circular núm. 28 correspondiente al segundo ciclo laboral del año

20 dic. 2012 - El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia en sesión ordinaria de fecha 07 de Noviembre de 2012, determinó girar la presente circular de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para informar que el personal del Poder Judicial ...
9KB Größe 5 Downloads 59 vistas
Tomo 97 Colima, Col., Sábado 17 de Noviembre del año 2012; Núm. 56, pág. 2297.

PODER JUDICIAL

CIRCULAR NÚM. 28 CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CICLO LABORAL DEL AÑO 2012, MISMO QUE CORRESPONDE DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2012 AL 04 DE ENERO DE 2013, REANUDANDO LABORES EL 07 DE ENERO DE 2013. CIRCULAR NUM. 28 AÑO JUDICIAL 2011 – 2012 SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA

CC. MAGISTRADOS, JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, PROYECTISTAS JURÍDICOS, JUECES MIXTOS DE PAZ, CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA Y, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS. P R E S E N T E.El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia en sesión ordinaria de fecha 07 de Noviembre de 2012, determinó girar la presente circular de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para informar que el personal del Poder Judicial del Estado disfrutará de los siguientes días de asueto: I.-

El primer período vacacional correspondiente al segundo semestre del año 2012, para los trabajadores del Poder Judicial del Estado, comprenderá del 20 de Diciembre de 2012 al 04 de Enero de 2013, reanudando labores el 07 de Enero de 2013.

II.-

Se declaran inhábiles con suspensión de labores los días que comprende el citado período, en Salas del Tribunal, Juzgados de Primera Instancia en Materia Civil, Familiar y Mercantil, Juzgados Mixtos de Paz, Centro de Justicia Alternativa, Oficina de Depósitos y Consignaciones y Áreas Administrativas, con excepción de los Juzgados de Primera Instancia en Materia Penal, Especializado en la Impartición de Justicia para Adolescentes y Mixto de Armería, que permanecerán en servicio con el personal necesario para atender los asuntos urgentes de su competencia, considerándose como inhábiles los días antes mencionados para la interposición de recursos o medios de defensa relacionados con las causas penales.

III.-

El personal de los Juzgados Penales, Especializado en la Impartición de Justicia para Adolescentes y Mixto de Armería, que permanezcan en servicio durante el primer período vacacional, disfrutarán de ese derecho del 07 al 18 de Enero de 2013, regresando a laborar el 21 de Enero de 2013.

IV.-

Hágase del conocimiento de las autoridades, litigantes y público en general para los efectos legales conducentes, y publíquese la presente circular en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", conforme a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 21 del Reglamento Interior del Supremo Tribunal de Justicia, en un periódico de los de mayor circulación en la entidad y en la página web oficial del Poder Judicial del Estado, para hacerlo del conocimiento general de la sociedad.

V.-

De igual forma, se comunica que los empleados del Poder Judicial del Estado, sólo podrán disfrutar de los períodos vacacionales previamente establecidos.

VI.-

Finalmente, se hace de su conocimiento que solo los trabajadores que tengan más de seis meses de servicio continuo, tendrán derecho a vacaciones de acuerdo a la ley vigente en la materia.

Lo que se comunica para los efectos legales conducentes al personal adscrito y público en general. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. COLIMA, COLIMA, 09 DE NOVIEMBRE DE 2012. MAGISTRADO RAFAEL GARCÍA RINCÓN, PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO. Rúbrica.