BOP 205, viernes 27 octubre.17.qxd - Diputación de Granada

hace 6 días - PIQUERAS LÓPEZ, RAMÓN ..... D. Antonio José Salazar Pérez, Alcalde-Presidente ...... Por Dª Rocío López García se ha solicitado proyecto.
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B.O.P. número 63

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Granada, martes, 11 de septiembre de 2008 Granada, martes, 5 de enero de 2016

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Año 2017 Viernes, 27 de octubre

205 ANUNCIOS OFICIALES

Pág.

HUÉTOR SANTILLÁN.-Declaración de contrato de

recogida de RSU desierto.....................................................

7

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ÍLLORA.-Aprobación del padrón de vados, 2017 ...............

7

Administración General del Estado. Servicio Público de

Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo...........

7

Empleo Estatal.-Concesión de ayudas del Plan “Prepara”,

IZNALLOZ.-Aprobación inicial MCSC nº 3 ..........................

8

septiembre de 2017...............................................................

LECRÍN.-Acuerdo de no disponibilidad de créditos ...........

8

2

JUNTA DE ANDALUCÍA. Consejería de Empleo, Empresa

MARACENA.-Modificación del régimen de delegación de

y Comercio. Delegación Territorial de Economía,

competencias en concejales ................................................

Innovación, Ciencia y Empleo. Servicio de Industria,

Aprobación inicial del proyecto de reparcelación de la

Energía y Minas.-Expte. 13616/A.T. .....................................

3

DIPUTACIÓN DE GRANADA. Delegación de Obras

9

MOTRIL.-Modificación de criterios de distribución del

complemento de productividad...........................................

Públicas y Vivienda. Servicio Administrativo de Obras y

9

Bases generales, promoción interna horizontal,

Servicios.-Información pública del Mapa Estratégico del

Ruido de Carreteras Provinciales .........................................

UE-3 Industrial........................................................................

8

4

funcionarización.....................................................................

9

Bases específicas funcionarización cinco plazas Administrativo ....................................................................... 13 Expediente de suministro de vestuario de Policía Local.... 24

JUZGADO SOCIAL NÚMERO UNO DE GRANADA.-Autos 316/17 ......

ÓRGIVA.-Proyecto de actuación para cambio de uso de

4

nave-almacén a vivienda agrícola........................................ 14 PELIGROS.-Expte. 40/2017, contrato de suministro de

una máquina barredora aspiradora autoportante .............. 14 Información pública pliegos concesión demanial .............. 15

AYUNTAMIENTOS ARMILLA.-Ayuda a domicilio, tercer trimestre de 2017.....

SANTA FE.-Aprobación de la ordenanza reguladora del

5

Formalización del contrato de elaboración del proyecto y

Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos.............. 15 VALLE DEL ZALABÍ.-Aprobación inicial del Plan

Municipal de Vivienda y Suelo (PMVS) ............................... 23

ejecución de las obras para la sustitución del terreno de

Aprobación de proyecto de actuación 11/2016, granja

juego de césped natural por césped artificial y

avícola en polígono 42, parcela 120..................................... 23

equipamiento deportivo en el campo de fútbol municipal

5

Expedientes de modificación de presupuesto 3/2017 ....... 23

CUEVAS DEL CAMPO.-Sanción por obras sin licencia......

6

Aprobación proyecto de actuación 2/2017, granja

Restablecimiento del orden urbanístico perturbado..........

6

FERREIRA.-Aprobación inicial del Plan Municipal de

Vivienda y Suelo....................................................................

6

Información pública de proyecto de actuación promovido por Juan Manuel Romero Salmerón ...................................

avícola en polígono 31, parcela 82....................................... 23 ZÚJAR.-Estudio de detalle presentado por Antonia Pérez

Martínez.................................................................................. 24 Aprobación inicial del avance y ordenanza fiscal

6

conforme con el Decreto 2/2012.......................................... 24

Administración: Diputación de Granada. Domicilio: c/ Periodista Barrios Talavera nº 1 (Granada 18014). Tel.: 958 247768 / Fax: 958 247773 DL GR 1-1958. I.S.S.N.: 1699-6739. Edición digital. http:/www.dipgra.es/BOP/bop.asp

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

NÚMERO 5.659

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Concesión de ayudas del Plan "Prepara" septiembre 2017

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B.O.P. número 205

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

EDICTO

Granada, 11 de octubre de 2017.-La Directora Provincial, fdo.: Mª Lourdes Pineda Villegas.

El Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes 10/2011, 26 de agosto, 20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agosto sucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos, ha dado lugar a una serie de disposiciones de desarrollo por parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga nuevamente el programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal dictó resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero. Dado que, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda del citado Real Decreto-Ley, en la que se establece la prórroga automática del programa PREPARA, se ha dictado resolución de fecha 24 de enero de 2014, por la que se modifica la de fecha de 1 de agosto de 2013. Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación del Director General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo, número 5, de la citada resolución y asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente ACUERDA conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 293.170,11 euros. Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada resolución, estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.

ANEXO I DE LA RESOLUCION DE CONCESION CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE 2017 BENEFICIARIO IMPORTE ABID HSSINAT, NOUREDDINE 2.742,96 AGUILAR HITA, MARÍA DEL CARMEN 2.420,28 AGUILAR LÓPEZ, PILAR 2.742,96 AHMAD, RENA 2.742,96 ALCALDE ESPINOSA, TERESA 2.420,28 ALCÁNTARA VELASCO, MANUEL 2.420,28 ARROYO CANO, ADELAIDA 2.420,28 BEJAR JIMÉNEZ, SOFIA 2.420,28 BOUGANNAM, HANNA 2.420,28 BOUKHARAK, HANANE 2.742,96 BRANZA, CATALINA MARÍA 2.420,28 CALVILLO HERNÁNDEZ, LAURA 2.420,28 CANO SUÁREZ, IVANA KARINA 2.742,96 CANTÓN MAROTO, MANUEL 2.420,28 CARMONA RODRÍGUEZ, IDOYA 2.420,28 CHICA RUBIO, PEDRO JESÚS 2.420,28 CHINCHILLA JIMÉNEZ, SABINA 2.742,96 CIOFU, MARIAN 2.420,28 CLEMOT PALMA, SANTIAGO 2.742,96 COLLADO RUIZ, RAQUEL 2.420,28 CORPAS MILLÁN, ELISABET 2.420,28 CORTÉS HEREDIA, ANTONIA 2.742,96 COSTELA DONCEL, JUAN PEDRO 2.742,96 CUERVA MORILLAS, CRISTINA 2.420,28 DANILA, CIPRIÁN 2.742,96 DE LA HIGUERA FERNÁNDEZ, MARÍA LUISA 2.420,28 EKHCICHOU, NAIMA 2.742,96 EL FILALI, ABDELLAH 2.420,28 EL HAIMEUR, NADIA 2.420,28 ESTUDILLO ARQUELLADAS, JOSÉ CARLOS 2.420,28 FERNÁNDEZ CORTÉS, FRANCISCO 2.742,96 FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, MIGUEL SERAFÍN 2.420,28 FERNÁNDEZ FERRÓN, ESTEBAN 2.420,28 FERNÁNDEZ LOZANO, MÓNICA 2.420,28 FERNÁNDEZ MARTÍN, ERIKA 2.420,28 FERNÁNDEZ MUÑOZ, GILDA 2.420,28 FERNÁNDEZ PÉREZ, ENCARNACIÓN 2.420,28 FERNÁNDEZ VARGAS, NURIA 2.420,28 GÁLVEZ GÓMEZ, MARÍA ESMERALDA 2.420,28 GARCÍA BALDERAS, GENOVEVA 2.420,28 GARCÍA POYATOS, VÍCTOR MANUEL 2.420,28 GARCÍA URQUIZA, MARÍA CARMEN 2.420,28 GARCÍA VILLALBA, PATRICIA 2.742,96 GENTIL CASTILLO, ALEJANDRA 2.420,28 GIRALDO, MAYRA ALEJANDRA 2.742,96 GÓMEZ JIMÉNEZ, LIBERTAD 2.420,28

B.O.P. número 205

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

GÓMEZ JIMÉNEZ, RAFAELA GÓMEZ SÁNCHEZ, FERNANDO GONZALBES CARACUEL, ALINE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MARÍA DEL CARMEN GRANADOS LUCENA, MARÍA OLIVIA GUTIÉRREZ GARCÍA, JOSÉ MIGUEL GUTIÉRREZ RUIZ, DESIREE HEREDIA GUTIÉRREZ, ANDRÉS HEREDIA MAYA, ANTONIO HERNÁNDEZ ARIZA, SANDRA HIDALGO CASTILLO, LUCÍA IBARRA FENOY, ALBA JAADI, SAIDA JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, MANUEL JIMÉNEZ MONTALBÁN, JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ MOTA, MARÍA JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, YOLANDA JUÁREZ MOÑINO, JOSÉ MARÍA LEYVA RODRÍGUEZ, DOLORES LINARES GALÁN, PATRICIA LÓPEZ COSTELA, JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ EXPÓSITO, ANTONIO MIGUEL MACÍAS MORENO, MANUEL MALDONADO GONZÁLEZ, SARAY MARCOUX MARCOUX, MICHELLE NICOLE MARTÍN CABELLO, ALBERTO MARTÍN FERRER, ENCARNACIÓN MARTÍN JIMÉNEZ, MARÍA ISABEL MARTÍN MARTÍN, ANTONIA MARTÍNEZ PORCEL, SILVIA MEDINA GARCÍA, EMILIA MARÍA MORENO BARRIO, VIRTUDES MORENO CARAVACA, SARAY MORENO JIMÉNEZ, MIGUEL MOUSTARIH LIMANE, AMAL MUÑOZ FORTES, FRANCISCO NAVARRO LUNA, MANUELA NIASSE, BARHATE NGAGNE ORTEGA TAPIA, LORENZO PADILLA HERNÁNDEZ, DOLORES PAREJO ASENCIO, MELANIA PARRA PORCEL, CRISTINA PARRA SÁNCHEZ, SERGIO MANUEL PENA -TORO MORENO, CRISTINA PÉREZ QUESADA, ANDRÉS PIMENTEL GUTIÉRREZ, VERÓNICA PIQUERAS LÓPEZ, RAMÓN PORRAS CORTÉS, BASILIA POVEDANO ROMÁN, JOSÉ POVEDANO RUEDA, ANGELES PRIETO FERNÁNDEZ, MARÍA TAMARA QUIRÓS BAENA, MANUEL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, BIBIANA MARÍA RODRÍGUEZ PUGA, MARÍA DEL ROCÍO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, YOLANDA ROMÁN ROMÁN, TOMÁS ROMERO PODADERA, MARÍA JOSÉ SALAS AVIVAR, CRISTINA SALVADOR UCEDA, JOSÉFA SÁNCHEZ GARCÍA, MÓNICA SÁNCHEZ JAIMEZ, ISABEL

2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.742,96 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.418,81 2.420,28 2.420,28 2.416,42 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.742,96 2.419,88 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28

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SEGURA PÉREZ, CRISTINA SEVILLA PÉREZ, ANTONIO MANUEL SEYE, BRAMA SORIANO RODRÍGUEZ, JOSÉ MANUEL SOTO FERRER, LORENA SOULTANI, BOUCHRA TEJERA MOLINA, ADORACIÓN TINAS VIÑAS, PATRICIA VALENZUELA CAZORLA, MARÍA TRINIDAD ZHAIRI BOUTALEB, MOHAMED TOTAL BENEFICIARIOS: 117

2.420,28 2.742,96 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.420,28 2.742,96

TOTAL: 293.170,11

NÚMERO 5.560

JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución instalación eléctrica, expte.: 13616/A.T. EDICTO RESOLUCIÓN de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución, de la instalación eléctrica que se cita. Exp. núm. 13616/A.T. Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica; el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas normas reguladoras de procedimientos administrativos de industria y energía; esta Delegación Territorial de Granada, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por resolución de 9 de marzo del 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (B.O.J.A. nº 51 de 16 de marzo de 2016); ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se reseña: Peticionario: José Molina Sánchez y otros, con domicilio en Benamaurel, C.P. 18817, C/Sacristía 23, y NIF/CIF 24163582N. Características: 2034 + 112 de Línea Aérea de Media Tensión a 20 kV y CT intemperie de 160 kVA y Centro de Transformación interior de 250 kVA, sita en Paraje las Maralas s/n,, t.m. Benamaurel (Granada). Presupuesto: 53.994,85 euros Finalidad: Electrificación rural Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sec-

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

tor Eléctrico, Real Decreto 223/2008 de 15 de febrero, Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, Real Decreto 3275/82 de 12 de noviembre, Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación y resolución de 05 de mayo de 2005 de la D.G. de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las Normas Particulares y Condiciones Técnicas y de Seguridad de Endesa Distribución Eléctrica S.L.U Si para la realización de la conexión de esta instalación a la red de distribución existente fuera necesario realizar modificaciones de dicha red de distribución, y al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes, se autoriza la puesta en tensión de la parte de red hasta la instalación de conexión y seccionamiento, durante un plazo de quince días desde la fecha de descargo mientras se tramita la autorización de explotación de la instalación. Estos trabajos de conexión serán realizados por la empresa distribuidora bajo su responsabilidad y según criterios de seguridad, fiabilidad y calidad del suministro. Una vez ejecutada la instalación y aportado el documento de cesión a la empresa suministradora, de acuerdo con lo establecido en el art. 45 del Real Decreto 1955 /2000 de 1 de diciembre y así como en los arts. 133 y 134 de este mismo Real Decreto, se levantara acta de puesta en marcha a favor de la Empresa Suministradora correspondiente. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad a lo establecido en los art. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.. Granada, 5 de octubre de 2017.- La Dirección General de Industria, Energía y Minas (P.D. resolución de 9 de marzo de 2016, BOJA nº 51) El Delegado Territorial, fdo.: Juan José Martín Arcos.

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B.O.P. número 205

Segundo: Someter a información pública el Mapa Estratégico de Ruido en varias carreteras de la Red Provincial de Granada durante el período de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado por las personas que así lo deseen al objeto de formular las correspondientes observaciones. Tercero.- Remitir dicho documento a la Dirección General competente en materia de contaminación acústica como último trámite previo a su aprobación, solicitando que, en el plazo de dos meses, emita informe vinculante en lo referente a cuestiones de legalidad. Aprobado provisionalmente, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 del Decreto 6/2012 de 18 de enero, que aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica de Andalucía, se somete a información pública el Mapa Estratégico de Ruido, durante el periodo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOP, durante el cual podrá ser examinado por las personas que lo deseen al objeto de formular alegaciones. A tal fin, la documentación estará disponible para su consulta en las oficinas del Servicio de Administración de Obras y Servicios de la Diputación de Granada, sito en calle Periodista Barrios Talavera, núm. 1 (3ª planta), en horario de 09:00 a 14:00 horas. Granada, 19 de octubre de 2017.-El Diputado Delegado de Obras Públicas y Vivienda, fdo.: José María Villegas Jiménez.

NÚMERO 5.646

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE GRANADA

Autos número 316/2017, citación a juicio Taberna El Patio, S.L. NÚMERO 5.749

EDICTO

DIPUTACIÓN DE GRANADA DELEGACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA SERVICIO ADMINISTRATIVO DE OBRAS Y SERVICIOS

Información pública Mapa Estratégico del Ruido de carreteras provinciales EDICTO El Diputado Delegado de Obras Públicas y Vivienda, con fecha 17 de octubre de2017, ha adoptado la siguiente resolución cuyo extracto es el siguiente: Primero: Aprobar provisionalmente el Mapa Estratégico del Ruido en varias carreteras de la Red Provincial de Granada (GR-3202, GR-3209, GR-3211, GR-3303, GR3304, GR-3417 y GR-5209).

Dª Gloria Isabel Dorado García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Granada, HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 316/2017 se ha acordado citar a Taberna El Patio. S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 6 de noviembre de 2.017 a las 11:20 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda del Sur 5, Edificio La Caleta debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Interrogatorio de parte. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Taberna El Patio. S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y para su colocación en el tablón de anuncios. Granada, 25 de agosto de 2017.-La Letrada de la Administración de Justicia.

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no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores. Armilla, 17 de octubre de 2017.- El Concejal Delegado del Área de Economía y Hacienda (Decreto 2015/1312 de 09/07/15) (Firma ilegible).

NÚMERO 5.649

AYUNTAMIENTO DE ARMILLA (Granada)

Formalización contrato de elaboración del proyecto y ejecución de las obras para la sustitución del terreno de juego de césped natural por césped artificial y equipamiento deportivo en el campo de fútbol municipal EDICTO

NÚMERO 5.642

AYUNTAMIENTO DE ARMILLA (Granada)

Ayuda a domicilio, 3º trimestre 2017 EDICTO Confeccionado el Padrón cobratorio por tasa padrón de tercer trimestre 2017 de Ayuda a Domicilio, se expone al público por espacio de quince días para audiencia de reclamaciones. Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 87, apartado 2º del Reglamento General de Recaudación, se hace saber a todos los contribuyentes por los conceptos indicados, que el plazo de cobro en período voluntario será único y comprenderá dos meses naturales a contar de la finalización del plazo de exposición al público. El pago de los recibos se podrá efectuar en cualquier entidad bancaria colaboradora. Contra el acto de aprobación de los padrones y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente hábil al de la finalización del período de exposición pública de los padrones correspondientes. Transcurrido el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria. El recargo ejecutivo será del cinco por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. El recargo de apremio reducido será del 10 por ciento y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en el apartado 5 del artículo 62 de esta ley para las deudas apremiadas. El recargo de apremio ordinario será del 20 por ciento y será aplicable cuando

1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Ayuntamiento de Armilla. b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación. c) Número de expediente: 2017/GCTT 2948. d) Dirección de Internet del perfil de contratante: www.armilladigital.com 2. Objeto del contrato. a) Tipo de Contrato: Mixto. b) Descripción del objeto: Contrato Simultáneo de Elaboración del Proyecto y Ejecución de las Obras para la Sustitución del Terreno de Juego de Césped Natural por Césped Artificial y Equipamiento Deportivo en el Campo de Fútbol Municipal. c) Lote: No hay. d) CPV: 39293300-5. e) Acuerdo marco. No procede. f) Sistema dinámico de adquisiciones. No procede. g) Medio de publicación del anuncio de licitación: BOP y Perfil de Contratante. h) Fecha de publicación del anuncio de licitación: BOP nº 125 de 4-7-2017. 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación. 4. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 320.000 euros y 67.200 euros correspondientes al IVA. Importe Total: 387.200 euros. 5. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: 4 de octubre de 2.017. b) Fecha de formalización del contrato: 11 de octubre de 2017. c) Contratista: FIELDTURF POLIGRAS, S.A. d) Importe de adjudicación: Importe neto 276.614,44 euros y 58.089,03 euros correspondientes al VA. Importe Total: 334.703,47 euros. Armilla, 16 de octubre de 2017.- El Alcalde (firma ilegible).

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

NÚMERO 5.720

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B.O.P. número 205

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL CAMPO (Granada)

Expte. 136/2016. Restablecimiento del orden urbanístico perturbado en calle Gorrión, núm. 42 por obras sin licencia.

Sancionador a Manuel Moreno Sánchez por obras sin licencia en calle Gorrión 42

Cuevas del Campo, 11 de octubre de 2017.-La Alcaldesa-Presidenta, fdo.: Carmen Rocío Martínez Rodenas.

EDICTO De conformidad con lo dispuesto en artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública notificación de resolución de expediente sancionador por obras sin licencia en calle Gorrión, núm. 42, debido a que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido a la persona que a continuación se relaciona no se ha podido practicar, se hace pública la presente notificación que obra en la Secretaria del Ayuntamiento de Cuevas del Campo (calle Puerta Real, núm. 73, de Cuevas del Campo (Granada), en horario de atención al público de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes), enviándose los correspondientes edictos a los Ayuntamientos del ultimo domicilio conocido de la persona expedientada, para la exposición en su tablón de edictos: - Interesado: Manuel Moreno Sánchez, NIF: 52510770E. Avenida Almassera, núm. 21, 7ºB. San Vicente del Raspeig. 03690 (Alicante) Expte. 135/2016. Sancionador por obras sin licencia en calle Gorrión, núm. 42. Cuevas del Campo, 11 de octubre de 2017.-La Alcaldesa-Presidenta, fdo.: Carmen Rocío Martínez Rodenas.

NÚMERO 5.666

AYUNTAMIENTO DE FERREIRA (Granada)

Aprobación inicial del Plan Municipal de Vivienda y Suelo EDICTO D. Antonio Fornieles Romero, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ferreira, HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno de Ferreira en sesión ordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2017, aprobó inicialmente el Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Ferreira, lo que se hace público para general conocimiento, quedando el expediente completo al público durante 30 días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP del presente edicto, para que los interesados pueden examinarlo y presentar la alegaciones que estimen oportunas. Ferreira, 17 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Antonio Fornieles Romero.

NÚMERO 5.721

NÚMERO 5.668

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL CAMPO (Granada)

AYUNTAMIENTO DE FERREIRA (Granada)

Restablecimiento del orden urbanístico perturbado por Manuel Moreno Sánchez

Información pública de proyecto actuación promovido por Juan Manuel Romero Salmerón

EDICTO

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública notificación de resolución de expediente de restablecimiento del orden urbanístico perturbado en calle Gorrión, nº 42, debido a que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido a la persona que a continuación se relaciona no se ha podido practicar, se hace pública la presente notificación que obra en la Secretaría del Ayuntamiento de Cuevas del Campo (c/ Puerta Real, núm. 73, de Cuevas del Campo (Granada), en horario de atención al público de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes), enviándose los correspondientes edictos a los Ayuntamientos del ultimo domicilio conocido de la persona expedientada, para la exposición en su tablón de edictos: - Interesado: Manuel Moreno Sánchez, NIF: 52510770E. Avenida Almassera, núm. 21, 7ºB. San Vicente del Raspeig. 03690 (Alicante)

Por D. Juan Manuel Romero Salmerón se ha solicitado licencia para “instalación de una granja avícola y línea aérea de baja tensión” en las parcelas núms. 34 y 35, del polígono núm. 1 en paraje denominado Almendral, calificado como suelo no urbanizable de esta localidad. En cumplimiento del art. 43.1. c) de la Ley 7/2002, de 17 diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se abre un periodo de información pública por término de veinte días, para que quienes se consideren afectados de algún modo por las pretensiones de la interesado, puedan hacer las observaciones pertinentes. El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en la secretaría de este Ayuntamiento. Lo que se hace público para general conocimiento en Ferreira a 18 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Antonio Fornieles Romero.

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NÚMERO 5.652

AYUNTAMIENTO HUÉTOR DE SANTILLÁN (Granada)

Declaración de contrato de recogida de RSU desierto EDICTO Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de octubre de 2017 se declara desierto el procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 3 de mayo de 2017, para la contratación del “Contrato de Servicio para la prestación del servicio de recogida y transporte a la planta de tratamiento de los residuos sólidos urbanos generados en el Término Municipal de Huétor Santillán (Granada)”. Anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea” el 17 de octubre de 2017. Lo que se publica a los efectos oportunos. Huétor Santillán, 17 de octubre de 2017.- La Alcaldesa, fdo.: Pilar Pérez Rubio.

NÚMERO 5.643

AYUNTAMIENTO DE ÍLLORA (Granada)

Aprobación del padrón de vados. 2017 EDICTO D. Antonio José Salazar Pérez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Illora (Granada) HACE SABER: Que mediante resolución 950/2017, del Sr. Concejal Delegado de Economía y Hacienda, de fecha de 29/09/2017, se ha prestado aprobación a los siguientes padrones; a) Padrón de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo de cualquier clase, parada de vehículos carga y descarga de mercancías. Ejercicio 2017 (Exp. Gest. 1230/2017) Lo que se expone al público durante 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, para que los legítimos interesados puedan examinar los expedientes en el Área de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Illora, en horario de oficina, a los efectos de presentar las alegaciones que estimen oportunas. Contra los actos de aprobación de los padrones y las liquidaciones que se derivan de los citados padrones, se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición al público, ex artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, previo al recurso contencioso administrativo, que podrá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

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de Granada, en la forma y plazos previstos en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, incluso la recaudación de cuotas o derechos liquidados, intereses y recargos, a menos que el interesado solicite la suspensión expresa dentro del plazo para interponer el recurso con arreglo a la normativa vigente en materia de suspensión de actos de gestión tributaria. Según los acuerdos adoptados, se procede igualmente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, a efectuar el correspondiente ANUNCIO DE COBRANZA De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, se abre un plazo para el cobro de las liquidaciones que comprenden los padrones anteriores, en periodo voluntario, de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOP. El pago de las liquidaciones se efectuará mediante el cargo en Cuenta Corriente dentro del plazo voluntario de cobro. Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, sin que el pago se haya hecho efectivo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan. Lo que se hace público para general conocimiento. Íllora, 4 de octubre de 2017.- El Alcalde, fdo.: Antonio José Salazar Pérez.

NÚMERO 5.644

AYUNTAMIENTO DE ÍLLORA (Granada)

Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo EDICTO D. Carmelo Torralba Ortega, Concejal Delegado de Organización Interna del Excmo. Ayuntamiento de Íllora, HACE SABER: Que el pleno del Ayuntamiento en su sesión celebrada el día 03 de agosto de 2017, adopto acuerdo de aprobación inicial sobre modificación de la Relación de Puestos de Trabajo. De conformidad con el establecido en el art. 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre un período de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. durante el cual, los interesados podrán examinar el expediente en las dependencias municipales situadas en la Plaza del Arco nº 1, de Íllora o en la sede elec-

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trónica y formular las alegaciones que estimen convenientes. Lo que se hace público para general conocimiento: Íllora, 18 de octubre de 2017.- Concejal de Deportes y PFEA, fdo.: Carmelo Torralba Ortega.

NÚMERO 5.723

AYUNTAMIENTO DE IZNALLOZ (Granada)

Aprobación inicial MCSC nº 3 EDICTO En cumplimiento del artículo 169 del TRLRHL en relación al artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, HAGO SABER: Que por el Pleno de la Corporación, en sesión Ordinaria de veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, ha sido aprobado inicialmente expediente de modificación de crédito por suplemento de crédito nº 3/2017. Los interesados en el plazo de quince días podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. Los expedientes se considerarán definitivamente aprobados si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Iznalloz, a 27 de septiembre de 2017. La Alcaldesa, fdo.: Ana Belén Garrido Ramírez.

NÚMERO 5.657

AYUNTAMIENTO DE LECRÍN (Granada)

Acuerdo de no disponibilidad de créditos EDICTO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 6 de octubre de 2017, acordó declarar no disponibles los siguientes créditos: Aplicación presupuestaria: 920 22100 importe no disponible veintitrés mil cuatrocientos sesenta y nueve euros con sesenta y nueve céntimos de euro (23.469,69 euros). Lo que se somete a información pública por un plazo de quince días hábiles a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y formular las alegaciones que consideren oportunas. En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el periodo de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo. Lecrín, 10 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Salvador Ramírez Góngora.

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NÚMERO 5.650

AYUNTAMIENTO DE MARACENA (Granada)

Modificación del régimen de delegación de competencias en Concejales EDICTO Dª Berta Mª Linares Carmona, Concejala de Presidencia, Desarrollo Local, Comercio y Empresa, del Ayuntamiento de Maracena (Granada), HACE SABER: Que por Decreto de Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2017, se aprobó la resolución que se transcribe literalmente: DECRETO. MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN CONCEJALES. De conformidad con lo previsto en los artículos 20.1.a), 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Bases del Régimen Local y artículos 43 y siguientes del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, DISPONGO: PRIMERO.- Modificar el régimen de delegaciones contenido en el Decreto de 3 de julio de 2015 que queda establecido de la siguiente forma: Competencias Delegadas 1º. Por delegación del Alcalde corresponderán a los Concejales que a continuación se especifican las competencias generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de su Área, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos o servicios municipales: - ÁREA O SERVICIO MUNICIPAL: CONCEJAL/A DELEGADO/A PRESIDENCIA, DESARROLLO LOCAL, COMERCIO Y EMPRESA: Dª BERTA LINARES CARMONA - RECURSOS HUMANOS, GESTIÓN INTERNA, SEGURIDAD Y CONTRATACIÓN: D. ANTONIO GARCÍA LEIVA - URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS, PATRIMONIO, TRÁFICO, MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE: D. CARLOS PORCEL AIBAR - JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Dª SOFÍA BEDÓN GARRIDO. - DEPORTES Y EVENTOS.: D. MARCELO MONTOYA PEREGRINA. - CULTURA Y EDUCACIÓN: D. ANTONIO ORTIGOSA LUQUE - BIENESTAR SOCIAL, FAMILIA Y SALUD: Dª ANA BELÉN MOLINA CORRAL - IGUALDAD Y SOLIDARIDAD: Dª ROSA CARMEN SÁNCHEZ MOCHÓN. - ECONOMIA Y HACIENDA: Dª MARÍA DESIRÉ VELÁZQUEZ TRIGUERO. - FORMACIÓN, EMPLEO Y CONSUMO: D. ANTONIO MANUEL GARRIDO FERNÁNDEZ. Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

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SEGUNDO.- Efectos. El presente Decreto producirá efectos desde el día 16 de octubre de 2017, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOP, conforme a lo establecido en el art. 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. TERCERO.- Comunicación al Pleno. Del presente Decreto deberá darse cuenta al Pleno de forma individualizada, a efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986. Lo que se hace público para general conocimiento. Maracena, 17 de octubre de 2017.-La Concejal de Presidencia (Por Decreto de 11/10/2017), fdo.: Berta Mª Linares Carmona.

NÚMERO 5.655

AYUNTAMIENTO DE MARACENA (Granada)

Aprobación inicial del proyecto de reparcelación de la UE-3 Industrial EDICTO Dª Berta Mª Linares Carmona, Concejala de Presidencia del Ayuntamiento de Maracena (Granada), HACE SABER: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 5 de octubre de 2017, adoptó el acuerdo de admisión a trámite y aprobación inicial del proyecto de rReparcelación de la UE-3 Industrial de Maracena, con sometimiento a información pública, lo que se realiza mediante el presente anuncio, por un plazo de un mes. Durante dicho período quedará el expediente de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de atención al público, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. En dicho plazo, igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses. Maracena, 17 de octubre de 2017.-La Concejala de Presidencia (Por Decreto de 11/10/2017), fdo.: Berta Mª Linares Carmona.

NÚMERO 5.725

AYUNTAMIENTO DE MOTRIL (Granada)

Modificación criterios distribución complemento productividad EDICTO Dª María Flor Almón Fernández, Alcaldesa de Motril en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, DISPONE:

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La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de la parte dispositiva del acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 27 de septiembre de 2017, “6º Propuesta modificación de los criterios de distribución del complemento de productividad”, de conformidad con el citado acuerdo: “... ÚNICO.- Modificar el último párrafo del artículo primero, Ámbito personal de aplicación, de los criterios para la distribución entre la plantilla de la cuantía del complemento de productividad, quedando como se expresa a continuación: - Queda excluido de la aplicación de estos criterios el personal excluido de la aplicación del Acuerdo Convenio. El personal del Cuerpo de la Policía Local y del Cuerpo de Bomberos se regirá por sus propias normas siéndoles de aplicación únicamente el cuarto factor, Valoración del conocimiento. Lo que se hace público para general conocimiento en Motril a 16 de octubre de 2017.-La Alcaldesa (firma ilegible).

NÚMERO 5.726

AYUNTAMIENTO DE MOTRIL (Granada)

Bases generales promoción interna horizontal funcionarización EDICTO Dª María Flor Almón Fernández, Alcaldesa de Motril en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, DISPONE: La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las Bases Generales que regirán las convocatorias para cobertura definitiva de plazas de personal funcionario del Ayuntamiento de Motril mediante promoción interna horizontal para personal laboral fijo (funcionarización) por el sistema de concurso oposición, aprobadas mediante Decreto de Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2017. BASES GENERALES QUE REGIRÁN LAS CONVOCATORIAS DE COBERTURA DEFINITIVA DE PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MOTRIL MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA HORIZONTAL PARA PERSONAL LABORAL FIJO (FUNCIONARIZACIÓN) POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMAS GENERALES. El objeto de estas bases generales es regular el acceso a la función pública para cubrir plazas dentro del sistema de promoción interna horizontal para personal laboral fijo afectado por la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en adelante TRLEBEP, que se encuentren incluidas en Oferta de Empleo Público. El personal que supere las presentes pruebas selectivas obtendrá la plaza funcionarial a la que hubiere concu-

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rrido, quedando la antigua plaza laboral de procedencia amortizada a todos los efectos, y asimismo, quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario que corresponda a la nueva plaza funcionarial indicada. SEGUNDA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda del TRLEBEP, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. Todas estas normas rigen en tanto no hayan sido derogadas por TRLEBEP. TERCERA.- REQUISITOS QUE DEBEN DE REUNIR Y CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido a las pruebas selectivas convocadas será necesario que los aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes los siguientes requisitos y condiciones: a) Pertenecer a la plantilla de personal laboral fijo, y estar en situación de servicio “activo”, siendo personal laboral fijo antes de la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público, 7/2007, de 12 de abril (vigencia 13 de mayo de 2007), a tenor de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Estar desempeñando uno de los puestos de trabajo que es objeto de la presente convocatoria, tal y como consta en la plantilla de personal aprobada por el Pleno de la Corporación. c) Estar en posesión del título que se determine en los respectivos anexos o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso. d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. f) Comprometerse a realizar el juramento o promesa del cargo, tal y como se establece en el artículo 9 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. Estos requisitos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. CUARTA.- SOLICITUDES. El lugar de presentación de las solicitudes en soporte papel es el Registro General de este Ayuntamiento, en

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los Registros Auxiliares existentes en las Oficinas de Distritos Municipales, así como en los lugares que dispone el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud deberá ir acompañada por: - Fotocopia de título que permite el acceso al Grupo correspondiente, (artículo 76 del TRLEBEP). - Para puntuar en la fase de concurso, deberá cumplimentar junto a la solicitud la Hoja de Autobaremación, donde se relacionarán de forma ordenada y detallada los méritos alegados, experiencia profesional o formación. El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP. Protección de Datos. Los datos recogidos en la solicitud serán incorporados y tratados en un fichero informático cuya finalidad es la gestión de todo el proceso de oposiciones, promoción y gestión de empleo y podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el Ayuntamiento de Motril, ante quien el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El personal público con discapacidad deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite tener la capacidad para ejercer el puesto al que se pretende aspirar. QUINTA.- ADMISIÓN-EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES. 1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un mes se dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos. Transcurrido el plazo de subsanación, se dictará resolución por el órgano competente aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, indicando lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios y en la Web municipal, www.motril.es 2.- En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, se publicará en el tablón de anuncios y en la Web municipal. SEXTA.- PROCEDIMIENTO SELECTIVO. El sistema selectivo será con carácter general el concurso-oposición. A.- Concurso. La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. El concurso, que constará de dos fases no eliminatorias, no determinará, en ningún caso, por sí mismo el resultado del proceso selectivo. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 5,00 puntos. 1ª Fase.- Experiencia Profesional: La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 3,00 puntos.

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- Por cada año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en el Ayuntamiento de Motril, en la plaza origen que se determina en los respectivos anexos, 0,50 puntos. - Por cada año o fracción superior a seis meses de servicios prestados en el Ayuntamiento de Motril, en categorías de otro grupo profesional para cuyo acceso se exigió el mismo nivel de titulación, 0,20 puntos. 2ª Fase.- Formación: La puntuación máxima en este apartado de formación será de 2,00 puntos. - Formación extra académica recibida: Por asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o similar, impartidos por organismo públicos u oficiales, relacionados con el puesto a desempeñar, valorándose mediante la aplicación de la siguiente formula: nº de horas x 0,0005 puntos. Se aplicará la formula de valoración a aquellos cursos de una duración superior o igual a 10 horas e inferior a 400 horas y para los de una duración superior se valorarán por 400 horas. Aquellos cursos con menos de 10 horas o que no especifiquen su duración, se valorarán a razón de 0,02 puntos por curso. - Formación académica recibida: En este apartado no se valorará la titulación académica exigida para el acceso a la plaza correspondiente ni las que resulten necesarias para obtener la titulación superior. Se valorarán otras titulaciones académicas complementarias y directamente relacionadas con la plaza, a razón de 1, 00 puntos por titulación, sin poder exceder de 2,00 puntos. B.- Oposición. De carácter obligatorio y eliminatorio, igual para todos los aspirantes: Consistirá en la exposición ante el órgano de selección de un trabajo cuyo contenido estará relacionado con el temario que consta en los respectivos anexos a esta convocatoria, pudiendo versar sobre uno o varios de los temas. El trabajo se presentará debidamente encuadernado en folios A4, escritos a ordenador, a una sola cara, con márgenes de 2’50 cm, con interlineado 1,50, en letra Arial 12 y deberá adjuntarse por quintuplicado debidamente firmado y en sobre cerrado con la solicitud. El trabajo deberá tener número de folios según se indica en el siguiente cuadro: Subgrupo Número de folios Mínimo Máximo A1 60 90 A2 40 60 C1 20 40 C2 15 25 Tiempo de exposición.- Los /as aspirantes contarán con los siguientes minutos para la exposición o lectura del trabajo: Subgrupo Minutos Mínimo Máximo A1 20 45 A2 15 30 C1 10 25 C2 5 20

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En este ejercicio se valorará el conocimiento general del temario en el trabajo presentado, pudiendo el órgano de selección solicitar del aspirante cuantas aclaraciones estime convenientes sobre el mismo para su calificación. Desarrollo del ejercicio: Orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas: El orden de actuación de los aspirantes, será el establecido mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En cualquier momento los tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Los aspirantes serán convocados a la fase de oposición en un llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan. Los programas que han de regir las respectivas pruebas selectivas son los que constan como anexos a esta convocatoria. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá de dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan. Calificación del Ejercicio.Se puntuará de 0 a 10, siendo necesario para superarlo alcanzar un mínimo de 5 puntos. Se calificará de no apto a quien no obtenga la puntuación mínima. La calificación será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros del órgano de selección. Se eliminarán aquellas que difieran entre sí 2 o más puntos, de tal manera que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto del Tribunal. La puntación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. SÉPTIMA.- ÓRGANO DE SELECCIÓN. De conformidad con el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y el artículo 11 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, y en el artículo 4.e) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, los miembros deberán de poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada, y estará integrado por Presidente, cuatro Vocales y un Secretario, titulares y suplentes, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, de conformidad con el artículo 60.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. El nivel de titulación del presidente y de los vocales, irá referido al exigido para su ingreso en la Administración Publica y no a aquellas titulaciones marginales ad-

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quiridas diferentes a las exigidas para el acceso a la función pública. El Tribunal, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, asesorando al órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de su especialidad técnica, actuando con voz y sin voto. Para la válida constitución del órgano se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus vocales o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar el baremo correspondiente establecido por dicho órgano colegiado previo al inicio de las mismas, teniendo además competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en las bases. En caso de no hallarse presente el Presidente del Tribunal o suplente, asumirá sus funciones el Vocal de mayor edad. El de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de éste o su suplente. El Secretario del Tribunal Calificador actuará con voz y sin voto, salvo en el supuesto en que el Tribunal, por ausencia de alguno de sus miembros, esté compuesto por numero par, y reúna el requisito de la titulación exigida para la respectiva convocatoria. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria para la valoración de las distintas fases del proceso selectivo y para la publicación de sus resultados. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran alguna de dichas circunstancias o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria. A estos efectos el Presidente del Tribunal exigirá a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las resoluciones de los tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso pueda proceder a su revisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a la percepción de asistencias y dietas en la forma y cuantía que señala el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos efectos los componentes del Tribunal se clasificarán según el grupo de titulación que le corresponda a la categoría objeto de convocatoria. OCTAVA.- RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados en cada

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una de las plazas, por orden de mayor a menor puntuación, en la Web municipal o en los locales en los cuales se haya celebrado la última prueba, siendo de aplicación en su caso, lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El Tribunal no podrá proponer para su nombramiento un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga este precepto. Dichas relaciones serán elevadas a la Alcaldía, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publiquen en la Web municipal, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se les notifique el nombramiento. La plaza de personal laboral que queda vacante como consecuencia de la funcionarización del personal laboral que la cubría, quedará amortizada de manera automática. NOVENA.- RETRIBUCIONES. En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal venía desempeñando. DECIMA.- INCIDENCIAS. Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en distinta provincia, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

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de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. Lo que se hace público para general conocimiento en Motril a 11 de octubre de 2017.-La Alcaldesa (firma ilegible).

NÚMERO 5.728

AYUNTAMIENTO DE MOTRIL (Granada)

Bases específicas funcionarización 5 plazas Administrativo EDICTO Dª María Flor Almón Fernández, Alcaldesa de Motril en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, DISPONE: La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las Bases específicas que regirán la convocatoria la provisión de cinco plazas de Administrativo, vacantes en la plantilla de funcionarios de carrera dentro del proceso de funcionarización del personal laboral fijo, aprobadas mediante Decreto de Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2017. BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE CINCO PLAZAS DE ADMINISTRATIVO, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DENTRO DEL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL FIJO. Denominación de la plaza: Administrativo. Clasificación: Escala Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de clasificación funcional C, Subgrupo C1. Número de plazas: 5 Vacantes números: F2010, F2135, F2141, F2136 y F2004. Categoría de origen: Administrativo. Titulación exigida: Estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de segundo grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias en su caso. O en su defecto reunir los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esto es, una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del grupo de clasificación funcio-

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nal C2, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación). Contenido funcional: Corresponde a los funcionarios de la Escala de Administración General el desempeño de funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa. En consecuencia realizarán tareas predominantemente burocráticas, administrativas, de trámite y de colaboración y, en definitiva, de apoyo a las funciones de nivel superior. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Así como cuantas se describan en el organigrama funcional y de puestos de trabajo para contribuir al buen funcionamiento del servicio en el que se encuentren, y en general, del Ayuntamiento. Tasa por Acceso al Empleo Público: Artículo 10 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen. b) El personal Funcionario y Laboral de este Excmo. Ayuntamiento, en virtud del artículo 24 del AcuerdoPacto del Personal Funcionario y del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Motril no estarán sujetos a la presente Tasa en los supuestos de provisión de puestos de trabajo o promoción interna. Orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas: Se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “Ñ”, de conformidad con la resolución de 18 de abril de 2017 de la Secretaría del Estado de Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. Temario: 1. Régimen jurídico del gasto público local. 2. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de los acuerdos. 3. La responsabilidad de la Administración. Responsabilidad de las Autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas, 4. Instrumentos de interrelación con la ciudadanía y niveles de tramitación electrónica. 5. Código de conducta de los empleados públicos. 6. La calidad en la administración pública. 7. Técnicas de comunicación y atención al público: presencialmente, telefónicamente, telemáticamente. 8. Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de carácter personal: objeto, principios, obligaciones, responsabilidades y niveles de protección. 9. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. 10. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 11. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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12. La Calificación Ambiental y la Declaración Responsable en la Ley 7/2007, de 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. 13. Turismo. Sistemas de calidad turística en destinos. Las playas como motor de desarrollo turístico. Planes de explotación. 14. Administración de páginas Web y gestión de contenidos. Diseño de páginas Web. Sistemas de gestión de contenidos. Elementos tecnológicos de sistemas: hosting, dominios, base de datos, servidor Web. Posicionamiento Web. 15. Gestión de personal: tiempo de trabajo; concepto y normativa aplicable. Duración del tiempo de trabajo. Horas extraordinarias. Horario y turnos de trabajo. Jornadas especiales de trabajo. Interrupciones en la prestación de trabajo. Descanso semanal y en días festivos. Vacaciones. Permisos y reducciones de jornada por motivos familiares. Conciliación de la vida familiar. Permisos por causas formativas. Reducciones de jornada por deberes públicos. 16. Los contratos del Sector Público: regulación jurídica. Objeto, ámbito de aplicación, negocios y contratos excluidos. Tipos de contratos. El contratista: capacidad, prohibiciones y solvencia. Garantías. Expedientes de contratación. Procedimientos de adjudicación. Perfección y formalización del contrato. Ejecución, modificación y extinción de los contratos. 17. Concepto de informática. El ordenador. La Unidad Central de Proceso y sus elementos. Evolución de la estructura de los ordenadores. Los equipos periféricos de entrada, de salida y de almacenamiento. Canales de entrada y salida. 18. Internet: evolución y principales servicios. Intranet y su aplicación en el ámbito de las Entidades Locales. 19. Prevención de riesgos laborales. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales 20. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de Promoción de la igualdad de Género en Andalucía: Objeto; Ámbito de aplicación; Principios generales; Políticas públicas para la promoción de la igualdad de género. Composición del Órgano de Selección: PRESIDENTE. Titular: D. José Bruno Medina Jiménez, Interventor. Suplente: Dª Inmaculada Sierra Morcillo, Secretaria Acctal. VOCALES: Titular: D. Antonio Huertas Ochoa, Jefe Servicio Informática. Suplente: D. Francisco Luis Martín Oliva, Jefe Servicio Economía y Hacienda. Titular: D. Francisco Fermín Jiménez Lacima, Jefe Servicio Medioambiente. Suplente: D. Juan Fernando Pérez Estévez, Jefe Servicio Urbanismo. Titular: Dª Teresa Valenzuela Merino, Jefa Servicio de Personal. Suplente: Dª Teresa Vallejo Rodríguez, Jefa Servicio Salud, Consumo, Mercados. Titular: Dª Rosario Merino Solera, Técnica Media de Formación y Empleo. Suplente: Dª Rosa Maria Porras Martin, Administrativa.

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SECRETARIO: Titular: Dª Antonia Villa Blanco, Jefe Negociado Selección Personal. Suplente: D. Roberto Velazquez González, Operador Informático. ASESORA: Dª Sofía Rivas Ortega, Jefa de Servicio de Turismo. Lo que se hace público para general conocimiento en Motril a 11 de octubre de 2017.-La Alcaldesa (firma ilegible).

NÚMERO 5.645

AYUNTAMIENTO DE ÓRGIVA (Granada)

Proyecto de actuación para cambio de uso de navealmacén a vivienda agrícola EDICTO Por Dª Rocío López García se ha solicitado proyecto de actuación para cambio de uso de nace-almacén a vivienda vinculada a la explotación agraria, sita en, polígono 2, parcela 555 de este término municipal. Lo que se hace público por término de veinte días, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a fin de que cuantos lo consideren oportuno, formulen las observaciones que tengan por conveniente. Órgiva, 17 de octubre de 2017.-La Alcaldesa, fdo.: María Ángeles Blanco López.

NÚMERO 5.663

AYUNTAMIENTO DE PELIGROS (Granada)

Expte. 40/2017, contrato de suministro de una máquina barredora aspiradora autoportante EDICTO De conformidad con la resolución de Alcaldía de fecha 18 de octubre de 2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de suministro para la adquisición de una máquina barredora aspiradora autoportante, conforme los siguientes datos: 1.- Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Peligros. 2.- Expediente nº: 40/2017. 3.- Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Peligros.

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b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Domicilio: Plaza de la Constitución, 1. d) Localidad y código postal: Peligros, 18210. e) Teléfono: 958 400 086. f) Fax: 958 405 061. g) Perfil del Contratante: http://www.ayuntamientopeligros.es 4.- Objeto del contrato y plazo: a) Tipo: Suministro. b) Descripción del objeto: Adquisición de máquina barredora aspiradora autoportante. c) Plazo de ejecución: Conforme a lo previsto en los pliegos. d) Admisión de Prórroga: No. e) CPV: 34144431-8. 5.- Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de Adjudicación: Conforme a los criterios de valoración previstos en el pliego: - Mejor Precio: Máximo 86 puntos. - Reducción de plazo de entrega: Máximo 10 puntos. - Ampliación de plazo de garantía: Máximo 4 puntos. 6.- Presupuesto base de licitación: Importe Neto (sin IVA): 98.000,00 euros. Importe total (IVA incluido): 20.580,00 euros. 7.- Garantías exigidas: a) Garantía Provisional: No se exige. b) Garantía Definitiva: 5% del importe de adjudicación, excluido IVA. 8.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación. No se exige. b) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional, en su caso: Conforme a lo indicado en los pliegos. 9.- Presentación de proposiciones: a) Fecha límite de presentación: Quince (15) días naturales, contados desde el siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil del Contratante. En el caso de que el último día del plazo sea sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. b) Modalidad y lugar de presentación: Conforme a lo indicado en el pliego. 10.- Apertura de ofertas: a) Lugar: Ayuntamiento de Peligros. b) Fecha y hora: El que se comunique a los licitadores, previa convocatoria del Presidente de la Mesa: 11.- Gastos de publicidad: De cuenta del adjudicatario. 12.- Composición mesa contratación: D. Santiago González Gómez (Presidente), D. José Antonio Jiménez Ballesta (Secretario de la Mesa) y Dª María Dolores Rivera Ceballos, D. Luis Granados Gómez, Dª María del Carmen Castillo Soto, D. Luis María Coronel Escribano y D. Juan Carlos Pérez Gamarra (vocales). Peligros, 18 de octubre de 2017.- El Alcalde, fdo.: Roberto Carlos García Jiménez.

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NÚMERO 5.664

AYUNTAMIENTO DE PELIGROS (Granada)

Información pública pliegos concesión demanial EDICTO Conforme a lo acordado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 11 de octubre de 2017, por medio del presente anuncio se somete a información pública por un periodo de veinte días, los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas que han de regir la adjudicación de la concesión demanial del uso privativo de una parcela de propiedad municipal que forma parte de sistema general 1º de mayo, mediante la adjudicación directa a la entidad sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública ASPROGRADES, para la construcción y posterior explotación de una Residencia y una Unidad de día para personas gravemente afectadas por discapacidad intelectual; a fin de que, dentro de dicho plazo, cualquier interesado pueda formular las alegaciones que tenga por convenientes. Peligros, 18 de octubre de 2017.- El Alcalde, fdo.: Roberto Carlos García Jiménez.

NÚMERO 5.648

AYUNTAMIENTO DE SANTA FE (Granada)

Aprobación de la ordenanza reguladora del Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos del Ayuntamiento de Santa Fe EDICTO El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe, HACE SABER: Que finalizado el periodo de exposición al público de treinta días del acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza reguladora del Registro de Instrumentos Urbanísticos adoptado por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 25/07/2017; mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la provincia de Granada número 157, de fecha 18/08/17; y resultando que no se han presentado reclamaciones dentro de plazo establecido, dicho acuerdo se entiende definitivamente adoptado, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Contra el presente acuerdo definitivo podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de este acuerdo en el BOP, según lo dispuesto en el art. 10.1b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el texto ín-

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tegro de la ordenanza, para su general cumplimiento, cuyo contenido es el siguiente: ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE INSTRUMENTOS URBANÍSTICOS DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA FE PREÁMBULO La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía se autodefine en su Exposición de Motivos como “una ley que apuesta por los principios de participación pública, transparencia, publicidad y concurrencia”. En consecuencia uno de sus objetivos ha sido ofrecer una regulación que garantice la participación pública en la gestación de los actos administrativos que vayan a contener las principales decisiones de planificación y ejecución urbanística, con el propósito de convertirse en garante de la transparencia que deben presidir aquellos. Consecuentemente la LOUA ha incrementado los mecanismos de fomento de la participación ciudadana y ha favorecido la disponibilidad de los instrumentos de planeamiento y demás figuras de la ordenación urbanística, así como su accesibilidad para los ciudadanos, a quienes debe ofrecerse la oportunidad de involucrarse en la toma de decisiones de carácter público, sobre todo las concernientes a la planificación y gestión urbanística. Esto se ha traducido en la reglamentación de los actos sujetos a información pública y en el establecimiento por Ley de registros de acceso público para la consulta ciudadana. La publicidad que, desde los orígenes del urbanismo español, se predica del planeamiento se instrumenta en la LOUA a través de la obligación autonómica y municipal de llevar un Registro donde se depositen no sólo los instrumentos de planeamiento, sino también los convenios y los bienes y espacios catalogados, cuyo objetivo es favorecer su pública consulta. La Ley ha establecido el depósito en estos registros como requisito para su publicación en el Boletín Oficial correspondiente. En consecuencia se refuerza hasta tal punto la publicidad de estos instrumentos -planeamiento, convenios urbanísticos y bienes y espacios catalogados- que el depósito en el correspondiente registro se constituye como un requisito más en el propio proceso de tramitación. La Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y conforme a lo previsto en la LOUA, ha aprobado el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico. Además de la creación de dicho Registro Autonómico dispone que todos los Ayuntamientos han de constituir igualmente sus respectivos registros con idéntica finalidad, y regula el procedimiento del depósito y archivo de los instrumentos de planeamiento y demás elementos de la ordenación urbanística que deben constar en los correspondientes registros, incluidos los convenios urbanísticos y los bienes y espacios catalogados, así como la organización de la información que allí se contenga.

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Asimismo se regula el régimen de consulta de estos instrumentos urbanísticos por parte de cualquier ciudadano y el régimen de expedición de copias de los mismos. Según lo establecido en el art. 9 del Decreto 2/2004, los municipios, sin perjuicio de sus potestades organizativas, están obligados a crear un Registro municipal de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2002 y demás normativa vigente. En el Registro municipal se incluirán, al menos, todos los instrumentos urbanísticos definidos en el art. 3 del referido Decreto que ordenen o afecten total o parcialmente a su término municipal. En uso de sus competencias de autoorganización y en ejercicio de las potestades reglamentarias que le corresponden al Ayuntamiento de Santa Fe, éste acomete el cumplimiento de la obligación contenida en el art. 9 del Decreto 2/2004 y mediante la presente Ordenanza regula el Registro municipal de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.El Registro Municipal de los Instrumentos Urbanísticos del Ayuntamiento de Santa Fe tiene por objeto el depósito, custodia y consulta de los Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, siempre que su ámbito de actuación esté incluido en todo o en parte en el término municipal. Artículo 2.La custodia y gestión del Registro Municipal de los Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados corresponde al Ayuntamiento de Santa Fe, a través del Servicio competente en materia de urbanismo y bajo la supervisión del titular de la Secretaría General del Ayuntamiento. Artículo 3.1. El Registro Municipal de los Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados es público. La publicidad se hará efectiva por el régimen de consulta que se garantiza en la Ley 7/2002, de 17 de enero, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en la presente Ordenanza y en el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico. 2. La publicidad registral de los Instrumentos Urbanísticos integrados en el Registro Municipal se hará efectiva mediante su consulta directa en las dependencias habilitadas al efecto, así como mediante la emisión de copias que se soliciten expedidas por el citado Registro de todo o de parte del documento.

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Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Urbanismo facilitará la consulta de los Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados inscritos en el Registro Municipal mediante su publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Santa Fe. 3. El derecho de acceso y, en consecuencia, de obtener copias de los documentos, será ejercido en la forma establecida en la legislación general de aplicación. 4. La obtención de copias y certificados de los documentos depositados en el Registro Municipal exige su previa petición por escrito presentado por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la autoliquidación de las tasas municipales correspondientes, reguladas en las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Santa Fe. CAPÍTULO II. ESTRUCTURA Y ORDENACIÓN DEL REGISTRO Artículo 4.El Registro Municipal de los Instrumentos Urbanísticos, constará de tres Secciones destinadas cada uno de ellas a los instrumentos de planeamiento, a los convenios urbanísticos y a los bienes y espacios catalogados respectivamente y cuyo contenido será el siguiente: a) Sección de Instrumentos de Planeamiento. Esta sección se divide en dos subsecciones, a saber: a.1) Subsección de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico. En ella se registrarán los instrumentos regulados en el Capítulo II del Título I de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía y sus innovaciones, ya sean por revisión o por modificación, así como los Textos Refundidos que en su caso se redacten. Estos instrumentos son: - Plan General de Ordenación Urbanística - Planes de Ordenación Intermunicipal - Planes de Sectorización - Planes Parciales de Ordenación - Planes Especiales - Estudios de Detalle a.2) Subsección de Restantes Instrumentos de la Ordenación Urbanística: Serán registrados los instrumentos comprendidos en el Capítulo III del Título I de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, salvo las Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística ya que su formulación y aprobación correspondiente a la Junta de Andalucía. Estos instrumentos son: - Ordenanzas Municipales de Edificación. - Ordenanzas Municipales de Urbanización. b) Sección de Convenios Urbanísticos. Esta sección se divide en dos subsecciones: b.1) Subsección de Convenios Urbanísticos de Planeamiento, donde se registrarán los Convenios suscritos de conformidad con lo establecido en el art. 30 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía. b.2) Subsección de Convenios Urbanísticos de Gestión, donde serán registrados los Convenios suscritos de conformidad con el art. 95 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

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c) Sección de los Bienes y Espacios Catalogados. Esta sección se divide en dos subsecciones: c.1) Los inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC), junto con el resto de los inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz: - Los pertenecientes al Conjunto Histórico de Santa Fe, en virtud del Decreto 243/2007, de 4 de septiembre, por el que se modifica la delimitación del Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, de la población de Santa Fe, en Granada, declarado Conjunto Histórico-Artístico por Decreto 1436/1970, de 23 de abril. Inscrito el 04/09/2007 con la categoría de Conjunto Histórico. - La Iglesia de la Encarnación (Iglesia Parroquial de la Encarnación), inscrita el 25/05/1983 como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento. - La Muralla urbana y Puertas del casco histórico de la ciudad de Santa Fe o Puertas de Jaén, de Sevilla, de Granada y de Loja, inscrita el 26/11/207 como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento. - La Antigua Fábrica Azucarera Señor de la Salud, también denominada Antiguo Campamento Militar, Antiguo Polvorín de Santa Fe o Edificio en Pago de la Cantina, inscrita el 26/11/2007 con Catalogación General. - Cualesquiera otros bienes y espacios que en el futuro sean declarados Bien de Interés Cultural o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. c.2) Los bienes y espacios que el planeamiento catalogue en el resto del término municipal. Artículo 5.La información que forma parte del Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados se ordenará distinguiendo: a) Libro de Registro, que constará de las Secciones indicadas en el art. 3 y que contendrá los asientos relacionados en el artículo siguiente. b) Archivo de la documentación, que contendrá los documentos técnicos de los instrumentos urbanísticos, así como los actos, resoluciones y acuerdos producidos en relación con los mismos y que hayan de formar parte del Registro, con las debidas garantías de autenticidad. Artículo 6.En el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados se practicarán, los siguientes asientos: 1. Inscripción: Serán objeto de inscripción los acuerdos de aprobación definitiva de los Instrumentos de Planeamiento, de los Convenios Urbanísticos y de los Documentos que contengan los Bienes y Espacios Catalogados, sean Catálogos, Planes Especiales de Protección o cualquier otro instrumento idóneo donde se cataloguen. Los asientos de inscripción contendrán, al menos los siguientes datos: a) Instrumentos de planeamiento: 1.º Ámbito de ordenación: - Provincia.

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- Municipio. 2.º Clase de planeamiento urbanístico, identificación de la figura de planeamiento y tipo de procedimiento: - Planeamiento general o de desarrollo. - Identificación del instrumento de planeamiento urbanístico. - Procedimiento: Elaboración ex novo, revisión, modificación o texto refundido. 3.º Ámbito concreto u objeto de ordenación cuando corresponda. 4.º Promotor: - Administración, señalando la que corresponda. - Particular, identificando su nombre o identificación. 5.º Sobre la aprobación definitiva: - Órgano que haya adoptado el correspondiente acuerdo. - Fecha de aprobación. - Sentido del acuerdo. 6.º Plazo de vigencia. b) Convenios urbanísticos: 1.º Ámbito: - Provincia. - Municipio. 2.º Tipo: - Planeamiento. - Gestión. 3.º Descripción del objeto del convenio. 4.º Partes firmantes. 5.º Sobre la aprobación: - Órgano que haya adoptado el correspondiente acuerdo. - Fecha de aprobación. c) Bienes y espacios catalogados: 1.º Localización e identificación: - Provincia. - Municipio. - Denominación del bien o del espacio catalogado y su ubicación. 2.º Criterio de catalogación. 3.º Grado de protección. 4.º Relación del bien o espacio catalogado con el planeamiento: - Catálogo del que forma parte y, en su caso, instrumento de planeamiento al que complemente o del que sea remisión. 2. Anotación accesoria: Se producirá en los siguientes casos: a) Las sentencias judiciales firmes o resoluciones administrativas que hayan ganado firmeza en vía administrativa recaídas sobre los Instrumentos Urbanísticos que formen parte de los respectivos registros y que alteren su vigencia o ejecutividad. b) Las medidas cautelares de suspensión de la vigencia de los Instrumentos Urbanísticos que formen parte de los respectivos registros adoptadas por los Jueces o Tribunales o por la Administración competente. c) La suspensión acordada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía.

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d) Cualquier otra medida que afecte a la aplicación de los instrumentos o actos que hayan sido objeto de inscripción en el registro. 3. Cancelaciones. a) Se practicará la cancelación de la inscripción del Instrumento de Planeamiento y del Convenio Urbanístico, cuando por cualquier circunstancia se produzca la total y definitiva pérdida de su vigencia, o no se acredite en la forma prevista en esta Ordenanza su publicación en el boletín oficial correspondiente. Igualmente, se practicará la cancelación de la inscripción de los bienes y espacios catalogados, cuando decaiga su régimen de protección. b) En todo caso, la cancelación del Instrumento Urbanístico depositado no eximirá al Ayuntamiento del deber de mantenerlo accesible a su pública consulta cuando de él aún dimanen, directa o indirectamente, efectos jurídicos. 4. Anotación de rectificación. a) Los errores materiales, de hecho o aritméticos, que se detecten en el contenido de los asientos practicados, serán rectificados, de oficio o a instancia de parte, por el propio encargado del Registro mediante la anotación de rectificación. b) Los errores que se deriven de los asientos de Registro deberán corregirse una vez que se expida la correspondiente certificación administrativa de rectificación, de conformidad con el apartado 2 del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5. Notas marginales: Se harán constar mediante nota marginal los siguientes datos: a) La fecha de publicación en el boletín oficial correspondiente de los diferentes instrumentos de planeamiento y actos objeto de inscripción, o en su caso, si se encuentra pendiente de la misma, se hará constar mediante nota marginal. b) Las aprobaciones de convenios urbanísticos de planeamiento, respecto del instrumento de planeamiento al que afecte. c) Cualquier otro acto o resolución que por su naturaleza deba hacerse constar en los registros. Artículo 7.El órgano al que corresponda la aprobación del instrumento urbanístico que corresponda será el competente para ordenar su inscripción en el Registro Municipal y su depósito correspondiente con carácter previo a su publicación. Artículo 8.Para cada instrumento urbanístico que sea objeto de inscripción se elaborará e incorporará, como información complementaria del mismo, una Ficha-Resumen de sus contenidos de acuerdo con el modelo establecido en los Anexos I, II y III. CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Artículo 9.La incorporación al Registro Municipal de los Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados exigirá la previa aprobación definitiva de los Instrumentos de Planeamiento y

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Catálogos, así como la suscripción y aprobación de los Convenios Urbanísticos. Artículo 10.1. Para proceder a la inscripción de un elemento en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, la unidad administrativa responsable de su tramitación remitirá la siguiente documentación: a) Instrumentos de Planeamiento: - Certificado de acuerdo de aprobación definitiva - Documento Técnico completo, aprobado definitivamente. - Ficha Resumen según lo establecido en el Anexo I b) Convenios Urbanísticos: - Certificado del acuerdo de aprobación - Texto íntegro del Convenio - Ficha Resumen según lo establecido en el Anexo II c) Bienes y Espacios Catalogados: - Certificado del acuerdo de aprobación definitiva del Catálogo o del Instrumento de Planeamiento que establezca la protección de Bienes o Espacios. - Descripción de los Bienes o Espacios de acuerdo con lo indicado en el art. 6.1.c de la presente Ordenanza. - Ficha Resumen según lo establecido en el Anexo III 2. La documentación a que se hace referencia en los apartados anteriores, deberá remitirse con las diligencias oportunas que garanticen su autenticidad y acompañada, en su caso, de la certificación administrativa del órgano competente de la Administración que haya producido la resolución, el acto o el acuerdo. 3. Los documentos técnicos de los instrumentos de planeamiento y los textos de los convenios se remitirán en formato papel. Asimismo se aportarán, mediante documento electrónico o en soporte informático, con objeto de facilitar su acceso por vía informática o telemática, así como la disposición y depósito de la información en este soporte. Artículo 11.A los efectos de su posterior inscripción, en su caso, en el Registro Municipal, y conforme a lo dispuesto en el art. 32.1.1ª de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, en el supuesto de Instrumentos Urbanísticos promovidos por iniciativa particular, su presentación en el Registro General solicitando su tramitación exigirá la entrega mínima de seis ejemplares en formato papel, un ejemplar en formato digital tipo “pdf” y un ejemplar de los planos en formato digital tipo “dwg”. Las posteriores modificaciones a esta documentación inicial que vayan produciéndose a lo largo de la tramitación del expediente deberán presentarse asimismo por sextuplicado ejemplar y siempre acompañadas de las correspondientes copias digitales. Artículo 12.Para llevar a cabo las anotaciones accesorias o cancelaciones previstas en el art. 6.2 y 6.3 de las presentes normas, por el órgano que la haya producido o por aquél a quien le haya sido notificado, se aportará el texto de la sentencia, auto, resolución o acto correspondiente. Artículo 13.La inscripción en el Registro Municipal de los Instrumentos Urbanísticos es independiente de la que debe practicarse en el Registro Autonómico creado por De-

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creto 2/2004, de 7 de enero, a pesar de la debida coordinación y del recíproco deber de intercambio de documentación e información en los términos previstos en el citado Decreto. CAPÍTULO IV. EFECTOS DE LOS ASIENTOS DEL CORRESPONDIENTE REGISTRO Artículo 14.1. La incorporación al registro correspondiente, mediante su depósito e inscripción en la forma prevista en este Decreto, de los instrumentos de planeamiento y de los convenios urbanísticos habilitará al órgano competente para disponer su publicación, en la forma prevista en el artículo 41 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía. La condición legal de depósito prevista en el artículo 40 de la citada Ley, a efectos de la publicación en el boletín oficial correspondiente, se tendrá por realizada mediante la inscripción del correspondiente instrumento de planeamiento y del convenio urbanístico en el registro de la Administración que lo haya aprobado y, en todo caso, en el Registro Autonómico cuando, de conformidad con el artículo 31.2.C) de la Ley 7/2002, haya sido preceptivo el informe de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. 2. Sin perjuicio de su necesaria publicación, la incorporación a los correspondientes registros, garantiza la publicidad de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados que, de conformidad con la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía y la presente Ordenanza, figuren inscritos en el correspondiente registro. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA INCORPORACIÓN AL REGISTRO MUNICIPAL DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO EN CURSO DE APROBACIÓN Y PLANES VIGENTES Habrán de inscribirse con carácter prioritario en el Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos, todos los documentos susceptibles de serlo siempre que encontrándose en curso de aprobación a la entrada en vigor de la presente Ordenanza hayan sido tramitados conforme a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. Asimismo y con el citado carácter serán objeto de inscripción y de depósito en este Registro los demás instrumentos urbanísticos que se encontraban en tramitación con aprobación inicial, a la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. Sin perjuicio de lo previsto en los párrafos anteriores, el Ayuntamiento de Santa Fe incorporará a este Registro los restantes instrumentos de planeamiento vigentes. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA ENTRADA EN VIGOR La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Lo que se hace público para general conocimiento. Santa Fe.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Manuel A. Gil Corral.

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ANEXO I. FICHA RESUMEN DE LOS CONTENIDOS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO 1. CLASIFICACIÓN DEL SUELO Y CATEGORÍAS: Suelo Urbano: Consolidado No consolidado

Suelo No Urbanizable: De especial protección por legislación específica De especial protección por la planificación territorial o urbanística De carácter natural o rural De hábitat rural diseminado Suelo Urbanizable: Ordenado Sectorizado No sectorizado

2. SISTEMAS GENERALES: Sistemas Generales: Sistema General de Comunicaciones Sistema General de Espacios Libres Sistema General de Equipamiento Otros Sistemas Generales: ____________________________________

3. CON IDENTIFICACIÓN EN SU CASO DE CLASIFICACIÓN Y ADSCRIPCIÓN: Sistemas Locales: Sistema Local de Comunicaciones Sistema Local de Espacios Libres Sistema Local de Equipamiento Otros Sistemas Locales: ________________________________________

4. CON IDENTIFICACIÓN DE SU NATURALEZA PÚBLICA O PRIVADA Usos Globales: Residencial Turístico Industrial Terciario Otros: ____________________________________________________ Ámbitos de planeamiento de desarrollo: Plan Parcial Plan Especial Estudio de Detalle Ámbitos de reparto o de gestión: Área de Reparto Sector Unidad de Ejecución Sistema de Actuación Observaciones: ___________________________________________________________________

Ayuntamiento de Santa Fe Plaza de España, 2, Santa Fe. 18320 Granada. Tfno. 958440000. Fax: 958442618

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ANEXO II. FICHA RESUMEN DE LOS CONTENIDOS DE LOS CONVENIOS URBANÍSTICOS I. CONVENIOS URBANÍSTICOS DE PLANEAMIENTO (art. 30 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre) Promotor/a: Otorgantes

Representante: Cualidad en la que intervienen:

Propietario/a

No propietario/a

Ámbito Objeto Instrumento de Planeamiento que afecta Plazo de vigencia

II. CONVENIOS URBANÍSTICOS DE GESTIÓN URBANÍSTICA (art. 95 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre) Promotor/a:

Representante:

Otorgantes

Cualidad en la que intervienen:

Propietario/a

No propietario/a

Instrumento de Planeamiento afectado Unidad de Ejecución Sistema de Actuación

Elección del sistema de actuación:

Sustitución del sistema de actuación:

Objeto

Bases de actuación:

Todos o algunos de los objetos de la Reparcelación (art. 100.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre):

Otros:

Cesión de aprovechamiento a favor de la Administración

Aprovechamiento:

Cantidad sustitutoria:

Plazo de vigencia

Ayuntamiento de Santa Fe Plaza de España, 2, Santa Fe. 18320 Granada. Tfno. 958440000. Fax: 958442618

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ANEXO III. FICHA RESUMEN DE LOS BIENES Y ESPACIOS CATALOGADOS

Identificación Localización Denominación del bien o espacio Grado de protección

Relación del bien o espacio catalogado con el planeamiento

Catálogo o instrumentos de planeamiento del que forma parte, y en su caso, al que complemente o del que sea remisión

Ayuntamiento de Santa Fe Plaza de España, 2, Santa Fe. 18320 Granada. Tfno. 958440000. Fax: 958442618

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NÚMERO 5.656

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NÚMERO 5.662

AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ (Granada)

AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ (Granada)

Aprobación inicial Plan Municipal de Vivienda y Suelo (PMVS)

Exptes. modificación presupuesto núm. 3/2017 EDICTO

EDICTO D. Manuel Aranda Delgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle del Zalabí (Granada),

D. Manuel Aranda Delgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle del Zalabí (Granada),

HAGO SABER: Que el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el 05/10/2017, probó inicialmente el Plan Municipal de Vivienda y Suelo (PMVS) para el municipio de Valle del Zalabí. El PMVS tendrá una vigencia de cinco años, desde 2017 a 2021. En cumplimiento de lo establecido en artículo 49 y 70,2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete a información pública el PMVS del municipio de Valle del Zalabí, por un plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente de la inserción del presente anuncio en el B.O.P. de Granada, para que pueda ser examinado y presentar alegaciones que se estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Lo que se hace público para general conocimiento.

Hago saber: En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones los expedientes de modificación de crédito número 3/2017, del Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2017, aprobados inicialmente por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 5/10/2017. Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el art. 170.1 del Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho art. 170, podrán presentar reclamación con arreglo a los siguientes trámites. a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. b) Oficina de presentación: Registro General. c) Órgano ante el que se reclame: Pleno.

Valle del Zalabí, 17 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Manuel Aranda Delgado.

Valle del Zalabí, 17 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Manuel Aranda Delgado.

NÚMERO 5.661

NÚMERO 5.665

AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ (Granada)

AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABÍ (Granada)

Aprobación de proyecto de actuación 11/2016, granja avícola en polígono 42, parcela 120

Aprobación proyecto actuación 2/2017, granja avícola en polígono 31, parcela 82

EDICTO

EDICTO

D. Manuel Aranda Delgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle del Zalabí (Granada),

D. Manuel Aranda Delgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle del Zalabí (Granada),

HAGO SABER: Que el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 05/102017 ha aprobado definitivamente el proyecto de actuación, expte. 11/2016, para la construcción de de una instalación ganadera en estabulación permanente destinada al engorde de pollos, con una capacidad de 31.638 pollos de cebo por camada, a ubicar en un terreno clasificado como no urbanizable de protección Integral situado en el polígono 42, parcela 120, referencia catastral 18059A042000120000RT. Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido art. 43.1.e) de la LOUA.

Hago saber: Que el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 05/102017 ha aprobado definitivamente el proyecto de actuación, expte. 2/2017, para la construcción de una nave avícola, destinada al engorde de pollos, con una capacidad de 27.000 pollos de cebo por camada, a ubicar en un terreno clasificado como no urbanizable de protección integral, situado en el paraje Llano Tuerto, polígono 31 parcela 82, referencia catastral 18059A031000820000RQ. Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido artículo 43.1.e) de la LOUA.

Valle del Zalabí, 17 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Manuel Aranda Delgado.

Valle del Zalabí, 17 de octubre de 2017.-El Alcalde, fdo.: Manuel Aranda Delgado.

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NÚMERO 5.624

AYUNTAMIENTO DE ZÚJAR (Granada)

Estudio de detalle presentado por Antonia Pérez Martínez

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presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Zújar, 13 de octubre de 2017.- El Alcalde, fdo.: Juan José Pérez Pérez.

EDICTO

D. Juan José Pérez Pérez, Alcalde de Zújar (Granada), NÚMERO 5.762

HAGO SABER: Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15/09/2017 se aprobó inicialmente el estudio de detalle de reajuste de alineaciones en Avd. de los Baños presentado por Dª Antonia Pérez Martínez.

De conformidad con el artículo 32.1.2ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el expediente a información pública por plazo de 20 días, contados desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante el período de información pública, quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes. Zújar, 13 de octubre de 2017.- El Alcalde, fdo.: Juan José Pérez Pérez.

NÚMERO 5.625

AYUNTAMIENTO DE ZÚJAR (Granada)

Aprobación inicial del avance y ordenanza fiscal conforme con el Decreto 2/2012 EDICTO D. Juan José Pérez Pérez, Alcalde de Zújar (Granada), HAGO SABER: En sesión del ordinaria del Órgano Pleno de 27 de septiembre de 2017, acordó la aprobación inicial del Avance para delimitación de asentamientos en el término municipal de Zújar así como las normas mínimas y Ordenanza fiscal de conformidad con el Decreto 2/2012, de edificaciones en suelo no urbanizable y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el art. 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOP de Granada, para que pueda ser examinado y se

AYUNTAMIENTO DE MOTRIL (Granada)

Suministro vestuario de Policía Local ANUNCIO DE LICITACIÓN S.Sª La Alcaldesa-Presidenta, mediante Decreto dictado con fecha 16 de octubre de 2017, ha dispuesto: 1. Entidad adjudicataria. a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Motril. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación y Compras. c) Obtención de documentación: c.1) Dependencia: Contrataciones y Compras. c.2) Domicilio: Plaza de España nº 1. c3) Localidad y código postal: Motril 18600 c.4) Teléfono: 958838354. c.5) Fax: 958838355. c.6) Correo Electrónico: [email protected] c.7) Dirección Internet perfil contratante: http://www.pdc.dipgra.es c.8) Fecha límite obtención de documentación e información: Durante el plazo presentación de propuestas. d) Número de expediente: 30/2017 2. Objeto del contrato a) Tipo de contrato: Suministros. b) Descripción objeto: Suministro de vestuario de Policía Local. Lote uno: vestuario policía local. Lote dos: chalecos antibalas. 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) CPV: 35811200-4 d) Criterios adjudicación, según anexo I del pliego de cláusulas administrativas: Lote uno: A) Propuesta económica: mejor tanto por ciento de baja en el precio unitario máximo de todos los artículos de este lote (anexo XI), máximo 50 puntos. B) Mejoras en la calidad técnica de los artículos: máximo 20 puntos. - Calidad, características técnicas del tejido y acabado de la prenda, máximo 10 puntos. - Confortabilidad y comodidad de uso de la prenda, máximo 5 puntos. - Imagen Corporativa que ofrece la prenda, máximo 5 puntos. C) Garantía de los artículos: máximo 10 puntos.

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Granada, viernes, 27 de octubre de 2017

Lote dos: A) Propuesta económica: mejor precio, máximo 50 puntos. B) Mejoras en el plazo de entrega: máximo 20 puntos. 4. Importe anual máximo presupuestado: Lote uno: 78.894 euros sin incluir IVA (21%) 16.567,74 euros, importe total incluido IVA: 95.461,74 euros. Lote dos: 59.000 euros sin incluir IVA (21%) 12.930 euros, importe total incluido IVA: 71.930 euros. 5. Tipo de licitación: el importe máximo de licitación vendrá determinado por la suma de todos los precios unitarios del vestuario, IVA excluido (anexo XI del Pliego de cláusulas administrativas): Lote uno: 2.175,44 euros. Lote dos: 500 euros. a) Garantía provisional: No se exige. b) Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación excluido IVA.

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6. Presentación de solicitudes: a) Plazo de presentación: 15 días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOP de Granada, de 8:00 horas hasta las 14:00 horas. Si el último día de presentación fuese sábado o festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil. b) Lugar de presentación: b.1) Dependencia: Registro General del Ayuntamiento de Motril, o también podrán presentarse proposiciones por correo en el plazo y horario establecido, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión de la proposición, de 8:00 a 14:00 horas. 7. Gastos de anuncios: los gastos del presente anuncio correrán a cargo del adjudicatario. Motril, 19 de octubre de 2017.-La Alcaldesa-Presidenta, fdo.: Flor Almón Fernández. n