista en la Ley del Presupuesto General de Egresos de dicho ejercicio y en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico vigente en su oportunidad, se obtuvieron resultados acordes a 10 establecido en IDs ordenamientos legales citados.
Cuarta: Las deficiencias de tipo administrativo y control interno observadas con motivo de la revisi6n y que se mencionan en el cuerpo de los informes finales de resultados, deberan darse a conocer al Poder Judicial del Estado de Guanajuato, a efecto de que se observen las disposiciones relativas alas atribuciones y obligaciones previstas en la normatividad respectiva y en su caso, se subsanen las deficiencias contenidas en los informes finales de resultados, informando al 6rgano de Fiscalizaci6n Superior del Congreso del Estado, para los efectos conducentes. Quinta: Asimismo, en el caso de las observaciones referidas en el presente dictamen, de las que se desprenden elementos suficientes que hacen presumir la existencia de responsabilidades del tipo administrativo, deberan deslindarse dichas responsabilidades conforme al procedimiento administrativo que se instaure para tal efecto. De igual forma, de no justificarse el importe observado en el informe final de resultados correspondiente al tercer trimestre, numeral 4.5.1, inciso C), se deberan ejercer las acciones civiles conducentes, informando de ello al 6rgano de Fiscalizaci6n Superior, para los efectos conducentes. De lag anteriores conclusiones se infiere que de la revision realizada a log estados financieros que conforman la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente al primero, segundo, tercero y cuarto trimestres del ejercicio fiscal del ana 2001, log resultados presentan razonabilidad de la situaci6n contable y financiera, tomando en consideracion que el alcance de la revision, se hizo con base a pruebas selectivas de log rubros indicados en el cuerpo de los informes y que la naturaleza de las observaciones determinadas son eminentemente de control interna, contable y administrativo.
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Par 10anteriormente expuesto y con fundamento en 105articulos 63 fracci6n XVIII de la Constituci6n Politica Local y 184 de la Ley Organica del Poder Legislativ!G~ permitimos so meter a la consideraci6n de la Asamblea, la aprobaci6n del siguiente:
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ACUERDO
Unico. Con fundamento en la fracci6n XVIII del articulo 63 de la Constituci6n Politica para el Estado de Guanajuato, en relaci6n con los articulos Sexto Transitorio de la Ley Organica del Poder Legislativo, Tercero y Sexto Transitorios de la Ley de Fiscalizaci6n Superior del Estado de Guanajuato, se declara revisada la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente a los trimestres primero, segundo, tercero y cuarto del ejercicio fiscal del aria 2001, con base en los informes finales de resultados formulados en su oportunidad par el Organa Tecnico del Congreso del Estado. Se ordena dar vista al Titular del Poder Judicial del Estado del presente acuerdo junto con su dictamen y los informes finales de resultados de la revision efectuada a la cuenta publica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato, correspondiente a los periodos referidos en el parrafo anterior, para que en el ambito de su competencia aclare 0 justifique las observaciones no solventadas y atienda las recomendaciones formuladas, y en su caso, se proceda conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Publicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, en los casas conducentes y se ejerzan las acciones civiles conducentes, informando de ello al 6rgano de Fiscalizacion Superior del Congreso del Estado. Remitase el presente acuerdo al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para su publicaci6n en el Peri6dico Oficial del Gobierno del Estado. Asimismo, se ordena la remisi6n del presente acuerdo junto con su dictamen y log informes finales de resultados al 6rgano de Fiscalizaci6n Superior, para log efectos de su competencia.
Guanajuato, Gto., 7 de noviembre de 2006.
LaComisionmend.
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