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MINISTERIO DE SALUD 1CA DE
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Visto, las Resoluciones Jefaturales N° 243-2013/SIS, 248-2013/SIS, 252-2013/SIS y 255-2013/SIS emitidas por el Seguro Integral de Salud, así como el Informe N° 0152014-0GPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PR) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los presupuestos del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de, entre otros, fuentes de financiamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; BCARALRO
J. 1.
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Que, el literal U. del numeral 192 del articulo 19° de la Directiva N° 005-2010EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N°- 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, el numeral 19.3 del articulo 19° de la precitada Directiva, establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y ransferencias;
Que, mediante el numeral 12.1 del artículo 121 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó en el año fiscal 2013, de manera excepcional, entre otras entidades, al Seguro Integral de Salud a realizar transferencias financieras entre entidades; Que, el numeral 12.2 del precitado artículo, establecía que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 12.1 de dicho artículo se realizaban, en el caso de las entidades -del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para tal efecto el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resoluciones Jefaturales N° 243-2013/SIS y N° 248-2013/SIS, el Pliego 135: Seguro Integral de Salud autorizó transferencias financieras de la Unidad Ejecutora 002: Fondo Intangible Solidario de Salud — FISSAL, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios correspondientes al mes de Diciembre de 2013, así como al pago prospectivo por convenio; a favor de diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud vinculadas al citado Fondo; Que, mediante Resoluciones Jefaturales N° 252-2013/5IS y N° 255-2013/SIS, el Pliego 135: Seguro Integral de Salud autorizó transferencias financieras, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios correspondientes al mes de diciembre de 2013, respectivamente, a favor de diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud vinculadas al Seguro Integral de Salud; Que, el inciso b) del artículo 29° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que en el periodo de regularización, en el que se complementa el registro de la información de ingresos y gastos de las entidades sin excepción; será determinado por la Dirección General de Presupuesto Público mediante Directiva, conjuntamente con los órganos rectores de los otros sistemas de administración financiera; sin exceder el 31 de marzo de cada año; Que, a través del documento de visto la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que resulta necesario incorporar en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud del Año Fiscal 2014, los mayores fondos públicos transferidos por el Pliego 135: Seguro Integral de Salud, a favor de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, hasta por un monto de OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 285 553,00); Que, la incorporación de los recursos financieros transferidos en el Presupuesto Institucional permitirán que las unidades ejecutoras del Pliego 011: Ministerio de Salud, cumplan con desarrollar de manera adecuada y efectiva las actividades programadas en el presente año fiscal; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y en uso de la facultad señalada en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 2f58, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161; SE RESUELVE: Artículo 1°- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 285 553,00), de acuerdo al detalle siguiente:
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MINISTERIO DE SALUD
(369 - 2014frilM-51
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23 (4 ENERO
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INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles) 1.4 1.4.1.3.1.1
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS Del Gobierno Nacional Seguro Integral de Salud
8 285 553,00 8 285 553,00 8 285 553,00
TOTAL INGRESOS:
8 285 553,00
EGRESOS: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTARIO PRODUCTO ACTIVIDAD
011
GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Salud
0001 Programa Articulado Nutricional 3033317. Gestante con Suplemento de Hierro y Acido Eólico 5000032. Administrar Suplemento de Hierro y Acido Fólico a Gestantes
GASTOS CORRIENTES . 2.3 Bienes y Servicios
442 181,00
TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 0001
PROGRAMA PRESUPUESTARIO PRODUCTO ACTIVIDAD
442 181,00
0002 Salud Materno Neonatal 3033172 Atención Prenatal Reenfocada 5000037 Brindar Atención Prenatal Reenfocada
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios
9 303,00
: 3033295 Atención del Parto Normal : 5000045 Brindar Atención de Parto Normal
PRODUCTO ACTIVIDAD GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios
7 535,00
TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 0002
16 838,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS SIN PRODUCTO : 5001563 Atención en Hospitalización
ACTIVIDAD GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios
7 826 534,00
TOTAL APNOP 9002
7 826 534,00
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios
8 285 553,00 TOTAL EGRESOS:
8 285 553,00
Artículo 2°- El desagregado de los Ingresos y Gastos a nivel de Unidades Ejecutoras se encuentra comprendido en los Anexos 01 "Desagregado del Ingreso por Unidad Ejecutora" y 02 "Desagregado del Gasto por Unidad Ejecutora', que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 4°- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en M presente norma. Artículo 5°- Copia de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 232 del artículo 23° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Registrese y comuníquese
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOS Ministra de Salud
APROBACIÓN DE INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS ANEXO 01 DESAGREGADO DEL INGRESO POR UNIDAD EJECUTORA
SECTOR
11 SALUD
PLIEGO
011 MINISTERIO DE SALUD
FUENTE DE FINAN wMIExTO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS DICIEMBRE PERIODO 29 11,299 ■ Jb bl/LIb2
CODIGO
UNIDADES EJECUTORAS
OENOMINACION 010
015
016
020
021
UNIDADES EJECUTORAS
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02?
021
029
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
391,090
3,105 1,219,163
13,479
1,109,613
904,576
202,611
3,519,202
474,925
DEL GOBIERNO NACIONAL
311 060
3.900 1,211,193
13,479
S109.615
904 576
202,621
3,519 202
474225 474,925
3,519,182
SEGURO INTEGRA;_ CE SALUD TOTAL
381,050
3,009 1,219,153
11470
1,1E19638
934,575
202,621
301,090
7,906 1,219,193
11.479
1,109,634
904,576
202,621 3,519,202
1 POMO RARO G
Pagina i de fi
475925
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TOTAL
043
042
045
I
947
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445,908
2,399
0.931
2,111
MI
929
445,909
2 399
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2.111
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1,934
2:11
445,109
2,390
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2,111
30
81
30
04
929
941 1,445
049
053 727
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0,215553
727
0.415
1265553
1,44
727
1.415
8,286.553
1,445
721
1.415
0.295,55,
ANEXO N° 02 - DESAGREGADO DEL GASTO POR UNIDAD EJECUTORA MESES: DICIEMBRE 2013 SECTOR PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO RESOLLICION MINISTERIAL N. PERIODO
I/ SALUD OIL MINISTERIO DE SAMA :DONACIONEE Y TIUNSFERENCIAI DICLEMEIRE DEL 1011
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5000032 ADMINISTRAR SUPLEMENTO DE
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ANEXO N° 02 - DESAGREGADO DEL GASTO POR UNIDAD EJECUTORA MESES: DICIEMBRE 2013 SECIOR PLIEGO FUENTE DE FI WM0011000 RESOLUCION MINWERIL PERIODO
II SALUD
:811 X11111111710 DE SALUD : DONACIONES Y TRANS FEilE XCIAS DICIEMBRE DEL 2013
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ooD1. SALUD a,ATEiRNO NEONATAL 3033172 ATENGAN PRENATAL REENFOUDA
0 5000037. BRINDAR ATEN CIOX PRENATAL RE E NFO CADA 20. SAL UD
3033195 ATENCION DEL PARTO NORMAL 9002. AS I ONACIONES PRESUPUESTALES QUE NORESULTAN E 3999999 SIN PROULICIO
5000D45. MINO PIO FthnAL
NCION DE PA
044. SALUD INDIDUAL IV
VG. SAL u D
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009V ATENC ION MEDICA BASICA
PRODUCTOS
5001543. ATENCION EN HOSPITALIZACON
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044 SALUD e097.ATENVION MFDICA INDIVIDUAL ESPEC 'AIRADA
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1. 09, 35
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1.109,630 109
DICIE110
Página 3 de 6
1,109,635
01
904,576
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3.519,282 1
904.579
202,611
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202,621
202,621
3,519,252
282
ANEXO N° 02 - DESAGREGADO DEL GASTO POR UNIDAD EJECUTORA MESES: DICIEMBRE 2013 SECTOR PLIEGO RIENTE DE FINANCIAMIENTO PESOLUCIDPI MINSTERUL
71 SALUD ;011 MINISTEPOOR SALUD 0014E10 ns Y TRAIPSFERERCLES
N°
PERIODO
10101SMBRE DEI.4013
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0001. PRDORAM MTCSLADOxUTRICIONAL 3033317 GESTANT1 CON SUPLEMENTO D HIERRO Y AGDO 10 LILO 0000
LD
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6000032.ADMINISIPAR SUPLEMENTO D HIERRO Y AC100 7 III ICO A GESTANTES
044 SALUD 20- SAWD
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3033153are.ra. PRENATAL REENEOCAD
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ANEXO NI 02 - DESAGREGADO DEL GASTO POR UNIDAD EJECUTORA MESES : DICIEMBRE 2013 SECTOR PLIEGO FU/UTE DE FINANCIAMIENTO
11 SALUD Oh NIPUTERIO DE SALUD 'DONACIONES Y INVOISFERENNIAS
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