BOP 149, viernes 5 de agosto.qxd - Diputación de Granada

5 ago. 2016 - 340 60918 INSTALACIONES DEPORTIVAS. -12.799,22. 342 60904 PABELLÓN. -569.828,88. 92461911 HOGAR PENSIONISTA. -4.227,24.
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Año 2016 Viernes, 5 de agosto

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JUZGADOS SOCIAL NÚMERO SIETE DE GRANADA.Autos número 486/15............................................................ Autos número 997/14............................................................

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AYUNTAMIENTOS BAZA.- Lista provisional de admitidos y excluidos de una plaza de Oficial de la Policía Local (promoción interna) CAPILEIRA.- Cuenta general, ejercicio 2015........................ CHIMENEAS.- Delegación de atribuciones ......................... Cuenta general, ejercicio 2015 ............................................. CÚLLAR VEGA.- Aprobación definitiva de transferencia de créditos.............................................................................. DÓLAR.- Bases Auxiliar Administrativo, interino................ DOMINGO PÉREZ DE GRANADA.- Cuenta general, ejercicio 2015 .........................................................................

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GRANADA.- Sustitución del Alcalde.................................... HUÉTOR TÁJAR.- Delegación de funciones de Alcaldía ... JÁTAR.- Jueces de Paz ......................................................... OGÍJARES.- Aprobación inicial de ordenanza reguladora del consumo indebido de bebidas alcohólicas................... Modificación de ordenanza municipal de ocupación de vía pública con terrazas......................................................... Aprobación definitiva del estudio de detalle en calle Molinillo.................................................................................. PUEBLA DE DON FADRIQUE.- Aprobación inicial de ordenanza fiscal de la tasa de participación procesos selección ................................................................................ SOPORTÚJAR.- Sustitución del Alcalde ............................. VALDERRUBIO.- Atribución de funciones de Tesorería a Secretaría-Intervención......................................................... Padrón de basura, 2º/trim./2016 .......................................... VILLA DE OTURA.- Delegación de funciones para celebración de matrimonio civil ...........................................

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Administración: Diputación de Granada. Domicilio: c/ Periodista Barrios Talavera nº 1 (Granada 18014). Tel.: 958 247768 / Fax: 958 247773 DL GR 1-1958. I.S.S.N.: 1699-6739. Edición digital. http:/www.dipgra.es/BOP/bop.asp

NÚMERO 4.823

AYUNTAMIENTO DE CAPILEIRA (Granada)

Exposición pública cuenta general, ejercicio 2015 EDICTO Formulada y rendida la Cuenta General del presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, la misma se expone al público, junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Especial de Hacienda, durante quince días. En este plazo y ocho más los interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas, todo ello a tenor de lo previsto en el art. 212.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Capileira, 28 de julio de 2016.

NÚMERO 4.761

AYUNTAMIENTO DE VALDERRUBIO (Granada)

Atribución funciones de Tesorería a SecretaríaIntervención EDICTO Francisca Blanco Martín, Alcaldesa del Ayuntamiento de Valderrubio (Granada), HACE SABER: Que en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local del Municipio de Valderrubio celebrada el 17 de junio de 2016, se acordó atribuir de forma transitoria las funciones propias de la Tesorería a la funcionaria de habilitación nacional Dª M. Carmen Cabrera López. Valderrubio, 22 de julio de 2016.-(Firma ilegible).

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NÚMERO 4.749

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE DE GRANADA

Autos número 486/2015 EDICTO Dª Rafaela Ordóñez Correa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Granada, HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 486/2015 se ha acordado citar a D. Juan Ramón Gutiérrez Moreno e Iter a Ítaca, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 23 de noviembre de 2016 (10:30 horas) para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda del Sur, núm. 5, Edificio La Caleta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Confesión Judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a Juan Ramón Gutiérrez Moreno e Iter a Ítaca, S.L., se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. Granada, 17 de julio de 2016.-La Secretaria Judicial (firma ilegible).

NÚMERO 4.750

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE DE GRANADA

Autos número 997/2014 EDICTO Dª Rafaela Ordóñez Correa, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Granada, En los autos número 997/2014, a instancia de Rachid Amine Alami Hamyani, contra Fondo de Garantía Salarial e Inversiones Penibética, S.L., en la que se ha dictado sentencia cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: Debo estimar y estimo la demanda formulada por Rachid Amine Alami Hamyani; contra Inversiones Penibética, S.L.; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria. En consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada Inversiones Penibética, S.L., a que abone al actor la cantidad de 7987,91 euros.

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Y ello con condena al abono del 10% de intereses por mora. Se imponen las costas del presente proceso a la parte demandada, con el límite legal. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida y hágase saber a las mismas que contra esta sentencia pueden interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de cinco días y por conducto de este Juzgado de lo Social y que todo el que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, intente interponer recurso de suplicación consignará como depósito 300 euros en la cuenta de éste Juzgado abierta en Banco Santander (clave núm. 1642-0000-34-0997/14), titulada “Depósitos y Consignaciones”. Será imprescindible que el recurrente que no gozare del beneficio de Justicia Gratuita acredite, al anunciar el recurso de suplicación, haber consignado en la anterior cuenta abierta a nombre del Juzgado la cantidad objeto de condena, pudiendo constituirse la cantidad en metálico o por aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Si la recurrente fuese una entidad gestora, estará exenta de las anteriores consignaciones, pero si existe condena, en su contra, a prestación periódica habrá de certificar al anunciar su recurso que comienza el abono de la prestación reconocida, y proceder puntualmente a su abono durante la tramitación del recurso. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Para la viabilidad del citado recurso debe igualmente cumplirse con el abono de la tasa que legalmente corresponda. La Magistrada-Juez. PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha por su S.Sª celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual, yo la Secretaria, doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones Penibética, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto. Granada, 20 de julio de 2016.-La Letrada de la Administración de Justicia (firma ilegible).

NÚMERO 4.811

AYUNTAMIENTO DE BAZA (Granada)

Lista provisional de admitidos y excluidos de 1 plaza de Oficial de la Policía Local (promoción interna) EDICTO D. Alfredo Alles Landa, Alcalde accidental del Ayuntamiento de Baza (Granada), HACE SABER: Que por resolución dictada el día 25 de julio de 2016, ha resuelto lo siguiente:

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Primero: Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos para la provisión de una plaza de Oficial de la Policía Local del Ayuntamiento de Baza (Granada) vacante en la plantilla de Funcionarios del Ayuntamiento de Baza, perteneciente a la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, categoría de Oficial del cuerpo de Policía Local (OEP 2015). La lista de admitidos se podrá consultar en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Baza. Segundo: Señalar que el plazo de subsanación será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la reseña en el B.O.P. de Granada.

2015, e informada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar, por escrito, reclamaciones, reparos u observaciones, los cuales si existieren serán examinados por dicha Comisión, que practicará cuantas comprobaciones sean necesarias, emitiendo nuevo informe antes de someterla al Pleno de la Corporación.

Baza, 25 de julio de 2016.-El Alcalde accidental, fdo.: Alfredo Alles Landa.

Chimeneas, 29 de julio de 2016.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Ascensión Molina Caballero.

NÚMERO 4.830

NÚMERO 4.814

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS (Granada)

AYUNTAMIENTO DE CÚLLAR VEGA (Granada)

Delegación de atribuciones

Aprobación definitiva de transferencia de créditos

EDICTO

ANUNCIO

Dª María Ascensión Molina Caballero, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Chimeneas (Granada).

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Cúllar Vega adoptado en fecha 30 de mayo de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:

HAGO SABER: Con fecha 29 de julio de 2016, esta Alcaldía ha adoptado la siguiente resolución: ASUNTO: Delegación de atribuciones. Motivado por la necesidad de ausentarme del término municipal, vengo en resolver: PRIMERO: Delegar en la Tercera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, Dª Laura Vicario Ramos, las funciones propias de la Alcaldía, a todos los efectos, durante los días 30 de julio al 7 agosto 2016, ambos incluidos. SEGUNDO: Notifíquese en forma a la interesada, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese conocimiento al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre. Todo ello conforme determina el artículo 44 y demás concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre). Chimeneas, 29 de julio de 2016.-La Alcaldesa, fdo.: Mª Ascensión Molina Caballero.

NÚMERO 4.831

AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS (Granada)

Cuenta general 2015 EDICTO Dª Mª Ascensión Molina Caballero, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Chimeneas (Granada), HACE SABER: Formulada la Cuenta General del Presupuesto de la entidad, correspondiente al ejercicio

Presupuesto de gastos Altas en aplicaciones de gastos Aplicación Descripción 151 68001 PMS (OTRAS INVERSIONES PMS) TOTAL

Euros 1.755.519,52 1.755.519,52

Bajas en aplicaciones de gastos Euros Aplicación Descripción 150 60904 INFRAESTRUCTURAS PPR-1 -110.000,00 150 60905 PLANEAMIENTO Y GESTIÓN Y OTROS PPR7 -57,077,85 151 60908 PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PPR6 -59.214,37 151 60910 PPI-1 -492.885,96 151 60916 TÉCNICOS PPR-7 -6.617,25 321 60903 CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES (CIES) -17,636,85 330 61966 CONSTRUCCIÓN CASA CULTURA -181.026,07 340 60905 CÉSPED ARTIFICIAL -243.474,77 340 60918 INSTALACIONES DEPORTIVAS -12.799,22 342 60904 PABELLÓN -569.828,88 92461911 HOGAR PENSIONISTA -4.227,24 92462501 MOBILIARIO HOGAR PENSIONISTA -731,06 TOTAL -1.755.519,52

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Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Cúllar Vega.-El Alcalde.

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AYUNTAMIENTO DE DÓLAR (Granada)

Bases Auxiliar Administrativo interino EDICTO D. Rafael Martínez Tudela, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Dólar, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, DISPONGO: La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia las Bases que regirán la cobertura de la plaza de Funcionario/a Administrativo/a interino/a, aprobadas por esta corporación mediante acuerdo plenario de fecha 20 de mayo de 2016. BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO, AUXILIAR ADMINISTRATIVO, POR CONCURSO OPOSICION PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de las presentes bases la provisión por funcionario interino de una plaza de Auxiliar Administrativo incluida en la plantilla de personal, cuyas características son: - Grupo: C; Subgrupo: C2; Escala: Administración General; Subescala: Auxiliar Administrativo. Ubicación territorial: Dólar El sistema selectivo elegido es el de concurso-oposición. - La plaza referida está adscrita a Servicios Generales y además tendrá encomendadas las siguientes funciones: a) cobro tasa mercado b) efectuar notificaciones. SEGUNDO. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Para formar parte en el procedimiento de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP): - Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de los de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos del artículo 56 del Texto Refundido EBEP. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

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- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. - No estar incurso en causa de incompatibilidad. - Poseer título de Graduado Escolar o equivalente. TERCERO. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Las bases íntegras se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y Boletín Oficial de la Provincia. Conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir. Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para la plaza que se opte, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Dólar y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento, o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. La solicitud deberá ir acompañada por: - Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte. - Curriculum vitae del aspirante, para valorar en la fase de concurso. - Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase de concurso. No se admitirá la presentación de documentos justificativos de los méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. CUARTO. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se señalará un plazo de tres días hábiles para la subsanación, en su caso. Si no fueran presentadas alegaciones, la lista provisional pasará a tener la condición de definitiva. Resueltas, en su caso, las alegaciones presentadas, por resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, señalando el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal. La misma será publicada en el tablón de anuncios.

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QUINTO. TRIBUNAL CALIFICADOR. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección, debiendo ser sus componentes funcionarios de carrera. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Estará constituido por: - Presidente. - Secretario. - 2 vocales. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. SEXTA. SISTEMAS DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: - Oposición. - Concurso. FASE OPOSICIÓN: La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de capacidad y aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes. Las pruebas se celebraran el mismo día. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad, para ello los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir. La realización de las pruebas será obligatoria y eliminatoria, calificándose conforme se señala a continuación. La puntuación de cada uno de los ejercicios, en su caso, se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal. Los ejercicios de la oposición serán los siguientes: - Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, en un tiempo de cuarenta minutos, sobre el contenido completo del temario que se contiene en el Anexo. Cada contestación correcta otorgará al aspirante medio punto. Las respuestas erróneas no darán lugar a una reducción de las correctas. Será imprescindible alcanzar una puntuación de cinco para superar la prueba. - Segundo ejercicio: consistirá en resolver un supuesto práctico de entre dos que se propongan por el tribunal, en relación con las materias del programa contenido en el Anexo, en un tiempo determinado por el tribunal y nunca superior a una hora. Será calificada con una puntuación máxima de 10 puntos, siendo imprescindible alcanzar una puntuación de cinco para superar la prueba.

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Este ejercicio se realizará en un ordenador utilizando procesador de texto y hoja de cálculo. Los ejercicios tienen carácter eliminatorio, siendo necesario superar cada uno de ellos para pasar al siguiente. La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico. FASE CONCURSO: A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que aleguen. Méritos computables: A) Experiencia profesional (máximo 7 puntos): 1/ Por haber desempeñado puesto de trabajo de contenido idéntico al que se convoca en entidades locales, 0,25 puntos por mes o fracción superior a 15 días hasta un máximo de 5 puntos. 2/ Por haber desempeñado puesto de trabajo de contenido similar al que se convoca en entidades locales, 0,15 puntos por mes o fracción superior a 15 días hasta un máximo de 4 puntos. 3/ Por haber desempeñado puesto análogo o superior al que se convoca en cualquier entidad pública autonómica o estatal, o bien en empresa privada, 0,1 punto por mes o fracción superior a 15 días, hasta un máximo total de 3 puntos. B) Cursos de formación y formación académica (máximo 3 puntos): 1/ Cursos de Formación estrictamente relacionados con el puesto a desempeñar impartidos por entidades públicas (máximo 2 puntos): Hasta 40 horas, 0,5 puntos por curso. Mas de 40 horas, 1 punto por curso. 2/ Formación académica: Por poseer una titulación superior a la necesaria: - Diplomatura o licenciatura universitaria: 1 punto Los méritos de la fase A se acreditarán mediante vida laboral y contrato de trabajo, o en su defecto, mediante certificado de la Administración pública en que haya prestado los servicios. Los méritos de la fase B se acreditarán mediante fotocopias de los títulos o certificaciones expedidas por quien organizó el curso. SÉPTIMO. CALIFICACIÓN, RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, que consistirá en la suma de las fases de oposición y concurso, el tribunal hará pública las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la trasladará al Alcalde-Presidente, con la propuesta de nombramiento a favor del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación. El Alcalde deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, una vez que el mismo acredite los requisitos exigidos en las bases, y éste deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de cinco días. NOVENO. INCIDENCIAS. Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

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la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer posteriormente y en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. ANEXO Tema 1 La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. Tema 2 Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 3 La división de poderes. La Corona y el Poder Judicial. Tema 4 Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. Nociones sobre la Ley General Electoral: Con especial referencia a las elecciones locales. Tema 5 El Gobierno y la Administración del Estado. La Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico Español. Tema 6 La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Principios informadores y organización. Tema 7 La personalidad jurídica de la Administración. Clases de Administraciones Públicas. Tema 8 Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Tema 9 Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo. Tema 10 El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que lo integran. Tema 11 El Municipio: organización y competencias.

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Tema 12 La Provincia: elementos, organización y competencias. Tema 13 Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal. El control de la legalidad. Tema 14 Elementos del Municipio: El término municipal. La población. El empadronamiento. Tema 15 Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales. Convocatorias y orden del día. Requisitos para su constitución. Votaciones. Tema 16 Las formas de la actividad en las Entidades Locales. La intervención administrativa en la esfera privada: Fomento, servicios públicos y policía. Tema 17 El servicio público en la Administración Local. Modos de gestión de los servicios públicos. La concesión. Tema 18 Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas. Tema 19 Los contratos administrativos en la esfera local. Órganos competentes. La selección del contratista. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Tema 20 La responsabilidad patrimonial de la Administración. Tema 21 La Ley de las Haciendas Locales. Principios informadores. Clasificación de los ingresos. Participación de los municipios en los tributos del Estado. Tema 22 Ingresos públicos: concepto y clases. El impuesto. Las Ordenanzas Fiscales. Tema 23 El gasto público: Sus clases. El control del gasto público. Tema 24 El Presupuesto Local: concepto. Principios generales. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del Presupuesto. Liquidación, control y fiscalización. Régimen jurídico del gasto público local. Tema 25 Informática básica. El ordenador. Tipos y componentes. La ofimática. Aplicaciones informáticas. Dólar, 26 de julio de 2016.-Fdo.: Rafael Martínez Tudela.

NÚMERO 4.752

AYUNTAMIENTO DE DOMINGO PÉREZ DE GRANADA

Cuenta general al ejercicio 2015 EDICTO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Hacien-

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das Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015 por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. Domingo Pérez de Granada, 26 de julio de 2016.- El Presidente de la Comisión Gestora, fdo.: Eloy Vera Utrilla.

NÚMERO 4.827

AYUNTAMIENTO DE GRANADA SECRETARÍA GENERAL

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Atendido que desde el 18 de julio al 18 de agosto del presente año no podré desempeñar mis funciones como Alcalde Presidente de este Ayuntamiento ya que durante dicho periodo me ausentaré de este término municipal para disfrute de vacaciones. Considerando lo dispuesto en los art. 23.3 de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local y art. 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. RESUELVO: Primero. Nombrar como Alcalde en funciones a la primera Teniente de Alcalde doña María Dolores López Jiménez, desde el 18 de julio, al 18 de agosto de 2016, y en los términos establecidos en el art. 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. Segundo. Notificar la presente resolución a los interesados. Tercero. Exponer la mencionada resolución en el B.O.P.

Sustitución del Excmo. Sr. Alcalde EDICTO Con fecha 27 de julio de 2016, he dictado Decreto que literalmente dice: “D. Francisco Cuenca Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada, De conformidad con lo que al respecto se dispone en el artículo 25 del Reglamento Orgánico Municipal, en concordancia con el artículo 125.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y con objeto de cubrir la ausencia del titular de esta Alcaldía durante el periodo vacacional del año 2016 HE RESUELTO: Delegar la totalidad de las funciones correspondientes al cargo de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Granada en los Tenientes de Alcalde que a continuación se relacionan y para los días que igualmente se dicen: Dª Ana Muñoz Arquelladas, Primera Teniente de Alcalde: del 1 al 14 de agosto de 2016, ambos inclusive. D. Baldomero Oliver León, Segundo Teniente de Alcalde: del 15 al 31 de agosto de 2016, ambos inclusive. El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad durante los días señalados. Dese cuenta del presente Decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre.” Granada, 29 de julio de 2016.-El Alcalde, fdo.: Francisco Cuenca Rodríguez.

NÚMERO 4.756

AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR TÁJAR (Granada)

Delegación de funciones de Alcaldía

Huétor Tájar, 15 julio de 2016.- La Primer Teniente de Alcalde, fdo.: María Dolores López Jiménez.

NÚMERO 4.819

AYUNTAMIENTO DE JÁTAR (Granada)

Juez de Paz EDICTO HAGO SABER: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a las personas para ser nombradas Juez de Paz, Titular y Sustituto de este municipio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y los artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etc. Que, en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del correspondiente partido y a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, para su nombramiento. Lo que se publica para general conocimiento.

EDICTO “DECRETO. 589 /2016. DELEGACIÓN DE FUNCIONES ALCALDÍA

Játar, 25 de julio de 2016.-El Presidente de la Comisión Gestora, fdo.: Francisco José Martín Rodríguez.

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Granada, viernes, 5 de agosto de 2016

NÚMERO 4.763

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada)

Aprobación inicial ordenanza reguladora del consumo indebido de bebidas alcohólicas EDICTO D. Francisco Plata Plata, HACE SABER: Que el pasado día 25 de julio de 2016 se celebró sesión ordinaria del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Ogíjares en la que se adoptó entre otros el acuerdo siguiente: SE ACUERDA: Primero: Aprobar provisionalmente la redacción de la Ordenanza Municipal reguladora del consumo indebido de bebidas alcohólicas. Segundo: Publicar el presente acuerdo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, durante 30 días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Tercero: En el supuesto que no se presente reclamación alguna en el plazo anteriormente indicado, la ordenanza se considera definitivamente aprobada, con publicación integra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia. Ogíjares, 28 de julio de 2016.-El Alcalde Presidente, fdo.: Francisco Plata Plata.

NÚMERO 4.764

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada)

Modificación de la ordenanza municipal de ocupación de vía pública con terrazas EDICTO D. Francisco Plata Plata, HACE SABER: Que el pasado día 25 de julio de 2016 se celebró sesión ordinaria del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Ogíjares en la que se adoptó entre otros el acuerdo siguiente: SE ACUERDA: Primero: Aprobar provisionalmente la Modificación del artículo 9.6 la ordenanza municipal de ocupación de vía pública con terrazas, añadiéndole el apartado 9.6 bis, quedando redactado del siguiente modo: “Artículo 9.6. Bis: horario de verano (del 20 de junio al 15 de septiembre) y horario de Semana Santa (desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección, ambos incluidos). Se señala como hora de recogida de la terraza hasta las cero horas y treinta minutos de lunes a jueves, y hasta las 01:30 horas las noches de los viernes a sábados, sábados a domingos, y las vísperas de festivos.” Segundo: Publicar el presente acuerdo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, durante 30 días hábiles, durante los cua-

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les los interesados podrán examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Tercero: En el supuesto que no se presente reclamación alguna en el plazo anteriormente indicado, la ordenanza se considera definitivamente aprobada, con publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia. Ogíjares, 28 de julio de 2016.-El Alcalde Presidente, fdo.: Francisco Plata Plata.

NÚMERO 4.765

AYUNTAMIENTO DE OGÍJARES (Granada)

Aprobación definitiva del estudio de detalle de la calle Molinillo EDICTO Por el presente se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2016 acordó proceder a la aprobación definitiva del estudio de detalle de la calle Molinillo, promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Ogíjares, Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 y 39 de la Ley Andaluza 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y del art. 86 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra el anterior acuerdo, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento de Ogíjares en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente; o en su caso, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), o ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Granada, según proceda, en el plazo de dos meses contados a partir de la recepción de la presente. No obstante podrá interponer cualquier recurso que estime procedente. Ogíjares, 26 de julio de 2016.-El Alcalde, fdo.: Francisco Plata Plata.

NÚMERO 4.762

AYUNTAMIENTO DE VILLA DE OTURA (Granada)

Celebración matrimonio civil expte. 140/2016 EDICTO La Alcaldía-Presidencia con fecha 28 de julio de 2016 (139/16) resolvió lo que sigue: DELEGACIÓN PARA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL Considerando que, por oficio del Juzgado de Paz de Otura se autoriza al Sr. Alcalde de este Ayuntamiento la celebración del matrimonio civil solicitado por D. Antonio Manuel Izquierdo García, de nacionalidad española, con

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Granada, viernes, 5 de agosto de 2016

D.N.I. 74677325M y Dª Paula Rodríguez Moya, de nacionalidad española, con DNI nº 53034091R, en expediente 140/16 tramitado por el Registro Civil de Granada. Visto lo establecido en la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre autorización de matrimonio civil por Alcalde o Concejal. Visto lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO: Primero: Delegar el ejercicio de las competencias de esta Alcaldía para la celebración de dicho matrimonio exclusivamente, en el Sr. Concejal del Ayuntamiento de Otura D. Rafael Fernández Rodríguez estando prevista su celebración el día 30 de julio de 2016. Segundo: La presente delegación de atribuciones surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución. Tercero: De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre, notificándose además personalmente a los interesados y se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia” de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Villa de Otura, 28 de julio de 2016.-El Alcalde-Presidente, fdo.: Nazario Montes Pardo.

NÚMERO 4.818

AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE DON FADRIQUE (Granada)

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NÚMERO 4.757

AYUNTAMIENTO DE SOPORTÚJAR (Granada)

Sustitución del Alcalde EDICTO D. José Antonio Martín Núñez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soportujar (Granada), HACE SABER: Que de conformidad con lo establecido en los arts. 23-3- de la Ley de Bases de Régimen Local 7/85 y 47 del ROF y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y con objeto de cubrir la ausencia temporal del titular de la Alcaldía, RESUELVO: Delegar en D. Rafael Rodríguez Gallardo, Segundo Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones correspondientes al cargo correspondiente al periodo 15 de agosto a 5 de septiembre de 2016 ambos inclusive, por ausencia del titular de la Alcaldía. El presente decreto se publicara en el BOP, sin perjuicio de la efectividad durante el periodo señalado de acuerdo con el art. 44.2 del ROF. Lo que se público para general conocimiento. Soportújar, 25 de julio de 2016.-El Alcalde (firma ilegible).

NÚMERO 4.760

AYUNTAMIENTO DE VALDERRUBIO (Granada)

Padrón de basura 2º trimestre de 2016

Aprobación inicial ordenanza fiscal tasa participación procesos selección

EDICTO

EDICTO

Francisca Blanco Martín, Alcaldesa del Ayuntamiento de Valderrubio (Granada),

D. Mariano García Castillo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Don Fadrique (Granada), HACE SABER: que este Ayuntamiento en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2016, en el punto 4º del orden del día, aprobó inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por participación en procesos de selección de personal. Dicho expediente se somete a información pública mediante exposición del anuncio en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En caso de que no se presenten reclamaciones en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el referido acuerdo.

HACE SABER: Aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 15/07/2016, el padrón de tasas por recogida domiciliaria de basura correspondiente al segundo trimestre de 2016, se expone al público durante 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOP, para que los legítimos interesados puedan examinarlo en la Intervención del Ayuntamiento de Valderrubio, en horario de oficina, a los efectos de presentar las alegaciones que estimen oportunas. Contra dicho acto y las liquidaciones que se deriven del padrón citado, se podrá interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición al público, ex art. 14.2 del TRLRHL (R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo), así como recurso contencioso administrativo contra la resolución del recurso de reposición.

Puebla de Don Fadrique, 29 de julio de 2016.-El Alcalde, fdo.: Mariano García Castillo.

Valderrubio, 20 de julio de 2016.-La Alcaldesa, fdo.: Francisca Blanco Martín. n