cajamarca es el primer distrito judicial en atender a

hace 1 día - CARGAS Y GRAVAMENES: As. D00002. Hipoteca ... GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento ..... JUEZ: JAMES JOEL CAMACHO VILCHEZ.
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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

Lunes, 24 de Septiembre del 2018

CAJAMARCA ES EL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN ATENDER A DISCAPACITADOS VISUALES MEDIANTE IMPRESORA BRAILLE • Presidente Gustavo Álvarez, manifestó que el servicio de impresión que brinda el referido sistema, será ofrecido desde Cajamarca a las Cortes Superiores que comprende la macro región norte: Chimbote, La libertad, Lambayeque y Piura.

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a gestión del Presidente de la Corte de Cajamarca, Doctor Gustavo Álvarez Trujillo, presentó y mostró in situ el funcionamiento de la impresora braille que a partir de la fecha está a disposición de todo usuario judicial con discapacidad visual, permitiéndole identificar letras, números y signos de puntuación, gracias a la impresora de puntos en relieve grabados sobre papel que ya se encuentra funcionando en el Módulo de Atención Judicial – MAJ. Ante el auditorio que se dio cita a la apertura de este magnífico sistema, el Señor William Juárez Correa, fue el primer invidente que a través del tacto logró leer el texto impreso en el sistema de lectura braille. Durante su participación Juárez Correa fue aplaudido por Magistrados y trabajadores que presenciaron el acto significativo. Al respecto el Doctor Álvarez Trujillo, se mostró muy emocionado al ver como este equipo informático es de gran utilidad para el usuario con discapacidad visual, ya que de esta manera, contribuye a que no sólo los Cajamarquinos tengan acceso a la información, sino también todo el que lo requiera. “Estoy muy contento de ver como personas con discapacidad visual puedan salir adelante. El mejor rega-

lo que uno se puede llevar como Presidente de Corte, es ver que las personas con esa discapacidad tienen la misma oportunidad que el resto de ciudadanos”, recalcó. Asimismo el titular de Justicia de Cajamarca, señaló que este sistema de lectura braille, brindará mayor nivel de autonomía a las personas con discapaci-

dad visual que acudan a los órganos jurisdiccionales en demanda de sus derechos o se encuentran inmersos en algún proceso penal, ya que no solo podrán tener acceso a la carpeta del proceso en formatos accesibles sino a cualquier clase de texto impreso que deseen o necesiten leer; que podría ser primero digitalizado y luego impreso mediante el sistema

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca 23 de setiembre

braille. “El Distrito Judicial de Cajamarca, es el primero en adquirir este equipo y sabemos del impacto en el acceso de la información; por ello, mi gestión a dispuesto facilitar el servicio de impresión a las Cortes Superiores que comprende la macro región norte: Chimbote, La libertad, Lambayeque y Piura”.

AVISOS JUDICIALES DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

REMATE

PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente:01295-2011-0-0601-JP-CI-03; en los seguidos por CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO DE CAJAMARCA SA. contra CELESTINO CHAVARRI CALUA y contra ELSA ALVITRES DE CHAVARRY sobre Obligación de Dar Suma de Dinero; la señora Juez Miriam Rosmery Ortiz Cruzado y especialista legal Luisman Hamilton Arribasplata Ignacio a cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca ha dispuesto el remate público en Primera Convocatoria sobre el inmueble de propiedad de los ejecutados de aproximadamente 1.6611 Ha.denominado Predio "El Pauco” ubicado en el Sector Lanchepampa, Distrito San Bernardino Provincia de San Pablo Región Cajamarca; inscrita en la Partida 11056138; valorizado en la suma de S/. 41,527.50 soles . VALOR BASE; Sale a remate en primera convocatoria en el precio base de S/. 27,685.00 soles, equivalente a las 2/3 partes del valor comercial. CARGAS Y GRAVAMENES.- AsientoD0001 Embargo en su forma de inscripción por la suma de 15, nuevos soles conforme a mandato judicial que consta en este asiento partida respectiva. CONDICIONES DEL REMATE.La subasta se encuentra a cargo de la Martillero Público María Helena Alvitez Rios con Registro SUNARP 228; y tendrá lugar el 03 de Octubre del 2018 a horas 9.30 de la mañana ante el local de este Juzgado ubicado en el cuarto piso de la nueva sede de la Corte Superior de Cajamarca ubicada en Avenida La Cantuta S/N. Capacñan; los postores participantes se habilitarán para el remate depositando el 10% del valor comercial del predio; asimismo deberán pagar el arancel por participación en remate de inmuebles ante el Banco de la Nación al Código 07153, consignando dni del postor, número de expediente y Juzgado. HONORARIOS DEL MARTILLERO; a cargo del ejecutante, ó el adjudicatario en ambos casos se adiciona el IGV. Cajamarca, 01 de Agosto del 2018 María Helena Alvitez Ríos ABOGADO Martillero Público REG. SUNARP 228 Luisman H. Arribasplata Ygnacio SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 19-20-21-24-25-26 Septiembre S/30.00 EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00301-2015-0-0601-JR-CI01, Demandante BANCO FINANCIERO DEL PERU Demandado MANUEL QUISPE TANTA, ALEJANDRO QUIROZ RODRIGUEZ Y AURORA JULCA DE QUISPE Sobre Ejecución de Garantías, por orden del Primer Juzgado Civil de Cajamarca a cargo de la Señora Jueza Dra. María Jesús Amaya Valderrama y Secretaria Judicial Dra. Katia López León, han facultado al martillero Publico Reg.:127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el Bien Inmueble con Ubicación Rural Valle Cajamarca San Marcos Sector Rosa Mayopata, Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca, Código Predio 7-7709210-84271 CN9210660/ CE773353, U.C. 84271, Área Ha 0.3144.VALORIZACION: US$ 110,040.00 D.A (Ciento Diez Mil, Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$73,360.00 D.A (Setenta y Tres Mil, Trescientos Sesenta con 00/100 Dólares Americanos), que son las 2/3 partes de la valorización. CARGAS Y GRAVAMENES: As. D00002 Hipoteca escritura pública N° 228 de fecha 06.02.2014, otorgada en la Ciudad de Cajamarca ante Notario Público Miguel Ledesma Inostroza, el propietario del inmueble ha constituido primera y preferencial hipoteca a favor del Banco Financiero del Perú, hasta por la suma de US$ 110,040.00 Dólares Americanos. DIA Y HORA: Jueves 27 de Setiembre del 2018 a Horas 12: 00 del mediodía. -LUGAR

Lunes, 24 de Septiembre del 2018

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

DE REMATE: Jirón El Cumbemayo N° 329, Cajamarca. POSTORES: Entregaran en efectivo o cheque de gerencia el 10% de la valorización comercial, arancel judicial tributo N° 07153, consignando el juzgado y número de expediente, Documento Nacional de Identidad, Cajamarca Junio del 2018 Pablo Colbert Rojas Tamayo Martillero Público Cel.:961654569, RPC 993766643.KATYA DEL S. LOPEZ LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA P. 6982164 F.P. 20-21-24-25-26-27 Septiembre S/. 27.00 AVISO DE REMATE Expediente: N° 00055-2017-0-0610-JR-CI-01 Instancia: JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHOTA Juez: WILSON CORTEZ BRIONES Especialista Legal: KARENT DANEYDA SANCHEZ ROMERO Demandante(s): CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. Demandado(s): SANDRO JAVIER MEJIA ALTAMIRANO Materia(s): EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Tercero(s): OCUPANTES DE INMUEBLES EN REMATE BIEN(ES) EN REMATE: Se ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, Reg. N° 210, realice la referida diligencia de REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA de tres (03) inmuebles de propiedad del ejecutado Sandro Javier Mejía Altamirano, en el orden siguiente: 1°) PRIMER INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292174 / CE: 764685, Ubicación Rural / Caserío Luzcapampa / Merme Pedregal Lúcuma / C.P. / Parcela 7_7609290_250739, U.C. 250739 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.2434 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053070, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota. VALORIZACIÓN: US$. 24,340.00 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 13,792.67 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 24,340.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. 2°) SEGUNDO INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292284 / CE: 764601, Ubicación Rural /Caserío Luzcapampa / Joshinga / C.P. / Parcela 7_7609290_250741, U.C. 250741 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.1573 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053072, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota. VALORIZACIÓN: US$. 31,460.00 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 17,827.33 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 31,460.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. 3°) TERCER INMUEBLE: Predio rústico, CN: 9292286 / CE: 764580, Ubicación Rural /Caserío Luzcapampa / Joshinga / C.P. / Parcela 7_7609290_250742, U.C. 250742 / HH.CC. 7_7609290_2_1, Distrito de Tacabamba, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca, área de 0.1798 Ha., cuyas características, linderos y medidas perimétricas están inscritas en la Partida Electrónica N° 11053073, Sección Especial Predios Rurales, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chota VALORIZACIÓN: US$. 35,960.00 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 20.377.33 dólares americanos, equivalente a dos tercios de la valorización, reducido en 15% por ser 2° convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 35,960.00 dólares americanos, inscrita el 22.07.2014. FECHA, HORA Y LUGAR: En el orden indicado, el DÍA VIERNES 28 DE

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SETIEMBRE DE 2018 A LAS 09.00, 09.10 Y 09.20 HORAS respectivamente, en el LOCAL DEL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHOTA, sito en Jirón 27 de Noviembre N° 440, Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Por cada inmueble deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, menor a 30 días de antigüedad, una cantidad no menor del 10% de cada valorización, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, un arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma; y de ser el caso, de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Finalizado el remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V. conforme a la Ley N° 27728, Ley N°28371 y su Reglamento (D.S n° 008-2005-JUS). Chota, julio 26 de 2018. Guillermo E. Paredes Landauro MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210 MANUELA DEL CARMEN VERASTEGUI PASTOR SECRETARIA JUDICIAL MODULO LABORAL P. 6977725 F.P. 20-21-24 Septiembre S/.21.00

CONSEJO DE FAMILIA EDICTO JUDICIAL EXP. N° 1556-2018.- Tercer Juzgado Especializado de Familia - Cajamarca, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° TRES.- Cajamarca, siete de setiembre del Dos mil dieciocho.-ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ROSARIO HORNA SANCHEZ contra LA SUCESION DE ECTOR LISANDRO YUPANQUI ROJAS sobre RECONOCIMENTO DE UNION DE HECHO; Notifíquese a la Sucesión de ECTOR LISANDRO YUPANQUI ROJAS, mediante Edictos a publicar en el diario Oficial el Peruano y la República, por tres veces interdiarios a efectos de que en el plazo de sesenta días se apersone al proceso y absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrarle Curador Procesal.- Flores Caballero- Juez; Marrufo Muñoz - Secretaria. Cajamarca, 13 de setiembre del 2018. HUMBERTO ANIBAL FLORES CABALLERO JUEZ TERCER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA FLOR MARRUFO MUÑOZ SECRETARIA JUDICIAL TERCER JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA P. 6983586 F.P. 20-24-26 Septiembre S/.7.50 EDICTO Expediente Civil: N° 009-2006, F-JPL-TCSJCA-PJ, por ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yonán-Tembladera, en los seguidos por Carmen Hermelinda Morales Plasencia, sobre Alimentos, se ha expedido la siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y DOS: de fecha once de septiembre del año dos mil dieciocho, en la que se ha dispuesto notificar al demandado Armando Sergio Alvitres Espinoza mediante Edicto la resolución número cuarenta y dos, PUBLICÁNDOSE un extracto de la resolución número cuarenta y dos, cuyo tenor es lo siguiente SE RESUELVE: A) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número treinta y dos de fecha treinta de enero del año dos mil quince en consecuencia: REMITASE copias certificadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de esta Localidad, para que proceda a formular denuncia por el delito Contra la Familia en su figuran de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, OFICIÁNDOSE; B) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la resolución número cuarenta y uno fe fecha veintidós de agosto del año dos mil dieciocho; en consecuencia: REMÍTASE copias certificadas de los actuados pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de esta localidad, para que proceda a formular denuncia por el delito Contra la Familia en su figura de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, OFICIÁNDOSE; SE RESUELVE notificar al demandado mediante Edicto con la resolución número CUARENTA Y DOS en el Diario Judicial “La República” de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca por el lapso de UN DÍA HÁBIL debiendo la parte demandante en autos adjuntar las publicaciones una vez

DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

realizadas. Firmado: Dobbertin Espino Enrique Alejandro-Juez del Juzgado de Paz Letrado de Tembladera; Secretaria Judicial Ángela Amparo Abanto Salazar, Tembladera, 17 de septiembre del 2018 ENRIQUE DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO TEMBLADERA AMPARO ABANTO SALAZAR SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TEMBLADERA P.6985484 F.P. 24 Septiembre S/.5.00 EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha la doctora: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 1365-2018-0, seguido por ESTHER EVELINDA LINARES ARRIBASPLATA, contra LOS HEREDEROS DEL CAUSANTE, MIGUEL GODOFREDO CÁCERES DÍAZ, INTEGRADO POR MIGUEL ÁNGELES CÁCERES LINARES, ROJER JOAQUÍN CÁCERES LINARES Y LUIS ALEXANDER CÁCERES LINARES, sobre declaración de unión de hecho; la señorita Juez ha expedido la Resolución número uno: Cajamarca, dieciocho de junio de dos mil dieciocho: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de declaración judicial de unión de hecho, contra LOS HEREDEROS DEL CAUSANTE, MIGUEL GODOFREDO CÁCERES DÍAZ, INTEGRADO POR MIGUEL ÁNGELES CÁCERES LINARES, ROJER JOAQUÍN CÁCERES LINARES Y LUIS ALEXANDER CÁCERES LINARES, en la vía de proceso de conocimiento; en consecuencia córrase traslado del escrito de demanda y anexos por el plazo de treinta días para que conteste; bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes. Asimismo notifíquese a quienes se creen con derecho a intervenir en el proceso mediante edictos, en tal razón, PUBLÍQUESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La República, para que en el plazo de noventa días se apersonen al proceso y absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. CECILIA MONICA VELEZ CALDERON JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO FAMILIA CAJAMARCA P.6985567 F.P. 24-25-26 Septiembre S/.12.00

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Calua, en el Exp. N° 2018-087-C seguido por EBELIO RUBIO MENDOZA contra MINISTERIO PUBLICO sobre CAMBIO DE NOMBRE mediante resolución número uno de fecha veinte de agosto del dos mil dieciocho ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EBELIO RUBIO MENDOZA contra MINISTERIO PUBLICO sobre CAMBIO DE NOMBRE, quien solicita el cambio de nombre de su menor hija en su partida de nacimiento “LENIN SANET” por el de “LEILA IVANA, debiendo quedar su nombre de la siguiente manera: “LEILA IVANA RUBIO CERQUERA", Vía de Proceso Abreviado, CORRER TRASLADO de la demanda y anexos por el plazo de DIEZ DIAS al MINISTERIO PUBLICO, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. PUBLIQUESE un extracto del auto admisorio por UNICA VEZ en el diario Oficial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca "La República’’, a fin de que las personas que creyeran con derecho a oposición lo hagan dentro el termino de Ley. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. CALUA ZAMBRANO. FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6984897 F.P. 24 Septiembre S/.3.50 AVISO JUDICIAL Expediente N° 00137-2017-CI-JPL-T., Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba - Cajamarca; Hormecinda Bustamante Gallardo, acude a este Órgano Jurisdiccional; a fin, de solicitar la Rectificación de Partida de su persona, mediante escrito de fojas

Lunes, 24 de Septiembre del 2018

siete a diez; en el sentido que en el rubro del nombre de su padre aparece como SEGUNDO VUSTAMANTE debiendo decir JUAN FUSTAMANTE; además en el rubro del prenombre de la recurrente aparece como ORMECINDA debiendo decir HORMECINDA; igualmente se indica que su apellido paterno aparece como VUSTAMANTE debiendo ser lo correcto FUSTAMANTE, conforme se aprecia de su Partida de Nacimiento que obra a folios dos; solicitud admitida a trámite mediante resolución número Uno, en la Via Proceso No Contencioso; Doctor Delmer Antonio Jondec Mejía - Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba; y el señor Juan Francisco Zuñiga Valdiviezo - Secretario Judicial; Tacabamba tres de julio del año dos mil dieciocho.DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA - CHOTA JUAN F. ZUÑIGA VALDIVIEZO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA P.6984730 F.P. 24 Septiembre S/.2.50 EDICTO Exp. N° 64-2018-CI-JPLH, Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos ORDOÑEZ VILLEGAS TITO JHONY, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento se ha resuelto lo siguiente: A) TITO JHONY ORDOÑEZ VILLEGAS, en el cuerpo del Acta de Nacimiento N°: trece inscrita en la Municipalidad Distrital de San Juan de Licupis, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca de fecha 11 de mayo del año 1973, se ha consignado mal el segundo nombre y primer apellido del recurrente, debiéndose consignarse y quedar como, TITO JHONY ORDOÑEZ VILLEGAS Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por un día consecutivo. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.-Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca YoplaHuambos, 31 de Julio del 2018. PODER JUDICIAL SEDE DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984669 F.P. 24 Septiembre S/.2.50 EDICTO Exp. N° 65-2018-CI-JPLH, Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos MARÍA EDELFINA GASTELO GASTELO, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento se ha resuelto lo siguiente: A) MARÍA EDELFINA GASTELO GASTELO, en el cuerpo del Acta de Nacimiento N°: treinta inscrita en la Municipalidad Distrital de San Juan de Licupis, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca de fecha 28 de setiembre del año 1961, se ha consignado mal el segundo nombre de la recurrente como HEDELFINA, debiéndose consignarse y quedar como, MARÍA EDELFINA GASTELO GASTELO, Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por un día consecutivo. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.-Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca Yopla Huambos, 31 de Julio del 2018. PODER JUDICIAL SEDE DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984669 F.P. 24 Septiembre S/.2.50 EDICTO Exp. N° 033-2018-C. Juzgado de Paz Letrado de Paccha - Chota", el señor MELCHOR IDROGO DELGADO, solicita la rectificación de Partida de Nacimiento inscrita en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Paccha. en la cual se ha omitido consignar en la parte marginal y el cuerpo del acta de nacimiento mi primer prenombre: “SEGUNDO” siendo lo correcto “SEGUNDO MELCHOR”, de tal manera que su nombre quede como: “SEGUNDO MELCHOR IDROGO DELGADO”; se ha omitido consignar el segundo apellido de su padre “LEIVA” debiendo quedar como: “CELESTINO IDROGO LEIVA”; además se ha omitido consignar el segundo apellido de su madre “LIVAQUE” debiendo quedar como: “CLORINDA DELGADO LIVAQUE”. Por Resolución N° UNO.- Paccha. su fecha once de Setiembre del presente año. se admite a trámite la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, en la vía del proceso no contencioso, se prescinde de la audiencia de actuación y declaración judicial.

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

Haciéndose de conocimiento público para los fines de Ley. Agréguese: publíquese; cúrsese.- ABOG. MARIA EUGENIA MALCA PAJARES JUEZA DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO - PACCHA- CHOTA. ABG. NANCY SUSY DELGADO VASQUEZ SECRETARIA JUDICIAL-JUZGADO DE PAZ LETRADO PACCHA -CHOTA. MARIA EUGENIA MALCA PAJARES JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO PACCHA - CHOTA Nancy Susy Delgado Vasquez SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO PACCHA - CHOTA F.P. 24 Septiembre - Auxilio Judicial

PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO En el proceso judicial signado con el N° 00162018--0-0602-JM-CI-01, tramitado ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Cajabamba, se publica lo siguiente: Resolución N° 02 de fecha 03 de Mayo del 2018: Se Admite a trámite la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio, del Predio ubicado en el caserío Machacuay con una área de 1.3113 metros cuadrados ubicado en el caserío en mención - Provincia de Cajabamba, demanda que ha sido interpuesta por Apolinar Teófilo Polo Fernández y otros contra Amado Felipe Medina Gutiérrez Y Miguel Medina Gutiérrez, Y Persona Incierta en el presente proceso, a fin de que dentro del plazo de cuarenta y cinco días de realizada la última publicación, se APERSONEN al proceso y absuelvan la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado. En consecuencia, quien se considere afectado en su derecho o tenga interés sobre dicha pretensión tiene expedito su derecho de apersonarse al proceso. JUEZ: JAMES JOEL CAMACHO VILCHEZ SECRETARIA: CARLA G. ORDINOLA ARMAS. Cajabamba, 15 de Agosto del 2018. James Joel Camacho Vilchez JUEZ(E) JUZGADO MIXTO CAJABAMBA Abog. Carla G. Ordinola Armas SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.6963288 F.P. 12-18-24 Septiembre S/.9.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2018-019-C Seguido por ALEJANDRO VARGAS MENDOZA, ETELVINA VASQUEZ DE VARGAS contra PERSONA INDETERMINADA sobre PRECRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, ante el Juzgado Mixto San Pablo. RESOLUCION N° DOS San Pablo, diecinueve de julio del Año dos mil dieciocho. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía de proceso de ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble. Denominado "San Jose"ubicado en el sector de Santa Paula de Chumbil. Distrito y Provincia de San Pablo; Con un área de 31.6325 has. EMPLACESE a la parte demandada por ser persona incierta, MEDIANTE EDICTOS a fin de que las personas que invoquen legitimo interés se Apersonen al Proceso y absuelvan la presente demanda dentro del plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, en caso de incumplimiento a lo antes ordenado y continuar con el tramite del proceso, conforme a ley. JUEZ: LUNA CHAVEZ SEC: GUEVARA RABANAL P.6983607 F.P. 24-25-26 Septiembre S/.7.50

RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz, Sec. Calua, en el Exp. N° 2017-0151-C seguido por LUCILA TIRADO HOYOS contra la WALTER VASQUEZ VASQUEZ sobre DELIMITACION DE AREAS Y LINDEROS, mediante resolución número uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LUCILA TIRADO HOYOS sobre demanda acumulativa objetiva originaría de DELIMITACION DE AREAS Y LINDEROS del predio denominado la Taya ubicado en el Sector Llaucan con un área de 0.3873, con U.C N° 05055 INSCRITA EN LA Ficha N° 72722 a fin de que judicialmente se delimite las áreas y linderos, comprendidos en el extremo este que colinda con la U.C N° 05077

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de WALTER VASQUEZ VASQUEZ y en forma acumulativa accesoria INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS calculados en la suma de diez mil soles más los intereses legales correspondientes. Vía de proceso Abreviado, TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica y CORRER TRASLADO de la demanda al demandado para que conteste la demanda dentro del PLAZO DE DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. PUBLIQUESE mediante edictos en el diario oficial La República por el termino perentorio de TRES DÍAS HABILES con un intervalo de TRES DIAS cada publicación, bajo apercibimiento de declararse la nulidad de todo lo actuado y archivarse el proceso en caso de incumplimiento. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. Calua Zambrano FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6962344 F.P. 12-18-24 Septiembre S/.12.00

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO CIVIL EXPEDIENTE 00106-2018.- Juzgado Paz Letrado Celendín.- En los seguidos por el apoderado Rojas Marín Juan Cluber sobre Sucesión Intestada, se ha expedido: RESOLUCION UNO: Celendín, once de abril de 2018.- ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA incoada por ADMITIR a trámite la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA incoada el apoderado Rojas Marín Juan Cluber en favor de Meza Aliaga Ricardo, Meza Marín Jackeline Jenny, Meza Marín Ketty, Meza Marín Liz Mirayan, sobre Sucesión Intestada, de la Causante Justina Marín Chávez, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. NOTIFIQUESE, con la presente resolución a la Sociedad de Beneficencia Pública, y al representante del Ministerio Público de ésta ciudad para los efectos de ley; a cuenta y costo del solicitante, b. ANOTESE, la solicitud en la oficina Registral de ésta ciudad, debiéndose remitir los partes correspondientes. Notifíquese.DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO CELENDIN - CAJAMARCA P. 6984385 F.P. 21-24-25 Septiembre S/.7.50 EDICTO Exp. N° 13-2018-CI-JPLH, Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos, MANUEL URIAS VASQUEZ GONZALES, solicita Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION UNO: fecha quince de marzo del dos mil dieciocho, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO NO CONTECIOSO, la solicitud presentada Por don MANUEL URIAS VASQUEZ GONZALES. sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de quien en vida fueron sus padres don MANUEL URIAS VASQUEZ fallecido el día 24 de setiembre de 1990, y doña LUCINDA GONZALES GONZALES, el 19 de Julio del 2012 ; solicitando se declare como únicos y universales herederos a don Manuel Urias, Susana, María Soledad, Martha Isabel, Nicolás Gonzalo, Alicia Rosa, Carmela Emperatriz, Eva, Elmer Manuel Vásquez Gonzales ; en calidad de hijos de los causantes; a efectos de que dentro de TREINTA DÍAS siguientes a las publicaciones indicadas, se apersonen al proceso quienes se crean también herederos del causante, ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Chota. Notifíquese con la presente resolución, demanda y anexos al Ministerio Público de ésta ciudad y a la Beneficencia Pública de la ciudad de Chota. Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por tres días consecutivos. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca YoplaHuambos, 16 de Marzo del 2018 PODER JUDICIAL Sede del Distrito Judicial de Cajamarca Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984422 F.P. 21-24 Septiembre S/. 8.00 EDICTO Exp. N° 77-2018-CI-JPLH,Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huambos, JOSE NESTOR CUBAS VASQUEZ, solicita Sucesión Intestada, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION UNO. fecha diez de julio del dos mil dieciocho, SE RESUELVE ADMITIR a trámite en VÍA DE PROCESO

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DR. GUSTAVO ALVAREZ TRUJILLO - PRESIDENTE

NO CONTECIOSO, la solicitud presentada por don JOSE NESTOR CUBAS VASQUEZ, sobre SUCESIÓN INTESTADA, respecto de quien en vida fue su padre don JUAN CUBAS MONTEZA, fallecido el día 11 de junio del 2017, solicitando se declare como únicos y universales herederos a, JOSE NESTOR, AMELINA, GLADYS. YRMA Y MARÍA AMANDA CUBAS VASQUEZ; en calidad de hijos del causante; a efectos de que dentro de TREINTA DÍAS siguientes a las publicaciones indicadas, se apersonen al proceso quienes se crean también herederos del causante, ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de la Oficina Registral de Chota. Notifíquese con la presente resolución, demanda y anexos al Ministerio Público de ésta ciudad y a la Beneficencia Pública de la ciudad de Chota. Habiendo dispuesto la publicación del Edicto en el diario "La República" del Distrito Judicial de Cajamarca, por tres días consecutivos. Fdo. Juez Humberto Aníbal Flores Caballero.Fdo. Especialista Judicial Ebelio Malca Yopla. Huambos, 11 de Julio del 2018 PODER JUDICIAL Sede del Distrito Judicial de Cajamarca Humberto Anibal Flores Caballero JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO HUAMBOS - CHOTA P.6984426 F.P. 21-24-25 Septiembre S/. 10.50

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 0078-2018-0-0601-JR-CI-01 Ante el Juzgado Civil Transitorio de Chota, en solicitud de ANA SONIA PEALTA TAPIA Y SAUL PERALTA TAPIA contra ANA MARIA TORRES PEREZ, SEGUNDO ESTEBAN ROJAS CONDONDOR, ORFELINA ROJAS DE SANCHEZ, IRMA ROSA IRIGOIN ROJAS, ANATOLIA GONZALES VASQUEZ y ABELINDA ROJAS DE CAMPOS; RESOLUCIÓN NÚMERO UNO - Chota, dos de mayo del año dos mil dieciocho; SE RESUELVE; “(...) ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por ANA SONIA PERALTA TAPIA Y SAUL PERALTA TAPIA contra ORFELINA ROJAS CONDOR, SEGUNDO ESTEBAN ROJAS CONDOR, ANA MARÍA TORRES PÉREZ Y ANATOLIA GONZALES VÁSQUEZ sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA en la vía de PROCESO SUMARISIMO; en consecuencia: TRASLADO a la parte demandada por el término improrrogable de CINCO DIAS para que conteste la demanda debiendo cumplir con los requisitos establecidos en los artículo 442° y 444° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; en consecuencia PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución mediante edictos en el Diario Oficial "La República” de la ciudad de Cajamarca, por tres días hábiles con intervalo de tres días entre cada publicación a fin de que se apersonen al proceso. Chota, 13 de septiembre del 2018. LUIS ALVIN QUISPE SANCHEZ JUEZ (P) JUZGADO CIVIL TRANSITORIO CHOTA P.6974291 F.P. 18-24-28 Septiembre S/.12.00 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de Hualgayoc- Bambamarca, Juez Quiroz Sec. Calua, en el Exp. N° 2017-0103C seguido por ISABEL REINA CERCADO ACUÑA contra ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA, AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA, RIGOBERTO ABSALON RAMOS ROJAS, MELCHORA SALAZAR VASQUEZ Y RENE ANTONIO CUBAS TEJADA sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, mediante resolución número Dos de fecha veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete ha resuelto lo siguiente: ADMITIR a trámite en Vía de proceso de Conocimiento la demanda de ACUMULACIÓN OBJETIVA ORIGINARIA DE NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y DEL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE, vale decir de la Escritura Publica N° 1273 del contrato de compraventa( Minuta N° 1168) de fecha 29 de enero del 2009 por las causales de falta de manifestación de voluntad, por obtener un fin jurídicamente imposible, fin ilicito y nulidad virtual y EN FORMA ACUMULATIVA ACCESORIA INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN LA SUMA DE S/ 50.000.00 SOLES más los intereses legales correspondiente interpuesta por ISABEL REINA CERCADO ACUÑA contra ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA, AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA, RIGOBERTO ABSALON RAMOS ROJAS, MELCHORA SALAZAR VASQUEZ Y RENE ANTONIO CUBAS TEJADA; TENER por ofrecidos los medios probatorios que se indican CORRER TRASLADO de la presente demanda a los citados demandados, por el PLAZO DE TREINTA DIAS, a fin de que la conteste,

Lunes, 24 de Septiembre del 2018

bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y seguírseles el proceso en esa condición. ASIMISMO mediante resolución número Nueve de fecha veintisiete de agosto del dos mil dieciocho ha resuelto lo siguiente: EMPLAZAR VIA EDICTOS en el Diario “La República” con un extracto de la demanda y admisorio por TRES DÍAS CONSECUTIVOS a los demandados ANGEL RICARDO RAMIREZ ESTRADA Y AUGUSTO RAMIREZ ESTRADA para que en el PLAZO DE NOVENTA DIAS contados desde realizada la última publicación, quien tenga derecho se apersone al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES y Sec. Calua Zambrano FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA LUZMILA CALUA ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P.6983621 F.P. 20-21-24 Septiembre S/.13.50

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EDICTOS PENALES

EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2017-69-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar - Maltrato Físico y Psicológico en agravio de NAIDA EMELY MEGO BAZAN, se ha emitido la RESOLUCIÓN NUMERO: SEIS, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° CINCO (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NUMERO: CINCO (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego. b) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de NAIDA EMELY MEGO BAZAN y de la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, c) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a NAIDA EMELY MEGO BAZAN y a la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego, d) Se prohíbe al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra NAIDA EMELY MEGO BAZAN y la menor Nayeli Milagritos Bustamante Mego. e) HAGASE saber al denunciado ROGER BUSTAMANTE CARUAJULCA, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala "El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.'' REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Celendín para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 2. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Con lo que terminó la presente audiencia firmando la magistrada que suscribe y los presentes, doy fe. Notifíquese a los inasistentes. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre

EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-299-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra SANTOS CORTEZ LOZANO, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a las partes procesales vía edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° TRES (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. b) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. c) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, insultarse, gritarse, humillarse, agredirse y amenazarse física y/o psicológicamente a ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. d) Se prohíbe al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, tomar represalias en forma directa o indirecta contra ROSA MARGARITA CHAVEZ PEREZ. e) HAGASE saber al denunciado SANTOS CORTEZ LOZANO, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CORTEGANA para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. 4. REMITASE los actuados al Juzgado de Paz Letrado de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, respecto del maltrato físico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48° del D.S. N° 009-2016-MIMP, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este Juzgado; OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2018-293-0-JR-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra EDILBERTO PINEDO CHAVEZ, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de OTILA RAMIREZ MARIN, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciante y denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- CARENTE de objeto dictar nuevas medidas de protección a favor de la agraviada OTILA RAMIREZ MARIN; debiéndose ESTAR a las medidas de protección otorgadas en el Expediente N° 112-2016-0-0603-JM-FC-01; 2. REMITASE copia certificada de la presente acta a la Policía Nacional de CHUMUCH para que tome conocimiento de la misma, OFICIESE. 3. REMITASE copias certificadas a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias para que proceda conforme a sus atribuciones, respecto al incumplimiento de las medidas de protección otorgadas a favor de la agraviada en el precitado Expediente, OFICIANDOSE con tal fin. 4. ARCHIVESE definitivamente el presente proceso. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2017-389-0-JM-FP, En el Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Celendín, que despacha la señora Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra HERNAN CABANILLAS SILVA, sobre Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de AMPARITO ROJAS MEDINA, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, que RESUELVE: se NOTIFIQUE a la parte procesal denunciada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y con un extracto de la resolución N° DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección). RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS (Acta de Audiencia Oral Para la Emisión de Medidas de Protección): RESUELVE: 1.- DICTAR a favor de la agraviada AMPARITO ROJAS MEDINA, las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de AMPARITO ROJAS MEDINA. b) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de AMPARITO ROJAS MEDINA. c) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a AMPARITO ROJAS MEDINA. d) Se prohíbe al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, tomar represalias en forma directa o indirecta contra AMPARITO ROJAS MEDINA. e) HAGASE saber al denunciado HERNAN CABANILLAS SILVA, que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.” 2. REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de CELENDIN para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. 3. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado, OFICIANDOSE con tal fin. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. JULISSA ASEIJAS SILVA JUEZA TITULAR JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CELENDIN F.P. 21-24-25 Septiembre EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 2017-069-JUP Seguido por el MINISTERIO PUBLICO contra RONY RUIZ MONTALVAN sobre PROMOCION Y FAVORECIMIENTO DE LA PROSTITUCION en agravio de LLOYCI CIMY APAGUEÑO FLORES, ante el Juzgado Mixto San Pablo. RESOLUCION N° SIETE. San Pablo, cinco de setiembre del Año dos mil dieciocho. EMPLACESE la presente denuncia al imputado RONY RUIZ MONTALVAN, a fin de que ASISTA A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL,EL DIA DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal San Pablo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ,en caso de inasistencia ordenándose su ubicación y captura a nivel nacional, suscribe JUEZ: Wilder Alcibiades Luna Chavez, ESP.JUD: Walter Alvaro Guevara Rabanal. F.P. 24-25-26 Septiembre

DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

del 2016 LUnes, 1 de Lunes, Lunes, Lagosto Unes, 24 1de deSeptiembre agosto deldel 2016 2018

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DR. GUSTAVO ALVAREZ DR. ALVAREZTRUJILLO TRUJILLO- PRESIDENTE - PRESIDENTE

del 2016 LUnes, 1 de Lunes, Lunes, Lagosto Unes, 24 1de deSeptiembre agosto deldel 2016 2018

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de2018 agosto del 2016 DR. GUSTAVO ALVAREZ DR.TRUJILLO GUSTAVO- ALVAREZ PRESIDENTE TRUJILLO - PRESIDENTE Lunes, 24 de Septiembre LUnes, 1del

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